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Modifican las formas y sistemas de pago en las empresas: ¿Qué dice la Resolución 114?

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Obras de construcción en las redes del nuevo acueducto del municipio de Antilla, proyecto que abarca la sustitución de los 40 kilómetros que cubre esa deteriorada y obsoleta red tras más de medio siglo de servicio en la provincia de Holguín, Cuba, el 23 de enero de 2020. ACN FOTO/Juan Pablo CARRERAS

Justo cuando miles de trabajadores en el país discuten el plan de la economía a “camisa quitada” en sus centros laborales, muchas dudas vuelven a saltar respecto a qué sistema de pago es más oportuno bajo las actuales condiciones de la economía.

En no pocas ocasiones, a los responsables de aplicar lo instituido les falta claridad o no están al día en lo reglamentado y, por lo tanto, se encuentran inhabilitados para dilucidar cuál es la mejor alternativa.

El Código de Trabajo establece en su Artículo 109, que el salario se paga al trabajador atendiendo a la calidad y cantidad del trabajo realizado y al tiempo real laborado. Entre tanto, el Artículo 131 del Reglamento del Código de Trabajo, prevé los procedimientos para la forma de pago por rendimiento.

Según apunta la Gaceta Oficial Extraordinaria número 2 del presente año, fueron derogadas las resoluciones 6/2016 y 1 del 2017, teniendo en cuenta las experiencias en su aplicación. En su lugar, entró en vigor la Resolución 114 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

¿Por qué se modifican las formas y sistemas de pagos?

  • Por la cantidad de indicadores asociados a la formación y distribución del salario existentes en las empresas: 4 directivos* y 2 límites.
  • Indicadores límites** asociados al cumplimiento del valor agregado bruto, cuyo resultado no siempre reflejaba la creación de nueva riqueza y no se ajustaba a las características de la gestión de todos los sectores y procesos.
  • Distribución como salario de gastos no ejecutados que no responden a eficiencia.
  • El plan no refleja todas las potencialidades productivas con el objetivo de lograr crecimientos del salario a partir de su sobrecumplimiento.
  • Afectaciones en los aseguramientos que no dependen de los trabajadores y afectan los ingresos que estos reciben.

¿Qué formas de pagos pueden aplicarse en el sistema empresarial?

En dependencia de las condiciones técnicas organizativas del proceso de producción o prestación de servicios; de las posibilidades de control y medición de los gastos y de los resultados del trabajo se aplican las formas de pago a tiempo o por rendimiento.

Pago por rendimiento:

La forma de pago por rendimiento se aplica en el sistema empresarial con el objetivo de incrementar la productividad del trabajo, reducir los gastos y los costos, elevar los niveles de producción o servicios con la calidad requerida, el aprovechamiento de la jornada de trabajo y otros que incrementen la eficiencia de la empresa, mediante los sistemas de pago siguientes: a) A destajo; b) por resultados.

Pago a destajo:

Los sistemas de pago a destajo se basan en la medición de los gastos de trabajo a través de la cantidad de producción elaborada o servicios prestados. El salario se calcula mediante una tasa que resulta de dividir el salario escala más los pagos adicionales que correspondan, entre las normas de rendimiento o multiplicada por las normas de tiempo.

  1. Destajo individual: se basa en la medición de los resultados de cada trabajador y se expresa a través de una tasa salarial que se calcula dividiendo el salario escala más los incrementos que correspondan entre la norma de rendimiento; o multiplicada por la norma de tiempo, según corresponda.
  2. Destajo colectivo: relaciona el salario de un grupo de trabajadores con el volumen de trabajo a cumplir por ellos, referido a cantidad de producción o servicios y se expresa en una tasa salarial, calculada sobre la base de la suma de los salarios escala más los incrementos que correspondan y las normas de rendimiento o de tiempo colectivas.
  3. Destajo indirecto: el salario del trabajador está en dependencia de los resultados del trabajo de otros trabajadores directamente vinculados a la producción o los servicios; el salario formado se expresa sobre la base de una tasa salarial resultante de dividir la tarifa salarial del cargo, entre las normas de rendimiento o de servicio establecida, para los trabajadores que él atiende.
  4. Pago a destajo progresivo: se utiliza en los casos que se aplican normas de rendimiento o de tiempo muy tensas y es necesario lograr altos incrementos de la producción o los servicios; el salario a formar se establece sobre la base de tasas salariales, las que se incrementan a partir de un nivel determinado, en cuyo caso el por ciento de incremento de la producción o de los servicios debe ser superior al por ciento de incremento de la tasa salarial incrementada.
  5. Pago por acuerdo: se emplea para retribuir el cumplimiento de trabajos que constituyen la tarea acordada y cuyo monto de salario se determina sobre la base de normas de rendimiento o de tiempo y el salario correspondiente a cada tipo de trabajo, comprendido en la tarea, de acuerdo con su complejidad.

¿Cuáles son las novedades en el sistema de pago?

  • Otorgar la facultad de su aprobación a los directores de las empresas que no aplican el perfeccionamiento empresarial, integradas a las organizaciones superiores de dirección.
  • Establecer como límite máximo para formar el salario, no deteriorar el gasto de salario por peso de ingreso total comparado con períodos anteriores, en sustitución del gasto de salario y utilidad antes de impuesto por peso de valor agregado bruto planificados.
  • Priorizar siempre que sea posible la aplicación de los sistemas de pago a destajo.
  • Mantener como indicador que condiciona el pago por resultados en las empresas el crecimiento de las utilidades antes de impuesto, comparadas con periodos anteriores, en lugar de los indicadores directivos ventas netas totales, ventas para la exportación y encargo estatal planificados.
  • Los indicadores de las unidades organizativas (UEB, Talleres, establecimientos, brigadas u otras en dependencia de la estructura organizativa de la empresa) y los que miden el aporte individual se aprueban de común acuerdo con la organización sindical, previo análisis en el consejo de dirección.

Los indicadores de las unidades organizativas responden a las características de los procesos y funciones de estas y los que miden el aporte individual, a la calidad y cantidad del trabajo, así como a las atribuciones y obligaciones de cada cargo.

  • Los indicadores se desagregan a nivel de UEB u otra estructura productiva o de servicios según corresponda, siempre que exista control económico y de los resultados del trabajo, modificando lo que hoy está aprobado.
  • Las empresas que obtienen pérdidas en sus operaciones, autorizadas o no, aplican la forma de pago a tiempo, excepto los trabajadores abarcados en un sistema de pago a destajo y los de las UEB u otra estructura productiva o de servicios según corresponda, que cumplen los indicadores definidos en su sistema de pago por resultados.
  • Establecer el pago del salario básico ante el incumplimiento de los indicadores, eliminando las deducciones hasta el salario escala.
  • Ratificar en la oficina central de la empresa para el salario del director el límite de hasta 2.5 veces el salario medio de la misma. La distribución del resto de los cargos se aprueba teniendo en cuenta la complejidad, las atribuciones y obligaciones de los cargos y el aporte individual, eliminando el límite de hasta dos veces.
  • La oficina central de la organización superior de dirección empresarial, para pagar por resultados planifica en su presupuesto de gastos lo correspondiente al salario, observando una proporción de hasta 1.5 veces en relación con el salario medio de la organización, en lugar del salario medio de la empresa que mayor lo planificó.

No se consideran las empresas de la Zona Especial de Desarrollo Mariel que aplican el coeficiente 10. El pago por resultados se condiciona al no deterioro del gasto de salario por peso de ingreso total y al crecimiento de la utilidad antes de impuestos de la organización.

¿Puede un trabajador recibir su salario por más de un sistema de pago?

Los trabajadores pueden estar comprendidos de manera simultánea en más de un sistema de pago bajo la forma de pago por rendimiento, en correspondencia con su aporte individual e incidencia en los resultados alcanzados, incluyendo los que se encuentran cumpliendo el servicio social.

¿Cómo se les paga a los trabajadores asociados al turismo?

En el sector del turismo aplican la forma de pago a tiempo los hoteles que operan bajo la modalidad de todo incluido; los nuevos hoteles que inician su explotación y los que cambian de administración lo hacen por el período de hasta un año.

¿Qué pasa con los trabajadores asociados a empresas mixtas?

Las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano que tienen como única función la de accionistas de la inversión extranjera, para aplicar la forma de pago por rendimiento planifican en su presupuesto de gastos lo correspondiente al salario, observando una proporción de hasta 1.5 veces en relación con el salario medio de las empresas asociadas y determinan los indicadores que condicionan el resultado. No se consideran las empresas asociadas que radican en la Zona Especial de Desarrollo Mariel.

¿Qué hay de nuevo con las OSDE´s?

La nueva resolución establece cambios para la planificación del fondo de salarios del plan 2020 de las oficinas centrales de las organizaciones superiores de dirección empresarial (OSDE). Estas estructuras deben tener en cuenta:

  1. Ajustar la plantilla a 45 plazas (son las que según los análisis realizados se requieren para cumplir las funciones asignadas según el Decreto No. 335) más 1.5 por encima, por cada empresa que la integra.
  • Al límite establecido, se adicionan las plazas que corresponden a los cargos de auditoría, centros de capacitación, cuando proceda y las del despacho de carga de la Unión Eléctrica de Cuba.
  • La aplicación del límite no podrá generar en ningún caso incremento de la plantilla aprobada actualmente.
  • El ajuste de la plantillas puede conllevar procesos de disponibilidad, que deben realizarse durante el primer trimestre de 2020.

2. Las OSDE que, excepcionalmente, proyectan una plantilla superior a lo expresado en la resolución, lo fundamentan al momento de la presentación del plan.

3. Las OSDE cuya plantilla actual sea similar a la ajustada, mantienen igual fondo de salario que el planificado para el 2019.

Precisiones que recoge la Resolución 114:
Las organizaciones superiores de dirección empresarial o empresas que por las características de su gestión no se ajusten a lo establecido en la nueva resolución, fundamentan en un término de hasta 60 días al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social las adecuaciones que requieran, las que se evalúan de conjunto con los ministerios de Economía y Planificación, Finanzas y Precios, la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo, y el Sindicato Nacional correspondiente, previo a su aprobación.
*Indicadores directivos: son los fundamentales y caracterizan el grado de cumplimiento de la tarea estatal y social asignada, así como el nivel de eficiencia en la utilización de los recursos y la fuerza de trabajo: encargo estatal, ventas netas totales, utilidad antes de impuesto, ventas con destino a la exportación de bienes y servicios.
**Indicadores límites: representan determinados enmarcamientos o límites máximos o mínimos en la utilización de los recursos, asociados a determinados niveles de eficiencia que inciden en el cumplimiento del plan anual. En el caso del salario los indicadores límites son: gasto de salario por peso de valor agregado bruto y utilidad antes de impuesto por peso de valor agregado bruto.

Se han publicado 454 comentarios



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  • Protesta de Baraguá dijo:

    1-Establecer como límite máximo para formar el salario, no deteriorar el gasto de salario por peso de ingreso total comparado con períodos anteriores, en sustitución del gasto de salario y utilidad antes de impuesto por peso de valor agregado bruto planificados.

    2-Mantener como indicador que condiciona el pago por resultados en las empresas el crecimiento de las utilidades antes de impuesto, comparadas con periodos anteriores, en lugar de los indicadores directivos ventas netas totales, ventas para la exportación y encargo estatal planificados.

    Con éstos dos temas se quedaron vacíos...el pago de un resultado no está sujeto a la medida del resultado en si mismo sino al resultado que tuviste en igual periodo del año anterior...es una mezcla de economía vudú con fantasía al estilo de Alicia en el país de las maravillas. Como si no supieran que los vaivenes de la economía cubana están estrechamente alineados al color de la tinta con la que firman los decretos presidenciales en la Casa Blanca. Ahora lo que falta es que nos digan que el pago por resultado estará condicionado al margen de error de la planificación para entonces si tirar la toalla...

    Lo mejor de la 114 es que ya intuyeron que las OSDEs no pueden seguir creciendo en su plantilla innecesariamente. Ahora lo que hace falta es que se den cuenta que existen algunas que deberían desaparecer.

    Lo otro es que la ratificación del límite de salario de hasta 2.5 veces el salario medio no sea solamente para el director de la empresa sino también para todos los niveles de dirección. Es decir, el director de una UEB su límite sería 2.5 veces el salario medio de su UEB, el de un centro productivo 2.5 veces el salario medio de su centro y así hasta el nivel de dirección más bajo. Eso es para no encontrarse un Director de UEB que cobre más que el Director de la empresa y un Jefe de Centro o Departamento que cobre más que su Director de UEB, etc, etc.

  • Rob dijo:

    Esta ya tristemente célebre 114 nació con cáncer terminal y no está a tono con la situación económica y socail del país: Primero, es extemporánea, ¿cómo es posible que el cuerpo legal diga "para la planificación del plan 2020" cuando ya el plan esta aprobado emitido y en ejecución, ¿nadie se dio cuanta de eso? Nos metemos 9 meses del año haciendo el plan del siguiente para aparecerse en enero con esto!!!! Segundo: es un parche temporal entre lo que tenemos hoy y la anunciada Reforma Salarial con la Unificación Monetaria. Tercero: ojo tal vez lo más importante, mete en un solo saco a todo el mundo, como si se planificara una sola empresa a nivel nacional y el resto fueran UEBs. En el tejido económico cubano hay unos 52 OSDEs y unas mil 500 empresas, ¿todas en las mismas circunstancias y situación? Es un soberano disparate pretender comparar los resultados de todo el mundo contra el año anterior y encima del mismo período. ¿Existe la misma capacidad de liquidez, de combustibles, sanciones externas, etc. Seguimos descuadrados y así no vamos a lograr lo que queremos.

  • VLVV dijo:

    Buena la idea con tratar de mejorar los sistemas de pagos al sistema empresarial que al final es el mayor aportador al presupuesto del estado, pero en el caso especifico de la 114 hasta el momento no se ve que sea la solución. En mi empresa ralizarón un ejercicio práctico, tomando un mes como ejemplo y la diferencia de formcación de pago con la 6 solo era de 8 pesos más, se imaginan distibuir 8 pesos entre todos los trabajadores, por favor esa no es la via de estimular la productividad...

  • LHM dijo:

    Muy bueno este artículo; es una pena que quienes tienen que aplicar los sistemas de pagos establecidos en esta Resolución 114/2020, la desconozcan, más por ignorancia que otras cosas. Además y en honor a la verdad, no a pocos directivos les conviene más no saber de esto y que me disculpen, pero es lo que veo muchas veces.

  • Ramon Romero Milia dijo:

    Aqui lo que hace falta es bajar los precios no subir salario por el momento y para eso hay que producir y como la produccion esta tan deprimida pue los precios estan ,mandados , si seguimos subiendo salario con la misma produccion que tenemos dentro de dos años el arroz estara a 40.00 pesos la libra y la carne de cerdo a 100.00 y seguieremos hablando que el salario no alcanza, en los años 80.00 con 141.00 escapabas.

  • LHM dijo:

    Muy bueno este artículo; es una pena que quienes tienen que aplicar los sistemas de pagos establecidos en esta Resolución 114/2020, la desconozcan, más por ignorancia que otras cosas. Además y en honor a la verdad, no a pocos directivos les conviene más no saber de esto y que me disculpen, pero es lo que veo muchas veces.
    (aquí me tienen de nuevo, aunque no m publiquen)

  • Que Barbaridad dijo:

    Que publiquen los nuevos salarios !!!! ,así creo que todos entenderemos mejor

  • Gabriel SC dijo:

    Me gustaría saber porque no se crea un sistema de pago basado fundamentalmente en niveles utilidades creados, que permita realizar remuneraciones teniendo en cuenta el % de salario formado por cada empresa. En mi modesta opinión, que para nada es especializada, esto resolvería muchos de los problemas sobre el rendimiento de cada entidad y garantizaría un pago justo por los resultados alcanzado. Sería una forma de motivar el incremento de las producciones además del ingenio y la motivación de la fuerza de trabajo.

  • Miguel Arcangel dijo:

    Ningún año se parece al otro, para estimular el trabajo y que la Empresa Estatal Socialista tenga un salario decoroso, con un sistema de estimulación justo, no se puede vincular los indicadores del año actual a los del año anterior, porque existirán multiples variables macroeconomicas que afectaran el bolsillo de los trabajadores, desde ahora pronostico que perjudicara a la mayoría de las empresas, Mi criterio es que los sistemas de estimulación deben diseñarse en función del Plan Anual, que se aprueba bajo el pronostico de condiciones concretas en un plazo razonable, esta nueva resolución pondrá a la mayoría de los trabajadores con ingresos por debajo de las necesidades de la canasta básica, Y si nos debemos preocupar por los resultados Mocroeconomicos de la economía,del país, la disminución de las importaciones, o el ligero crecimiento del PIB, también es importante la microeconomia que entre muchas cosas, es el plato de comida al que tiene acceso cada Cubano y en eso debe existir un equilibrio pues para ser un verdadero país socialista tienen tanta importancia la economía como los efectos sociales sobre los trabajadores y el pueblo que son la base de la política.

  • Migue dijo:

    Como dijo nuestro presidente Diaz Canel urge activarnos y pensar diferente, proponer soluciones y con valentia ,inteligencia y creatividad .

  • miriamm dijo:

    No s justo la comparación entre el año anterior y el presente pues ningún año se parece a otro, por ejemplo por la celebración del 500 aniversario de la habana se ejecutaron muchas obras constructivas dónde casi todas las empresas del país estuvieron involucradas, en mi empresa las ventas aumentaron considerablemente y por ende tuvimos buenos salarios, si comparamos el 2020 con el 2019, las ventas reales no van a llegar ni al 70% quiere decir que nos penalizan el salario aunque cumplamos con el plan 2020?

  • José Rafael González Lucas dijo:

    Después de leer todos los comentarios publicados estoy más preocupado que cuando terminé de leer el artículo. Es evidente que el contenido de la OM-93 del 22/01/2020 de la Ministra del MTSS no llegó a todas las empresas, porque muchas personas refieren que en sus empresas se pagó comparando con igual período del 2019. Imagino entonces que cada empresa lo hizo como mejor entendió y eso debe andar en el país como Dios manda. El MTSS hace rato que no pone una y este es un ejemplo más que claro de eso. ¿La CTC?, bien gracias. Recuerden que la ex Ministra habló de volver a elevar las edades de jubilación, nada más y nada menos que en una sesión plenaria del último Congreso de la CTC. Sin palabras.

  • Leo dijo:

    Mientras se siga comparando con año anterior, vamos a seguir igual. Hay que tener en cuenta que no son ni las mismas condiciones y mucho menos son los mismos indicadores de medición, por lo que debería partirse de cero.

  • Carlos Mario dijo:

    Lo que quisiera que me explicaran, más que nada, es por qué en todos los foros públicos, en la Asamblea Nacional, en la Mesa redonda, en todos los medios de difusión oficiales, TODO EL MUNDO dice que los sistemas de pago se discuten y aprueban con la participación y el consentimiento de los trabajadores. Existía una res. antes de la 6, la cual fue derogada por esta, se hace reunión con los trabajadores y se les dice que la 6 es la que rige a partir de ese momento. Dicen que es para lograr más eficiencia y mejores resultados, pero nuevamente cambian una resolusión por otra sin consulta con los trabajadores. El lunes 10 de febrero se le informa del cambio a los trabajadores de mi empresa (EPEP Occidente) los trabajadores no sabíamos de dicha resolusión, nadie la consultó con nosotros, NO ESTAMOS DE ACUERDO CON LO QUE VAMOS A COBRAR, pero ahí va.
    Que alguien me diga que hago, me encuentro realmente desorientado, no me siento protegido, somos una empresa que sustituye importaciones pues con el crudo que producimos se genera gran parte de la energía eléctrica del país. Soy contador e Ing. industrial así que entiendo un poquitico de economía y si tenemos utilidades no entiendo por qué se evaporan y no las veo. Realmente me siento muy mal con esto y no encuentro quien me convenza de que están obrando bien con nosotros.
    Lo único que entiendo es que "entró en vigor la Resolución 114 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social."

  • waxiro dijo:

    Todo eso está muy lindo, pero las horas de trabajo real trabajadas te las pagan por turnos de trabajos, y que yo sepa,o pagas por turnos de trabajo o pones una tarifa real por horas....ejemplo sencillo, ninguna plaza tiene un salario fijo, porque supuestamente estás trabajando por horas y todos los meses no tienen la misma cantidad de horas de trabajo. Por tanto si la plaza dice 500.00 pesos, nunca los vas a cobrar completamente y si tienen dudas cojan un almanaque, saquen la cuenta por 44horas de trabajo a la semana y veran que por ejemplo Mayo no trae 190.6 horas...y ¿¿por que lo pongo??, pues por esa cantidad de horas es que te sacan la tarifa horaria.¡¡¡¡¡¡MIRA TU QUE CONTRADICCIÓN¡¡¡¡

  • Blader dijo:

    En un paladar no todos cobran lo mismo, el dueño paga a cada trabajador según la utilidad que encuentre en cada empleado, no hay inventos de compararse con ningún año ni nada de eso, y el extra (la propinas) en muchos casos se recoge, se junta y se paga ese mismo día según algún acuerdo. Y siempre tiene que ser rentable sino no hay paladar. El dueño siempre realiza inversiones teniendo en cuenta el mercado, el dinero que tiene, los precios y materiales de la calle, etc etc etc. La empresa Estatal debe copiar las buenas prácticas de los particulares, y para crecer macroeconómicamente permitir crecer a los particulares ya que es una inversión que no realiza ni gasta el estado y de la que sí se beneficia cobrando impuesto y copiándolos en lo positivo.

  • alian dijo:

    muy buena la resolución, lo que pasa que todos los años hay más limitantes, fundamentalmente con los portadores energéticos y las materias primas. Otro tema es que te rebientas trabajando para que tu empresa te quite hasta un 30% del fondo de salario formado para distribuir en otras UEB que no cumplen con el plan. Y hay otras cosas que no entiendo, me comparo con cualquier técnico o dirigente de unidades presupuestadas que no tienen que estar pendiente al cumplimiento de la produccion o las ventas para ganar un salario fijo todos los meses, que ya muchos superan los salarios de los trabajadores del sector empresarial fundamentalmente los que tienen cargo de dirección. No se si lo ultimo que estoy planteando se corregirá con el tan esperado aumento de salario en el sector empresarial que se dice es para marzo, ya ni sabemos cuando será porque no se ha tocado más el tema en ninguno de los medios de comunicación. Espero que alguien se digne a brindarnos las informaciones que necesitan los trabajadores del sector empresarial.

  • Félix Dayan Sánchez Joseph dijo:

    Yo me pregunto porque se beneficiaron algunos sectores y a otros no que tenemos que estar en la espera de un milagro para que el sector que esta realmente en la producción y tratando de hechar para alante nuestra economía que bastante deteriorada está pueda tener un incremento respetuoso del salario sin ofender a nadie claro esta, nuestra situación es complicada y lo digo por experiencia propia en mi empresa llevamos ya más de 4 meses cobrando salario básico o sea en mi caso 325 en otros 225 o 275 en otros, les pregunto cómo puedo mantener mi familia con ese salario, cuando un paquete de Detergente lo tienes que comprar en la calle a 70 u 80 pesos, eso sin contar lo demás por favor alguien que me convenza gracias.

    • @adriancamaguey dijo:

      Lamento la situación de tu empresa...pero tu te quejas por 4 meses...y los maestros de tus hijos que se pasaron años cobrando mucho menos que tú ? Sin maestros, no hay país. Además, ya se aclaró que vendrá una reforma salarial. Y dile a los directivos de tu empresa, que muevan los sesos y dejen de pensar tanto en el cargo.

      • Wendy dijo:

        Tú eres del presupuestado seguro, si fueras del empresarial y no tuvieras aseguramientos para producir ni salario para alimentar a tus hijos no pensarías así, todos tenemos derechos, todos somos iguales, debería haber un salario igual para todos.
        Sin maestros no hay nada, sin médicos tampoco, pero sin producciones no hay nada para nadie, país que no produce no sale adelante

  • VIÑA dijo:

    Considero que esta Resolución tendrá que tener cambios urgentes, se está afectando a los trabajadores , para que hacer un plan 2020 si hay que regirse por el 2019, cuando debido al bloqueo tendremos más dificultades para todo y por ende no se podrá cumplir ni sobrecumplir como estaba planificado el año anterior.Hay mucho descontento en los trabajadores y muchos querrán trabajar de no arreglarse esto para las empresas Presupuestadas. que no tienen que guiarse por un plan.

  • Carmen dijo:

    Oscar:
    Le reconozco como periodista su interés por explicar la Resolución, pero puede estar seguro, que aquí abajo conocemos cada Resolución que se ha emitido durante todos estos años porque ese es el pan nuestro de cada día y hasta ahora ninguna ha sido lo suficientemente buena como para abarcar todos los tipos de empresas y todas sus particularidades. Pero esta que acaba de salir después de un Congreso de la CTC es verdaderamente catastrófica, tal parece que le pusieron a la Ministra un documento para que lo firmara y lo hizo sin analizar lo que decía.
    Solo con este acápite se echan a perder todas las buenas intenciones que haya tenido la misma:
    “Establecer como límite máximo para formar el salario, no deteriorar el gasto de salario por peso de ingreso total comparado con períodos anteriores, en sustitución del gasto de salario y utilidad antes de impuesto por peso de valor agregado bruto planificados”
    Como es posible que el pago de los trabajadores esté condicionado a lo que pasó el año anterior. En una empresa ningún año es igual a otro, cambia todo y mucho más en nuestro país bloqueado y a merced de las locuras de los presidentes de EEUU.
    Con el mayor respeto, esto denota que quien puso esa condición nunca ha trabajado en una empresa. Deben escuchar a los trabajadores, oírlos de verdad e interiorizar lo que dicen. Hay una inconformidad generalizada con la aplicación de la Resolución 114, no es que no se entienda, sino que no funciona, el salario del mes de Enero en muchas empresas ha sido un desastre.

  • Moense dijo:

    Buenos días amigos trabajadores, hermanos todos, en esta res-114 vuelvo a ver lo mismo tantas veces repetido a través de mis años de trabajo, veo una nueva resolución con el mismo objetivo de mantenernos entretenidos discutiendo algo que esta diseñado a mi modo de ver para no ser entendido hasta que se derogue y se invente otra que entenderemos menos, yo trabajo en una empresa importadora y no puedo entender que se me pague por resultados cuando la política de mi país es reducir importaciones y reducir costos a lo que se deba importar, se los dejo de tarea. un saludo a todos.

  • JRosell dijo:

    No le veo razón a los OSDE, mecanismo intermedio que genera gastos y al final casi todo recae sobre los ministerios, su estructura es redundante y quita autonomía a las empresas, generan más papeleo y afectan en alguna medida el salario de los trabajadores que producen.

  • Aniuska Casanova dijo:

    Al Ministerio del Comercio ,que nunca le han subido el salario y que devengamos
    alrededor de los 300 y picos de pesos ,como sera el aumento ,teniendo en cuenta que a otros sectores ya le han subido una primera vez y sus salarios occilan en los 1000 pesos. nuestro sindicato llegara a esos promedios directamente desde esta primera vez .o seran equiparados

  • Bernardo Mesa dijo:

    Ya es era hora de que mejoren los salarios a los trabajadores estatales, Nunca eh entendido porque los particulares cobran una millonada, si los que mantienen la economía del país somos los trabajadores estatales, por ejemplo: yo soy chapista, soldador y pailero de la UEB de transportación de combustible occidente, y con respecto a mi trabajo hago 50 cosas más peligrosas, únicas y mejores hechas que un particular a cualquier vehículo y a fin de mes mi sueldo es lo que gana un particular en dos horas de trabajo, pero además las cosas en la calle están carísimas, un par de zapatos, el más barato te cuesta 750 cup en la tienda y en la calle si no cuesta de 40 cuc en adelante no aparecen, señores, son más de 1000 pesos, y el que tenga niños y esposa son como 4000 o más a gastar, lo mismo para la ropa, y los alimentos, al trabajador estatal hay que revisarle bien todos los aspectos con el salario, porque a donde vamos a parar, quiero comer, vestirme yo y a mi familia con el fruto de mi trabajo, y además disfrutar un poco de mi isla hermosa, los particulares y los estatales somos cubanos, PERO unos se sacrifican más que otros por la economía del país.

  • Miguel Almaguer Segura dijo:

    Se ha explicado por el Ministerio de Finanzas y Precios, que la Empresa Estatal Socialista, con la aplicación de la Resolución de los Sistemas de Pago, es el modelo de gestión clave en el desarrollo de Cuba, a tal punto que las empresas aportan nueve de cada 10 pesos que van al presupuesto estatal, ya que todos los ingresos que se captan a favor del Estado, el 90 por ciento está garantizado por las empresas estatales, teniendo en cuenta que son las mayores generadoras de riquezas en el país como modelo de gestión económica y aportadoras al presupuesto del Estado.
    Todos conocemos que por indicaciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se aconseja eliminar restricciones administrativas para estimular el incremento de la productividad del trabajo en el Sistema Empresarial Cubano, pero la realidad es otra, en este año se emitió la Resolución 114, la cual derogó la anterior que se venía aplicando y a mi entender es un freno a los procesos productivos y al desarrollo de nuestro país; nos preocupa y esto se ha visto en varios seminarios en el territorio, que si a las empresas en el presupuesto para el año 2020, como es el caso de la nuestra, le aprueban una disminución en los volúmenes de producción por causas objetivas, lo que trae consigo que los indicadores en ventas totales y utilidad antes de impuesto disminuyan considerablemente, la nueva norma legal establece que el pago por resultado de los trabajadores de la Oficina Central se condiciona al cumplimiento del indicador utilidades antes de impuestos, comparadas con los resultados obtenidos en igual periodo el año anterior, lo que peligrará la estabilidad de los especialistas y cuadros en meses posteriores, ya que al llegar a salario escala, estos emigrarán a otros sectores.
    Es bueno que se detengan a estudiar sobre el indicador límite máximo a nivel de empresa, ya que en el Resuelvo Sexto de la Resolución 114, se plantea no deteriorar el indicador gasto de salario por peso de ingreso total, comparado con igual periodo del año anterior, medido a nivel de empresa; y las unidades empresariales de base hay que medirlas por el plan aprobado para el año, es decir, el monto formado es muy inferior a lo aprobado para cada unidad empresarial de base en el mes. Como poder explicar si el indicador es a nivel de empresa, ellos no puedan cobrar lo que forman por el indicador logrado con los resultados obtenidos contra el plan aprobado. Estos son elementos ya razonados y que presentaran problemas a partir de que se comience a ejecutar los cálculos por los resultados obtenidos.
    Mi razonamiento, repito, es sobre las unidades empresariales de base, las cuales se le miden los indicadores formadores y condicionantes, con respecto al plan contra el real; por lo tanto como se entiende que a los trabajadores de la oficina central los midan por el real del año anterior, si los resultados a nivel de empresa se obtienen por los alcanzados del total de las unidades empresariales de base que se subordinan a la entidad.
    Hemos observado las intervenciones emitidas por nuestro Presidente y a lo que nos llama a todos, es a quitar trabas; como se entiende que si el país por las condiciones que presentamos es quien define cuales son los volúmenes de producción que hay que realizar en dependencia a la materia prima con que se cuenta, y las habilitaciones que vienen del exterior, se quiera condicionar con los resultados obtenidos en igual periodo el año anterior a todas las entidades, ya que esta nueva norma solo estimularía a las entidades menos eficientes y que menos resultados han obtenido en el año anterior.
    No entiendo como la Ministra de Trabajo y Seguridad Social emita una carta refiriendo que podría ser modificada la Resolución 114 y que emitiría las correspondientes indicaciones hace tres semanas atrás y hasta la fecha lo que ha existido es silencio, dejando en manos de las OSDES que sean ellas las que se pronuncien al respecto……..
    El 7 de julio del año 2013, nuestro Primer Secretario del Comité Central del Partido, el compañero Raúl Castro Ruz ante la Asamblea Nacional del Poder Popular, refirió y cito: …“del éxito de los lineamientos dependerá la preservación y el desarrollo del Socialismo en Cuba”.
    Considero en lo personal que es inconcebible que el máximo Órgano de Dirección del partido en el país, apruebe como lineamientos el …….”continuar avanzando en la implantación del principio de que los ingresos de los trabajadores y sus jefes en el sector empresarial estén en correspondencia con los resultados que se obtengan; o que se proyecte rescatar el papel del trabajo y los ingresos que por él se obtienen, como vía principal para generar productos y servicios de calidad, e incremento de la producción y la productividad y lograr la satisfacción de los trabajadores y sus familias, así como la aprobación del incremento de los ingresos en el sector empresarial, el cual estaría en dependencia de la creación de las riquezas y las posibilidades económicas de las empresas”..; y en inobservancia de lo antes expuesto, se adopten decisiones que lejos de implementar los lineamientos, obstaculizan su adecuada materialización, restándole credibilidad a lo aprobado por la máxima autoridad política de nuestro país, ejemplos tenemos de sobra en su implementación a lo largo del año 2017, 2018 y 2019.

    Considero que la Empresa Estatal Socialista eficiente, tiene que ser atractiva al ingreso, y el salario tiene que ser un incentivo importante, y hasta la fecha aprecio que no se ha cambiado la mentalidad con los directivos superiores empresariales ni del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, aun de los cambios establecidos en las referidas resoluciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, las que no establecían límites de salario, ahora sí; estos elementos recomendamos deberán ser evaluados y analizados a otros niveles, por la superficialidad realizada en sus evaluaciones.

    No quería dejar pasar por alto el Acuerdo No.5272 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de fecha 14 de octubre del año 2004, “Política de estimulación a los trabajadores mediante el pago de pesos convertibles”; que también es un incentivo a los trabajadores, pero este es un acuerdo que favorece mucho más a otras entidades, y muchas de ellas con menor eficiencia; otras no aportan el componente en moneda libremente convertible a nuestro país, y hasta ahora se le mantiene el monto muy por encima de las entidades de mayores eficiencias, por lo que cabría preguntarse ¿A quién no le conviene modificar esta norma?
    Es por ello que retomando las palabras de nuestro Primer Secretario del Comité Central del Partido, el General de Ejército Raúl Castro Ruz, y cito:
    …¨Estamos en el deber de cuestionarnos cuanta cosa hacemos en busca de realizarla cada vez mejor, de transformar concepciones y métodos que fueron los apropiados en su momento, pero han sido ya superados por la propia vida. Siempre debemos tener presente, no para repetirlo de memoria como un dogma sino para aplicarlo diaria y creadoramente en nuestro trabajo¨…

    • sachiel dijo:

      El 5272 ya está obsoleto; lo que se denomina "estimulación en CUC" no es más que la asignación de un monto, que no es salarrio (a diferencia de los pagos por resultados) que de contra hay que pagar su contravalor, lo cual descuenta un dinero más del salario ganado (aparte de quien es militante, afiliado y el impuesto sobre su ingreso prsonal y de la seguridad social..), y no permite incrementos, jummm; si faltas un dia pierdes el 100%, pero no se tiene en cuenta que trabajaste los otros 23, inclusive en horas extras; en fin, hora ya de modificarlo o quitarlo, con la unificación monetaria y con la Reforma Salarial.

  • Real dijo:

    Es decir, que si en mi empresa directivamente aprueban un plan para enero de 20000 pesos y la empresa sobrecumple el plan de enero con 22000 pesos, pero estos son inferiores al real de enero 2019 que fue de 23000 sus trabajadores no tienen derecho a cobrar estimulación? Muy estimulante la 114, la verdad...

  • Santi dijo:

    Lo que se necesita saber es para que mes sera subido el salario para los trabajadores empresariales.

  • @adriancamaguey dijo:

    Y al parecer le ajustaron a las OSDE...pero ya se da la excepción que ojalá no se convierta en regla "2. Las OSDE que, excepcionalmente, proyectan una plantilla superior a lo expresado en la resolución, lo fundamentan al momento de la presentación del plan."
    Lo otro, es que debieran SUPERVISAR estrechamente si las OSDE están funcionando o se pasan la vida consumiendo recursos en inspecciones y visitas que nada aportan.

  • Cubano dijo:

    Cuba es el unico pais del mundo donde los trabajadores directos a la produccion quieren y exigen ganar mas que los directivos de las empresas ...

    Donde los sistemas de pagos tienen mil indicadores ... y donde se buscan soluciones al salario sin tener en cuenta el verdadero problema ... la economía esta en RECESION y grave.

  • ADO dijo:

    Señores la verdad es que soy graduado de NS y no entiendo ni papa de lo que se habla sobre los salarios, creo que asi deban estar muchos cubanos y ademas temblando de ansiedad pues realmente lo que todos queremos saber es asi de sencillo y sin mucho tecnisismo es a cuanto en numeros claros ascendera nuestro salario segun el grupo escala salarial al que despues de realizada la llamada reforma salarial que se dijo se realizaria en el 1er trimestre del presente año.
    Como mismo se hiso un aumento a algunos sectores presupuestados del pais y se publico en cuanto seria el aumento creo que para callar muchos comentarios desalentadores y desestabilisadores se deberia decir cunto es lo que se va a aumentar, los que no pertenecen a esos sectores presupuestados queremos saber en base a cuanto se nos pagara a lo que trabajan en empresas en perfeccionamiento porque si lo que se va a hacer es seguir con los mismos salarios basicos e inventar con nuevos sistemas de pagos ya obsoletos y absurdos, la verdad es que nada se va a lograr ecepto que nadie quiera trabajar con ese tipo de empresa donde cada vez se nos pide mas y se no da menos o mejor dicho se nos quita mas. Creo que lo mejor sea que se pague por salarios fijos asi seria menos estresante este tema y tendriamos que pensar menos en cuanto mas nos han quitado de lo que deberiamos ganar cada fin de mes por incumplir un no se que indicador con el cual el trabajador nada tiene que ver y por el cual nada puede hacer.

    Que por favor que de una vez y por todas para no morir de infarto se se nos diga por ejemplo a una persona que como yo tiene 365 pèsos de salario escala a cuanto ascendera este salario escala despues de esa reforma salarial que se debe realizar antes de que acabe el trimestre...... AAAhhh y esperemos que para este año el trimestre sea de solo tres meses...

Se han publicado 454 comentarios



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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Lissett Izquierdo Ferrer

Lissett Izquierdo Ferrer

Periodista de Cubadebate. Graduada en la Universidad de La Habana (2014). Trabajó en la Agencia Cubana de Noticias del 2011 hasta septiembre de 2018. Contacto: lissett@cubadebate.cu

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