Apuntes necesarios sobre las nuevas normas jurídicas de la vivienda en Cuba

En todas las variantes es condición sine qua non la observancia de las regulaciones territoriales y urbanas. Foto: Miguel Febles Hernández.
Dos importantes acuerdos del Consejo de Ministros y dos resoluciones del Ministerio de Justicia y de la Construcción fueron dados a conocer el pasado 26 de abril con el objetivo de continuar el ordenamiento y legalización de la vivienda en el país. Sobre estas relevantes normas jurídicas te invitamos a dialogar con directivos del Instituto de Planificación Física y la Dirección General de la Vivienda en nuestro foro debate.
Regulaciones para beneficiar a casi un millón de personas

Vivian Rodríguez Salazar, Directora General de la Vivienda del Ministerio de la Construcción
Según explicó Vivian Rodríguez Salazar, Directora General de la Vivienda del Ministerio de la Construcción, las nuevas regulaciones sobre la vivienda parten de la necesidad de resolver lo más pronto posible el déficit habitacional en el país, una cifra que según los últimos reportes asciende a 929 mil viviendas.
“Las normas que entrarán en vigor el próximo 27 de mayo contribuirán a reducir esos números y a mejorar el fondo habitacional del país. Hemos identificado más de 72 mil viviendas con acciones constructivas que no pueden ser legalizadas porque incumplen algunas de las formalidades exigidas, pero ahora sí podrán registrarse”, apuntó.
De acuerdo a la directiva, las nuevas regulaciones beneficiarán a 230 mil familias, o lo que es igual, a más de 690 mil personas. De ellos, más de 77 mil cubanos son hoy arrendatarios de inmuebles y también tendrán la posibilidad de obtener la propiedad.
La Directora General de la Vivienda aclaró que este será un proceso ordenado y en apego a las regulaciones urbanísticas aprobadas en cada territorio. De este modo, si una vivienda cumple las condiciones para inscribirse en el registro de la propiedad, pero incumple las disposiciones de planificación física, no podrá seguir adelante con el proceso.
Legalidad, organización y respeto

Santiago Herrera Linares, Director de Asuntos Legales de la Dirección General de la Vivienda. Foto: Roberto Garaicoa.
En otro momento de la Mesa Redonda, Santiago Herrera Linares, Director de Asuntos Legales de la Dirección General de la Vivienda, explicó las reglas generales y los elementos principales de las nuevas normas jurídicas en torno al ordenamiento y legalización de las viviendas.
- Acuerdo No. 8574 del Consejo de Ministros que aprueba el Reglamento ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales.
- Acuerdo No. 8575 sobre cambio de uso de locales.
- Normas complementarias del Ministerio de la Construcción y el Ministerio de Justicia.
Según dijo Herrera Linares, es importante conocer que el proceso de ordenación y legalización está previsto para un período de seis años a partir de su entrada en vigor a finales de este mes. Asimismo, que los Consejos de la Administración juegan un papel determinante, “porque rigen y controlan a las direcciones de la vivienda y de planificación física en cada territorio”.
“El actuar de las direcciones municipales, su organización y control de cada acción, son esenciales para garantizar el éxito de los trabajos”, apuntó.
De igual manera, el Director de Asuntos Legales de la Dirección General de la Vivienda especificó que las medidas se aplican tanto para zonas rurales como urbanas, aunque excluyen a sitios especiales como la Zona Especial de Desarrollo Mariel, La Habana Vieja, la región de Guanabo y Varadero.
“Se trata no solo de organizar, sino también de resolver problemas, de tener un sentido de humanidad con cada persona. La atención priorizada es importante, así como la rapidez en los trámites”, acotó.
De igual manera, se explicó que el precio de locales y cuartos que se entreguen para convertirlos en viviendas adecuadas, se calculará como vivienda terminada y el porciento de ejecución en que se encuentra se descuenta como depreciación adicional.
¿A quién se autoriza la transferencia de la propiedad?
- Arrendatarios permanentes de viviendas del fondo estatal (Tienen un contrato con la Dirección Municipal de la Vivienda, definen mensualidad y la pagan indefinidamente).
- Usufructuarios y ocupantes de cuartos, habitaciones o accesorias, convertidas en viviendas adecuadas o que puedan serlo.
- Viviendas y locales terminados o en ejecución por el Estado o la población, sin cumplir las formalidades legales.

Diana Rosa Suárez Matías, del departamento jurídico del Instituto de Planificación Física (IPF).
Entre tanto, Diana Rosa Suárez Matías, del departamento jurídico del Instituto de Planificación Física (IPF), alertó que no se pueden legalizar las viviendas que se encuentren construidas en los márgenes de los ríos o en zonas de inundación, bajo líneas eléctricas de alta tensión, en las fajas industriales, o en zonas de gran significación económica. “Se incluyen en este caso las moradas ubicadas en las zonas costeras vulnerables y en las zonas especiales por su impacto en el turismo o la economía”, detalló.
La especialista aclaró que las personas que conviven en estos lugares estarán bajo la tutela de los Consejo de la Administración Municipales, los que deben hacer cumplir las leyes correspondientes.
Si de trámites se trata…
Al comentar sobre los procedimientos necesarios para legalizar los inmuebles, el director de Asuntos Legales y Jurídicos de la Vivienda, Santiago Herrera Linares, explicó que todos los interesados deben acudir a las Oficinas de Trámites correspondientes, sitio en el cual se reúnen los diferentes implicados en la tramitación.
A la vez, llamó a desterrar cualquier tipo de burocracia e indolencia por parte de los trabajadores que laboran en estas instalaciones. Igualmente insistió que los gobiernos locales deben crear las condiciones necesarias para lograr los tiempos pertinentes y evitar que una política que “hace tanto bien” termine empañada por factores humanos.
Herrera Linares detalló que en el caso de los arrendatarios permanentes y usufructuarios de cuartos, habitaciones o accesorias, y locales deben acudir a las direcciones de Vivienda, que de oficio, cuando se trata de viviendas adecuadas, tramita en su caso con Planificación Física.
Pasos: Dictamen (si lo necesita)-Vivienda eleva al CAM y tras el acuerdo, se emite la propiedad por la Dirección de Vivienda.
- Si no es vivienda adecuada se reconoce lo edificado y derecho a construir por esfuerzo propio, de acuerdo a la legislación vigente.
En el caso de las viviendas terminadas por el Estado sin cumplir alguna formalidad pero que cumplen las regulaciones urbanas y territoriales.
- Se tramita de oficio por las direcciones municipales de Vivienda, Dictamen de Planificación Física y se asigna por Acuerdo del consejo de la Administración a personas naturales o al organismo si el destino era asegurar la fuerza de trabajo.
Entre tanto, las viviendas terminadas por esfuerzo propio: La persona solicita en la Dirección Municipal de Planificación Física el Dictamen Técnico (Hasta 50 días hábiles).Sí es en una azotea se describen las medidas de estas.
- Con el Dictamen solicita en la Dirección Municipal de la Vivienda la propiedad del inmueble.
- Con la propiedad de la vivienda solicita ante la DMPF el pago de derecho perpetuo de superficie (10 días hábiles).
Legalización de vivienda en ejecución por esfuerzo propio sin cumplir las formalidades legales:
- Se certifica el cumplimiento de las regulaciones territoriales y urbanísticas.
- De oficio se radica expediente y se dicta resolución reconociendo el derecho de continuar la obra y el derecho perpetuo de superficie cuando corresponda. La Dirección Municipal de Planificación Física de oficio de conjunto tramita el Certificado de Regulaciones Urbanas.
- Cuando se presenta el proyecto, se revisa y aprueba y de oficio se emite licencia (hasta 45 días hábiles, se describe lo que existe construido y lo nuevo a construir. Terminada se emite el habitable (Hasta 30 días hábiles).
- Si una parte de la vivienda es adecuada, se da habitable, para esa parte se va ante Notario y se aplica el mismo procedimiento para la parte en ejecución (regulaciones, proyecto, licencia).
Legalización de locales convertidos en viviendas adecuadas:
- La persona inicia solicitud ante la Dirección Municipal de la Vivienda quien solicita de oficio a la Dirección Municipal de Planificación Física el Dictamen Técnico (Hasta 50 días hábiles), cuando es vivienda adecuada.
- Se eleva al Consejo de la Administración Municipal por la Dirección Municipal de la Vivienda, recibido el Acuerdo se dispone la transferencia mediante el Banco.
- Si aún no es vivienda adecuada se realiza similar procedimiento pero se transfiere lo construido y se reconoce el derecho a convertirlo en adecuado por esfuerzo propio. Cumpliendo las formalidades legales.
¿Qué pasos se siguen para legalizar Viviendas Medios Básicos y Vinculadas con ilegalidades constructivas?
- Se convalidan las ilegalidades constructivas que no violen regulaciones territoriales y urbanísticas y normas técnicas de construcción.
- Se presenta a la Dirección Municipal de Planificación Física el Documento Técnico emitido por Arquitecto de la Comunidad o la Empresa de Proyectos que evalúe el estado técnico de elementos estructurales, redes u otros aspectos determinantes
- La Dirección Municipal de Planificación Física emite Dictamen Técnico (Hasta 50 días hábiles), con criterio de Urbanismo y se convalidan las ilegalidades si proceden.
- Se notifica el dictamen al que administra la vivienda Medio Básico o Vinculada para actualizar el Contrato.
El directivo puntualizó también que el procedimiento de legalización es similar a los trámites habituales en estos casos: los correspondientes sellos timbrados y la acreditación de poseer un inmueble en usufructo o arrendamiento y el derecho a él.
No obstante, existen limitaciones para las personas que cumplen penas judiciales por delitos de prostitución, corrupción o tráfico de drogas.
Cambio de uso y traspaso de locales del Estado

Ahora se busca el ordenamiento y la legalización de las viviendas. Autor: Roberto Ruiz Espinosa.
Al referirse al Acuerdo 8575, sobre el cambio de uso y traspaso de locales del Estado, Diana Rosa Suárez Matías, del departamento jurídico de IPF señaló que encarga a ese organismo la organización y control del proceso para que los locales involucrados asuman funciones habitacionales y otros usos, en correspondencia con lo aprobado en los instrumentos de ordenamiento territorial y urbanismo.
“Va a haber dos niveles de aprobación: en el caso de los inmuebles que son de Organismos de la Administración Central del Estado, estos elevan sus necesidades de cambio de uso al IPF, y en el caso de los que son de orden municipal y provincial, serán valorados y aprobados por los consejos de la Administración. El proceso conlleva una documentación mínima necesaria.
“Entregados los expedientes por los organismos o los consejos de Administración al IPF, se consulta al Ministerio de Economía y Planificación y al Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, y una vez recibida la respuesta las propuestas son aprobadas por el IPF”.
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Buenas tardes
Existe algún correo donde pueda escribir a la dirección nacional de planificación física.
Saludos.
buenas tarde, quisieran me den respuesta al correo que publique, la esposa de mi hermano tiene una licencia de construccion de una casa habitable, pero por razones personales, me dieron la mitad de la misma a mi, yo he ido mejorandola a mi gusto, ya reune las condiciones necesarias para vivirla, es habitable tiene 3 habitaciones y un baño , con salida independiente, puerta calle, que posiblidades tengo de sacar mi propiedad sin necesidad de que ellos termines su parte, gracias espero respuesta,
Porque a los arrendatario no se le da propiedad nací en esta casa tengo 54 años vivo en un edificios.múltiples de 6 apartamento este es el único que no tiene propiedad es necesario que se valore mi caso porque cuando me di cuenta era arrendatario cuando empecé a pagar la casa que pregunte para pagar el monto total me dijeron que tenía que pagar por vida porque razón H.V@a
Iliana,quisiera saber los trámites necesarios para legalizar un baño construido dentro de los límites del cuarto,o sea se divide el cuatro para mejor calidad de vida a ocupar dos funciones,dormitorio y baño,espero respuesta
Hola...quisiera que alguien explicara cuál es el tratamiento para con los arrendatarios permanentes de viviendas que fueron afectadas por eventos climatológicos. Hace muchos años esperabámos estas regulaciones, ahora por fin están pero resulta que al menos en Baracoa, Guantánamo nos dicen que estos casos tendrán un tratamiento distinto que al parecer es informacion clasificada. Yo estoy en ese caso desde octubre del 2016 cuando el huracán Matthew arrasó en Baracoa, aún convivo con mi hija y un niño de 6 años en una facilidad temporal de tejas negras que son asfixiantes, como el terreno pertenece la fondo estatal no podemos hacer acciones constructivas; por mi trabajo tambien hay intenciones de ayudar con una brigada vinculada a una empresa inversora pero por la limitación dle terreno tampco ha sido posible. Ahora cumplimos con el pago de la vivienda hasta este mes como se solicitaba, comparamos el sello de 10 pesos y elaboramos la solicitud y resulta que cuando llegamos a la Oficina de Trámites de la Vivienda nos dicen que no, que por ser una vivienda afectada por un ciclon tenemos que seguir viviendo en el fanguero y sin esperanza de hacer un cambio.
Tengo dudas respecto a mi caso y las nuevas regulaciones que se ponen en vigor próximamente en tal sentido le expongo: Desde el año 2015 me fue asignado un medio básico perteneciente al mando de la institución armada al que pertenecía en esos momentos, motivado a la obligación de mi traslado obligatorio hacia La Habana por tener a mi hija menor de edad enferma con un padecimiento genético única paciente con esta afección en el país, en ese momento se me hace contrato de arrendamiento por un término de 2 años. Con posterioridad por causas ajenas a mi voluntad solicité la baja, la que me fue otorgada en el año 2016, por ende al perder el vínculo con la entidad dicho mando estableció demanda contra mí y en consecuencia me declararon ilegal por la Dirección Municipal de Vivienda correspondiente, apelando dicha decisión a la Dirección Provincial de dicha institución, quien declaró nula dichas actuaciones por falta de requisito de representación y en consecuencia ordenó retrotraer el proceso a la presentación de la demanda, esto ocurrió en el año 2017, mismo año en el cual se venció el término de dos años establecido en el contrato de arrendamiento, sin que hasta la fecha tenga conocimiento del estatus actual que poseo de dicho inmueble, debido a que desde el punto de vista legal no poseo contrato alguno que me ampare y no me hes aplicable la tácita reconducción, toda vez que en una ocasión me demandaron para declararme ilegal. En tal sentido mi duda principal es que si es aplicable en mi caso este Acuerdo de legalización y en consecuencia puedo instar un proceso de declaración de propiedad, toda vez que actualmente ocupo un inmueble del estado terminado sobre el cual no poseo estatus legal alguno. Al tanto de su respuesta.
Hola, construí en Mantilla, Arroyo Naranjo mi casa de manera ilegal con esfuerzo propio sobre la azotea de mis abuelos q si tienen propiedad. Quisiera saber si puedo acogerme a esta nueva regulación para obtener mi propiedad? Gracias
Hola, nuevamente escribo sin obtener respuesta. Construí sin permiso legal en Mantilla, Arroyo Naranjo mi casa con esfuerzo propio sobre la azotea de mis abuelos q si tienen propiedad. Quisiera saber si puedo acogerme a esta nueva regulación para obtener mi propiedad? ¿Hacia dónde debo dirigirme? ¿Qué documentación necesito? Gracias
Hola, construí mi vivienda de dos habitaciones con esfuerzo propio sobre la azotea de mis abuelos q si tienen propiedad en Mantilla, Arroyo Naranjo. ¿Quisiera saber si puedo acogerme a esta nueva regulación para obtener mi propiedad? ¿Qué tramites debo realizar? ¿Qué documentos debo presentar? ¿Hacia dónde debo dirigirme? Gracias.
Me encantaría que Vivian Rodríguez me atendiera en vivienda pues en mi municipio San Miguel del padrón es un desastre la atención y la desinformación... Es necesario que se revisen todas estas instituciones de vivienda porque no son más que negocios lucrativos para los indolentes que trabajan allí. Hay que buscar la manera de hacer esos trámites de forma electrónica al menos hasta cierto punto claro está...
Amigos tengo una vivienda, con documentos mal elaborados por vivienda y no validos, para poder legalizar mi casa tengo que comenzar de nuevo todo, como si fuera ha construir, si ya esta contruida,
Por favor alguien que sepa, me escriba ha dstvccristo@capgrm.co.cu
buenas tarde, la esposa de mi hermano tiene una licencia de construccion de una casa habitable, pero por razones personales, me dieron la mitad de la misma a mi, yo he ido mejorandola a mi gusto, ya reune las condiciones necesarias para vivirla, es habitable tiene 3 habitaciones y un baño , con salida independiente, puerta calle, que posiblidades tengo de sacar mi propiedad sin necesidad de que ellos termines su parte, gracias espero respuesta
Buenas Tardes les vuelvo a escribir sobre el tema vivienda en cuba y con relacion a mi caso comentado ya en dos ocasiones sobre el cese verbal de la casa que vivo hace 20 años con un menor de edad de 8 se agudiza ya que hemos tenidos discuciones con el padre de mi hijo menor y el mayor y quisiera que se me orientara que hacer o si debo esperar algun documento legal que justifique o aclare que la prima y el tio propietario de la vivienda tomen por la fuerza la desicion de votarme para la calle, he tenido la oportunidad de ver todo lo relacionado con las modificaciones de la nueva ley de la vivienda que modestia y aparte no veo en que nos beneficia si ya hoy 31 de mayo se cumple el otro plazo que me dio el padre de mi hijo menor. Quisiera aclarar que nuestra separacion no fue por engaño ni traicion sino por que ya no nos entendiamos y por problemas de caracter y de entendimiento, por favor yo les pido encarecidamente que me oriente y si es posible envien a un inspector o tecnico para que verifique lo planteado para evitar tramites judiciales o la policia, en estos momentos acaba de concluir un Control Integral del GAE donde por respeto y etica el padre de mi hijo menor no iba hacer nada por la presion y estres de trabajo, quizas puedan pensar que quiero permanecer en la vivienda solamemte pido una orientacion o solucion y respuesta por la Directora nacional de la vivienda.
CMB. San miguel del padron.
he participado en el foro debate y hoy especificamente necesito que que me responda la DGV o algun miembro de la direccion que pueda ayudarme por favor soy madre trabajadora del Sistema Empresarial de los trabajadores civikles de las FAR, pero no por ello me considero mejor que nadie, pero deben de crear un equipo de trabajo para orientar a los ciudadanos como yo que presenten mi situacion pero ademas en mi caso si no tengo legalmente un amparo de la ley de la vivienda aunque sea que se me oriente o si puedo o no realizar los tramites pertinentes para solicitar un terreno y construir aunque sea de madera. espero su respuesta.
por favoir necesito que me ayuden con esta situación la casa que estoy viviendo con mi mamá y mis dos hijos uan niña de 5 añios y un adolescente de 21 años es la casa de mis abuelos los padres de mi mamá me he cansado de ir al registro civil y la inscripcion de nacimiento de abuela no aparace la dan por denegada ella nacio en Matanzas tengo el tomo y el folio hasta el número de carnet de identidad que me lo dieron en la funeraria ya que ahi se dejan esos documentos archivados , mi mamá ya tiene 82 años y quiere tratar de solucionar este problema pero sin la inscrpcion de mi abuela no puedo hacer ningun tramite entonces que debo hacer al respecto, ya llevo cinco años en esto ya no se a donde dirigirme y proceder, necesito que me orienten o se toque el tema en la television que debemos hacer cundo no aparece algun documento. espero una respuesta gracias
Si es propósito de la Dirección de la Revolución culminar en seis años la actualización de todo lo relacionado con las viviendas, dígase las actualizaciones y legalizaciones de propiedades de estas, deberán revisarse muchos temas relacionados con los locales de las Oficinas de Tramite de la Vivienda en todos los municipios y provincias.
El Periódico Granma del viernes 31 de Mayo, hacen una valoración del trabajo que se viene realizando en varias provincias, con saldos positivos, pero no hace mención a Las Tunas, quisiera emitir un criterio generalizado por la población en este territorio, nos imaginamos que pase en cualquier parte de la isla.
Las oficinas o dependencias como Consultoría Jurídica Internacional y Banco Financiero de todo el país tienen condiciones para la atención de la población, solo por el hecho de realizar todos los trámites en divisas. No así las oficinas que atienden la población en Moneda Nacional, dígase las Oficinas de Registros del Consumidor (Oficodas), Oficinas de cualquier tipo relacionado con las viviendas, los Registros Civiles, etc.
En Las Tunas, la Oficina del Registro Civil (cerca de la Heladería “La Fuente” ), trabajan hasta el mediodía por tener poco kw asignado, en más de 150 m² de techo tiene dos lámpara con dos tubos de 40 w cada una, iluminación insuficiente para trabajar incluso en el archivo, no tienen los horarios de trabajo, es un local casi cerrado, sin ventilación para la población, deben tener más problemas, se producen errores por parte de los que laboran en la confección de documentación solicitada por los usuarios y la población tiene que pagar o subsanar el error de esas persona o entidad….hasta cuando tanta injusticias…..
En el caso de la Oficinas de Tramites de la Dirección de Vivienda Municipal en Las Tunas, se da algo similar, no tiene ventilación, escasa iluminación, no tienen impresora, papel, bolígrafos, un teléfono en la recepción, los especialistas no pueden hacer consultas desde sus oficinas y esto trae aparejado pérdida de tiempo, pueden sumarse otras como los usuarios no tienen local para hacer alguna necesidad fisiológica, decir algo más debía trabajar en ese lugar, cosa que es lo que he visto en las 8 horas de un primer paso para actualizar algunos datos sobre mi vivienda. Si esto ocurre en la capital provincial como estarán los municipios.
Considero que la dirección del gobierno y el partido de la provincia visiten estas instalaciones y apoyen con ayuda o solicitarlas, para que estas oficinas realicen un buen trabajo y los usuarios se sientan cómodos y bien atendidos, así como sus trabajadores mejoren sus condiciones de trabajos: para ver si se puede cumplir con el plazo de los seis años planteado por nuestro presidentes.
Buenas noches..tengo una duda,,xq escuché la mesa redonda donde se habló del tema este d la vivienda..pero mi suegra q vive en Florida tiene una casa con arrendamiento permanente la cual empezó ahora a hacer los trámites para obtener su propiedad,,el objetivo principal d ella es poder acercarse a nosotros que vivimos aquí en Camagüey. Pero el problema ahora es q le dijeron no puede permutar ni vender para comprar Aquí luego d obtener la propiedad.. quisiera q me explicaran!!!!!xq???
Ohh se me fue el comentario sin aclarar mi suegra tiene 65 años y es jubilada
Quisiera saber si en el proceso de solicitar la propiedad de una vivienda hecha por esfuerzo propio q cumple con todas las regulaciones urbanísticas, en un terreno osioso q no pertenece ni agricultura ,ni a alguna entidad estatal especifica ,la propiedad se tramita con el área del terreno también y si es así cual es el limite en m2 que se puede legalizar?
Hacerca del tema de las nuevas regulaciones para las persona q tienen viviendas (locales convertidos en vivienda) los invito ha investigar aqui en brisas del mar guanabo llevamos mas de 90 dias en espera de niestros documentos oficiales ya vino planificacion fisica y aun nada y llevamos unos cuantos anos en esto y necesitamos legalizar nuestra cituacion.Algunas de laps familias q vivimos tenemos ninos muy chiquitos y otra con una persona con enfermedades de discapasido neurologica.Les pido q nos viciten.
He leído varias veces las regulaciones y soy del criterio que beneficiaran a muchas personas, siempre y cuando se cumplan con las orientaciones dadas por la máxima dirección del País.
Ahora quisiera si está a su alcance me respondan una inquietud y es la siguiente: vivo hace más de 20 años en mi vivienda de la cual tengo oda la documentación legal como manda la ley, pero frente a mi vivienda existe unterreno yermo que es del estado y para acceder a mi vivienda se me otorgó un metro entre el terreno yermo y la vivienda marcada con el # 16, ahora se le otorga una ampliación al propietario de esa vivienda la que según refiere él se tiene que correr 0.75 cm fuera de los límites que tiene la viviendaque habita, taando completamente la fachada o el frente de mi casa. ¿Será posible esto ?
muchos se han visto beneficiados por estas nuevas normas, pero en dependencia del lugar y el nivel de responsabilidad, exigencias y control es la calidad y eficiencia de los resultados. En mi experiencia, todo sigue igual de lento, hace ya un año estoy tratando de resolver los documentos necesarios para mi casa, y nada, siempre o el responsable está de vacaciones, o enfermo o algo, mientras tanto yo sin casa viviendo donde puedo. Estoy en realidad loco por ver el día en el que se termine tanto burocratísmo y se comience a atender los problmas reales de la gente.
Es muy importante que nuestra Dirección del país haya comprendido los tabúes que de años se venido presentando en las tramitaciones y legalizaciones de la vivienda sin dejar de considerar todos los mecanismos burocráticos que han existido y aun continua, solo hace falta que las instancias provinciales y municipales llevan a cabalidad y cumplimiento todo lo que ha sido instrumentado y de seguro se agilizarían muchísimos tramites.
En mi condición llevo mas de un Año solicitando el habitable parcial de una vivienda construida por esfuerzo propio y con todo los documentos en regla y me lo han denegado como a otros mas compañeros puesto que tuvo un cambio de proyecto y se le agrego a la nueva licencia de construcción emitida en el año 2014 el 20% de superficie en consideración a acuerdo post resolución ¿ A donde puedo ir para resolver esta situación?
ya que me he remitido a las Oficinas IPF y me han comunicado que hay que esperar, Por Quien me pregunto. Gracias
Solicite terreno hace tres años tengo tres hijas enferma y una de ellas es epileptica me pelotean q hago
8/1/19
LES PIDO POR FAVOR LA ORIENTACION Y AYUDA .
SE TRATA DE UNA CASA CUYO PLANO DE CONSTRUCCION ORIGINALMENET ERA DE 4 CUARTOS, PERO SOLO SE HICERON LOS 2 CUARTOS Y 1 BANO EN LA PARTE TRASERA . HACE UNOS ANOS , SE COMENZO NUEVAMENTA LA CONSTRUCCION Y SE ADICIONO EN LA PARTE DELANTERA TODO LO QUE FALTABA.
AL ESCUCHAR RECIENTEMENTE AL PRESIDENTE DIAZ CANEL EN LA TV, HABLANDO DE LA NECESIDAD DE HACER CONSTRUCCIONES BONITAS Y MODERNAS, PARA MEJORAR LA VISTA DE LAS CIUDADES, EN LUGAR DE LAS CASAS TIPO CAJON QUE HAY EN TODO EL PAIS....PENSAMOS QUE NO HABIA PROBLEMA EN HACER UN TECHO DIFERENTE, ELEVADO, PARA ALIVIAR EL CALOR DENTRO DE LA CASA . AYER SE PRESENTO UN INSPECTOR A DECIR QUE LA ALTURA DE LA CASA ES SUPERIOR A LA PERMITIDA, QUE HAY QUE DERRUMBARLA.
EN EL PUEBLO HAY MUCHAS CASAS COLONIALES DE IGUAL O MAYOR ALTURA. NO ENTIENDO PORQUE ESTA NO PUEDA TENERLA, SI ADEMAS TIENE UNA ESTRUCTURA MAS SOLIDA ,TODA DE CONCRETO
QUIZAS EXISTAN OTROS PROCEMIENTOS, COMO UNA INSPECCION DE ARQUITECTURA O UNA SOLICITUD ESPECIAL , Y NO UNA MEDIDAD TAN EXTREMA Y RIGIDA COMO LA DE DEMOLER , PERDIENDO TODO NUESTRO DINERO Y ESFUERZO .
POR FAVOR , QUE DEBO HACER Y A DONDE DIRIGIRME ?
A PESAR DE NO VER RESPUESTAS A PREGUNTAS DE OTRAS PERSONAS SOBRE SUS PROBLEMAS DE VIVIENDA, SOY OPTIMISTA Y ESPERO SU RESPUESTA
MUCHAS GRACIAS
Como debo legalizar un desloce que mi mamá me quiere hacer,yo construir ya hace años pero que puedo hacer para legalizar
Hola mi nombre es Yaimet. Sólo quiero que me sean aclaradas algunas dudas. Yo vivo con mi papá en un edificio el es el propietario de la vivienda y tenemos muy malas relaciones que hemos llegado a estación de policía incluso. Ahora le explico mis dudas.
1- El tiene derecho y potestad para quitarme la luz eléctrica en toda la casa?
2- El tiene derecho de forzar el picaporte de la puerta de mi cuarto y entrar en el?
3- Tiene el el derecho, la potestad y autoridad de ir a la bodega y coger algunos productos de mi cuota?
4- Puedo yo poner una reja de hierro en la puerta de mi cuarto para tener seguridad en ella?
No sé puede hacer una permuta forzosa ya que la convivencia es imposible? O no se puede hacer una división en el apartamento?
En el acuerdo no se especifica cuales son las regulaciones urbanísticas a cumplir y necesito saber por ejemplo cuantos metros cuadrados se legalizan.
Por que? En guanabo no??...tengo 33 años propietario de mi casa junto con mi padrastro por qué yo no puedo dividirme y crear mi familia y tener mi independencia?? Porque lo quieren las maximas autoridades?? Que pena siguen incitando a las ilegalidades..
Buenas tardes:
Hace mucho tiempo estoy en trámites de vivienda, en estos momentos estoy necesitando conocer Qué término establece la Ley para que la Dirección Municipal de Vivenda dicte la Resolución de actualización de la propiedad después que entregué todos los documentos a la oficina de trámites. Me he estudiado la Ley 65 de 1988 con los decretos leyes y resoluciones que han modificado algún capítulo o artículo de la presente y no doy con esa información. Muchas Gracias.
En Octubre 2016 comense a hacer los tramites para legalizar una vivienda y des pues de innumerables documentos solicitados y sellos pagados, en Febrero de 2018 me informaron que le tramite mio no tenia solucion hasta tanto no saliera una nueva "LEY" o "RESOLUCION" que permitiera legaizar la misma: El problema consistia en que en la documentacion presentada, no aparecia un documento que reflejara que la placa de la vivienda donde se construirian dos vieviendas o ampliaciones, se habia reparado pues en el momento de la inspeccion esto no se habia hecho. No entendi en ese momento que habia que esperar a una nueva Ley y me dirigi a Vivienda, Planificacion Fisica y Registro de Propiedad y en las tres oficinas me dijero que exactamente habia que esperar por esa nueva Ley. Al salir la nueva Ley o Resolucion, inicio nuevamente los tramites y sorprendentemente me dicen que mi "caso" hay que tramitarlo por la Ley Vieja!!!!! y que tengo que empezar en "CERO" nuevamente. En ese momento me senti la persona mas infeliz del mundo. No se que hacer, a quien dirigirme, quien me paga todo el dinero que he gastado en tramites burocraticos innecesarios?. Me gustaria que alguien autorizado y conocedor del tema me responda.
Saludos