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¿Qué desea conocer sobre el Trabajo por Cuenta Propia en Cuba? (+ Infografías y Video)

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Restaurante El Vicky. Foto: Granma.

El pasado 10 de julio se publicaron en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 las normas que implementan la política para el perfeccionamiento del Trabajo por Cuenta Propia en Cuba. La reapertura de un grupo de licencias, el reordenamiento de algunas actividades, las modificaciones tributarias y nuevas políticas para el transporte son algunos de los tópicos que contienen las regulaciones. Cubadebate te invita a que compartas tu opinión o inquietud sobre este tema a través de nuestro Foro Debate.

Desde el 7 de diciembre

Al intervenir en el espacio televisivo Mesa Redonda, la viceministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, recordó que desde octubre de 2010 se amplió el trabajo por cuenta propia, lo que ha posibilitado un sostenido incremento del número de personas que lo ejercen. “De 157 mil a más de 593 mil en agosto de 2018, lo que representa el 13% de los ocupados”.

Infografía: Edilberto Carmona.

La nueva política y sus disposiciones entrarán en vigor 150 días después de su publicación en la Gaceta Oficial, o sea, el 7 de diciembre.

Entre las principales adecuaciones anunciadas están:

  • El otorgamiento de licencias de las 27 actividades que estaban congeladas.
  • La creación de nuevas licencias. Se modifica el permiso de elaborador de alimentos y bebidas mediante servicios gastronómicos y restaurantes al crearse dos nuevas figuras: servicios gastronómicos y restaurantes, y servicios de bar y recreación. Se crean, además, las actividades de panadero-dulcero y de arrendador de medios de transporte.
  • Solo se otorgará autorización para ejercer una sola actividad aprobada por persona.
  • Se podrá ejercer en un mismo domicilio una sola de las actividades de servicios gastronómicos en restaurantes, servicios gastronómicos en cafetería, o servicio de bar y recreación.
  • Los arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios podrán arrendar a personas jurídicas (empresas, organismos, organizaciones), además de naturales, y, en caso de ausencia, por viaje al extranjero u otra causa, el titular de un negocio podrá nombrar a un representante entre los empleados del mismo

No se otorgarán más licencias en las actividades de:

  • vendedor mayorista de productos agropecuarios,
  • vendedor minorista de productos agropecuarios,
  • carretillero o vendedor de productos agrícolas de forma ambulatoria,
  • comprador vendedor de discos
  • operador de equipos de recreación (para los equipos rústicos)

Al comentar sobre el tema enfatizó que “no desaparece ninguna actividad, 96 de las existentes pasan a agruparse en 28, y de un total de 201 quedamos en 123”, explicó la vice titular del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

De igual manera señaló que se agregan un grupo de requisitos para la solicitud de las licencias como son el proyecto de la actividad, documento en el cual se debe proyectar el objetivo de ese negocio.

Infografía: Edilberto Carmona.

Más adelante, Feitó Cabrera acotó que desde la publicación en la Gaceta se ha llevado a cabo un amplio proceso de preparación de las estructuras administrativas encargadas de aplicar las normas que abarcan a 25 mil cuadros y funcionarios y se inició la capacitación a los TPCP, que ya alcanzan los 140 mil 276 y se realizará hasta el 5 de noviembre.

“La asistencia a esta preparación es una oportunidad para que estos trabajadores se actualicen de las modificaciones aprobadas, sus derechos y obligaciones, los nuevos beneficios y puedan realizar los ajustes correspondientes a la actividad que ejercen y estar listos en los términos que la norma dispone”.

Sobre la unificación de las licencias, aclaró que el 98,4% de los cuentapropistas en el país están incluidos en las actividades que se integran o no sufren modificaciones. Solo el 1,6% restante, unos nueve mil (el 50% de ellos en La Habana), deberán decidir un cambio, para lo cual tendrán un plazo de hasta 90 días tras la entrada en vigor de las disposiciones.

“Actualmente había personas que tenían un restaurante, eran manicuras y tenían licencia para fregar autos. “Por su naturaleza no se pueden ejercer en el mismo espacio de tiempo y no son relacionadas”, reseñó.

¿Qué cambia en el transporte?

Foto: EFE

Como parte de las normas que implementan la política del trabajo por cuenta propia, se encuentra el Reglamento del Decreto Ley 168 sobre la Licencia de Operación del Transporte (LOT), documento que autoriza a las personas naturales a brindar los servicios de transportación de carga, de pasajeros y los auxiliares y conexos del transporte.

“El perfeccionamiento de este reglamento comprende un conjunto de aspectos que favorecen el ordenamiento y control de los servicios de transporte en los territorios y en gran medida responden a solicitudes realizadas por los propios titulares de Licencia”, expuso Marta Oramas, viceministra de Transporte.

Entre las novedades para el sector es la existencia de una nueva clasificación del servicio de pasajeros en taxis: servicio de taxis en ruta, servicios de taxis libre, y servicio de alto confort o clásico. Los tres servicios son excluyentes.

“En el caso de la licencia operativa de autos clásicos o de alto confort se asociarán a la empresa Taxis Cuba, entidad que desde el año 2012 aplica un modelo de gestión dirigido en lo fundamental al turismo con muy buena aceptación”.

Otro de los cambios propuestos es el surgimiento de la figura del arrendador de medios de transporte, mediante la cual una persona natural puede solicitar una licencia para el servicio de transportación de pasajeros con un medio arrendado a otra persona natural, titular de una licencia de arrendador de medios de transporte.

La viceministra recordó en la Mesa Redonda que se comienza a otorgar licencia de operación del transporte a personas naturales que vayan a brindar servicios auxiliares y conexos; también se restituye la extensión nacional, provincial y municipal de la licencia de operación del transporte (actualmente todas las licencias existentes en el país tienen extensión nacional).

“En particular, la actividad de transportación de pasajeros que brindan los porteadores privados, es un servicio alternativo, complementario y necesario al servicio público principal, representan el 90 % del total de los titulares de licencia, por ello la importancia de su ordenamiento en garantía de lograr un equilibrio entre los intereses del pueblo, los transportistas, el estado y el gobierno”, dijo.

Como inicio de este proceso y considerando su representatividad, se decidió realizar a partir del 8 de octubre del presente año, un experimento en la Provincia La Habana con los porteadores que brindan servicio de transportación de pasajeros en medios automotores del tipo auto, jeep, panel y microbús con capacidad entre 4 y 14 pasajeros.

Rutas en La Habana.

“Además del ordenamiento del servicio de taxis, el experimento prevé un grupo de bondades para los transportista que deseen incorporase al servicio de taxi en ruta, el más demandado por la población. Serán 23 las rutas para ofrecer este servicio, las que tendrán un precio de 5 pesos cada ocho kilómetros. Estos transportistas adquirirán el combustible a precio muy módico en cup, podrán acceder a la red de talleres del transporte provincial y la adquisición de partes y piezas con un 20 % de descuento”, detalló.

Los cambios en materia tributaria

Dentro de las nuevas normas también hay transformaciones relacionadas con el régimen tributario fijado para este sector económico, fundamentalmente por la agrupación de determinadas actividades, para las cuales se requirió redefinir sus cuotas impositivas mensuales, según recordó Vladimir Regueiro, director de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP).

De las 96 modalidades que se agrupan en 28, 2 pasan al Régimen Simplificado de Tributación, por lo que pagarán una cuota consolidada mensual y estarán exceptuadas de presentar la Declaración Jurada. Se trata de las actividades de Fundidor y Productor vendedor de artículos de fundición no ferrosa, que aparecen en la renovada lista como Productor vendedor de artículos fundidos.

Infografía: Edilberto Carmona.

A tono con las disposiciones aprobadas, hay 11 actividades que comenzarán a tributar en el Régimen General:

Actividad Unificada en
Reparador de batería automotriz Reparador de equipos mecánicos y de combustión
Limpiador y comprobador de bujías
Oxicortador Herrero
Masajista Servicios de Belleza
Peluquera peinadora de trenzas
Peluquero tradicional
Reparador de bisuterías Reparador de artículos de joyería y bisutería
Animador de fiestas infantiles, payasos o magos Servicios de decorador, organizador de cumpleaños, bodas y otras actividades festivas
Reparador de artículos de cuero y similares Talabartero
Grabador cifrador de objetos Rotulista o Grabador
Pintor rotulista

 

El especialista resaltó que fueron revisadas las cuotas mínimas mensuales y se fortaleció el criterio de territorialidad, con el objetivo de atender el comportamiento de las actividades en cada provincia o municipio, incluso en los polos turísticos; “con especial tratamiento -siempre que fue posible-, en La Habana, debido al notable progreso de este sector en comparación con el resto del país”, abundó.

Vladimir insistió en la facultad que poseen los consejos de  la Administración municipales para gestionar la recaudación de esos ingresos, y adecuar las cuotas a la real capacidad económica del contribuyente.

En el proceso de actualización de las cuotas mensuales se han definido reglas que acotan posibles conductas evasoras:

  • Se mantiene las cuotas mensuales a los contribuyentes inscritos en las actividades que se agrupan, siempre que sean superiores a la mínima que se propone para la nueva actividad.
  • Los contribuyentes que causen baja y en un período inferior a 24 meses se reincorporen al ejercicio de la misma actividad u otra de similar alcance, se les fija la cuota que tenían antes de causar baja, si esta es superior a la mínima establecida o a la aprobada por acuerdo del Consejo de la Administración.

De acuerdo con el director de Política Fiscal del MFP, de la recién actualizada lista de 123 autorizaciones, 52 tributarán bajo el Régimen General y las 71 restantes lo harán por el Simplificado.

Infografía: Edilberto Carmona.

Como parte de los cambios, se elimina la exoneración del pago de impuestos por la contratación de hasta cinco trabajadores, y además se ajusta la base imponible mínima para el pago de este gravamen, cuyo tipo impositivo continúa siendo del 5 %.

A partir de evaluar la experiencia en la aplicación de los tributos que abonan quienes ejercen la actividad de Agentes de Telecomunicaciones, Regueiro reiteró que se adecuó dentro del Régimen Simplificado las cuantías, en correspondencia con la capacidad económica que genera esta modalidad:

- Para aquellos que obtengan ingresos mensuales de hasta 2 500 pesos cubanos (CUP), se les mantiene la cuota consolidada mínima mensual de 20.00 CUP, conforme a lo establecido en el Régimen Simplificado para esta figura.

-Esta cuota puede ser incrementada por los consejos de la Administración municipales del Poder Popular, hasta el límite de 75.00 CUP, para ese mismo nivel de ingresos mensuales.

-Para los que obtengan ingresos mensuales superiores a los 2 500.00 CUP, la cuota consolidada mensual resulta de aplicar, al total de los ingresos obtenidos, el por ciento que corresponda según la escala siguiente:

Ingresos mensuales (CUP)  (%)
Más de 2 500.00 – hasta   5 000.00 3
Más de 5 000.00 – hasta   7 000.00 5
Más de 7 000.00 – hasta   9 000.00 10
Más de 9 000.00 – hasta 17 000.00 15
Más de 17 000.00 20

 

Otra medida, que se implementará de manera progresiva, es la habilitación de cuentas bancarias fiscales. Por ahora comenzará por las licencias de:

  • Servicio gastronómico en cafetería.
  • Servicio gastronómico en restaurante.
  • Servicios de bar y recreación.
  • Arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios.
  • Servicios Constructivos.
  • Transporte de pasajeros en vehículos de motos de 4 hasta 14 pasajeros, en la provincia La Habana.

- Las principales operaciones del trabajador por cuenta propia deben transitar por estas cuentas, abiertas en CUP o CUC.

-El cuentapropista dispone de un término de 30 días para su apertura y hasta 90 días para completar el saldo mínimo exigido (equivalente a 3 cuotas tributarias mensuales que tenga fijada el contribuyente).

-La cuenta bancaria es un mecanismo para el control fiscal de la actividad que se realiza, pero no limita la disposición del titular sobre esos recursos, con excepción del cumplimiento del requisito del saldo mínimo.

Infografía: Edilberto Carmona.

Infografía: Edilberto Carmona.

Se han publicado 443 comentarios



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  • Real Havana dijo:

    Todo lo complican cada dia más para el sector privado, y el anillo pa cuando? (el mercado mayorista) - (una sola moneda)

  • Rey64 dijo:

    Soy Agente de Telecomunicaciones, pero quiero obtener también la patente de Programador de equipos de computos. Tengo algún impedimiento? A mi modo de ver puedo realizar ambas sin que una dependa de la otra, ni que ambas consuman todo el tiempo. Gracias.
    No me queda claro si como Agente tengo que pagar Impuesto a final de año.
    Puedo hacer mis pagos de la ONAT a través de Transfermovil?
    Que restricciones existen hoy para poder usar la aplicación Transfermovil para los Agentes de Telecomunicaciones?
    Gracias

  • chairman dijo:

    ¿Se hará algo con respecto a la especulación injustificada que hay con los precios? ¿Habrá alguna ley de precios justos que permita hasta un 35 % de utilidades?

  • jpuentes dijo:

    Qusiera saber si una vivienda de cuatro habitaciones, que tiene 2 propietarios a partes iguales, o sea, el 50% uno y el 50% el otro de la propiedad, uno de los propietarios puede arrendar la mitad de la vivienda, sin el consentimiento del otro?

    • jpuentes dijo:

      Quisiera decir que la propiedad es compartida a la mitad de ambos propietarios. Por lo tanto, cada uno tiene derechos sobre la mitad de la vivienda y un propietario pudiera, en buena lid, alquilar dos habitaciones si la vivienda es de 4 habitaciones, que es el caso en cuestión, por el cual, estoy haciendo la pregunta. Y requiero de un especialista que me explique el proceder de este asunto, en terminos, exclusivamente, juridicos. Y que haga su valoración, analisis e interpretación especializada del asunto a la luz del derecho y las normas establecidas con referencias para consulta. Agradezco de antemano la repuesta de cualquier persona especializada en el campo juridico.

  • Roy dijo:

    Quiciera saber si hay pocibilidad de licencia para alquiler de bicicleta?????? Alguien me podrá decir saludos

  • Adonis dijo:

    Porque si se permite la actividad por cuenta propia se decomisa en la aduana articulos , que van a beneficiar a la prestacion ,de un mejor servicio a la poblacion que está necesitada de estandares internacionales ,acordes a estos tiempos

  • Jesus dijo:

    Nada se habla de los artículos, importados o producidos por el estado que los trabajadores privados los compran en las tiendas minoristas en cafeterías y todo tipo de establecimiento estatal y les ponen luego un precio exorbitante sin que nadie mueva un dedo y el que sufre es el bolsillo del trabajador ejemplo: Las Manzanas que las venden a 30 y 40c y están en cualquier esquina a 20.00 cup los refrescos ciego montero que cuestan 10.00 cup o 50 c y los particulares los revenden a 15.00 cup, las maltas galleticas la lista es interminable. ? Me pregunto no son precios aprobados a nivel nacional minorista que por cierto son altísimos?? porque se permite que alguien los compre y los revendan esa licencia les da derecho a eso a los cuentapropista porque lo hacen a los ojos de todos y entonces como criticamos que alguien compre 15 000 manzanas si luego permitimos que las vendan en las esquinas, mientras prime este desorden esta actividad no tendrá la aceptación y el respaldo del pueblo que necesita.
    Por otro lado entonces se restringe por ejemplo que una persona solo pueda ejercer una actividad gastronómica los que los pone en desventaja con los estatales que en los restaurantes tienen Bar además algo ilógico, prohibimos por prohibir y no ponemos lo que tenemos que poner. Donde esta el Banco que agilice los créditos a estos pequeños negocios
    Las maquinarias que necesitan los aditamentos etc etc nada se habla de esto tampoco.

  • gera dijo:

    No estoy de acuerdo con esto de ¨Solo se otorgará autorización para ejercer una sola actividad aprobada por persona.¨, como muchos han planteado no se entiende el por que?.. de hecho no he visto ningun comentario a favor de esta nueva medida,.. es otra medida más que atenta contra el derecho de la persona a progresar según su capacidad, intelecto y sacrificio,.. muchas personas están en contra de esta medida y me pregunto, esto hará la diferencia?.. veremos,... no hay ninguna explicación lógica,.. pergunto que tiene que ver que una persona tenga 2, 3 o las licencias que quiera si al final paga su impuesto por cada una de las actividades que realiza,.. por que limitar la capacidad de la persona, acaso piensan que una persona tiene más de una licencia por placer, o es pura nececidad...es el deseo de progresar y mejorar su calidad de vida,.. entonces estamos en contra de esto último,.. es que vamos a tomar medidas para que todo el mundo sea miserable toda la vida, que nadie levante cabeza y seamos todos parte del mismo rebaño,..acaben de entender que la diferencia de clases existe y es real, no en los paises capitalistas, aqui tambien y es algo palpable,.. todos no podemos ser iguales,.. o acaso este pensamiento no entra entonces en contradicccion con el principio de a cada cual segun su capacidad y a cada cual segun su trabajo,..entonces?.. decimos una cosa y luego venimos y por ley imponemos otra?... otro concepto acaso no esta aprobado el pluriempleo?...entonces?..en fin todo va tirando siempre hacia el mismo lugar,.. proteger priemro los intereses del estado y del gobierno, y en segundo lugar los intereses del ciudadano,.. cuando logremos arrancar y revertir esta forma de pensar y primero se valore el derecho de la persona,..ojola y no sensuren este comentario y lo publiquen a tiempo para contribuir al debate,..

  • FABAT dijo:

    Pienso que el nacimiento del empresario cubano (persona con permisos de importar y exportar) siempre que el Estado cuide de sus principales productos, Ron, Azúcar, tabacos, etc. Es una manera de hacer buena mella al bloqueo Norteamericano y se incrementara la economía del país. Que creen ustedes?

    Por que no puede existir nuevas actividades para los tcp como
    Gasolineras, casas de cambio, tiendas, etc. que pueden ser nuevos establecimientos o arrendar los ya existentes, pienso que con ello, los cambios de turno, el desabastecimiento con productos en el almacén. Etc. Serán mas eficientes

  • Estoy en pausa dijo:

    Tengo una cafeteria terminada esperando abran las licencias
    Quiero saber cuando es que se precisa debo solicitar la licencia con precision para estar preparada y si puedo ir gestionando algo antes , que seria
    le agradeceria por favor porque tengo muchas dudas aunque ya me lei la gaceta y tengo cosas claras , muchas gracias

  • La pistola dijo:

    Si el Código de Trabajo refrenda el pluriempleo, no se está vulnerando un derecho ciudadano con la limitación de licencias a 1 sola? será que en un domicilio todos sus convivientes debrán dedicarse por fuerza a la misma actividad?

  • Amado Martínez Cruz dijo:

    Buenos dias, yo tengo dos licencias, una de Fotografo y otra de Plasticador, mi pregunta se basa en q vivo en un reparto del municipio de holguin que no tiene mucho flujo de este trabajo. En el caso de fotografia me dedico a tirar fotos al momento , no hago trabajo en exteriores solo tiro foto para tranites y en el caso de la plastificacion en el mes plastifico cuando mas 25 carné y juntas las dos me permiten devengar un salario aceptable.Teniendo en cuenta esto no podria con la licencia de fotografo seguir plasticando pues ya tengo la inversion realizada y me ayuda a mis ingresos?

  • Ernesto dijo:

    Buenos días Cubadebate y forista, creo que nos demoraros mucho para traer el tema a debate con intención y no con la publicación de la gaceta pues solo ha traido especulaciones, amenazas y malestar entre los cuentapropistas. OJO los considero una figura necesaria e imprecindible en la construcción de la sociedad prospera y sostenible que estamos haciendo, pero creo que medidas como esta solo hace que se sientan marginados.
    Si desde el surgimiento de esta figura hay cientos de TCP presos y confesos de su actividad económica ílicita no debemos tenerle miedo a esto y si perfeccionar los mecanismos de control y detección de estas irregularidades a la corrupción hay que partirle de frente, sin medias tintas y el sector en termino general hay que abrazarlo, darle cariño e involucrarlo a conciencia en la construcción de nuestra sociedad. Solo lanzaré algunas preguntas que me parecen muy interesantes: Adonde van a parar los impuestos de los TCP que aportan al gobierno municipal, en el caso de Plaza de la Revolución creo podrían haber reformado el estadio Camilo Cienfuegos, con su tabloncillo incluido sin pagerle 15 millones de CUP a un cuentapropista, algunas cooperativas ya tienen acceso a MERCADAL (mercado mayorista) como el BIKI pero la cerveza en este lugar sigue a 40.00 CUP no entiendo le damos prerrogativas de compra y facilidades y esto no impacta directamente en el precio final, hay que topar los precios fijar los índices de ganacias para repartir mejor las riquezas y fijense que digo compartir, no regular, ni eliminar.
    El que tenga más licencias, que pague más impuesto y se acabó; el que tenga más riquezas que pague más impuesto y se acabó.
    La doble moneda solo favorece a los TCP, bueno los que logran el contrato con las empresas y dan su comisión (que es el 10 % del contrato) lo sabe todo el mundo de eso viven varios directivos de la Empresa Estatal Socialistas. La empresa saca 1000.00 CUC que es lo mismo que mil CUP, pero el TCP saca 25 mil CUP en serio hay economía que aguente esto.
    Los boteros siguen picando las carreras, por sus co..... y no pasa nada, de nada los taxis amarillo buena idea pero no dan abasto y por las noche para que hablar. Espero que si los boteros se caen de brazos caidos, se tomen medidas con respecto a esto.
    Todo esto pasa mis hermanos, porque no hubo un acompañamiento jurídico desde el surgimiento y nacimiento de esta figura, la realidad, la inventiva y la falsa necesidad (ganar-ganar) fórmula capitalista que nos está pasando facturas. Vamos a dejar que ganen, pero que paguen impuestos y el que delinque nada que la justicia cumpla su rol. Y ojo no vamos a erradicar el delito pero si hay que combartirlo día a día, pero no podemos terminar con la Forma de Gestión No Estatal.
    Gracias

  • Nelida Maria dijo:

    Mis saludos, en mi caso tengo dos licencias, una de fotografo y otra de mecanografo. En el caso de la de fotografia solo realizo fotos al momentos ya que no tengo condiciones de salud ni condiciones tecnicas para realizar otras actividades. Al tener que entregar la liciencia de mecanografo podria continuar imprimiendo documentos(no mecanografiando) con la liciencia de fotografo?

  • yo dijo:

    soy trabajador del sector estatal, 8 horas diarias de lunes a viernes 4 horas los sábados. como seria el pago de patente, impuestos y demás si decido sacar una patente para algún tcp? ... me preocupa, no veo a nadie respondiendo las dudas....

  • yo dijo:

    Señor lázaro Borroto, creo que lo que dice es muy importante estoy segura creyendo debe tener alto grado de instrucción, pero me cuesta trabajo entenderlo (a pesar que soy profesional también) imagine el resto que no lo sea por favor podría decirlo de una forma más al alcance de todos.
    gracias y disculpe cualquier molestia que le puede ocasionar esto, no es mi intención

    • Lázaro Borroto dijo:

      Lo que quice decir en mi anterior comentario es que se le permita ejercer por su cuenta a las personas que saben de algo más que el promedio, y que lo que saben, es importante para otros, o sea que esos otros están dispuestos a pagar por ello, puse el ejemplo de las redes sociales y Marketing digital, hay personas muy preparadas en esos temas y hoy no pueden dar consultorías o cursos porque está prohibido, y el estado esas disciplinas hoy no las puede impartir en la práctica, y de hecho es como de be ser, debe dejar que otros lo hagan ¿se entiende ahora? Eso pasa con muchas áreas del conocimiento, no solo con los ejemplos que puse.

    • Lázaro Borroto dijo:

      Lo que quice decir en mi anterior comentario es que se le permita ejercer por su cuenta a las personas que saben de algo más que el promedio, y que lo que saben, es importante para otros, o sea que esos otros están dispuestos a pagar por ello, puse el ejemplo de las redes sociales y Marketing digital, hay personas muy preparadas en esos temas y hoy no pueden dar consultorías o cursos porque está prohibido, y el estado esas disciplinas hoy no las puede impartir en la práctica, y de hecho es como debe ser, debe dejar que otros lo hagan ¿se entiende ahora? Eso pasa con muchas áreas del conocimiento, no solo con los ejemplos que puse.

  • Fidel dijo:

    En el caso de los arrendadores que reciben sus ingresos en el extranjero, como se les aplica la cuenta fiscal

  • Roberto dijo:

    Hay dos reflexiones o pensamientos de Martí que los traigo a colación
    ¨La Prosperidad de una Nación, descansa sobre los hombros, de sus pequeños Propietarios¨
    ¨La riqueza bien habida, bienvenida la riqueza¨
    Ahora me hago una pregunta, o, mejor dicho, varias:
    ¿Porque limitar la capacidad de crear y obtener ganancias al poner como condicionante, la tenencia de más de una licencia ¿???
    Creo que se frena por completo el desarrollo y el bienestar que produce el trabajo ordenado y legal.
    Se produce un retroceso, pues esta medida frena el trabajo de otros cuentapropistas que pudiesen obtener trabajo, dígase cocineros, albañiles, etc.

    ¿Por qué no me definen el termino de acumulación de capital?
    ¿Cuáles son los bienes fundamentales de la Nación?
    Acaso piensan que un arrendador se pueda hacer rico y que está creando riquezas, cuando en realidad lo que hace es sacrificar su vida íntima y la de su familia teniendo que arrendar sus habitaciones.
    Nos preocupamos más de unos cuantos millonarios, ojo, revisen bien quienes son, que por los millones de pobres que tenemos en nuestro país.
    A aquellos que han acumulado dinero robando, no importa cómo, o quienes sean, aplíquenle el máximo de rigor de las leyes, pero no EXPERIMENTEN más con los hombres honestos de este país.

  • Rosy dijo:

    Quisiera saber en que se basan para decir de que una cafeteria genera ALTOS INGRESOS, deberia ser en base a los ingresos de cada negocio, porque no es lo mismo una cafeteria en el centro de una ciudad que una en un reparto de nivel bajo, en ese caso la cuenta bancaria la encuentro un absurdo. Que alguien explique por favor...

  • Cubano de a pie dijo:

    La cuenta fiscal la podré usar a mi libre antojo, como cualquier cuenta corriente?

  • gera dijo:

    No estoy de acuerdo con la medida con respecto a los agentes de telecomunicaciones:
    ¨-Para los que obtengan ingresos mensuales superiores a los 2 500.00 CUP, la cuota consolidada mensual resulta de aplicar, al total de los ingresos obtenidos, el por ciento que corresponda según la escala siguiente:
    Ingresos mensuales (CUP) (%)
    Más de 2 500.00 – hasta 5 000.00 3
    Más de 5 000.00 – hasta 7 000.00 5
    Más de 7 000.00 – hasta 9 000.00 10
    Más de 9 000.00 – hasta 17 000.00 15
    Más de 17 000.00 20 ¨
    Como es lógico trae las siguientes consecuencias directas sin ser un erudito aplicando la lógica normal de toda la vida:
    -motiva a vender menos, porque mientras más vendes mas tienes que pagar, deberia ser todo lo contrario motivar a que esta figura venda más y brinde este servicio al pueblo que no tiene que trasladarse grandes distancias sino que en el entorno de su barrio lo puede obtener,..

    • Ministerio de Finanzas y Precios - MFP dijo:

      Saludos Gera, se ha decidido aplicar esta nueva medida para los Agentes de Telecomunicaciones teniendo en cuenta la experiencia de la aplicación de los tributos para esta actividad, la cual muestra un incremento de los niveles de ingresos obtenidos y por ende de su capacidad de contribuir con su aporte al Presupuesto de Estado. Esta actividad sigue perteneciendo al Régimen Simplificado de Tributación y por tanto no están obligados a presentar la Declaración Jurada para liquidar el Impuesto sobre los Ingresos Personales. Los porcientos establecidos para calcular la cuota mensual cumplen con el principio de equidad de la Ley Tributaria, que personas con similar capacidad económica queden jujetas a similar carga tributaria. Con esta medida el tipo impositivo máximo es de un 20% para ingresos mensuales superiores a los 17 000 pesos, carga que oscila en los límites mínimos para el sector del trabajo por cuenta propia que es entre un 25% y un 35%. Para nada debe ser un desetímulo a la venta, pues si aporta mas Impuesto es porque esta obteniedo ganacias superiores y se encuentra en condiciones económicas para realizar el aporte.

      • zaira dijo:

        EN EL CASO DE LOS AGENTES ELLOS INVIERTEN SU DINERO PARA GANAR 3 CENTAVOS Y SIN EMBARGO EL ESTADO LE COBRA UN IMPUESTO POR EL INGRESO TOTAL, EN VEZ DE APLICARLO A LA GANANCIA, LO QUE ME PARECE UNA TOTAL APROPIACIÓN INCORRECTA DEL ESTADO DE SU DINERO.

      • Orestes Palmero Ramos dijo:

        a resolución No. 196 establece el tipo impositivo a aplicar a los Agentes de Telecomunicaciones, según los ingresos personales y me parece correcto y justo pues cada cual debe aportar según los ingresos obtenidos, lo que no me parece justo es que ETECSA continúe diferenciando a los agentes en la comisión recibida por las compras mayoristas pues unos reciben un 10%, otros un 7%, otros un 5% y los demás solo un 3%, me parece que de esta forma están incurriendo en la aplicación de un doble impuesto y en el caso del que recibe sólo el 3% de comisión le están quitando el 70% de lo que normalmente ingresaba. Este reglamento que aplica ETECSA desde septiembre del pasado año va en detrimento del régimen tributario pues si antes yo ingresaba 10000 pesos, ahora por el mismo nivel de ventas sólo ingreso 3000, por lo tanto el tipo impositivo va a ser muy bajo y no estaré aportando al presupuesto lo que realmente debo pues un gran % de ese tributo se está desviando hacia los ingresos de ETECSA. Y además constituye una forma que no estimula al Agente de Telecomunicaciones pues nadie puede entender que existen 4 precios para el mismo producto, con el perdón de los entendidos pero me parece hasta discriminatorio. Espero puedan satisfacer mi duda

  • Any dijo:

    buenos días a todos, me gustaría saber por qué los carros que ya pasaron somatón este año deben pasarlo nuevamente? En mi caso el carro paso el somatón el día 28 de junio y ya tenía licencia, ahora nos dicen que el que no lo paso del 1 de julio a la fecha debe pasarlo otra vez, no creo que eso este correcto y más que todos conocemos “lo que cuesta” pasar dicha revisión. Por favor les agradezco si me pueden explicar el porque de esta medida. Saludos y gracias

  • Jorge dijo:

    Me llamo Jorge Infante Perez. Vivo en Holguin y tengo una patente para arrendamiento de habitaciones. Quisiera que explicaran bien lo de la cuenta fiscal que tengo que abrir en el banco. Aquí en la preparación dijeron que tengo que depositar todo lo que gano en el mes en el banco y solo puedo quedarme con el 20% para los gastos del negocio. Será que esto es así?

  • Lazaro Hernandez dijo:

    Mi pregunta es corta

    Un pelotero profesional es un trabajador por cuenta propia ?

    Cual es el limite de capital acumulado para un pelotero profesional?

    Cual es el limite para los demas mortales?

    gracias

  • Jorge dijo:

    Hola, buenos días.

    Quisiera saber por qué no se considera la creación de cooperativas no agropecuarias de desarrolladores de software? Hoy por hoy se están graduando miles de ingenieros todos los años, todos van para empresas del estado y a los 2 años la mayoría sale para emigrar a otros países o pasarse al sector no estatal donde están mejor remunerados.

    Por qué no permitir su agrupación en cooperativas, que tributen tanto al desarrollo de software para la nación como a la entrada de divisas frescas y duras desarrollando software para el exterior?

    Este tipo de cooperativa practicamente no necesita de insumos materiales(solo internet, electricidad y un espacio para trabajar), como las de comidas, las de la construcción, etc...lo que permite que no entre en choque con el abasto minorista del estado, como pasa hoy con muchas cooperativas y que genera robos al estado y al fisco.

    Al no encontrar una razón válida para que no existan, todo queda en que no se quiere porque si, y eso no es representativo de nuestra democracia socialista a mi entender. En estos días está la UIC en reuniones, espero se discuta del tema. Pero realmente sigo preguntandome, por qué no?

  • Pedro Hernández Ramos dijo:

    Solo preguntar: por qué 30 días para abrir la Cuenta Fiscal y no los 90 días que se dan para tener en ella el valor equivalente a 3 saldos mínimo tributario?
    Yo estoy en Brasil por serios problemas familiares y tengo pasaje para regresar a mediados de febrero.....no puedo abrir la Cuenta Fiscal entre el 15 y el 28 de febrero y ponerle el valor correspondiente en esa fecha de forma tal que el 7 de marzo todo esté en perfecto orden?
    Hay alguna manera de pedir Licencia o permiso para eso?

  • Any dijo:

    Sobre el mismo tema quisiera saber ¿Porque a los taxis libres les pondrán un mínimo de combustible tan elevado? ¿Qué pasa el mes que el carro se rompa y no aparezca la pieza (o aparezca con precios exuberantes)? ¿Les facilitaran piezas a precios factibles en las tiendas especializadas?

  • Borges dijo:

    Alguien puede explicarme cómo funcionará la licencia de arrendador de medio de transporte?????

  • Informático dijo:

    En Cuba existe una gran oportunidad para muchos informáticos de trabajar como TCP para empresas extranjeras. Nuestra fuerza de trabajo es barata para ellos y al mismo tiempo lucrativa para nosotros. ¿Existe alguna vía en que podamos aprovechar esta increible oportuniada estando dentro de la ley?

  • Sol Angel dijo:

    Estan participando los organismos en este debate, por favor alguien va a contestar las dudas que estamos planteando

Se han publicado 443 comentarios



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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Lissett Izquierdo Ferrer

Lissett Izquierdo Ferrer

Periodista de Cubadebate. Graduada en la Universidad de La Habana (2014). Trabajó en la Agencia Cubana de Noticias del 2011 hasta septiembre de 2018. Contacto: lissett@cubadebate.cu

Edilberto Carmona Tamayo

Edilberto Carmona Tamayo

Subdirector de Desarrollo y Soporte a los Medios de Ideas Multimedios. Licenciado en Periodismo en 2016 por la Universidad de Holguín. Contacto: edilberto@cubadebate.cu

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