Ministerio de Trabajo esclarece dudas sobre la aplicación de la Resolución 114
El 20 de febrero Cubadebate dio a conocer los principales cambios en las formas y sistemas de pago en el sector empresarial, al amparo de la Resolución 114. Dudas e inquietudes saltaron a la luz y no pocos cibernautas alertaron que en sus centros laborales la nueva norma estaba “detenida”, incluso que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) tenía el texto en “revisión”.
Evelito dijo: El día 22 de enero el MTSS emitió una OM:93 donde comunicaba que la 114 estaba en revisión debido a solicitudes formuladas por varios organismos del país, que se realizarían análisis que llevarían a su modificación. Aún no he visto modificaciones alguna.
El MTSS aseguró a Cubadebate que la Resolución está en pleno vigor. Fue publicada el 30 de diciembre del pasado año, y su implementación comenzó 30 días después.
Los foristas reconocieron las ventajas y flexibilidades que brinda al sistema empresarial esta normativa. La anterior, la número 6, “estaba cargada de indicadores que entorpecían un poco el pago por resultado”. No obstante, para algunos el actual texto “tiene un gran problema: no le da ninguna importancia al plan de la empresa”.
A juicio del cibernauta Yuri Llanes, una “traba desmotivadora” es la obligación de formar el salario comparando los resultados de la entidad con el real del mismo periodo del año anterior.
Quisiera que alguien me dijera qué pasaría en esta situación: si la empresa A en febrero del 2019 generó 10 millones de CUP en ingresos con un gasto de salario de 300 mil CUP y en el 2020 generó 9 millones con el gasto de salario similar porque mantuvo su fuerza laboral, ¿cuál sería su retribución? ¿El salario básico? ¿Esta empresa es ineficiente? ¿No generó utilidades? ¿No reportó mejora a la economía de su país? ¿Cómo explicar eso a un trabajador? Si la utilidad existe, la empresa es eficiente, se cumplen total o parcialmente los indicadores, ¿por qué no pagar lo que se generó?
Ciertamente la Resolución 114 resuelve el archiconocido dilema que afectaba el bolsillo de los trabajadores: la determinación de pagar el salario escala cuando las empresas incumplían los indicadores. Ahora, ante situaciones similares, se respeta el salario básico.
Pero otras inconformidades surgen al establecerse el requisito de comparar la productividad durante un periodo con la de otro y no con lo planificado.
Un forista resumía el contrasentido de que “no se tenga en cuenta la variable oportunidad, ni se considere el cambio de condiciones del mercado interno y externo o las regulaciones de entidades superiores, ajenas a la voluntad de la empresa, que hagan menos productivo un periodo con respecto al mismo del año anterior”.
Mientras otro razonaba que “incluso a veces resulta poco demostrativo comparar periodos dentro de un mismo ejercicio fiscal. En las condiciones de nuestro país donde gran parte de nuestras materias primas son importadas y atendiendo al innegable recrudecimiento del bloqueo, la situación actual de las importaciones difiere mucho de la de períodos pasados”.
En todo caso, añadió, el hecho de crecer con respecto a igual periodo del año anterior no es sinónimo de eficiencia ni de productividad. “Las empresas exitosas generalmente tienen poco margen de crecimiento y muchas dependen de factores externos a su organización, sobre los cuales los trabajadores no tienen incidencia. Por ejemplo: comportamiento del mercado internacional, el efecto del bloqueo, la asignación de liquidez para adquirir insumos, entre otros”, escribió un lector apodado Gustavog.
Sobre por qué se tomó esa decisión se refirió la vicetitular del MTSS, María Molina Gutiérrez, quien reconoció que la principal inquietud ha estado relacionada con este tema, “las que fueron analizadas con los jefes de organismos, de organizaciones superiores de dirección empresarial, directores provinciales de Trabajo y directivos y especialistas”.
“La decisión respondió a la identificación de dificultades asociadas a la medición contra el plan, tales como: la aprobación de planes con reservas para sobrecumplir, crecimientos productivos reales sin reflejo en el salario al medirse con el plan, afectaciones de salario por incumplimiento de los planes por razones ajenas a los trabajadores, en lo fundamental”.
—Muchos lectores opinan que esta resolución la conocieron al momento del pago, a fines de enero, cuando ya el plan estaba aprobado, sin un proceso de discusión con los trabajadores.
Viceministra del MTSS: La Resolución No.114 es continuidad de lo establecido en la derogada Resolución No.6 del 2016, con modificaciones dirigidas a flexibilizar la facultad de aprobación de los sistemas de pago por el director de la empresa, incrementar la protección ante el incumplimiento de los indicadores directivos y su medición contra el real del año, en lugar de con el plan.
Los cambios y su fundamentación se informaron, una vez aprobados, en los meses de noviembre y diciembre a los órganos y organismos, así como también a los sindicatos nacionales y secretarios de la CTC provinciales, a partir de su publicación en la gaceta oficial. Para ello se realizaron seminarios, videoconferencia y la grabación de material audiovisual.
La norma de fecha 30 de diciembre dispuso un término de hasta 30 días posteriores a su entrada en vigor para que se adecuaran los sistemas de pago por resultados, a partir de lo dispuesto en ella, período que se previó para el análisis con los trabajadores. Evidentemente falta agilidad para que las decisiones lleguen a la base.
La ministra del MTSS aclaró en un comentario a nuestro sitio que “el pago de los resultados del mes de diciembre cobrados en enero se corresponden con lo regulado en la norma anterior y no se justifican demoras por las administraciones, ni pagos a tiempo en los casos que los trabajadores cumplieron con los compromisos productivos y los indicadores fijados”.
—Se supo que fueron autorizadas adecuaciones en los indicadores a medir para la aplicación del pago por resultados a empresas exportadoras e importadoras. ¿En qué consisten estas adecuaciones? ¿Esta resolución ha sufrido modificaciones?
Viceministra del MTSS: Como se establece en la norma, las organizaciones superiores de dirección empresarial o empresas que por las características de su gestión no se ajustan a lo establecido, fundamentan en un término de hasta 60 días al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social las adecuaciones que requieran, las que se evalúan de conjunto con los ministerios de Economía y Planificación, Finanzas y Precios, la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo y el Sindicato Nacional correspondiente.
En concordancia con ello, se han autorizado adecuaciones en los indicadores a medir para la aplicación del pago por resultados a empresas exportadoras e importadoras, de seguros, sistema tecnológico de la Unión Eléctrica y a CUPET, que no están asociados a la medición con el año anterior, sino a modificar los indicadores para que se ajustan a las actividades que realizan. Estos cambios no están contenidos en la norma sino en aprobaciones puntuales a estas organizaciones, práctica que se aplica desde la Resolución No.6 de 2016.
La realidad indica que las particularidades de todo el sector estatal cubano no caben en una norma jurídica, tal y como reconoció la titular de Trabajo y Seguridad Social.
“Se requiere una norma que contribuya a desatar las fuerzas productivas y la creatividad de los cubanos —que es bien grande— y que permita a la entidad cumplir y sobrecumplir los compromisos fijados y donde los sistemas de pago, diseñados con la activa participación de los trabajadores que mejor dominan los procesos en cada entidad, sean un traje a la medida, sin trabas administrativas y sin necesidad de autorizaciones adicionales”.
- Crudo cubano: ¿Es posible depender menos de las importaciones con nuestros propios recursos?
- Milagro en el fuego (+ Video y Audio)
- María Zajárova sobre el Coloquio “Patria”: Este foro se ha erigido como baluarte del sentido común
- Vea Cuadrando la Caja: ¿Qué va a pasar con las unidades presupuestadas en Cuba? (+ Video)
- Gloria Martín: El perfume de una época decisiva (+ Videos)
- ir aEspeciales »
- UNE prevé afectación de 1 100 MW en horario pico este miércoles
- Crudo cubano: ¿Es posible depender menos de las importaciones con nuestros propios recursos?
- Vea Cuadrando la Caja: ¿Qué va a pasar con las unidades presupuestadas en Cuba? (+ Video)
- FITCuba 2026 sobrevive al bloqueo y se reinventa con formato híbrido
- Unión Eléctrica estima 1042 MW de afectación para la máxima demanda de hoy
- ir aEconomía »



Porque no vincular el salario a la utilidades? Aqui es donde se sabe la eficiencia del manejo de una empresa la 114 y esa comparacion con año anterior no favorece en nada pues lis escenarios por li general son distintos.
Lo cierto es que con esta resolución van dos meses que los trabajadores de muchas empresas estatales están produciendo y cobrando salario básico al no superar lo producido en igual período anterior, si siguen así, seguramente buscarán empleo en el sector no estatal, o en el presupuestado donde el salario básico es superior.
Bueno si la 114 es parecida a la 6 no le veo nada de bueno ejemplo en ZETI donde trabaje muchos años desde que fue EDAI 33años nunca hubo tregua con los productivos al extremo que un ingeniero directo a la producción con una gran responsabilidad trabajando en los centrales garantizando Zafas ganaba hasta el doble menos k el jardinero de la empresa ¿seria justo eso?
Me llama la atención que los cambios se informaron al sindicato después de aprobado cómo dice anteriormente y la pregunta por qué el sindicato no participo en la discusión, qué papel le estamos dando cuando le damos a conocer lo aprobado y por qué nos complicamos tanto con sistemas de pagos tan complicados valga la redundancia
Y Dice el MTSS tajantemente....la Resolución 114 resuelve el archiconocido dilema que afectaba el bolsillo de los trabajadores: la determinación de pagar el salario escala cuando las empresas incumplían los indicadores. Ahora, ante situaciones similares, se respeta el salario básico.....pero sabe quien describió esta respuesta que el salario basico apenas difiere del escala, señores que son 1.8 cup la hora!!!!!!!
Esa Resolución 114 en vez de estimular, crea mucho disjusto entre el colectivo de trabajadores abarcados a este sistema.¿No entiendo cómo usted me va ha comparar con el año anterior, si fui una Empresa cumplidora y existian las condiciones para hacerlo?. Ahora nuestros planes son inferiores por el tema combustible, ya llevamos dos meses sobrecumpliendo el plan 2020 pero como no llegamos al real del ingreso total del 2019 no se puede pagar y cómo le explico a mis trabajadores que esa resolución es asi¿Qué queremos lograr la ineficiancia para ver si en el año 2021 se pueda cobrar Estimulacion? . ¡Creo que no me parece!.
La Viceministra expresa que los indicadores directivos se miden contra el Real del año, en lugar de con el plan.
En la resolución expresa además, "medido a nivel de empresa" y yo pregunto que pasaría con una unidad empresarial de base que cumple el indicador establecido. Eso no queda claro y según lo redactado si una ueb cumple y otras no que provocan el incumplimiento, se vería afectada cumpliendo ella.a
En el insiso b de la referida resolución capítulo Sexto, se hace referencia a la oficina central que tiene como indicador el crecimiento de la utilidad antes de impuestos
TIENE MUCHA RAZÓN LA TITULAR DEL MTSS, TODAS LAS PARTICULARIDADES DE LAS EMPRESAS NO CABEN EN UNA NORMA, ENTONCES..... PARA QUE SE DICTA UNA RESOLUCION DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO DONDE SE IMPONEN LAS FORMULAS DE INDICADORES FORMADORES Y CONDICIONANTES. POR QUÉ NO SE LES DEJAN A LAS EMPRESAS HACER USO DE SU SUPUESTA AUTONOMIA PARA QUE ELABORE Y APRUEBE SUS PROPIOS SISTEMAS DE PAGO DE ESTIMULACION. EN ESTOS CASOS EL MINISTERIO SOLO TENDRÍA QUE EVALUAR Y APROBAR Y NO METERSE A NORMAR COSAS DE FORMA GENERAL QUE NO SE AJUSTAN A TODOS.
Cuando se pagaba por la 6, la empresas prestadoras de servicios se beneficiaban de incrementar servicios pues el valor agregado era el condicionantes principal y a más servicios más utilidades y valor agregado, han notado que con la 114 inventen los servicios o utilidades no es lo importante, solo cumplir el plan y garantizar la utilidad que sustente el pago, que se forma de las ventas totales por un infusión directamente proporcional a estas. Mi pregunta es la siguiente : si una ella de servicios y ventas incrementa los servicios prestados, por ende mayor utilidad, no crece igual el salario, sino que se deja de pagar toda la utilidad excedente al respaldo del pago, motiva realmente al incremento de la productividad? Creo que no motiva esto, no creo que sea la fórmula, debemos seguir buscando.
La experiencia vivida en mi centro UB Arimao perteneciente a la ETT(TRAN⚡METRO) es que produciendo más que igual período del 2019 (enero) tuvimos un menor pago por resultado y febrero va por el estilo
Mi duda es: está ley no se expone a que ahora las empresas tengan miedo a sobrecumplir un plan al 10 o el 20 % si saben que luego el próximo año no llegan a esa cifra de y no la sobrecumplen a un 3 o 5 % se quedan sin estimulación. Si es así las empresas no se atreverían a lograr altos sobrecumplimientos, más aún con la inestabilidad económica que existe en el país con el Bloqueo" que es real.
No sería mejor una estimulación vinculada a las ganancias generadas? Se generas más cobras más!!! Y ya está!
El aumento salarial al sector presupuestado fue una medida muy bien acogida por sus trabajadores y la población en general, ya que era el sector más depreciado salarialmente y hacía bastante tiempo se esperaban cambios en ese sentido, pero cuando se habla de salario esa es una herida que duele a todos los trabajadores del sector estatal sea presupuestado o empresarial sin distinción alguna porque todos somos cubanos y anhelamos una vida mejor, lo que no puedo entender es que a raíz del aumento salarial al sector presupuestado ya se estuviera cocinando otra medida para ponerle más condicionamiento al sector empresarial motor impulsor de la economía y que esta resolución no sea entendible por la mayoría dado su verborrea jurídica y económica que ni se entiende y pareciera más un ajuste de cuenta al sector empresarial que tanto tiene que justificar el salario con resultados de trabajo y que el sector presupuestado tiene garantizado con solo su asistencia, hagas o no hagas, seas bueno o no en tu trabajo, y con salarios bastante altos y quién discrepe en esto ahí tiene el MTSS. Pareciera ser yo el único equivocado y que el MTSS con sus no claras explicaciones es el único que está en lo correcto. Revisen todos los comentarios a favor y en contra y veremos las estadísticas. Que se les pague a los trabajadores por su rendimiento y calidad en el trabajo, y caso cerrado, lo primero que tienen que hacer es balancear las escalas salariales de todos ya que no se concibe que hoy por hoy el sector empresarial sigue con salarios básicos paupérrimos.
Si de sector presupuestado hablásemos para defender sus salarios serían la salud y la educación porque son los que nos salvan la vida y nos educan. Todos somos cubanos y yo no me considero ni trabajador del sector presupuestado ni empresarial simplemente trabajador estatal.
Hay empresas en las que la aplicación de esta resolución ha traído resultados obviamente ILÓGICOS E INJUSTOS según los cuales las áreas de Regulación y Control ganan salarios MÁS ALTOS que las áreas PRODUCTIVAS. Sería bueno que el MTSS aclarara este concepto obviamente errado, pero quienes lo justifican son precisamente las áreas beneficiadas con dicha incongruencia que son las que hacen los cálculos.
En el artículo se expone la opinión de la ministra de TSS en cuanto a que todo el entorno de la economía no cabe en una norma. Entonces el trabajo no está concluido e incluso si nos referimos a la industria aún quedan lagunas porque se hace referencia a la empresa y no se menciona a la unidad empresarial de base que tienen una gestión independiente, un sistema contable etc.
Más que un comentario es una inquietud que tengo sobre el cambio salarial que se está aplicando desde el año pasado y sobre el que he preguntado a diferentes instancias y aun no me han dado una respuesta. Mi inquietud es porqué el sistema de la vivienda no tiene en cuenta el nivel superior de sus trabajadores y alega que se paga por la plaza. No fue lo que entendí de las intervenciones en la mesa redonda. Me pudieran orientar
Cada vez que legislan algo en materia salarial es para provocar el descontento entre los trabajadores. Ponen dos pesos por dollar para calcular salario de los trabajadores de la inversion extranjera, nadie esta de acuerdo pero no se cambia. Ahora vienen con esto y dicen que quieren desatar las fuerzas productivas. Lo que siguen es creando mayor descontento entre los trabajadores.
Quiala
mis amigos no serias mas facil que pagaran por horas de trabajos como hace todo el mundo y ya se acabarian los enredos y cada trabajador sabria lo que va a cobrar en el mes . por ejemplo si por el trabajo que tu realizas es 20 pesos la hora nada mas es multiplicar por las horas trabajada y fin de la historia para que tyantas complicaciones
Sería bueno que la Ministra de Trabajo y Seguridad Social compareciera ante una mesa redonda para explicarle a los trabajadores del sector empresarial las supuestas bondades de la Resolución 114.
No entiendo porque tanta complicación para los sistemas de pagos que realmente no cumplen objetivo ni estimulan a nadie, pero tampoco entiendo por el sindicato no participo en los cambio y solo se le informo después de aprobado, cual es su verdadero pape
Es errado utilizar periodos anteriores como referencia categorica para confeccionar un indicador o un nuevo plan economico,como es errado comparar una empresa estatal socialista con otras del mundo,no son las mismas circunstancias sociopòliticas,economicas,en ningun momento,si lo fueran pues la casualidad existe,tampoco fuera aplicable,la sociedad ,el mundo esta en constante cambio y no seriamos objetivos si nos aferramos a esquemas.
Y cuando el plan sea inferior al año anterior? Todo el año a salario básico.
Un año anterior bueno se castiga y uno malo se premia
Ya van 350 comentarios, y este artículo era para que el MTSS esclareciera el articulo anterior. Estos comentarios son la voz de los trabajadores. La mayoría pensamos así. Entonces es hora que se nos escuche...NO ESTAMOS DE ACUERDO hon esta resolución.
La contradicción de la Resolución 114, fundamentalmente es porque cada cual quiere aplicarla a su intereses, pero considero que lo que puede afectar a las entidades en su aplicación es la comparacion con el año anterior, si es una realidad sino somos eficientes aun con las limitaciones que podamos tener, sino formamos la riqueza ( el dinero), no veremos lo positivo de Resolución 114 y de lograr pagar a cada cual lo que merece por el esfuerzo realizado.
Considero que la nueva forma de pago puede convertirse en una fuente de desmotivación y por lo tanto puede provocar una disminución de la productividad. Hay que partir de que las condiciones del año actual difieren mucho de los del primer semestre del anterior, pues aunque el bloqueo lleva 60 años afectándonos, no es un secreto que a partir de septiembre de 2019 ha existido una contracción significativa de la disponibilidad de combustible, energía eléctrica, materias primas e insumos en general. Entonces, una empresa que siempre haya trabajado de forma eficiente y al tope de sus capacidades, ¿cómo ahora puede superar las utilidades de igual período del año anterior? Además, la norma provoca que las empresas con posibilidades de lograr el indicador, no ejecuten producciones que podrían lograr porque se pondrían "la varilla demasiado alta" para el año siguiente; por otra parte, las empresas restringen los gastos para mantener el nivel de utilidades, limitando las posibilidades de desarrollo, el mantenimiento de maquinaria y equipos, etc. Trabajo en una empresa que para incrementar los ingresos depende del servicio que presta una brigada que tiene que trasladarse al domicilio del cliente con herramientas, equipos y medios de protección, por lo que debe hacerlo en un camión destinado a ese fin, ¿si no hay disponibilidad de combustible, cómo se van a incrementar las utilidades? Creo necesario revisar estos elementos, pues están provocando una desestimulación al trabajo.
POR FAVOR ES NECESARIO QUE LOS COMPAÑEROS ESPECIALISTAS DEL MTSS VALOREN MÁS LAS OPINIONES Y SUGERENCIAS DE LOS TRABAJADORES Y COMPRENDAN QUE LA RESOLUCION 114 TIENE PROBLEMAS A LA HORA DEL PAGO; ADEMAS SE DIVULGO UNA CARTA DONDE SE DECIA QUE LA MISMA SE IBA A MODIFICAR. ¿ES VERDAD?
Nuestro país en su política de salario tiene un gran problema, que comienza con los montos llamados salario básico de los trabajadores, que solo dan risa, aún no entiendo cómo hay personas que trabajan aún por 255 pesos al mes, evidentemente deben tener otros beneficios, y por otro lado pretende medir a todas las empresas con la misma regla, exigiendo innovación, compromiso, resistencia, apoyo, y en estos tiempos nuestro pueblo un poco escéptico y falto de esperanzas lo que necesita es poder vivir dignamente de una vez.
Los comentarios indican el descontento de las trabajadores del sector empresarial con respecto a la Resolución 114. Ya no se trata de que se haga una mesa redonda donde participen funcionarios del MTSS para explicar las dudas de esta resolución, sino que entiendan de que esta sólo ha generado criticas y descontento.
En mi empresa tienen la plantilla inflada con las queridas y amistades de todos los jefes que cobran su salario y estumulacion y no aportan nada.. estan de florines cuando asisten a trabajar.. cono se denuncia eso?
Hace anos he pedido conocer .para visitar una empresaI estatal q tenga su contabilidad confiable y auditable con sus finanzas ...Sigo esperando no creo existe..
? Alguien ls conoce?
Veo bien que se exija a la empresa que crezca mediante la 114. Si no se crece no veo forma de salir de las penurias económicas que enfrentamos. A nadie le gusta cuando se dice que la producción de algo cumplió el plan y sabemos que a pesar de eso no es suficiente la disponibilidad de esa producción, este es el momento de crecer. La 114 va contra el achantamiento, algo muy necesario.