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Comenzará proceso de inscripción general de los ciclomotores en Cuba (+ PDF)

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Las motos eléctricas resultan un medio de transporte fácil de conducir y mantener. Foto: ACN.

A partir del cuarto trimestre de este año, se realizará el proceso de inscripción general de todos los ciclomotores que circulan en el país, según la resolución 35/2019 del Ministerio del Interior (Minint) publicada este lunes, en la Gaceta Oficial de la República No. 79 ordinaria.

Sobre las motos eléctricas, en el tercer por cuanto de la norma jurídica –firmada por el vicealmirante Julio César Gandarilla Bermejo, ministro del Interior–, se asegura que “la autorización de la importación de ciclomotores eléctricos a personas naturales, al amparo de lo establecido en el Decreto 320 De la trasmisión de la propiedad de vehículos de motor, su comercialización e importación, de fecha 31 de diciembre de 2013, ha incidido en el incremento de la circulación de estos medios, los actos traslativos de dominio, su incidencia en hechos de robo o sustracción y en la ocurrencia de accidentes del tránsito, lo que aconseja mejorar las medidas organizativas y de control sobre los mismos, a fin de elevar la seguridad jurídica de sus poseedores legales y la seguridad vial”.

Los ciclomotores están definidos en la en la Ley 109 Código de Seguridad Vial como el vehículo de al menos dos ruedas con motor térmico de cilindrada inferior a 50 centímetros cúbicos o con motor eléctrico de potencia no superior a mil watts y una velocidad máxima por construcción de hasta 50 kilómetros por hora. Para circular en ellos, hay que tener una licencia de conducción: Categoría A (motocicletas y otros vehículos de motor similares), o la subcategoría A-1 (destinada propiamente a los ciclomotores).

En la Resolución se detalla también que las personas naturales o jurídicas poseedores legales de ciclomotores, están obligadas a presentarse con el vehículo a efectuar la inscripción, en las unidades territoriales de Trámites habilitadas al efecto, en correspondencia con su domicilio, en las fechas fijadas en el cronograma de ejecución.

¿Qué llevar para este proceso? Para ejecutar el trámite se requiere la presentación del ciclomotor con vistas a su inspección técnica, así como el importe para el pago del impuesto sobre documentos públicos asociados a trámites o licencias de Registro de Vehículos.

Explica la resolución que el trámite de inscripción inicial, cuando se trate de personas naturales, puede realizarse por los poseedores legales mayores de 18 años de edad, con capacidad civil para la ejecución del acto, previa identificación mediante carné de identidad y la presentación de los documentos que acrediten la posesión legal del ciclomotor.

Otra ventaja que da este proceso es que si la persona natural poseedora de un ciclomotor está imposibilitada de concurrir a realizar la inscripción, por encontrarse fuera del territorio nacional, hospitalizada o incapacitada, el trámite puede realizarlo cualquier otra mayor de 18 años de edad, previa identificación mediante carné de identidad, los documentos legales del medio y el poder notarial que la acredita para realizar dicho acto.

Si se trata personas jurídicas, el trámite se realiza por la persona acreditada como representante ante el Registro de vehículos, previa presentación de su carné de identidad, el documento oficial o credencial que lo identifica como tal, y los documentos que acreditan la posesión legal del ciclomotor.

Cuando se habla de documentos la Resolución considera la factura o contrato de compraventa emitido por la entidad comercializadora autorizada, cuando se trate de ciclomotores adquiridos en el país, mientras en el caso de los importados, se trata del certificado de importación o el modelo de solicitud de inscripción emitidos por la Aduana General de la República de Cuba.

No tengo documentos, pero…

El sistema de chapas de identificación de los ciclomotores es igual al establecido para las motocicletas. Foto: Archivo/Cubadebate.

En el caso de que el poseedor del ciclomotor no disponga de la documentación antes señalada, o estos documentos consten a nombre de otra persona, debe realizar una declaración jurada ante el funcionario del Registro de vehículos de las unidades territoriales de Trámites, a los efectos de acreditar la posesión lícita del medio, la forma y fecha de adquisición y los datos registrales del mismo.

Ante esta situación, la Resolución deja claro que la declaración jurada no convalida los actos ilegales que pudieran haberse cometido para adquirir el bien, ni exonera a quien la brinda de la responsabilidad penal o administrativa en que pudo haber incurrido. Para ello, los funcionarios del Registro de vehículos, practican las diligencias indispensables con el fin de verificar los datos aportados por los poseedores, y dejan constancia de estas acciones en el expediente registral del medio.

Para los ciclomotores adquiridos en entidades comercializadoras o que hayan sido importados, a partir del año natural siguiente a la fecha de comienzo del proceso, solo pueden ser inscritos por la persona natural o jurídica, a cuyo favor se emitió la factura o contrato de compraventa, certifico de importación o modelo de solicitud de inscripción inicial, según sea el caso.

De chapas y otros detalles

Motorizados solidarios con sus pasajeros en La Habana. Foto: Grupo Moto Eléctrica Cuba/Facebook.

El sistema de chapas de identificación de los ciclomotores es igual al establecido para las motocicletas. En cuanto a colores y estilos se aplican los mismos principios generales. Las combinaciones son de una letra y cinco dígitos. Las chapas de identificación miden 240 mm x 140 mm.

En su extremo izquierdo se coloca en posición vertical el nombre Cuba en el caso de ciclomotores de las personas jurídicas se ubica dentro de una banda de color azul, y todas cuentan con un número e imágenes de la Isla de Cuba impresas en láser.

Mientras las chapas de los ciclomotores del sector diplomático, renta al turismo, personas extranjeras y de los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, utilizan las mismas letras del sistema actual que se emplean para el resto de los vehículos.

La Resolución reitera que para cada ciclomotor se expide la correspondiente licencia de circulación con los datos y asientos establecidos, y se asigna una sola chapa de identificación, que se fija en su parte posterior. En caso de pérdida de la chapa de identificación, se asigna otra con nueva numeración, previo pago del impuesto establecido.

Finalmente, se explica una vez concluido el proceso de inscripción general, solo podrán circular los ciclomotores que hayan realizado la inscripción según los términos establecidos en el cronograma de ejecución.

Todo este proceso se desarrollará en correspondencia con el cronograma de ejecución que pondrá en vigor el Jefe de la Dirección General de la Policía Nacional Revolucionaria y que se informará oportunamente. Este mismo directivo está facultado para dictar las disposiciones complementarias que resulten necesarias con vistas al cumplimiento de lo que se establece en la Resolución.

¿Por qué una inscripción general?

Muchos fueron los que se preguntaron qué se iba a resolver con ponerles matrícula a los ciclomotores; cuando en abril del pasado año se hizo ese anuncio y se publicó en este diario. Como apuntamos en el trabajo ¿Las motorinas de la discordia?, publicado el 9 de junio último, la medida está en correspondencia con el ordenamiento vehicular en el país.

Se añadía también que la asignación de chapas permitirá una serie de bondades y beneficios que hoy poseen los vehículos inscritos en el país, como es el caso de realizar un proceso de traspaso o compraventa, ajustado a lo normado, o ante cualquier circunstancia que requiera su identificación. Lo que ahora ocurre está en correspondencia con la Ley 109, en especial sus artículos 215, 220 y 221 relacionados con el Registro de vehículos.

Según conoció este diario, hasta junio de este año se estimaba que en Cuba existían 210 000 ciclomotores que poseían tanto personas naturales como jurídicas. En esa suma, están las ensambladas en el país, las importadas con la puesta en vigor del Decreto 320, y las que había antes de esta legislación.

(Tomado de Juventud Rebelde)

Se han publicado 214 comentarios



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  • María Elena Hernández Galindo dijo:

    Tengo dudas con las motores de 49cc,no se define en ninguna parte la situación de dichos motores y en mi caso la que poseo entró a Cuba desde el 2014 y no se si se les puede poner la chapa.

  • Geovanys dijo:

    Tengo una duda las motos italikas de 150 cc que transitan con chapa de 49 cc entradas legalmente con papeles de aduana y todo lo correspondiente no serán inscritas dejaran de circular??

  • Carlo dijo:

    Necesito que me aclaren si los llamados rikimbily o bicicleta con motor entran en este proceso.
    Y si entra que especificaciones hay para inscribirlo.

    • Santana Puro dijo:

      Creo que no

  • Daniela González González dijo:

    No entiendo cómo, si la mayoría de las motos de combustión interna que se encuentran circulando en las calles hace al menos 5 años son mayores de 100cc, solo van a permitir circular a las de hasta 50cc. Al final, independientemente del cubicare, todas estas motos de combustión entraron ilegales, por negligencia de los aduaneros que no serán sancionados. En mi caso compre mi moto hace 1 año debido a la normalidad con que la misma transitaba por las calles. Después de adquirirla y hasta la actualidad cada vez que un policía me ha detenido no ha habido problema con la moto, dándome tranquilidad sobre el estatutus legal del vehículo. No entiendo cómo puede ser justo y posible que luego de estos años resolviendo él problema de cientos de miles de países, de un día para otro me dejen sin nada, no creo que esto sea pensar como país cuando precisamente en estos momentos el tema del transporte se está agravando. Estas motos alcanzan una velocidad menor a los MZ alemanes, Jaguas y Jupiter, estos al ser muy antiguos dañan el medio ambiente dejando una línea de humo contaminante por donde pasan; mientras que los motores cuatro tiempos, que pretenden prohibir, no sueltan humo, y ahorran más el combustible que los vehículos antes mencionados. En fin, he tratado de comunicarme con el ministerio de transporte por vía telefónica y no contestan. Yo soy estudiante de Periodismo y sé que nuestra profesión,como uno de sus valores primordiales, tiene la capacidad de provocar cambios en favor de la población, por ello escribo en este sitio, con la esperanza de que mis preocupaciones sean atendidas

  • RUBEN dijo:

    Tengo una bicicleta dlectrica de 250 w y velo idad maxima 30 km/h.
    ¿tengo que inscribirla, ponerle chapa y sacar licencia para manejarla?

  • Ener Duany dijo:

    como puedo obtener el modelo de declaracion jurada para la inscrpcion de las motos electricas

  • Diestro dijo:

    Hola..tengo una duda la inspección consta de dos partes?.. declaración jurada e inspección dedel equipo o un día la declaración y otro día la inspección del equipo ...

  • William dijo:

    Donde se puede descargar el modelo de declaración jurada a rellenar para la inscripción de los ciclomotores...???

  • Santana Puro dijo:

    Poseo hace 4 años una bicicleta con motor de gasolina de fabrica y hasta hoy no he tenido problemas para circular. Por que ahora se habla de prohibirlas despues de tanto tiempo rodando y a sabiendas de que es una alternativa y una solucion al problema del transporte? Y el dinero que inverti yo al igual que otros muchos que?

  • roly dijo:

    Yo tengo un ciclomotor de gasolina importado, con sus aditamentos, en Camagüey existen gran cantidad de ellos, mi pregunta es q si no les van a poner chapa se les va a permitir circular. Aquí donde vivo no se la cifra exacta pero debe haber unos miles de esos y quisiera una respuesta a mi pregunta

  • roly dijo:

    Yo tengo un riquimbili y conozco a muchos otros usuarios de este medio de transporte tan útil. Espero q si no pueden tener chapa q tengan derecho a circular, ya q es importado y paso por la aduana. Espero q el estado le de solución a este problema

  • Evelio Jimenez Díaz dijo:

    Considero favorables las medidas adoptadas por las entidades rectoras que intervienen con la seguridad vial de nuestro país, independientemente de que estas medidas contribuyen a la reducción de accidentes y a los robos, principalmente de los vehículos eléctricos. Sin embargo, también es de severo extremismo no permitir que circulen los vehículos fabricados con partes y piezas como las bicicletas modificadas y otros. Es cierto que estos vehículos no son favorecidos por el artículo 229 de la ley 109 del código de seguridad vial, sino todo lo contrario. Pero debería analizarse con mayor profundidad estos aspectos antes de tomar una decisión tan radical como la de no dejar circular estos vehículos sin siquiera haberse sometido a una inspección técnica o cualquier otro análisis pertinente por parte de los organismos pertinentes y relacionados con tránsito. Nuestro país, se encuentra transitando por una situación bien delicada con el tema energía-combustible, y muchos de los cubanos que, por medios propios, sin haber obtenido de manera ilícita partes y piezas de vehículos eléctricos para realizar una modificación a una bicicleta, han logrado una mejora en su calidad de vida en cuanto a transporte se refiere. De cierta manera, la fabricación por parte de la población de estos tipos de medios de transporte, siempre y cuando cumplan con los requisitos necesarios para su circulación, debería ser incentivada, puesto a que es una manera más de ahorrar combustible. Existen regulaciones de tránsito en otros países, donde no se contemplan como ciclomotores eléctricos aquellos que no posean motores con potencias superiores a 250 W, ni rebasen los 25 km/h. Esas regulaciones serían un buen comienzo para comenzar un análisis. Nuestro querido comandante Fidel, en su concepto de REVOLUCIÓN, que para mí es el concepto más acertado, dice en una parte: Cambiar lo que debe ser cambiado. Por lo tanto, las leyes y regulaciones pueden ser modificadas o cambiadas buscando flexibilidad y mejorías cuando se trata del pueblo. Espero que este breve párrafo pueda ser leído por alguno de los funcionarios que ponen en práctica estas nuevas regulaciones, pero no solo leído, sino también interiorizado y profundizado, que tengan la perspectiva de mirar desde otro punto de vista, en este caso, el de la población…

  • Uno dijo:

    A guardar las motos por encima de 60cc si no quieres k te la quiten ya que no piensan darle chapa, unico pais en el mundo donde pasan estas cosas

  • habanero dijo:

    Y por fin, se comercializarán en las tiendas de USD las baterias electricas ya sea de gel o de litio, de ser asi espero que esten mucho mas baratas.

  • habanero dijo:

    Cuando se comercializarán las baterias para motos eléctricas?

  • dainier dijo:

    tengo una llamada criolla pero es porque fui comprando las piesas a los talleres y la fui armando a mi gusto con piesas de motor lo unico que tengo el el motor electrico con los demas implementos , parese una zuzuki pero es electrica porque no puedo legalizarla

  • reinier dijo:

    Deberían dejar inscribir bicimotos, no veo la diferencia entre una wizzer y una bicimoto, es como comparar un Almendrón con un mercedes moderno

  • Jesús Alberto dijo:

    Le pido al ministerio de tránsito que le den la oportunidad a los Miles de cubanos que tienen un riquimbili u otro vehículo que no entren en esta lista de los legalizados , que al menos los dejen circular , si alguien tiene que pagar por un supuesto incumplimiento de la ley 109 artículo 229 debe ser la aduana de cuba que los dejo entrar

  • Eligio Rubén Jiménez Pérez dijo:

    Que sucede si importé de manera irregular una moto de 150 cc. Nunca podré inscribirla.

  • Jorge dijo:

    Una pregunta...tengo una moto electrica..pero mis papeles están a nombre de quien la trajo..cuando vaya a hacer la declaración para la inscripción..tengo q llevar a esa persona q me vendió la moto?

  • Marta maribel dijo:

    Necesito saber cuales son los sitios cubanos donde puedo descargar la declaración jurada para la inscripción de los cliclomotores . Todo el mundo habla de los sitios pero....no se indican. Seria bueno decirlo asi sabemos donde podemos hacerlo. Gracias

  • Orlando dijo:

    Tengo una bicicleta con motor de combustion interna de 49cc que se fabrica internacional mente para montarse en una bicicleta. Se inscribe este tipo de vehículo? Entra dentro de las motocicletas que se arman con partes y piezas? Especifiquen claramente si este vehículo se inscribe o no. Si no se inscriben, no pueden circular? Por qué no pueden inscribirse? Por que no se permite su circulación sin chapa?

  • georgina yenery dijo:

    Cómo obtengo la planilla para la declaración jurada ustedes pueden mandarme el sitio wet para poder copiarla gracias por su atención

  • Juan carlos dijo:

    Y los whizzer que se dice nesesito rrespuestas

  • Armando dijo:

    Hay miles de bicimotos, kit que ha vendido el gobierno en ventas minoristas en SASA y otros que hemos importado y ahora dicen que no los van a inscribir ni dejarán circular. Es injusto pues es un medio de transporte muy útil. Que debemos hacer al respecto? Deben incluirnos.

  • Leonardo Carlos dijo:

    Somos un gran grupo que tenemos los llamados Speed Fire. Diseñados para ensamblarlos en cualquier bicicleta.... han entrado al país de diferentes formas, incluso el SASA comercializadora del estado las ha vendido. Que pasara con estos equipos ? Entrarán en el proceso ? Los dejarán circular ? Estamos de acuerdo en que se nos haga un dictamen técnico y que cumpla los requisitos para circular.

  • Ernesto dijo:

    Lo que no entiendo es porque en las empresas SASA de nuestra nación se vendieron esos kit de Spitfire a personal naturales y ahora no van a dejar circular esos motores que fueron diseñados para bicicletas por una empresa homologada. La cual fabrica y vende estos productos probados.

  • hugoesequielescalona mora dijo:

    mi motorina entro en el 2011 en el 2014 tubo un accidente se Ronpieron todos los plastico y le puse otros plastico de otro modelo tengo la factura que debo aser para legalisarlo

  • Ernesto dijo:

    A demás con los problemas d transporte por el cual estamos pasando ahora estos riquimbilis son un ejemplo para ayudar en todo este proceso por q si en el concepto de Revolución donde dice que todo debe ser cambiado no cambian ese proceso y dejan circular estos. Que la misma aduana dejó pasar en algún momento y se vendieron el algunos SASA...

  • Brian dijo:

    ¿Cuál es el cronograma para la inscripción?

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Yuniel Labacena Romero

Periodista del diario Juventud Rebelde.

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