Modifican las formas y sistemas de pago en las empresas: ¿Qué dice la Resolución 114?

Obras de construcción en las redes del nuevo acueducto del municipio de Antilla, proyecto que abarca la sustitución de los 40 kilómetros que cubre esa deteriorada y obsoleta red tras más de medio siglo de servicio en la provincia de Holguín, Cuba, el 23 de enero de 2020. ACN FOTO/Juan Pablo CARRERAS
Justo cuando miles de trabajadores en el país discuten el plan de la economía a “camisa quitada” en sus centros laborales, muchas dudas vuelven a saltar respecto a qué sistema de pago es más oportuno bajo las actuales condiciones de la economía.
En no pocas ocasiones, a los responsables de aplicar lo instituido les falta claridad o no están al día en lo reglamentado y, por lo tanto, se encuentran inhabilitados para dilucidar cuál es la mejor alternativa.
El Código de Trabajo establece en su Artículo 109, que el salario se paga al trabajador atendiendo a la calidad y cantidad del trabajo realizado y al tiempo real laborado. Entre tanto, el Artículo 131 del Reglamento del Código de Trabajo, prevé los procedimientos para la forma de pago por rendimiento.
Según apunta la Gaceta Oficial Extraordinaria número 2 del presente año, fueron derogadas las resoluciones 6/2016 y 1 del 2017, teniendo en cuenta las experiencias en su aplicación. En su lugar, entró en vigor la Resolución 114 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
¿Por qué se modifican las formas y sistemas de pagos?
- Por la cantidad de indicadores asociados a la formación y distribución del salario existentes en las empresas: 4 directivos* y 2 límites.
- Indicadores límites** asociados al cumplimiento del valor agregado bruto, cuyo resultado no siempre reflejaba la creación de nueva riqueza y no se ajustaba a las características de la gestión de todos los sectores y procesos.
- Distribución como salario de gastos no ejecutados que no responden a eficiencia.
- El plan no refleja todas las potencialidades productivas con el objetivo de lograr crecimientos del salario a partir de su sobrecumplimiento.
- Afectaciones en los aseguramientos que no dependen de los trabajadores y afectan los ingresos que estos reciben.
¿Qué formas de pagos pueden aplicarse en el sistema empresarial?
En dependencia de las condiciones técnicas organizativas del proceso de producción o prestación de servicios; de las posibilidades de control y medición de los gastos y de los resultados del trabajo se aplican las formas de pago a tiempo o por rendimiento.
Pago por rendimiento:
La forma de pago por rendimiento se aplica en el sistema empresarial con el objetivo de incrementar la productividad del trabajo, reducir los gastos y los costos, elevar los niveles de producción o servicios con la calidad requerida, el aprovechamiento de la jornada de trabajo y otros que incrementen la eficiencia de la empresa, mediante los sistemas de pago siguientes: a) A destajo; b) por resultados.
Pago a destajo:
Los sistemas de pago a destajo se basan en la medición de los gastos de trabajo a través de la cantidad de producción elaborada o servicios prestados. El salario se calcula mediante una tasa que resulta de dividir el salario escala más los pagos adicionales que correspondan, entre las normas de rendimiento o multiplicada por las normas de tiempo.
- Destajo individual: se basa en la medición de los resultados de cada trabajador y se expresa a través de una tasa salarial que se calcula dividiendo el salario escala más los incrementos que correspondan entre la norma de rendimiento; o multiplicada por la norma de tiempo, según corresponda.
- Destajo colectivo: relaciona el salario de un grupo de trabajadores con el volumen de trabajo a cumplir por ellos, referido a cantidad de producción o servicios y se expresa en una tasa salarial, calculada sobre la base de la suma de los salarios escala más los incrementos que correspondan y las normas de rendimiento o de tiempo colectivas.
- Destajo indirecto: el salario del trabajador está en dependencia de los resultados del trabajo de otros trabajadores directamente vinculados a la producción o los servicios; el salario formado se expresa sobre la base de una tasa salarial resultante de dividir la tarifa salarial del cargo, entre las normas de rendimiento o de servicio establecida, para los trabajadores que él atiende.
- Pago a destajo progresivo: se utiliza en los casos que se aplican normas de rendimiento o de tiempo muy tensas y es necesario lograr altos incrementos de la producción o los servicios; el salario a formar se establece sobre la base de tasas salariales, las que se incrementan a partir de un nivel determinado, en cuyo caso el por ciento de incremento de la producción o de los servicios debe ser superior al por ciento de incremento de la tasa salarial incrementada.
- Pago por acuerdo: se emplea para retribuir el cumplimiento de trabajos que constituyen la tarea acordada y cuyo monto de salario se determina sobre la base de normas de rendimiento o de tiempo y el salario correspondiente a cada tipo de trabajo, comprendido en la tarea, de acuerdo con su complejidad.

¿Cuáles son las novedades en el sistema de pago?
- Otorgar la facultad de su aprobación a los directores de las empresas que no aplican el perfeccionamiento empresarial, integradas a las organizaciones superiores de dirección.
- Establecer como límite máximo para formar el salario, no deteriorar el gasto de salario por peso de ingreso total comparado con períodos anteriores, en sustitución del gasto de salario y utilidad antes de impuesto por peso de valor agregado bruto planificados.
- Priorizar siempre que sea posible la aplicación de los sistemas de pago a destajo.
- Mantener como indicador que condiciona el pago por resultados en las empresas el crecimiento de las utilidades antes de impuesto, comparadas con periodos anteriores, en lugar de los indicadores directivos ventas netas totales, ventas para la exportación y encargo estatal planificados.
- Los indicadores de las unidades organizativas (UEB, Talleres, establecimientos, brigadas u otras en dependencia de la estructura organizativa de la empresa) y los que miden el aporte individual se aprueban de común acuerdo con la organización sindical, previo análisis en el consejo de dirección.
Los indicadores de las unidades organizativas responden a las características de los procesos y funciones de estas y los que miden el aporte individual, a la calidad y cantidad del trabajo, así como a las atribuciones y obligaciones de cada cargo.
- Los indicadores se desagregan a nivel de UEB u otra estructura productiva o de servicios según corresponda, siempre que exista control económico y de los resultados del trabajo, modificando lo que hoy está aprobado.
- Las empresas que obtienen pérdidas en sus operaciones, autorizadas o no, aplican la forma de pago a tiempo, excepto los trabajadores abarcados en un sistema de pago a destajo y los de las UEB u otra estructura productiva o de servicios según corresponda, que cumplen los indicadores definidos en su sistema de pago por resultados.
- Establecer el pago del salario básico ante el incumplimiento de los indicadores, eliminando las deducciones hasta el salario escala.
- Ratificar en la oficina central de la empresa para el salario del director el límite de hasta 2.5 veces el salario medio de la misma. La distribución del resto de los cargos se aprueba teniendo en cuenta la complejidad, las atribuciones y obligaciones de los cargos y el aporte individual, eliminando el límite de hasta dos veces.
- La oficina central de la organización superior de dirección empresarial, para pagar por resultados planifica en su presupuesto de gastos lo correspondiente al salario, observando una proporción de hasta 1.5 veces en relación con el salario medio de la organización, en lugar del salario medio de la empresa que mayor lo planificó.
No se consideran las empresas de la Zona Especial de Desarrollo Mariel que aplican el coeficiente 10. El pago por resultados se condiciona al no deterioro del gasto de salario por peso de ingreso total y al crecimiento de la utilidad antes de impuestos de la organización.
¿Puede un trabajador recibir su salario por más de un sistema de pago?
Los trabajadores pueden estar comprendidos de manera simultánea en más de un sistema de pago bajo la forma de pago por rendimiento, en correspondencia con su aporte individual e incidencia en los resultados alcanzados, incluyendo los que se encuentran cumpliendo el servicio social.
¿Cómo se les paga a los trabajadores asociados al turismo?
En el sector del turismo aplican la forma de pago a tiempo los hoteles que operan bajo la modalidad de todo incluido; los nuevos hoteles que inician su explotación y los que cambian de administración lo hacen por el período de hasta un año.
¿Qué pasa con los trabajadores asociados a empresas mixtas?
Las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano que tienen como única función la de accionistas de la inversión extranjera, para aplicar la forma de pago por rendimiento planifican en su presupuesto de gastos lo correspondiente al salario, observando una proporción de hasta 1.5 veces en relación con el salario medio de las empresas asociadas y determinan los indicadores que condicionan el resultado. No se consideran las empresas asociadas que radican en la Zona Especial de Desarrollo Mariel.
¿Qué hay de nuevo con las OSDE´s?
La nueva resolución establece cambios para la planificación del fondo de salarios del plan 2020 de las oficinas centrales de las organizaciones superiores de dirección empresarial (OSDE). Estas estructuras deben tener en cuenta:
- Ajustar la plantilla a 45 plazas (son las que según los análisis realizados se requieren para cumplir las funciones asignadas según el Decreto No. 335) más 1.5 por encima, por cada empresa que la integra.
- Al límite establecido, se adicionan las plazas que corresponden a los cargos de auditoría, centros de capacitación, cuando proceda y las del despacho de carga de la Unión Eléctrica de Cuba.
- La aplicación del límite no podrá generar en ningún caso incremento de la plantilla aprobada actualmente.
- El ajuste de la plantillas puede conllevar procesos de disponibilidad, que deben realizarse durante el primer trimestre de 2020.
2. Las OSDE que, excepcionalmente, proyectan una plantilla superior a lo expresado en la resolución, lo fundamentan al momento de la presentación del plan.
3. Las OSDE cuya plantilla actual sea similar a la ajustada, mantienen igual fondo de salario que el planificado para el 2019.
Precisiones que recoge la Resolución 114:
Las organizaciones superiores de dirección empresarial o empresas que por las características de su gestión no se ajusten a lo establecido en la nueva resolución, fundamentan en un término de hasta 60 días al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social las adecuaciones que requieran, las que se evalúan de conjunto con los ministerios de Economía y Planificación, Finanzas y Precios, la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo, y el Sindicato Nacional correspondiente, previo a su aprobación.
*Indicadores directivos: son los fundamentales y caracterizan el grado de cumplimiento de la tarea estatal y social asignada, así como el nivel de eficiencia en la utilización de los recursos y la fuerza de trabajo: encargo estatal, ventas netas totales, utilidad antes de impuesto, ventas con destino a la exportación de bienes y servicios.
**Indicadores límites: representan determinados enmarcamientos o límites máximos o mínimos en la utilización de los recursos, asociados a determinados niveles de eficiencia que inciden en el cumplimiento del plan anual. En el caso del salario los indicadores límites son: gasto de salario por peso de valor agregado bruto y utilidad antes de impuesto por peso de valor agregado bruto.
- Banco Central de Cuba autoriza a diez empresas para usar criptomonedas en pagos al exterior
- Cienfuegos impulsa el desarrollo local a través de Postgrado de Comunicación Territorial y Estudios Demográficos
- Macroeconomía en Cuba
- Cuadrando la Caja: Responsabilidad social desde la economía cubana
- Esteban Lazo intercambia con Delegados de la Asamblea Municipal de Playa
- ir aActualización del modelo socialista cubano »
- Modelos gigantes chinos de IA logran uso global generalizado
- Crudo cubano: ¿Es posible depender menos de las importaciones con nuestros propios recursos?
- Milagro en el fuego (+ Video y Audio)
- María Zajárova sobre el Coloquio “Patria”: Este foro se ha erigido como baluarte del sentido común
- Vea Cuadrando la Caja: ¿Qué va a pasar con las unidades presupuestadas en Cuba? (+ Video)
- ir aEspeciales »
- UNE prevé afectación de 1 100 MW en horario pico este miércoles
- Crudo cubano: ¿Es posible depender menos de las importaciones con nuestros propios recursos?
- Vea Cuadrando la Caja: ¿Qué va a pasar con las unidades presupuestadas en Cuba? (+ Video)
- FITCuba 2026 sobrevive al bloqueo y se reinventa con formato híbrido
- Unión Eléctrica estima 1042 MW de afectación para la máxima demanda de hoy
- ir aEconomía »
Se han publicado 455 comentarios
Se han publicado 455 comentarios

Director de Creación de Contenidos de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda y Cuadrando la caja. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómezen 2024. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@ideasm.cu En Twitter: @OscarFigueredoR
Seguir a @OscarFigueredoR- Crudo cubano: ¿Es posible depender menos de las importaciones con nuestros propios recursos?
- ¿Privatización o actualización?: Claves del nuevo Decreto Ley sobre asociaciones entre empresas estatales y privadas en Cuba
- Bancarización en puntos suspensivos
- Registro Civil en Cuba: Una reforma para ordenar, agilizar y acercar el servicio a la población
- Fuentes renovables de energía: ¿Cambian las reglas del juego para la generación?

Graduada de Periodismo en la Universidad de La Habana (2014).
- Cuba en Datos: ¿Qué ha pasado en la Zona Especial de Desarrollo Mariel?
- ¿Qué debe conocer sobre el próximo curso escolar? (+ Video)
- Cuba lista para acoger Feria Internacional de La Habana: Más de 60 países estarán presentes (+ Video)
- Minuto a Minuto: El mundo contra el bloqueo (II)
- Guerra no convencional contra Cuba: ¿Cuáles son sus manifestaciones más recientes? (+ Video)
Vea también
- Raúl felicita al Ejército Oriental en su aniversario 65
- Periodismo basura: CiberCuba monetiza el dolor de los niños cubanos
- Eje Berlín-Roma frena propuesta de Sánchez a la UE para frenar a Netanyahu
- Hoy en la Mesa Redonda: Conversando con el Ministro de Energía y Minas
- Modelos gigantes chinos de IA logran uso global generalizado
- Aduana General frustró intento de tráfico internacional de drogas
- Unión Nacional de Juristas exige cese de amenazas y bloqueo contra Cuba

A las empresas nuevas creadas en el 2020, con quién la comparan; eso mismo hay que aplicarselo a todas, ningun año se parece a otro; por tanto partir de 0.
Terminen de enderezar la pirámide ya, que es más fácil que entender la resolución 114, como es o como quedará; suban los salarios básicos, un técnico al frente de una actividad productiva, con mucha responsabilidad y de 30 años de experiencia con un básico de 325 CUP, (fatalismo geográfico, si pertenece al área de regulación y control y la empresa no cumple, no cobra estimulación, aunque se haya esforzado en su trabajo al máximo y sus resultados sean brillantes) mientras que una recepcionista del sector presupuestado con muchísimo menos trabajo, contenido y responsabilidad su salario casi duplica éste y ni hablar de las empresas mixtas, donde una recepcionista gana el doble de los directores de la mayoría de las EES,¿y trabajaran lo mismo?
Es más fácil organizar y subir los salarios de los grupos escalas y poner indicadores menos sofisticados y realistas. Si en verdad se quiere que las personas tengan salarios dignos esa es la solución.
Así se frena el éxodo de profesionales y jóvenes que van buscando -hasta en Haití- mejores salarios, pues la emigración cubana es económica, eso no es secreto.
Controlen los precios tanto estales como particulares -muy dificil- pero URGENTE.
Queremos aplicar Resoluciones en mi opinión que serian muy efectivas en paises desarrollados, (sin bloqueo), claro que en un país normal lo lógico sería que la producción creciera comparrada con el año anterior, pero en el nuestro y dada las situaciones que se vienen dando desde finales del año pasado es sencillamente decir que no se puede cobrar por Sistemas de Pagos sin dar más rodeos, cuando no es posible garantizar materias primas y combustibles para elevar las producciones que otros momentos pudimos realizar.
Es una locura El famoso inciso A de la Famosa Ley 114, a quien se le ocurre, en las condiciones que se encuentra atravesando nuestro pais y el mundo entero, condicionar un pago a las Empresas productoras, de acuerdo al año anterior, cuando todos sabemos que a partir de Septiembre practicamente toda nuestra vida cambio, incluso los planes de produccion. Ahora, queremos saber, mientras dure el periodo para las adecuaciones y decidan ,debera ser suspendido el pago del mes de Enero a los trabajadores???. Espero que el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social se Proyecte sobre el tema, pues hay muchos centro de trabajo y Trabajadores sufriendo esta incertidumbre, pero aun dando todo por Producir.Saludos
Los trabajadores que las empresas extranjeras pagan a la empleadora en divisa y estas a su vez pagan al trabajador con un coeficiente de cambio de 1,00 USD = 2,00 CUP, cabiará esto? van a mejora este coeficiente? Me refiero al resto del país, sabemos que en el Mariel es de 10,00
Tendremos que esperar a que se argumente más lo que se establece. Mi lectura de lo regulado confirma que no resolverá el problema salarial en una agencia de viajes, entidad que conozco un poco más pues dirigí una por 7 años. Seguramente se tuvieron en cuenta los criterios que durante tanto tiempo se plantearon.
seguimos en el mismo circulo vicioso
Y la consulta con los trabajadores de esta Norma "INCONSULTA" cuando fue porque en mi empresa comenzaron a pagar por la 114 en Enero y a nadie se le dijo antes que iba a desaparaecer la 6 y creanme que se sintió la diferencia. A lo mejor se dicutió en algún centro laboral y no lo han publicado o yo no lo he visto. Pienso siempre de buena fe pero creo que una norma legal que afecta a los TRABAJADORES no puede ser solo decisión de un ministro o sus asesores sino que hay que debatirla y aprobarla en discusión con los TRABAJADORES.
En miopinión no creo que aumentando los salarios mejorarían muchas cosas que deben cambiar en nuestro querido país, es tal la deformación que tenemos que no sería nada fácil revertirla, usted llega a un Establecimientos tanto particular como estatal y la secretaria o la persona que atiende en la entrada está hablando por teléfono, o jugando en el celular, o lo atiende mal, etc. etc. etc así sucede en muchos lugares, seguiríamos llegando tarde, ausentándonos, yendonos antes de tiempo y muchas indisciplina más aunque nos paguen 5 mil pesos, recuerdo que muchas veces Fidel hizo un llamado de acabar con la chapucería pero en llamado se quedó.
La Resolución No 114 de 2019 flexibiliza las facultades otorgadas al sistema empresarial, el director de la empresa, de común acuerdo con la organización sindical aprueba los indicadores a medir para la aplicación del pago por resultados de las unidades empresariales de base, talleres, establecimientos u otras estructuras, para lo que tiene en cuenta las características de las mismas y siempre que cumplan los indicadores definidos en su sistema de pago, distribuyen el salario formado con independencia de los resultados a nivel de empresa.
Por curiosidad, MTSS, los reglamentos de los sistemas de pago por resultados permiten penalizaciones de no lograrse el objetivo propuesto en los indicadores a causa del bloqueo o cualquier imprevisto?
LA RES 114 ... ES TAN FLEXIBLE!!! DE VERDAD QUE ESTOY PENSANDO EN IMPRIMIRLA Y LLEVARLA A LA TIENDA PARA ENSEÑARLA Y PODER COMPRAR ALGO PORQUE CON EL SALARIO QUE COBRÉ GRACIAS A ELLA ( 315.00 ) MUY BASICO POR CIERTO NO ME ALCANZARA NI PARA UNA SEMANA ( SOBREVIVIENDO ) .
Buenas tardes mucha explicacion tecnica respecto al tema pero la mayoria de las personas quieren saber como va a quedar la nueva reforma salarial especificamente los salarios basicos esperemos respuestas de los organismos competentes gracias
Los problemas de los Sistema de Pago, segun mi opinion
1. Son complejos
2. Están diseñados para las empresas eficientes. Si la ineficiencia o la falta de calidad de sus procesos perdura en el tiempo, el Sistema se vuelve inoperante
3. Si las Areas de Regulación y Control están infladas, estas se llevan casi todo el dinero
4. Los que mas ganan se convierten en los que mas reparten (principio basico de distribución).
5. Si los que mas ganan (los que mas producen) son mucho menos que los que no producen, los segundos se llevan todo el dinero.
6. Si los jefes no quieren ganar menos que los productivos, el sistema es inoperante
7. Si los responsables de aplicar el sistema no lo comprenden o no estan capacitados, el sistema es inoperante
En fin no entiendo cual es esa modificación de pago, si al final vamos a seguir cobrando la miseria que hoy estamos cobrando a exepción de la zona especial desarollo mariel. Yo trabajo en una UEB de respeto la cual brinda servicios al ZEDM pero sin embargo estoy cobrando solamente 400 pesos cubanos una sola vez al mes y esto es incluyendo el pago por resultado, diganme señores si con esto alcanza para darle de comer a mi familia, como dije anteriormente necesitamos un cambio ya.No es posible que mi unidad cumple y se van todas las ganancias para el OSDE y nos mandan de pago x resultado nada mas que 15 ó 20 mil pesos a repartir que tocamos por cada trabajador 100 ó 200 pesos cubanos repito cuando ingresamos cada mes 500.000 USD al pais.
Cuando será la reforma salarial. Implicara esta un aumento en los salarios .
Ante de continuar, quiero hacer un análisis cronológico de los hechos que han curtido a esta famosa resolución, y quisiera que todos los internautas prestaran atención y por favor lean este comentario hasta el final, y por supuesto debatan al respeto, de ese debate salen las soluciones, de alguna forma tenemos que ser escuchados, pues somos el primer pilar de la Economía, que a mi criterio se ordena así: (1-Empresas Productoras, 2-Empresas Presupuestas, 3-Sistema de Gobierno) pero hay que revisar cómo se está repartiendo en dinero sino cuando nos despertemos tendremos muchas leyes, calles limpias, personas sanas, seguridad social, y orden legal, pero nada que comer o con que bañarnos, o tomar, no tendremos productos que consumir, y eso será fatal. Entonces comencemos.
La resolución de referencia es de fecha 30 de diciembre del 2019, publicándose el día 8 de enero del 2020 en la Gaceta Oficial. En fecha 10 de enero del mismo año, fuimos convocados por la Dirección de Trabajo y Seguridad Social para una conferencia sobre la novedosa norma, a la cual asistimos varios compañeros de la entidad, sin embargo a pesar de los esclarecimientos de los funcionarios de la DPTSS que presidieron la reunión las interrogantes y dudas planteadas de varias empresas subsistieron, en el acto nos informaron que en los próximos días las empresas recibirían indicaciones al respecto.
El día 10 de enero del mismo año, en el sitio del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y en el sitio de YouTube se divulgo un video con la comparecencia del Cro. Guillermo Sarmiento (Director de Organización del Trabajo del MTSS), el cual explico las causas y principales fundamentos que dieron origen a la actualización de esta resolución, sin entrar en los detalles técnicos y profundizar su relación con el plan de la economía, además expuso un cronograma según el cual se concluye la preparación de los Organismos y OACE el día 28 enero del presente año. Ya ellos terminaron, lanzamos la bomba y que? No obstante, la resolución en su segunda disposición final establece: “Las organizaciones superiores de dirección empresarial y empresas, adecuan los sistemas de pago por resultados a partir de lo dispuesto en la presente, en un término de hasta treinta (30) días posteriores a su entrada en vigor”. Lo cual se entiende que el periodo Enero 2020 responde a las acciones obligatorias del estudio, análisis, diseño, divulgación y discusión con los colectivos laborales de las unidades que integran la empresa, siendo imposible cumplir con estos procederes y pagar el periodo enero 2020 por la misma norma. A la vez nos preocupaba que por esta Resolución No. 114, haber derogado la Resolución No.6 y No.1 del 2016 y 2017 respectivamente, por cual norma se regía el pago del periodo enero, cuando las instancias de DPTSS y el Gobierno nos orientaron detener su aplicación argumentado en la OM:93 que comunicaba esta propensa a cambios. Les preguntaba a DPTSS si paralizamos su aplicación y nos respondían, eso es lo que dice en pocas palabras.
Ya en fecha, 05/02/2020 recibimos en la DPTSS un documento con el título Propuesta de Indicación sobre la resolución 114/2019 MTSS, y como síntesis plantea facultar a los jefes de Órganos, Organismos y OSDE según corresponda a aprobar excepcionalmente, previa evaluación de los indicadores del sistema de pago por resultado, comparados con el plan en las empresas que este deteriora el real del año anterior por cuestiones ajenas a su gestión. Y además establecer el pago del salario básico cuando se incumplen los indicadores económicos aprobados para el sistema, lo que posibilita pagar en correspondencia con el nivel de cumplimiento. El resto de lo regulado se aplica según se establece en la Resolución.
Pero este documento no tiene fecha, no tiene firma de ninguna facultad del país, no tiene número de orden de registro de ninguna institución o autoridad acreditada para emitirlo, y para colmo en su título dice: Propuesta de Indicación sobre la resolución 114/2019 MTSS",
Como es posible que estas situaciones persistan en nuestros niveles superiores, quienes nos están dirigiendo, pero además veníamos de una formación cultural con el VAB y cuando ya todos los trabajadores de la empresa habíamos desarrollado una mentalidad sobre el verdadero fruto o resultado del trabajo, y la productividad a partir del VAB, entonces se pronuncian por calcular el salario a partir del ingreso total, pero este ingreso total tiene dentro el gasto material y otros gastos monetarios.
Sigo sin entender y ojala me puedan auxiliar, pero si en una empresa de la construcción tengo una obra presupuestada en 1000.00 cup y en la primera etapa certifico 500.00 cup porque los bloques (50) los compre a 5.00 cup = 250.00 materiales y pague de salario 0.35 que es mi gasto de salario plan es decir 175.00 de salario,, pero el otro periodo no hay bloques de cemento sino de oro (50) y me costaron 20.00 cup cada uno porque es la realidad los precios varían y la obra hay que hacerla,, entonces tengo un gasto material de 1000.00 y le cobro a la inversión 1500.00 porque el material hay que cobrarlo,, entonces eso incrementa mi ingreso total, por lo que ahora mi salario debía de ser 0.35 que es mi coeficiente autorizado o plan por el ingreso total 1500.00 = el salario seria 525.00 y trabaje lo mismo,, o no? pero me siguen midiendo la productividad por el VAB y entonces ? porque no seguimos por el VAB o por la utilidad? pero hemos llevado el análisis del salario empresarial del nivel universitario a nivel primario. lo hemos hecho más fácil pero demasiado. tanto que después nos percatamos que es muy fácil y lo complejizamos comparando con el año anterior.. y para que me planifique este año,, entonces fue innecesariamente el plan de este año? eso deberíamos tenerlo en cuenta para el proceso de hacer el plan pero ya el plan concretado las comparaciones deben ser siempre contra ese plan o para que nos planificamos este año? para compararnos contra el anterior? uff
Entonces otra jaula que sigue apareciendo son los limites, lo cual es inconcebibles, y atan a las empresas, y cito un ejemplo: si una empresa ya calculo su salario de la producción y pago todos los salarios según las normas del reglamento de los sistemas de la empresa y respeta los indicadores de utilidad antes del impuesto, es decir ya despeja la utilidad porque todo el salario que se forma no se puede pagar? y entonces solo queda el salario de la oficina central y entonces prohíben pagar todo lo formado y solo permite hasta el límite, lo que es contraproducente con lo que establece la misma norma de pagar todo lo formado, ya que lo que no se puede pagar va a otro destino, a la utilidad pero a la fuerza. y porque?
Me parece el pais debe establecer y normar el cumplimiento de los indicadores a los organismos y liberar que las empresas diseñen y aprueben sus reglamentos pero ya por dios quiten las trabas de límites y prohibiciones,., permitan que los presidentes de OSDE, Jefes de OACE, y directores generales de Empresas, sean los dueños de sus distribuciones respetando siempre los principios de distribución socialista, y que las instituciones de trabajo en los territorios se ganen de verdad el salarion que se le paga sentados en sus oficinas, que visiten y analicen, revisen y compartan con los colectivos de trabajadores como funcionan esos sistemas diseñados por ellos, deberían el Ministerio de Trabajo pasar a jugar un papel de regulador y controlador, y no bloqueador,, estoy seguro la posición de ese ministerio seria menos incomoda que la que tienen hoy, hay que dejar que los intelectos en las empresas generen, expresen y aporten sus conocimientos. Si existen violaciones o desvió, o malversación del salario,,, para eso está la contraloría y la fiscalía.
Increíble que yo haya publicado cuestiones como esta en la cuenta de twiter al MTSS y que no den respuesta, o que la respuesta sea después informaremos, incluso que en el programa el tema de Lazarito no se debatan estos asunto y que se convoquen a las personalidades de ese ministerio que hoy tiene la responsabilidad de comparecer ante el pueblo, como fue el llamado de nuestro Presidente Diaz Canel,,yo estoy muy seguro que el no sabe en esencia lo que estamos pasando en las empresa que producen, y bueno el tan mencionado momento de la reforma no llega y los presupuestados cobran salariones y los que producimos no podemos ni pagar la electricidad, pero lo peor tenemos familias que atender y responder por ellos,,a lo que se suma el exodo del sector empresarial al sector presupuestado o cuentapropista,,,revisen eso por favor.
Gracias por su atención,
El Lineamiento no. 1 de la política económica y social del Partido y la Revolución establece la planificación de la economía cubana. Por lo que la importancia del plan de la economía de una empresa para el año, derivado además de la Ley del presupuesto aprobada por la Asamblea nacional cada año, debe ser respetada como lo que es, la voluntad del pueblo. Cada trabajador discute su plan y se compromete a cumplirlo y luego lo confunden y desestimulan con indicadores de un año que ya pasó. Entonces que importancia tiene el plan? El trabajador se esfuerza lo cumple y luego le pagan en base o según un indicador que ni siquiera se media el año anterior. Esta resolución no estimula a nadie. Por otra parte el artículo 1de la Constitución establece que Cuba es un estado de derecho y entonces como un Ministerio modifica una Resolución con una Carta que no es un instrumento legal, y que autoriza a otros ministros y gobernadores a decidir una cuestión que solo el encargado de regular la política salarial del país debe hacerlo y que además creará diferentes modo de aplicarla, en cada sector, generándose con esto inseguridad y diferencias salariales en el país. El motor impulsor de la economía, como planteo nuestro presidente ha quedado mal parado. No todas las empresas pueden crecer cada año. Las empresas de servicios legales por ejemplo se crearon para descargar del. Presupuesto una actividad que podía autofinanciarse, (lineamiento 33)pero su objetivo no es generar grandes ingresos, sino prestar servicio jurídico con calidad. Entonces sus trabajadores se afectarán con esta Resolución. Entiendo estamos optimistas de que se rectifique y se hagan las cosas bien, con el soporte legal que lleva y para que realmente estimule allá trabajador a ser más eficiente, esforzarse más y mejor. Para que el país logre salir adelante
Oscar:
Esta Resolucion esta "parada" en muchos Organismos, para no ser absoluta, la comparacion con el año anterior NO PROCEDE para el Pago a los Trabajadores en el contexto actual ni creo en ninguno, muchas Empresas y Sucursales se han visto afectadas por este Apartado y resulta incongruente con lo sugerido y planteado por el Presidente Diaz-Canel, en el fortalecimiento de la Empresa Estatal Socialista, mas que todas, las que producen y generan Bienes y Servicios en la BASE
Se han derogado 2 Resoluciones de Sistemas de Pago en un breve periodo y esta Resolucion No.114 no ha sido efectiva, Por Que?
En mi opinion este no es momento para aplicar esa Resolucion teniendo en cuenta las afectaciones que hay en el pais producto del bloqueo, como me obligan a compararme contra el año anterior cuando se sabe que este año la situacion es distinta, no considero que sea correcta esta decision, si el plan fue discutido hasta la saciedad y aprobado, debe ser por el plan y no el año anterior porque son dos años completamente distintos y no por culpa de los trabajadores
Pero la 114 sufrió cambios con relación a la comparación igual periodo año anterior. o me equivoco.
Compañeros la fórmula es Producción, Producción y menos gastos, solo los necesarios.
lo que no se entiende es que los indices de eficiencia tengan que compararse con igual período del año anterior mes a mes que es como se ejecuta el cálculo y pago de los salarios, la comparación siempre ha sido entre plan y real y se supone que si el plan está acorde con las directivas de eficiencia establecidas para el mismo y fueaprobado por todas las instacias correspondientes, no debe haber ningún problema, no hay un año en que las condiciones sean similares a otro por tanto no son comparables y mucho menos en el constante asedio en el que que vivimos por el bloqueo, todos los días se presenta algo imprevisto a lo que es necesario enfrentarse.
En nuestra entidad el plan de este año significa un 3 % de crecimiento en comparación con el real del 2019 sin embargo ese crecimiento no se refleja todos los meses lo que hace imposible que se pueda llegar a cobrar por resultados en los meses que no sea así, por otro lado las circunstancias de la economía de principios de este año no son iguales que la des 2019, se está pidiendo que los planes sean objetivos, sin embargo asombrosamente el pago por resultado se compara con el año anterior y no con el plan.
Entonses mi querida ministra, con todo el respeto que amerita su función, si ya es evidente que de esta manera (El fondo de salario tiene como límite máximo no deteriorar el indicador gasto de salario por peso de ingreso total, comparado con igual período del año anterior) miles de trabajadores que sus Empresas fueron eficientes en iguales períodos, con su gran o poco crecimiento económico, somos los que estamos siendo perjudicados hoy, porque quien fué ineficiente en igual período y hoy tiene algún resultado, no se queja, pués esta resolución está diseñada para eso, cuando usted dice (reduce indicadores) y aún así deja dos que te ponen la soga al cuello por ser comparados con el periodo del año anterior, no queda margen de pago y la mayor parte de las riquezas fueron aportadas al Presupuesto del Estado, dicha comparación no expresa la verdadera eficiencia, que está dada en Ingresos reales menos Gastos reales, o lo que es lo mismo en las Utilidades.Cuando hablamos de compromisos fijados como usted dice, son correspondientes al año presente para los cuales el país, previa revisión, aprobó los planes empresariales, ese Ministra sería la medida de nuestro traje.
Ufff, lo mismo con lo mismo, se sigue inventando a ver si un dia se da con la solucion, es como un laboratorio buscando la vacuna final para curar una enfermedad cronica y mortal, y por lo que veo la cosa pica y se extiende para encontrar la solucion y los trabajadores seguimos pagando las consecuencias. Saludos.
Todo muy bien pero si no tienes un curso de recursos humanos no entiendes ni papa en cuestión cual será el salario mínimo pues a pesar de que mi establecimiento cumple el plan mi salario sigue siendo básico de 250 pues el resto de la empresa no cumple.
Soy trabajador de comercio como dependiente mi salario básico $ 250.00 . Entonces qué hasta cuándo el salario básico será tan bajo para este sector?
Es muy bueno que el modelo económico continúe avanzando.
Me gustaría saber si el sector del turismo se verá beneficiado por este sistema de pagos, debido a que los salarios son realmente bajos en este sector.
hasta cuando vamos a seguir imbentando mas sistemas de pago?,vamos a cavar de subir el salario y ya,que mas hace falta inventar?Lo bueno seria k los trabajadores ,que son los k forman ese monto ,si mas travas se le pagara una parte de las utilidades,por ejemplo.............En mi caso , en mi UEB teniamos como plan 5 millones de pesos de ganancias,logramos hacer 7 millones de pesos ,2 millones mas,y ni siquiera un estimulo a los travajadores mas destacados,alguien podria esplicarme eso?
El tema de mejorarle la vida a los trabajadores del sector estatal no solo radica en mejoras salariales, alguien se ha puesto a pensar como beneficiaria el solo hecho de acabar de eliminar el horario super abs. de 8:00 am a 5:30 pm que hoy existe en la mayoria de las empresas estatales.Quitando un hospital,farmacias,tiendas, en general servicios a la poblacion, no tiene ningun fundamento tener a miles de personas vegetando desde las 3 de la tarde hasta las 5:30 por gusto, se gasta en combustible, electricidad, se gasta el factor humano, cientificamente esta probado que las personas despues de las 2 de la tarde ya sus neuronas se agotan, tenemos a las personas pasando trabajo despues de las 5:30 para llegar a sus casas, no tienen tiempo para ni siquiera pasar por la bodega a ver que hay, el matrimonio que tenga hijos no tiene tiempo para educarlo, tiene que pagarle a una que no trabaja para que se lo recoja de la escuela, caballero si paises que producen mucho mas se han dado cuenta de eso, que hacemos todavia con ese horario de las cavernas de 8 a 5:30.Solucionariamos hasta el problema de los omnibus urbanos, no es lo mismo un horario pico de 3 o 4 de la tarde hasta las 6 de personas en la calle, que como ahora de 5 a 8.Y al final tenemos una buena solucion para un gran problema que no lleva gasto de recursos, porque modificar una ley solo gasta una hoja y una firma.
En mi caso es de 7:30 a 5:00 y tengo dos niños pequeños en edad escolar. Por suerte el padre es el que los ha llevado y traído de la escuela durante años, pues tiene mayor flexibilidad en el horario. Ese horario implica que cuando llego a la casa, el tiempo se me va en cocinar, fregar, preparar las cosas del día siguiente y ocuparme de sus deberes escolares, cuando termina esa rutina ya es hora de que ellos duerman. Nunca he podido dedicarle un tiempecito a jugar con ellos (fuera de los fines de semana, que se los dedico íntegros), y no precisamente porque no quiera. Ni pensar en el tiempo que tengo para mi esposo, que es el más afectado en la historia. Y no hay descanso, pasan los días, las semanas y con ellos los años y nada cambia, estoy viviendo lo mismo todos los días. Me levanto todas las mañanas pensando, un día más de tortura, un día más de estrés, un día más que logré vencer, un día más vieja y más cerca de la muerte, ya me va quedando menos... Y si a eso le sumo que lo que ganamos sólo da para comer, y con la soga al cuello, pasando trabajo para encontrar las cosas más necesarias. Ni pensar en arreglar la casa que se nos va a caer encima, ni pensar en unas vacaciones, ni siquiera en poder darme el lujo de ir un día a comer fuera de la casa. Todos mis sueños de esforzarme y tener una carrera fueron por gusto. Me pregunto para qué trabajo tanto, sería mejor irnos a vivir al monte como los indios, al menos tendría tiempo para jugar con mis hijos. No es fácil vivir así
¿Sabía que por inconformidades de las entidades empresariales se ha detenido la aplicación de la Resolución 114? Un detalle se le pasó al legislador: ¿Cómo comparar los indicadores límites y directivos respecto al período anterior? La norma tiene un vacío, y que creo aún no se ha aclarado en este termino del segundo mes: si anualmente tu plan de ingresos, utilidades, ventas o servicios según el caso, etc, tiene que aumentar, en un momento económico diferente y más complejo al año anterior, medimos por importes totales o porcentuales. Por ejemplo, sobrecumplimos en 100 pesos las utilidades netas planificadas, o estamos al 1.5% por encima del real del año anterior. Trabajo en el sistema empresarial, una UEB, y en enero sobrecumplimos el plan y estuvimos por encima respecto a enero 2019, y sin embargo cobramos salario básico. Aún no sabemos como quedamos para este febrero, sin contar para el resto del año. Gracias
En Cienfuegos, en Navegación Caribe estamos muy jodidos. Si pregunta a los trabajadores probablemente no conozcan esta nueva resolución. Al menos los tripulantes de mi barco no saben nada sobre la discusión de del tan anunciado Plan Económico, no hacemos ni la reuniones sindicales que deben hacerse sistemáticamente. Me duele decirlo pero el sindicato sólo está para quitar dinero y estamos llenos de problemas y de dudas.