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Apuntes necesarios sobre las nuevas normas jurídicas de la vivienda en Cuba

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En todas las variantes es condición sine qua non la observancia de las regulaciones territoriales y urbanas. Foto: Miguel Febles Hernández.

Dos importantes acuerdos del Consejo de Ministros y dos resoluciones del Ministerio de Justicia y de la Construcción fueron dados a conocer el pasado 26 de abril con el objetivo de continuar el ordenamiento y legalización de la vivienda en el país. Sobre estas relevantes normas jurídicas te invitamos a dialogar con directivos del Instituto de Planificación Física y la Dirección General de la Vivienda en nuestro foro debate.

Regulaciones para beneficiar a casi un millón de personas

Vivian Rodríguez Salazar, Directora General de la Vivienda del Ministerio de la Construcción

Según explicó Vivian Rodríguez Salazar, Directora General de la Vivienda del Ministerio de la Construcción, las nuevas regulaciones sobre la vivienda parten de la necesidad de resolver lo más pronto posible el déficit habitacional en el país, una cifra que según los últimos reportes asciende a 929 mil viviendas.

“Las normas que entrarán en vigor el próximo 27 de mayo contribuirán a reducir esos números y a mejorar el fondo habitacional del país. Hemos identificado más de 72 mil viviendas con acciones constructivas que no pueden ser legalizadas porque incumplen algunas de las formalidades exigidas, pero ahora sí podrán registrarse”, apuntó.

De acuerdo a la directiva, las nuevas regulaciones beneficiarán a 230 mil familias, o lo que es igual, a más de 690 mil personas. De ellos, más de 77 mil cubanos son hoy arrendatarios de inmuebles y también tendrán la posibilidad de obtener la propiedad.

La Directora General de la Vivienda aclaró que este será un proceso ordenado y en apego a las regulaciones urbanísticas aprobadas en cada territorio. De este modo, si una vivienda cumple las condiciones para inscribirse en el registro de la propiedad, pero incumple las disposiciones de planificación física, no podrá seguir adelante con el proceso.

Legalidad, organización y respeto

Santiago Herrera Linares, Director de Asuntos Legales de la Dirección General de la Vivienda. Foto: Roberto Garaicoa.

En otro momento de la Mesa Redonda, Santiago Herrera Linares, Director de Asuntos Legales de la Dirección General de la Vivienda, explicó las reglas generales y los elementos principales de las nuevas normas jurídicas en torno al ordenamiento y legalización de las viviendas.

  • Acuerdo No. 8574 del Consejo de Ministros que aprueba el Reglamento ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales.
  • Acuerdo No. 8575 sobre cambio de uso de locales.
  • Normas complementarias del Ministerio de la Construcción y el Ministerio de Justicia.

Según dijo Herrera Linares, es importante conocer que el proceso de ordenación y legalización está previsto para un período de seis años a partir de su entrada en vigor a finales de este mes. Asimismo, que los Consejos de la Administración juegan un papel determinante, “porque rigen y controlan a las direcciones de la vivienda y de planificación física en cada territorio”.

“El actuar de las direcciones municipales, su organización y control de cada acción, son esenciales para garantizar el éxito de los trabajos”, apuntó.

De igual manera, el Director de Asuntos Legales de la Dirección General de la Vivienda especificó que las medidas se aplican tanto para zonas rurales como urbanas, aunque excluyen a sitios especiales como la Zona Especial de Desarrollo Mariel, La Habana Vieja, la región de Guanabo y Varadero.

“Se trata no solo de organizar, sino también de resolver problemas, de tener un sentido de humanidad con cada persona. La atención priorizada es importante, así como la rapidez en los trámites”, acotó.

De igual manera, se explicó que el precio de locales y cuartos que se entreguen para convertirlos en viviendas adecuadas, se calculará como vivienda terminada  y el porciento de ejecución en que se encuentra se descuenta como depreciación adicional.

¿A quién se autoriza la  transferencia de la propiedad?

  • Arrendatarios permanentes de viviendas del fondo estatal (Tienen un contrato con la Dirección Municipal de la Vivienda, definen mensualidad y la pagan indefinidamente).
  • Usufructuarios y ocupantes de cuartos, habitaciones o accesorias, convertidas en viviendas adecuadas o que puedan serlo.
  • Viviendas y locales terminados o en ejecución por el Estado o la población, sin cumplir las formalidades legales.

Diana Rosa Suárez Matías, del departamento jurídico del Instituto de Planificación Física (IPF).

Entre tanto, Diana Rosa Suárez Matías, del departamento jurídico del Instituto de Planificación Física (IPF), alertó que no se pueden legalizar las viviendas que se encuentren construidas en los márgenes de los ríos o en zonas de inundación, bajo líneas eléctricas de alta tensión, en las fajas industriales, o en zonas de gran significación económica. “Se incluyen en este caso las moradas ubicadas en las zonas costeras vulnerables y en las zonas especiales por su impacto en el turismo o la economía”, detalló.

La especialista aclaró que las personas que conviven en estos lugares estarán bajo la tutela de los Consejo de la Administración Municipales, los que deben hacer cumplir las leyes correspondientes.

Si de trámites se trata…

Al comentar sobre los procedimientos necesarios para legalizar los inmuebles, el director de Asuntos Legales y Jurídicos de la Vivienda, Santiago Herrera Linares, explicó que todos los interesados deben acudir a las Oficinas de Trámites correspondientes, sitio en el cual se reúnen los diferentes implicados en la tramitación.

A la vez, llamó a desterrar cualquier tipo de burocracia e indolencia por parte de los trabajadores que laboran en estas instalaciones. Igualmente insistió que los gobiernos locales deben crear las condiciones necesarias para lograr los tiempos pertinentes y evitar que una política que “hace tanto bien” termine empañada por factores humanos.

Herrera Linares detalló que en el caso de los arrendatarios permanentes y usufructuarios de cuartos, habitaciones o accesorias, y locales deben acudir a las  direcciones de Vivienda, que de oficio, cuando se trata de viviendas adecuadas, tramita en su caso con Planificación Física.

Pasos: Dictamen (si lo necesita)-Vivienda eleva al CAM y tras el acuerdo, se emite la propiedad por la Dirección de Vivienda.

  • Si no es vivienda adecuada se reconoce lo edificado y derecho a construir por esfuerzo propio, de acuerdo a la legislación vigente.

En el caso de las viviendas terminadas por el Estado sin cumplir alguna formalidad pero que cumplen las regulaciones urbanas y territoriales.

  • Se tramita de oficio por las direcciones municipales de Vivienda, Dictamen de Planificación Física y se asigna por Acuerdo del consejo de la Administración a personas naturales o al organismo si el destino era asegurar la fuerza de trabajo.

Entre tanto, las viviendas terminadas por esfuerzo propio: La persona solicita en la Dirección Municipal de Planificación Física el Dictamen Técnico (Hasta 50 días hábiles).Sí es en una azotea se describen las  medidas de estas.

  • Con el Dictamen solicita en la Dirección Municipal de la Vivienda la propiedad del inmueble.
  • Con la propiedad de la vivienda solicita ante la DMPF el pago de derecho perpetuo de superficie (10 días hábiles).

Legalización de vivienda en ejecución por esfuerzo propio sin cumplir las formalidades legales:

  • Se certifica el cumplimiento de las regulaciones territoriales y urbanísticas.
  • De oficio se radica expediente y se dicta resolución reconociendo el derecho de continuar la obra y el derecho perpetuo de superficie cuando corresponda. La Dirección Municipal de Planificación Física de oficio de conjunto tramita el Certificado de Regulaciones Urbanas.
  • Cuando se presenta el proyecto, se revisa y aprueba y de oficio se emite licencia (hasta 45 días hábiles, se describe lo que existe construido y lo nuevo a construir. Terminada se emite el habitable (Hasta 30 días hábiles).
  • Si una parte de la vivienda es adecuada, se da habitable, para esa parte se va ante Notario y se aplica el mismo procedimiento para la parte en ejecución (regulaciones, proyecto, licencia).

Legalización de locales convertidos en viviendas adecuadas:

  • La persona inicia solicitud ante la Dirección Municipal de la Vivienda quien solicita de oficio a la Dirección Municipal de Planificación Física el Dictamen Técnico (Hasta 50 días hábiles), cuando es vivienda adecuada.
  • Se eleva al Consejo de la Administración Municipal por la Dirección Municipal de la Vivienda, recibido el Acuerdo se dispone la transferencia mediante el Banco.
  • Si aún no es vivienda adecuada se realiza similar procedimiento pero se transfiere lo construido y se reconoce el derecho a convertirlo en adecuado por esfuerzo propio. Cumpliendo las formalidades legales.

¿Qué pasos se siguen para legalizar Viviendas Medios Básicos y Vinculadas con ilegalidades constructivas?

  • Se convalidan las ilegalidades constructivas que no violen regulaciones territoriales y urbanísticas y normas técnicas de construcción.
  • Se presenta a la Dirección Municipal de Planificación Física el Documento Técnico emitido por Arquitecto de la Comunidad o la Empresa de Proyectos que evalúe el estado técnico de elementos estructurales, redes u otros aspectos determinantes
  • La Dirección Municipal de Planificación Física emite Dictamen Técnico (Hasta 50 días hábiles), con criterio de Urbanismo y se convalidan las ilegalidades si proceden.
  • Se notifica el dictamen al que administra la vivienda Medio Básico o Vinculada para actualizar el Contrato.

El directivo puntualizó también que el procedimiento de legalización es similar a los trámites habituales en estos casos: los correspondientes sellos timbrados y la acreditación de poseer un inmueble en usufructo o arrendamiento y el derecho a él.

No obstante, existen limitaciones para las personas que cumplen penas judiciales por delitos de prostitución, corrupción o tráfico de drogas.

Cambio de uso y traspaso de locales del Estado

Ahora se busca el ordenamiento y la legalización de las viviendas. Autor: Roberto Ruiz Espinosa.

Al referirse al Acuerdo 8575, sobre el cambio de uso y traspaso de locales del Estado, Diana Rosa Suárez Matías, del departamento jurídico de IPF señaló que encarga a ese organismo la organización y control del proceso para que los locales involucrados asuman funciones habitacionales y otros usos, en correspondencia con lo aprobado en los instrumentos de ordenamiento territorial y urbanismo.

“Va a haber dos niveles de aprobación: en el caso de los inmuebles que son de Organismos de la Administración Central del Estado, estos elevan sus necesidades de cambio de uso al IPF, y en el caso de los que son de orden municipal y provincial, serán valorados y aprobados por los consejos de la Administración. El proceso conlleva una documentación mínima necesaria.

“Entregados los expedientes por los organismos o los consejos de Administración al IPF, se consulta al Ministerio de Economía y Planificación y al Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, y una vez recibida la respuesta las propuestas son aprobadas por el IPF”.

En video, la Mesa Redonda

Se han publicado 567 comentarios



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  • Elisa dijo:

    Hola!
    Necesito realizar una consulta:
    Desde aproximadamente el año 1987 mi tio adquirio un terreno para agricultura y construyo despues en este un garage de 36m2 que nunca legalizo porque al poco tiempo se enferma de los nervios.Al pasar el tiempo los sobrinos empezamos a crecer y se necesitaba mas espacio como ya no constabamos con carro una sobrina de el se dispuso a vivir en este garage y manteniendo la fachada original dentro hizo su baño, cocina, cuarto y una salita pero sin papeles quisiera saber si ahora puede legalizar con esta nueva ley ya que cumple con las condiciones urbanisticas
    Saludos

  • milagros camba rodriguez dijo:

    me causa una gran satisfaccion de que de una vez se hayan aprobado nuevas normas para el reordenamiento habitacional del pais era un clamor de la sociedad desde hace un buen tiempo.
    les escribo porque tengo un caso muy particular , adquiri en el 2012 una vivienda en la provincia de holguin luego de un proceso de compraventa que realice en santiago de cuba de mi vivienda de origen con el objetivo de acercarme a mi familia materna .
    esta vivienda en Holguin en el momento de efectuar la compraventa ante notario publico se constato que la titularidad de la misma estaba desactualizada por lo que en ese momento no procedia el proceso hasta entonces no se realizaran los tramites pertinentes , no obstante procedimos internamente a efectuar el pago de la misma a la propietaria y tras ello comence a vivir en el inmueble con mi familia, mi mama de 60 años , mi esposo y 2 hijos menores mientras transitaba el largo y escabroso camino de actualizacion de la titularidad que yo lleve a cabo a traves de un poder especial que la propietaria me concedio ante notario publico por presentar problemas de salud que le impedian realizar el tramite , la actualizacion del titulo culmino en Enero 2016 y justo cuando procediamos a realizar el proceso de compraventas ante notario publico la propietaria fallece abruptamente sin llegar a consumar el acto publico , por lo que desde entonces he acudido a cuantas instancias pudiesen intervenir sin obtener resultados me pregunto hoy acaso encontrare solucion a mi caso en estas circunstancias donde el pais proyecta nuevas normas y regulaciones para el reordenamiento legal de su fondo habitacional , actualmente no tengo ningun estatus legal de mi inmueble y me pregunto si pudieran orientarme que hacer , no soy arrendataria, no soy usufructuaria, no he construido por mis propios medios, ni vivo en un local adaptado para uso habitacional pero no tengo estatus legal de mi vivienda en la que vivo desde el 2012 sin respuestas de ningun lugar que he acudido pues uno de los herederos la persona con quien se encontraba casada legalmente pero separada mucho antes de aquirir el bien por via sucesoria se niega a ceder sus derechos .
    espero que me respondan a mi correo pues necesito orientacion y ayuda . saludos milagros

  • Idanis dijo:

    Me alegra mucho la cantidad de familias beneficiadas con estas nuevas medidas, pero me preocupa que muchos otros nos quedamos sin beneficio alguno, pregunto lo siguiente: Resido en un apartamento medio básico del MICONS, con dirección en calle 12 final y vía rápida, Santa Marta, Cárdenas, provincia Matanzas, ya leí en respuestas a comentarios anteriores que Santa Marta, a pesar de pertenecer a Cárdenas y no a Varadero, se contempla entre las zonas especiales, quisiera que me respondieran por qué ya existen un número de apartamentos entregados en propiedad y otros no tengan este derecho, viviendo pared con pared en el mismo edificio, a qué se debe tanta desigualdad si la zona es la misma

  • andres dijo:

    es lo mejor que nos pueda pasar a tantas personas que la revolución brinda su ayuda incondicional.

  • Enriluis dijo:

    Tengo un ejemplo claro una compañera de trabajo su papa PROPIETARIO este falleció cuando ella va a la direccion de la vivienda en Habana Vieja Salio como arrendataria permanente por que ese tipo de practicas, una persona que NACIO en ese apartamento como quien dice... esos son las regulaciones y restricciones que hay en esas zonas especiales... ahora vas con 2000 CUC y te hacen los papeles por la IZQUIERDA eso noe s cuento ni es secreto para nadie.. a mi me lo han propuesto, pero no he querido hacer ese tipo de actos, yo quiero que arranquen el mal de raiz, es bien cierto que se deben regular esas zonas, evitar la superpoblacion, mantener la arquitectura y el valor historico, pero po rque privar a una persona de su titulo de propiedad??? esas medidas solo sirven para que unos pocos se enrriquescan y comentan actos de corrupcion... mi Caso particular, mi familia se fue del pais LEGALMENTE y al intentar poner la casa a mi nombre sali como arrendatario, por que si ahi existia una propiedad????? que tipo de regulacion es esa???? es justo??? quiero tener mis papeles en regla, de forma legal y segura, quiero poner mi negocio por cuenta propia en mi propia casa y NO PUEDO eso es justo?? por favor REVISEN esos casos en HABANA VIEJA, no se trata de una nueva propiedad, ni de un nuevo inmueble habitacional ni de una amplicacion ni construccion fuera de las reglas, se trata de esos casos que somos arrendatarios permanentes toda mi generacin estara sujeta a ese estatus, que me den un permiso para hacer mi negocio cafeteria, renta o lo que sea siempre y cuando este en las reglas,,, donde puedo ir a solicitar ese permiso, no es justo revisen por favor como pueden leer hay varios casos reportados aqui, estoy de acuerdo con el que construyo y violo las normas no se legalice en esa zona hay superpoblacion, pero yo que mis antecesores eran propietarios no puedo tener mi propiedad y en mi apartamento no se ha puesto un solo ladrillo de mas ni nada por el estilo, todo es legal conforme a las normas, sin embargo por otro lado debo mantenerlo cuidarlo protegerlo, mantener la arquitectura, por que no puedo ser propietario llevo mas de 15 años pagando al dia, incomodicimo que es ir a pagar al banco no se puede pagar si quiera por transfermovil ni telebanca, la vivienda no tiene eso automatizado, eso es otra queja y ceñalamiento, por favr revisen las normas en esa zona que solo se presta para corrupcion, por que la gente sigue haciendo y desaciendo por la IZQUIERDA y la norma y regulaciones de la oficina del historiador no estan siendo respetadas ya no cumplen con las necesidades actuales delos habitantes.... hago un llamado a los habitantes de alli de esa zona a cuidar sus inuebles y mantenerlos con sus propios recursos... un saludo

  • Nancy dijo:

    Mi caso es muy similar al de Janet. Dividimos y cada una de mis hermanas y yo tenemos nuestra independencia, podremos legalizarlas con los nuevos acuerdos.
    Por favor necesitamos respuestas

  • Dora dijo:

    Ya pregunté en el articulo anterior y nada de respuesta. En el caso de una vivienda que estubo vinculada para su construcción a una Empresa Estatal en el programa de inicio y terminación hace un número de años y que nunca se terminó por dicha Empresa, que habría que hacer para obtener la propiedad de la misma?

  • larme dijo:

    Hola tenemos una vivienda que mi esposo se la gano por su trabajo en las FAR pero al cobo de un tiempo se desvinculo de esa entidad vinculandoce a otra, por tener niños pequeños no noquitaron el inmuebl pero lo pasaron a la DMV en el estatus de arrendatario tenemos la vivienda registrada en el registro de la propiedad y la pagamos todos los mese queremos saver si entramos en estos veneficios que se estan dando.

  • Enriluis dijo:

    NO HAY CONCORDANCIA CON LOQUE DICE LA GACETA Y LO QUE EXPUSIERON ENLA MESA REDONDA, EN EL PROGRAMA DE TELEVISION Y EN ESTE ARTICULO DICE QUE HABANA VIEJA NO ESTA COMPRENDIDA PARA FAVORESENCE DE ESTAS MEDIDAS SIN EMBARGO EN LA GACETA EN EL CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 7 DICE:
    7. Se tiene en cuenta lo dispuesto para las viviendas situadas en zonas con regulaciones
    especiales establecidas en la legislación vigente.
    HAY TOTAL CONTRADICCION ENTRE EL PROGRAMA Y LO QUE DICE ESTA NOTICIA CONTRA LO QUE DICE TEXTUALMENTE LA GACETA. PREGUNTO QUIEN SE EQUIVOCO???
    QUE ALGUIEN ME ACLARE POR FAVOR... ES UN ERRO MIO DE INTERPRETACION? GRACIAS YA NO SE A DONDE DIRIGIRME.

  • Dra Maria de Jesus dijo:

    Buenas tardes:
    Me gradué como medico en la año 1989 y desde entonces vivo en un consultorio medico, 7 años en Matanzas y 23 años en la Habana, municipio Habana de Este. Mi consultorio esta aperturado, pero en mi policlínico hay consultorios deshabilitados que la parte de la vivienda ha sido entregada a compañeros que pertenecen al área de Salud Pública, según tengo entendido es provincia quien dispone de esos locales.

    Mi pregunta es, si después de yo vivir 30 años en un medio básico, puedo optar por uno de estos locales que están deshabilitados la parte que brindaba consultas, entregando el consultorio donde vivo actualmente?.
    Gracias

  • Esther dijo:

    Entre tantas resoluciones a interpretar nos perdemos la escencia...A ver si entiendo, Una persona hizo cualquiera de estas acciones :

    1.Hizo una construcción ilegal (sea parcial o completa)
    2.Se "coló" ilegalmente en una casa o local y lleva ahi viviendo un montón de años.
    3.Compró ilegalmente con o sin ayuda de funcionarios corruptos un cuarto en una ciudadela.
    4.Funcionarios municipales (corruptos?) q no cumplen con lo establecido son los mismos que ahora van a traspasar las propiedades.
    Ahora se les va a legalizar?......Vaya!!! Sí que premiamos la observancia y cumplimiento de las leyes!!!.Aprovechen!!

  • Maria dijo:

    La actualización de las normas de la vivienda son necesarias

  • Haydee Lopez dijo:

    Soy una vecina de La Habana Vieja. En la calle Villegas 445, hay edificio que tiene más de 100 años. Uno de sus vecinos Jorge Maturell que vive solo, ha construido en la azotea con una habitación con baño, para ponerla en alquiler para turistas o nacionales y alquiler para fiestas, lo que ya hizo en otras ocasiones. No tuvo licencia para construir, ni tiene permiso para alquiler, etc, y el edificio ya añejo comienza a tener problemas estructurales con la subida por la única escalera a la azotea, de materiales de construcción. Mientras y ante la queja de sus vecinos, él prosigue y hasta 2 tanques de 55gls se colocó arriba. Aclaro que no tiene necesidad de ampliarse, pues su apto en usufructo en el primer piso, es amplio y él es solo. Estas varias ilegalidades suceden ante la mirada indiferente del CDR, que no hace nada. Sucede que la habitación está casi terminada y las vecinas de los Aptos 2 y 3, han sido desoídas de los problemas en sus respectivos techos, precipitados por el peso que suma la construcción. El único acceso a la azotea es una vieja escalera de madera, ahora peor.
    Estos vecinos que viven en primer piso, y las dos familias albergadas en planta baja, se quejan también de tupiciones en sus respectivas casas.
    Jorge Maturell obra con total impunidad e irrespeto a la ley. No sólo construye sin licencia, sino que lucra con la azotea de su edificio, y termina una construcción ilegal, para alquilar a turistas.
    Espero se haga lo justo. Luchemos contra estos hechos!! Saludos

  • reinaldo dijo:

    muy bien dicho, ahora el problema es que sea tan facil de hacer porque aqui desgraciadamente cabe el dicho( que de lo dicho a lo hecho va un gran trecho) y vivienda se ha combertido en el laberinto de nunca acabar y donde los errores de los tramitadores los pagamos los clientes lo digo con mucha propiedad y no es precisamente la de mi casa que llevo 2 años en ese proceso y no termino

  • mio dijo:

    hola
    ¿necesito que alguien me informe que puedo hacer con un terreno ubicado en playa la veneciana de propiedad familiar desde antes de 1959?
    saludos

  • Maide dijo:

    Me alegra que el país resuelva todo lo relacionado con la vivienda, ya que es una de las grandes necesidades del SER HUMANO. Pero a la vez me asusta, pues tengo una situación crítica al respecto y no encuentro solución con estos cambios.
    Vivo en un local adaptado a vivienda que perteneció a una empresa ferroviaria, esta última desapareció en 2012 y la empresa que asumió el patrimonio, en la nueva estructura, al no tener interés en el lugar no lo registró como suyo por no tener interés en el mismo ya que habián trabajadores viviendo, hoy no tiene propietario reconocido.
    Allí existen 20 familias sin dirección, libreta de abastecimiento y todo lo que ello implica, solo tenemos legal los metrocontadores de la empresa eléctrica, LO PEOR ES QUE ESTAMOS EN LOS LÍMITES DEL MUNICIPIO HABANA VIEJA.
    Alguien me pudiera decir en que estatus continuamos las 20 familias con niños pequeños y demás que por esfuerzo propio hemos adaptado esos locales en vivienda.

  • Amelita dijo:

    Necesito de la ayuda de Planificación Física
    Qué hacen las personas que como yo en este caso existe un millón en Centro Habana?. Cómo se legaliza la Propiedad? Hay que pagaruna multa cada vez que un inspector de Planificación Física visite la casa? En este caso existen miles de trabajadores por Cuenta propia en la modalidad de Arrendamiento de habitación o vivienda, que se les
    prohíbe crecer dentro de su propia casa. La orientación de Planificación Física es retirar la Licencia de arrendamiento. De qué vivirá esa familia, si es la única entrada de dinero que existe en esa casa?
    Hay que entregar la Licencia de trabajo por cuenta propia en la modalidad de arrendamiento en divisa?
    De qué vive mi familia que por demás ha crecido?

  • Yaine dijo:

    Hola yo tengo una duda yo quiero legalizar mi casa pero me denegaron en planificacion fisica el documento 288 porque me dijeron q tengo un cuarto q es zona d jardin yo vivo en una planta alta y el cuarto esta hecho hace muchos años de las leyes nuevas algunas me benefician con este problema q estoy teniendo espero respuesta gracias

  • Jany dijo:

    buen dia. Necesito que respondan esta pregunta para cuando me dirija a la direccion municipal de la vivienda no me peloteen, como se acostumbra hacer por los funcionarios.
    Vivo en un edificio multifamiliar en un apartamento en bajos, mi nucleo consta de 6 personas y una vivienda 3 habitaciones, por lo que se dificulta el movimiento en su interior y por lo tanto hice una ampliacion a la casa, desearia saber si esta ampliacion puede ser legalizada, teniendo en cuenta las nuevas normas juridicas.

  • caridad herrera paez dijo:

    Mi preocupacion esta en los Arredatarios del centro Historico que pagamos nuestra casa y que nunca llegara hacer nuestra, sin embargo no podemos cambiar los colores , las puertas ni nada exterior y no contamos con los recursos para hacerlo como estan se concebieron con un tipo especifico de construccion y si somos arredatarios deben garantizar su mantenimiento como se hacia antiguamente entro del centro historico cuando exitia una empresa encargada de estos trabajos, ahora hay filtracciones, humedad, tupiciones y hay que utilizat andamios etc ya dimos quejas por escrito y aun nada bueno las medidas a mi enteder son magnificas solo que deben ayudarnos un poquito mas a los de la zona especial.

  • Oscar dijo:

    Quisiera saber como proceder en ete caso:
    Mi casa debio ser un medio basico de la granja agropecuaria Campo Florido empresa Bacuranao ya que somos finqueros de la mision al 2007 convocada por Raul Castro. Digo debio porque nuca la hicieron nos facilitaron hace años algunos materiales de baja calidad que espera de dicha construcción se furon deteriorando aun mas ante esta situacion decidimos comenzarla con nuestro propio esfuerzo. Si papeles o respaldo legal ni siquiera de la empresa que se desocupo completamente de esta situacion aun asi seguos vinvulafos a la produccion de alimentos para la socieda. Que podemos hacer en este caso hemos ido a la empresa y no hay respuesta

  • Neri dijo:

    Entonces esto quiere decir que si una persona vive en un cuarto(s) sin papeles, o sea, ilegal, ahora puede hacer la propiedad, en tal caso, cuanto tiene que pagar.

  • lramosn dijo:

    Considero un avance en el tema vivienda estas nuevas regulaciones, lo que no entiendo es que sean tan flexibles con las ilegalidades , que de momento ya dejan de serlo, y no se incluyan en el cambio de concepto a los consultorios del medico y enfermeras de la familia. Sean necesarios o no los locales donde se dan las consultas. Muchos de los que vivimos en estas casas, llevamos más de 10 años ,incluso hay un número importante que son fundadores del plan , periodo en el que han formado su damilia con hijos y nietos, casas que con el paso del tiempo se han ido deteriorando y se ha invertido dinero de nuestro bolsillo para arreglarla y sobre todo brindando nuestros servicios las 24 horas del día , porque sólo el que vive un consultorio sabe lo que es eso.sin contar los miles de médicos que han brindado su labor en cuanto país lo necesite. En fin. Que creo que es hora de que se premie nuestra labor , siempre LEGAL. Y se nos incluya en una ley que nos permita ser dueños del hogar en el que vivimos hace décadas, ojalá que el minsap nos de esa alegría.

  • Mauricio dijo:

    Poseo vivienda en guanabo con propiedad de terreno incluido, eñ arquitecto rn di momento no incluyo un cuarto dr desahogo ni el taller todo dentro del terreno propiedad del 1939 500m2, entra en estas regulaciones el proceso de completar la propiedad, el arquitecto de marras dijo que no era menester poner eso en la propiedad de la vivienda. Cómo procede.

  • pachanga dijo:

    buenas tardes , construí un cuarto con baño ilegal ,pues cuando me divorcíe lo que me tocó no me daba ni para un cuarto amontonadas mis nenas y yo , ahora que salen todas estas medidas , como hago para legalizar mi vivienda o que hago? me voy para la terminal a vivir ? , se que en nuestra sociedad no existen los desalojos pero con lo que se avecina , no se sabe ni que pensar , por favor orientenme .gracias

  • Leidys dijo:

    Hola Micons ante todo mis saludos. Quisiera ver si es posible me aclare algo, es ilegal que dentro del terreno con que cuenta la propiedad donde vivo , que ademas me es propia, la existencia de un ranchon con columnas de madera, techo de guano, carpoch de estructura ligera? De ser ilegal por favor aclareme si es legalizable y cuales son los pasos a seguir. Gracias

  • Yami dijo:

    Tengo una duda q quisiera tener una respuesta yo adquirí mi casa debido a que mi tia y mi primo se fueron del pais y me la dejaron por mi niña q esta enferma q tramites debo hacer para la propiedad de mi casa

  • Oscar dijo:

    Que hago si mi casa apenas en construcción es medio básico de la granja agropecuaria Campo Florido y no ha hecho nada esta entidad para legalizar las casas ni siquiera por hacerlas nosotros la estamos haciendo por esfuerzo propio y sin papeles porque ya son muchos años de espera

  • Arisyami Figueredo Quiñones dijo:

    Hola yo soy una joven que he vivido en una casa a la cual nunca se le ISO ningún papel, solo recibí un pequeño papelito al ir a vivir allí como que se había pagado el terreno, luego fuí a vivienda y no aparece como págo quiero saber dónde debo ir primero porque no me queda claro, sí a vivienda a planificación física o donde, espero no molestar disculpa mi ignorancia, gracias por su ayuda

  • Ovisman Martínez Herrera dijo:

    Hola buenas tardes, mi vivienda planificación física me le hizo una bienechuria en el 2014 y ahora quisiera obtener la propiedad de la misma pero cada vez que visitó DMPF me pelotean y no me dan respuesta. Además la vivienda tiene 20 años de construida. Me pueden orientar. Saludos

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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Director de Creación de Contenidos de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda y Cuadrando la caja. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómezen 2024. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@ideasm.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Yunier Javier Sifonte Díaz

Yunier Javier Sifonte Díaz

Graduado de Periodismo en la Universidad Central "Marta Abreu" de Las Villas en el año 2016. Periodista de Telecubanacán. Colaborador de Cubadebate. En Twitter: @yunier_sifonte

Roberto Garaycoa Martínez

Roberto Garaycoa Martínez

Fotorreportero. Colabora con Cubadebate y el sitio de la Mesa Redonda.

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