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En detalles, nuevas medidas para la importación no comercial por personas naturales

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La Gaceta Oficial No. 45, publicada este jueves, recoge tres resoluciones en las que se establecen las nuevas reglas para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales, y las modificaciones de las tarifas aduanales para los envíos aéreos, marítimos y postales. 

Para explicar esos documentos jurídicos, que entrarán en vigor a partir del próximo 15 de agosto, comparecieron en la Mesa Redonda la ministra de Finanzas y Precios, y el jefe de la Aduana General de la República.

¿Cuáles son las novedades de esta medida?

Al iniciar su intervención, Meisi Bolaños Weiss, ministra de Finanzas y Precios, destacó que la implementación de las medidas para la recuperación de la economía, anunciadas recientemente por el Gobierno, comienza con la flexibilización de la importación no comercial por personas naturales.

Se refirió a la Resolución 204 del MFP, publicada este jueves en la Gaceta Oficial de la República. Esta norma flexibiliza “el mínimo exento a partir del incremento de lo que se puede enviar por vía marítima, postal o de mensajería al país”. De igual modo, disminuye la tarifa arancelaria. 

La novedad consiste en que, mediante envíos, se pueden importar hasta  200 dólares, que equivalen a 20 kg según normas de Aduana General de la República (1 Kg equivale a 10 dólares).

La ministra subrayó que hasta ahora el límite era de 10 kg, con igual costo (200 dólares). La nueva norma mantiene el importe, pero duplica el peso.

Con ello, comentó Bolaños Weiss, las personas que deseen mandar paquetes a Cuba pueden aprovechar un mismo envío para traer más peso. 

Otra medida es que se aumenta a 3 kg (hoy es 1.5 kg) el peso del paquete por el que no se deberá pagar arancel. 

“Esto no está relacionado con las transitarias, que intermedian en la relación entre quien envía el paquete y quien lo recibe aquí. Esta norma se refiere a la tarifa arancelaria que tiene que pagar la persona que recibe en Cuba un paquete del exterior”, explicó la ministra. 

La tercera medida que se dispone en la Resolución 204 es la rebaja del arancel de aduana a pagar por los restantes 17 kg. Hasta hoy la persona pagaba el 100% del valor. Por ejemplo, cuando se recibía un envío de 10 kg se tenía que pagar por aranceles 4 080 CUP aproximadamente.

¿Qué pasará a partir del 15 de agosto? Por el restante peso solo se pagará un arancel del 30% del valor en Aduana del paquete que se recibe del exterior. Este impuesto se paga en pesos cubanos, según la tasa de cambio vigente. 

Por ejemplo, el impuesto a pagar por un envío de 20 kg ahora se disminuiría a 1 224 CUP, es decir, se duplica el peso del paquete y se disminuye en un 70% lo que se paga por aranceles. 

“Con la nueva norma si usted recibe un paquete de 10 kg se le aplica el 30% a  7 kg, lo que es equivalente al 30% de 70 USD x 24 CUP. En cambio, en las condiciones actuales sería el 100% de 70 USD x 24 CUP. 

“Hay un cambio y una rebaja importante en función de disminuir el costo para la población y la familia cubana de recibir envíos y paquetería del exterior”.

La ministra señaló la necesidad de trabajar en función de que ese servicio tenga calidad y las personas reciban su paquete en el tiempo establecido. 

La resolución, teniendo en cuenta que lo que regula son beneficios arancelarios, entrará en vigor a partir del 15 de agosto. 

¿Qué pasará con los envíos que están en el país y no se han despachado? La norma especifica que estos beneficios se apliquen a los envíos que se despachen por la Aduana a partir del 15 de agosto, aun cuando el paquete haya llegado con anterioridad al país. 

Precisiones sobre el cálculo del impuesto a cobrar por la Aduana

Aduana, Aeropuerto José Martí, terminal 3. Foto: Ismael Francisco/ Cubadebate

Nelson Cordovés Reyes, jefe de la Aduana General de la República, reiteró que son medidas que benefician a una parte de la población.

La Gaceta Oficial No. 45 incluye dos resoluciones emitidas por ese organismo (175 y 176). 

La 176 establece que un kilogramo (de misceláneas y otros productos mandados a Cuba mediante envíos aéreos, marítimos, postales, y de mensajería sin carácter comercial) cuesta 10 dólares, antes era 20 USD. A la par, se aumenta el peso del paquete por el que no se deberá pagar arancel (hasta 3 kg). 

Según el jefe de la Aduana, el pago final de los artículos que se importan por envíos también tiene el mismo 30% de esa tarifa. 

Ratificó que se mantienen los 10 kg de medicamentos exentos de pago por la vía de envío como se estableció hace mucho tiempo. 

La Resolución 175, que deroga las normativas del 2014, establece las reglas para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales y lista valores de referencia para algunos productos, que sirven de “guía o recomendación para el cálculo del impuesto a cobrar por la Aduana”.

Según Cordovés Reyes, en esta norma se ratifica el concepto de importación no comercial: aquella que se realiza por las personas naturales, de manera ocasional para su uso personal, familiar o del hogar, mediante equipajes, envíos, mensajes u otras cargas autorizadas”.

La autoridad aduanera admite artículos y productos importados teniendo en cuenta lo siguiente: 

  • Se corresponden con una importación no comercial. 
  • Se declaren con transparencia y sean variadas las cantidades a importar.
  • Que su importación no exceda el límite de lo establecido según corresponda (200 dólares para los envíos y hasta 1 000 dólares para los equipajes acompañantes y no acompañantes).
  • Que la naturaleza y funciones de un artículo o la reiteración de las importaciones realizadas no evidencian un fin comercial.

El jefe de la Aduana aclaró que aquellos equipos con fin industrial, fabril o materias primas para la producción comercial no entran en esta norma.  

Recordó que, aunque la nueva resolución lo aclara, el Decreto-Ley 22 establece que la Aduana puede sancionar y limitar por un tiempo determinado las importaciones de una persona, cuando se determine que ésta ha importado de forma reiterada los mismos artículos y productos. 

La Resolución 175 fusiona tres normas en una sola. “Las normas 206 y 207 tenían 34 capítulos. Hoy los estamos resumiendo en 11. Esto facilita y agiliza la comprensión y la búsqueda e identificación de los elementos de interés”.  

Otra novedad es que se elimina la práctica de determinar el carácter comercial de las misceláneas mediante el conteo de los artículos. A partir del 15 de agosto, se define por el peso y la diversidad de los mismos.

“Lo importante no es que sean 10 o 15 artículos, sino que sean diversos. Eso no tiene un carácter comercial. Por las cantidades se puede determinar si un producto es de carácter comercial. Eso es visible y sencillo de determinar”, precisó Cordovés Reyes . 

Como otra de las novedades, señaló que se incluyen al método de “valor-peso” artículos de ferretería, partes y piezas de vehículos, útiles del hogar, así como las piezas de instrumentos musicales, entre otros, para los cuales se emplea la misma regla prevista para las misceláneas. 

El directivo especificó que esta práctica se ha aplicado desde la apertura de las fronteras, el 27 de noviembre, y se ha demostrado su validez: se agiliza el despacho aduanero y las personas pueden importar mayor cantidad de determinados artículos dentro de los límites establecidos en la legislación. 

En lo que va de año, el 89% de las personas que han realizado importaciones en la frontera han transitado por canal verde, o sea, no han tenido que pagar ningún impuesto aduanal.  

A partir de aplicar los exentos del pago de aranceles a medicamentos, alimentos y aseo, el número de bultos en frontera ha crecido y ha sido más ágil el despacho, destacó. 

Se incrementan las cantidades a importar en la mayoría de los artículos

También se incrementan las cantidades a importar en la mayoría de los artículos que se despachan por su valor y no por el peso.  

Cordovés Reyes explicó las novedades que incluye la nueva resolución aduanera sobre la importación de equipos de informática y comunicaciones, que ahora no están -como en la norma anterior- en el mismo capítulo de los efectos electrodomésticos. 

Se decidió separar estos equipos, que están entre los más importados por la población, para viabilizar la comprensión de las personas y evitar confusiones, acotó. 

El jefe de la Aduana puso como ejemplo de las novedades de la nueva regulación que se amplía el límite de importación de celulares de dos hasta cinco, y hasta tres los equipos de telecomunicaciones (computadoras, laptops, etc). 

Se admiten también hasta cinco artículos mobiliarios y hasta tres juegos de muebles de cada tipo. 

“En todos los casos se amplían las posibilidades de importación para las personas”, reiteró Cordovés Reyes. 

En cuanto a los vehículos automotores, partes y piezas, explicó que este tipo de importación está bien definida en la ley vigente y que se sigue aplicando la alternativa de valor-peso para la evaluación de su carácter no comercial. 

Argumentó que se admitirá la importación de piezas que permitan la reparación de un vehículo, siempre que éstas sean variadas y atendiendo a los límites establecidos hasta la fecha.  

Señaló que, como norma, los valores de referencia definidos para los artículos se mantienen similares. No obstante, la aduana aplicará cualquiera de los cuatro métodos previstos en la normativa vigente en correspondencia con lo establecido: 

  • La Declaración de Aduana. 
  • La factura de compra. 
  • El valor de referencia que determine la Aduana. 
  • La alternativa valor-peso.

Antes de concluir su intervención en la Mesa Redonda, Cordovés Reyes hizo un llamado a “todas las personas que realizan importaciones no comerciales por nuestras fronteras a comprender y observar la definición de las importaciones por esta vía, con vistas a evitar las violaciones y que la Aduana tenga que actuar en correspondencia”. 

“Según lo definido en esta propia norma, en el caso de las misceláneas, cuando no sean diversas, al igual que los otros artículos a los que se les aplica el método valor-peso, solo se permitirá importar hasta 5 kg del artículo o producto. 

Cuando el peso del producto es ínfimo (piedras de fosforeras, pilas de reloj o similares), se admitirá hasta un kilogramo. 

El jefe de la Aduana señaló que se hace necesario observar las reglas generales y específicas para los productos que se despachan por su valor. 

Se mantiene la entrada sin carácter comercial de alimentos, aseo y medicamentos

Aduana, Aeropuerto José Martí, terminal 3. Foto: Ismael Francisco/ Cubadebate

Por su parte, Meisi Bolaños Weiss, ministra de Finanzas y Precios, informó que se mantiene el límite de los 1 000 dólares para las importaciones en valores por la vía de pasajeros. 

También se mantiene hasta el 31 de diciembre de 2022 la disposición que permite "la importación sin carácter comercial de alimentos, aseo y medicamentos, por la vía de pasajeros como equipaje acompañado, sin límites en valor, cantidades y libre de pago de aranceles". 

En este caso, la ministra especificó que es necesario que se entren estos productos en bultos separados del resto del equipaje, para facilitar los trámites de Aduana.

En video, la Mesa Redonda

Vea además

Gaceta Oficial publica nuevas medidas para las importaciones no comerciales por personas naturales (+ PDF)

Se han publicado 209 comentarios



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  • Estrella dijo:

    No queda claro que se considera Carácter Comercial, en el caso de las miscelánea. Por lo que quedará a la desicion de una persona, que es y qué no es CC. Eso no ayuda para la transparencia del trabajo aduanal. Sería mejor que designarán las cantidades por artículos, ejemplo, una docena de zapatos, una docena de pullover, etc. Tampoco se dice nada relacionado con las posibilidades de importación de los TPC. Que son pequeños actores económicos, a los que se les dificulta contratar Agencias importadoras.

    • Fernando dijo:

      Si quedo claro. Ya no importan las cantidades importa la diversidad. Por ejemplo y según entendí. Usted puede enviar si gusta 30 pares de zapatos cuando esos 30 pares de zapatos sean diversos o sea chancletas, sandalias, zapatos de distintos tipos. Zapatos para niños y adultos. Cosa que no traigas 30 zapatos de una misma marca y un mismos modelos.

    • José Antonio Fernandez dijo:

      Más que un comentario nesecito una aclaración por parte de autoridades de la aduana, se permiten 2 plantas, yo solo quiero yebar una planta de 3550 watts más los celulares y piezas para una moto estoy en lo normado o me paso y si me pasó me cobran un sobre cargo o me lo decomisan por favor nesecito una aclaración

  • Juan C dijo:

    Y como quedan las tarifas arancelarias modificadas (30%) cuando cambien el valor del usd a un +/-300% (aproximado) respecto al cambio actual del cup segun Gil.

    • Fernando dijo:

      Señor da igual el cambio en el mercado negro. Las tarifas se redujeron un 70 porciento eso para mí es bastante. Antes por recibir un paquete de 10 kilos te cobraban 4000 pesos y pico ahora solo pagaras 1000 algo. Además si a usted le cobran por exceso 30,40 o 100 dollar eso lo paga a 25 q es la tarifa vigente y ya nada de al 300

      • Ramón Luis dijo:

        Y ahora mismo cómo quedaría ésos por cientos sí sé devaluó la moneda nacional por él mismo Estado?

  • armando amieva dijo:

    Las medidas van en la dirección correcta pero me queda la duda en lo relacionado con determinar el carácter comercial de la mercancía que llega, determinación que va más allá de la capacidad de la Aduana de determinar por cantidades o volumen si una persona importa o envía para revender. Ojalá y me equivoqué, pero veremos dispararse los precios de productos de primera necesidad que entrarán en pequeñas cantidades o en muchos paqueticos de 3kg y que en frontera se declararán para uso personal o familiar y terminan en tarimas y mesitas de venta pública o en las redes, sin pagar los correspondientes impuestos por su venta ante la falta de controles de la ONAT o autoridades locales para las operaciones autorizadas para ello. Que se piensa hacer en esos casos de infractores que se demuestren con mercancías no declaradas a precios inexplicables abusivos que contribuyen al malestar de muchos de nosotros necesitados ? Gracias

    • Yorda dijo:

      Sino existieran esos infractores que fuera de nosotros? Los celulares, laptos, televisores, confituras, y muchas cosas de que tenemos vienen de esas personas.
      Ahora, cual seria la solucion? Permitir esa actividad con caracter comercial y que paguen impuestos a la ONAT como deberia ser. Asi bajarian los precios porque aumentarian las ofertas
      Si sacaramos el % de pruductos que compramos por esta forma alternativa creo que nos llevariamos un susto, sin duda son necesarios. Legalizarlos es lo que hay que hacer

      • El inconforme dijo:

        De acuerdo con Ud.

      • Ley dijo:

        Horda , estoy muy de acuerdo contigo y voy agregar algo más, los que dirigen el país tienen que acabar de interiorizar que todo eso que entra al país es para este pueblo,que en su mayoría no puede adquirir de otra forma todos esos productos y que el estado no está en condiciones de importar, hay que acabar de interiorizar que todo acaba en el pueblo , no para el imperio

    • Fernando dijo:

      Señor está demostrado que los precios varían en cuanto a la necesidad y escases. Es obvio q la resolución de aduana va a beneficiar por todas partes a la población. Pues las personas q tengan la posibilidad van a poder recibir paqueteria a menor costo y en mayor cantidad. Y además como los revendedores van a poder mandar más y a menor coste. Lo q se traduce en a mayor disponibilidad va a ver menor necesidad y por lo tanto va a disminuir el valor y/o precio de lo que ya estamos pagando caro en el mercado negro

  • Juan Manuel Cazorla Garrido dijo:

    Cómo se pudiera autorizar a qué los viajeros frecuentes puedan vender su propia mercancía sin que existieran intermediarios que son los que elevan los precios a los productos .

    • Armando Enrique dijo:

      No hay nada más comercial que la autorización de importación de 5 celulares y 3 Laptop.
      Hay que ser mago para con 200 usd lograr un envio de 20 kg y que se corresponda peso - variedad- cantidad. No sé cómo se hará el despacho para que este sea fluido y rápido, si tenemos en cuenta la necesidad de revisar variedad y cantidad.

    • Leonardo Rivera dijo:

      Amigo si tu vendes tu mercancía ya seria con carácter comercial y tendrás que pagar a la ONAT, eso seria lógico

      • guille dijo:

        QUE SE COMERCIALICEN Y SE COBREN IMPUESTOS, AHÍ ESTA EL DESPEGUE NECESARIO DE LA ECONOMÍA INTERNA.

    • Alejandro dijo:

      El 90% de la mecancia que se importa con este fin termina en las ventas de garaje ........eso lo sabe todo el mundo en este pais ..... hasta cuando vamos a seguir con el .....si pero no ...el tibiri tabara ...vamos aprobar las importaciones con caracter comercial y asi gana todo el mundo el estado cobrando sus impuestos el importador importando lo que necesita para su negocio y el pueblo con mas ofertas y servicios

      • Renato Estrada dijo:

        Muchos en Cubadebate se han pronunciado por la libre importación de mercancías argumentando la ruptura del bloqueo y la ayuda al pueblo cubano. Como la experiencia personal es que el libertinaje en la importación y la reventa, incluso antes de la derogación del CUC, siempre ha sido aumentar cada día más su precio, creo que se podría aplicar la siguiente receta:
        - traes todo lo que quieras incluso libre de impuestos,
        - la Aduana u otro organismo te lo compra, puede en MLC, tomando en cuenta su costo, el costo del traslado o pasaje y una pequeña ganancia,
        - esta gran cantidad de mercancías se podrían vender en la tiendas en MLC, considerando otros costos asociados, y con una ganancia igual a la que obtiene la persona a la cual se le compra.
        - Los productos que hoy se venden en las tiendas en CUP se pasarían a las bodegas y carnicerías de los barrios para su venta por la libreta, como pide el pueblo, y esas tiendas, todas pasarían a vender en MLC pudiendo la población adquirir esta moneda en las CADECAS.
        Así si podremos burlar el bloqueo y ayudar a aquellos que no tienen familia en el exterior o esta no le manda nada.

      • Armando Enrique dijo:

        Renato Estrada, eso fue lo que hizo Viet Nam cuando los EEUU le aplicó el bloqueo durante 30 años. Estimulaban a los pasajeros a traer productos y la aduana se los compraba. Fue una medida muy inteligente pues no ponían en riesgo el dinero del estado y se abastecian de pequeñas cantidades de productos que situaban en los mercados nacionales.
        Hasta que los TCP no puedan abastecer sus mercados sin intermediarios no habrá avance de la economía y menos la reducción de los precios y la llamada inflación.

      • Albe dijo:

        Estoy deacuerdo que el que quiera lmportar y vender lo haga y evitar los intermediarios y los impectores corructo a mayor oferta bajan los precios.

    • técnico de sonido dijo:

      Para eso y si fuese necesario vender algo de lo que trajo que puede darse el caso. Puede hacerlo por las ventas de garaje.

      No es tan complicado.

  • ccrespo dijo:

    me gustaria saber si se ha pensando en algunas medidas para flexibilizar la importancions de productos, primero por los TCP, y por persona naturales para comercializacion, pues las importaciones estatales estan bastante escasas, y se deberia dejar a los cubanos realizar importaciones de mercancias para las ventas, pues el mercado estatal esta muy desabatecidos y estoy seguro que con todo controlado, hasta el precio de venta, nuestra economia daria un salto ernome.
    muchas gracias

    • Luis dijo:

      Ya el ministro Gil dijo que eso no era conveniente.

  • el niche dijo:

    Buena medida para todas aquellas personas q reciben paqueterias.

  • El Catalán dijo:

    Una pregunta tonta.
    En las condiciones de crisis económica estructural del país. De una economía abierta cercada y asfixiada por un genocida Bloqueo.En un entorno de disrupción de las cadenas globales de suministros. En medio de una guerra de posiciones entre Rusia y Ucrania ( OTAN).
    CUALES SON LAS LAS OTRAS CONDICIONES Y CAUSAS QUE DEBEMOS ESPERAR. PARA AUTORIZAR AL MENOS TRANSITORIAMENTE LA IMPORTACIÓN COMERCIAL A LAS PERSONAS NATURALES CON RESISTENCIA PERMANENTE EN CUBA ???

    • Taran dijo:

      Pues la verdad que yo no veo nada mal que no se autorice la importacion de caracter comercial, pues me pregunto entonces quien va a trabajar para producir algo??, con todas las prohibiciones que hay, con lo poco que se permite importar supuestamente con caracter no comercial al menos mi ciudad se esta conviertiendo en un pueblo de revendedores!!, todos los que vendes son jovenes!!, unos venden en las calles y otros venden a otros que venden en las calles, quien trabajara la tierra?, quien ira a las fabricas?, el estado tiene una gran responsabilidad en esto, creo que se esta permitiendo vender de todo, hasta lo que claramente sale de la corrupcion!!

  • Luis dijo:

    Cuanto peso se puede importar exento de pago?

    • Aduana dijo:

      Exento de pago solamente hasta 30 kilogramos de misceláneas por la vía de pasajeros y 3 kilogramos de misceláneas por la vía de envío. Siempre recordando que estas medidas entrarán en vigor a partir del día 15 de agosto del 2022.

    • Aduana dijo:

      Luis, disculpas, rectificamos:
      Para pasajeros: Tienen derecho a importar exentos al pago, cincuenta dólares estadounidenses con noventa y nueve centavos (50.99 USD) que su equivalente en peso de misceláneas es de 5 kg.
      Por la vía de envíos: Exentos del pago del Impuesto Aduanero por los primeros treinta dólares estadounidenses (30.00 USD) del valor o su peso equivalente, hasta tres kilogramos (3 kg) del envío.

      • Alicia dijo:

        O sea, si yo llego con los 50 kg que me autoriza la compañía aérea ¿tengo que pagar 45 kg de exceso?

      • Ranko dijo:

        El tema es que antes el celular tenía un costo de 30 pesos los de gama baja y usted podía ejemplo comprarse un móvil de forma personal y traerlo porque era 30 pesos ahora son 80 ya se pasó de los 50 y si lo hace para cambiar el móvil personal ya le compromete la importacion pues usted entra el que sacó y el nuevo que se compró ,debería autorizar al menos 1 aparte del que usted saca que siempre regresa con el

  • Jorge dijo:

    La gaceta no tiene puesto la cantidad de cada artículo que se puede importar ( celulares, laptop, pc, gomas de bicicletas etc.)

    • Aduana General de la República dijo:

      Debe leer la Regla Específica que es el párrafo que se encuentra ubicado antes de las tablas con el valor de cada artículo.

  • ANGEL dijo:

    Quiere decir que ahora puedo mandar una caja de 20KG con una sola etiqueta de Miscelaneas???
    y no entiendo bien como seran las piezas de carro¿¿
    quien me explica, gracias.

    • Fernando dijo:

      Si ahora usted podrá enviar un pakete de 20 kilos de miscelánea. Lo cual no significa q no va a tener q pagar por el exceso. Pues es hasta 3 kg solamente libre de impuestos. En el caso de piezas de carro. Estás tienen un valor aduanal el cual sumado no puede pasarse de 200 puntos de cuál ellos 30 puntos son libres de impuestos. En el caso q ligues miscelánea y piezas puedes complicarte si te pasas del valor aduanal. Pues lo que aplica es decomiso

  • Michel dijo:

    Creo que son muy buenas las medidas aprobadas por la aduana,los felicito!!!!!!
    Aunque las personas que viajan venden muchos de los artículos que traen , de una forma u otra llegan estos productos al pueblo aunque sean a sobre precio.
    Muchas gracias

  • Uli dijo:

    Quisiera saber porque no se permite la importacion comercial por personas naturales. Quisiera q alguien explicara cual es la parte contraproducente de ese asunto. Debiera ser explicado financieramente porque solo la empresas del estado pueden importar productos con un fin comercial. Acaso lo importante no es cubrir la demanda? no se pueden taxar las ganancias y listo? No importa d q color sea el gato, lo importante es que case ratones.

  • Lázaro Ramón Roque Sánchez. dijo:

    Buenas noches, favor, de ser posible, esclarecer... ¿Porqué 10 o 20 kg de peso por valor de 200 dólares para las importaciones, y no permitir cifras superiores que en definitiva incrementarían en bienes a la familia del importador o a terceros que también los necesitan?... ¿Será que el incremento de las importaciones por personas naturales, en cifras un poco más significativas, pueden afectar la economía de la nación???, disculpen mi desconocimiento, muchas gracias.

    • Aduana dijo:

      Lázaro Ramón: El límite de 200 dólares y 20 kilogramos, es sólo para los envíos. El resto de las importaciones sin carácter comercial que hacen las personas naturales como pasajeros, poseen un límite de mil pesos (1000) Y si estas personas naturales utilizan las agencias importadoras, pueden realizar mayores importaciones, incluso las que revistan un carácter comercial

  • shintarou dijo:

    El impuesto a pagar por un envío ahora es solo de 1 200 pesos mientras el cambio de usd sea a razón de 1x24. Cuando se aplique la nueva tasa de cambio de 1x70 o 1x80 o la que sea se vuelve a pagar más de 4 000 peso por envío hasta ahí llegó la rebaja.

  • Lázaro Ramón Roque Sánchez. dijo:

    Buenas noches reiteradas, favor, de ser posible me gustaría comprender... Considerando la situación económica actual de nuestro país, agravada por causas externas e internas, en particular el recrudecimiento del criminal bloqueo económico impuesto por EEUU, ¿Autorizar el incremento de las importaciones por personas naturales, en que medida beneficia o afecta la economía del país, y en consecuencia como afecta o beneficia la calidad de vida de los que puedan ser beneficiados?, muchas gracias, saludos.

  • Julio Alberto dijo:

    Positivas medidas para mejoras economicas que de modo directo e indirecto van encaminadas a mejoras de la poblacion las cuales calificos de muy buenas y muy bien pensadas

  • Eric dijo:

    Muy pertinente el sentido de la inmediatez...considero en tiempo la mesa redonda de este jueves, no hay tiempo que perder...tengo varios cuestionamientos... ¿Por qué se deja "a juicio de la autoridad aduanera" el caracter comercial...ejemplos sobran de extremos hacia las dos bandas, en mi criterio no estamos en momentos para dejar nada a la subjetividad de nadie y menos en temas tan sensibles y en tiempos tan complejos; segundo cuestionamiento...cuando proceda, porque quede demostrado...¿qué se hará con lo decomisado?, porque habrá quien viole y tendrá que aplicarse lo legislado, entonces ¿cómo se demostrará de forma transparente?...Una sugerencia, lleven al programa siguiente a periodistas que se preparen con interrogantes y preguntas de la población en relación con el tema, que estén dirigidas a los directivos, en este caso fundamentalmente al director de la Aduana General de la República.
    Concluyo:
    1.- No se puede dejar nada a la improvización.
    2.- Estos son tiempos de dormir con las "armas" bajo la almohada, como señaló el Apostol;
    en este caso argumentos y pruebas testificales y documentales...
    3.- El Comandante en Jefe fue el maestro de batallar con las contradicciones, como demostró: fue el maestro para enfrentar los "líos" y salir palante.
    Gracias Cubadebate. Viviremos y venceremos.

    • Aduana dijo:

      La autoridad aduanera determina el carácter comercial de un artículo o pro-
      ducto por sus cantidades cuando estos excedan lo dispuesto por la Aduana en el Anexo I,
      en el Anexo II, en las reglas específicas correspondientes a cada capítulo, y en las “Disposiciones Comunes para la determinación del carácter comercial de las importaciones
      no comerciales”, que como Anexo III, forman todos parte integrante de la presente Resolución 175 del 2022.
      Cuando la autoridad aduanera determina el carácter comercial de un artículo o producto por sus cantidades, realiza el decomiso administrativo de los artículos que exceden la establecida; y permite, la importación de la cantidad admitida, así como sus efectos personales.
      Para los artículos que clasifiquen como miscelánea, el carácter comercial por el exceso de las cantidades se determina por la no diversidad o repetición del mismo tipo de artículo, en cuyo caso la autoridad aduanera, además de los efectos personales, admite la importación del producto excedido hasta el peso previsto en las presentes reglas y se decomisa el resto de los identificados con esa clasificación.
      La autoridad aduanera determina el carácter comercial de un artículo o equipo por su naturaleza y funciones, cuando el objeto para el que fue diseñado, en correspondencia con sus prestaciones y capacidades técnicas, evidencie que su empleo está en función de la realización de una actividad comercial, industrial o fabril.
      Cuando la autoridad aduanera determina el carácter comercial de un artículo o equipo
      por su naturaleza y funciones, realiza el decomiso administrativo del artículo por esa ra-
      zón seleccionado o aplica la medida administrativa que corresponda.

      • Armando Enrique dijo:

        Disculpe usted, pero el carácter comercial de un producto solo lo determina el actuar de su portador. Por presunción no se puede establecer qué mercancía será o no utilizada con destino comercial. Al importar un producto, yo hago una declación jurada que "garantiza" el caracter No comercial del mismo. Después es la policia económica quien determina si yo violé la declaración jurada. La aduana no es policia económica. La aduana cobra aranceles por cantidades de productos, pero no tiene que decomisar un producto sin poder demostrar que será utilizado para la venta. Así por pura presunción, así por que lo creo y ya.

      • Anonimo3259 dijo:

        Tiene razon Armando

  • AKP dijo:

    Execelentes medidas que se están aplicando,hace falta que sean permanentes y que también incluyan la entrada de motocicletas y autos,ya se de una forma ayudarán al pueblo en el tema del transporte. Así como también pienso y creo que a los materiales de la construcción también deberían darle más libertad , a ver si los cubanos podemos tener nuestras cosas con buenas condiciones y hacerlos por nuestros propios medios sin quitarle el protagonismo al estado de ayudar a los más necesitados.

  • Cubano al 100% dijo:

    No entiendo ni entenderé el por qué se limitan las importaciones en nuestro país. Conociendo la escasez que tenemos y nos damos el lujo de limitarnos los recursos que son para el beneficio del pueblo. Nuestro mercado interno no soporta los desabastecimientos. Realmente si eso es estrategia económica, prefiero no entender jamás. Gracias Cubadebate por darme la oportunidad de expresarme libremente.

  • Una cubana dijo:

    No me queda claro si los 5 celulares serán exentos de pago o como es, porque luego llegas a cuba y te dicen que no es así, que se pagan tantos y más cuántos según su estado de ánimo ese día, por favor publíquenme, gracias

    • Ministerio de Finanzas y Precios dijo:

      Los cinco celulares constituyen importación y pagan el arancel de aduana según corresponda, a partir de su valor en aduana. Solo se importa libre del pago del Impuesto el celular que se importe como parte de sus efectos personales, que se autoriza a entrar uno en esta condición. Atentamente MFP.

      • Armando Enrique dijo:

        Entonces, al pagar aranceles aduanales ¿tengo derecho a vender esos 5 celulares sin temor a violar alguna ley?

      • Uno ahi dijo:

        Y cuál es su valor en la aduana?? Lo pone el aduanero? Estará previamente establecido?

  • YUSMIDE YUMART CASTILLO dijo:

    Bueno medidas ,lo único ahora hay que esperar algo que no se mencionó el valor por el cual se multiplicará cada kg que hasta ahora era de 24 porgue si ha el valor comentado de 80 pesos no isieron nada de nada

  • Mulato dijo:

    Hola buenas noches, soy un colaborador medico de Venezuela, quisiera saber si dentro de las nuevas medidas, es posible la importación de motos completas o solamente el kit de Moto y si en caso de que no se pueda importar el motor completo, si se puede llevar piezas de repuesto de la unidad, todo esto en carga no acompañada.

    • Aduana dijo:

      El Decreto 320 de diciembre de 2013 establece que se autoriza la importación de vehículos de motor, carrocerías y motores solo a las personas jurídicas cubanas, previamente aprobadas por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, de acuerdo con los requisitos técnicos establecidos por el Ministerio del Transporte y la legislación vigente.

      Asimismo, pueden importar vehículos de motor las representaciones de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y los organismos internacionales que estén acreditados en Cuba, así como su personal, de conformidad con los requisitos técnicos establecidos por el Ministerio del Transporte y las disposiciones legales vigentes.

      Se autoriza la importación de ciclomotores eléctricos a las personas naturales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

      La Resolución 175 de 28 de julio de 2022, refiere que respecto a los “juegos, kit o set” de piezas, en el entendido de que estas por su naturaleza o función, o decisión del fabricante (embalaje) constituyan un juego, la Aduana admite hasta 5 juegos, a condición de que se importe uno de cada tipo y la cantidad máxima de unidades por juego no exceda la que requiere un vehículo para su reparación.

      • Wilfredo Walter Mayet González dijo:

        A la Aduana

        DOS TRABAS EN UNA MISMA RESPUESTA.
        Tengo 62 años, soy Licenciado en Cibernética Matemática y Vanguardia Nacional, y desde que tengo uso de razón oigo y leo sobre prohibiciones:

        1)
        Yo no tengo ni una carriola porque en el año 2017 Ustedes me aplicaron el Decreto 320 prohibiéndome la importación del obsequio de un automóvil, refrendado por el Ministerio de Transporte con diferentes argumentos que mejor no describo. No sirvió mi argumento que el auto sería mi instrumento de trabajo.

        2)
        Ahora veo esa Resolución 175 que evidentemente es por la presunción de comercialización, sin embargo las duplicidades de los juegos de piezas pueden ser para la propia reserva de recambios.

        ¿Hasta cuándo en nuestro país se va a estar en contra del progreso de las personas?
        Si las personas individuales no progresan la sociedad en su conjunto no lo hará.
        Trabas como esas son un estímulo a la emigración y no "el bloqueo" ni la Ley de Ajuste Cubano.

  • Yordanis leyva suarez dijo:

    Deberían hablar con Copa AIRLINES porque ellos no te dejan llevar más que dos maletas porque cuba tiene un embargo y cómo es esto posible ????? Si cuba te deja entrar varias maletas de medicamentos aseo y comida sin límite ni cobro pero copa no te deja , solo dos maletas .

    • Aduana dijo:

      Yordanis, las políticas de las aerolíneas no se relacionan con las de la Aduana.

  • Yanitza dijo:

    Buenos días. Sería posible flexibilizar la importación de motos de combustión cómo medio de transporte y no solo.oartes y piezas?

  • Alejandro dijo:

    Sobre los celulares. En algunos lugares dice que con la legislacion actual se podian importar dos y en otros lugares dice que tres. En realidad son dos, porque el tercero es el de uso personal. En la tabla mostrada por el funcionario de la Aduana, pone dos y en la nueva legislación pone 5. Significa eso, que esos 5 no cuentan el de uso personal y por tanto en realidad son 6 , 5 pagados y uno exento de pago? O simplemente es un error y 5 es el total (4 pagados y 1 exento de pago)?

    • Ministerio de Finanzas y Precios dijo:

      Alejandro se permitirá la importación de cinco celulares que no incluye el que se deja importar como efecto personal del viajero. Atentamente MFP

    • Aduana dijo:

      Con la nueva Resolución se permite la importación de 6 teléfonos celulares, 1 como efecto personal libre de pago y 5 mas sujetos al pago de los aranceles, con un valor de $80.00 cada uno.

  • Damian dijo:

    Qué bien.......hasta que hagan oficial el nuevo cambio del USD, que seguramente habrá que pagar en MN lo mismo o más que hoy en dependencia de le tasa de cambio.
    Y lo de los puntos se mantiene igual....en fin...

  • Henry Fernández rodriguez dijo:

    No me quedó claro cuántos TV se pueden importar. Gracias

    • Aduana dijo:

      En la Resolución 175 capitulo 4 "Equipos electrodomésticos" aparece reflejado en la regla especifica la cantidad de electrodomésticos permitidos a importar, refiere que la Aduana admite hasta 2 artículos del mismo tipo.

      • Aymara dijo:

        Yo puedo llevar un televisor de 60 pulgada cuánto tengo q pagar en aduana

      • Martha Alonso Cabrera dijo:

        Me gustaría aclararme con ejemplos concretos, si yo importó dos splits de 1ton me cuestan 150 cada uno es decir 300 usd cuanto debo pagar en Cuba a su importación. Agradecería me aclaran.
        Ya no se tiene en cuanta diferencia de aranceles oara la primera y la segunda importación??
        Y en caso de ser negativa la pregunta anterior, me gustaría saber entonces si cada regla de importación es aplicable a cada entrada sin importar las veces que viajes....
        Agradecería respuestas muchas gracias

  • Carlos dijo:

    Muy positivo para el pueblo, pero considero que el carácter no comercial atenta contra un verdadero impacto en la sociedad, la economía, e incluso vería el bloqueo comercial del gobierno yanqui prácticamente infuncional. Solo un % muy bajo de los ciudadanos cubanos tienen la posibilidad de viajar y traer mercancias, ese trabajo lo hacen unos y la gran mayoría nos favorecemos, provocaría una tendencia a la baja de los precios y la mejoría del pueblo.

  • Agustín Plasencia dijo:

    Con toda honestidad digo que me parecen muy pobres esas medidas. Es contradicctorio decir que son medidas para impulsar la economía y al mismo tiempo ponerle un límite a las importaciones.

  • Francisco Martínez García dijo:

    Buenos días, qué es 20 kg,... no entiendo por qué hay que ponerle límites a la importación, si el sobrecargo del avión, barco lo permite desde el lugar de emisión, así como el cobro a la hora de entrar al país cada carga, eso no estimula a que las personas importen mercancías de primera necesidad, si se permitiera que las personas pudieran importar libremente habría más satisfacción de las necesidades que hoy tiene el pueblo. Saludos

    • Ministerio de Finanzas y Precios dijo:

      Francisco, 20 kgs el límite máximo que puede tener un envío, no obstante le esclarecemos que no están limitados la cantidad de envíos que una persona puede recibir, por lo que ello no constituye una limitación a la importación. Con esta medida se incrementa la capacidad de importación por la vía de los envíos pues de 10 Kgs que podía pesar un envío ahora son 20Kgs, lo que implica que se duplica la cantidad de kilogramos que se pueden importar, incluyendo aquellos que están libres del pago del Impuesto Aduanero. En adición a ello se reduce significativamente el pago de los aranceles de aduanas en estas importaciones. Atentamente MFP.

      • Yasleny Pousa dijo:

        Buenos días
        Quisiera que me aclaren una duda
        Con las nuevas resoluciones puede un familiar
        Desde el extranjero enviarme una consola de videojuegos
        Que hasta ahora no estaba permitida
        Gracias

Se han publicado 209 comentarios



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Randy Alonso Falcón

Randy Alonso Falcón

Periodista cubano, Director General de IDEAS Multimedios y del portal web Cubadebate, el sitio Fidel Soldado de las Ideas y del programa de la Televisión Cubana "Mesa Redonda". Dirigió otras publicaciones cubanas como Somos Jóvenes, Alma Mater y Juventud Técnica. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómez en TV en 2018. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. En Twitter: @RandyAlonsoFalc

Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Thalía Fuentes Puebla

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Periodista de Cubadebate. Licenciada en Periodismo por la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana (2019). Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómez por la obra del año (2022). Ha obtenido premios y menciones en el Concurso Nacional de Periodismo "26 de Julio". Contactos: thalyfuentes14@gmail.com. En Twitter: @ThalyFuentes

Dinella García Acosta

Dinella García Acosta

Periodista de Cubadebate. Graduada de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana (2019). Contacto: dinella@cubadebate.cu En Twitter: @dinella_garcia

Lissett Izquierdo Ferrer

Lissett Izquierdo Ferrer

Periodista de Cubadebate. Graduada en la Universidad de La Habana (2014). Trabajó en la Agencia Cubana de Noticias del 2011 hasta septiembre de 2018. Contacto: lissett@cubadebate.cu

Claudia Fonseca Sosa

Claudia Fonseca Sosa

Periodista de Cubadebate. Graduada de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana (2011). Trabajó en el Periódico Granma (2011-2015). En Twitter: @FonsecaSosa

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