Imprimir
Inicio »Especiales, Economía  »

Modifican las formas y sistemas de pago en las empresas: ¿Qué dice la Resolución 114?

| 455 |

Obras de construcción en las redes del nuevo acueducto del municipio de Antilla, proyecto que abarca la sustitución de los 40 kilómetros que cubre esa deteriorada y obsoleta red tras más de medio siglo de servicio en la provincia de Holguín, Cuba, el 23 de enero de 2020. ACN FOTO/Juan Pablo CARRERAS

Justo cuando miles de trabajadores en el país discuten el plan de la economía a “camisa quitada” en sus centros laborales, muchas dudas vuelven a saltar respecto a qué sistema de pago es más oportuno bajo las actuales condiciones de la economía.

En no pocas ocasiones, a los responsables de aplicar lo instituido les falta claridad o no están al día en lo reglamentado y, por lo tanto, se encuentran inhabilitados para dilucidar cuál es la mejor alternativa.

El Código de Trabajo establece en su Artículo 109, que el salario se paga al trabajador atendiendo a la calidad y cantidad del trabajo realizado y al tiempo real laborado. Entre tanto, el Artículo 131 del Reglamento del Código de Trabajo, prevé los procedimientos para la forma de pago por rendimiento.

Según apunta la Gaceta Oficial Extraordinaria número 2 del presente año, fueron derogadas las resoluciones 6/2016 y 1 del 2017, teniendo en cuenta las experiencias en su aplicación. En su lugar, entró en vigor la Resolución 114 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

¿Por qué se modifican las formas y sistemas de pagos?

  • Por la cantidad de indicadores asociados a la formación y distribución del salario existentes en las empresas: 4 directivos* y 2 límites.
  • Indicadores límites** asociados al cumplimiento del valor agregado bruto, cuyo resultado no siempre reflejaba la creación de nueva riqueza y no se ajustaba a las características de la gestión de todos los sectores y procesos.
  • Distribución como salario de gastos no ejecutados que no responden a eficiencia.
  • El plan no refleja todas las potencialidades productivas con el objetivo de lograr crecimientos del salario a partir de su sobrecumplimiento.
  • Afectaciones en los aseguramientos que no dependen de los trabajadores y afectan los ingresos que estos reciben.

¿Qué formas de pagos pueden aplicarse en el sistema empresarial?

En dependencia de las condiciones técnicas organizativas del proceso de producción o prestación de servicios; de las posibilidades de control y medición de los gastos y de los resultados del trabajo se aplican las formas de pago a tiempo o por rendimiento.

Pago por rendimiento:

La forma de pago por rendimiento se aplica en el sistema empresarial con el objetivo de incrementar la productividad del trabajo, reducir los gastos y los costos, elevar los niveles de producción o servicios con la calidad requerida, el aprovechamiento de la jornada de trabajo y otros que incrementen la eficiencia de la empresa, mediante los sistemas de pago siguientes: a) A destajo; b) por resultados.

Pago a destajo:

Los sistemas de pago a destajo se basan en la medición de los gastos de trabajo a través de la cantidad de producción elaborada o servicios prestados. El salario se calcula mediante una tasa que resulta de dividir el salario escala más los pagos adicionales que correspondan, entre las normas de rendimiento o multiplicada por las normas de tiempo.

  1. Destajo individual: se basa en la medición de los resultados de cada trabajador y se expresa a través de una tasa salarial que se calcula dividiendo el salario escala más los incrementos que correspondan entre la norma de rendimiento; o multiplicada por la norma de tiempo, según corresponda.
  2. Destajo colectivo: relaciona el salario de un grupo de trabajadores con el volumen de trabajo a cumplir por ellos, referido a cantidad de producción o servicios y se expresa en una tasa salarial, calculada sobre la base de la suma de los salarios escala más los incrementos que correspondan y las normas de rendimiento o de tiempo colectivas.
  3. Destajo indirecto: el salario del trabajador está en dependencia de los resultados del trabajo de otros trabajadores directamente vinculados a la producción o los servicios; el salario formado se expresa sobre la base de una tasa salarial resultante de dividir la tarifa salarial del cargo, entre las normas de rendimiento o de servicio establecida, para los trabajadores que él atiende.
  4. Pago a destajo progresivo: se utiliza en los casos que se aplican normas de rendimiento o de tiempo muy tensas y es necesario lograr altos incrementos de la producción o los servicios; el salario a formar se establece sobre la base de tasas salariales, las que se incrementan a partir de un nivel determinado, en cuyo caso el por ciento de incremento de la producción o de los servicios debe ser superior al por ciento de incremento de la tasa salarial incrementada.
  5. Pago por acuerdo: se emplea para retribuir el cumplimiento de trabajos que constituyen la tarea acordada y cuyo monto de salario se determina sobre la base de normas de rendimiento o de tiempo y el salario correspondiente a cada tipo de trabajo, comprendido en la tarea, de acuerdo con su complejidad.

¿Cuáles son las novedades en el sistema de pago?

  • Otorgar la facultad de su aprobación a los directores de las empresas que no aplican el perfeccionamiento empresarial, integradas a las organizaciones superiores de dirección.
  • Establecer como límite máximo para formar el salario, no deteriorar el gasto de salario por peso de ingreso total comparado con períodos anteriores, en sustitución del gasto de salario y utilidad antes de impuesto por peso de valor agregado bruto planificados.
  • Priorizar siempre que sea posible la aplicación de los sistemas de pago a destajo.
  • Mantener como indicador que condiciona el pago por resultados en las empresas el crecimiento de las utilidades antes de impuesto, comparadas con periodos anteriores, en lugar de los indicadores directivos ventas netas totales, ventas para la exportación y encargo estatal planificados.
  • Los indicadores de las unidades organizativas (UEB, Talleres, establecimientos, brigadas u otras en dependencia de la estructura organizativa de la empresa) y los que miden el aporte individual se aprueban de común acuerdo con la organización sindical, previo análisis en el consejo de dirección.

Los indicadores de las unidades organizativas responden a las características de los procesos y funciones de estas y los que miden el aporte individual, a la calidad y cantidad del trabajo, así como a las atribuciones y obligaciones de cada cargo.

  • Los indicadores se desagregan a nivel de UEB u otra estructura productiva o de servicios según corresponda, siempre que exista control económico y de los resultados del trabajo, modificando lo que hoy está aprobado.
  • Las empresas que obtienen pérdidas en sus operaciones, autorizadas o no, aplican la forma de pago a tiempo, excepto los trabajadores abarcados en un sistema de pago a destajo y los de las UEB u otra estructura productiva o de servicios según corresponda, que cumplen los indicadores definidos en su sistema de pago por resultados.
  • Establecer el pago del salario básico ante el incumplimiento de los indicadores, eliminando las deducciones hasta el salario escala.
  • Ratificar en la oficina central de la empresa para el salario del director el límite de hasta 2.5 veces el salario medio de la misma. La distribución del resto de los cargos se aprueba teniendo en cuenta la complejidad, las atribuciones y obligaciones de los cargos y el aporte individual, eliminando el límite de hasta dos veces.
  • La oficina central de la organización superior de dirección empresarial, para pagar por resultados planifica en su presupuesto de gastos lo correspondiente al salario, observando una proporción de hasta 1.5 veces en relación con el salario medio de la organización, en lugar del salario medio de la empresa que mayor lo planificó.

No se consideran las empresas de la Zona Especial de Desarrollo Mariel que aplican el coeficiente 10. El pago por resultados se condiciona al no deterioro del gasto de salario por peso de ingreso total y al crecimiento de la utilidad antes de impuestos de la organización.

¿Puede un trabajador recibir su salario por más de un sistema de pago?

Los trabajadores pueden estar comprendidos de manera simultánea en más de un sistema de pago bajo la forma de pago por rendimiento, en correspondencia con su aporte individual e incidencia en los resultados alcanzados, incluyendo los que se encuentran cumpliendo el servicio social.

¿Cómo se les paga a los trabajadores asociados al turismo?

En el sector del turismo aplican la forma de pago a tiempo los hoteles que operan bajo la modalidad de todo incluido; los nuevos hoteles que inician su explotación y los que cambian de administración lo hacen por el período de hasta un año.

¿Qué pasa con los trabajadores asociados a empresas mixtas?

Las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano que tienen como única función la de accionistas de la inversión extranjera, para aplicar la forma de pago por rendimiento planifican en su presupuesto de gastos lo correspondiente al salario, observando una proporción de hasta 1.5 veces en relación con el salario medio de las empresas asociadas y determinan los indicadores que condicionan el resultado. No se consideran las empresas asociadas que radican en la Zona Especial de Desarrollo Mariel.

¿Qué hay de nuevo con las OSDE´s?

La nueva resolución establece cambios para la planificación del fondo de salarios del plan 2020 de las oficinas centrales de las organizaciones superiores de dirección empresarial (OSDE). Estas estructuras deben tener en cuenta:

  1. Ajustar la plantilla a 45 plazas (son las que según los análisis realizados se requieren para cumplir las funciones asignadas según el Decreto No. 335) más 1.5 por encima, por cada empresa que la integra.
  • Al límite establecido, se adicionan las plazas que corresponden a los cargos de auditoría, centros de capacitación, cuando proceda y las del despacho de carga de la Unión Eléctrica de Cuba.
  • La aplicación del límite no podrá generar en ningún caso incremento de la plantilla aprobada actualmente.
  • El ajuste de la plantillas puede conllevar procesos de disponibilidad, que deben realizarse durante el primer trimestre de 2020.

2. Las OSDE que, excepcionalmente, proyectan una plantilla superior a lo expresado en la resolución, lo fundamentan al momento de la presentación del plan.

3. Las OSDE cuya plantilla actual sea similar a la ajustada, mantienen igual fondo de salario que el planificado para el 2019.

Precisiones que recoge la Resolución 114:
Las organizaciones superiores de dirección empresarial o empresas que por las características de su gestión no se ajusten a lo establecido en la nueva resolución, fundamentan en un término de hasta 60 días al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social las adecuaciones que requieran, las que se evalúan de conjunto con los ministerios de Economía y Planificación, Finanzas y Precios, la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo, y el Sindicato Nacional correspondiente, previo a su aprobación.
*Indicadores directivos: son los fundamentales y caracterizan el grado de cumplimiento de la tarea estatal y social asignada, así como el nivel de eficiencia en la utilización de los recursos y la fuerza de trabajo: encargo estatal, ventas netas totales, utilidad antes de impuesto, ventas con destino a la exportación de bienes y servicios.
**Indicadores límites: representan determinados enmarcamientos o límites máximos o mínimos en la utilización de los recursos, asociados a determinados niveles de eficiencia que inciden en el cumplimiento del plan anual. En el caso del salario los indicadores límites son: gasto de salario por peso de valor agregado bruto y utilidad antes de impuesto por peso de valor agregado bruto.

Se han publicado 455 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

  • Yovanis dijo:

    Gracias cubadebate por esta publicacion aunque haya sido algo demorado, pues ningún otro medio lo ha hecho. Ni siquiera el periódico trabajadores que debió haber tratado el tema hace bastante tiempo y ni siquiera anuncio la salida de esta resolución. ?Para que necesitamos un periódico TRABAJADORES y una CTC que es a quien pertenece este organo oficial, si no son capaces de informar de inmediato y con sentido crítico como debió ser en este caso a los trabajadores?

  • jm dijo:

    Esta resolución esta acabando con las empresas eficientes, que de seguir descpitara al personal preparado emigrando a mejores ofertas laborales que de seguro sera hacia la forma no estatal. Ademas muchas empresas le pidieron los planes 2020 en junio o julio con un sistema de pago diferente a este de la 114 donde se planifican segun lo vigente hasta esa fecha de realizarlo, y en diciembre sin mas cambia la resolucion de pago por la 114 y no dan la posibilidad de estudiarla y adecuar la economia de las empresa a estos momentos

  • Yanelis dijo:

    a la periodista y cubadebate, gracias por dejar abierto al debate a los trabajadores y que casi todos los que opinan son de empresan y le saben asi que aunque no consultaron a nadie para hacer ls resolucion ahora todos pueden opinar los pro y muchos contra que tiene la misma....

  • OSDE dijo:

    Encuentro contradictorio que según la actualización del Modelo Económico cubano y a la legislación vigente para el sistema empresarial, los Directores de las empresas tienen entre sus facultades la definición de las plantillas de sus entidades y el incremento o disminución de sus trabajadores de acuerdo a las características de la misma sinembargo a sus Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial se les establezcan límites por el Ministerio de Trabajo y de Seguridad Social a solicitud del Grupo de Perfeccionamiento, dichos límites son extremadamente exigentes, por ejemplo según las normativas impuestas debe declarar disponibles a alrededor del 50 % de sus trabajadores lo que incluye todas las categorías laborales, todos altamente capaces y con preparación profesional demostrada.Alguien me puede decir lo que ocurrirá con ellos y a dónde irán y lo que es peor, cuando ya no existan las OSDE, pues eso puede suceder por los cambios periodicos de estructuras que tenemos, como volvemos a consolidar nuestras organizaciones a las cuales la mayoría no querrá ya volver.Mi OSDE tiene resultados altamente positivos en todos sus indicadores, atendemos adecuadamente más de 45 empresas en todo el país, con un colectivo cohesionado en el trabajo y con incremento de la producción desde su creación, que pasará en lo adelante cuando el director que tiene que recorrer todo el país constantemente ya no tenga secretaria, trabajo que al igual que otros resulta muy importante, o que no tenga chofer y tenga el mismo que ir manejando hasta los lugares más lejanos del país, o de los especialistas que tienen que visitar a la base y además hacer el resto de las cosas que les corresponde,puse esos ejemplos ejemplo pero son muchos los que me vienen a la mente, si alguien tuviera la amabilidad de responderme, se lo agradecería.

  • Ray dijo:

    Muy bueno el debate... pero la resolución fue prácticamente impuesta... no se consulto con la base ni con los afectados al final q son los trabajadores. Nos piden hacer más y más y con menos y menos. Si yo sobrecumplo mi plan de enero 2020 según mi planificación pero es menos de lo q hice en 2019 afecta el salario d los trabajadores... por que? Si cada año hay menos recursos para producir y los trabajadores inventan para cumplir su plan (hablo d mi caso q es una empresa de servicios) por que me comparan con el año pasado si no puede ser igual. El crecimiento es deseado pero no obligado. Hay q ser realistas y planificar y exigir contra lo q tenemos... ya se verán más fluctuaciones laborales en las empresas a otros sectores. No entendemos como quieren ayudar al trabajador de a pie...

  • Ale Mejias dijo:

    Me leí los comentarios pq el artículo no se entiende. Deberían hacer un resumen sin detalles técnicos innecesario explicando claramente el impacto en el salario de la nueva resolución que es lo que a los trabajadores les interesa

  • Enzo dijo:

    REFERENTE A LAS OSDES, MI UEB ES DE 18 TRABAJADORES Y LE APORTA 2000 PESOS A LA OSDE MENSUALMENTE, NI IMAGINAR UNA EMPRESA DE 500 TRABAJADORES. PARA MI ESE APARATO ADMINISTRATIVO CREADO POR UN INTELIGENTE ES PARA ACOMODAR PERSONAL RETIRADO, CON BUENOS SALARIOS Y MEJORES CARROS QUE LOS QUE PRODUCEN. YA TENEMOS BASTANTE CON LOS MINSITERIOS Y SUMADO A ESO ESTAN LAS OSDES TAMBIEN. MEJOR PIENSE EN CREAR CONTIGENTES PARA LA AGRICULTURA..... PRESIDENTE REVISE ESTOS APARATOS AMINISTRATIVOS Y ELIMINELOS PARA QUE VEA EN NUMERITO DE CUANTO DINERO AHORRAMOS. LOS MINISTERIOS QUE HAGAN SUS FUNCIONES Y LAS DEMAS OFICINA YA VIGENTES.

  • Yovanis dijo:

    Esta resolución posee un peso negativo muy superior a lo positivo que tiene. Ello ha generado mucha incomprensión en trabajadores y directivos por lo que el MTSS indicó su paralización a finales de enero para hacer una revisión de la misma , indicando posteriormente que las entidades que cumplan con la 114 pagan por ella y quienes no, podían ser autorizadas por su organismo superior a pagar por el plan del año, lo que considero no es correcto, pues en la práctica Lo que sucede es que una empresa que cumple con la 114 paga menos salario que aquellas que no cumplan con lo establecido en la 114 ya que estas últimas están siendo medidas por su plan del año lo que las pone en ventaja respecto a las que supuestamente según la 114 son las de mejores resultados. Esto es totalmente incomprensible, debió haberse medido a todo el mundo por el plan para evitarlo.

  • Ernestog dijo:

    Hola:
    Si queremos realmente que esta resolución funcione, debe hacerse una revisión de la misma:
    El atar "a todo o nada" el indicador "utilidad antes de impuesto" desconoce en primer lugar el esfuerzo colectivo, la anterior resolución tenía como premisa utilizar indicadores que permitían el pago de acuerdo al nivel de cumplimiento, o sea, se tenía en cuenta el esfuerzo colectivo, si usted deterioraba el indicador pagaba de acuerdo a ese deterioro, hoy si usted deteriora el indicador va a salario básico, cuestión arbitraria que hecha por tierra el esfuerzo laboral de los colectivos.
    Una empresa de altos estándares productivos, que no posee encargo estatal, tiene lentos crecimientos debido a su alta productividad, no se puede estancar un indicador de esa manera porque genera desmotivación y rechazo al cuerpo legal. Más cuando sus trabajadores sienten que han laborado bien y tienen que ir al salario básico porque en un período anterior la utilidad creció más que en este por situaciones.
    Debe analizarse el cuerpo legal, considero que es improcedente este indicador
    Desde que salió esta resolución se reconoció su improcedencia, tal es el caso que en el propio cuerpo legal establece que cualquier queja o reclamación en un tiempo después de estar en pie, puede remitirse al ministerio del trabajo y seguridad social.
    Considero que el salario de los trabajadores es sagrado y cualquier norma que violente su desempeño debe ser revisada.
    Saludos.

  • Caridad Ileana Escalona Guerra dijo:

    Cuando los instrumentos legales se redactan de manera que la ambigüedad se adueña del contenido, suelen convertirse en un boomerang de insatisfacciones y perjuicios para aquellos que deben cumplir lo regulado. Aparejado a ello se advierte el actuar de decisores, que o son desconocedores se hacen pasar por ello, que ponen en practica mecanismos de aplicación improcedentes e injustos. Lo anterior se ha puesto de manifiesto con la puesta en vigor de la ya polemizada Resolución 114.
    Es indignante como tratándose de un aspecto tan importante como lo es el salario, llamado a convertirse en la fuente fundamental de ingreso de una persona (así debe ser), se pongan en vigor Reglamentos de pago que no han sido discutido con los trabajadores. Así sucedió en mi empresa.
    Apagafuegos; medidas desesperadas; parches a la realidad, solo provocan que entidades con prestigio, plagadas de recursos humanos valiosos y en las que un día resultaba un
    orgullo laboral se vayan debilitando.
    Cuando el Presidente hace un llamado a la responsabilidad y a la necesidad de producir más para suplir necesidades e ingresar mediante exportaciones, hay decisores que resultan ineptos y fabrican el caos en sus organizaciones. Triste realidad que pone en desventaja a la empresa socialista estatal ante un creciente mercado cazador de talento que propone ventajas de horario y salario.
    Por otra parte sería sabio revisar el actuar del Sindicato, una organización que asi como los CDR y la FMC suelen recorrer los pasillos vestidas de fantasmas que espantan y dan miedo.
    Si queremos salvar a la revolución hace falta poner a rodar ideas revolucionarias, no intereses personales. El hombre debe seguir siendo la primera prioridad de la Sociedad , eso lo enseñó Martí, también Fidel.

  • Catalejo dijo:

    Es más de lo mismo, y no acabamos de pagarle a los trabajadores un salario que sastifaga todos sus necesidades , desde el año pasado se viene hablando de subir los salarios, con todo respeto, ¿En que planeta viven lo que elaboran directivas, eleboran leyes? Los indicadores que se inventan ahogan los bolsillos de los trabajadores. La gente se siente estimulada cuando se le paga bien, la gente se siente contenta y rinde más cuando con su salario puede adquirir las cosas que necesita para su bienestar. Los precios siguen altos como las palmas, sobre todo la comida, la piramide sigue invertida. Y a rio revuelto ganancia de pescadores. La realidad es que la gente está emigrando para el sector privado, que gana más, el Estado paga poco y vive inventado indicadores, esta es la realidad, ¿Hasta cuando va hacer esto? Nuestro Presidente dice una cosa, y es otra , hay un desfase total con todas las cosas que se dice a lo que se hace. Hay que meterse en la cabeza que para producir más hay que estimular a la gente. Con un salario bajo, no se puede rendir más de lo que se pide. Casi todas las
    Empresas andan por el mismo estilo, los trabajores se le van ¿Y por qué? Por que se le paga poco. Hay que vivir la relaidad , como también ningún joven quiere trabajar porque no se siente motivado con el salario que paga el Estado. Como también mucha gente se jubila y se vuelve a recontratar. Pienso que se debe de estimular más a los trabajadores que ganan muy poco, por ejemplo los técnicos, mientras los demás trabajadores de las Empresas ganan más, sólo el hecho de ser técnico no te pagan bien. Cómo también se debe de estudiar y pagar por los años de experiencia en la labor que se realiza. Por ahí van los tiros como dice el refrán.

  • daniel palomino dijo:

    Es importante que quienes elaboresn normas juridicas que tienen que ver con tan sensible tema deberán estar bien preparados, pues no es de bien hacer una resolución hoy y mañana mandarla a revisar, cosa que debio hacerse con tiempo, pero lo que pasó ademas es que fue una resolución (la 114) fantasma, secreta, aprobada despues de hacerse y aprobarse el plan de la economia, donde las Empresas lo eleboraron teniendose en cuenta indicadores que despues cambió esa resolucion, y dándola a conocer despues de haber enpezado el año económico, eso es una malisima decisión, ademas todo fue inconsulta totalmente, ese rasero que la resolución expone no debe emplearse para todos por igual hay empresas que por el mismo aspecto del BLOQUEO,,, y no por otra cosa, se deprime este año como es el sector sector de la aviacion, pero además, se esta diciendo las posibilidades de crearle autonomía a las empresas, como le van a poner estas coyundas, hay empresas con garn cantidad de dinero en sus finazas que no puede distribuir debido a esas resluciones, y es dindero que está producido por sus trabajadores, creo que cada empresa debe pagar a sus trabajadores según la empresa produzca y no tener dinero guardado que con el tiempo se envejece y pàsa a las arcas del estado, eso debe terminar y hacer del sistema de pago a los trabajadores algo mas práctico y favorecedor para quienes trabajan fuerte y producen bienes y servicios.

  • carloscubano dijo:

    Comenzamos con la Res: No:17 que fue un fracaso, continuamos copn la Res:No: 6 que fue un desastre y ahora pasamos para la Res:No:114 que en muchos casos ha generado malestar e INCERTIDUMBRE en los trabajadores.
    Alguien debe analizar sobre las deciciones que toman los organismos superiores que cambian y vuelven a cambiar resoluciones que se redactan detrás de un buró y que a corto plazo se convierten en Camisas de Fuerza para las empresas, en mi modo de ver las cosas esta Res:No; 114 es una de esas.
    Estoy conciente de que no puede haber un aumento a gran escala del salario sin que haya un respaldo de bienes y servicios porque lo que generaría a la economía cubana pero, esto NO PUEDE ser motivo para que se CONDICIONE el salario de los trabajadores que INGRESAN cientos de millones al presupuesto sel Estado a un incremento que si las cosas no cambian NO SE LOGRARA.

  • Yovanis dijo:

    En los motivos por los que se modifican las formas y sistema de pago, solo coincido con el primero por lo siguiente: se dice que se distribuye como salario gastos no ejecutados.
    Generalmente estos gastos no se ejecutan porque no existe disponibilidad en nuestro mercado de muchas cosas y no porque las empresas no quieran ejecutarlos y si no se ejecutan, quienes se perjudican son los mismos trabajadores, por ejemplo si no se asigna el combustible planificado no se gasta el dinero destinado a ese fin, entonces le vas a decir a los trabajadores que este ahorro no se le puede pagar cuando tuvieron que ir al trabajo quizás pagando los altos precios del transporte privado porque su transporte obrero se paralizó casi todo el mes y cuando muchas entidades para prestar sus servicios o cobrar su producción, sus trabajadores tienen que moverse por sus medios gastando de su salario, también hay dificultades para adquirir medios de protección como las botas de trabajo y los trabajadores tienen que comprar su propio calzado para trabajar igual sucede con materiales de oficina como lapiceros y otros. Entonces Cómo es posible que la empresa no pueda facilitarme los medios necesarios, por ello tenga que gastar más de mi salario y sin embargo recibir menos ingreso.
    De todas maneras esta no es una razón para medir los indicadores respecto al año anterior, porque con solo poner en la resolución que no se distribuyera este ahorro era suficiente.

  • Sorangel dijo:

    Nuevamente se continúa cometiendo los mismos errores por los siguientes motivos:
    1- La resolución 114 se firma el 30 de diciembre del 2019, la publican el 7 de enero del 2020 y las empresas reciben los seminarios a partir del día 15 de enero, cuyos seminarios como en anteriores resoluciones volvieron a salir interpretaciones que no están establecidas en el cuerpo legal. Esto en mi opinión es una violación del derecho de todos los trabajadores, que desde que comienza el 1ro enero deben de haber discutido y conocer el reglamento de sistema de pago por resultados y lo más lamentable es que el ministerio que lo exige es quien está violando.
    2- Continúan estableciendo resoluciones sin escuchar o analizar previamente, las opiniones de los empresarios y especialistas que puedan aportar a mejores ideas, de haberse hecho hubiera mejor consenso y no hubieran tantos criterios negativos.
    3- El plan 2020 se comenzó a diseñar desde Abril del 2019 cumpliendo directivas establecidas en la metodología, pero en enero del 2020 entre otras cosas, establecen que el pago por resultados está limitado al crecimiento de la utilidad comparado con el real año anterior.
    4- Continúa particularizando tanto las resoluciones que establecen el pago por resultados, que es imposible lograr que a todas las empresas le sirva como traje a su medida. Como principio lo que debe primar es que si la empresa cumplió con las obligaciones del aporte al estado y genero riqueza (utilidad) esta pueda disponer para pagar a los trabajadores. El MTSS debe trazar políticas, no tanta restricciones.
    5- No solamente fracasó la resolución, además se emitió una orden ministerial el 22 de enero del presente año por la ministra que decía “…se están realizando análisis que pudieran conllevar a su modificación, sobre cuyas decisiones le comunicaremos la próxima semana”, el 6 de febrero, 15 días después , todavía no había ninguna comunicación, conllevando a que los trabajadores no conocían por donde finalmente se iba a pagar el pago por resultados y nos encontrábamos en pleno proceso de cierre contable.

    Lamentablemente este ministerio si continúa trabajando de esta forma, está muy lejos de alcanzar unas de las prioridades establecidas en su balance 2019 “Avanzar en sistemas de gestión y pagos que pongan al sistema estatal en las “mismas condiciones de éxito” que el sistema no estatal”

  • El pica dijo:

    El cubano ciudadano de este pais trabajador de toda una vida del estado que no entienda por favor buscar explicacion en el comentario de raulitin,mejor imposible,gracias

  • YulioAuditor dijo:

    Nuestro Presidente dice que la empresa estatal debe ser el principal actor de la economía...
    Alejandro Gil dice que debe competir en igualdad de condiciones con los actores no estatales de la economía.
    ¿Cómo van a ganar mejores salarios los especialistas de las Direcciones de las empresas y los Grupos Empresariales si se les condiciona al crecimiento respecto a periodos anteriores?,
    ¿Son iguales las características internas y externas para la producción de bienes y servicios año tras año?
    Mi criterio es que NO.
    Con esta condición, UNO: se beneficia con Pago por Resultado a quien fue ineficiente el año anterior con respecto a este, sea cual fuere su desempeño. En mi entorno, similar al de muchos del sistema empresarial, el año anterior tuvo mayores niveles de aseguramiento material, incluido el COMBUSTIBLE, del cual este año en casi dos meses no se ha garantizado lo necesario para las producciones mas importantes.
    DOS: los técnicos y especialistas que ganarán solo salario básico, porque el entorno actual no permite los beneficios del pago por resultados, buscarán trabajo en el sector Presupuestado donde con el salario básico duplicarán sus ingresos, aún cuando este sector no produce bienes y servicios, o bien al sector privado (o no estatal como se llama), que se sustenta con los recursos del sector estatal para programas prioritarios y le cobra al sector Presupuestado una millonada por sus servicios.
    Respeto mucho la decisión del MTSS (presupuestado) pero al sistema empresarial le están abriendo una brecha bien difícil y contrario a la estrategia planteada por Alejandro Gil y Díaz-Cannel en sus discursos públicos.

  • odeirys dijo:

    Llevo muchos años en recursos humanos y nunca habia vivido el estrés que ha provocado esta Resolución 114. Salió sin tener un análisis del impacto que provocaria en las empresas. NO es posible comparar un período de año anterior para que delimitar un pago, porque los momentos económicos nunca serán iguales. Además que hasta el último dia de pago se mantuvo a todo el mundo en jaque esperando nuevas disposiciones que aún no han salido y ya casi cerramos el mes de febrero. NO entiendo que sistema de trabajo existe en el MTSS pero debemos provocar en la población seguridad y no incertidumbre, los momentos que se viven no es para que salga una Resolución que deje mucho que desear de quien la emite. Necesitamos seriedad, compromiso con lo que hacemos, ya no es momento de cometer estos errores que pueden crear más problemas de credibilidad en nuestras instituciones.

  • Iran dijo:

    Considero que lo más importante hoy es que el trabajador a la hora de sustraer contrato considere su salario inamovible (básico) y que este le sirva para resolver un tanto los problemas y enfrentar las facturas de la vida diaria. Eso hoy no existe en el sector empresarial. Un trabajador no puede vivir a expensas de que si se le puede pagar o no, el trabajo se hace y el pago igual, el que lo hace mal simplemente debe perder su trabajo. Los sistemas de pago y su aplicación son una estimulación para que las organizaciones puedan crecer con su colectivo de trabajadores, pero no esto no es un misil teledirigido, hay que aprender que una organización no es un hombre en una esquina vendiendo churro, la 114 no tiene nada que ver con lo que el presidente le ha transmitido al pueblo, recuerdan? EL PUEBLO, que con su salario tiene que hacer una microeconomía y que no alcanza para la mitad de las cosas que honorablemente se merece alguien que asiste al trabajo y medianamente aporta. A las entidades le piden utilidades y de estas se paga por encima del básico. Esto es normal en todo el Globo, lo que siempre se hace a final de año conocido como Aguinaldo, porque se entiende que el que te pagan mensualmente debe alcanzarte. Si trabajas más cobras más, y como? si en un mes yo trabajé más horas (digamos que hablamos de una recepcionista) porque atendí más visitas o porque hice más informes o porque tuve que trabajar horas extras, etc. pero de mi trabajo no depende directamente la utilidad y entonces ese mes que tuve más resultado no pude cobrar más por algo a lo cual yo puedo influir y esperan que lo entiendan. En mi opinión hay tareas para rato y hemos retrocedido. Eso siempre estuvo pendiente y por que veo estará

  • Jorge Luis González López dijo:

    En el artículo DECIMOPRIMERO de la resolución publicada en la Gaceta oficial termina diciendo claramente que no puede exceder el límite máximo del Director, mientras que esta publicación dice lo contrario; parto del criterio que el Director de la Empresa debe tener el salario más alto de esta, estamos de acuerdo, pero hay que ser capaz de pagar a cada cual lo que fue capaz de formar de lo contrario no hay pago por resultados y se desestimula lo que hasta ahora las anteriores resoluciones habían logrado. Debe definirse claramente está contradicción por parte del MTSS porque las direcciones las han aplicado segun la lectura que topa el salario de los trabajadores al salario del Director de Empresa.

  • Marianela dijo:

    Coincido en que hay que revisar las plantillas y evitar que estas sean infladas y que haya personas ganando salario sin trabajar pero no puedo entender que venga el Ministerio del trabajo a decirle a las OSDE con cuántos trabajadores se tiene que quedar , creo que esto viola lo que dice la resolución 335 pues según esta el director de la OSDE tiene como funciones :
    - aprobar los cargos y salarios de los puestos de trabajo que sean creados en la organización superior de dirección, así como el procedimiento para definir nuevos cargos;
    - diseñar el funcionamiento de la organización superior de dirección empresarial sobre
    la base de estructuras planas y por procesos, adecuadas a su tecnología y misión;
    - establecer las funciones y las facultades que debe desarrollar cada nivel de dirección
    de la organización superior de dirección empresarial, en correspondencia con la
    estructura establecida, y seleccionar el personal idóneo para el desempeño de estas;
    - determinar, de conjunto con la organización sindical, los cargos de las categorías
    de operarios, técnicos, trabajadores administrativos y de servicios que por sus
    características son designados en la organización superior de dirección empresarial,
    así como aquellos cargos cuya ocupación determina la condición de funcionarios
    - organizar el trabajo en la organización superior de dirección empresarial, según la
    carga de labores y sobre la base del perfil amplio; elaborar los profesiogramas a partir
    de las competencias de los puestos de trabajo en los casos que corresponda y priorizar
    los puestos claves
    Además son facultades del director del OSDE:
    - aprobar los cargos cuya ocupación determina la categoría de funcionarios en la
    organización superior de dirección empresarial;
    - exigir que el personal de la organización superior de dirección empresarial y de las
    empresas desempeñen y desarrollen sus actividades de acuerdo con las exigencias
    establecidas para cada cargo;
    - probar los puestos claves de la organización superior de dirección empresarial y
    elaborar los profesiogramas a partir de las competencias de los puestos de trabajo en
    los casos que corresponda;

    Por qué otro ministerio impone cifras que pueden impedir que el director de cada OSDE cumpla con sus funciones y facultades???
    Si salió el decreto 335 y se habla de separar funciones estalates con ministeriales : qué hace el Ministerio del trabajo imponindo plantillas en los OSDE?

  • JVR:. dijo:

    opino q desde hace un tiempecito para aca, las leyes cubanas, estan dando q decir y lo q mas veo es q la sociedad nuestra se vuelve: cara (CUP,CUC,MLC, hasta cuando), caotica, dura, dificil. en fin.
    Objetivamente, mientras se aprueben leyes q su beneficio hacia el trabajador dependan de su superioridad a los resultados de años anteriores, con la situacion convulsa q tiene el mundo, siendo cuba un pais importador de materias primas y se sigan haciendo planes anuales a cumplir ficticios, soñadores, irreales a la situacion actual de las empresas (tecnologia obsoleta, depreciacion de equipos), seguiremos cobrando el famoso "BASICO". Aunque muchos nos sintamos identificados con nuentros centros laborales, lo unico que esto trae consigo, es el exodo de personal desde la empresa estatal "SOCIALISTA", hacia, las cooperativas no agopecuarias y el sector particular, que para nadie es un secreto q pagan mejor. Invito a los q hacen estos planes comparativos a que comparen lo antes dicho y a los jefes de personal q preparen bastantes salicitudes de bajas.
    Solucion a todo este problema del salario del sector empresarial.
    1. Unificacion monetaria.
    2. Hacerlas Mixtas.

  • Rosa Elena Parra Avila dijo:

    La resolución está fuera del contexto económico que estamos viviendo, como pedirle a las empresas estatales crecer las utilidades respecto a igual periodo del año anterior cuando la situación que presenta el país en cuanto a recursos dígase combustibles, materias primas y capital humano no es la misma que hace 12 meses atrás porque no contra la planificada en el periodo actual?. Siempre se ha reconocido en todos los escenarios y por los altas esferas del país que el salario básico de los trabajadores es insuficiente para cubrir sus necesidades, entonces como dicha resolución en la mayoría de sus acápites te obliga a ir al básico, quizas la resolución está desfazada en el tiempo y debía haberse emitido después del incremento salarial. Lo que si es un hecho de que ha desmotivado muchísimo a los trabajadores y nadie da explicaciones coherentes al respecto solo dicen que está en proceso de revisión, pero hasta cuando? Ya en el mes de enero se pagó por ella y está casi culminando febrero y aún no se ha anunciado ninguna modificativa. Considero que hay que incrementar la eficiencia y la productividad pero este no es el mecanismo correcto se necesita estimular al sector empresarial que bastante deprimido está con la fluctuación laboral hacia el sector presupuestado y cuentapropista.

  • Rey dijo:

    Esta Resolución 114 derogo la anterior Resolución 6 del MTSS con deficiencias técnico jurídico , lo primero es que no dio margen a que el mes de enero se pagara de acuerdo a los indicadores previstos en el plan que se baso por la anterior normativa acorde a los indicadores previstos . Fue arbitraria dictarla si antes discutirla con el sector empresarial, y muchos trabajadores cobraron por este error solo salario básico.

  • JMM dijo:

    Un simple y elemental análisis nos indica, que si el cruel bloqueo yanqui sigue arreciendo e impactando sobre nuestra economía, y ya sabemos que no es ficción, será poco probable que muchas empresas afectadas de una u otra manera, puedan hacer igual o más que el pasado año, razón por la cual los trabajadores no serán estimulados monetariamente.
    Los ministerios de Economía y Planificación, Finanzas y Precios, la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo, y la CTC, de forma expedita en el menor tiempo posible, debieran justipreciar nuevamente este tema de la Resolución 14.

  • Yovanis dijo:

    El punto 4 del por qué se modifican los sistemas de pago dice: el plan No refleja todas las potencialidades productivas con el objetivo de lograr crecimientos del salario a partir de su sobrecumplimiento.
    Para la planificación, el país ha establecido que este proceso parte de la base con amplia particitación de los trabajadores y se elabora acorde a ciertos lineamientos preestablecidos por los organismos rectores , siendo aprobados finalmente por los directivos maximos de los organismos superiores , entonces como se puede realizar semejante afirmación desvalorando el trabajo serio que pueden haber realizado Muchas organizaciones y el consentimiento dado por los directivos encargadose de su aprobación.

    El 5to punto dice: afectaciones en los aseguramientos que no dependen de los trabajadores y afectan los ingresos que estos reciben.
    Entonces Cómo es posible que esta resolución obligue a que los ingresos totales y las utilidades sean superiores a las del año anterior como única manera para que los trabajadores obtengan mejores ingresos. Cuando se sabe que este año las dificultades con los aseguramientos va a ser mayor en muchos sectores respecto al año anterior.

  • cuquita dijo:

    He estado por un buen rato leyendo las opiniones escritas anteriormente y he terminado deprimida. Siento como que no tiene solución el problema del salario y que todo es "como un batir el merengue"...estoy pensando en abandonarlo todo he irme a vender frituras a un kiosco. Cuando escuché en la asamblea que el salario de los trabajadores iba a aumentar, me alegre tanto, incluso escuché a nuestros directivos hablar de eliminar la famosa "pirámide invertida"...respiré y dije..que bueno, al fin. Solo quiero recibir un salario por lo que trabajo, ayudar y constribuir socialmente con lo que me corresponde a mi pais...no quiero que me regalen nada...quiero cobrar según lo que soy capáz de hacer o producir...

  • Loly CH dijo:

    Es increible ver de que manera cada vez más los trabajdores se afectan, con las normas aprobadas , es muy importante que el que tenga que lesgislar, sienta y padezca las consecuencias directas de una resolución mal diseñada y no aterrizadas a los contextos actuales de las organizaciones empresaliales cubanas, es por eso que solo lo entenderá el que tenga que esperar por el comportamiento de indicadores irreales, irrasobables para cobrar su salario y no el que legisla que cobra su salario por que no depende de estos indicadores, no existe sonergia con la realidad , aunque crean que la conocen ,y disculpen la referencia .P or eso mi propuesta es que antes de sacar una norma de tanta implicación , que se hagan equipos de trabajo , que se involucren a las empresas , que se modele como se compartarían los indicadors que se están pensando , probando diferentes escenario , pues son disímiles y todos muy cambientes , por que de hecho de que planificación hablar , si no se tienen garantizados por la macroeconomía los recursos para producir, entonces como es posible comparar un año con otro ,¿qué garantías de suministros tenemos? , ¿cómo poner la planificación como un medidor , si no lo podemos garantizar ? entiendo la buena intención pero donde no se garantiza , no es justo afectar a los trabajadores , ¿ quién dijo que economicamente es posible prever que un año será superior a otro, digo esto objetivamente , cuántos son los factores que inciden , y que no dependen de los trabajadores . Es hora ya, de soltar las fuerzas productivas , cómo ahhh...., dejando que cada empresa pague el salario que pueda según sus resultados , una vez que cumpla con los compromisos estatales de sus impuesto y todo lo que tenga que honrrar con el Estado como dueño. por favor cuando la gente tiene dinero en sus manos , se siente feliz , estimulado , quiere trabajar y aportar , elimina preocupaciones , se entrega más y rinde mejor , asume la cultura empresarial con responsabilidad y compromiso , cuando se desestimula, qué hace , busca para dónde ir, y eso es peor porque también perdemos prersonas valiosas de las organizaciones y con ellas el capital intelectual atesorado en ella , entonces perdemos doblemente , producción aporte y conocimiento atesorado, hagamos posible el principio de distribución socialista ¨ De cada cuál según su capacidad a cada cuál según su trabajo ¨ , para mi es si trabajas te pago lo que pueda y punto, eso haría que las empresas fueran competitivas , que las personas aspiraran atrabajar allí donde mejor se paga , que el principio de selección fuera real , por que puedes escoger a tus candidatos con requisitos reales, en fin son tantas las cosas que tienen una estrecha relación con este tema. Hay que aplicar MODELACIONES ... todos los escenarios no son los mismos ..

  • Dispuesto dijo:

    Si . si se entiende , fíjense que todo gira alrededor de la nueva Empresa . ese engendro que nace a raíz de las ideas los tanque pensantes ,estos compañeros se la ingeniaron para que le aprobaran la estructura piramidal . allí en el mismo centro de la Habana.nacen una pila de Empresa que toman las riendas de las verdaderas Empresas en todo el país , y a golpe de tecnicismo toman las riendas del enramado Empresarial, ,crean una doble Direccion , ahora le sobran hombres . y ya hablan de proceso de disponibilidad para el interior del país. haciendo cultura sobre la necesidad de ser mas eficientes e incrementar los salarios a los trabajadores .Ministerio . OSD y Empresa. a pie del Horno quienes hacemos crecer las arcas . codo con codo ,brazo con brazo. en guerra abierta al descontrol . así no se puede. nuestro salario x resultado de enero el 0.6 o 60% .Entonces no puedo estar de acuerdo ni con esta estructura ,que nada tiene que ver con la verdadera legislación propuesta y analizada por el país y mucho menos con la Res 114 .nos mantenemos en contacto.

  • William dijo:

    El salario minimo de un trabajador del sector empresarial en cuanto incrementeráa??? o sea, cual será el salario.

Se han publicado 455 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Director de Creación de Contenidos de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda y Cuadrando la caja. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómezen 2024. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@ideasm.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Lissett Izquierdo Ferrer

Lissett Izquierdo Ferrer

Graduada de Periodismo en la Universidad de La Habana (2014).

Vea también