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Nuevas medidas migratorias de Cuba: Respuestas a los lectores

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Una cubana muestra su pasaporte. Foto: Enrique de la Osa/ Reuters.

Una cubana muestra su pasaporte. Foto: Enrique de la Osa/ Reuters.

Las cuatro nuevas medidas migratorias anunciadas este fin de semana por el canciller cubano, Bruno Rodríguez, en apenas unos días han generado un intercambio con más de 600 comentarios en nuestra página web y redes sociales. Muchos de los lectores han enviado a Cubadebate sus dudas acerca de cómo repercutirán estas disposiciones.

El domingo intentamos explicar qué significan las medidas y a quiénes benefician, y hoy volvemos sobre el tema para ampliar sobre cuáles son los aspectos que han sido modificados y cuáles se mantienen. Para eso elaboramos algunas preguntas que resumen las principales inquietudes de los lectores. Lo que siguen no son juicios personales, sino información derivada de la consulta a fuentes oficiales y a la Ley 1312 o Ley de Migración.

1- ¿Pueden los ciudadanos cubanos entrar a Cuba con el pasaporte de otra nación?

No. Las nuevas medidas no modifican lo establecido en la ley vigente sobre este tema. Los ciudadanos cubanos deben entrar al país con el pasaporte de Cuba. Así lo recoge el artículo 44 de la Ley de Migración:

Para entrar al territorio nacional los ciudadanos cubanos deben poseer pasaporte cubano vigente, expedido a su nombre o documento equivalente. En el caso de los emigrados deben presentar su pasaporte debidamente habilitado.

Lo que cambia en este apartado de la ley es la segunda oración y de ahí se desprende la próxima pregunta.

¿Qué significan las nuevas medidas migratorias de Cuba?

2- ¿Qué es la habilitación del pasaporte?

La habilitación del pasaporte es un requisito que se exige desde el 2004 a los emigrados cubanos que deseen visitar Cuba. Estos deben solicitar la "habilitación" antes de viajar y si no tienen limitaciones se le concede de forma indefinida. Los ciudadanos cubanos con residencia en Cuba no la necesitan. A partir del primero de enero del 2018 será eliminada, por lo que ningún emigrado cubano tendrá que volver a solicitarla. Así lo explica la nueva medida:

Se elimina la “Habilitación” del pasaporte para los viajes a Cuba de los emigrados cubanos.

3- ¿Quiénes tienen la condición de "emigrado cubano"?

Según las normas actuales, un emigrado cubano es aquella persona que abandona el país de manera ilegal o permanece en el exterior durante más de 24 meses y no solicita prórroga. El artículo 9.2 de la Ley 1312 dice:

Se considera que un ciudadano cubano ha emigrado, cuando viaja al exterior por asuntos particulares y permanece de forma ininterrumpida por un término superior a los 24 meses, sin la autorización correspondiente; así como cuando se domicilia en el exterior sin cumplir las regulaciones migratorias vigentes.

Al entrar en la categoría de "emigrado", esa persona pierde algunos derechos en Cuba como el de conservar la propiedad de una casa o carro (los familiares pueden heredarlos) o el de participar en las elecciones. No obstante, conserva la ciudadanía cubana y tiene derecho de recuperar su estatus de residente en Cuba, a través del proceso conocido como "repatriación". Así lo recoge el Artículo 48:

Los ciudadanos cubanos emigrados que pretenden establecer su residencia en el territorio nacional lo solicitan ante las representaciones diplomáticas o consulares, o ante la oficina de trámite del Ministerio del Interior que corresponda, cuando se encuentran en Cuba.

No se debe confundir con los "residentes cubanos en el exterior", quienes están autorizados a residir con carácter permanente en el exterior sin perder su residencia en Cuba. Esta condición (normalmente) se le concede a personas que contraen matrimonio con extranjeros y solicitan residir en el país del cónyugue sin perder su vínculo con el país.

Sobre la permanencia de las personas con dichos estatus en Cuba, la Ley Migratoria aclara en su Artículo 47:

1.- Los ciudadanos cubanos emigrados pueden permanecer hasta 90 días en sus visitas a Cuba.

2.- Los ciudadanos cubanos con residencia en el exterior pueden permanecer hasta 180 días en sus visitas a Cuba.

3.- En ambos casos, la autoridad migratoria puede prorrogar el término cuando corresponda.

4- ¿Eliminar la "habilitación" tiene alguna relación con la "prórroga del pasaporte"?

No. Se trata de dos conceptos diferentes. La habilitación del pasaporte no tiene ninguna relación con la prórroga, que debe hacerse con carácter bianual. La habilitación es solo para los "emigrados", la prórroga para todos. La "habilitación" desaparecerá en 2018, la "prórroga" no.

A partir del próximo primero de enero no será necesario la habilitación del pasaporte cubano. Imagen: CubaMINREX/ Cubadebate.

A partir del próximo primero de enero no será necesario la habilitación del pasaporte cubano. Imagen: CubaMINREX/ Cubadebate.

El pasaporte cubano sigue siendo válido durante dos años (prórroga) y vigente durante seis (renovación). El artículo 24 es muy conciso en este tema:

El Pasaporte Corriente es válido por dos años, prorrogables por igual término hasta un total de seis años. Las prórrogas se solicitan ante las oficinas de trámite del Ministerio del Interior o ante las representaciones diplomáticas o consulares u otras oficinas cubanas expresamente autorizadas.

5- ¿Se eliminará la "prórroga"? ¿Aumentará el tiempo de vigencia del pasaporte cubano? ¿Se reducirá el costo del pasaporte?

Las tres preguntas están agrupadas en un solo punto porque tienen la misma respuesta: ninguna de las cuatro nuevas medidas aprobadas incluye nada al respecto de estas cuestiones. No obstante, la nota divulgada concluye: "el Gobierno de Cuba continuará estudiando nuevas medidas de actualización de su política migratoria".

Cuba anuncia cuatro nuevas medidas migratorias

6- ¿Se permitirá la entrada a los ciudadanos que salieron ilegalmente del país?

Sí. Los ciudadanos que salieron ilegalmente de Cuba podrán regresar sin necesidad de esperar ningún periodo de tiempo determinado.

Ahora bien, la nueva política mantiene la exclusión a quienes penetraron de forma ilegal en el territorio de la Base Naval de Guantánamo, se mantiene que esas personas no pueden regresar a Cuba. En este grupo no se incluyen a los que fueron interceptados en el mar por los guardafronteras estadounidenses y luego llevados a la Base.

Se permite la entrada a Cuba de los ciudadanos cubanos que salieron ilegalmente del país, excepto aquellos que lo hicieron a través de la Base Naval de los Estados Unidos en Guantánamo.

7- ¿Qué sucede con quienes abandonaron misiones o delegaciones en el exterior?

Las medidas recientemente anunciadas no incluyen a las personas que abandonaron misiones médicas, diplomáticas, etc. o delegaciones deportivas, empresariales, académicas, etc. En este caso, se mantiene la limitante de entrar al país durante los ocho años posteriores al abandono de la misión. Solo se permite antes por razones humanitarias.

Sobre la posibilidad de eliminar esta regulación en el futuro, repetimos que las nuevas normas no abarcan nada al respecto y también que "el Gobierno de Cuba continuará estudiando nuevas medidas de actualización de su política migratoria".

8- ¿Esto incluye a quienes finalizaron la misión y no regresaron a Cuba?

Sí. El término de la misión se considera cuando se regresa a Cuba, por tanto, aunque hayan terminado el periodo de trabajo en el exterior, sino regresaron a Cuba tendrán la limitante de ocho años sin entrar al país.

MINSAP reitera normativa sobre profesionales que abandonen sus misiones

9- ¿Los médicos que abandonaron misión pueden reinsertarse en el sistema de salud cubano antes de los ocho años?

Sí. Según aprobó hace tres años el Ministerio de Salud Pública de Cuba, todos los profesionales de la salud que abandonaron misiones pueden reincorporarse al trabajo en Cuba y participar en otras misiones si lo solicitan a través del consulado cubano más cercano al lugar donde se encuentren y cumplen con las regulaciones migratorias del país.

El pasado 3 de febrero, el Minsap reafirmó esta disposición:

El Ministerio de Salud Pública reitera la disposición de permitir que los profesionales del sector que abandonen sus misiones de colaboración regresen a Cuba y se reincorporen al Sistema Nacional de Salud, como lo han venido haciendo desde el año 2014, de acuerdo con las regulaciones migratorias vigentes.

10- ¿Pueden los cubanos residentes en el exterior viajar a Cuba en embarcaciones de recreo?

Sí. Pero como aclara la nota por el momento debe ser por las marinas turísticas internacionales "Hemingway" en La Habana y "Gaviota-Varadero" en Matanzas.

Se autoriza la entrada y salida a Cuba de ciudadanos cubanos residentes en el exterior en embarcaciones de recreo, a través de las Marinas Turísticas Internacionales Hemingway y Gaviota-Varadero. Una vez que estén creadas las condiciones, se ampliaría progresivamente a otras marinas.

Por otro lado, los cubanos residentes en Cuba todavía no están autorizados a viajar en embarcaciones de recreo (yates).

11- ¿El hijo de un cubano nacido en el exterior puede adquirir la nacionalidad cubana sin viajar a Cuba?

Sí. Así lo explica la cuarta medida divulgada el pasado sábado:

Se elimina el requisito de avecindamiento para que los hijos de cubanos residentes en el exterior, que hayan nacido en el extranjero, puedan obtener la ciudadanía cubana y su documento de identidad.

Es suficiente con que uno de los dos padres sea cubano, no es necesario que los dos lo sean, y solo abarca a los "hijos", no a ningún otro tipo de parentesco familiar.

Como ya explicamos el domingo: "Las principales beneficiadas serán las familias residentes en los países que no otorgan la nacionalidad a través del ius solis (derecho del suelo). Algunas naciones solo otorgan la nacionalidad por el ius sanguinis (derecho de sangre), o sea por ser hijos de ciudadanos de ese país y no por haber nacido allí. Por tanto, con la legislación vigente los hijos de cubanos en esos países, al nacer no tenían nacionalidad ni cubana ni del país en cuestión. A partir del primero de enero ya los padres podrán tramitar la nacionalidad cubana de sus hijos nacidos fuera de Cuba a través de los consulados, sin necesidad de viajar a la Mayor de las Antillas".

12- ¿La embajada de Cuba en Washington continuará con sus actividades consulares?

Sí. A pesar de la decisión del gobierno de los Estados Unidos de retirar a 15 miembros de su personal, la embajada cubana en Washington continuará ofreciendo sus servicios consulares.

EEUU ordena salida de personal diplomático cubano en Washington

Descargue en PDF (636 KB): Ley No. 1312 “Ley de Migración” (Actualizada en 2012)

Para más información visite los sitios: 

Se han publicado 203 comentarios



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  • angel dijo:

    en verdad permiso o habilitación como lo quieran llamar parece que finalmente lo desaparecerán, pero el único cambio que habra como beneficio es que se podrá aprovechar el espacio que ocupaba este adorno para poder agregar mas cunos al pasaporte los que tengan la posibilidad de viajar frecuente alrededor del mundo para los demás sera solo una hoja en blanco

  • angel dijo:

    la peor broma del dia ! mi hijo ciudadano americano adquirir la ciudadania cubana y su deuda de pasaporte, jajajajaja NO BROMEEN NO ES GRACIOSO!

  • Ana dijo:

    Donde se puede consultar la nueva ley modificada que, segun cubadebate en su articulo "Entran en vigor nuevas medidas migratorias anunciadas por Canciller cubano" se comienza a poner en vigor desde hoy?

  • ana dijo:

    Donde esta la ley modificada? Como se puede consultar?

  • Ivan dijo:

    Al comienzo de su artículo usted menciona el artículo 44 de la Ley de migración, pero sino me equivoco la Constitución está por encima de todas las leyes.
    lLa Constitución establece en el artículo 32 que los ciudadanos cubanos que adquieran otra ciudadanía pierden la ciudadanía cubana, entonces no corresponde aplicar ese artículo a los cubanos que viven en el extranjero y han adquirido otra ciudadanía.
    Por qué seguir obligando a los cubanos a viajar con el pasaporte cubano si al entrar al país te exigen tu otro pasaporte para permitirte la entrada,.
    Por qué si te OBLiGAN a viajar con el pasaporte cubano no te cobran en pesos cubanos, te obligan a adquirir un seguro médico y otras tantas medidas que se aplican a extranjeros. Son los cubanos exiliados Cubanos o Extranjeros? Y si son extranjeros una vez más por qué viajar con el pasaporte cubano?

  • Maria Elena Frometa Lores dijo:

    Una persona k solicito y tramito su repatriación en Julio y aun no le han notificado para sacar su CI.se acoge a esta nueva ley del 1 de Enero 2018?

  • El Pepe dijo:

    Y si mis hijos son extranjeros porque la madre los es y viven fuera, téngo que hacerle el pasaporte y pagar las prorrogas. Tendrán que entrar a Cuba como cubanos?Si yo saco mi pasaporte, viene ya con todo? Seria solo comprar pasaje y ya? Saludos

  • Minio dijo:

    Nací en cuba, vivo en el exterior y tengo tres hijos, nacidos fuera de cuba. Entiendo que puedo adquirir la nacionalidad cubana sin viajar a Cuba para mis hijos, muy bueno. ¿La pregunta, cuando este proceso este hecho, como será la entrada a cuba para mis hijos? ¿Con pasaporte del país donde nacieron o el de cuba? El pasaporte de cuba es muy caro para tener y prorrogar para mi y mi esposa. Si se requiere para los niños entonces no tiene sentido esta vía. Me gustaría que mis hijos se acojan de su herencia cubana, pero tiene que ser monetariamente viable. Muchas gracias.

  • clara dijo:

    El pasado mes de junio de 2017 el consulado cubano en sevilla me autorizo la repatriación y asi lo plasmó en mi pasaporte con un sello, sin embargo, cuando unos días después llegué a cuba, en la oficina del carnet de identidad me la cancelaron sin dar explicación y me han denegado la repatriacion. ¿alguien sabe si la repatriacion también se eliminará? ¿alguien me puede decir a quien reclamar mis derechos como cubana que desea volver a vivir en cuba? Conste que ni me quedé en ninguna mision diplomatica ni sali ilegalmente del territorio, emigré casada con un español hace 30 años. Por favor, necesito ayuda, mi madre se ha regresado a cuba y yo quiero acompañarla.

  • ivanhoe dijo:

    Sigo sin entender por qué un cubano que ya es nacionalizado en otro país, o sea, que tiene la ciudadanía tiene que seguir viajando con pasaporte cubano.¿Es un castigo por haber ido a vivir a otro país?¿O simplemente para que las estadísticas los registren como cubanpos que viajarona a Cuba? Es que ya esas personas legalmente hablando NO SON CUBANAS. pOR OTRA PARTE QUISIERA SABER POR QUÉ LOS CUBANOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR QUE VIAJAN POR LAS MARINAS HABILITADAS HASTA AHORA NO PUEDEN IMPORTAR TEMPORALMENTE VEHÍCULOS AUTOMOTORES COMO SÍ LO PUEDEN HACER LOS EXTRANJEROS....También los estamos castigando.Mientras en todo el mundo los países de origen crean condiciones a sus exnacionales emigrados en Cuba esas condiciones siempre tienen limitantes obstructivas y discriminatorias hacia los cubanos emigrados.No se puede desconocer lo mucho que se ha avanzado pero yo veo una gran timidez con eso todavía.Por lo tanto seamos consecuentes con el discurso del MINREX.

  • Darlin dijo:

    Realmente no se cual es la verdad me dicen que no hay q prorrogar el pasaporte cubano !!

  • Liudmila Avila dijo:

    La repatriacion...no se incluye en las nuevas medidas?.. Todo se mantiene igual?.. Para los que ya comenzaron los tramites para repatriarse...?

  • Yaismely dijo:

    Hola los cubanos residentes en el exterior tienen que ir a Cuba cada año para no perder la residencia cubana?

  • gleydis dijo:

    El cubano que salió con visa de artista y se quedó en el extranjero, también tiene la limitación de los 8 años?

  • Raul dijo:

    Los Cubanos que emigraron antes de el año 1970 son Cubanos emigrados?

    Los hijos de Cubanos de Cubanos que emigraron antes de el año 1970 pueden adquirir la ciudadanía cubana?

    Los Cubanos que emigraron antes de el año 1970 todavía nesecitan la habilitación de entrada?

    La última pregunta, los cubanos que emigraron antes de el año 1970 pueden solicitar un pasaporte cubano?

  • Dayany Deben Hernandez dijo:

    Se puede ingresar a cuba con prórroga del pasaporte vencida?soy ciudadana cubana pero en estos momentos no estoy en cuba y la prórroga está casi al vencerse.

  • Dayany dijo:

    Es posible ingresar a cuba con la prórroga del pasaporte vencida ?

  • Dayany dijo:

    Puedo ingresar a cuba con la prórroga del pasaporte vencida ?

  • SASS dijo:

    Lo que no esta nada a tono es el precio tan desmedido de los pasaportes con una vigencia tan limitada, por favor!

  • Yainna dijo:

    Hola tengo una pregunta, yo me repatríe en el 2016 y me dijeron que tenía que volver a Cuba antes de los 2 años? , no me acuerdo muy bien, para no perder la ciudadanía, Quisiera saber si esa ley sigue en vigencia?

  • Fermin garcia dijo:

    Estas modifuicaciones de la ley de Migracion hoy abril 2018 ¿ya esta en vigor?o es un proyecto aun En concreto un cubano emigrado ya no hace falta que tarde 8 años para volver ¿y ese emigrante si tiene casa en prooiedad o carro en cuba ¿lo pierde o tiene que testarlo o venderlo?antes de abandonar el pais

  • OSCAR GONZALEZ dijo:

    Hola, tengo una pregunta!
    Ya los ciudadanos cubanos recidentes en el extranjero PUEDEN HACER excursión marítima desde Varadero CUBA?

  • Onel Columbie Tito dijo:

    Y en el caso de los médicos que no hemos desertado,que cumplimos nuestras misiones cabalmente,pero que después viajamos de turismo y decidimos quedarnos en otros países(no incluyo EE.UU),pero además nos domiciliamos en estos países,y tenemos hijos,o nos casamos..Cómo nos afectan las nuevas leyes migratorias?.Podemos entrar a Cuba con nuestro pasaporte azul,ya teniendo la residencia permanente del país en el que estemos,sin problemas?.Somos considerados ``emigrados`` o residentes cubanos en el exterior si entramos antes de los dos años?.Agradecería una aclaración si es posible al respecto..Muchas gracias y saludos a todos!!

  • MARTHA DEL CARMEN QUINTERO NOVOA dijo:

    CROS.
    YO SOLO DESEO SABER SOBRE EL CARNET DE IDENTIDAD.
    NACI EN MEXICO, HIJA DE PADRE CUBANO Y MADRE MEXICANA, CON PASAPORTE MEXICANO. AL CRECER QUISE IR A ESTUDIAR A CUBA Y ASI LO HICE. CON EL TIEMPO ALLA ME DIERON CARNET DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO, DESPUES ME LO CAMBIARON AL CARNET CUBANO Y ES POR ESO QUE TENGO PASAPORTE DE ALLA. AL VENIR A MEXICO ME RETIRARON EL CARNET DE ALLA Y HASTA EL DIA DE HOY, NO HE PODIDO OBTENERLO NUEVAMENTE Y SIGO TENIENDO PASAPORTE CUBANO.
    YO QUISIERA QUE ALGUNA PERSONA AUTORIZADA ME PUDIERA DECIR COMO LOGRAR MI CARNET DE IDENTIDAD Y COMO LO PUEDO OBTENER, YA QUE EN LA OFICINA DEL CARNET NO SOLUCIONO ESO.
    VOY CON FRECUENCIA A CUBA, PERO NO HE PODIDO RECUPERAR DICHO CARNET.
    LES AGRADECERE QUE POR FAVOR ME CONTESTEN A MI CORREO. SOY DEY VIVO EN VERACRUZ, MEX. Y SOY GRADUADA UNIVERSITARIA DEL ISPLE (INST. SUP. PEDAGOGICO DE LENGUAS EXTRANJERAS).
    ESPERANDO SU RESPUESTA EN BREVE, LES SALUDA CORDIALMENTE:

    MARTHA DEL CARMEN QUINTERO NOVOA

  • Daniel dijo:

    Cuales son los paises a los que los ciudadanos cubanos pueden viajar sin necesidad de solicitar visa

  • Jesus dijo:

    Hola quiero hacer una pregunta que me preocupa , yo vivo en Berlin Alemania hase poco tiempo , quiero saber si es verdad que en 2 años sin entrar a Cuba pierdo los derechos ?espero con mucho gusto una respuesta .

  • Yaimi dijo:

    Hola soy cubana vivo en uruguay y en diciembre hace dos años q salí de cuba puedo pedir prórroga por tres meses mas y no pierdo mis propiedades en cuba

  • norma dijo:

    Pueden un padre que durante 10 años no ejerció sus obligaciones con su hijo abandonandolo a los 6 meses de edad y manteniendose totalmente ausente e incomunicado y emigrante en otro país, ahora se le aprobó en Cuba la repatria y aun continua sin ejercer estos deberes y obligaciones porque la información me ha llegado casual, este padre puede tener ahora derechos legales sobre un hijo menor en Cuba?

  • Daynaris Fernandez Leyva dijo:

    Buenos dias ante todo.yo deserté de una misión en venzuela hace poco mas de un año.pero estoy viviendo en ecuador y tengo un hijo en este pais.no se si entendi mal pero dice que puedo participar en una mision si lo solicito a través del consulado cubano mas cercano al lugar donde me encuentre.entonces mi pregunta es como en ecuador hay medicos cubanos de mision yo puedo incorporarme a una mision aqui.

  • Jose angel vega pelaez dijo:

    Soy emigrante vivo en brasil si quiero ir de visita a cuba el gobierno de cuba me permite entrar y tener una estadia por un periodo de 20 dias y luego regresar sin problemas

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José Raúl Concepción

José Raúl Concepción

Periodista cubano, graduado en 2015 en la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana. En twitter: @joseraulcl

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