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Ministerio de Trabajo esclarece dudas sobre la aplicación de la Resolución 114

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El 20 de febrero Cubadebate dio a conocer los principales cambios en las formas y sistemas de pago en el sector empresarial, al amparo de la Resolución 114. Dudas e inquietudes saltaron a la luz y no pocos cibernautas alertaron que en sus centros laborales la nueva norma estaba “detenida”, incluso que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) tenía el texto en “revisión”. 

Evelito dijo: El día 22 de enero el MTSS emitió una OM:93 donde comunicaba que la 114 estaba en revisión debido a solicitudes formuladas por varios organismos del país, que se realizarían análisis que llevarían a su modificación. Aún no he visto modificaciones alguna.

El MTSS aseguró a Cubadebate que la Resolución está en pleno vigor. Fue publicada el 30 de diciembre del pasado año, y su implementación comenzó 30 días después. 

Los foristas reconocieron las ventajas y flexibilidades que brinda al sistema empresarial esta normativa. La anterior, la número 6, “estaba cargada de indicadores que entorpecían un poco el pago por resultado”. No obstante, para algunos el actual texto “tiene un gran problema: no le da ninguna importancia al plan de la empresa”. 

A juicio del cibernauta Yuri Llanes, una “traba desmotivadora” es la obligación de formar el salario comparando los resultados de la entidad con el real del mismo periodo del año anterior. 

Quisiera que alguien me dijera qué pasaría en esta situación: si la empresa A en febrero del 2019 generó 10 millones de CUP en ingresos con un gasto de salario de 300 mil CUP y en el 2020 generó 9 millones con el gasto de salario similar porque mantuvo su fuerza laboral, ¿cuál sería su retribución? ¿El salario básico? ¿Esta empresa es ineficiente? ¿No generó utilidades? ¿No reportó mejora a la economía de su país? ¿Cómo explicar eso a un trabajador? Si la utilidad existe, la empresa es eficiente, se cumplen total o parcialmente los indicadores, ¿por qué no pagar lo que se generó?

Ciertamente la Resolución 114 resuelve el archiconocido dilema que afectaba el bolsillo de los trabajadores: la determinación de pagar el salario escala cuando las empresas incumplían los indicadores. Ahora, ante situaciones similares, se respeta el salario básico.

Pero otras inconformidades surgen al establecerse el requisito de comparar la productividad durante un periodo con la de otro y no con lo planificado. 

Un forista resumía el contrasentido de que “no se tenga en cuenta la variable oportunidad, ni se considere el cambio de condiciones del mercado interno y externo o las regulaciones de entidades superiores, ajenas a la voluntad de la empresa, que hagan menos productivo un periodo con respecto al mismo del año anterior”.

Mientras otro razonaba que “incluso a veces resulta poco demostrativo comparar periodos dentro de un mismo ejercicio fiscal. En las condiciones de nuestro país donde gran parte de nuestras materias primas son importadas y atendiendo al innegable recrudecimiento del bloqueo, la situación actual de las importaciones difiere mucho de la de períodos pasados”.

En todo caso, añadió, el hecho de crecer con respecto a igual periodo del año anterior no es sinónimo de eficiencia ni de productividad. “Las empresas exitosas generalmente tienen poco margen de crecimiento y muchas dependen de factores externos a su organización, sobre los cuales los trabajadores no tienen incidencia. Por ejemplo: comportamiento del mercado internacional, el efecto del bloqueo, la asignación de liquidez para adquirir insumos, entre otros”, escribió un lector apodado Gustavog.

Sobre por qué se tomó esa decisión se refirió la vicetitular del MTSS, María Molina Gutiérrez, quien reconoció que  la principal inquietud ha estado relacionada con este tema, “las que fueron analizadas con los jefes de organismos, de organizaciones superiores de dirección empresarial, directores provinciales de Trabajo y directivos y especialistas”. 

“La decisión respondió a la identificación de dificultades asociadas a la medición contra el plan, tales como: la aprobación de planes con reservas para sobrecumplir, crecimientos productivos reales sin reflejo en el salario al medirse con el plan, afectaciones de salario por incumplimiento de los planes por razones ajenas a los trabajadores, en lo fundamental”.

—Muchos lectores opinan que esta resolución la conocieron al momento del pago, a fines de enero, cuando ya el plan estaba aprobado, sin un proceso de discusión con los trabajadores.

Viceministra del MTSS: La Resolución No.114 es continuidad de lo establecido en la derogada Resolución No.6 del 2016, con modificaciones dirigidas a flexibilizar la facultad de aprobación de los sistemas de pago por el director de la empresa, incrementar la protección ante el incumplimiento de los indicadores directivos y su medición contra el real del año, en lugar de con el plan.

Los cambios y su fundamentación se informaron, una vez aprobados, en los meses de noviembre y diciembre a los órganos y organismos, así como también a los sindicatos nacionales y secretarios de la CTC provinciales, a partir de su publicación en la gaceta oficial. Para ello se realizaron seminarios, videoconferencia y la grabación de material audiovisual.  

La norma de fecha 30 de diciembre dispuso un término de hasta 30 días posteriores a su entrada en vigor para que se adecuaran los sistemas de pago por resultados, a partir de lo dispuesto en ella, período que se previó para el análisis con los trabajadores. Evidentemente falta agilidad para que las decisiones lleguen a la base.

La ministra del MTSS aclaró en un comentario a nuestro sitio que “el pago de los resultados del mes de diciembre cobrados en enero se corresponden con lo regulado en la norma anterior y no se justifican demoras por las administraciones, ni pagos a tiempo en los casos que los trabajadores cumplieron con los compromisos productivos y los indicadores fijados”.

—Se supo que fueron autorizadas adecuaciones en los indicadores a medir para la aplicación del pago por resultados a empresas exportadoras e importadoras. ¿En qué consisten estas adecuaciones? ¿Esta resolución ha sufrido modificaciones?

Viceministra del MTSS: Como se establece en la norma, las organizaciones superiores de dirección empresarial o empresas que por las características de su gestión no se ajustan a lo establecido, fundamentan en un término de hasta 60 días al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social las adecuaciones que requieran, las que se evalúan de conjunto con los ministerios de Economía y Planificación, Finanzas y Precios, la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo y el Sindicato Nacional correspondiente.

En concordancia con ello, se han autorizado adecuaciones en los indicadores a medir para la aplicación del pago por resultados a empresas exportadoras e importadoras, de seguros, sistema tecnológico de la Unión Eléctrica y a CUPET, que no están asociados a la medición con el año anterior, sino a modificar los indicadores para que se ajustan a las actividades que realizan. Estos cambios no están contenidos en la norma sino en aprobaciones puntuales a estas organizaciones, práctica que se aplica desde la Resolución No.6 de 2016.

La realidad indica que las particularidades de todo el sector estatal cubano no caben en una norma jurídica, tal y como reconoció la titular de Trabajo y Seguridad Social. 

“Se requiere una norma que contribuya a desatar las fuerzas productivas y la creatividad de los cubanos —que es bien grande— y que permita a la entidad cumplir y sobrecumplir los compromisos fijados y donde los sistemas de pago, diseñados con la activa participación de los trabajadores que mejor dominan los procesos en cada entidad, sean un traje a la medida, sin trabas administrativas y sin necesidad de autorizaciones adicionales”.

Se han publicado 427 comentarios



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  • Laura dijo:

    Este dilema solo va a tener la solucion que tuvo lo de los certificados de nacimiento y defuncion. Cuando Diaz Canel diga en el televisor qué es lo que hay que hacer y todos lo oigamos de su boca, es que todos los burócratas del Ministerio van a subirnos el salario. Es un chicle que de tanto estirarse ya está al partirse y al parecer ellos no se quieren dar cuenta

  • cubano dijo:

    Los foristas reconocieron las ventajas y flexibilidades que brinda al sistema empresarial esta normativa . ASI SE ENCABEZA ESTE REPORTAJE PERIODISTICO , no se si eso es un comentario del periodista o del MTSS,sea de quien fuera esa persona no lee los comentarios de los foristas , lean bien porque nadie ha reconocido esas ventajas.

  • alejandro dijo:

    Muchos comentarios, algunos atinados y otros un tanto descabellados. Queda claro ante lo nuevo, la critrica, es bueno resaltar que el proceder de aprobar dicha resolucion (114) el 30 de diciembre 2019 y entrar en vigor treinta dias posteriores a su publicacion es un margen bastante apretado (hay que seminariar a los dirigentes sindicales y a los trabajadores, debes incluir los cambios en el plan de la economia, que es un proceso bastante engorroso desde la empresa (celula de la economia), hata el ministerio al cual pertenece, todo eso en el mes de Enero). Lo que si deja claro es que hay que eliminar la cantidad de indicadores condicionantes que establecen las entidades para obtaculizar el pago del sobrecumplimiento, se utiliza en muchos casos el reglamento de sistema de pago para solucionar los problemas de disiciplina, conocimiento, etica, etc; casi todo el medio empresarial cubano utiliza el Coeficiente de Participacion Laboral (CPL) como base para los calculos de distribucion del salario y por encima de esto ademas se miden indicadores especificos o condicionantes (aparte de los que establece la Resolución), Entonces cumples con indicador FORMADOR DEL ESTIMULO, con los CONDICIONANTES (hasta 5), te enfrentas entonces al CPL y a 8 y hasta 12 indicadores cespecificos que te reducen o eliminan el salario por sobrecumplimiento y como dicen la mayoria de los lectores terminas cobrabdo el SALARIO BASICO. Esta es la MENTALIDAD que hay que cambiar

  • mguerrero dijo:

    Coincido con los criterios anteriores, soy trabajadora de una empresa minorista donde como todos sabemos estamos siendo afectados por factores externos, y a pesar de las medidas que ha tomado la empresa no hemos logrado cumplir los ingresos, pues el plan 2020 creció en mas de un 29% con relación al 2019, soy madre sola con una hija de 11 años mi salario en el mes de enero fue de 290.00 ¿con que cubro los gastos de mi casa?
    Quisiera que alguien me respondiera ¿Cuándo se realizará una Reforma Salarial al sector estatal? Por favor los trabajadores necesitamos una respuesta.

  • cubano dijo:

    Tercer mes del año, segundo aplicando la controvertida R/114 , Figueredo me paraece que es hora de tratar el tema en la Mesa Redonda donde esten las maximas autoridades de MTSS y la CTC y despues a debatir en vivo con Ayxa recibiendo llamadas en vivo

  • ironic life dijo:

    Tu cara cuando te dicen q "Por fin cobraran un buen salario" =) y piensas valio la pena esperar...........aaaaaaah!! pero luego te aclaran q es "Solo para los presupuestados" =( pvta vida hajajajaja

  • Antonio Bouza Pérez dijo:

    A ver, que en la Resolución se plantee que el sistema de pago por destajo
    sea el predominante, es positivo. Resulta de mayor entendimiento para los
    trabajadores. Por ejemplo, que se le diga a un mecánico, - tú por cada motor
    que arregles se te va a pagar 100 pesos -, él sabe que si en el mes arregla
    10 motores, se le van a pagar en dicho mes 1000 pesos.

    Lo de la comparación con el período del año anterior, no lo entendí muy bien.
    Está claro, que debemos tener un punto de comparación, que nos permita
    decidir, si estamos avanzando, nos mantenemos o retrocedimos. La
    comparación del período actual, con el período del año anterior, me parece
    bien, siempre que no condicionemos, el pago por resultados al hecho de
    crecer con respecto al año anterior. Lo que debe quedar definido claramente
    cual será la proporción de monto asignado a fondo salarial, por peso producido.
    Ejemplo, si decidimos, que por cada peso producido, destinaremos 0,20 centavos
    a fondo salarial, entonces estaremos claro que si en marzo del 2020, la empresa
    hizo 1000 pesos, entonces se dedicará 200 pesos a fondo salarial. Si en marzo
    del 2021, la empresa pudo hacer solamente 500 pesos de producción, el fondo
    salarial será ahora 100 pesos. O sea, se pagará por resultado, siempre que
    tengas utilidades. Que éste mes se tuvo utilidades, pero fueron menores
    que la de igual mes del año pasado, ah, no podrás recibir lo mismo que el
    mes del año pasado, pues produciste menos, pero recibirás pago por
    resultados, que siempre estará definido a 0,20 centavos de fondo salarial
    por peso producido.

  • Natacha Ferro Castro dijo:

    Considero que toda Resolucion que se dicte para cualquier sector laboral ya sea autofinanciado como presupuestado debe de verse primeramente el anteproyecto, para que a traves de las organizaciones sindicales, Consejos de Direccion y nucleos del PCC se hagan los analisis pertinentes, que en la mayoria son enriquecidos con los planteamientos que realizan nuestros trabajadores, cuadros y funcionarios, es contraproducente que se establezcan los aumentos de salarios comparandose con igual periodo anterior, cuando en la realidad nada es igual, los momentos son distitnos, hoy desde mediados del 2019 se ve como ha arreciado el Bloqueo contra nuestra isla, hoy las inversiones se han visto afectada por falta de recursos materiales ya solicitados,no hay que ser economista para llegar a la conclusion que en estos momentos el sector autofinanciado al que se le han ido aplicando indicadores economicos para ser mas rentables, no tienen un salario que permita sufragar las necesidades mas imperiosas, cuando los precios en el mercado han ido en aumento, si en el mes de diciembre se reune nuestro maximo organo legislativo y los analisis son televisados, en este aspecto no se oyo decir nada al respecto, hoy desde que se comenzo hablar de la Resolucion No.114 del MTSS hay inconformidades en todos los lugares se oyen criterios iguales a los expuestos en comentarios que me anteceden.
    Se hace necesario que nuestro Estado revise esta Resolucion y valore si es bueno aplicarla en estos momentos.

  • patricia garcia dijo:

    La res.114 amen de todas las explicaciones dadas por la ministra a mi parecer puede estar bien pensada pero no para estos tiempos,de que vale que te aprueben un presupuesto,que cumplas con todos los indicadores y al final el pago esta en comparacion con los resultados del periodo anterior,solo estimulacion que el trabajador le deje de trabajar a la Empresa Estatal y emigre al particular.Es verdad que se supone que siempre la empresa se supere con relacion al periodo anterior pero tambien es verdad que las condiciones no son las mismas cada dia las situaiones estan mas apretadas, y dificles de resolver y no dependen del trabajador.Sigue siendo un problema la piramide invertida,las Osdes que solo estan para recopilar informacion y son improductivos ganan mas que las entidades productivas el cuento del nunca acabar

  • Hernando Hernández Pérez dijo:

    En mi criterio cualquier sistema salarial que apliquemos en Cuba que no respete la teoria marxista del valor-trabajo y por tanto. Que el trabajador enel proceso de producción crea su propio valor independientemente del tamño del plusvalor. Seguir aferrado a la idea de que el pago es por resultado es anti marxista o por lo menos desconoce la teoría. Tenemos que acabar de determiar cual es valor real de la fuerza de trabajo en Cuba (el carácter mercantil de la economía no se supera en la transición). Y es ahí donde debe fijarse el salario minimo. ualquier resolución debe cumplir con este principio.

  • Mara dijo:

    Este articulo explica algo pero en difinitiva la Resolución no cambia. Ya van dos meses de afectación al salario por pedir el cumplimiento de las utilidades plan. Insisto, como cumplir las utilidades planificadas sin materias primas, es responsabilidad de las empresas no tener materias primas?? Entonces el cuento de nunca acabar, los salarios muy bajos, los trabajadores que se van para otros sectores, no hay fuerza de trabajo y volver al punto inicial, imposible cumplir los planes.
    Considero que el análisis de cumplimiento de las utilidades sea relativa, no comparar el valor absoluto. Puedo tener utilidades acordes a mis niveles de producción y de ventas que permiten pagar a los trabajadores. Ahora se obliga acumplir la utilidad absoluta a costa del salario que pudieran cobrar los trabajadores. Para que se hace esto, alguein tiene una respuesta a esto??

  • RMA dijo:

    Y MIENTRAS TANTO EL SECTOR PRODUCTIVO NO ESTATAL COMO SI VIAJARA POR UNA LÍNEA PARALELA SIGUE INCREMENTANDO SUS PRECIOS APROVECHANDO LA ESCASEZ QUE GENERA LA CRISIS, DEPRECIANDO CADA VES MÁS EL SALARIO REAL DEL TRABAJADOR ESTATAL, EL QUE REALMENTE PRODUCE PARA MANTENER VIVA LA ECONOMÍA DEL PAÍS

  • Damian Celestrin dijo:

    Con respecto al tema de la resolución 114 se evidencian detalles que no pueden pasar a un segundo plano y que muestran a mi criterio problemas reales que afectan al pueblo:

    NO EXISTE TAL DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DE PARTE DE LOS TRABAJADORES DE LOS PLANES ECONÓMICOS: que análisis puede haber con los trabajadores si los planes de producción y económicos son un libretazo de una organización superior o ente encargada de establecer estos valores. Sin un análisis objetivo y particular decir: tienes que crecer en x% ES UNA BURLA A LAS PALABRAS DEL PRESIDENTE DIAZ CANEL Y AL PUEBLO TRABAJADOR. ¿Aprobar qué?, si ya está decidido

    ESTAS DECISIONES SON CONSIDERADAS IMPROVISACIONES Y ATENTAN CONTRA LA EFICIENCIA: una empresa puede ser económicamente eficiente y sustentable y aun así no crecer en comparación aun periodo x, pues factores como el bloqueo, la demorada gestión de importación, falta de liquidez y aprobación de recursos económicos por los organismos encargados de ello, los fenómenos medioambientales y climatológicos, inciden directamente en el resultado final. Súmele el eslogan HACER MAS CON MENOS y la reducción constante de portadores energéticos combustibles, materias primas, presupuestos, etc. que son determinantes en los productos finales. SÍ NECESITO 5 MATERIAS PRIMAS PARA ELABORAR UN PRODUCTO Y LO HAGO CON 4, NO ES EFICIENCIA, NO ES EL MISMO PRODUCTO, Y SI DIGO QUE ES LO MISMO, ES ROBO, ESTAFA, ENGAÑO.

    LO QUE SE DICE POR LOS CANALES OFICALES NO ES CORRESPONDIENTE A LA REALIDAD: donde está la participación y análisis cuando no se puede vetar o modificar una imposición. Esta actitud hace más daño que el bloqueo y evidencia, en el menor de los casos improvisación, divorcio entre lo que dicen y promueven las autoridades del país en la agenda pública y la realidad. Ejemplos recientes publicados aquí en cubadebate sobran, LO QUE ME DA A ENTENDER Y ESPERO A EQUIVOCARME QUE EXISTE UNA ACTIVIDAD CR (contrarrevolucionaria) BIEN DIRIGIDA Y ORGANIZADA DENTRO DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, O LA INTERVENCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA EN EL BALANCE DE ESTE ORGANISMO FUE IGNORADA.
    Factores como esta imposición resolución, DESTRUYEN, MINAN LA IMAGEN Y CONFIANZA EN LOS DIRIGENTES Y EN EL RUMBO DEL PROCESO REVOLUCIONARIO DE NUESTRO PAÍS, si estamos llamados a analizar y no improvisar, como es posible que se permita este tipo de documento que ha fomentado incomodidad, afectaciones económicas al bolsillo del trabajador de a pie, y lo más importante: desmotiva el necesario aumento de los productos y servicios que demanda el pueblo.
    Nadie en su sano juicio entenderá una comparación de resultados económicos obtenidos cuando las condiciones varían, SI ACEPTAMOS ESTO Y VEMOS BIEN ESTE ANÁLISIS, BIEN MAL ESTAMOS EN LA EDUCACIÓN Y EN LA CONFIANZA QUE UNA VEZ PUDO HABER EN LA PREPARACIÓN DEL PUEBLO, DESDE NUESTRO COMANDANTE FIDEL, EL GENERAL DE EJÉRCITO RAÚL CASTRO Y EL ACTUAL PRESIDENTE DIAZ CANEL, QUE SE HA CARACTERIZADO POR LA OBJETIVIDAD DADA SU FORMACIÓN COMO INGENIERO.

  • comercial dijo:

    CON LA ESTRUCTURA QUE POSEE EL SISTEMA EMPRESARIAL QUE NO ES PROPIA DE UN PAIS SUBDESARROLLADO,PEQUEÑO EN POBLACION ECONOMICAMENTE ACTIVA BLOQUEADO POR LA POTENCIA MAS PODEROSA Y ARROGANTE EN EL MUNDO,CON UNA DEPENDENCIA ELEVADA DE FUENTES ENERGETICAS BASADAS EN COMBUSTIBLES FOSILES DOMINADAS POR LAS GRANDES TRASNACIONALES SUBORDINADAS AL GRAN IMPERIO NORTEAMERICANO CON UN GRADO DE URBANIZACION ELEVADO. NINGUNA RESOLUCION VA A RESOLVER EL TEMA DE LOS SALARIOS DEBIDO A VARIAS ARISTAS: UNA QUE SE ESTAN EJECUTANDO TRABAJOS QUE PUEDEN PAGARSE A DESTAJO Y LAS MISMAS NO SE PAGAN POR NO EXISTIR LA POSIBILIDAD DE NORMAR EL TRABAJO, DEBIDO A LA FALTA DE NORMADORES,Y ACTIVIDADES QUE NO SE SABE COMO NORMARLAS A DEMAS LAS ESTRUCTURAS EXISTENTES FACILITAN EL MAYOR SALARIO PARA LAS AREAS DE REGULACION Y CONTROL DONDE SE ENCUENTRAN LOS MAYORES CALIFICADORES DE CARGOS Y DIFICULTAN EL PAGO PARA LAS QUE ESTAN DIRECTAMENTE A LA PRODUCCION,QUE COINCIDEN CON LAS DE BAJOS GRUPOS SALARIALES: EJ LAS EMPRESAS COMERCIALIZADORAS QUE VIVEN DEL MARGEN COMERCIAL DE LAS MERCANCIAS QUE COMPRAN Y VENDEN Y ESTE VA EN DESCENSO. SE HACE IMPOSIBLE APLICAR SISTEMAS DE PAGO A DESTAJO EN LAS ACTIVIDADES LOGISTICAS QUE TIENEN QUE VER CON EL CARGO DE ALMACENEROS,ESTIBADORES QUE EN REALIDAD NO SE LES PAGA POR LA ACTIVIDAD FISICA QUE EJECUTAN SINO QUE LOS VINCULAN A SISTEMAS DE PAGO DE INGRESOS - GASTOS COSA INJUSTA,PUES ESTOS SON LOS GRUPOS SALARIALES MAS BAJOS Y ESTOS COMPAÑEROS SON LOS QUE EJECUTAN EL TRABAJO FISICO DE CARGA , DESCARGA, MOVIMIENTO DE MERCANCIAS DENTRO DE LOS ALMACENES, PARA LO CUAL REALIZAN UN ESFUERZO FISICO DESCOMUNAL, YA QUE LA MAYORIA DE LAS CARGAS NO SE PARLETIZAN Y A LA OBSOLESCENCIA DE LOS EQUIPOS DE IZAJE SI LOS POSEEN eJ CONTENEDORES DE POLLO, PINTURAS Y OTRAS MERCANCIAS QUE NO SE PARLETIZAN Y VIENEN EN LOS PISOS DE ESTOS SISTEMA DE CARGA Y A LA VEZ LLEVAR LA DOCUEMNTACION NORMADA DE ECONOMIA DE ALMACENES.NO ESTOY NEGANDO EL NIVEL DE JERARQUIA QUE DEBE EXISTIR POR EL NIVEL PROFESIONAL ALCANZADO , NI EL PRINCIPIO DE DISTRIBUCION SOCIALISTA, PERO EL MISMO EN LA PARTE DE CAPACIDAD ESTA RELACIONANDO LA INTELECTUAL CON LA FISICA Y SIEMPRE SE FAVORECE LA INTELECTUAL.ESTO DEBE SER REVISADO POR EL MTSS Y LAS EMPRESAS COMERCIALIZADORAS QUE EXISTEN EN EL PAIS.POR ESO ES NECESARIA LA LLAMADA LEY DE EMPRESAS QUE ESTABLESCA LA ESTRUCTURA A IMPLEMENTAR ACORDE CON LA SITUACION REAL QUE EXISTE, ESCENARIO ECONOMICO EXISTENTE Y LAS POSIBILIADEES REALES DE SUMINISTRAR UN SALARIO REAL REALACIONADO CON LA ACTIVIDAD QUE SE EJECUTA. LOS SISTEMAS DE PAGOS DE INGRESOS - GASTOS DEBEN SER APLICADOS EN LAS AREAS DE REGULACION Y CONTROL, PERO EN LAS AREAS PRODUCTIVAS Y DE SERVICIO DEBE PAGARSE A DESTAJO APLICANDO TODAS LAS MODALIDADES EXISTENTES PARA QUE DE VERDAD EXISTAN LOS RESULTADOS QUE NECESITA EL PAIS, SI ESTO NO SE LOGRA EL SALARIO NUNCA VA SER UN INCENTIVO PARA PRODUCIR Y ESTO APAREJADO A LA NO EXISTENCIA DE UNA MONEDA UNICA, ENVEJECIMIENTO POBLACIONAL, BLOQUEO, SANCIONES, CHAPUCERIA EN LO QUE SE HACE, ESCENARIO DE SALUD MUNDIAL DESFAVORABLE, DEFICIT DE MATERIAS PRIMAS, BAJO CDT DE LA TECNICA EXISTENTE Y BAJA TASA DE NATALIDAD EXSTENTE. SAQUE USTED SUS PROPIAS CONCLUSIONES, PERO NO ES MOMENTO PARA LAMENTARSE ES MOMENTO DE CONVOCAR A TODOS A TRABAJAR UNIDOS POR RESOLVER ESTOS PROBLEMAS, A PENSAR COMO PAIS Y A DESARROLLAR TODA LA CREATIVIDAD E INNOVACION PARA REVERTIR ESTA SITUACION PARA LO CUAL ESTA PROPUESTO

    1-Trabajar sin prisa pero sin pausa para diseñar,debatir e implementar la Ley de Empresas ,que identifique , diseñe y regule su base conceptual, que aplane mas la estructura existente, que defina sus procedimientos operacionales en mayor grado en materia de gestion financiera y que establesca su reglamento.que haga su subordinacion de forma mas local en este caso municipal para acercar mas su ambito de dearrollo(mercado), control y sentido de pertenencia a favor de su localizacion y que incluya tambien lo siguiente
    1-Establecer como sistemas de pago predominantes el adestajo individual y el colectivo
    para los trabajadores directos y el indirecto para regulación y control.Primero para esto definir en realidad que es un trabajor directo y que es un Indirecto, aqui nos perdemos en la curvita
    2-Donde no se pueda medir los resultados individuales, se autorice excepcionalmente
    otros sistemas, siempre vinculados al crecimiento de la producción física( Valorando capacidad fisica e intelectual) o la prestación
    de los servicios, pero que no se haga costumbre esta excepcionalidad.

  • Chey dijo:

    Soy planificador, los bueyes andan por la autopista y los vehículos por el surco. Me explico.

    En la planificación del año 2020 se hizo teniendo en cuenta la Resolución No. 6 y para ejecutar el pago por resultado previsto para el 2020 se aplicó la Resolución No. 114 con la modificación que, su comparación se haga con respecto al plan y no sobre el real de igual período del año anterior. Al no ser planificado el año 2020 en base a la R-114 creara incronuencias en las empresas.

  • Frapa dijo:

    buenos días a todos, creo que el pago por resultado es algo que afecta la economía del país, todos los trabajadores debemos de tener un salario fijo por hora y este salario debe de responder a las necesidades básicas para la manutención de la familia y hasta de hacer un ahorro para cuando se requiera utilizar. Otra cosa es el popularmente llamado (Mes 13)pago por la eficiencia económica ese si esta bien para mi porque es donde realmente podemos saber si la empresa es rentable o no, si es eficiente o no en el transcurso de un año y entonces repartir sus utilidades a los por-cientos correspondientes por cada trabajador. Realmente nos engañamos cuando valoramos mensualmente si la entidad logra utilidades o no, por favor acabemos con esto ya que realmente se aplica de forma muy diferente a lo que se quiere. Para mi la solución es que el salario mínimo sea el mismo en el país y este responda a las necesidades de manutención familiar, controlemos los precios y equilibremos la balanza entre salario-precios.

  • abel dijo:

    Si seguimos asi, no hace falta un Trump en la casa Blanca, aqui mismo nos matamos..Por favor razonen, que este pais se ha gastado mucho en educacion, universidades, maestrias, doctorados, y cientificos..
    Solo se esta dando pie a tergiversar y aprovechar la situacion para sacarle lazca a los quien nos quiere ver fajaos...
    Cubanos todos, los de arriba y los de abajo, apliquen esta filosofia.."Lo que no quieren para uno, no lo quieran pa los demas"...

  • Jaime José dijo:

    No existe en la realidad económica cubana del sistema empresarial ninguna solución con la inventiva de Sistemas de Pago. La solución siempre ha sido y será una reforma salarial cotejada a la realidad y además flexible. Ningún sistema de pago ha resuelto el problema, los trabajadores seguirán haciendo como que trabajan y controlan y el estado como que les paga.

  • Frank Díaz dijo:

    Considero un retroceso esta resolución por todo lo comentado anteriormente. Y pienso que hacia donde deberíamos encaminarnos es hacia un sistema de pago que genere mucho más sentido de propiedad por los trabajadores. Muchas personas se han incorporado al sector estatal de producción, pero porque no tenía proyección en otras formas del sistema porductivo. Las personas siguen prefiriendo ser explotados por un capitalista en la calle que trabajar para el estado. Y los que trabajan para el estado pudiesen ser 10 veces más eficientes pero no lo son.

  • tunera dijo:

    En la Empresa Eléctrica además de un silencio total en cuanto al tema del aumento salarial existe otro absurdo los del OBE Provincial se benefician con la distribución del salario, igual los que de verdad trabajan ganan menos, los salarios en este sector dan pena, ya llegamos a marzo y la vida sigue igual.......

  • juan andrés dijo:

    El artículo ha generado más polémica, no aporta. No es posible, no se entiende que el 22/1/2020 el MTSS haya comunicado su revisión, OM:93 y ahora afirman que está en vigor sin publicar otra comunicación. Las opiniones de los internautas (trabajadores) son elocuentes, disgusto y desmotivación. Reflexionemos, apoyo la propuesta de una Mesa Redonda Informativa con el MTSS sobre el tema, eso sería pensar como país. #Somos Cuba. #Somos Continuidad.

  • Darío dijo:

    El objetivo fundamental de la resolución 114 es condicionar el pago del salario al crecimiento de la producción con respecto al año anterior, lo que supone que garantice a nivel del país que el ingreso de los trabajadores se corresponda con el incremento de PIB, y de ese modo no propiciar el incremento de la inflación, pero no se tomó en cuenta que los trabajadores del sector presupuestado incrementaron sus salarios y al crecer el circulante cambia el balance de ingreso y gastos de la población y eso afecta al sector empresarial. Por otra parte en muchas ocasiones los escenarios de las empresas se modifican con los años, cambia la estabilidad de los aseguramientos, los días productivos de un mes con respecto al mismo del año anterior, etc; que la R114 no toma en cuenta y que puede afectar ó beneficiar a determinadas empresas. Considero que el hecho que se consulte con los OSDE y con las direcciones de los sindicatos no es suficiente, es necesario que se consulte y se realicen cálculos sobre los efectos con datos reales de períodos anteriores en empresas de diferentes características y diferentes ministerios y OSDEs, cuando se vaya a sancionar una norma jurídica de este tipo.

  • yadsoy dijo:

    Yo x ejemplo cobre en mi trabajo en enero 300 y pico de pesos, como van a ajustar los salarios teniendo en cuenta lo de año anterior si el pasado es pasado y hay q ajustarse al presente con lo q tenemos, pero en ningun momento nadie discutio nada con ningun trabajador que clase de dirigentes tenemos q hacen lo q le parece...............

  • Hernando Hernández Pérez dijo:

    Como exigirele a una Empresa incremento de la producctividad del trabajo con un equipamiento obsolote (sin cambios tecnológicos). Aqui no estamos aumentando productividad sino aumentando la intensidad del trabajo (mayor gasto de trabajo) por tanto aumento de valor (aumenta también el valor de la fuerza de trabajo).
    La productividad del trabajo en lo fundamental se asocia a los cambios en la composición orgánica del capital la cual tiene que crecer en la misma medida en tendencia disminuye el rendimiento ya eso lo demostró Marx.
    A un incremento de la producctividad genera más riqueza (valores de uso) pero disminuye el valor. ¿Que le interesa al socialismo (valor en su justa medida) pero lo más importante es el valor de uso (satisface necesidades) su aumento invrementa la oferta disminuyendo los precios, el salario aumenta su poder adquisitivo.
    El salario no olvidemos es una expresa una relación social de producción, es el intrumento el ecanismo de realización del obrero como clase social (garantiza su reproducción). Su determinación técnica es importante pero no olvidemos lo anterior.

  • Tirso Sáenz Coopat dijo:

    Sería bueno que el MTSS se diera cuenta que no todo el sistema empresarial puede acogerse al pago por resultados.Tratar de resolver el problema con un solo documento es un craso error y siempre será incompleto y no muy acertado. Hay que ver las diferencias por empresa y sector. Hay quienes siendo parte del sistema empresarial (y siendo bien eficientes) para seguir creciendo solo nos queda incrementar tarifas (por demás las aprobadas son anacrónicas) y afectaría al resto del sistema emprersarial. Antes de rompernos la cabeza en sistemas de pago, hay que revisar los salarios básicos.

  • carlos sanchez dijo:

    Pienso que para emitir resoluciones que tanto dilema han traido , es necesario realizar estudios mas profundos y con el criterio de los trabajadores llegar a concluciones , para mi por la importancia que tiene la resolucion 114 es necesario llevarla al parlamento porque incide directamente con el trabajador .

  • luffycu dijo:

    Hasta donde he leido, las mismas dudas de los cibernautas que plantea al articulo NO son respondidas en el mismo, lo que supuestamente es una respuesta en realidad NO lo es sino lean la pregunta de la cibernauta Yuri Llanes, y luego lean las respuesta abajo y diganme si eso se corresponde con una respuesta a lo que dijo la cibernauta Yuri Llanes.

  • Reynaldo dijo:

    Realmente me da pena leer lo que tanto se critica por casi todos los que han opinado sobre el contenido de la 114, y mas pena me da, leer las respuestas del MTSS, segun el articulo periodistico.¿Hasta cuando tendremos que seguir viendo resoluciones, normas, etc, elaboradas por los especialistas de las maximas instancias de direccion y que luego de una sola lectura, son hechas pedazos por ciudadanos comunes, que ni siquiera dominan esas especialidades?.¿quien demostro que para que una que una entidad economica sea eficiente, tiene que alcanzar mas utilidades que en periodos anteriores? Si una entidad cumple con lios indicadores de eficiencia propio de su actividad ¿porque no paga de acuerdo con sus utilidades, despues honrartodas sus obligaciones financieras?. ¿Por que no se hizo la reforma salararial en el sistema empresarial antes de aplicar la 114?.Espero que el MTSS tenga las respuestas adecuadas a mis preguntas.

  • Jolubaro dijo:

    "Los cambios y su fundamentación se informaron .... a los sindicatos nacionales y secretarios de la CTC provinciales" Increible como se dejaron pasar esa pifia. Luego se quejan cuando decimos que el sindicato no pinta nada.

  • Karlens dijo:

    Buenas a todos los foristas, necesito que me aclaren alguien pues no soy experto en el tema y necesitaria que esclarecieran.Pues he estado siguiendo todo este tema de la reforma salarial en la empresa estatal cubana, y no acabo de entender porque en todo este dime que te dire no hay beneficios salariales en las entidades con sistema empresarial implementado? Pues no tengo nada en contra con el sistema presupuestado , pero le ronca que los salarios en esos sectores esten rondando los 3000 a 6000 cup hasta se especula que hay otro incremento para esos sectores y en el sistema empresarial tan siquiera le han dedicado una mesa redonda. Esto ha creado incertidumbre y bastante en los trabajadores(me incluyo) que operan en estas empresas que estan acogidos al perfeccionamiento empresarial.Hay desinformacion por todos lados, comentarios de pasillos e inclusive especulaciones. Los directivos de nuestras empresas o bien no estan duchos en el.tema o bien les resbala y lo tienen como una tarea mas a cumplir en su plan de trabajo.Pero lo que si me molesta y como yo me imagino muchas personas, lo que realmente deben encargarse de que se conozca como se va a implementar,proceder y demas cuestiones de la reforma salarial en las empresas estatales no presupuestadas esten en la boberia. Pues esto es algo serio, que incide en la vida enconomica personal y familiar de cada trabajador.Ademas con tu planificacion economica.

Se han publicado 427 comentarios



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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Lissett Izquierdo Ferrer

Lissett Izquierdo Ferrer

Periodista de Cubadebate. Graduada en la Universidad de La Habana (2014). Trabajó en la Agencia Cubana de Noticias del 2011 hasta septiembre de 2018. Contacto: lissett@cubadebate.cu

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