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Modifican las formas y sistemas de pago en las empresas: ¿Qué dice la Resolución 114?

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Obras de construcción en las redes del nuevo acueducto del municipio de Antilla, proyecto que abarca la sustitución de los 40 kilómetros que cubre esa deteriorada y obsoleta red tras más de medio siglo de servicio en la provincia de Holguín, Cuba, el 23 de enero de 2020. ACN FOTO/Juan Pablo CARRERAS

Justo cuando miles de trabajadores en el país discuten el plan de la economía a “camisa quitada” en sus centros laborales, muchas dudas vuelven a saltar respecto a qué sistema de pago es más oportuno bajo las actuales condiciones de la economía.

En no pocas ocasiones, a los responsables de aplicar lo instituido les falta claridad o no están al día en lo reglamentado y, por lo tanto, se encuentran inhabilitados para dilucidar cuál es la mejor alternativa.

El Código de Trabajo establece en su Artículo 109, que el salario se paga al trabajador atendiendo a la calidad y cantidad del trabajo realizado y al tiempo real laborado. Entre tanto, el Artículo 131 del Reglamento del Código de Trabajo, prevé los procedimientos para la forma de pago por rendimiento.

Según apunta la Gaceta Oficial Extraordinaria número 2 del presente año, fueron derogadas las resoluciones 6/2016 y 1 del 2017, teniendo en cuenta las experiencias en su aplicación. En su lugar, entró en vigor la Resolución 114 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

¿Por qué se modifican las formas y sistemas de pagos?

  • Por la cantidad de indicadores asociados a la formación y distribución del salario existentes en las empresas: 4 directivos* y 2 límites.
  • Indicadores límites** asociados al cumplimiento del valor agregado bruto, cuyo resultado no siempre reflejaba la creación de nueva riqueza y no se ajustaba a las características de la gestión de todos los sectores y procesos.
  • Distribución como salario de gastos no ejecutados que no responden a eficiencia.
  • El plan no refleja todas las potencialidades productivas con el objetivo de lograr crecimientos del salario a partir de su sobrecumplimiento.
  • Afectaciones en los aseguramientos que no dependen de los trabajadores y afectan los ingresos que estos reciben.

¿Qué formas de pagos pueden aplicarse en el sistema empresarial?

En dependencia de las condiciones técnicas organizativas del proceso de producción o prestación de servicios; de las posibilidades de control y medición de los gastos y de los resultados del trabajo se aplican las formas de pago a tiempo o por rendimiento.

Pago por rendimiento:

La forma de pago por rendimiento se aplica en el sistema empresarial con el objetivo de incrementar la productividad del trabajo, reducir los gastos y los costos, elevar los niveles de producción o servicios con la calidad requerida, el aprovechamiento de la jornada de trabajo y otros que incrementen la eficiencia de la empresa, mediante los sistemas de pago siguientes: a) A destajo; b) por resultados.

Pago a destajo:

Los sistemas de pago a destajo se basan en la medición de los gastos de trabajo a través de la cantidad de producción elaborada o servicios prestados. El salario se calcula mediante una tasa que resulta de dividir el salario escala más los pagos adicionales que correspondan, entre las normas de rendimiento o multiplicada por las normas de tiempo.

  1. Destajo individual: se basa en la medición de los resultados de cada trabajador y se expresa a través de una tasa salarial que se calcula dividiendo el salario escala más los incrementos que correspondan entre la norma de rendimiento; o multiplicada por la norma de tiempo, según corresponda.
  2. Destajo colectivo: relaciona el salario de un grupo de trabajadores con el volumen de trabajo a cumplir por ellos, referido a cantidad de producción o servicios y se expresa en una tasa salarial, calculada sobre la base de la suma de los salarios escala más los incrementos que correspondan y las normas de rendimiento o de tiempo colectivas.
  3. Destajo indirecto: el salario del trabajador está en dependencia de los resultados del trabajo de otros trabajadores directamente vinculados a la producción o los servicios; el salario formado se expresa sobre la base de una tasa salarial resultante de dividir la tarifa salarial del cargo, entre las normas de rendimiento o de servicio establecida, para los trabajadores que él atiende.
  4. Pago a destajo progresivo: se utiliza en los casos que se aplican normas de rendimiento o de tiempo muy tensas y es necesario lograr altos incrementos de la producción o los servicios; el salario a formar se establece sobre la base de tasas salariales, las que se incrementan a partir de un nivel determinado, en cuyo caso el por ciento de incremento de la producción o de los servicios debe ser superior al por ciento de incremento de la tasa salarial incrementada.
  5. Pago por acuerdo: se emplea para retribuir el cumplimiento de trabajos que constituyen la tarea acordada y cuyo monto de salario se determina sobre la base de normas de rendimiento o de tiempo y el salario correspondiente a cada tipo de trabajo, comprendido en la tarea, de acuerdo con su complejidad.

¿Cuáles son las novedades en el sistema de pago?

  • Otorgar la facultad de su aprobación a los directores de las empresas que no aplican el perfeccionamiento empresarial, integradas a las organizaciones superiores de dirección.
  • Establecer como límite máximo para formar el salario, no deteriorar el gasto de salario por peso de ingreso total comparado con períodos anteriores, en sustitución del gasto de salario y utilidad antes de impuesto por peso de valor agregado bruto planificados.
  • Priorizar siempre que sea posible la aplicación de los sistemas de pago a destajo.
  • Mantener como indicador que condiciona el pago por resultados en las empresas el crecimiento de las utilidades antes de impuesto, comparadas con periodos anteriores, en lugar de los indicadores directivos ventas netas totales, ventas para la exportación y encargo estatal planificados.
  • Los indicadores de las unidades organizativas (UEB, Talleres, establecimientos, brigadas u otras en dependencia de la estructura organizativa de la empresa) y los que miden el aporte individual se aprueban de común acuerdo con la organización sindical, previo análisis en el consejo de dirección.

Los indicadores de las unidades organizativas responden a las características de los procesos y funciones de estas y los que miden el aporte individual, a la calidad y cantidad del trabajo, así como a las atribuciones y obligaciones de cada cargo.

  • Los indicadores se desagregan a nivel de UEB u otra estructura productiva o de servicios según corresponda, siempre que exista control económico y de los resultados del trabajo, modificando lo que hoy está aprobado.
  • Las empresas que obtienen pérdidas en sus operaciones, autorizadas o no, aplican la forma de pago a tiempo, excepto los trabajadores abarcados en un sistema de pago a destajo y los de las UEB u otra estructura productiva o de servicios según corresponda, que cumplen los indicadores definidos en su sistema de pago por resultados.
  • Establecer el pago del salario básico ante el incumplimiento de los indicadores, eliminando las deducciones hasta el salario escala.
  • Ratificar en la oficina central de la empresa para el salario del director el límite de hasta 2.5 veces el salario medio de la misma. La distribución del resto de los cargos se aprueba teniendo en cuenta la complejidad, las atribuciones y obligaciones de los cargos y el aporte individual, eliminando el límite de hasta dos veces.
  • La oficina central de la organización superior de dirección empresarial, para pagar por resultados planifica en su presupuesto de gastos lo correspondiente al salario, observando una proporción de hasta 1.5 veces en relación con el salario medio de la organización, en lugar del salario medio de la empresa que mayor lo planificó.

No se consideran las empresas de la Zona Especial de Desarrollo Mariel que aplican el coeficiente 10. El pago por resultados se condiciona al no deterioro del gasto de salario por peso de ingreso total y al crecimiento de la utilidad antes de impuestos de la organización.

¿Puede un trabajador recibir su salario por más de un sistema de pago?

Los trabajadores pueden estar comprendidos de manera simultánea en más de un sistema de pago bajo la forma de pago por rendimiento, en correspondencia con su aporte individual e incidencia en los resultados alcanzados, incluyendo los que se encuentran cumpliendo el servicio social.

¿Cómo se les paga a los trabajadores asociados al turismo?

En el sector del turismo aplican la forma de pago a tiempo los hoteles que operan bajo la modalidad de todo incluido; los nuevos hoteles que inician su explotación y los que cambian de administración lo hacen por el período de hasta un año.

¿Qué pasa con los trabajadores asociados a empresas mixtas?

Las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano que tienen como única función la de accionistas de la inversión extranjera, para aplicar la forma de pago por rendimiento planifican en su presupuesto de gastos lo correspondiente al salario, observando una proporción de hasta 1.5 veces en relación con el salario medio de las empresas asociadas y determinan los indicadores que condicionan el resultado. No se consideran las empresas asociadas que radican en la Zona Especial de Desarrollo Mariel.

¿Qué hay de nuevo con las OSDE´s?

La nueva resolución establece cambios para la planificación del fondo de salarios del plan 2020 de las oficinas centrales de las organizaciones superiores de dirección empresarial (OSDE). Estas estructuras deben tener en cuenta:

  1. Ajustar la plantilla a 45 plazas (son las que según los análisis realizados se requieren para cumplir las funciones asignadas según el Decreto No. 335) más 1.5 por encima, por cada empresa que la integra.
  • Al límite establecido, se adicionan las plazas que corresponden a los cargos de auditoría, centros de capacitación, cuando proceda y las del despacho de carga de la Unión Eléctrica de Cuba.
  • La aplicación del límite no podrá generar en ningún caso incremento de la plantilla aprobada actualmente.
  • El ajuste de la plantillas puede conllevar procesos de disponibilidad, que deben realizarse durante el primer trimestre de 2020.

2. Las OSDE que, excepcionalmente, proyectan una plantilla superior a lo expresado en la resolución, lo fundamentan al momento de la presentación del plan.

3. Las OSDE cuya plantilla actual sea similar a la ajustada, mantienen igual fondo de salario que el planificado para el 2019.

Precisiones que recoge la Resolución 114:
Las organizaciones superiores de dirección empresarial o empresas que por las características de su gestión no se ajusten a lo establecido en la nueva resolución, fundamentan en un término de hasta 60 días al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social las adecuaciones que requieran, las que se evalúan de conjunto con los ministerios de Economía y Planificación, Finanzas y Precios, la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo, y el Sindicato Nacional correspondiente, previo a su aprobación.
*Indicadores directivos: son los fundamentales y caracterizan el grado de cumplimiento de la tarea estatal y social asignada, así como el nivel de eficiencia en la utilización de los recursos y la fuerza de trabajo: encargo estatal, ventas netas totales, utilidad antes de impuesto, ventas con destino a la exportación de bienes y servicios.
**Indicadores límites: representan determinados enmarcamientos o límites máximos o mínimos en la utilización de los recursos, asociados a determinados niveles de eficiencia que inciden en el cumplimiento del plan anual. En el caso del salario los indicadores límites son: gasto de salario por peso de valor agregado bruto y utilidad antes de impuesto por peso de valor agregado bruto.

Se han publicado 455 comentarios



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  • LolyCH dijo:

    Es una lástima que no se publique todo lo que los trabajadores expresan, no importa si tienen más o menos razón en sus comentarios, lo importante es el debate para mejorar las cosas que hoy perjudican al sector empresarial como motor de la economía cubana, cómo puede ese motor impulsar si no hay estímulo en su principal capital que es el hombre y diría más el hombre, satisfecho.

  • Alina dijo:

    Seamos realistas. El bloqueo afecta algunas empresas que no cumplen el plan porque la materia prima se importa y no llegó, por ejemplo, ahora como dice Julio no podemos culpar al bloqueo de nuestras ineficiencias, tampoco puede continuar que haya personas que aún siguen iendo a trabajo a hacerse los que trabajan. Nada tiene que ver el bloqueo ni tampoco la dirección del país conque Ud vaya a una cafetería estatal y no haya agua fría porque la nevera que hay es para un plan de yogur y no se puede poner agua, o que vayas al médico porque estés enfermo y el médico te maltrate o no se interese por tu problema de salud. Nada tiene que ver el bloqueo ni el gobierno del país con que vayas a resolver algo en una oficina de servicios y quién tiene que atenderte "fue un momentito a la empresa" y como no conoces a la persona, no sabes que fue la que viste entrando a la tienda o a la peluquería y así un montón de ejemplos, pero lo que si concuerdo es que el salario actual no da para cubrir las necesidades básicas del trabajador.

  • JMR dijo:

    Si bien es cierto que la Resolución No. 114 del MTSS modifica los indicadores existentes asociados a la formación y distribución del salario, los que en esta nueva resolución se estipulan, forzan a la planificación y cumplimiento del crecimiento económico con relación a periodos anteriores o al menos, a no deterioro de los resultados alcanzados del año anterior, como condición para aplicar el pago por resultados; lo que entiendo constituye una de las medida adoptada en pos de lograr el necesario desarrollo económico de nuestro país; sin embargo considero que no se han tenido en cuenta todos los factores que atentan contra la consecución de estos indicadores en nuestras empresas, por citar algunos; acordemonos de la situación energética por la que atraviesa nuestro país, que afecta la disponibilidad de combustible necesaria para cubrir los niveles de actividad que demandan el desarrollo del proceso productivo en nuestras entidades, lo que traído con sigo el decremento del mismo; situación que tiene origen debido al cruel bloqueo impuesto por los Estados Unidos a Cuba, que cada año se recrudece a través de la aplicación de nuevos mecanismos y medidas que buscan el colapso económico de nuestra nación; y que tiene como otro de sus efectos lactantes, el desabastecimiento de la materia prima necesaria para el desarrollo del proceso productivo, lo que ha llevado a la forzada disminución de los niveles productivos y en el peor de los casos, a la paralizazación transitoria del mismo; al mismo tiempo existen otras entidades que necesariamente proceden a paralizar algunas de sus líneas productivas para someterse a procesos inversionistas planificados con la finalidad de cumplir con los estándares tecnológicos y de calidad exigidos por los órganos reguladores para la acreditación de las buenas prácticas de fabricación, requisito indispensable en la exportación de bienes y servicios; lo que estriba como es lógico en una desaceleración temporal de su capacidad productiva y ritmo económico. De ahí la preocupación de que la aplicación esta nueva disposición, aunque fue concebida para explotar al máximo las potencialidades productivas de nuestras empresas, para lograr un mayor aporte al desarrollo económico del país; puede traer consigo el efecto negativo que produciría el hecho de aplicar el salario básico a los trabajadores de las referidas empresas, ante el inminente deterioro de los resultados alcanzados con relación a período anteriores, pues todos conocemos del éxodo que ha existido de nuestro principal recurso hacia el sector no estatal, buscando mejoras salariales. Siempre lucharemos para vencer las adversidades, buscando nuevas alternativas, asumiendo los retos, ahorrando, siendo todo lo eficiente posible, explotando todas las potencialidades y reservas disponibles, pero muchas veces simplemente la solución del asunto no está en nuestras manos, pues son de fuerza mayor.

    Un saludo revolucionario.

  • Arioldis dijo:

    Estan muy buenos los debates pero donde estan los rpresentantes nuestro de la CTC y los Sindicatos que a ellos si les subieron los salarios.Nunca se hablo de la resolucion 114 pero ahora si se informa de los planes productivos para este año que nunca se analizaron con los trabajadores

  • Riselda Céspedes Leyva dijo:

    Los trabajadores de servicio, como son choferes, auxiliar de cocina, etc, hay que explicarle concretamente, donde se le diga antes ganabas 315.00 y el nuevo salario básico es de 420.00 ejemplo hipotético, por que de lo contrario no entienden ante tantas explicaciones, es mi manera de ver y de los comentarios que escucho en la calle. soy revolucionaria y pienzo como paíz.

  • preocupado dijo:

    Esta ley 114 va a acabar con las empresas que producen y con el Polo Cientifico que generan divisas,la migracion de trabajadores para el sector privado va a ser en masas.Los que hacen las leyes no saben el dia a dia del trabajador del sector estatal que genera el 80 % de las ganancias del pais

  • JC dijo:

    La Res 114 tiene problemas de redacción como instrumento jurídico, tiene aspectos que por esa causa generan dudas, ejemplo: "Ratificar en la oficina central de la empresa para el salario del director el límite de hasta 2.5 veces el salario medio de la misma. La distribución del resto de los cargos se aprueba teniendo en cuenta la complejidad..." Luego en explicaciones verbales las OSDE han trasmitido que donde refiere "La distribución del resto de los cargos" no quiere decir que sea a los restantes cargos de la Empresa sino solo de la Oficina Central.
    Establece "el pago del salario básico ante el incumplimiento de los indicadores", sin embargo hay que pagar el básico de incumplir uno solo de cualquiera de los indicadores que se fije. Supongo que haya participado algún asesor jurídico en la elaboración de esta resolución.
    Esos detalles pueden provocar errores pues luego lo que se orienta y aplica no es excatamente lo que está escrito, el MTSS debe ser mas riguroso en ese tema sobre todo cuando implica tratamiento laboral o salarial a trabajadores.

  • Alejandro dijo:

    Todo en la resolución 114 muy bonito, pero que sucede si el plan de la empresa es menor que el del año anterior?, es decir que por problemas agenos a la empresa se decide bajarle el plan. Entonces ocurre que la empresa cumple con los ingresos de enero, pero al establecer comparacion con mismo periodo año anterior deteriora bueno ya saben porque y al final que pasa ? Pues que no hay salario para los trabajadores .... Alguien puede explicarme?

  • Blackberry dijo:

    Compañeros,
    No he podido leer todos los comentarios pero hago el mío. Creo que efectivamente el problema del salario no puede depender del pago por resultados.
    Salario es el pago básico que cualquier empresa debe otorgar a sus trabajadores habiendo estudiado el negocio y calculando, antes de producir nada, cuanto se les puede pagar. Por tanto, el salario básico debe ser convenido antes de siquiera comenzar a producir o prestar servicios. Por supuesto que existen negocios en que eso es progresivo, por las características del mismo, pero son la minoría.
    Por eso, una reforma salarial real debe ser en los salarios básicos. Los que por cierto no tienen que ser iguales para todas las empresas y el estado sólo debe exigir que ese salario básico no sea inferior al mínimo establecido.
    Para mi entender, eso sólo será posible con la unificación monetaria o simplemente cuando para las empresas el CUC no sea valorado como el peso (cuando se devalúe el peso), porque en la situación actual sólo podrían hacerlo aumentando notablemente el costo y por tanto el precio de sus productos, lo que al final haría que el aumento salarial no tuviera ningún efecto por la inflación

  • Blackberry dijo:

    Por cierto, se ha hablado de la fatalidad geográfica de no ser de la Habana, pero la fatalidad es no estar en ZEDMariel.
    Soy privilegiado al pertenecer a una empresa mixta pero igual somos « discriminados» por no estar en esa zona de índices 10.
    Y por cierto, quisiera que alguien me dijera que significa lo que dijeron de las empresas mixtas, porque no he encontrado a nadie que entienda lo que se escribió

  • CCA dijo:

    Hay que migrar de las empresas para el sector presupuestado que tiene su salario fijo, que al final salen de los enormes impuestos que pagan las empresas y que para los trabajadores queda muy poco ese es el ejemplo de la empresa de comercio en Mayari que este mes no sabemos porque resolución pagó y las utilidades que se hicieron. Trabajamos para el inglés

  • Romelio dijo:

    Llegó una carta aclarando que se darian orientaciones precisas por el mtss en la proxima semana y todavia las estamos esperando desde enero.

  • yginio Perez dijo:

    Creo q lo primero q hay q ver en nuestra constitucion es en en q articulo esta definido el tipo de moneda q circula en nuestro pais, no recuerdo haber leido q articulo lo recoge, lo otro al no estar definido esto todo lo demas es un limbo legar, salario,unificacion monetaria, tipo de cambio monetario, y eso incluye cualquier sistema de pago, por favor q alguien evacue mi duda.

  • Mercy dijo:

    Buenas tardes, después de leer detenidamente la mayoría de los comentarios, pienso que se debe analizar más esta Resolución 114, porque no entiendo que si es el Sector empresarial el que más produce en el país y al que más se le está exigiendo, aumentar la productividad, eficiencia, rendimiento y todas esas cuestiones que harán aumentar y crecer la economía del país, perciban un salario inferior al de las Unidades Presupuestadas( soy del sistema presupuestado)que aunque no los merecemos al igual que ellos, son los trabajadores de este sector los que producen, por lo general nosotros solo prestamos servicios.
    Más que un estímulo a los trabajadores, es una penalidad, ya que como muchos han expresado anteriormente, es imposible comparar este año con periodos anteriores, ya que para nadie es un secreto que no se parecen en nada.

    • Tamy dijo:

      A mi criterio la Resolución 114 es base para la reforma salarial que se avecina , con la misma se pretende que el salario basico sea el salario representativo del bolsillo del trabajador y no los pagos por resultados como lo han sido hasta diciembre 2019, pero una vez mas se adelantaron , esta resolución no hubiere creado tanto malestar entre los trabajadores si la hubieren puesto en vigor junto a la refroma salarial, fue triste e inexplicable para los trabajadores de mi empresa que a pesar de haberse cumplio el pan en enero y haber formado un monto respetbae, no se pudiera pagar porque cuado comparabas con igual periodo del año anterior , no te lo permitia pagar, por estas y muchas otras decisiones hemos perdido muchos trabajadores en un sector donde formar puestos claves lleva años , hoy los trabajadores estan disgustados y aunque nos aceptaron modificar el indicador las expertativas no son nada alentadoras al final nunca vamos a cobrar lo qu veniaos cobrando con la 6 y la reforma salarial no se avisora por ahorra, mientras tanto a continuar luchando contra los altos precios y los bajos salarios

  • Pepe Viera dijo:

    El artículo está muy bien para que lo lean economistas, no para lectores normales y corrientes.

  • Osmani Alayo Oliver dijo:

    Considero que los criterios expuestos es muestra de diversidad de ideas, pero en la mayoría queda definido que con resolución o si ella debe primar la organización y planificación a realizarse de cualquier institución estatal siempre que se cuente en primer lugar con la primera materia prima el hombre, que este se sienta motivado a la producción o los servicios que brinda, y los resultados lo podremos disfrutar todos con la Calidad y una Productividad con prospera solución a lo interno del núcleo familiar.
    +

  • AP86 dijo:

    POR FAVOR PARA LOS QUE NO TENEMOS ACCESO SERA Q PUEDEN PUBLICAR LA Resolución 114 de 2019, PARA QUE LOS TRABAJADORES SE MANTENGAN INFORMADOS,

  • Dariel dijo:

    El haber pagado salarios insuficientes por tantos y tantos años tiene un costo indirecto mas alto que el mismo coste económico inmediato que genera. Para nadie es un secreto que practicamente ningun joven hace un proyecto de vida pensando en trabajar en una empresa estatal. Muchas se mantienen a flote por la llegada constante de muchachos que a los 2 o 3 años se van y por los de mas edad que se quedan. Pero la demografia de las empresas esta afectada, hay generaciones fantasmas, rangos de edad sin representacion que a la larga pasarán factura. Si los salarios no se corrigen, esta brecha no se cierra y
    la empresa estatal va a bajar cada vez mas su calidad y eficiencia

  • Yaniesky Creagh Solzano dijo:

    En la Empresa Precesadora de Café en Guantánamo no se aplica esta Resolución ya que el pago del mes de febrero, aunque sobre cumplieron el plan, fue de un salario minimo

  • jesus alvarez lopez dijo:

    Poner el cascabel al gato en los sistemas de pago
    No puede ser feliz aquel que solo trabaje por dinero, pero el salario aunque no cura enfermedades, si alivia dolores materiales y mentales. No fue casual el salto de alegría de millones de cubanos cuando se anunció en junio pasado el aumento salarial del sector presupuestado. A menos de un año no podemos siquiera imaginarnos, sin aquella medida riesgosa largamente esperada. Sí se pudo, en la peor coyuntura posible. Claro, la pirámide al revés por demasiado tiempo, solo podrá volver a la normalidad con la reforma integral anunciada que abarcará salarios, precios y pensiones, unificación monetaria y supresión de los subsidios. Y aún así, solo recibiremos la remuneración merecida cuando haya un salto productivo en el sector empresarial, aumenten las exportaciones y produzcamos aquí todo lo que sea posible de lo que hoy se importa. Es tarea de cíclopes en medio de tan bestial bloqueo. Apremiante resulta implementar sistemas de pago no tan enrevesados como los resultantes de resoluciones precedentes que se basaron en el subjetivo y no muy clarividente “valor agregado bruto”. El sistema aplicado en la empresa de Acopio de Villa Clara desde hace años por ejemplo, ha llegado al extremo de que varios trabajadores de puntos de venta cobren cero salarios sin haber dejado de trabajar. A ese obrero se le dibuja una mueca en el rostro al escuchar que nadie puede quedar desamparado. Sistemas de pagos simples, entendibles por todos, es lo que necesitamos, que vayan a la esencia de restar los gastos a los ingresos. No se puede pretender que los sistemas de pago sustituyan de manera espontánea el control y la exigencia que toca a los directivos. ¿Por qué existen tantos sistemas de pago diferentes?. Son recurrentes los vaivenes en los ingresos mensuales del empleado, habiendo trabajado igual. ¿Cómo puede proporcionar estabilidad emocional a su familia un obrero que lo mismo podría devengar cinco salarios que el básico por razones ajenas a su voluntad?. El agua tibia fue inventada hace milenios, y llama la atención que los dueños de negocios privados simplemente pagan salarios fijos, controlan y exigen disciplina. El salario mínimo por hora, habitual en otras latitudes, descubriría cuantas horas se pagan en Cuba sin haberlas trabajado. Y por supuesto, donde sea medible, que las pesas o números conformen el salario. Hablamos de un tema vital para la familia que no admite jugueteos ni valoraciones subjetivistas. En esta materia decisiva hay que poner de una vez el cascabel al gato.

  • Manuel dijo:

    No entendemos q la 114 sea comparativa un año con otro ya que el año 2019 hasta septiembre contábamos con el petróleo para la producción y hoy en igual período no lo tenemos, (ésto por una parte). Por otra parte la Empresa Pesquera Industrial Ciego de Ávila (EPIVILA) con sus UEB que son 10 tienen un salario los Técnicos todos entre 285 y 315 pesos ¿para qué alcanza?, entonces se recibe en las UEBs un Reglamento para un Sistema de Pago a Destajo por reducción de combustible con unas tasas de pago por kg capturado de 1.600 pesos que sí se pagará porque siempre se ahorra combustible, llegando a recibir por encima de su salario en sus capturas por especies mas de mil pesos, los planes se aprobaron desde el 2019 ¿cómo quedará el fondo de salario? con éste nuevo Reglamento, donde de más está decirle que los pescadores no pagan nada, los Indirectos asumimos todos los gastos con 315 pesos dónde nunca logran ese personal un pago por resultado en las UEBs, están causando muchas bajas del personal Indirecto por ésta situación y los que quedamos esperamos por el aumento de salario según han dicho para las Empresas Estatales...que también tenemos nuestras dudas...porque se analiza para el aumento de salario un SALARIO PROMEDIO y el salario promedio es sobre 800 ó 900 pesos en éstas UEBs de la Pesca porque el salario de los pescadores es alto y ahora muy alto, entonces los que ganamos 285 o 315 pesos con gran responsabilidad en los documentos que emitimos ¿qué sucederá? ¿cómo enfrentan la situación de los precios en el mercado para LO MAS NECESARIO PODER ADQUIRIR...POR FAVOR que se analize bien ésta problemática...esperando de su atención saludos

  • 9cita dijo:

    Hoy 26 de febrero de 2020 quiero que alguien me responda, he leído todos los comenrçtarios de ustedes, soy nueva en una empresa y entré en enero con la promesa de un gran aumento salarial, pero me he quedado pasmada de lo que leí, así que por favor si alguien bien documentado me lee respóndeme:
    ¿Y el aumento pa cuándo?

  • Jorge Martín dijo:

    Demasiado tecnica la explicación, deben ser un poco más comunicativos para que llegue a más lectores, porque no se entiende bien lo que pretenden explicar a un pueblo desconocedor de leyes, yo en mi caso particular no entendí nada o casi nada, no sé si cobraré más o menos, si resulto beneficiado o perjudicado, existe gran polemica entre los abreros e incluso los especialistas que laboramos en esta UEB. Hay muchos, que dado sus titulos profesionales, manifiestan abandonar el centro e irse para otro lugar, si se les afecta el salario, puesto que el que ahora ganamos no cubre nuestras necesidades, yo soy uno de esos pofesionales, con amplias posibilidades de empleo en otras instituciones y organismos.

  • Electricista dijo:

    como pagaremos en les centrales eléctricas donde no se generan utilidades por ser subsidiada la generación, cuando tendremos en las centrales eléctricas personal capacitado, profesional y motivado para consagrarse a este gran trabajo, estamos haciendo grande inversiones y el principal problema o amenaza es que al terminarse la inversión no existan los operadores para las nuevas centrales eléctricas, en nuestro sector los jefes ganan mucho menos que los obreros y nuestras unidades generadoras dan lo que mas pueden o los que las condiciones del bloqueo nos permiten, es una pena que al paso que vamos sigamos desprotegiendo al sector eléctrico, recuerden lo que dijo Lenin en su momento: el poder de los soviets y la electrificación del país.

  • Wendy dijo:

    Tengo una duda espero me ayuden, en el secadero de arroz Teófilo Duarte perteneciente a la empresa CAI arrocera de vertientes provincia de Camagüey dan la reunión a los trabajadores para informar este proceso de reformas salariales donde se dice que va a aumentar el salario de los obreros y ahora mi duda ellos plantean que la taza salarial va a disminuir entonces porque ellos no pueden cobrar tanto (dicho por el personal responsable de dicha reunión) no sé si no se explicaron bien o es que yo no entiendo, por qué si se está abogando para que suban los salarios como alguien dice que la taza salarial va a disminuir porque los obreros no pueden cobrar tanto??

  • gisela maria arbelo montero dijo:

    trabajo como auditora interna en la UEB de farmacias de manzanillo soy graduada en tecnologia de la salud en administracion y economia de la salud quisiera saber que resolucion se dice que esta modificando mi salario ya que estoy acogida a la 22 de salud por favor contesten.

  • guzvc dijo:

    creo que la coletilla de comparadas las utilidades con igual periodo del año anterior es lo que no encaja en la resolucion...tenemos la costumbre de aplicar siempre la misma resolucion a todas las empresas y desgraciadamente no podemos medir con la misma regla todas las empresas ya que cada una tiene sus particularidades, hay empresas a la cuales no se adecua la resolucion y deben buscarse alternativas para mantener a los trabjadores que llevan infinidad de años fieles a sus puestos de trabajo esperando mejorar economicamente y que no se han ido auncuando hemos visto que muchos llegan y se van por los bajos pagos

  • Ricardo Morales Baro dijo:

    Primera vez que entro para hacer un comentario, creo que las opiniones la mayorias tienen el mismo acuerdo, quiero saber que se hace con la opinio de los trabajadores, se analiza o esto es un lugar que se plantea los criterios y se queda en el aire, por que si se analiza la opiones hay que analiza la 114

  • DANIA ACOSTA BARRANCO dijo:

    La empresa en que trabajo de aseguramiento a la salud, que su objeto social es
    1. Comercializar los recursos que garanticen el funcionamiento del sistema de salud del territorio
    2. Prestar servicios de reparación y Mtto. Constructivo, de taller automotriz y de transportación de cargas al sistema de salud del territorio.
    Solo a las instituciones de salud y no cumple por razones no imputables a los trabajadores y si a la carencia de recursos, hace mas de dos años que no se aplica el pago por rendimiento y los salarios son muy bajos, a mi juicio debiera analizarse por la direccion del pais, alternativas viables para incentivar a estos trabajadores ya que las unidades presupuestadas se les incremento el salario y en nuestra entidad hay un elevado indice de fluctuación motivado por estas razones, pregunto: cual es la solución

  • yosvani dijo:

    bueno ya veremos porque yo trabajo en el ferrocarril de Camaguey soy ayudante de mantenimiento y mi salario es de 236 pesos que no me alcanza ni para los primeros dias del mes y ni siquiera tenemos estimulación

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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Director de Creación de Contenidos de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda y Cuadrando la caja. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómezen 2024. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@ideasm.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Lissett Izquierdo Ferrer

Lissett Izquierdo Ferrer

Graduada de Periodismo en la Universidad de La Habana (2014).

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