Imprimir
Inicio »Especiales, Sociedad  »

Apuntes necesarios sobre las nuevas normas jurídicas de la vivienda en Cuba

| 567

En todas las variantes es condición sine qua non la observancia de las regulaciones territoriales y urbanas. Foto: Miguel Febles Hernández.

Dos importantes acuerdos del Consejo de Ministros y dos resoluciones del Ministerio de Justicia y de la Construcción fueron dados a conocer el pasado 26 de abril con el objetivo de continuar el ordenamiento y legalización de la vivienda en el país. Sobre estas relevantes normas jurídicas te invitamos a dialogar con directivos del Instituto de Planificación Física y la Dirección General de la Vivienda en nuestro foro debate.

Regulaciones para beneficiar a casi un millón de personas

Vivian Rodríguez Salazar, Directora General de la Vivienda del Ministerio de la Construcción

Según explicó Vivian Rodríguez Salazar, Directora General de la Vivienda del Ministerio de la Construcción, las nuevas regulaciones sobre la vivienda parten de la necesidad de resolver lo más pronto posible el déficit habitacional en el país, una cifra que según los últimos reportes asciende a 929 mil viviendas.

“Las normas que entrarán en vigor el próximo 27 de mayo contribuirán a reducir esos números y a mejorar el fondo habitacional del país. Hemos identificado más de 72 mil viviendas con acciones constructivas que no pueden ser legalizadas porque incumplen algunas de las formalidades exigidas, pero ahora sí podrán registrarse”, apuntó.

De acuerdo a la directiva, las nuevas regulaciones beneficiarán a 230 mil familias, o lo que es igual, a más de 690 mil personas. De ellos, más de 77 mil cubanos son hoy arrendatarios de inmuebles y también tendrán la posibilidad de obtener la propiedad.

La Directora General de la Vivienda aclaró que este será un proceso ordenado y en apego a las regulaciones urbanísticas aprobadas en cada territorio. De este modo, si una vivienda cumple las condiciones para inscribirse en el registro de la propiedad, pero incumple las disposiciones de planificación física, no podrá seguir adelante con el proceso.

Legalidad, organización y respeto

Santiago Herrera Linares, Director de Asuntos Legales de la Dirección General de la Vivienda. Foto: Roberto Garaicoa.

En otro momento de la Mesa Redonda, Santiago Herrera Linares, Director de Asuntos Legales de la Dirección General de la Vivienda, explicó las reglas generales y los elementos principales de las nuevas normas jurídicas en torno al ordenamiento y legalización de las viviendas.

  • Acuerdo No. 8574 del Consejo de Ministros que aprueba el Reglamento ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales.
  • Acuerdo No. 8575 sobre cambio de uso de locales.
  • Normas complementarias del Ministerio de la Construcción y el Ministerio de Justicia.

Según dijo Herrera Linares, es importante conocer que el proceso de ordenación y legalización está previsto para un período de seis años a partir de su entrada en vigor a finales de este mes. Asimismo, que los Consejos de la Administración juegan un papel determinante, “porque rigen y controlan a las direcciones de la vivienda y de planificación física en cada territorio”.

“El actuar de las direcciones municipales, su organización y control de cada acción, son esenciales para garantizar el éxito de los trabajos”, apuntó.

De igual manera, el Director de Asuntos Legales de la Dirección General de la Vivienda especificó que las medidas se aplican tanto para zonas rurales como urbanas, aunque excluyen a sitios especiales como la Zona Especial de Desarrollo Mariel, La Habana Vieja, la región de Guanabo y Varadero.

“Se trata no solo de organizar, sino también de resolver problemas, de tener un sentido de humanidad con cada persona. La atención priorizada es importante, así como la rapidez en los trámites”, acotó.

De igual manera, se explicó que el precio de locales y cuartos que se entreguen para convertirlos en viviendas adecuadas, se calculará como vivienda terminada  y el porciento de ejecución en que se encuentra se descuenta como depreciación adicional.

¿A quién se autoriza la  transferencia de la propiedad?

  • Arrendatarios permanentes de viviendas del fondo estatal (Tienen un contrato con la Dirección Municipal de la Vivienda, definen mensualidad y la pagan indefinidamente).
  • Usufructuarios y ocupantes de cuartos, habitaciones o accesorias, convertidas en viviendas adecuadas o que puedan serlo.
  • Viviendas y locales terminados o en ejecución por el Estado o la población, sin cumplir las formalidades legales.

Diana Rosa Suárez Matías, del departamento jurídico del Instituto de Planificación Física (IPF).

Entre tanto, Diana Rosa Suárez Matías, del departamento jurídico del Instituto de Planificación Física (IPF), alertó que no se pueden legalizar las viviendas que se encuentren construidas en los márgenes de los ríos o en zonas de inundación, bajo líneas eléctricas de alta tensión, en las fajas industriales, o en zonas de gran significación económica. “Se incluyen en este caso las moradas ubicadas en las zonas costeras vulnerables y en las zonas especiales por su impacto en el turismo o la economía”, detalló.

La especialista aclaró que las personas que conviven en estos lugares estarán bajo la tutela de los Consejo de la Administración Municipales, los que deben hacer cumplir las leyes correspondientes.

Si de trámites se trata…

Al comentar sobre los procedimientos necesarios para legalizar los inmuebles, el director de Asuntos Legales y Jurídicos de la Vivienda, Santiago Herrera Linares, explicó que todos los interesados deben acudir a las Oficinas de Trámites correspondientes, sitio en el cual se reúnen los diferentes implicados en la tramitación.

A la vez, llamó a desterrar cualquier tipo de burocracia e indolencia por parte de los trabajadores que laboran en estas instalaciones. Igualmente insistió que los gobiernos locales deben crear las condiciones necesarias para lograr los tiempos pertinentes y evitar que una política que “hace tanto bien” termine empañada por factores humanos.

Herrera Linares detalló que en el caso de los arrendatarios permanentes y usufructuarios de cuartos, habitaciones o accesorias, y locales deben acudir a las  direcciones de Vivienda, que de oficio, cuando se trata de viviendas adecuadas, tramita en su caso con Planificación Física.

Pasos: Dictamen (si lo necesita)-Vivienda eleva al CAM y tras el acuerdo, se emite la propiedad por la Dirección de Vivienda.

  • Si no es vivienda adecuada se reconoce lo edificado y derecho a construir por esfuerzo propio, de acuerdo a la legislación vigente.

En el caso de las viviendas terminadas por el Estado sin cumplir alguna formalidad pero que cumplen las regulaciones urbanas y territoriales.

  • Se tramita de oficio por las direcciones municipales de Vivienda, Dictamen de Planificación Física y se asigna por Acuerdo del consejo de la Administración a personas naturales o al organismo si el destino era asegurar la fuerza de trabajo.

Entre tanto, las viviendas terminadas por esfuerzo propio: La persona solicita en la Dirección Municipal de Planificación Física el Dictamen Técnico (Hasta 50 días hábiles).Sí es en una azotea se describen las  medidas de estas.

  • Con el Dictamen solicita en la Dirección Municipal de la Vivienda la propiedad del inmueble.
  • Con la propiedad de la vivienda solicita ante la DMPF el pago de derecho perpetuo de superficie (10 días hábiles).

Legalización de vivienda en ejecución por esfuerzo propio sin cumplir las formalidades legales:

  • Se certifica el cumplimiento de las regulaciones territoriales y urbanísticas.
  • De oficio se radica expediente y se dicta resolución reconociendo el derecho de continuar la obra y el derecho perpetuo de superficie cuando corresponda. La Dirección Municipal de Planificación Física de oficio de conjunto tramita el Certificado de Regulaciones Urbanas.
  • Cuando se presenta el proyecto, se revisa y aprueba y de oficio se emite licencia (hasta 45 días hábiles, se describe lo que existe construido y lo nuevo a construir. Terminada se emite el habitable (Hasta 30 días hábiles).
  • Si una parte de la vivienda es adecuada, se da habitable, para esa parte se va ante Notario y se aplica el mismo procedimiento para la parte en ejecución (regulaciones, proyecto, licencia).

Legalización de locales convertidos en viviendas adecuadas:

  • La persona inicia solicitud ante la Dirección Municipal de la Vivienda quien solicita de oficio a la Dirección Municipal de Planificación Física el Dictamen Técnico (Hasta 50 días hábiles), cuando es vivienda adecuada.
  • Se eleva al Consejo de la Administración Municipal por la Dirección Municipal de la Vivienda, recibido el Acuerdo se dispone la transferencia mediante el Banco.
  • Si aún no es vivienda adecuada se realiza similar procedimiento pero se transfiere lo construido y se reconoce el derecho a convertirlo en adecuado por esfuerzo propio. Cumpliendo las formalidades legales.

¿Qué pasos se siguen para legalizar Viviendas Medios Básicos y Vinculadas con ilegalidades constructivas?

  • Se convalidan las ilegalidades constructivas que no violen regulaciones territoriales y urbanísticas y normas técnicas de construcción.
  • Se presenta a la Dirección Municipal de Planificación Física el Documento Técnico emitido por Arquitecto de la Comunidad o la Empresa de Proyectos que evalúe el estado técnico de elementos estructurales, redes u otros aspectos determinantes
  • La Dirección Municipal de Planificación Física emite Dictamen Técnico (Hasta 50 días hábiles), con criterio de Urbanismo y se convalidan las ilegalidades si proceden.
  • Se notifica el dictamen al que administra la vivienda Medio Básico o Vinculada para actualizar el Contrato.

El directivo puntualizó también que el procedimiento de legalización es similar a los trámites habituales en estos casos: los correspondientes sellos timbrados y la acreditación de poseer un inmueble en usufructo o arrendamiento y el derecho a él.

No obstante, existen limitaciones para las personas que cumplen penas judiciales por delitos de prostitución, corrupción o tráfico de drogas.

Cambio de uso y traspaso de locales del Estado

Ahora se busca el ordenamiento y la legalización de las viviendas. Autor: Roberto Ruiz Espinosa.

Al referirse al Acuerdo 8575, sobre el cambio de uso y traspaso de locales del Estado, Diana Rosa Suárez Matías, del departamento jurídico de IPF señaló que encarga a ese organismo la organización y control del proceso para que los locales involucrados asuman funciones habitacionales y otros usos, en correspondencia con lo aprobado en los instrumentos de ordenamiento territorial y urbanismo.

“Va a haber dos niveles de aprobación: en el caso de los inmuebles que son de Organismos de la Administración Central del Estado, estos elevan sus necesidades de cambio de uso al IPF, y en el caso de los que son de orden municipal y provincial, serán valorados y aprobados por los consejos de la Administración. El proceso conlleva una documentación mínima necesaria.

“Entregados los expedientes por los organismos o los consejos de Administración al IPF, se consulta al Ministerio de Economía y Planificación y al Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, y una vez recibida la respuesta las propuestas son aprobadas por el IPF”.

En video, la Mesa Redonda

Se han publicado 567 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

  • Ariel dijo:

    Si yo tengo una casa pero sin la propiedad, la casa era de mi papá y el nos entregó la mitad a mi y a otra hermana, la casa la vive otro hermano y a este no le aprueban un succidio por que los documentos no están a su nombre.

    Yo pregunto: Esta casa no puede pasar a nombre de mi hermano directamente con la nueva ley?
    Lo que me han indicado y estoy en ese proceso es nombrar una tercera persona (otra hermana) como mi representante legal para que ella sea la que haga los tramites. Yo estoy en La Habana y ellos en Manzanillo.

    • micons dijo:

      La nueva política aprobada se dirige a viviendas estatales o sin status legal y por lo que refiere, la vivienda resulta de propiedad personal sobre la que aún no se ha efectuado los procedimientos sucesorios al encontrarse reconocida a favor de persona fallecida, es por ello que la legalización a sus ocupantes procede por procesos de adjudicación de herencia para lo que requieren la concurrencia de todos us herederos, ya sea de forma directa o representados, y solicitar los servicios de abogado del Bufete Colectivo de su elección

  • Meylin dijo:

    PREGUNTA SOBRE LAS REPOSICIONES TOTALES

    las viviendas que fueron repuestas totalmente, por destruccion de la casa original, hoy, a pesar de existir un titulo de propiedad, no entran por actualizacion de titulo porque la Res.Conjunta No.1 de 2016 del MICONS-IPF, no contempla ese tipo de accion constructiva, sino solo ampliaciones, remodelaciones, rehabilitaciones. Me pregunto si al amparo de esta nueva norma estas viviendas seran legalizadas. No se trata propiamente de una vivienda sin estatus, puesto q existe un titulo de propiedad previo, pero sí se trata de una vivienda nueva construida ilegalmente. Pregunto: ¿clasifican al amparo de la nueva norma para ser legalizadas?

    • micons dijo:

      El caso debe evaluarse en el territorio pues si se trata de una reposición es porque construyeron una nueva vivienda totalmente a la que no le corresponde el titulo anteriormente existente al tratarse de un nuevo inmueble que hoy no tiene status legal y puede aplicarse lo establecido en esta política.

    • IPF_ dijo:

      Meylin: Muchas gracias por su participación en el ForoDebate. Por los datos aportados sugiero q

    • IPF_ dijo:

      Meylin: Muchas gracias por su participación en el ForoDebate. Por los datos aportados sugiero que se dirija a la DMPF de su territorio e iniciar los trámites correspondientes, siempre y cuando CUMPLA CON LAS REGULACIONES TERRITORIALES, URBANÍSTICAS Y CONSTRUCTIVAS.

  • MACR dijo:

    Esto no es un Foro donde están los especialista de Vivienda y PLANIFICACIÓN FÍSICA?

    • DGV dijo:

      buenas tardes nuevamente, revisa las respuestas, saludos.

  • Gemma dijo:

    Buenos días quisiera saber si con estas nuevas normas de la vivienda quienes hoy son arrendatarios de una vivienda pudieran pasar a ser propietarios

    • micons dijo:

      Precisamente la nueva política beneficia a los arrendatarios siempre que no lo sean en cumplimiento de sanciones por sentencias penales o aplicación de los decretos leyes 149 sobre enriquecimiento indebido y 232 casos de tráfico de droga y proxenetismo.

  • Ana Ivis Fonseca González dijo:

    Quisiera que alguien me explique qué medidas se tomarán con los barrios insalubres, yo vivo en Romerillo, en el que Fidel, en el año 1987visito y se hizo un censo que consta en planificación física del municipio playa, muchos hemos construido las casas por esfuerzo propio, y no oigo ni leo nada respecto a estos barrios, que no somos ilegales, porque tenemos dirección por el carnet de identidad, que hay CDR, FMC, que participamos en todas las tareas de la revolución, alguien que me conteste ???

    • micons dijo:

      deben acudir a las oficina de trámites del territorio a solicitar la legalizxación por las nuevas políticas ya que su legalización dependerá del cumplimiento de las regulaciones urbanas y los planes de construcción.

  • Neida dijo:

    Creo que eran necesarias unas regulaciones como éstas entendí perfectamente todo lo explicado por los funcionarios en la mesa redonda pero me pregunto habrá ocurrido igual con el personal que labora en las DMPF?. Seacogen las viviendas actualmente en trámites a estas regulaciones? Estoy legalizando una vivienda aún sin terminar completamente con licencia de 1996, cuyo título de propiedad se emitió en el 2005 hasta la parte terminada, el plano de entonces muestra la totalidad de la vivienda que por motivos ajenos a nuestra voluntad aún no se ha podido culminar y estoy enfrentando los efectos de la burocracia y falta de sensibildad a la que tanto se ha aludido. =¿Qué hacer, a dónde dirigirme?

    • micons dijo:

      En su caso debe precisarse si se trata de que no ha podido terminar la construcción, o no ha podido legfalizar, pues refiere que ya tiene titulo de la parte terminada...no se logra entender en qué consiste su inquietud

  • Humberto dijo:

    Tengo una vivienda en el campo que esta enclavada dentro de tierras estatales tenemos cercado un patio de aproximadamente 6 cordeles de tierra donde tenemos varios arboles frutales y dos casas perfectamente habitables vivimos en el lugar desde hace mas de 40 años lo que en casas con mejores condiciones desde hace aproximadamente 15 años hace unos años teníamos un catastro emitido por la agricultura que se renovaba cada 5 años como usufructo gratuito hace unos meses no fue renovado el catastro puesto que la pequeña parcela donde recidimos dejo de ser de la agricultura mi pregunta podemos aspirar a la propiedad de ambas casas mis respetos
    Humberto

  • Yuyo dijo:

    Si compre ilegalmente una vivienda en 2006 puedo adjudicar mela ahora con la nueva ley? El. Propietario se fue del país y llevo residiendo en ella por 12 años Gracias

    • D dijo:

      Tu caso es igual al de muchos quisiera que nos dieran respuesta a aquellos que vivimos en usufruto hace 10 años

  • Daydier dijo:

    Hola, mi hermana lleva casi 6 años viviendo en un usufructo que aun está a nombre de nuestra abuela que es fallecida, mi mamá también falleció y el resto de la familia nos fuimos a vivir a otra parte, quedando mi hermana y sobrina en ese usufructo, pero no tiene la dirección de ese lugar en el carnet porque antes de retornar a esa vivienda, estuvo casada en otro lugar, y al divorciarse retorna a la casa de su familia (abuela, madre...) pero no puede hacerse el cambio de dirección pues le dicen que ese cuarto es usufructo y la "titular" es fallecida. Incluso le han hecho denuncias (supuestamente los vecinos) para que la Vivienda la saque de ahí para apropiarse del cuarto, argumentando que el usufructo es de quien lo vive, pero ella lo vive hace 6 años aproximadamente. Aun está en esos litigios, queremos saber si esta nueva ley le permitirá poner ese usufructo a su nombre, ya legalizarse, les diré que se trata de un cuarto habitable, con su baño independiente, cocina, etc, ahí vivimos todos desde 1989 lo que cada cual ha ido tomando su camino y solo queda ella....En espera de respuestas.

  • ferro dijo:

    todo lo analizado en la mesa redonda esta muy bien y los que tenemos derrumbes totales del 2008 en nuevitas cuando se resuelve el problema.

  • Yarelys dijo:

    Que pasa con una familia que vive en casa propia y terreno pero somos 11 en el núcleo con solo 2 habitación, 3 generación de matrimonio y 5 niños de ellos 2 menores de 3 años total hascinados y el mintur no da permiso para ampliar pero tampoco da opciones de permutas paradjorar nuestra situación el gobierno no tiene recursos para mejorar y mintur dice que debe reservar la zona para posibles futuras inversiones mientras nosotros estamos condenados al hacinamientos y vivir de manera indecorosa, en nuestra propiedad.
    Por otra parte Guanabo es alta significación para el Turismo pero esta destruido las instalaciones muy maltratado y las calles no principal en franco deterioro mientras a nosotros se nos limitan MEJORAR nuestra vida

  • Iris dijo:

    Por lo que entendí ayer, lo que se va a hacer con los medios básicos es legalizar las modificaciones realizadas al mismo, no darsela en propiedad a sus ocupantes ¿es así o entendí mal?
    Otra pregunta o sugerencia para la mesa redonda, por favor expliquen bien porque la mayoría no entendemos, esa nueva Ley si va a beneficiar en algo a los médicos de los Consultorios cuando debajo de su casa existe el consultorio funcionando como tal, espero que me publiquen y alguien conocedor (no especulador) me aclare o le llegue a los compañeros de la mesa redonda. Gracias.

  • Leodan Concepcion dijo:

    Vivo en el municipio playa y quisiera saber el dia 27 de mayo a q oficina de la vivienda de mi municipio tengo q ir primero para empezar mi trámite de legalizacion de mi vivienda? A quien debo ver ahi? Y q documentos debo presentar en ese momento? Gracias

  • luis dijo:

    El pueblo agradece todas estas iniciativas, quisiera me respondieran acerca de si han contemplado auxiliarse de la informática, no cabe duda, de que un buen uso de la misma, puede ayudar a la inmensa cantidad de trámites con los que van a lidiar el personal del IPF y Vivienda, es decir, porque no he escuchado que hay proyección en ese sentido, cuando hay software para poder contribuir a una mejor eficiencia por parte de estos organismos

  • gustavo dijo:

    Bien por las nuevas normas, pero se quedan los garajes sin regulación nuevamente, no solo se construyen casas en el país, y no solo quedan viviendas o locales por legalizar, existen infinidad de inmuebles, además de los garajes, que se construyeron hace muchos años, incluso antes de 1984, que carecen de estatus legal, por ejemplo muchas de las actividades de los TCP se hacen en naves y talleres, como se legalizan esos.

  • Damarys dijo:

    Quisiera saber si se aprobara q un ciudadano cubano pueda adquirir una segunda propiedad por herencia

  • Oscar Batista Rodríguez dijo:

    Soy desmovilizado de las FAR,vivo en una casa vinculada, la cual tremine de pagar en Diciembre 2017, tengo la resolución de la comisión de cuadros de mi unidad que me autoriza a desvincular la casa para gestionar la proiedad, lo que no he odido realizar ya que tengo una orden de trabajo abierta en la oficina municipal de Vivienda de playa(No 105) para el dictamen técnico desde el 16 de mayo de 2018 y cada vez que voy me dicen que debo esperar a que me llamen,yo me pregunto cuantos años mas debo esperar ahora con esta abalancha de tramites de esta naturaleza que se van a realizar

  • Alvaro Calzada Diaz de Villegas dijo:

    Mi padre falleció hace algunos años, los últimos años de su vida los pasé viviendo con el, pero mi dirección es en la casa donde viven mis hijas, yo vivo hace mas de 20 años en la casa de mi padre, no he legalizado el traspaso porque tendríamos que dejar de trabajar mis hermanos y yo para lograr todo el papeleo empezando por las partidas de nacimiento que nunca coinciden y te sacan para arreglarlas el doble del salario, estoy afiliado al CDR ese hace mas de 15 años, mi dirección electoral es esa. en resumen con ¿Se mantiene el engorroso proceso para vivir legal?.

  • YGG dijo:

    Buenos dias, creo que todas la medidas tomadas estan muy a favor de la situacion de la vivienda en el pais y muchas personas se veran beneficiadas con estas regulaciones. quisiera preguntar, porque no me quedo claro en la mesa redonda de ayer, las viviendas que son medios basicos y que estan la zona de santa marta, cardenas, pertenecientes al MICONS, que tratamiento se le dara y si existe alguna posibilidad de algun beneficio con estas nuevas medidas espero me puedan aclarar las dudas, estoy segura que muchas personas tendran las misma duda que yo saludos

  • Gustavo dijo:

    Me preocupan los términos, si hasta hoy no se cumplen como generalidad, que nos hace suponer que se cumplirán en lo adelante, si las condiciones son las mismas.

  • Roxana Badosa Rodríguez dijo:

    Buenas, ante todo mi agradecimiento por estas nuevas medidas que ciertamente veneficiará a muchas familias, entre ellas la mía.
    Mi pregunta puede servir para cualquiera de las categorías que serán atendidas en esta tarea
    1- Las personas que se plantea tendrán prioridad (embarasadas, ancianos y discapacitados) tendrán la oportunidad de separar algún turno anticipado? Me parece que sería prudente hacerlo d ese modo dado que, con el envejecimiento de nuestra población y otros factores, podría ser que se corriera el riezgo de que estas personas se encuentren una larga fila de personas como ellos
    2- Las personas que inevitablemente deban delegar en otra persona para que tramite por el, supongo deberán hacerles un Poder Notarial para tales fines. Me gustaría aclarara esto y detallen qué debe contener dicho poder
    3- En cuanto a los Arrendatarios Permanentes que serán atendidos en esta ocación, sería posible explicar cuáles serían los casos que deberán presentar Dictamen Técnico?
    4- Se establecerá algún sitio, teléfonos u oficinas, donde podamos intercambiar dudas, sugerencias o quejas sobre esta acción? Creo que sería provechoso, teniendo en cuenta el caracter humanista que como explicó el compañero Acesor Jurídico tiene esta tarea y como se ha solicitado que la misma población controlara y denunciara cualquier acto de corrupción u oportunismo que se detecte.
    Una vez mas gracias compañeros.

  • belkis dijo:

    También hace falta que se agilicen los trámites para los casos de legalizaciones de la propiedad aunque no sea por construcción, como es mi caso que se trata de cambio de propietario por fallecimiento del dueño y el burocratismo es tanto que ha pasado muchísimo tiempo y nada porque piden demasiados requisitos y documentos que la mayoría de las veces son innecesarios y lo que hacen es dilatar más el proceso, no le ponen fecha para la entrega de lo que se solicita

  • Osvaldo dijo:

    Estoy viendo este "Foro Debate" y mas parece un sitio de expresión de quejas y preguntas sin respuestas, creo que su función no se está cumppliendo, a diferencias de otros foros de otras empresas donde si han dado respuestas rápidas y presisas a las preguntas e inquietudes de los internautas, esperemos que antes del cierre del mismo se pueda recibir alguna respuesta de los funcionarios convocados, si realmente hay alguno, que ya deja la duda.
    Saludos.

    • Gustavo dijo:

      De acuerdo no parece un foro debate...

      • gisela dijo:

        Estimados, nos encontramos desde la mañana aclarando y respondiendo las preocupaciones y dudas de la población. Favor revisar las respuestas enviadas. Gracias

    • IPF dijo:

      Osvaldo: Estamos respondiendo preguntas desde la mañana, es una lástima que usted tenga esa opinión, aquí estamos varios funcionarios de diferentes organismos dando respuestas a diferentes casos.

      • PSK dijo:

        Veo muy bien todo lo que se desea lograr, pero nunca se habló de darle una respuesta a las personas que tienen Acuerdo CAM para la entrega de terrenos para construir viviendas por esfuerzo propio, que pasa con las personas que llevan años esperando, no se les dará una respuesta, porque cuando se dirigen hacia DMPF Plaza de la Revolución en el caso este, les dicen que están esperando respuesta, cuando hablas con el Director MPF Manuel Fernandez Crespo "manolito", les dice que están a la espera de que el CAP se pronuncie, las personas realizan quejas en el Gobierno y no se les da respuesta, si quieren comprueben la cantidad de quejas realizadas en Atencion a la Población, en Plaza hay cerca de 70 casos esperando por una respuesta.

  • Yosue dijo:

    Saludos.
    En mi caso tengo una vivienda que tiene un patio grande y quiero donarle a una hija un pedazo para que fabrique, pero en vivienda me dicen que no puedo donar parte del terreno, pero si puedo donarle la mitad de la casa ¿Por qué no se puede donar un pedazo del terreno para que construya.?- Según ellos si dono parte de la casa puedo cederle parte del patio- No es algo ilógico. Gracias

  • erick dijo:

    Son aplicables las nuevas regulaciones a un arrendatario de vivienda vinculada para el traspaso de propiedad?

    • IPF dijo:

      Erick: Las viviendas vinculadas y medios básicos no acceden a la transferencia de la propiedad al amparo de estas normas, pues estas viviendas tienen que cumplir el requisito de 15 años de ocupación para obtener la propiedad y estar al día en el pago.

  • Guajiro del monte dijo:

    Saludos, Que bueno, hay que solucionar de una vez por siempre la situación de la vivienda, creo que es imprescindible para los planes 2030, preocupaciones: 1 El fenómeno del funcionalismo y la burocracia; 2 No veo una variante para la solución de la vivienda en el campo y su repoblación objetiva y productiva; 3 Desarrollar programas de reforestación municipales para soluciones de hábitat y no seguir dependiendo de bosques naturales. Mi problema: mis padres fueron y la casa familiar fueron afectados por la presa cilantro, casa de mampostería piso de mosaico y techo de guano y finca para mudarlos a una casa de bóveda sin una buena construcción y acabado y sin persianas. Estoy gestionando y todavía nada, mi padre ya murió y mi mamá tiene 82 años.

  • Tania Hernández Borrero dijo:

    Buenos días. Felicitarles por la gran labor que desempeñan en eras de aumentar el fondo habitacional de la población cubana, tan necesario y que ha sido un punto medular en nuestra política del estado.
    Me voy a referir al caso de medio básico de consultorio es decir casa y enfermera de familia con más de 25 años viviendo en el mismo las dos compañeras jubilidas, que ya fue desvinculado y liberado del sector salud. ¿Cuáles son los trámites a seguir?. Sabemos que el documento esta en el CAM,Pero aun no hemos tenido niguna respuesta.Un saludo afectuoso al compañero Santiago por su gran desempeño.Gracias..

  • Hector Leyva Correa dijo:

    En mi caso me incorporo al sistema Micons en Septiembre de 1992 (UNECA), en 1997 me asignan Vivienda Vinculada, en mayo de 2013 me veo forzado a salir de la empresa ante enfermedad de mis padres y hermano parapléjico, que me imposibilita seguir laborando por lo que me incorporé al TCP como Cobrador Pagador. Como queda mi situación legal ante la Empresa que controla esta Vivienda Vinculada a la luz de las nuevas regulaciones.

  • Karen Polo dijo:

    Soy arrendataria desde el 2005 cuando compré la casa era muy pequeña y solicité una Licencia de Construcción de Ampliación y Remodelación mi pregunta es: tengo que pagar la parte de la casa que he contruido por esfuerzo propio cuando me otorguen el Título de Propiedad o solo la parte de la casa que aparece en el Contrato de Arrendamiento.

    • IPF_ dijo:

      Karen Polo: Muchas gracias por su participación en el ForoDebate. Por los datos aportados, sugiero que se dirija a la Dirección Municipal de la Vivienda de su territorio e iniciar los trámites correspondientes, siempre y cuando no esté en las excepcionalidades de la Norma, que limita a las persona que cumplan penas judiciales y a sancionados por delitos.

  • Yanet V dijo:

    Es una vivienda que fue dividida en tres por el estado en el año 1984. Las 3 partes fueron otorgadas a tres familias como viviendas terminadas y vinculadas al Ministerio de Salud las cuales cumplen las regulaciones urbanas y territoriales. Mi pregunta es:
    Si el incumplimiento es por parte de una entidad del estado al actuar de forma morosa durante más de 10 años en el otorgamiento de la propiedad y culminar en incumplimiento del contrato de la vivienda vinculada al pasarla nuevamente como un medio básico de la entidad en el 2016 ¿La familia que habita en el inmueble actualmente desde hace 9 años nunca tendrá derecho a la propiedad a pesar de haberse pagado doblemente este inmueble (con dinero en el banco por el precio establecido y con los años laborados por la trabajadora a la que se le asignó dicha vivienda desde el cumplimiento de su servicio social hasta su retiro con un trabajo impecable, aún si ésta abandonó el país junto a su esposo después de esperar casi una década y dejar instalados en la vivienda a su cuñado y esposa? ¿Se podrán incluir en El caso de las viviendas terminadas por el Estado sin cumplir alguna formalidad pero que cumplen las regulaciones urbanas y territoriales?

Se han publicado 567 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Director de Creación de Contenidos de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda y Cuadrando la caja. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómezen 2024. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@ideasm.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Yunier Javier Sifonte Díaz

Yunier Javier Sifonte Díaz

Graduado de Periodismo en la Universidad Central "Marta Abreu" de Las Villas en el año 2016. Periodista de Telecubanacán. Colaborador de Cubadebate. En Twitter: @yunier_sifonte

Roberto Garaycoa Martínez

Roberto Garaycoa Martínez

Fotorreportero. Colabora con Cubadebate y el sitio de la Mesa Redonda.

Vea también