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¿Qué desea conocer sobre el Trabajo por Cuenta Propia en Cuba? (+ Infografías y Video)

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Restaurante El Vicky. Foto: Granma.

El pasado 10 de julio se publicaron en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 las normas que implementan la política para el perfeccionamiento del Trabajo por Cuenta Propia en Cuba. La reapertura de un grupo de licencias, el reordenamiento de algunas actividades, las modificaciones tributarias y nuevas políticas para el transporte son algunos de los tópicos que contienen las regulaciones. Cubadebate te invita a que compartas tu opinión o inquietud sobre este tema a través de nuestro Foro Debate.

Desde el 7 de diciembre

Al intervenir en el espacio televisivo Mesa Redonda, la viceministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, recordó que desde octubre de 2010 se amplió el trabajo por cuenta propia, lo que ha posibilitado un sostenido incremento del número de personas que lo ejercen. “De 157 mil a más de 593 mil en agosto de 2018, lo que representa el 13% de los ocupados”.

Infografía: Edilberto Carmona.

La nueva política y sus disposiciones entrarán en vigor 150 días después de su publicación en la Gaceta Oficial, o sea, el 7 de diciembre.

Entre las principales adecuaciones anunciadas están:

  • El otorgamiento de licencias de las 27 actividades que estaban congeladas.
  • La creación de nuevas licencias. Se modifica el permiso de elaborador de alimentos y bebidas mediante servicios gastronómicos y restaurantes al crearse dos nuevas figuras: servicios gastronómicos y restaurantes, y servicios de bar y recreación. Se crean, además, las actividades de panadero-dulcero y de arrendador de medios de transporte.
  • Solo se otorgará autorización para ejercer una sola actividad aprobada por persona.
  • Se podrá ejercer en un mismo domicilio una sola de las actividades de servicios gastronómicos en restaurantes, servicios gastronómicos en cafetería, o servicio de bar y recreación.
  • Los arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios podrán arrendar a personas jurídicas (empresas, organismos, organizaciones), además de naturales, y, en caso de ausencia, por viaje al extranjero u otra causa, el titular de un negocio podrá nombrar a un representante entre los empleados del mismo

No se otorgarán más licencias en las actividades de:

  • vendedor mayorista de productos agropecuarios,
  • vendedor minorista de productos agropecuarios,
  • carretillero o vendedor de productos agrícolas de forma ambulatoria,
  • comprador vendedor de discos
  • operador de equipos de recreación (para los equipos rústicos)

Al comentar sobre el tema enfatizó que “no desaparece ninguna actividad, 96 de las existentes pasan a agruparse en 28, y de un total de 201 quedamos en 123”, explicó la vice titular del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

De igual manera señaló que se agregan un grupo de requisitos para la solicitud de las licencias como son el proyecto de la actividad, documento en el cual se debe proyectar el objetivo de ese negocio.

Infografía: Edilberto Carmona.

Más adelante, Feitó Cabrera acotó que desde la publicación en la Gaceta se ha llevado a cabo un amplio proceso de preparación de las estructuras administrativas encargadas de aplicar las normas que abarcan a 25 mil cuadros y funcionarios y se inició la capacitación a los TPCP, que ya alcanzan los 140 mil 276 y se realizará hasta el 5 de noviembre.

“La asistencia a esta preparación es una oportunidad para que estos trabajadores se actualicen de las modificaciones aprobadas, sus derechos y obligaciones, los nuevos beneficios y puedan realizar los ajustes correspondientes a la actividad que ejercen y estar listos en los términos que la norma dispone”.

Sobre la unificación de las licencias, aclaró que el 98,4% de los cuentapropistas en el país están incluidos en las actividades que se integran o no sufren modificaciones. Solo el 1,6% restante, unos nueve mil (el 50% de ellos en La Habana), deberán decidir un cambio, para lo cual tendrán un plazo de hasta 90 días tras la entrada en vigor de las disposiciones.

“Actualmente había personas que tenían un restaurante, eran manicuras y tenían licencia para fregar autos. “Por su naturaleza no se pueden ejercer en el mismo espacio de tiempo y no son relacionadas”, reseñó.

¿Qué cambia en el transporte?

Foto: EFE

Como parte de las normas que implementan la política del trabajo por cuenta propia, se encuentra el Reglamento del Decreto Ley 168 sobre la Licencia de Operación del Transporte (LOT), documento que autoriza a las personas naturales a brindar los servicios de transportación de carga, de pasajeros y los auxiliares y conexos del transporte.

“El perfeccionamiento de este reglamento comprende un conjunto de aspectos que favorecen el ordenamiento y control de los servicios de transporte en los territorios y en gran medida responden a solicitudes realizadas por los propios titulares de Licencia”, expuso Marta Oramas, viceministra de Transporte.

Entre las novedades para el sector es la existencia de una nueva clasificación del servicio de pasajeros en taxis: servicio de taxis en ruta, servicios de taxis libre, y servicio de alto confort o clásico. Los tres servicios son excluyentes.

“En el caso de la licencia operativa de autos clásicos o de alto confort se asociarán a la empresa Taxis Cuba, entidad que desde el año 2012 aplica un modelo de gestión dirigido en lo fundamental al turismo con muy buena aceptación”.

Otro de los cambios propuestos es el surgimiento de la figura del arrendador de medios de transporte, mediante la cual una persona natural puede solicitar una licencia para el servicio de transportación de pasajeros con un medio arrendado a otra persona natural, titular de una licencia de arrendador de medios de transporte.

La viceministra recordó en la Mesa Redonda que se comienza a otorgar licencia de operación del transporte a personas naturales que vayan a brindar servicios auxiliares y conexos; también se restituye la extensión nacional, provincial y municipal de la licencia de operación del transporte (actualmente todas las licencias existentes en el país tienen extensión nacional).

“En particular, la actividad de transportación de pasajeros que brindan los porteadores privados, es un servicio alternativo, complementario y necesario al servicio público principal, representan el 90 % del total de los titulares de licencia, por ello la importancia de su ordenamiento en garantía de lograr un equilibrio entre los intereses del pueblo, los transportistas, el estado y el gobierno”, dijo.

Como inicio de este proceso y considerando su representatividad, se decidió realizar a partir del 8 de octubre del presente año, un experimento en la Provincia La Habana con los porteadores que brindan servicio de transportación de pasajeros en medios automotores del tipo auto, jeep, panel y microbús con capacidad entre 4 y 14 pasajeros.

Rutas en La Habana.

“Además del ordenamiento del servicio de taxis, el experimento prevé un grupo de bondades para los transportista que deseen incorporase al servicio de taxi en ruta, el más demandado por la población. Serán 23 las rutas para ofrecer este servicio, las que tendrán un precio de 5 pesos cada ocho kilómetros. Estos transportistas adquirirán el combustible a precio muy módico en cup, podrán acceder a la red de talleres del transporte provincial y la adquisición de partes y piezas con un 20 % de descuento”, detalló.

Los cambios en materia tributaria

Dentro de las nuevas normas también hay transformaciones relacionadas con el régimen tributario fijado para este sector económico, fundamentalmente por la agrupación de determinadas actividades, para las cuales se requirió redefinir sus cuotas impositivas mensuales, según recordó Vladimir Regueiro, director de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP).

De las 96 modalidades que se agrupan en 28, 2 pasan al Régimen Simplificado de Tributación, por lo que pagarán una cuota consolidada mensual y estarán exceptuadas de presentar la Declaración Jurada. Se trata de las actividades de Fundidor y Productor vendedor de artículos de fundición no ferrosa, que aparecen en la renovada lista como Productor vendedor de artículos fundidos.

Infografía: Edilberto Carmona.

A tono con las disposiciones aprobadas, hay 11 actividades que comenzarán a tributar en el Régimen General:

Actividad Unificada en
Reparador de batería automotriz Reparador de equipos mecánicos y de combustión
Limpiador y comprobador de bujías
Oxicortador Herrero
Masajista Servicios de Belleza
Peluquera peinadora de trenzas
Peluquero tradicional
Reparador de bisuterías Reparador de artículos de joyería y bisutería
Animador de fiestas infantiles, payasos o magos Servicios de decorador, organizador de cumpleaños, bodas y otras actividades festivas
Reparador de artículos de cuero y similares Talabartero
Grabador cifrador de objetos Rotulista o Grabador
Pintor rotulista

 

El especialista resaltó que fueron revisadas las cuotas mínimas mensuales y se fortaleció el criterio de territorialidad, con el objetivo de atender el comportamiento de las actividades en cada provincia o municipio, incluso en los polos turísticos; “con especial tratamiento -siempre que fue posible-, en La Habana, debido al notable progreso de este sector en comparación con el resto del país”, abundó.

Vladimir insistió en la facultad que poseen los consejos de  la Administración municipales para gestionar la recaudación de esos ingresos, y adecuar las cuotas a la real capacidad económica del contribuyente.

En el proceso de actualización de las cuotas mensuales se han definido reglas que acotan posibles conductas evasoras:

  • Se mantiene las cuotas mensuales a los contribuyentes inscritos en las actividades que se agrupan, siempre que sean superiores a la mínima que se propone para la nueva actividad.
  • Los contribuyentes que causen baja y en un período inferior a 24 meses se reincorporen al ejercicio de la misma actividad u otra de similar alcance, se les fija la cuota que tenían antes de causar baja, si esta es superior a la mínima establecida o a la aprobada por acuerdo del Consejo de la Administración.

De acuerdo con el director de Política Fiscal del MFP, de la recién actualizada lista de 123 autorizaciones, 52 tributarán bajo el Régimen General y las 71 restantes lo harán por el Simplificado.

Infografía: Edilberto Carmona.

Como parte de los cambios, se elimina la exoneración del pago de impuestos por la contratación de hasta cinco trabajadores, y además se ajusta la base imponible mínima para el pago de este gravamen, cuyo tipo impositivo continúa siendo del 5 %.

A partir de evaluar la experiencia en la aplicación de los tributos que abonan quienes ejercen la actividad de Agentes de Telecomunicaciones, Regueiro reiteró que se adecuó dentro del Régimen Simplificado las cuantías, en correspondencia con la capacidad económica que genera esta modalidad:

- Para aquellos que obtengan ingresos mensuales de hasta 2 500 pesos cubanos (CUP), se les mantiene la cuota consolidada mínima mensual de 20.00 CUP, conforme a lo establecido en el Régimen Simplificado para esta figura.

-Esta cuota puede ser incrementada por los consejos de la Administración municipales del Poder Popular, hasta el límite de 75.00 CUP, para ese mismo nivel de ingresos mensuales.

-Para los que obtengan ingresos mensuales superiores a los 2 500.00 CUP, la cuota consolidada mensual resulta de aplicar, al total de los ingresos obtenidos, el por ciento que corresponda según la escala siguiente:

Ingresos mensuales (CUP)  (%)
Más de 2 500.00 – hasta   5 000.00 3
Más de 5 000.00 – hasta   7 000.00 5
Más de 7 000.00 – hasta   9 000.00 10
Más de 9 000.00 – hasta 17 000.00 15
Más de 17 000.00 20

 

Otra medida, que se implementará de manera progresiva, es la habilitación de cuentas bancarias fiscales. Por ahora comenzará por las licencias de:

  • Servicio gastronómico en cafetería.
  • Servicio gastronómico en restaurante.
  • Servicios de bar y recreación.
  • Arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios.
  • Servicios Constructivos.
  • Transporte de pasajeros en vehículos de motos de 4 hasta 14 pasajeros, en la provincia La Habana.

- Las principales operaciones del trabajador por cuenta propia deben transitar por estas cuentas, abiertas en CUP o CUC.

-El cuentapropista dispone de un término de 30 días para su apertura y hasta 90 días para completar el saldo mínimo exigido (equivalente a 3 cuotas tributarias mensuales que tenga fijada el contribuyente).

-La cuenta bancaria es un mecanismo para el control fiscal de la actividad que se realiza, pero no limita la disposición del titular sobre esos recursos, con excepción del cumplimiento del requisito del saldo mínimo.

Infografía: Edilberto Carmona.

Infografía: Edilberto Carmona.

Se han publicado 443 comentarios



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  • Andy dijo:

    Hola:
    Mi mayor duda es: si la normativa indica que solo se puede recibir una sola licencia, DÓNDE QUEDÓ EL PLURIEMPLEO?
    Si la idea es que en nuestra sociedad sea "a cada quien según su trabajo y capacidad" por qué no puedo desarrollar otra (s) actividad (es) adicional (es).
    El tema de la concentración de las riquezas debe tener otra solución acorde a la realidad. Si mi trabajo es honrado y dentro de la legalidad, por qué se le pone limitación a lo que pueda o no ganar monetariamente.
    Ojo,no me refiero a tener múltiples propiedades, pero si múltiples fuentes de ingresos. Tal vez pudieran aprobarse un máximo de 3 actividades

    Saludos

  • Manolón dijo:

    Los carteles se cobraran de cualquier tamaño o hay una medida establecida. Si el listado de precio lo pongo en un dispositivo luminico, se cobrará. Por qué si el cartel no es obligatorio algunos organismos restores lo exigen como tal, trayendole más gastos al trabajados por cuenta propia.

  • Pedro Hernández Ramos dijo:

    Hola de nuevo:
    Han valorado que en diciembre los Bancos cierran una parte de mes para hacer sus cierres contables y si todo el mundo concurre en ese mes a formar su Cuenta Fiscal la aglomeración de público y el trabajo que vamos a pasar todos es incalculable?
    Quizás ni de tiempo a que todos podamos abrirla.

  • arabense dijo:

    Tenía varias dudas que ya el MTSS me ha aclarado, pero yo como trabajador por cuenta propia quisiera saber en qué se invierte lo que yo y otros contribuimos con nuestros tributos en el desarrollo de mi localidad(Los Arabos, Matanzas), les explico que eso puede hacerse en las reuniones de rendiciones de cuenta, en los centros de trabajo, no se quisiera saber en qué se invierte mi contribución y la de otros cuentapropistas del municipio porque no vemos que en el municipio se haga algo para el bienestar de nosotros, pudieran ustedes esclarecerme mis inquietudes, saludos a los participantes en el Foro debate, no se arregla una calle, no se construye nada nuevo para el pueblo, el kiosco de TRD fue eliminado por el tipo de construcción y no se puede hacer de otra construcción, quisiera se incluya nuestro municipio en alguna visita, no avisada, para que vean por las dificultades que estamos pasando, la apatía e inmovilidad se apodera de Los Arabos y hay muchos que queremos ayudar en cambiar lo que deba ser cambiado como expresó nuestro invicto Comandante en Jefe Fidel Castro.

  • Carlos Rafael dijo:

    Es necesaria y vital una ley de importación con carácter comercial, el bloqueo norteamericano parece que se va a mantener por muchos años, esto es un hecho, no se combate el bloqueo con más bloqueo y la única forma de evitar el enorme desabastecimiento es dejando que ciudadanos se puedan acreditar como importadores y con su consiguiente pago de impuestos puedan importar la mercancía que necesitamos al por mayor, ya que también es un hecho que el estado es incapaz de esto (señores no hay nada en este país ni siquiera teniendo el dinero)

  • Preocupada dijo:

    Buenos días, ante todo soy trabajadora del sector estatal, mi criterio es que como expresan otros foristas no veo mal alguno en que tengan varias licencias siempre y cuando ejerzan dentro de lo establecido y abonen por ellas. mi preocupación esta dada en cuanto a las politicas de precio que es donde realmente debe regularse los ingresos y no existe una politica que limite hasta donde el TCP puede incrementar el precio de los productos que oferta a la población. Soy holguinera y ya en mi ciudad se hace imposible adquirir refrescos, maltas y hasta cervezas, por no caer en el tema de las manzanas, que en los establecimientos no estatales cuestan los refrescos a 20 y 25 cup y las maltas y cervezas a 30. Mientras el MFP no establezca una politica de precios y ademas regule la venta de estos produtos de forma que la población pueda adquirirlos a los precios estatales sin tener que verse "multado" por los cuenta propistas, el mas afectado seguira siendo el pueblo, el cubano de a pie que trata de sobrevivir con un salario. Los mismo con articulos de primera necesidad y del hogar que no tenemos dentro del horario laboral tiempo para adquirir en las tiendas y luego tenemos que pagar a lo que el TCP que tiene licencia para vender revende al precio que desee si que nadie haga nada al respecto.
    En fin, la limitante a los tpc no debe estar en la cantidad de licencias sino en los productos y precios que hoy ofertan a la población. Muchas gracias

  • Manuel Eduardo Polanco Pérez dijo:

    Por qué a las cuentas fiscales no se le puede declarar beneficiario. Como la familia puede recuperar el dinero depositado en la misma en caso que el titulat fallezca.

  • Rosbell dijo:

    Hola
    Me gustaría saber el porqué de tener que mantener un saldo de 3 cuotas mensuales como mínimo en la cuenta fiscal. Es un dinero permanentemente inmovilizado. La responsabilidad del licenciatario puede ser controlada y se pueden aplicar medidas si las incumple.
    Por qué los inspectores de la DIS no aceptan como documento demostrativo de gastos las facturas emitidas por otros cuentapropistas con licencia para producir productos que se emplean com parte del producto final que comercializa otro cuentapropista con la debida licencia?
    Puede una madre que representa a sus hijos legalmente mediante poder notarial para arrendar la vivienda que no está siendo ocupada por ellos, obtener licencia también para arrendar una de las habitaciones disponibles en su propia casa. Es una misma licencia (actividad) en dos lugares distintos, en un caso como representante y en otro como licenciatario?
    Saludos

  • DBR dijo:

    Creo que lo que se pretende lograr con esta Gaceta es controlar algo que se creo sin poco control pero..... Será este control y regulaciones las que el pueblo necesita???? Sin lugar a dudas se ha cerrado la forma de gestion no estatal. Alguien le puede responder a Facundo el por que no se puede tener dos patentes porque anoche Panfilo no le puedo responder tan abrupta y espeluznante pregunta.
    A mi entender como se planteo en uno de los comentarios el sector no estatal ingresa a la economia del estado varios cientos y aporta servicios de mayor calidad a la poblacion entonces si esto ocurre siempre me enseñaron que las personas que te ayudan debes ayudarlas porque una mano lava a la otra y las dos lavan la cara. En lugar de tener 123 ofertas de TCP deberian existir 3 pero en negativo, no puedes hacer esto , aquello o lo otro. Lo que este fuera de esto presenta tu idea y te daremos una patente. Acaso esta idea se queda fuera del planeta y fuese necesario contratar extraterrestres para que se den cuenta de ello y lo ejecuten o es que la burocracia cubana no dejara que esto ocurra jamas. Esto es todo Saludos...

  • Uli dijo:

    Quisiera saber porque si se permite en cuba el PLURIEMPLEO no se permite tener mas de una licencia, es una contradiccion. Si lo que se necesita es q la gente trabaje y aporte sus impuestos no entiendo porque se limita la capacidad productiva de los trabajadores.

  • Matancera dijo:

    Muy pocas respuestas de los organismos participantes, es de verdad un Foro Debate?

  • Eduardo dijo:

    Buenos días.
    La cuestión es el tema de las "50 sillas" en los establecimientos privados de gastronomía. Por qué esa limitante de sillas? Alguien puede explicar la causa real de esta medida? Por qué el estado no tiene esa limitación? Por qué limitan a una actvidad que "supuestamente" queremos fomentar para mejorar la calidad del servicio en un sector tan importante como el turismo?
    Está mas que claro (sobran ejemplos) que el estado no puede asumir la gastronomía de nuestro país: malversaciones, robos, mala calidad de los productos y servicios, horarios absurdos, maltrato al cliente, adminstradores que jamás se encuentran en el puesto de trabajo, etc etc etc.
    Al eliminar esta limitación se genera (aparte de los ingresos que nadie quiere se acumulen en este sector): mas fuerza de trabajo (que hoy están desempleados y que implican un mayor aporte de impuestos por el uso de estos), mayor aportación al fisco por el 10 % mensual y el 50 % de las utilidades a fin de año, mayor cantidad de compras de materias primas al estado y cooperativas agropecuarias, en fin, la lista puede ser bien larga pero considero que en la dirigencia de nuestro país, debe de haber muchas personas que sepan de esto y que se den cuenta del gran error que cometen al hacer este tipo de "apartheid" con el cuenta propista!!
    Muchas gracias.

  • Alien Lopez dijo:

    Quisiera saber si a partir del 1ro de Diciembre que los Agentes de Telecomunicaciones comenzarán a pagar patentes en base a los ingresos obtenidos, que es lo lógico; se mantendrá la diferenciación que impone ETECSA a los porcientos del margen de ganancia que afecta a los Agentes que más venden, no creo que sea lógico afectar a los que má venden.

  • zaira dijo:

    y que hara el estado con los vendedores de estupefacientes que estan a pululu en esta capital? y que hara el estado con todos los que NO TRABAJAN en este pais? por que no se hace una cruzada nacional contra estas personas y si una cruzada de prohibiciones contra los que aportan al estado?ESPERO ME PUBLQUEN

  • camilo dijo:

    El otorgamiento de una sola licencia no contradice la política del multioficio que está respaldada en el Código del Trabajo?. Estoy penando, por ejemplo, en la persona que alquila habitaciones en su vivienda y presta servicios gastronomicos en ese mismo lugar.

    Por otra parte, coincido en que al unificar varias actividades ahora,el Trabajador por cuenta propia tiene un horizonte más amplio para desarrollar actividades afines.

  • Tom_Bombadil dijo:

    El límite a una sola licencia es inexplicable, vaya si le hubieran aunmentado los impuestos por tener más de una lo apoyo, pero limitarlo a una sola licencia solo contribuirá a la evasión de impuestos y la corrupción, porque se utilizarán a los familiares como testaferros y es matemática simple que 1 que gane 90000 paga más impuestos que 3 que ganen 30000.
    Además con lo de los taxis ahora el que haga ruta ya no puede hacer servicio de taxi libre y viceversa?? Creo que esto en vez de beneficiar el transporte lo pondrá peor o generará más ilegalidades.

  • Sol Angel dijo:

    Por favor que el MFP explique como se calcula el minimo a depositar para abrir la cuenta bancaria y que con claridad se explique si se puede operar para gastos personales o es solamente para gastos del negocio. Somo muchos ya con dudas y el tiempo apremia gracias

  • Yo dijo:

    Según el artículo 24 de la gaceta oficial No. 35 Extraordinaria de 10 de Julio de 2018.

    ARTÍCULO 24. El trabajador puede comercializar sus productos y servicios con las
    personas naturales y jurídicas cubanas y con las personas naturales extranjeras, conforme
    a lo establecido en la ley.

    Este artículo limita al trabajador por cuenta propia de comercializar sus productos y servicios con personas jurídicas extranjeras. Por lo tanto el país deja de recibir divisas y fomenta la creación de intermediarios extranjeros que se quedan con la mayor parte de las ganancias

    Ejemplo, si una persona jurídica extranjera paga 200 usd por algún tipo de servicio como los que a continuación se listan:

    Diseño web y desarrollo
    SEO y marketing en línea
    Soporte de Back Office / Admin
    Servicios de Asistente Virtual
    Traducción de documentos

    El trabajador por cuenta propia al no poder realizar el trabajo directamente requerirá de un intermediario ubicado en un país extranjero.
    Este intermediario cobraría los 200 usd pagados por la persona jurídica; de estos descontaría de un 10 a un 40 por ciento en dependencia del país de residencia para pagar sus impuestos por los ingresos obtenidos a su nombre. Luego de descontar impuestos el buen intermediario obtendría su ganancia, digamos que de un 10 por ciento.
    Entonces Cuba deja de ingresar de 40 a 100 usd por esta normativa.

    ¿No se pensó en esto al momento de redactar este artículo?

    A demás de dejar de ingresar divisas al país esto provoca que los profesionales con capacidades para realizar estas tareas migren.
    Por eso vemos muchos ingenieros cubanos haciendo trabajos remotos desde Perú, México, Ecuador, etc, cuando podrían hacerlo desde acá.

  • Alejandro dijo:

    Buenos dias:

    Por favor, quisiera saber por que un cuenta propista solo puede tener una sola licencia.

    Pongo un ejemplo sencillo, una persona desea alquilar su casa, su auto y trabajar como empleado de una cafeteria. Las 3 actividades son permitidas por las regulaciones establecidas, solo que no puede ser realizado por una misma persona.

    Existe alguna explicacion para esto cuando en Cuba es legal el pluriempleo.

    Gracias de antemano por su atencion.

  • jose miguel dijo:

    Cuantas actividades y cuales son las que estan limitadas de darlas hasta diciembre,es que deseo sacar la de fotógrafo.por favor si pudieran darme respuesta.

  • conde dijo:

    Puede un trabajador contratado , presentar contrato en más de un lugar,en todos ellos ejerciendo la misma actividad.

  • Rey dijo:

    Una duda al MITRANS:

    Actualmente tengo licencia operativa para un carro clásico convertible ya agenciado en Cubataxi. Además tengo un chofer contratado con sus papeles en regla y puesto en la licencia operativa.
    Es cierto que a partir de las nuevas regulaciones no puedo tener al chofer contratado? Es cierto que el dueño es quien tendrá que manejar el carro?

    Saludos

    • José dijo:

      No es cierto, usted puede tener un chofer, lo que debe ud sacar primero su licencia, para que luego el chofer saque la suya.

  • Francisco dijo:

    Yo no tengo miedo a pagar los impuestos que debo al Estado. Pero la Resolución 197 es un enigma. Su lenguaje es vago y carente de detalles. Voy a poner un ejemplo real: mi negocio está ubicado en un edificio viejo. Cada cierto tiempo, debo llamar a algún plomero que venga inmediatamente ante una emergencia. Por la urgencia de la gestión y porque soy cuentapropista, me cobra entre 20 y 50 pesos convertibles por cada reparación. Sin esos arreglos, mi negocio se detiene. Con la mayor parte del dinero en las cuentas bancarias fiscales, ¿cómo le pago en el momento al plomero, o a un albañil, a un carpintero, a un electricista?

    Tengo la impresión de que los compañeros funcionarios del Ministerio de Finanzas y Precios no comprenden determinadas dinámicas y desafíos diarios de nuestros negocios, porque no pueden ponerse en nuestros zapatos. Eso sin mencionar que seremos nosotros los que hagamos las largas colas en los bancos, para encontrarnos muchas veces con el famoso 'no hay conexión'.

  • Carlos Manuel dijo:

    Asi como vamos la juventud va a seguir emigrando porque no ven futuro en Cuba, solo restricciones. Ya el 90% de mis compañeros de estudios viven fuera de Cuba, crean fuera de Cuba y pagan impuestos fuera de Cuba.

    Se ponen ejemplos absurdos de por que no se permite mas de una licencia. Por que , por ejemplo, no puedo ser informatico y traductor? Por que no puedo alquilar un apartamento y ser cualquier otra cosa? Por que no puedo imaginarme una negocio innovador?....ahi esta el desarrollo al que debemos aspirar

    La lista de ocupaciones posibles debe ser una lista abierta, se debe especificar lo que esta prohibido en vez de lo que esta permitido. Se esta limitando la creatividad de nuestra juventud y sus posibilidades de vivir dignamente en Cuba.

    Se deben permitir de una ve los servicios profesionales...por que no puedo tener una oficina de arquitectos, o ingenieros , o informaticos?

    En fin...prohibir es facil y cómodo.

  • El nene peña dijo:

    Yo trabajo para una entidad estatal y desde hace tiempo quiero sacar una licencia de vendedor ambulante. Vivo en la Habana Vieja y pese a las veces que he ido a la oficina del Ministerio del Trabajo en mi municipio no he podido hacerlo pues me dicen que tengo que entrevistarme con la directora de la oficina y ella nunca me ha podido atender.

  • María Luisa dijo:

    En un edificio de viviendas de nueve pisos, es posible que le otorguen licencia aun cuentapropista para que funcione un restaurante de dos pisos?

  • Pupo dijo:

    ARTÍCULO 9. Los trabajadores por cuenta propia no pueden actuar como cooperativa,
    asociación o cualquier tipo de organización colectiva de producción, comercialización o
    prestación de servicios, sin estar expresamente autorizados por la autoridad competente.

    ? Porque?
    Evidentemente, solo tiene que ver con el pago de los tributos (como si fuera poco que los impuestos tengan una curva tendencia al 50% del ingreso, que dicho asi quizas no se asimile, pero si digo que la mitad de lo que cobras tienes que pagarlo a la ONAT, ?como suena?), que parece ser es lo único que importa, cobrar impuestos (al Estado), y no crear mecanismos que viabilicen la correcta gestión de estas actividades .... (Entiendase el suministro de materiales, y demás necesario, para evitar se cometan ilegalidades, en ves de perseguirlas ...
    Por otra parte ahora hay una manifiesta oposición contra la concentración de propiedad y riqueza, sin estar claro a que le llamamos concentración de riqueza (vinculado, por suepuesto a sector cuenta propista, marcado como "privado"), y en realidad con estas mentalidades, lejos de desarrollarnos estamos poniendonos freno.
    Sin embargo, por otra parte, amparados en nuestra nueva ley de inversión extrajera, estamos contratando personal extranjero para hacer actividades (en la construcción de hoteles en Cuba) que perfectamente pueden ser ejecutadas por cubanos, y pagandoseles a estos lo que no se les quiere pagar a los nativos ....
    Nada, que en realidad hay que empezar a pensar en ajustar las leyes a las realidades y en función del bienestar del pueblo .... no a seguir apretando la tuerca, respaldados en una igualdad teorica
    E

  • Yolu dijo:

    Y Cuando van a crear un mercado mayorista o tienda o como le quieran llamar para comprar al mayor o al menos con precios diferenciados los suministros que necesitan los arrendadores de habitaciones, lenceria ,etc,etc ???.

    Porque solo se habla de mercados mayoristas para alimentos con destino a las paladares , cafeterias y dulcerias , en fin elaboradores de alimentos ??.

    Acaso nadie se da cuenta que el estado pierde millones que podria recaudar con las ventas mayoristas y que hoy alimentan los robos y desvios de cuanta mercancia
    o recursos materiales necesitan los TCP ???.

    A quien se le ocurrio la FATIDICA IDEA DE DAR LICENCIAS PARA VENDEDORES DE PRODUCTOS VARIOS , FERRETERIA ETC ???, QUE LO QUE HACEN ES ACAPARAR PRODUCTOS DEFICITARIOS DE LAS DEPRIMIDAS TIENDAS EN DIVISAS Y REVENDERLOS A LA POBLACION ! . Sera que nadie ve esa realidad o que no quieren verlas ???.
    Esa es ademas del desavastecimiento una de las principales causas de que se agoten casi todos los productos alimenticios y otros de nuestras tiendas, al igual que los famosos carretilleros que compraban el platano en los mercados estatales a 40 centavos la libra para despues venderlos a 1 peso y hasta en 3 pesos cada platano, asi es en todo, malta a 50 centavos, 60 u 80 para despues venderlas a 30 pesos cubanos, en fin Un desastre total que promovieron algunos ( Llamados Economistas ) y que ahora es Incontenible y sobre todo insoportable para el trabajador de a pie que MAL VIVE con un SALARIO MAS QUE DEPRIMIDO.
    ENTONCES DE QUIEN O QUIENES SERA LA RESPONSABILIDAD DE QUE LA GENTE NO QUIERA TRABAJAR PARA EL ESTADO Y EMIGRE AL SECTOR PRIVADO POR MEJORES SALARIOS ??.
    Me gustaria ver una Mesa redonda para escuchar sobre eso SIN MEROS RODEOS Y ARGUMENTOS QUE DE ESO NO TIENEN NADA.
    UNA COSA ES EL TRABAJO POR CUENTA PROPIA Y OTRA AUTORIZAR A ALGUNOS A CONTINUAR SIENDO BANDIDOS POR CUENTA PROPIA . Y SEPAN QUE NO TENGO NADA EN CONTRA DEL TRABAJO POR CUENTA PROPIA PERO SI DE LAS MALAS PLAGAS QUE HOY ABUNDAN DESGRACIADAMENTE .
    Cuando el estado valorise el Salario y remunere según el principio Marxista de ¨A Cada cual segun su capacidad y a cada cual segun su trabajo ¨, habra muchos que regrezaran a su Trabajo, si y por cuenta propia y quienes ejercen este ultimo de verdad como fruto de talento y sin ilegalidaddes continuaran haciendolo sin ningun problema.
    GRACIAS.

  • jorgemica.077 dijo:

    Por qué se siguen limitando las licencias solo a actividades permitidas y no se amplía para que todos podamos tener derecho a ejercer esta actividad, esto no se contradice con la igualdad de derechos que tanto pregonamos??? Aunque no se limiten los derechos a las personas si se limitan a los derechos "de lo que somos" por tanto aquí de forma indirecta se está formalizando igualdad de derechos, desde mi punto de vista.

  • lolo dijo:

    El alquiler de viviendas es una modalidad dentro de las permitidas en la nueva ley?, o sea, se van a otorgar mas licencias de las que se habian emitido con anterioridad?

Se han publicado 443 comentarios



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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda y Cuadrando la caja. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@ideasm.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Lissett Izquierdo Ferrer

Lissett Izquierdo Ferrer

Graduada de Periodismo en la Universidad de La Habana (2014).

Edilberto Carmona Tamayo

Edilberto Carmona Tamayo

Subdirector de Desarrollo y Soporte a los Medios de Ideas Multimedios. Licenciado en Periodismo en 2016 por la Universidad de Holguín. Contacto: edilberto@cubadebate.cu

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