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Comenzará proceso de inscripción general de los ciclomotores en Cuba (+ PDF)

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Las motos eléctricas resultan un medio de transporte fácil de conducir y mantener. Foto: ACN.

A partir del cuarto trimestre de este año, se realizará el proceso de inscripción general de todos los ciclomotores que circulan en el país, según la resolución 35/2019 del Ministerio del Interior (Minint) publicada este lunes, en la Gaceta Oficial de la República No. 79 ordinaria.

Sobre las motos eléctricas, en el tercer por cuanto de la norma jurídica –firmada por el vicealmirante Julio César Gandarilla Bermejo, ministro del Interior–, se asegura que “la autorización de la importación de ciclomotores eléctricos a personas naturales, al amparo de lo establecido en el Decreto 320 De la trasmisión de la propiedad de vehículos de motor, su comercialización e importación, de fecha 31 de diciembre de 2013, ha incidido en el incremento de la circulación de estos medios, los actos traslativos de dominio, su incidencia en hechos de robo o sustracción y en la ocurrencia de accidentes del tránsito, lo que aconseja mejorar las medidas organizativas y de control sobre los mismos, a fin de elevar la seguridad jurídica de sus poseedores legales y la seguridad vial”.

Los ciclomotores están definidos en la en la Ley 109 Código de Seguridad Vial como el vehículo de al menos dos ruedas con motor térmico de cilindrada inferior a 50 centímetros cúbicos o con motor eléctrico de potencia no superior a mil watts y una velocidad máxima por construcción de hasta 50 kilómetros por hora. Para circular en ellos, hay que tener una licencia de conducción: Categoría A (motocicletas y otros vehículos de motor similares), o la subcategoría A-1 (destinada propiamente a los ciclomotores).

En la Resolución se detalla también que las personas naturales o jurídicas poseedores legales de ciclomotores, están obligadas a presentarse con el vehículo a efectuar la inscripción, en las unidades territoriales de Trámites habilitadas al efecto, en correspondencia con su domicilio, en las fechas fijadas en el cronograma de ejecución.

¿Qué llevar para este proceso? Para ejecutar el trámite se requiere la presentación del ciclomotor con vistas a su inspección técnica, así como el importe para el pago del impuesto sobre documentos públicos asociados a trámites o licencias de Registro de Vehículos.

Explica la resolución que el trámite de inscripción inicial, cuando se trate de personas naturales, puede realizarse por los poseedores legales mayores de 18 años de edad, con capacidad civil para la ejecución del acto, previa identificación mediante carné de identidad y la presentación de los documentos que acrediten la posesión legal del ciclomotor.

Otra ventaja que da este proceso es que si la persona natural poseedora de un ciclomotor está imposibilitada de concurrir a realizar la inscripción, por encontrarse fuera del territorio nacional, hospitalizada o incapacitada, el trámite puede realizarlo cualquier otra mayor de 18 años de edad, previa identificación mediante carné de identidad, los documentos legales del medio y el poder notarial que la acredita para realizar dicho acto.

Si se trata personas jurídicas, el trámite se realiza por la persona acreditada como representante ante el Registro de vehículos, previa presentación de su carné de identidad, el documento oficial o credencial que lo identifica como tal, y los documentos que acreditan la posesión legal del ciclomotor.

Cuando se habla de documentos la Resolución considera la factura o contrato de compraventa emitido por la entidad comercializadora autorizada, cuando se trate de ciclomotores adquiridos en el país, mientras en el caso de los importados, se trata del certificado de importación o el modelo de solicitud de inscripción emitidos por la Aduana General de la República de Cuba.

No tengo documentos, pero…

El sistema de chapas de identificación de los ciclomotores es igual al establecido para las motocicletas. Foto: Archivo/Cubadebate.

En el caso de que el poseedor del ciclomotor no disponga de la documentación antes señalada, o estos documentos consten a nombre de otra persona, debe realizar una declaración jurada ante el funcionario del Registro de vehículos de las unidades territoriales de Trámites, a los efectos de acreditar la posesión lícita del medio, la forma y fecha de adquisición y los datos registrales del mismo.

Ante esta situación, la Resolución deja claro que la declaración jurada no convalida los actos ilegales que pudieran haberse cometido para adquirir el bien, ni exonera a quien la brinda de la responsabilidad penal o administrativa en que pudo haber incurrido. Para ello, los funcionarios del Registro de vehículos, practican las diligencias indispensables con el fin de verificar los datos aportados por los poseedores, y dejan constancia de estas acciones en el expediente registral del medio.

Para los ciclomotores adquiridos en entidades comercializadoras o que hayan sido importados, a partir del año natural siguiente a la fecha de comienzo del proceso, solo pueden ser inscritos por la persona natural o jurídica, a cuyo favor se emitió la factura o contrato de compraventa, certifico de importación o modelo de solicitud de inscripción inicial, según sea el caso.

De chapas y otros detalles

Motorizados solidarios con sus pasajeros en La Habana. Foto: Grupo Moto Eléctrica Cuba/Facebook.

El sistema de chapas de identificación de los ciclomotores es igual al establecido para las motocicletas. En cuanto a colores y estilos se aplican los mismos principios generales. Las combinaciones son de una letra y cinco dígitos. Las chapas de identificación miden 240 mm x 140 mm.

En su extremo izquierdo se coloca en posición vertical el nombre Cuba en el caso de ciclomotores de las personas jurídicas se ubica dentro de una banda de color azul, y todas cuentan con un número e imágenes de la Isla de Cuba impresas en láser.

Mientras las chapas de los ciclomotores del sector diplomático, renta al turismo, personas extranjeras y de los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, utilizan las mismas letras del sistema actual que se emplean para el resto de los vehículos.

La Resolución reitera que para cada ciclomotor se expide la correspondiente licencia de circulación con los datos y asientos establecidos, y se asigna una sola chapa de identificación, que se fija en su parte posterior. En caso de pérdida de la chapa de identificación, se asigna otra con nueva numeración, previo pago del impuesto establecido.

Finalmente, se explica una vez concluido el proceso de inscripción general, solo podrán circular los ciclomotores que hayan realizado la inscripción según los términos establecidos en el cronograma de ejecución.

Todo este proceso se desarrollará en correspondencia con el cronograma de ejecución que pondrá en vigor el Jefe de la Dirección General de la Policía Nacional Revolucionaria y que se informará oportunamente. Este mismo directivo está facultado para dictar las disposiciones complementarias que resulten necesarias con vistas al cumplimiento de lo que se establece en la Resolución.

¿Por qué una inscripción general?

Muchos fueron los que se preguntaron qué se iba a resolver con ponerles matrícula a los ciclomotores; cuando en abril del pasado año se hizo ese anuncio y se publicó en este diario. Como apuntamos en el trabajo ¿Las motorinas de la discordia?, publicado el 9 de junio último, la medida está en correspondencia con el ordenamiento vehicular en el país.

Se añadía también que la asignación de chapas permitirá una serie de bondades y beneficios que hoy poseen los vehículos inscritos en el país, como es el caso de realizar un proceso de traspaso o compraventa, ajustado a lo normado, o ante cualquier circunstancia que requiera su identificación. Lo que ahora ocurre está en correspondencia con la Ley 109, en especial sus artículos 215, 220 y 221 relacionados con el Registro de vehículos.

Según conoció este diario, hasta junio de este año se estimaba que en Cuba existían 210 000 ciclomotores que poseían tanto personas naturales como jurídicas. En esa suma, están las ensambladas en el país, las importadas con la puesta en vigor del Decreto 320, y las que había antes de esta legislación.

(Tomado de Juventud Rebelde)

Se han publicado 214 comentarios



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  • Dagnier dijo:

    Cuando puedo ir a la inscripción de mi moto eléctrica

  • yandy dijo:

    Para mi la medida es muy incorrecta, se va a convertir en un quebradero de cabeza para la pnr porque el asunto es que la vida útil de esos equipos es corta, cuando esos plásticos se parten hay que hacerle mil modificaciones e inventos y después que le toman una foto debes mantener el vehículo en el mismo estado y el mismo color así que los problemas legales de las motorinas van a hacer GIGANTES, saludos

    • FK dijo:

      Estoy de aucerdo contigo, más colas y más problemas.

  • Yoe dijo:

    Hola colegas vivo en Miami y en el 2017 lleve yo mismo por Santa Clara y Camaguey una Motorina de combustión de gasolina de 150cc en partes y está en ciego de Ávila o tengo ningún papel de la aduana cómo que la entre por ahí pero las cosa es que si entro por ahí en partes...

    Que tengo que hacer para ponerle chapa a mi moto si solo tengo la propiedad a mi nombre y los documento de la compra en estados unidos y la quiero para mi papa...

    Cómo será las cosa....

    • Jhon Wick dijo:

      Rambo, usted que todo lo responde favor responda esta inquietud de cientos de cubanos!!!!

  • Holguinero dijo:

    TENGO UNA DUDA Y PUEDE SER LA DE VARIAS PERSONAS AQUÍ, SEGÚN ESTE PÁRRAFO:

    Para los ciclomotores adquiridos en entidades comercializadoras o que hayan sido importados, a partir del año natural siguiente a la fecha de comienzo del proceso, solo pueden ser inscritos por la persona natural o jurídica, a cuyo favor se emitió la factura o contrato de compraventa, certifico de importación o modelo de solicitud de inscripción inicial, según sea el caso.

    Yo le compré mi moto eléctrica a un tercero y en efecto tengo el certificado de importación que avala la propiedad de la misma.Para inscribirla tendre que buscar a la persona que aparece en dicho certificado? No entiendo?

    • Rambo dijo:

      Holguinero:
      En el primer párrafo, lo que dice es que después que empiecen estos trámites, luego de haber transcurrido un año natural, el que compre en una tienda en Cuba, o importe una moto eléctrica es la única persona autorizada a inscribir dicho vehículo por ser quien tiene la propiedad, factura o lo que tenga avalando su compra. En su caso, explica el artículo anterior segunda la resolución publicada en la Gaceta Oficial, usted debe hacer un poder ante notario y listo.

  • Pedro dijo:

    He leído todos los comentarios pero ninguno se ha referido al tiempo q queda para hacer el trámite, lo q queda de octubre, noviembre y diciembre más o menos pq viene el fin de año y ya saben q en esa fecha muchos no trabajan. Además según dice el artículo hay 210 000 mil una cifra bastante elevada en tan poco tiempo. Creo q se hizo mal en la aprobación de la ley y su publicación. Busquen para q ven la fecha de firma de la ley. Sldos

    • Rambo dijo:

      En octubre se publicó la Gaceta Oficial. En Noviembre, luego de 30 días comienzan los trámites.

      Desde el próximo 25 de noviembre y hasta el 29 de febrero de 2020 será la primera etapa del proceso de inscripción general de los ciclomotores que circulan en el país, según estableció la Resolución 35/2019 del Ministerio del Interior, publicada en la Gaceta Oficial de la República No. 79 ordinaria. Para esta fecha se convoca a las personas naturales poseedoras de ciclomotores de combustión interna.
      El teniente coronel Mario Ríos Labrada, jefe Departamento Nacional de Registro de Vehículo de la Dirección Nacional de Tránsito, explicó este miércoles que, teniendo en cuenta que los medios que se asentarán en la primera etapa violaron las normas de importación, su inscripción es excepcional y por única vez, por ello están obligados a concurrir en este término, y los que no lo hagan pierden la oportunidad de regularizarse, por lo que no serán inscriptos y, por tanto, no podrán circular.
      Detalló que para una segunda etapa (desde el 2 de marzo hasta el 30 de abril de 2020) se convoca a las personas jurídicas poseedoras de ciclomotores de combustión interna, incluido el sector diplomático; para la tercera (desde el 4 de mayo de 2020 hasta el 27 febrero de 2021) a las personas naturales poseedoras de ciclomotores eléctricos, y una cuarta y última (desde el 1ro. de marzo hasta el 31 de mayo de 2021) a las personas jurídicas poseedoras de ciclomotores eléctricos, incluido el sector diplomático.
      Ríos Labrada precisó que para cumplir con este cronograma cada provincia realizará la convocatoria por municipios, lo que se divulgará en los medios locales. Además, se brindará servicio ambulatorio a los municipios lejanos, y en el caso de la capital, se identificarán centros con alta concentración de ciclomotores para dar el servicio en ellos. Igualmente, en La Habana, y en otras capitales provinciales que lo necesiten, se aplicará un sistema de reservación de turnos por vía telefónica o presencial.
      Una vez concluido la convocatoria en cada municipio, en cada etapa, solo podrán circular los ciclomotores que hayan realizado la inscripción y por tanto posean las chapas de identificación, precisó el directivo, quien añadió que se mantienen los trámites del resto del parque vehicular en los días y horarios habituales.

  • Yanet dijo:

    hola.alguien m ayude por favor.tengo una moto electrica pero no esta a mi nombre y no se del muchacho q la importo...q debo hacer para el proceso d la chapa??

  • Tashaa dijo:

    Y por supuesto viene también el pago del impuesto por la transición de bienes y herencia de esto no se habla y será lo primero que verás cuando hagas el trámite. Por dios

  • Geovany dijo:

    y cuando le van a exigir una licencia a los conductores de triciculos que transportan personas? Cuando se transita por las calles de la Habana hay que estar con todos los sentidos puestos no solo en el vehículo que uno conduce o en los peatones que van por el medio de la calle, de cualquier esquina te sale un triciculo, sin respeta Pare, sentido de la vía, distancia de la acera, nada, no respetan nada , poniendo en peligro sus vidas y las de los tripulantes que conducen, con la música a mil y ni se te ocurra decirles nada porque te van para arriba a comerte

  • Luiso dijo:

    Bueno entonces si pasan a ser vehículos pueden sufrir adaptaciones y remotorizacion como otros vehículos.. verdad..mas ahora que van vender unidades de motores y ya no hay berjovinas..

  • Yohander dijo:

    Colas para hacer la prueba para sacar la licencia A1, que pasan un trabajo para darla se aburren de verte como si un ciclomotor fuera un carro, ahora también inscribirlas ojalá busquen la forma de hacerlo viable porque las colas van a ser inmensas y hay dios si se va la conexxion..

  • Frank .M dijo:

    Poseo una moto electrica pero las baterias por el tiempo de explotacion no me dan autonomia para llegar al registro de vehiculo para su inscripcion, que hago al respecto, me es imposible tan siquiera llegar y ni hablar de regresar.
    Como yo me imagino que hay infinidad de personas en la misma situacion, ya que no se comercializan dichas baterias, y la del mercado paralelo ni hablar, cuestan casi como la moto, que solucion racional se le puede dar a esto para poder cumplir con lo establecido ya que yo circulo en ella pero en un radio cercano a mi domocilio, por el asunto de las baterias antes dicho, que hago, como la inscribo, como obtengo la chapa

    Espero algun funcionario autorizado sobre el tema analice y implementen algo logico al respecto

  • Daimelys dijo:

    Esta bien

  • Jose Luis Pelaez Valdes dijo:

    Hola solo un preguanta ? Las motos llamadas escooter o motorina como se llaman q de fabrica son con motor entran tambien en esa legalizacion? Gracias

  • Dagnier dijo:

    Una ves inscrita la moto se le podrá hacer traspaso para un motor de 49cc de gasolina.????

    • Rambo dijo:

      Eso no se llama traspaso, el traspaso es cambio de propietario. A lo que te refieres se llama conversión y está prohibido.

  • Lioniel dijo:

    Hola, soy d pinar del Río y aquí hay muchas personas, o sea miles d personas q tenemos motorinas d combustión desde hace ya años, q desde el 2012 están circulando por las calles y hasta la fecha no ha habido ningún inconveniente con las mismas, queremos saber si van a hacer alguna ecepcion con todas las Q ya existen q como le reitero son miles acá en la provincia de Pinar al igual q en el resto del país, nos gustaría q se tomara una determinación positiva ya q estas ayudan a muchas personas como médicos, ingenieros, obreros y el pueblo en general a la transportación a sus centros d trabajo. Cubadebate ustedes son la página más seria d nuestro país y sabemos q su opinión cuenta. Esperamos respuesta nuestra página en Facebook El club d motorinas de gasolina en Cuba. Gracias.

    • Ortelio m rivero dijo:

      Siempre la confianza en nuestro estado socialista del pueblo y para el pueblo de obreros y campesinos si esos ciclomotores que entraron inlegal al país son superiores a cualquier CC permitido por una sola vez te darán la oportunidad de inscripción ser justo es lo principal

  • FK dijo:

    ....."asignación de chapas permitirá una serie de bondades y beneficios que hoy poseen los vehículos inscritos en el país".... Yo no entiendo, cual es el beneficio?, me lo pudieran explicar, cada vez que sale un accidente en cuba ya sea en la prensa plana,tv o redes sociales no he visto una motorina en el hecho.

    • Rambo dijo:

      El beneficio es poder comprar o vender, estar localmente registrado a nivel nacional y ser el titular del medio adquirido a partir de ese momento, no como hasta ahora que muchos tenemos “cosas” a nombre de desconocidos y no había esperanza de nada

  • Frank dijo:

    Buenos días, considero correcto, el proceso legal de inscripción en el Registro de vehículos de los ciclomotores, tanto de motor de combustión como eléctricos de hasta 1000 watts y 50 km de velocidad según diseño de construcción, en aras de la seguridad, tanto legar para los poseedores de estos, como para la seguridad víal, donde por violación de esta cobra tantas vidas en el pavimento.
    Ahora bién, en el caso específico de los ciclomotores eléctricos, considero debe evaluarse la posesión de la Categoría A1, para aquellos conductores de estos que posean una categoría superior de Licencia de Conducción, (de B en adelante), teniendo en cuenta la facilidad de conducción de estas motorinas eléctricas, ó, al menos eximir a estos de tener que pasar nuevamente la escuela y tan sólo someterlos al examén práctico.
    Son momentos diferentes que vive el país a los que viviamos en el momento de redactyar y puesta en vigor la Ley 109 referida al Código de Seguridad Víal, sin olvidadr el concepto de Revolución de nuesto comandante eterno de la Revolución cubana de cambiar todo lo que debe ser cambiado, con relación a el tema en cuestión, modestia aparte sugiero adecuar todo lo que debe ser adecuado a la realidad actual del país. En todo caso de ser necesario cursar nuevamente el curso teórico para obtener la categoría A1, prescindir del absurdo de pasar el curso teórico de forma presencial y volver a la forma autodidacta de estudio, ahora apoyado en los soportes eléctronicos desde donde a través de internet se pueda descargar o estudira "on-line" el curso teórico de educación víal, pero reitero que considero absurdo que los poseedores de Licencia que no sea A1 tengan que invertir el tiempo en repetir el curso.
    Tampoco queda claro jurídicamente en esta resolución si las bicicletas eléctricas estan sujetas a este proceso de inscripción pues la resolución define categoría de ciclomotor eléctrico hasta 1000 watts, pero........................... a partir de que potencia?. Gracias a Cubadebate

  • Alexander dijo:

    Que va a pasar con los miles y miles de motorinas de combustión que existen y están resolviendo tantos problemas.
    Sus propietarios son personas responsables con licencia de conducción,es el medio de transporte que tienen obtenido con mil sacrificio pribándose de otras nesecidades, y que al final debían valoral que no pasaron por otro lugar que no fuera la aduana,el país no tiene otra vía de entrada...y nunca fueron eléctricas siempre llegaron a Cuba con su motor de combustión .
    Esperamos que las autoridades competentes sepan valorar dicha situación.
    Saludos

  • roberto dijo:

    Donde puedo encontrar el cronograma de inscripcion?

    • Rambo dijo:

      Desde el próximo 25 de noviembre y hasta el 29 de febrero de 2020 será la primera etapa del proceso de inscripción general de los ciclomotores que circulan en el país, según estableció la Resolución 35/2019 del Ministerio del Interior, publicada en la Gaceta Oficial de la República No. 79 ordinaria. Para esta fecha se convoca a las personas naturales poseedoras de ciclomotores de combustión interna.
      El teniente coronel Mario Ríos Labrada, jefe Departamento Nacional de Registro de Vehículo de la Dirección Nacional de Tránsito, explicó este miércoles que, teniendo en cuenta que los medios que se asentarán en la primera etapa violaron las normas de importación, su inscripción es excepcional y por única vez, por ello están obligados a concurrir en este término, y los que no lo hagan pierden la oportunidad de regularizarse, por lo que no serán inscriptos y, por tanto, no podrán circular.
      Detalló que para una segunda etapa (desde el 2 de marzo hasta el 30 de abril de 2020) se convoca a las personas jurídicas poseedoras de ciclomotores de combustión interna, incluido el sector diplomático; para la tercera (desde el 4 de mayo de 2020 hasta el 27 febrero de 2021) a las personas naturales poseedoras de ciclomotores eléctricos, y una cuarta y última (desde el 1ro. de marzo hasta el 31 de mayo de 2021) a las personas jurídicas poseedoras de ciclomotores eléctricos, incluido el sector diplomático.
      Ríos Labrada precisó que para cumplir con este cronograma cada provincia realizará la convocatoria por municipios, lo que se divulgará en los medios locales. Además, se brindará servicio ambulatorio a los municipios lejanos, y en el caso de la capital, se identificarán centros con alta concentración de ciclomotores para dar el servicio en ellos. Igualmente, en La Habana, y en otras capitales provinciales que lo necesiten, se aplicará un sistema de reservación de turnos por vía telefónica o presencial.
      Una vez concluido la convocatoria en cada municipio, en cada etapa, solo podrán circular los ciclomotores que hayan realizado la inscripción y por tanto posean las chapas de identificación, precisó el directivo, quien añadió que se mantienen los trámites del resto del parque vehicular en los días y horarios habituales.

  • Orlando dijo:

    Hola quisiera más información sobre la motorinas de combustión q sabemos q la mayoría no son 50 cc y no me cabe en la cabeza q si queremos ayudar al pueblo y quitar todas las trabas hasta hora presente las puedan llegar a proibir las cuales transporta gran personal y copera con el país,antes decía q no cabe en mi cabeza q puedan llegar a prohibirlas ya q cada dueño gasto una gran parte de dinero en este tipo de vehículo tan necesario para esos ciudadanos gracias

  • Pablo dijo:

    Buenas tarde Ministro ante todo felicitarlos por los trabajos que vienen ejecutando por el bien del pueblo. Mi preocupación es respecto a las Motorinas de Gasolina en mi caso y en el de Miles más de cubanos las tenemos desde hace varios años como único medio de transporte y no entiendo en verdad como está la situación del transporte en estos momentos el por qué las van a prohibir después de tanto tiempo y menos ahora, porqué en todos estos años no habían echo nada?, porqué ahora? porqué incentivaron a la población a armarla pues las vendieron como partes y piezas de respuesto,no son 200 ni 300 son miles en el país no entiendo, si sacamos cuenta deben ser en el país más de Miles y si las prohíben serían el doble de las personas que dejarían sin transporte o en mi caso el triple ya que yo transportó a mis 2 hijos y a mi esposa. No soy de los que apoyan las ilegalidades al contrario pero tanto tiempo no hace legal lo ilegal. Le pido por favor que se estudié el caso de tantos Cubanos que nos vamos a quedar a pie un saludo de un patriota Cubano

  • Sonny dijo:

    No he visto a nadie hablar de una cosa cuantas motos electricas puede inscribir una persona. En mi caso tengo una ee más de 2 años de uso y pretendo adquirir otra vía panama no comprada por la tarjeta mágica. Cual es la idea para ese caso.

  • Valentin perez dijo:

    Siempre me ha parecido bien el que se le ponga chapa a las motorinas, esa medida contribulle al Orden y la Organizacion

  • Alejandro dijo:

    Y a la vez que le pongamos chapa a nuestras motos y pasen por el registro vial nos dejarán remotorisarlas

  • Aylin dijo:

    Leyendo los comentarios de otros internautas propongo:

    1) teniendo en cuenta el problema del transporte en nuestro país creo que se debería analizar permitir la inscripción de todas las motorinas, sean o no adaptadas a gasolina, cumplan o no con los requerimientos de máximo de velocidad y watts. Al final, son vehículos frutos del ahorro y esfuerzo de un núcleo familiar y que permite aliviar la carga del transporte. Existen y transitan en nuestro país hace años.
    2) que las personas que posean una licencia de otra categoría sólo tengan que realizar el práctico para obtener la A-1.
    3) que en los lugares donde se determine realizar la inscripción se creen las condiciones para recargar las motos o una buena parte llegaremos y no podremos regresar. Si es necesario se paga una cuota por la electricidad, pero que tengan esa posibilidad.
    4) aprovechando la puesta en práctica en el país de elementos del gobierno electrónico y el acceso a las redes, se puede hacer una inscripción online de algunos de los datos de los motorinas y que después con una cita de día y hora y un número de turno, como en los bancos, terminar el proceso en las unidades previstas para ellos. Tal vez es mucho pedir, pero es una forma de organizar el proceso para evitar las colas, los colados, el marca desde muy temprano, etc. etc.

  • Carlos Guillermo Blanco Avilés dijo:

    Magnifica,inteligente y necesaria medida que protege y permite al propietario de este medio de transporte legalizar la tenencia de estos vehículos y tener formas de protección de los mismos en caso de robos. Gracias.

  • SAS dijo:

    Tener la edad y llicencia correspondiente es muy lógico y necesario, pero el tener que portar chapa en este tipo de transporte pequeño (ciclomotores y motorina eléctricas) suena bastante ridículo y no parece reportar ningún beneficio palpable, como se dice en el artículo. A ese paso habrá que ponerle chapa a los velocipedos. Lo correcto es hacer cumplir las leyes del tránsito y ARREGLAR las vías, dos cuestiones vitales para evitar accidentes. Gracias

  • Pancrasio Rodríguez Pino dijo:

    Tengo una una gran preocupación y necesito respuesta.... QUE PASARÁ CN LAS MOTOS ITALIKAS Q’ HAY EN CUBA 150 cc??? Ya es un número importante de ellas el q q circulan x las calles de nuestro país y que tantos problemas de transporte nos resuelven a las familias cubanas!!!!

  • Angel dijo:

    Yo tuve que cambiar los plásticos y ahora son rojos y negros ya que los blancos no aparecen "supongo que así me inscriban la moto"

  • Tajante dijo:

    Muy buenas las medidas a tomar lo veo muy pero muy bien eso hacia rato era necesario

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Yuniel Labacena Romero

Periodista del diario Juventud Rebelde.

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