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¿Qué desea conocer sobre el Trabajo por Cuenta Propia en Cuba? (+ Infografías y Video)

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Restaurante El Vicky. Foto: Granma.

El pasado 10 de julio se publicaron en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 35 las normas que implementan la política para el perfeccionamiento del Trabajo por Cuenta Propia en Cuba. La reapertura de un grupo de licencias, el reordenamiento de algunas actividades, las modificaciones tributarias y nuevas políticas para el transporte son algunos de los tópicos que contienen las regulaciones. Cubadebate te invita a que compartas tu opinión o inquietud sobre este tema a través de nuestro Foro Debate.

Desde el 7 de diciembre

Al intervenir en el espacio televisivo Mesa Redonda, la viceministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, recordó que desde octubre de 2010 se amplió el trabajo por cuenta propia, lo que ha posibilitado un sostenido incremento del número de personas que lo ejercen. “De 157 mil a más de 593 mil en agosto de 2018, lo que representa el 13% de los ocupados”.

Infografía: Edilberto Carmona.

La nueva política y sus disposiciones entrarán en vigor 150 días después de su publicación en la Gaceta Oficial, o sea, el 7 de diciembre.

Entre las principales adecuaciones anunciadas están:

  • El otorgamiento de licencias de las 27 actividades que estaban congeladas.
  • La creación de nuevas licencias. Se modifica el permiso de elaborador de alimentos y bebidas mediante servicios gastronómicos y restaurantes al crearse dos nuevas figuras: servicios gastronómicos y restaurantes, y servicios de bar y recreación. Se crean, además, las actividades de panadero-dulcero y de arrendador de medios de transporte.
  • Solo se otorgará autorización para ejercer una sola actividad aprobada por persona.
  • Se podrá ejercer en un mismo domicilio una sola de las actividades de servicios gastronómicos en restaurantes, servicios gastronómicos en cafetería, o servicio de bar y recreación.
  • Los arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios podrán arrendar a personas jurídicas (empresas, organismos, organizaciones), además de naturales, y, en caso de ausencia, por viaje al extranjero u otra causa, el titular de un negocio podrá nombrar a un representante entre los empleados del mismo

No se otorgarán más licencias en las actividades de:

  • vendedor mayorista de productos agropecuarios,
  • vendedor minorista de productos agropecuarios,
  • carretillero o vendedor de productos agrícolas de forma ambulatoria,
  • comprador vendedor de discos
  • operador de equipos de recreación (para los equipos rústicos)

Al comentar sobre el tema enfatizó que “no desaparece ninguna actividad, 96 de las existentes pasan a agruparse en 28, y de un total de 201 quedamos en 123”, explicó la vice titular del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

De igual manera señaló que se agregan un grupo de requisitos para la solicitud de las licencias como son el proyecto de la actividad, documento en el cual se debe proyectar el objetivo de ese negocio.

Infografía: Edilberto Carmona.

Más adelante, Feitó Cabrera acotó que desde la publicación en la Gaceta se ha llevado a cabo un amplio proceso de preparación de las estructuras administrativas encargadas de aplicar las normas que abarcan a 25 mil cuadros y funcionarios y se inició la capacitación a los TPCP, que ya alcanzan los 140 mil 276 y se realizará hasta el 5 de noviembre.

“La asistencia a esta preparación es una oportunidad para que estos trabajadores se actualicen de las modificaciones aprobadas, sus derechos y obligaciones, los nuevos beneficios y puedan realizar los ajustes correspondientes a la actividad que ejercen y estar listos en los términos que la norma dispone”.

Sobre la unificación de las licencias, aclaró que el 98,4% de los cuentapropistas en el país están incluidos en las actividades que se integran o no sufren modificaciones. Solo el 1,6% restante, unos nueve mil (el 50% de ellos en La Habana), deberán decidir un cambio, para lo cual tendrán un plazo de hasta 90 días tras la entrada en vigor de las disposiciones.

“Actualmente había personas que tenían un restaurante, eran manicuras y tenían licencia para fregar autos. “Por su naturaleza no se pueden ejercer en el mismo espacio de tiempo y no son relacionadas”, reseñó.

¿Qué cambia en el transporte?

Foto: EFE

Como parte de las normas que implementan la política del trabajo por cuenta propia, se encuentra el Reglamento del Decreto Ley 168 sobre la Licencia de Operación del Transporte (LOT), documento que autoriza a las personas naturales a brindar los servicios de transportación de carga, de pasajeros y los auxiliares y conexos del transporte.

“El perfeccionamiento de este reglamento comprende un conjunto de aspectos que favorecen el ordenamiento y control de los servicios de transporte en los territorios y en gran medida responden a solicitudes realizadas por los propios titulares de Licencia”, expuso Marta Oramas, viceministra de Transporte.

Entre las novedades para el sector es la existencia de una nueva clasificación del servicio de pasajeros en taxis: servicio de taxis en ruta, servicios de taxis libre, y servicio de alto confort o clásico. Los tres servicios son excluyentes.

“En el caso de la licencia operativa de autos clásicos o de alto confort se asociarán a la empresa Taxis Cuba, entidad que desde el año 2012 aplica un modelo de gestión dirigido en lo fundamental al turismo con muy buena aceptación”.

Otro de los cambios propuestos es el surgimiento de la figura del arrendador de medios de transporte, mediante la cual una persona natural puede solicitar una licencia para el servicio de transportación de pasajeros con un medio arrendado a otra persona natural, titular de una licencia de arrendador de medios de transporte.

La viceministra recordó en la Mesa Redonda que se comienza a otorgar licencia de operación del transporte a personas naturales que vayan a brindar servicios auxiliares y conexos; también se restituye la extensión nacional, provincial y municipal de la licencia de operación del transporte (actualmente todas las licencias existentes en el país tienen extensión nacional).

“En particular, la actividad de transportación de pasajeros que brindan los porteadores privados, es un servicio alternativo, complementario y necesario al servicio público principal, representan el 90 % del total de los titulares de licencia, por ello la importancia de su ordenamiento en garantía de lograr un equilibrio entre los intereses del pueblo, los transportistas, el estado y el gobierno”, dijo.

Como inicio de este proceso y considerando su representatividad, se decidió realizar a partir del 8 de octubre del presente año, un experimento en la Provincia La Habana con los porteadores que brindan servicio de transportación de pasajeros en medios automotores del tipo auto, jeep, panel y microbús con capacidad entre 4 y 14 pasajeros.

Rutas en La Habana.

“Además del ordenamiento del servicio de taxis, el experimento prevé un grupo de bondades para los transportista que deseen incorporase al servicio de taxi en ruta, el más demandado por la población. Serán 23 las rutas para ofrecer este servicio, las que tendrán un precio de 5 pesos cada ocho kilómetros. Estos transportistas adquirirán el combustible a precio muy módico en cup, podrán acceder a la red de talleres del transporte provincial y la adquisición de partes y piezas con un 20 % de descuento”, detalló.

Los cambios en materia tributaria

Dentro de las nuevas normas también hay transformaciones relacionadas con el régimen tributario fijado para este sector económico, fundamentalmente por la agrupación de determinadas actividades, para las cuales se requirió redefinir sus cuotas impositivas mensuales, según recordó Vladimir Regueiro, director de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP).

De las 96 modalidades que se agrupan en 28, 2 pasan al Régimen Simplificado de Tributación, por lo que pagarán una cuota consolidada mensual y estarán exceptuadas de presentar la Declaración Jurada. Se trata de las actividades de Fundidor y Productor vendedor de artículos de fundición no ferrosa, que aparecen en la renovada lista como Productor vendedor de artículos fundidos.

Infografía: Edilberto Carmona.

A tono con las disposiciones aprobadas, hay 11 actividades que comenzarán a tributar en el Régimen General:

Actividad Unificada en
Reparador de batería automotriz Reparador de equipos mecánicos y de combustión
Limpiador y comprobador de bujías
Oxicortador Herrero
Masajista Servicios de Belleza
Peluquera peinadora de trenzas
Peluquero tradicional
Reparador de bisuterías Reparador de artículos de joyería y bisutería
Animador de fiestas infantiles, payasos o magos Servicios de decorador, organizador de cumpleaños, bodas y otras actividades festivas
Reparador de artículos de cuero y similares Talabartero
Grabador cifrador de objetos Rotulista o Grabador
Pintor rotulista

 

El especialista resaltó que fueron revisadas las cuotas mínimas mensuales y se fortaleció el criterio de territorialidad, con el objetivo de atender el comportamiento de las actividades en cada provincia o municipio, incluso en los polos turísticos; “con especial tratamiento -siempre que fue posible-, en La Habana, debido al notable progreso de este sector en comparación con el resto del país”, abundó.

Vladimir insistió en la facultad que poseen los consejos de  la Administración municipales para gestionar la recaudación de esos ingresos, y adecuar las cuotas a la real capacidad económica del contribuyente.

En el proceso de actualización de las cuotas mensuales se han definido reglas que acotan posibles conductas evasoras:

  • Se mantiene las cuotas mensuales a los contribuyentes inscritos en las actividades que se agrupan, siempre que sean superiores a la mínima que se propone para la nueva actividad.
  • Los contribuyentes que causen baja y en un período inferior a 24 meses se reincorporen al ejercicio de la misma actividad u otra de similar alcance, se les fija la cuota que tenían antes de causar baja, si esta es superior a la mínima establecida o a la aprobada por acuerdo del Consejo de la Administración.

De acuerdo con el director de Política Fiscal del MFP, de la recién actualizada lista de 123 autorizaciones, 52 tributarán bajo el Régimen General y las 71 restantes lo harán por el Simplificado.

Infografía: Edilberto Carmona.

Como parte de los cambios, se elimina la exoneración del pago de impuestos por la contratación de hasta cinco trabajadores, y además se ajusta la base imponible mínima para el pago de este gravamen, cuyo tipo impositivo continúa siendo del 5 %.

A partir de evaluar la experiencia en la aplicación de los tributos que abonan quienes ejercen la actividad de Agentes de Telecomunicaciones, Regueiro reiteró que se adecuó dentro del Régimen Simplificado las cuantías, en correspondencia con la capacidad económica que genera esta modalidad:

- Para aquellos que obtengan ingresos mensuales de hasta 2 500 pesos cubanos (CUP), se les mantiene la cuota consolidada mínima mensual de 20.00 CUP, conforme a lo establecido en el Régimen Simplificado para esta figura.

-Esta cuota puede ser incrementada por los consejos de la Administración municipales del Poder Popular, hasta el límite de 75.00 CUP, para ese mismo nivel de ingresos mensuales.

-Para los que obtengan ingresos mensuales superiores a los 2 500.00 CUP, la cuota consolidada mensual resulta de aplicar, al total de los ingresos obtenidos, el por ciento que corresponda según la escala siguiente:

Ingresos mensuales (CUP)  (%)
Más de 2 500.00 – hasta   5 000.00 3
Más de 5 000.00 – hasta   7 000.00 5
Más de 7 000.00 – hasta   9 000.00 10
Más de 9 000.00 – hasta 17 000.00 15
Más de 17 000.00 20

 

Otra medida, que se implementará de manera progresiva, es la habilitación de cuentas bancarias fiscales. Por ahora comenzará por las licencias de:

  • Servicio gastronómico en cafetería.
  • Servicio gastronómico en restaurante.
  • Servicios de bar y recreación.
  • Arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios.
  • Servicios Constructivos.
  • Transporte de pasajeros en vehículos de motos de 4 hasta 14 pasajeros, en la provincia La Habana.

- Las principales operaciones del trabajador por cuenta propia deben transitar por estas cuentas, abiertas en CUP o CUC.

-El cuentapropista dispone de un término de 30 días para su apertura y hasta 90 días para completar el saldo mínimo exigido (equivalente a 3 cuotas tributarias mensuales que tenga fijada el contribuyente).

-La cuenta bancaria es un mecanismo para el control fiscal de la actividad que se realiza, pero no limita la disposición del titular sobre esos recursos, con excepción del cumplimiento del requisito del saldo mínimo.

Infografía: Edilberto Carmona.

Infografía: Edilberto Carmona.

Se han publicado 443 comentarios



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  • EZZIO dijo:

    Ministerio de Finanzas y Precios - MFP, con respeto les digo siempre el mismo cuento gastos salud, educacion, ? y lo que se exporta? para pagar deudas??, lo que se recibe de las misiones?, lo de las remesas?, tqambien para pagar deudas??, el pago por impuesto al transporte terrestre?, a donde va? al municipio tambien??, creo que esta justificacion quedo en el pasado, creo que deberian hacer una buena declaracion ustedes ante el publico de lo que se Ingrsa y lo que se gasta sin hablar de porcientos?

  • duque dijo:

    Soy mecánico, electricista y pintor automotriz con las respectivas licencias por supuesto y tengo contrato con Empresas estatales. Según las nuevas regulaciones debo escoger sólo una. Por qué no las agrupan, pero en una q tenga q ver con taller automotor, no agrupando electricista de vivienda con el de autos, ni uniendo al reparador de equipos de combustión con reparador de baterias. A quien le sirve? Supongo q muchos contratados se quedaran desempleados. Por la idea de una sola licencia.

  • aquiles dijo:

    Una pregunta?, al MFP si una persona natural, cuentapropista? que tenga una cafeteria?, no puede tener, restaurant, dulceria-heladeria y bar? porque una cooperativa que tambien es una actividad por cuentapropia puede tener estos servicios a la misma vez??, otra pregunta es mi casa si yo soy cerrajero, quiere decir que mi hijo no puede tener una licencia de reparador de equipos electronicos y ejerza su profesion en la casa tambien..... eso tambien es limitado? prohibido?, es una licencia por nucleo familiar? o sea en el domicilio?

  • Laurita dijo:

    Me pregunto donde está la democracia nuestra si todo el mundo está en contra de este punto

    Solo se otorgará autorización para ejercer una sola actividad aprobada por persona.

    Por qué se mantiene?. Están frenando al que quiere trabajar más. Y existe el falso concepto que eso es para enriquecerse.

    Hasta cdo el pueblo tiene q acatar lo q viene de arriba aunq le afecte????

  • wicho dijo:

    Si tengo carro y una casa vacia, por que no puedo tener dos licencias una de transportista y otra de arrendador de vivienda. Se me olvidaba tengo que engañar y poner a mi mujer como titular de una de las dos, nada que seguimos igual prohibiendo e impidiendo.

  • Vito dijo:

    Los trabajadores Cubano que se desvinculen del sector estatal, bien sea por voluntad propia, o por que queden disponible por interés estatal y se vinculen a una forma de gestión no estatal quedan desposeídos de una Seguridad Social hasta pasado 2 años.
    Por ejemplo un trabajador estatal de 58 años de edad que trabajo 28 años en la empresa del Gas como plomero, por Interés Estatal muchas dependencias de esta empresa se eliminó y sus trabajadores quedaron disponibles. Este trabajador al no recibir una reubicación laborar saco una licencia de TCP Plomero, a los 14 meses se le presentó una enfermedad que lo invalido total para trabaja. La actual ley no lo protege y a pesar de tener tantos años aportando a la Seguridad Social como trabajador estatal no tiene derecho a una pensión por enfermedad devino a no haber estado 2 años como TCP.
    Esto es injusto y no debería de ser así en una sociedad como la muestra. Ejemplos como este suceden hoy en la actualidad y aunque sean de un 1% es injusto

  • JC dijo:

    En cuanto a los transportistas en especial los almendrones algunos tienen mecanica moderna (motor, caja, etc) pero otros tienen mecanica antigua del siglo pasado, se rompen mas, gastan mas combustible, mas recursos,etc y los estan midiendo a todos por igual. Tampoco es igual un dueño de carro que maneje su carro y no tiene que compartir sus ganancias a una persona como yo que trabajo para el estado y tengo que contratar un chofer y por lo tanto debo compartir las ganancias y ningun chofer te trabaja por un salario medio eso es mentira, deben medir estos casos de forma diferenciada.
    En cuanto a la cuenta bancaria fiscal que porciento se puede coger mensualmente para mejorar la alimentacion (que esta bastante mala) de un nucleo familiar, para reparaciones del hogar (vivo en centro habana que se esta cayendo), para necesidades de ropa y calzado, para algo de recreacion, etc.
    Por ultimo cuando van a medir a todos por igual y regular los precios de los vendedores de carnicos y productos del agro, ejemplo el biste de cerdo vale 50 pesos y son 3 bistecitos y el salario de los trabajadores no alcanza, las cooperativas agropecuarias y no agropecuarias (de contruccion, talleres, etc) que ganan miles mensualmente, los trabajadores del mariel que ganan miles, un sector del arte como musicos que ganan miles y tienen perras casas y perros carros, etc.

  • Cojimero_NULL dijo:

    Se plantea que solo se puede ejercer una licencia porque la idea es que el titular participe en la actividad. Mmmm, pero... yo puedo hacer un dia una cosa y un dia otra cosa, incluso puedo trabajar medio dia en una cosa y el resto del tiempo en otra... o, segun tenga clientes o no, decidir que hacer cada dia. De hecho puedo no trabajar un dia! Hay muchas actividades que si son compatibles y se pueden "hacer a la vez", si bien no en el mismo minuto, ciertamente se puede a lo largo de un mes. Las estadisticas dicen que se afectan pocos, pero... acaso no estamos afectando los que podrian tener mas de una licencia de ahora en adelante? Realmente sera eso tan malo?

    Esto luce como un ***caso típico de haber botado el sofa por la ventana***.

    Supongo que la idea subyacente es limitar el enriquecimiento ilicito, pero acaso no puede uno enriquecerse licitamente? Acaso no son actividades autorizadas todas y por las cuales se pagan impuestos? Puede que un mes pague mas por una o por otra, segun haya podido trabajar en una u otra, o segun la demanda.

    Otro punto de vista: si un deportiste gana montones de dinero y se enriquece eso esta bien, pero, si saco dos licencias compatibles y gano una decima parte de lo que gana ese deportista... entonces yo me enriquezco y el deportista no? Habra que limitar los contratos de los deportistas? Como se mide el enriquecimiento? Sera por la velocidad en que ganamos dinero? por la procedencia del dinero? sera que es de afuera el dinero que gana el deportista y el que ganamos aqui es de mentirita? (y entonces me estare enriqueciendo?) No sera que el enriquecimiento se mide y deberia ser aceptable por la cantidad de trabajo que hacemos, por la variedad o nuestra capacidad de hacer, y conocimientos para hacer mas de una cosa? Sera que es mala la variedad? Es acaso malo si somos mas capaces de trabajar o mas versátiles? Si soy fotografo y plasticador? Si tengo un carro y lo manejo como taxi "libre" por el dia pero soy profesor repasador en la tarde-noche? Quizas debo ensennar a mis hijos a estudiar una sola cosa y no superarse, porque aunque es bueno eso, solo pueden hacer un trabajo legalmente. No obstante pueden trabajar para el estado y ademas tener una licencia en el sector privado (!!!!!???) Vaya contradiccion con explicaciones que han dado.

    No creo que sea el unico que se haga estas preguntas y no siempre las podemos expresar bien. Tampoco veo claridad y profundidad en las explicaciones que se dan al respecto. No pensemos en las estadisticas que hay ahora (que hay afectados aunque "valgan poco" por cierto) sino en lo que podriamos hacer!

  • carlos(cav) dijo:

    Creo que hay que revisar el tema de solo tener una sola patente, por ejemplo si soy dueño de un auto, saco una patente de arrendador, se lo doy a otro cuenta propista para que lo trabaje, yo tengo todo el dia en mi casa sin hacer nada, ¿Por qué no puedo sacar una patente para arrendar una parecela para hacer una cafeteria, o yo mismo hacer una cafeteria?, son patentes que no tienen nada que ver una con la otra, pero la de arrendador de auto al no tener que atenderla directamente, me da tiempo para trabajar en cualquier otra patente. Espero que se valore esta situacion en especifico, y otras combinaciones similares que se pueden dar.

  • Eduardo dijo:

    No entiendo cual es el concepto que tiene la prensa cubana de FORO DEBATE?
    De un total de 312 opiniones, solo hay 24 de los diferentes organismos implicados (para un 8%). La relación es la siguiente:
    MTSS 7 2%
    ONAT 4 1%
    MFP 11 4%
    MITRANS 2 1%
    En fin, que para mi no cumplió el objetico fundamental que fue orientar e informar.
    PD: que nadie me diga que del total de opiniones se respondieron casi todas las dudas! El único organismo que respondió todas las preguntas directas fue MITRANS!

  • Todo está en que se quiera hacer dijo:

    Me imagino que estén todas las terminales de La Habana acuarteladas a partir del lunes 8 de octubre, para no esperar que 1ro explote la enfermedad y después empezar a buscar el remedio.
    Se supone que todo debe de estar bien analizado y estructurado para que la semana próxima el transporte estatal fluya mucho mejor, sabemos que óptimo no puede ser, pero si se pone empeño sí puede fluir mejor. Todo está en que se quiera hacer.

  • Carmen dijo:

    Yo quiero comentar por favor sobre la patente de gravador de discos etc y la patente de Mecanografo esas patentes deben unirse el que grave no puede imprimir ya que la misma persona no puede tener dos patentes como puede ser , y el mecanografo que es algo odsoleto el termino como va a imprimir si no toene computadora por favor ese tema debe de revizarse

  • Mayo dijo:

    Mayo
    Considero que esta última resolución publicada en la gaceta oficial es una camisa de
    Fuerza más para el sector privado o TCP. Dar menos y exigir más como diría mi abuela
    Ni dan ni dicen donde hay, como se puede trabajar si en gran cantidad de modalidades
    De TCP tienen que depender de la materia prima, insumo o herramental comprada en el exterior para ejercer la misma. Por no existir en el mercado nacional o Por lo menos para
    Los naturales por el conocido bloqueo interno, debido a que existen tiendas y almacenes
    Como Divet y almacenes Universales pero solamente le pueden vender a persona jurídica
    Lo que considero una discriminación para con nosotros las personas naturales. Al igual de las
    Prohibiciones Aduanales de no permitir importaciones con carácter comercial como si
    Fuéramos tan incapaces de tener nuestros propios comercios, al igual que no quererse dar cuenta que cada vez que alguien importe algo para él y para los demás se está burlando el Bloque Norteamericano y que sería menos que el estado tendría que gastar al igual que lo de no dejarnos comprar en la industria nacional. Lo cual será beneficioso para todo, Más confianza para con nosotros y menos Bloqueo interno. Piénsenlo y saquen sus propias conclusiones.

  • observador dijo:

    “Actualmente había personas que tenían un restaurante, eran manicuras y tenían licencia para fregar autos. “Por su naturaleza no se pueden ejercer en el mismo espacio de tiempo y no son relacionadas”, reseñó.

    Esta observación me parece forzada, porque claro esta las actividades no guardan relación, pero al limitar las licencias basados en este ejemplo estamos lanzando el sofá por la ventana al desvirtuar casos como los contribuyentes que si tienen actividades relacionadas, que coexisten en un mismo domicilio (panadería-dulcería, restaurante y ventas de bebidas y refrigerios), a manera de un complejo de servicios.
    si el contribuyente tributa por las todas las actividades y no sub declara, porque privar al fisco de esos ingresos? Es absurdo e ilógico, amparados en el argumento del enriquecimiento, en este caso, la riqueza genera riqueza colectiva por vía de los impuestos. Si la procedencia de los ingresos es licita, por que el obstáculo al contribuyente? Después apuntaran en los medios a que la contribución social del sector ha disminuido, sin reparar en la causa que lo originó.

  • Miguel dijo:

    Tengo licencia de Productor vendedor de calzado y zapatero remendon para realizar reparaciones con el material sobrante que me queda.Ahora pregunto ,no se puede autorizar que el productor pueda tambien reparar zapatos para de esta forma evitar ilegalidades o puedo seguir con las dos.Quisiera que alguien me pueda responder.

  • alex dijo:

    hola, desearia solo 1 aclaracion que ha sido reiterada pero nadie ha dado una respuesta creible por que solo 1 actividad por persona, se rigen los TCP por el codigo del trabajo o son un cuartico aparte en la cuba que queremos construir...? lo pregunto porque el codigo del trabajo que aparece en la GACETA OFICIAL permite mas de 1 trabajo a los trabajadores estatales, si es el mismo codigo no es esto una violacion de la ley o un irrespeto a la misma?

  • zaira dijo:

    ESPERO ME PUBLIQUEN ESTA PREGUNTA:
    Y SI EL 1,6% DE LOS AFECTADOS, DIRIANSE LOS 10 000 TRABAJADORES CUENTAPROPISTAS QUE ESTAMOS AFECTADOS NOS REUNIMOS, RECOGEMOS FIRMAS, MANIFESTANDO NUESTRA INCONFORMIDAD POR CONSIDERAR ESTA RESOLUCION INCONSTITUCIONAL, LAS ENTREGAMOS EN EL PARLAMENTO.QUE PASARIA?

  • Eduardo dijo:

    Quisiera saber que solución tendrían aquellos adultos mayores, que ejercen la actividad de arrendador de vivienda, habitaciones y espacios, que no tienen la posibilidad de ir al banco o de enfrentarse al uso de las nuevas tecnologías, para realizar el pago de sus tributos y que en estos momentos se auxilian de otras personas. Mi duda viene dado por lo que se plantea en la RESOLUCIÓN No. 197/2018, donde dice:
    Los trabajadores por cuenta propia que ejercen las actividades de Servicio gastronómico en restaurantes, servicio gastronómico en cafetería, servicio de bar y recreación, arrendador de vivienda, habitaciones y espacios y servicios de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles, quedan obligados a abrir y operar una cuenta bancaria en una sucursal de un banco comercial cubano… y a todos los efectos legales y del control tributario, se considera una “cuenta bancaria fiscal”…
    … Los contribuyentes referidos en el apartado Primero de la presente depositan en la cuenta bancaria fiscal los ingresos generados en el ejercicio de la actividad…
    … Asimismo, ejecutan a través de esta cuenta el pago de sus obligaciones tributarias…

  • adriangsantiago dijo:

    el MTSS debe pedir aval de las organizaciones de masa.... propongo que a los Comite de Defensa de la Revolucion se les otorgue el papel rector en la sociedad para que a la hora de entregar las licencias previo aval de esta organizacion de vecinos, pues hay personas cuyo respeto social y legalidad no estan al margen de la ley y por ende se le entregan licencias y lo que hacen es un farol con esto, los CDR a la vanguardia . gracias

    VIVA LA REVOLUCION!!!

    • zaira dijo:

      AL COMPAÑERO DEL CDR, usted es un retrogrado y un extremaizqquierdista, que en el argot popular es extremista oportunista.Desde cuando un derecho civil debe ser analizado por una organizacion como los comites?Sbe usted que muchisimas organizaciones de masas de barrio estan tomadas por delincuentes a conveniencias? Oigame mire que hay que leer cosas? dios mio es mejor quedar con la boca cerrada y no emborronar cuartilla que decir sandeces.Comentarios como el suyo debian ser PROHIBIDOS EN CUBADEBATE

  • adriangsantiago dijo:

    Zaira A Mucha Honra, lo que usted pueda decir de mi, pero esta persona que le escribe se ha ganado el pan humildemente, y el CDR es la esencia de la revolucion, su esencia es la Defensa por cualqueir medio, incluso para usted trabajar en Turismo, en cualquier emp`resa de prestigio estatal se va al CDR para pedir Aval, por que el MTSS no va a pedir aval de esta organizacion de masas?, extremista? de eso acusan todos los aspiran mas alla del punto cardinal ESTE

    • zaira dijo:

      esta equivocado.siempre han querido limitar un derecho constitucional a la opinion del cdr, la federacion y de cuanta organizacion exista y eso es una violacion flagrante al derecho ciudadano y gracias al nivel alcanzado por el pueblo en materia de derechos reclamamos el justo valor de un trabajo digno y que solo tenga que estar refrendado por el derecho constitucional y no por la opinion personal de nadie.Todos los que trabajamos se ganan el pan dignamente, usted no es el unico, trabajar y aportar a la sociedad nos hace digno usted no es el unico, sin embargo es l unico en todos los comentarios que he leido que reclama esta retrograda opcion.Las nuevas generaciones son distintas por suerte a usted y a la mia.Hay cosas que el t iempo y el decursar de la vida dejaran atras como pensamientos de este tipo y estilos antiguos que en su momento pudieron ser necesarios y que hoy nos damos cuenta que s on obsoletos.Gracias a que la vida y el mundo no se detienen estamos aqui. saludosy sigase ganando el pan dignamente como muchos cubanos.

  • guille dijo:

    Pueden abundar un poco mas sobre los organismos rectores, por ejemplo que actividad rectora realizaria el Ministerio de la Construccion en las actividades afines, sobre todo el de reparacion y mantenimiento de inmuebles, al realizar esta actividad que es muy amplia pues se incurren en otros gastos de transportacion de materiales, asesoria tecnica, albergamiento el MICONS debe de aprobar su alcance, respondanme esta pregunta.

  • yo dijo:

    Recuerden que estan tratando con gente instruida por nuestra revolución en la gran mayoría de los casos, cuando hablan del 1,6% con tanta facilidad como si no fuera nada todos vamos a sacar cuenta y vemos como en nuestros noticiarios nos informan sobre personas que salen a defender sus derechos de aumentos de salarios u otros y a penas son cientos o tal vez cercanos a mil personas cuanto mucho, entonces ¿es esto solo mediático? o es que nos estan transmitiendo (como creemos) que aunque sean dos las personas que reclamen sus derechos deben ser escuchadas y atendidas si su causa es real, justa y popular, porque ademas de los 9mil y tantos que estan en esa situacion hay otros TxCPcon una sola licencia (como yo) y otros muchos que no son TxCP que tampoco entienden esto ok,
    Gracias una vez a cubadebate por este foro

  • Yeni miranda dijo:

    Yo tengo mil dudas porque, aunque descargué la gaceta oficial el mismo día que salio, no comprendo bien. Creo que tiene una redacción demasiado compleja para el uso común. En teoría darán reuniones para informar, pero a mi, en Cienfuegos, nadie me ha avisado. Cada vez que pregunto me dicen que luego. El asunto es que ya casi es diciembre y nada.

  • Cubanocogelucha dijo:

    A mi me parece que esta resolución es inoportuna a partir del momento en que han decidido ponerla en marcha, luego de un año pensándola. La siento desconetada del Proyecto de Constitución y los excelentes debates que esta ha provocado. No sanea, si no enrarece. A mi me parece que lo políticamente correcto, en nuestro país dirigido por un partido unico, que debe favorecer la diversidad en pro de la unidad, es que se detenga esta Resolución que lo que ha hecho es desunir y desconfiar, además de subliminalmente mandar un mensaje de sordera gubernamental. Solamente quiero recordar que el nuevo presidente ha renovado en el pueblo los horizontes y las esperanzas.
    Los viceministros que fueron a la mesa redonda cumplieron un rol dificil y no siempre convencieron. Si antes leyeron los criterios, al menos los de Cubadebate, debieron ir los ministros, o aquellos prepararse mejor, a profundidad, porque lo que no es verdaderamente revolucionario es dejar de responder preguntas, y se escamotearon no pocas de ellas. ¿Como se puede defender una resolución que entra en contradicción con conceptos aprobados como el pluriempleo, o que cada cuál gane según su capacidad?, por poner dos ejemplos. Tal parece que esta Resolución, por no hablar también del otro engendro, como es la de los inspectores culturales, ha sido pensada para lograr todo lo contrario. Condierro quer ambas son extemporáneas y remiten a la vieja mentalidad de controlarlo todo, de no poner precisamente en el centro de todo al hombre (no basta la salud y la educación).
    Por último quiero comentar sobre la multa al granizadero, pues considero que lo que debió haber hecho la viceministra era solicitar nombre, apellidos y dirección para ayudar a esa persona. Desde mi punto de vista le faltó sensibilidad, pues una arbitrariedad semejante debía haber tenido de su parte una respuesta más energica que actuara como una señal para detener los excesos que estas aguas suelen arrastrar. Dio la impresión de que vive bastante alejada de esas circunstancia en que también se desenvuelve la vida del cubano de a pie. Reitero entonces que hay que escuchar, y más al pueblo de este país, no importa si son 9 mil los ahora directamente afectados. Ellos también forman parte de una masa que ha asegurado a la revolución porque nunca le ha puesto precio a la resistencia. Saludos.

  • margarita dijo:

    Hola...arrendo un cuarto de mi casa, cobro 700 pesos a una señora que no tiene donde vivir, ni tendrá. Como puedo reunir tres cuotas de dinero para una cuenta bancaria, si ya tengo que pagar cada mes 250 pesos de licencia y 70 pesos por el 10 por ciento de la supuesta ganancia. En la mas simple cuenta me quedan 380 pesos, que no alcanzan ni para comer...

  • Cuco dijo:

    Con relacion a la riqueza lo primero que hay que definir quien se considera como rico en Cuba, cual es el nivel de ingresos a partir del cual se considera una persona rica, ademas si existen ricos es porque existen pobres, entonces cual es el nivel de ingresos a partir del cual una persona es pobre u inclusive extremadamente pobre, entonces tambien tendremos clase media alta y baja, en paises socialistas como China y Vietnam estas codsas se manejan¿ y en el nuestro?

  • MEMO dijo:

    hola amigo hace mas de 30 anos soy cerrajero pero como en bayamo no hay tanto flujo economico como en la capital tuve que solicitar otra patente como mecanico de enseres del hogar trabajo de 8 a 2 de la tarde por mis enfermedades y no uso ayudante casi siempre me sobra el tiempo y no tengo ningun retraso en los sevicios que ofresco pues solo repara cosas como oyas de precion y cosinas electrica y oyas arroceras mas la cosas de la cerrajeria .
    Con la nueva ley tengo que renunciar a la patente de cerrajero y me pregunto por que si el consejo de la aministracion puede verificar que yo trabajo solo las dos patentes sin ayudante y asi y todo no se gana lo suficiente un reparador de articulos varios que repare bicy sombrillas estire bastidores y repare enseres del hogar seguro que no prestara un servicio eficiente .
    Por favor que alguien me ayude con una respuesta logica y convincente.
    Grasias y me quedo esperadon por una respuesta..

  • Lester dijo:

    Yo lo que pienso que se deben crear regulaciones mas especificas por parte del Ministerio de Salud Publica que no den oportunidad a los inspectores de restaurantes y cafeterias a negociar ser "salvados" con dinero o alimentos. Tengo mi local en la Vibora bien pintado e higienico y sin embargo los inspectores siempre ven algun problema que no hay como reclamar porque no existen normativas y regulaciones especificas de sanidad que permitan a los propietarios poder defenderse.

  • Ed. dijo:

    con respecto a las cuentas fiscales en divisa, debo colocar mis ingresos en cup al cambio de 1x24, cuando quiera comprar algo en tiendas TRD debo sumar un cup por cada convertible que gaste ya que la tasa de cambio alli es 1x25,eso se llama robo.

  • angel casas vazquez dijo:

    quisiera tener la respuesta correcta de esta duda esisten organos diretivos que se refieren a la patente de artesanos con las escrituras que se muestran en la pagina 525 articulo 4.1 que nosotros podemos seguir comercializando cuadros de pinturas frescas como lo hemos podido hacer hasta el dia de hoy en 23ym los amacenes de la azucar 1 avenida de varadero casas de renta de espacios de la habana cienfugos trinidad ect y otros dicen que nosotros n podemos comercializarlo que solo es el fondo de vienes culturales no veo ninguna ley que lo impida y nuestro gobierno local tampoco se opone saqueme usted de esa gran duda que tiene a muchas personas disgustadas y alomejor es que no han sabido interpretar de la manera correcta lo que se dice en la misma gracias espero respuesta

Se han publicado 443 comentarios



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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Lissett Izquierdo Ferrer

Lissett Izquierdo Ferrer

Periodista de Cubadebate. Graduada en la Universidad de La Habana (2014). Trabajó en la Agencia Cubana de Noticias del 2011 hasta septiembre de 2018. Contacto: lissett@cubadebate.cu

Edilberto Carmona Tamayo

Edilberto Carmona Tamayo

Subdirector de Desarrollo y Soporte a los Medios de Ideas Multimedios. Licenciado en Periodismo en 2016 por la Universidad de Holguín. Contacto: edilberto@cubadebate.cu

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