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En octubre comienzan nuevos impuestos a trabajadores de empresas estatales (+ PDF)

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Más de un millón de trabajadores deberán cumplir con este nuevo método tributario. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Más de un millón de trabajadores deberán cumplir con este nuevo método tributario. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Un nuevo modelo para el pago de impuestos y seguridad social comenzará el mes próximo en las empresas estatales. Más de un millón serán los trabajadores que deberán tributar con este método que será por descuento, o sea sin necesidad de hacer declaración jurada. Es la misma entidad la que retiene el monto a pagar. El primer pago será a partir de las ganancias del presente mes de septiembre.

La novedad consiste en que los trabajadores de las empresas estatales comenzarán a abonar la Contribución Especial a la Seguridad Social (CESS) y aquellos que ganen más de dos mil 500 CUP mensuales se les aplicará también el Impuesto sobre los Ingresos Personales (IsIP).

La implementación de dichos pagos se sustenta en la Ley No. 113 del Sistema Tributario cubano, "en la que se prevé la aplicación gradual de los tributos y en específico de la contribución a la seguridad social en su carácter de especial porque es la aportada por las personas naturales", explicó Meisi Bolaños, viceministra del Ministerio de Finanza y Precios en una conferencia de prensa ofrecida en la sede de esa entidad.

Meisi Bolaños, viceministra del Ministerio de Finanzas y Precios. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Meisi Bolaños, viceministra de Finanzas y Precios. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

"Ya existen varios sectores, incluso dentro del propio sistema empresarial, en los que sus trabajadores vienen pagando esta contribución especial como cumplimiento del lineamiento 165 del Sexto Congreso del PCC, que fue ratificado en el 137 del Séptimo, que prevé ir aumentando la participación de las personas en la seguridad social y, por lo tanto, disminuir los gastos del presupuesto para este fin", agregó Bolaños.

En el sector presupuestado ya pagan la contribución especial aquellos que tuvieron un incremento salarial desde el 2008 hasta la fecha. Algunos de ellos son la educación, la salud, la Fiscalía General de la República, los tribunales y la Contraloría. Los trabajadores de dichas instituciones pagan un máximo del cinco por ciento en dependencia de la escala salarial.

En tanto, otros en los que no repercute esta medida porque ya venían contribuyendo desde hace cinco años son las entidades en perfeccionamiento empresarial, las empresas de la flota pesquera de plataforma, así como el personal que opera en el ámbito de la inversión extranjera y el contratado a usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel.

Igualmente, desde el 2014 se dispuso gravar con el Impuesto sobre Ingresos personales las remuneraciones devengadas por los trabajadores contratados en la Zona Especial.

Por su parte, Guillermo Sarmiento, director de Organización del Trabajo y los Salarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, expuso: "el proceso de envejecimiento poblacional, que trae consigo una disminución de trabajadores activos con respecto a los jubilados, provocó adoptar modificaciones para la Ley de Seguridad Social".

Guillermo Sarmiento, director de Organización del Trabajo y los Salarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Guillermo Sarmiento, director de Organización del Trabajo y los Salarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

El presupuesto de la seguridad social de 2016, según Sarmiento, se incrementa en 900 millones de pesos con respecto a 2015. En el pasado año llegó hasta los cinco mil 635 millones, reveló. El aumento se debe al crecimiento de la cifra de jubilados, acompañado de la elevación del monto de las pensiones.

Según la información revelada por Sarmiento, desde el 2013 hasta la actualidad, el salario medio del sector empresarial ha aumentado 273 pesos hasta llegar a los 779 mensuales. En mil 306 empresas se pagan salarios por encima de los 500 CUP y en 405 se superan los mil. Estos aumentos salariales constituyen otra causa de la modificación en los pagos tributarios.

Vladimir Regueiro, director de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios, explicó las condiciones que deben darse para que los trabajadores abonen la CESS y/o el IsIP, que a continuación referimos:

Las claves para entender el nuevo modelo tributario:

Vladimir Regueiro, director de Ingresos en el Ministerio de Finanzas y Precios. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Vladimir Regueiro, director de Ingresos en el Ministerio de Finanzas y Precios. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Aportarán la Contribución Especial a la Seguridad Social (CESS) quienes ingresen más de 500 CUP mensuales y además cumplan con al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Pago adicional del Perfeccionamiento Empresarial
  • Aplicación del pago por rendimiento
  • Distribución de utilidades como estímulo por la eficiencia

Si usted gana más de 500 pesos al mes, pero no cumple con ninguno de los tres requisitos mencionados, entonces no abona la CESS. De lo contrario, deberá pagar el cinco por ciento de todas las remuneraciones recibidas.

En cuanto al Impuesto sobre los Ingresos Personales (IsIP), éste se aplica sólo para los que obtengan más de dos mil 500 pesos al mes y además cumpla con al menos uno de los tres requisitos. Los que estén en el rango entre los dos mil 500 y los cinco mil deberán pagar el tres por ciento de esa ganancia. Mientras que a los que superan los cinco mil se les descontará el cinco por ciento. Ellos desembolsarán ambas sumas: la CESS (5%) y el IsIP (3-5%). Como ya se mencionó, ninguna de las dos serán aportadas mediante declaración jurada, sino que la empresa a la que pertenezca el trabajador se lo descontará antes de entregarle el salario.

Para una explicación más extensa, descargue el siguiente PDF (1,72 Mb): pago de tributos para trabajadores del sector empresarial

La instrumentación jurídica de esta medida se realizó mediante:

  • Ley No. 113 “Del Sistema Tributario”.
  • Ley No. 120 “Del Presupuesto del Estado para el año 2016”, artículos 26 y 73.
  • Ley No. 121 “Modificativa de la Ley No. 120 Del Presupuesto del Estado para el año 2016”.
  • Resolución No. 261/16 del MFP que regula las condiciones para la aplicación del Impuesto sobre Ingresos Personales y la Contribución Especial a la Seguridad Social.

En ella se ratifica -según explicó la viceministra- el papel del sistema tributario como elemento redistribuidor del ingreso, basado en los principios de generalidad y equidad de la carga tributaria, a la vez que contribuya a la aplicación de las políticas encaminadas al perfeccionamiento del modelo económico.

La viceministra Bolaños aclaró además que las organizaciones vinculadas a la puesta en marcha de la medida han capacitado a la mayor parte de los directivos de las empresas donde comenzará a implementarse. El objetivo es que las explicaciones lleguen a todos los trabajadores que deberán cumplir con la misma.

Próximamente, la Mesa Redonda, programa de la televisión cubana, y Cubadebate retomarán el tema con más profundidad y declaraciones de los especialistas.

En la conferencia de prensa también participaron Abel Rivero, Jefe del Departamento de Empleo y Salario de la Dirección Nacional de la Central de Trabajadores de Cuba; Belkis Pino, vicejefa de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria y Cira M. de León, subdirectora general de Desarrollo Organizacional del Ministerio de Finanzas y Precios.

Funcionarios explican a periodistas las nuevas regulaciones en el sistema tributario para las empresas estatales. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Funcionarios explican a periodistas las nuevas regulaciones en el sistema tributario para las empresas estatales. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Abel Rivero, Jefe del Departamento de Empleo y Salario de la Dirección Nacional de la CTC Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Abel Rivero, Jefe del Departamento de Empleo y Salario de la Dirección Nacional de la CTC. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Belkis Pino, vicejefa de la ONAT. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Belkis Pino, vicejefa de la ONAT. Foto: José Raúl Concepción/ Cubadebate.

Se han publicado 162 comentarios



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  • Ronald dijo:

    El tema tributario algo tan normal como viejo en cualquier sociedad y dígase nuevo y novedoso para la actual sociedad cubana, ciertamente es algo que merece para el común del pueblo ser explicado en múltiples ocasiones, es bueno que el común del pueblo sepa el desglose general para el cual es utilizado su aportación a las arcas del Estado, es importante hacerle ver al cubano común que los países que gozan de un alto Estado del Bienestar, son aquellos países donde sus ciudadanos más aportan por concepto de impuestos, dígase Dinamarca, Finlandia, Suecia entre otros, ciertamente el ciudadano cubano ha gozado y goza de una series de gratuidades con independencia de su aportación a la sociedad, es cierto también que durante muchos años se ha beneficiado por igual el que trabaja como el que no, el profesional más capacitado como aquel que no hace nada, llegándose en gran medida a desmotivar y mucho a ésa inmensa masa de profesionales, pero es bueno y normal que como en el resto del mundo y en el actual proceso de actualización de la economía, con el incremento aún insuficiente pero si paulatino de los salarios igualmente se vayan adaptando, actualizando y poniéndose acorde a los nuevos tiempos el tema impositivo. El tema no está en pagar más o menos impuestos, el tema está en el uso que a los mismos se le dan, si de ellos depende el mantenimiento del estado del bienestar, dígase pago de pensiones, sistema público y gratuito de educación y salud, pues bienvenido ésto sea, en gran parte de éste mundo nuestro, ya sea América Latina y otros muchos países subdesarrollados desearían tener con todo y los problemas que puedan tener en Cuba, siendo países iguslmente pobres, un sistema gratuito de salud, educación, de atención a la dependencia, un sistema de pensiones, un sistema deportivo, un alto número de subsidios desde gran parte de los alimentos, transporte, acceso a la cultura, entre otros muchos, muchos de ellos han sido creados y mantenidos en exclusiva por el estado, aún sin ser todos los trabajadores, no está de más que aquellos que más ganan igualmente aporten al sostenimiento de su estado del Bienestar , como repito ocurre en aquellos países donde siendo países ricos, sus conciudadanos son los que más aportan al sostenimiento del mismo. Éxitos cubanos, van por el camino correcto.

  • Diego Echemendía Pérez dijo:

    Si el pago de la Constribucion Especial a la Seguridad Social es a partir de los 500 CUP, considero que se debe constribuir a partir de lo que exceda este monto, no sobre el monto total.

    Saludos

    • ONAT responde dijo:

      Diego:

      De acuerdo con lo establecido el tributo se calcula sobre la base de la totalidad de las remuneraciones obtenidas y en ese importe total debe darse la condición de que además del salario, usted haya recibido un pago por al menos uno de los siguientes conceptos:

      Pago adicional del perfeccionamiento empresarial;
      Aplicación del pago por rendimiento;
      Distribución de utilidades como estímulo por la eficiencia empresarial

      No obstante le informo que las normativas que se implementan llevan un periodo de evaluación de sus impactos y cuando por determinadas condiciones sea necesario realizar determinadas modificaciones, estás se aprueban en la Ley del Presupuesto Anual, la ONAT y el MFP, evalúan periodicamente el impacto de las medidas , como es el caso del perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia y está normativa tambien tendrá su evaluación, agradecemos sus criterios.

  • Juan Espinosa S dijo:

    Que algun especialista de los presentes me explique el nuevo cambio a la resolucion 6 de los salarios que impone una cota a pagar=al fondo de salario plan.Para mi esto es un cambio tan grande que la deroga, pues el fondo de salario plan es directivo y el fondo de salario real a distribuir segun resolucion esta basado en la eficiencia.Con este cambio se acabo el salario plus.Los planes deben ser confeccionados solamente para regular nunca para frenar obtaculizar y quien garantiza que ese plan directivo se va ajustar a los reales obtenidos.

  • lectora dijo:

    “el proceso de envejecimiento poblacional, que trae consigo una disminución de trabajadores activos con respecto a los jubilados, provocó adoptar modificaciones para la Ley de Seguridad Social”.....pero cual es la causa del envejecimiento poblacional??? por que las mujeres cada vez paren menos y algunas no quieren (lo cual es un fenomeno complicado)...porque en otros paises hasta despues de los 40 tener hijos no implica un problema.....habra que analizar la causa raiz de los problemas...vivienda por ejemplo, y para que llegar ahi`, los niños aca no mueren de hambre ESO ES SEGURO..pero la familia no pde darle todo lo que necesitan para su completo desarrollo, lo basico tal vez, pero uno a los hijos le quiere dar LO MEJOR y eso es uno de los motivos que frena la reproduccion. al menos criar a uno como se debe....

    luego "aumentan salarios"un cdo uno mas menos se ajusta pues ahi van y te suben el aumento, quedaste "parecido", tal vez 30 0 50 pesos parecen pocos ante un salario de 1000 pesos pero cdo sumas y sumas, esos 30 son SUPER 30...

  • Juan Andrés Suárez Córdova dijo:

    Ojo con el nuevo modelo de contribución y pago de la seguridad social, tener en cuenta a los jubilados pensionados por la derogada Ley 24 de la Seguridad Social que se encuentran en total desventaja en los montos de sus pensiones, inferiores en más de un 50 % con relación al incremento del salario promedio de la nación de más 700 CUP, , el nuevo modelo de pago incrementan los salarios, pero la generación que se jubiló por la ley derogada están condenado a dejar de cubrir sus necesidades con pensiones que están por debajo del salario promedio actual, mas con una moneda devaluada.

  • Lector dijo:

    Por suerte trabajo en educación donde nunca cobraré eso jajaj

  • Patricia dijo:

    Cuando triunfó la Revolución eliminó el impuesto al salario y se pagaron los salarios netos por una razón universal: el impuesto es siempre impopular. Estoy de acuerdo con la contribución especial a la Seguridad Social siempre que el trabajador que contribuye se beneficie directamente, pero no creo que el impuesto al salario sea una medida correcta sobre todo en las empresas estatales, podrían pagarse los salarios netos y no cobrar impuestos y esto sería un estimulo para que los trabajadores quisieran trabajar en esas empresas. Personalmente considero que el impuesto debe aplicarse solo a la ganancia y esto solo se aplica a las nuevas formas productivas que no son socialistas, ya que en estos momentos los salarios cubren malamente las necesidades básicas del trabajador.

    • ONAT responde dijo:

      Patricia , agradecemos su comentario, no obstante le aclaramos que entre los principios del sistema tributario Cubano se encuentran el principio de generalidad y equidad de la carga tributaria. El impuesto sobre ingresos personales está aprobado en la Ley 113 del sistema tributario y el salario está previsto en ella, solo que hasta tanto se creen las condiciones económicas sociales no se aplica, es por ello que hasta el momento no se ha aplicado a este sector.
      En la normativa que se implementa a partir de octubre se graban las remuneraciones mensuales siempre que superen los 2500 pesos y al mismo tiempo en el total de estas remuneraciones se de al menos uno de los siguientes conceptos:

      Pago adicional del perfeccionamiento empresarial;
      Aplicación del pago por rendimiento;
      Distribución de utilidades como estímulo por la eficiencia empresarial

      Además en este caso, los pagos que realizan son definitivos y no tienen que presentar Declaración Jurada al finalizar el año, es decir , que es una forma simplificada de aplicar este impuesto, con tipos impositivos director en correspondencia con los ingresos totales obtenidos, quienes obtengan ingresos entre 2500 y 5000 pesos aportan el 3% y aquellos que perciban más de 5000 pesos aportan el 5%.

      Le pongo algunos ejemplos:

      Trabajador de una empresa estatal que cobra al cierre del mes 2 650.00 pesos, incluido el pago por el rendimiento:
      Impuesto sobre Ingresos Personales
      Base imponible: 2 650.00 pesos
      Tipo impositivo: 3%

      Sin embargo, un trabajador de una empresa en perfeccionamiento empresarial que cobra al cierre de un mes 470.00 pesos:
      365.00 pesos por concepto de salario escala, y
      105.00 pesos por pago adicional del perfeccionamiento empresarial.

      Aunque dentro del total de ingresos se incluye el pago por el perfeccionamiento empresarial, no superan los 500.00 pesos, por tanto: NO SE APLICA EL Impuesto sobre los Ingresos Personales.

      Importe a Pagar: 79.50 pesos

  • mary dijo:

    Es bueno que nos vayamos adaptando a pagar impuestos, pero que estos se pongan sobre la base de un estudio detallado de cuanto se necesita en estos momentos realmente para vivir en Cuba, yo gano 475 pesos y no me alcanza para vivir por tan solo poner un ejemplo. Por otra parte hasta cuando el pueblo trabajador, ese que con su esfuerzo, horas de estudio, horas sin dormir, saca adelante el país con sus logros en todas las esfera de la sociedad, va a seguir pagando seguridad social para los delincuentes, vagos habituales, hombres jovenes que no aportan en nada a la sociedad. Cuando esas gentes van a sentir en carne propia que tienen que trabajar para que sus hijos estudien y se les brinde servicios hospitalarios porque mientras sigamos trabajando unos pocos y otros viviendo del sudor ajeno no hay socialismo sostenible.

    • MFP - Ministerio de Finanzas y Precios dijo:

      Buenas tardes, En su caso, para el nivel de ingresos que refiere, no tiene que pagar estos tributos.

  • Miguel Esquivel dijo:

    Interesante. Estoy de acuerdo con el establecimiento de una sistema tributario acorde con los ingresos de los trabajadores y el valor real del salario. El tema del envejecimiento de la población y la reducción de la poblacion economicamente activa ha sido largamente debatido. Lo que no acabo de entender es que las medidas para intentar paliar esta situación siguen cayendo en la población ya envejecida que aun nos mantenemos trabajando. No veo medidas económicas que favorezcan a las jóvenes familias para que se motiven a tener hijos y así revertir esta tendencia decreciente.

  • Jose Luis Quiroga dijo:

    EL REQUISITO de la Distribución de utilidades como estímulo por la eficiencia PARA PAGAR EL IMPUESTO es INJUSTO porque este cobro de la eficiencia se adquiere después de más de 3 meses después del año vencido y no es seguro. Sin embargo, para ese entonces ya usted habrá pagado su impuesto todo el año anterior. Me explico, usted pagara impuesto todo un año por el requisito de que le pagaran utilidades como estímulo por la eficiencia, pero ese pago no es seguro (tiene muchas condicionantes) y se lo pagaran o NO después de un año, y si no se lo pagan habrá pagado el impuesto injustamente. ¿Le devolverán ese monto si usted no pudo al año siguiente cobrar la Distribución de utilidades como estímulo por la eficiencia?

  • Fotuto dijo:

    y a los millonarios dueños de cadenas de bares y restaurantes y cafeterias quien loos fiscaliza?¿, porque demas esta decir que ellos evaden impuestos a diestra y siniestra....

    • ONAT responde dijo:

      Fotuto:

      La Oficina Nacional de Administración Tributaria es la entidad encargada de la gestión de la recaudación, cobranza y fiscalización de los tributos, incluyendo los intereses, la aplicación de los recargos y sanciones que en su caso correspondan.

      Nuestra oficina desarrolla durante todo el año un conjunto de actuaciones sobre los contribuyentes, en las que se verifica el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

      Durante el proceso de Declaración Jurada, se fiscaliza la declaración de ingresos que realizan los contribuyentes y cuando se detectan irregularidades , se notifica al contribuyente para que rectifique su declaración, en este proceso se identifican al concluir la campaña a los contribuyentes subdeclarantes que son aquellos que declaran ingresos por debajo de los reales obtenidos, a los que se le exige el pago dejado de aportar y se agraba la deuda con la aplicación de recargos y multas.

      En adición se realizan acciones mucho más profundas e intencionadas sobre una selección de las personas naturales más relevantes en cada municipio. El objetivo consiste en exigir el pago de los tributos en correspondencia con los ingresos comprobados por la administración tributaria y sancionar los incumplimientos. Los ejemplos que Ud. refiere son de los más accionados por nuestras oficinas.

  • Polo dijo:

    No estoy en contra de los impuestos. Le sugiero al MTSS que establezca, como próximo paso, la cifra del salario mínimo obligatorio en el país. Pero el salario mínimo de verdad, el que tenemos ahora es de mentirita.

  • chika dijo:

    necesito que me contesten esta pregunta por favor , las personas que trabajan en salud publica que le aumentaron el salario y ya cuando le pagan o hacen con el 5% menos tambien estan incluido en el 5% menos que va hacer puesto aparir de octubre

  • mary dijo:

    Hay que analizar muy bien cuanto es el salario necesario de la poblacion para poder poner la cantidad el impuesto

  • luar dijo:

    Considero que aun tengo un grupo importantes de dudas que espero se esclarezcan en la mesa redonda y por otras vías por lo que, para poder opinar con justeza se necesita estudiar estos documentos, por ejemplo a los que ganan 500 CUP no se les aplicara el impuesto sobre la seguridad social a no ser que cumpla uno de estos requisitos: Pago adicional del Perfeccionamiento Empresarial. Aplicación del pago por rendimiento. Distribución de utilidades como estímulo por la eficiencia. Lo mismo sucede con el impuesto sobre el salario en los casos que ganan 2500 CUP, Al menos eso yo entendí.

  • PELOTERO90 dijo:

    FAVOR CUBADEBATE. ¿DONDE PUEDO GANAR LOS 5,000.00 CUP MENSUAL? Y PAGARÍA CON MUCHO GUSTO EL IMPUESTO.

  • joloro dijo:

    Que poco debate para algo tan sensible.Muestra que el tema impuestos es una asignatura pendiente en nuestra población,solo los especialistas en la materia lo dominan,la mayoria de los trabajadores conocemos muy poco sobre esto y tal vez por eso los asimilamos y no los cuestionamos aunque moneteriamente nos afectan y ver su utilidad nos cuesta,por lo menos de forma directa.Una de mis tantas inquietudes: En que especificamente vamos a percibir ,a donde va dirigido,el impuesto sobre ingresos personales?.La CESS se entiende y justifica,pero este no es muy popular que veamos.Es un IMPUESTO.

  • Lesly dijo:

    "El aumento se debe al crecimiento de la cifra de jubilados, acompañado de la elevación del monto de las pensiones."
    ? Elevación del monto de las pensiones?? Cuándo fue eso?

  • Linda dijo:

    Sería bueno poder pagar Impuesto sobre Ingresos Personales, porque eso significaría tener un salario digno que, hoy por hoy, solo disfrutan muy pocos sectores en el país.

  • Roberto dijo:

    2500 CUP son solo 100 CUC en que lugar eso es mucho dinero??????

  • Ronny dijo:

    Espero que los cros de la ONAT tengan en cuenta a las personas que tienen descuento por créditos para compra de materiales de la construccion. En mi caso personal, cobro mas de 500 pero el banco me descuenta la mitad, y a esto sumale este descuento. Hasta cuando???

    • MFP-Ministerio de Finanzas y Precios dijo:

      Ronny: Gracias por su comentario que nos permite hacer la siguiente precisión. Las deudas con el Presupeusto del Estado tienen en la legislación civil y tributaria, una protección, en relación con la prioridad para su cobro. Esta prioridad se justifica en la función que cumple el Presupuesto como instrumento de financiación de los servicios sociales. Si una persona tiene varias deudas y entre ellas, una con el Presupuesto, el Estado tiene prioridad para cobrar. Por esta razón, la retención de estos tributos se prioriza en relación con otras obligaciones que deba cumplir el trabajador, como el que usted refiere para la reparación de su vivienda, o un crédito bancario por efecto electrodoméstico. En su caso, le sugerimos que revise con el banco con el que tiene suscrito el crédito, la posibilidad de actualizar las mensualidades, de ser necesario a partir de que comience a pagar estos tributos.

  • Periodista cubano dijo:

    Veo que siguen los cambios, aumentos salariales, impuestos, etc. pero el sector de la prensa sigue congelado en el tiempo, no se le sube el salario desde hace años, somos un perqueño sector que no supera los 5 mil trabajadores en toda Cuba y llevamos añossss esperando una reforma salarial que no llega ... es reconocido por las autoridades cubanas que el sector profesional más mal pagado de Cuba es el de la prensa, hasta cuándo esta situación

  • guajira dijo:

    Por favor los trabajadores estatales y no estatales pagan impuesto muy bien
    y me pregunto porque no existe un sisitema que la gente que no trabajan en la calle
    sean obligado haserlo
    para que constribuyan con el Pais
    para que existe las organizaciones! y bueno un local con una persona responsable
    y encargada de ubicarlos? SI en 3 ocasiones rechaza el lugar donde puede trabajar
    le pongo multas a la verdad eso si esta de verdad capacitado para trabajar
    esos vagos. tienen tambien que constribuir con el socialismo y asi el pais puede ir mas
    en desarrollo a mi entender un poco mas de constribusion por la sociedad
    No sé si sueño o es mala idea? Saludos,

  • coacoafotuto dijo:

    Bueno espero que ahora a mi madre le aumenten la pension, ya que estuvo mas de 30 annos educando y cobra la insipida suma de 270 pesos mensuales de chequera.

  • Con criterio propio dijo:

    Ahora me entero que solamente hace 5 años que los trabajadores de las empresas en perfeccionamiento pagan la contribución de la seguridad social según dijo la Viceministra de Finanzas y Precios. Entonces por qué en las empresas en perfeccionamiento el propio MFP estableció desde el remoto 1998 y si no, vean lo que dicen las Bases Generales aprobadas en 1998 por decreto ley 187
    LOS TRABAJADORES DE TODAS LAS EMPRESAS QUE APLIQUEN EL
    PERFECCIONAMIENTO ESTABLECIDO EN LAS PRESENTES BASES
    GENERALES, A PARTIR DE SU APLICACION, APORTARAN AL
    PRESUPUESTO, ENTRE EL 5% - 7% DE SUS INGRESOS CONSIDERADOS
    SALARIO SEGUN NOMINA, EN CALIDAD DE CONTRIBUCION ESPECIAL A
    LA SEGURIDAD SOCIAL, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN
    LAS LEYES DEL SISTEMA TRIBUTARIO Y DE SEGURIDAD SOCIAL
    RESPECTIVAMENTE Y EN LAS REGULACIONES COMPLEMENTARIAS DE
    LOS MINISTERIOS DE FINANZAS Y PRECIOS, Y DE TRABAJO Y
    SEGURIDAD SOCIAL EN LO QUE A CADA UNO COMPETE.

    Y mucho más adelante el propio MFP en 2004 estableció una Resolución al respecto. Cómo es posible que se diga esto o que no se revise lo que se dice...!!!!
    Me llama la atención algo muy interesante: solamente se paga por el concepto indicado ahí, entonces en las PREGUNTAS Y RESPUESTAS que circularon hay un error, porque por salario y maestría se llega a 505 y se dice que hay que contribuir a la SS. Incluso se plantea en ese documento que los pagos adicionales también forman parte del salario básico del trabajador. ACLAREN BIEN!!!!!

    • MFP-Ministerio de Finanzas y Precios dijo:

      Gracias por su comentario. Ciertamente en el sector empresarial, en las entidades que aplican el perfeccionamiento , desde finales de la década de los 90, comenzaron a aplicar la Contribución a la Seguridad Social, al amparo de la Ley No. 73/94 del Sistema Tributario, ya derogada. Este es el primer antecedente en la aplicación de la Contribución en correspondencia con el incremento de las remuneraciones de los trabajadores al aprobarse los sistemas de pagos previstos para el perfeccionameinto empresarial. En la conferencia de prensa que tuvo lugar en la tarde de ayer, se explicó que esta Contribución se aplicaba desde hace aproximadamente 5 años, haciendo alusión a la aplicación de este tributo en el marco de la nueva Ley 113 Del Sistema Tributario. Es muy preciso su comentario y resalta las contribuciones al sistema de seguridad social que han venido realizando los trabajadores de las empresas en perfeccionamiento. En relación con su preocupación sobre la aplicación de la Contribución Especial sobre los pagos adicionales, entre ellos el pago por maestrías, le explicamos que esos ingresos están gravados dentro del total de las remuneraciones que reciba el trabajador, siempre que los ingresos mensuales superen los 500.00 pesos y que al menos haya recibido ingresos por alguno de los sigueintes conceptos: pago por el perfeccionamiento empresarial, por rendimientos o por la distribución de utilidades. En el ejemplo que ustes refiere, si el trabajador cobra en el mes 505.00 pesos a razón de su salario escala y el pago por la maestrí, aunque es superior a los 500.00 pesos, no tiene que pagar la Contribución, porque no cumple el requisito de ahber recibido ingresos por alguno de los conceptos antes señalados. En el Punto 15, del folleto Preguntas y Respuestas, elaborado por la ONAT sobre este tema, se explica correctamente que sí se gravan los pagos por maestrías y doctorados, siempre que se cumplan los requisitos antes comentados.

  • Luza dijo:

    Hasta el mes de Junio el salario medio en X Empresa era de $ 1 000.00, con la situación que hoy presenta nuestro pais con el tema combustible, se le rebajo de su plan un porciento, para el segundo semestre del año, su materia prima fundamental, y no se le arreglara el Plan Tecnico Economico,... por que? en el mes de Julio bajo el salario medio a $ 525.00, y para el mes de agosto.....veremos, es decir se estan afectando a los trabajadores salarialmente, por un problema de pais y por supuesto trae consigo que no se pueda aportar a la seguridad social y entonces?

  • Juan dijo:

    Por amor de Dios yo solo pido que se haga justicia, ya son muchas las empresas que por la diferentes formas de pagos han mejorados sus salarios, ya le subieron el salario a los medicos y otros profesionales de la salud

  • Juan dijo:

    Por amor de Dios yo solo pido que se haga justicia, ya son muchas las empresas que por la diferentes formas de pago han mejorados sus salarios, ya le subieron el salario a los medicos y otros profesionales de la salud, por ejemplo vean los salarios de los trabajadores de ETECSA ¿¿¿¿¿¿¿¿ CUANDO CUANDO CUANDO A LOS PROFESORES UNIVERSITARIOS LES AUMENTARAN EL SALARIO POR AMOR DE DIOS YO CREO QUE ESTO NI SIQUIERA LO HAN PENSADO, SEAN CONSCIENTES DE COMO ANDA ESTE TEMA PORQUE LUEGO NO HABRA TIEMPO.

  • mmesa dijo:

    Yo soy profesor universitario y hace años que pagamos el aporte a la seguridad socialen el sector, sin embargo, aunque cobramos más de 500 pesos, no clasificamos dentro de ninguna de las tres condiciones que se mensionan como necesarias para que tengamos que hacer el pago. ?Cómo se entiende eso? ?Me están robando?

    • MFP - Ministerio de Finanzas y Precios dijo:

      Buenas Tardes. Las medidas tributarias que se aplicarán a partir de octubre, reguladas en la Resolución No. 261/16 del MFP, están dirigidas al sector empresarial, con excepción de la inversión extranjera y la Zona Especial de Desarrollo Mariel, que tiene sus propias normas. En el sector presupuestado, al que pertenece la Educación Superior, la Contribución Especial se ha venido aplicando a aquellos trabajadores que se han beneificiado con incrementos en sus salarios escales, como ha sido el caso de lso trabajadores del sistema de tribunales, de la Fiscalí General, del sector de la salud y de la educación superior. Actualemnte,la aplicación de esta Contribución para el sector presupuestado está reglamentada en la Resolución No. 134/14 del MFP, en correspondencia con los pronunciameintos de las leyes del Presupuesto del Estado anuales. Las nuevas medidas son para trabnajadores de empresas.

  • Kmelot dijo:

    Pobre Mijail Lopez, te cogio el fisco por ser campeon olimpico.

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José Raúl Concepción

José Raúl Concepción

Periodista cubano, graduado en 2015 en la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana. En twitter: @joseraulcl

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