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Emiten las nuevas disposiciones para el Trabajo por Cuenta Propia (+PDF)

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Las nuevas disposiciones, algunas en respuesta a reclamos de los cuentapropistas, apuntan a corregir desviaciones de la política establecida. Foto: Claudia Camps.

Varias normas, decretos y resoluciones complementarias de organismos conforman las nuevas disposiciones jurídicas que implementan la política para el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia, que aparecen publicadas este martes en la Gaceta Oficial número 35 extraordinaria, y que no implican eliminaciones sino ajustes de las actividades existentes, así como cambios en requisitos y obligaciones, reglas jurídicas y prácticas tributarias.

Durante un encuentro la víspera con la prensa, la viceministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, aclaró que “no hay marcha atrás en el trabajo por cuenta propia; hay que preservar esta actividad económica, pero de una manera ordenada”.

Al respecto, recalcó que es voluntad del gobierno continuar desarrollando esta modalidad, y como ejemplo señaló que de 157 351 cuentapropistas registrados en 2010, cuando comenzó a aplicarse una serie de medidas para flexibilizar y ampliar el ejercicio del trabajo por cuenta propia (TCP), la cifra creció hasta 591 456 en la actualidad, el 13% de los ocupados en el país.

Ello significó la creación de más de 434 mil nuevos empleos desde 2010, dijo, y destacó que los números de cuentapropistas han tenido un crecimiento continuo incluso luego de entrar en vigor la Resolución 22 de 2017, que establecía no otorgar nuevas autorizaciones en 27 actividades hasta tanto concluyera el perfeccionamiento del TCP.

El trabajo por cuenta propia ha facilitado el proceso de reordenamiento laboral iniciado en 2009 en Cuba. Contribuye a crear empleos y a liberar al Estado paulatinamente de actividades no fundamentales para concentrarse en aquellas estratégicas o trascendentes para la nación. Pero a la par de los beneficios, ha habido desviaciones que busca corregir la nueva política.

 

Agrupamiento, nuevas licencias, ejercer una sola actividad

Como parte de las medidas, en las actividades de belleza se integrarán siete actividades (barbero, maquillista, masajista, manicura, peluquera, peluquera peinadora de trenzas y peluquero tradicional). Foto: Elba Salazar Cuba

Las 27 actividades que estaban congeladas se abrirán otra vez al otorgamiento de licencias a partir de diciembre próximo con las nuevas regulaciones en vigor.

A la vez, se crean nuevas licencias. Se modifica el permiso de elaborador de alimentos y bebidas mediante servicios gastronómicos y restaurantes al crearse dos nuevas figuras: servicios gastronómicos y restaurantes, y servicios de bar y recreación. Se crean, además, las actividades de panadero-dulcero y de arrendador de medios de transporte.

No desaparece ninguna actividad, 96 de las existentes pasan a agruparse en 28, y de un total de 201 quedamos en 123”, explicó la vicetitular del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

En algunos casos una sola autorización, como sucede en la actividad de belleza (donde se agrupan ahora siete actividades), permitirá un servicio más integral con la misma carga tributaria de antes.

Las nuevas regulaciones también establecen que nada más se otorgará autorización para ejercer una sola actividad aprobada por persona.

A la vez, sólo se podrá ejercer en un mismo domicilio una sola de las actividades de servicios gastronómicos en restaurantes, servicios gastronómicos en cafetería, o servicio de bar y recreación.

No se otorgarán más licencias en las actividades de:

  • vendedor mayorista de productos agropecuarios,
  • vendedor minorista de productos agropecuarios,
  • carretillero o vendedor de productos agrícolas de forma ambulatoria,
  • comprador vendedor de discos
  • operador de equipos de recreación (para los equipos rústicos),

una actividad esta última en que son claves los dictámenes técnicos previos a la explotación y en la cual se toma en cuenta cuán importante es proteger las vidas de sus principales usuarios, los niños.

Aun así, la cesación del otorgamiento de licencias no implica que desaparezcan estas actividades. Los trabajadores que ya han sido autorizados pueden continuar desarrollándolas.

Infografía: Cubadebate

 

En otras áreas también habrá modificaciones: los arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios podrán arrendar a personas jurídicas (empresas, organismos, organizaciones), además de naturales, y, en caso de ausencia, por viaje al extranjero u otra causa, el titular de un negocio podrá nombrar a un representante entre los empleados del mismo.

Las nuevas disposiciones, algunas en respuesta a reclamos de los propios cuentapropistas, apuntan a corregir desviaciones y violaciones de la política establecida, como el uso de materias primas y equipamiento de procedencia ilícita, el incumplimiento de obligaciones tributarias y la subdeclaración de ingresos, la falta de enfrentamiento y solución oportuna de los problemas, insuficiencias en el control que han permitido la proliferación de ilegalidades y delitos, deficiencias en la contratación de cuentapropistas con entidades estatales, y la práctica de actividades no aprobadas que se realizan al amparo de otras autorizadas.

“Se trata de rectificar deficiencias para que el trabajo por cuenta propia siga avanzando”, afirmó Feitó.

No se eliminan actividades. Se agrupan actividades, se reducen trámites administrativos y se amplían los servicios con la misma carga tributaria.

Espíritu de la política y entrada en vigor

La nueva política y sus disposiciones entrarán en vigor 150 días después de su publicación este martes en la Gaceta Oficial, o sea, el 7 de diciembre. Hasta entonces, informó la funcionaria, se desarrollará un proceso de capacitación de los cuentapropistas y habrá seminarios a nivel nacional y provincial, a lo que se une la venta en los estanquillos, desde finales de julio o inicios de agosto, de la Gaceta Oficial número 35.

Precisó, además, que el 98,4% de los cuentapropistas en el país están incluidos en las actividades que se integran o no sufren modificaciones. Solo el 1,6% restante, unos nueve mil (el 50% de ellos en La Habana), deberán decidir un cambio, para lo cual tendrán un plazo de hasta 90 días tras la entrada en vigor de las disposiciones.

Sobre este tema -relacionado con el hecho de que la nueva política solo permite tener licencia para una sola actividad aprobada-, explicó que se trata de actividades que por su naturaleza no se pueden ejercer en el mismo espacio de tiempo y no son relacionadas; no existe la posibilidad de que se integren en una misma licencia.

“Hay trabajadores que tienen una cafetería y al mismo tiempo tienen licencia de manicure o de fregador de auto, o de productor-vendedor de calzado. Eso no es posible. En la práctica, es un dueño que tiene muchos negocios, y esa no es la esencia y el espíritu del TCP, que consiste en trabajadores ejerciendo cotidianamente su actividad”, dijo.

Otros puntos de las nuevas disposiciones:

La apertura de nuevas paladares a partir de diciembre estará sujeta a la aprobación de los Consejos de la Administración Provincial . Foto: Vicente Brito/ Escambray.

-El Consejo de la Administración Provincial (CAP) será la instancia que autorizará las licencias de los servicios gastronómicos y restaurantes, servicios de bar y recreación, y arrendador de viviendas.

-Los CAP pueden poner límites a los precios y tarifas sobre productos y servicios que prestan los trabajadores por cuenta propia cuando las circunstancias lo aconsejen, teniendo en cuenta las características del territorio.

-A nivel de municipio, hay actividades que se autorizarán previa evaluación de un grupo multidisciplinario presidido por el Consejo de Administración, con el fin de evitar se desarrollen en espacios que molesten al resto de la población (carpintero, fregador, engrasador, aserrador, entre otras).

-Los trabajadores por cuenta propia tienen derecho a contratar servicios artísticos, o usar medios audiovisuales o servicios artísticos en vivo o grabados, pero deben realizar la contratación que corresponda. Entre las contravenciones, están no respetar los niveles sonoros normados, y presentar contenidos que hagan un uso impropio de los símbolos patrios, sean sexistas, discriminatorios o incluyan pornografía.

-Otras contravenciones en el campo de la cultura son la comercialización de obras de arte en lugares no autorizados o por personas no inscritas en el Registro Nacional del Creador de Obras de Artes Plástica y Aplicadas.

-Los profesores de música y otras artes, taquigrafía, mecanografía e idiomas, repasadores e instructores de práctica deportiva no pueden constituir escuelas y academias, contratar el servicio de otros profesores o instructores, ni organizar eventos con o sin carácter competitivo.

-El facilitador de permutas y compraventa de viviendas no incluye en su perfil la creación de inmobiliarias, la administración y cuidado de viviendas, la contratación de trabajadores, ni la presentación de documentos legales ante las autoridades competentes.

-Para solicitar la autorización de la licencia se debe contar con: la descripción o un proyecto de la actividad a realizar, declaración jurada del origen de la fuente de financiamiento y las inversiones realizadas (en 13 de las actividades), permisos de Planificación Física y el Ministerio de Salud Pública en lo relacionado con la higiene, así como definir el horario de los trabajadores

¿Crece la carga tributaria?

Aunque cesa la emisión de licencias para algunas actividades, estas no desaparecen. Foto: Claudia Camps.

-Las medidas no van a significar un incremento de la carga tributaria, sino que reacomodan, reordenan, a partir del proceso de adecuación en un grupo de actividades, en el que casi un centenar se integran en 28, lo cual requiere una definición del régimen tributario.

De esas 28 actividades, 14 van a aplicar el régimen general de tributación. Del total de 123 actividades, 71 (incluidas las de nueva aparición: panadero-dulcero, servicios de bar y recreación, y arrendador de medio de transporte), quedan en régimen general, y 52 en régimen simplificado de tributación, según explicó en la rueda de prensa Vladimir Regueiro Ale, director de Políticas Fiscales del Ministerio de Finanzas y Precios.

-Se elimina la exoneración del pago de impuestos por la contratación de hasta cinco trabajadores, y a su vez se ajusta la base imponible mínima para el pago de este impuesto, cuyo tipo impositivo continúa siendo del 5 %.
Estas modificaciones abarcan todas las formas de gestión no estatal, que incluye a los artistas y creadores y las cooperativas no agropecuarias.

Por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, la base imponible mínima, a la que se aplica el tipo impositivo de 5%, será: hasta cinco trabajadores, el equivalente al salario medio del territorio; de seis a diez, dos salarios medios; de 11 y hasta 20, tres salarios medios, y más de 20, seis salarios medios.

-Se diferencia para La Habana la definición de las cuotas tributarias respecto al resto del país. A partir de esa definición se provoca un incremento para la capital en 41 actividades de las que se han unificado y en 20 para el resto del país. Estos incrementos impactan en aproximadamente 25 mil contribuyentes, el 4% del total de inscritos. Los incrementos, en el 63%, son de cinco a 40 pesos, y solo el 2% tendrá incrementos entre 100 y 300 pesos. A la vez, hay una reducción en las cuotas de 39 actividades, 22 en La Habana.

-Se establece la habilitación de cuentas bancarias fiscales para los servicios gastronómicos, arrendamiento de viviendas, servicios constructivos y el transporte en la capital (vehículos de cuatro a 14 pasajeros). Las principales operaciones del trabajador por cuenta propia deben transitar por estas cuentas.

Medidas a los infractores

La nueva política agrupa en un cuerpo legal las medidas por infracciones y representa una mayor severidad en estas, que van desde notificaciones preventivas y multas a la suspensión de la autorización hasta por dos años, el decomiso o la cancelación definitiva de la autorización para ejercer el trabajo por cuenta propia.

Por ejemplo, puede conducir a la cancelación definitiva si una persona autorizada actúa para un tercero no autorizado; si existe tráfico de drogas, proxenetismo y prostitución u otros hechos constitutivos de delito (independientemente de la sanción penal que se aplique); si se emplea a menores de 15 años, o a jóvenes de entre 15 y 16 años trabajando sin la autorización correspondiente que establece el Código de Trabajo.

En la rueda de prensa intervinieron también representantes de los ministerios de Finanzas y Precios, Transporte, Industrias y Salud Pública, así como del Instituto de Planificación Física.

 Modificaciones y novedades en el Transporte

Foto: EFE

En este sector se decidió modificar el reglamento del Decreto Ley 168 de 1996 sobre la licencia de operación de transporte, y se unifican en una sola norma jurídica los asuntos relacionados con los trámites para licencias tanto de personas naturales como jurídicas.

En ese ámbito se incluyen la transportación de pasajeros y carga en el territorio nacional y los servicios auxiliares y conexos (talleres). Según informó en la rueda de prensa del martes Marta Oramas, viceministra de Transporte, actualmente hay en el país 5 421 licencias de operación de transporte, con 57 182 comprobantes asociados, otorgadas a personas jurídicas, y 57 289 licencias otorgadas a personas naturales solo para brindar servicios de transportación de carga y pasajeros, así como unas 12 mil otorgadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para servicios auxiliares y conexos.

Entre las principales modificaciones en el reglamento para licencias de transportes (otorgadas por el MITRANS) en el caso de personas naturales, están:

-Se comienza a otorgar licencia de operación del transporte a personas naturales que vayan a brindar servicios auxiliares y conexos (en esta primera oportunidad, de forma gratuita).

-Se restituye la extensión nacional, provincial y municipal de la licencia de operación del transporte (actualmente todas las licencias existentes en el país tienen extensión nacional).

-Se suma un requisito general para personas naturales al otorgar la licencia de operación del transporte: poseer la titulación formal o tener la licencia de conducción del medio que utilice.

-En el caso de que la licencia que se solicite sea para transportación en ómnibus, camionetas o camiones, el solicitante tiene que acreditar tres años de experiencia como conductor. Y debe acreditarlo una persona jurídica: ello quiere decir que, obligatoriamente, tiene que haber sido antes conductor profesional, o demostrar que conduce un medio de transporte.

-Hoy una persona natural puede solicitar una licencia solo si tiene un medio propio o el medio es arrendado a una persona jurídica. Se modifica ese punto y, como surge la figura del arrendador de medios de transporte, una persona natural puede solicitar una licencia para el servicio de transportación de pasajeros con un medio arrendado a otra persona natural, titular de una licencia de arrendador de medios de transporte.

-Se hace una nueva clasificación del servicio de pasajeros en taxis: servicio de taxis en ruta, servicios de taxis libre, y servicio de alto confort o clásico. Los tres servicios son excluyentes.

-Las licencias tienen un tiempo de vencimiento. En este reglamento, la vigencia de la licencia para transporte de pasajeros y carga se adecúa a un año (actualmente cinco años, con renovación anual). En el caso de arrendador de medios de transporte, también es de un año. Para servicios auxiliares y conexos, tres.

En este sector, además, se autoriza y comienza un experimento en La Habana, consistente en ordenar, teniendo en cuenta todos los principios anteriores, el servicio que brindan los porteadores privados con vehículos de los tipos auto, jeep, panel y microbús, con capacidades de entre cuatro y 14 pasajeros.

Las especificidades del experimento están en la Resolución 175 del MITRANS. Transcurridos cuatro meses, el experimento se extiende a las provincias de Artemisa y Mayabeque, y al resto de medios de transporte de La Habana que no fueron incluidos en esta oportunidad, los que superan la capacidad de 14 pasajeros. En el término de un año, pasa al resto de los territorios del país.

Sobre el tema daremos más información a partir del jueves 12 de julio.

Infografía: Cubadebate

“Se trata de rectificar deficiencias para que el trabajo por cuenta propia siga avanzando”, afirmó Feitó. Foto: Claudia Camps.

Descargue aquí la Gaceta Oficial No. 35

Se han publicado 482 comentarios



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  • JMM dijo:

    Damos por sentado, que los especialistas diseñadores de esta política de trabajo por cuenta propia en nuestro pais, que en breve quedará refrendada en un cuerpo legal a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial, hayan previsto junto con el necesario reordenamiento de esta modalidad de empleo, la pertinencia de depurar hasta la médula, y sin contemplaciones, el cuerpo de inspectores populares existente.
    Es vital que todos los ciudadanos recuperemos la desdeñada confianza en el actuar leal, comprometido y honrado de nuestros inspectores, como únicos garantes de que la modalidad de trabajo por cuenta propia no se vuelva a degenerar, con las consabidas y nefastas consecuencias que entraña para la sociedad.
    La maltrecha y pésima imagen generada por la probada conducta impropia, poco ética e indecorosa, de algunos inspectores populares, hay que recuperarla inexorablemente. Solo por citar un ejemplo reciente aparecido en los medios, recordemos el extorcionador y oscuro comportamiento de los inspectores que un día antes de la inspección fiscal practicada de conjunto por la FGR, la Policía y el gobierno en la Capital , se personaron en los puntos de ventas de materiales de la construcción en La Habana, "sin que detectaran ninguna anomalía".
    Por otra parte, consideramos que la desacertada condescendencia de mantener vigentes licencias otorgadas en un inicio, y que ahora quedan eliminadas definitivamente, como es el caso de los carretillero o vendedor de productos agrícolas de forma ambulatoria, a la postre deviene en un bumerán y mayor carga para las autoridades competentes y del orden interior, que tendrán que obligatoriamente fiscalizar de forma permanente, que algunos "pillos" sin la debida licencia, deliberadamente se arriesguen a ejercerlo a riesgo de ser detectados y debidamente sancionados, como establece la ley.
    En caso de verificarse inacción y exceso de tolerancia por parte de las autoridades en tal sentido, irremediablemente ello provocará nuevamente desorden e impunidad, y de hecho la flamante normativa que regula el trabajo por cuenta propia se convertiría en letra muerta.
    Consideramos que no debemos ser tan paternalistas, y las licencias ya suprimidas deben ser extinguidas definitivamente en un plazo razonable de tiempo bien determinado por la ley.
    Gracias a Cubadebate

  • Enruque dijo:

    Muy lentas las decsiones adoptadas.
    Además, ? Por qué esperar hasta diciembre para la implentación?
    Debemoos utilizar las experincias deVietNam en este campo.

    Hayq que desarrollar el concepto de la economía socialisa de mecado.

    Por que no utlizar y desarrolar el concepto de las pymes?

  • mauel dijo:

    HOLA ES ALGO COMPLEJO CADA VES QUE SIGO LEYENDO ES MAS COMPOLICADO TAN SOLO ADQUIRIR UNA LICENCIA MIREN CUANTOS DIAS Y QUE BUROCRACIA ES VERDAD LAS REGULACIONES PERO ES DESPROPORCIONADO , TAMBIEN EJEMPLO QUIERO UNA LICENCIA DE SOLDADOR QUIEN ME VENDE LAS VARILLAS DE SOLDAR , EL DULCERO NO HAY ARINA DE DONDE LA SACO Y EMPIEZA EL CUESTIONAMIENTO Y LAS INLEGALIDADES NECESARIAS PARA PAGAR EL TRIBUTO IMPUESTO

  • Ernesto dijo:

    Aprovechando esta amplia restructuración y regulación del TCP, que en sentido gral debe agradecerse por todos, ¿Se regulará también la disposición y ubicación territorial de algunos negocios, como por ej. carpinterias, herrerías, talleres de mecánica y chapistería? Planteo este detalle, porque en el barrió donde vivo en un edificio de microbrigadas estoy rodeado de carpinterías y talleres rústiquísimos, que molestan a los vacinos, entorpecen normas de convivencia y generar niveles de ruido inaceptables para zonas residenciales.

    Se que no viene a colación pero debería análizarse y regularse la crianza de cerdos en áreas residenciales, por la contaminación y prejuicio a la higiene social y ambiental que en muchos casos generan. Muchas perdonas crían cerdos en cualquier parte de nuestro país lo mismo para consumo propio, que para venta y obtención de ganancias y no observo regulación ninguna al respecto.

  • Jose R dijo:

    Cuando se refiere a que no se otorgará mas de una licencia por persona, es a partir de la vigencia d elas regulaciones?, porque pienzo que los que ya tienen 2 se mantengan como se mantienen las que se eliminan a partir de ahora me refiero a las de vendedor de productos agropecuarios. Si algún experto me pudiera aclarar.

  • Klo dijo:

    No entiendo esto: Se hace una nueva clasificación del servicio de pasajeros en taxis: servicio de taxis en ruta, servicios de taxis libre, y servicio de alto confort o clásico. Los tres servicios son excluyentes.¿Po qué tienen que ser excluyentes? Señores, si nos cerramos las puertas ala competencia, jamás habrá buen servicio en nada. Esto necesita ser explicado no simplemente impuesto. Gracias

    • psicoloca dijo:

      Muy de acuerdo. Nada si quieres alquilar un carro para ir a Varadero como clasificas jaja,,,,,,,,,,para eso la demora tuvieron q pensar bien, esto es maquiavelico................cada día nos complicamos mas la vida oye si pagas una licencia para transportar da lo mismo a quién lleves...además este país no ha podido resolver un tema tan sensible como el transporte nada q todos los días tenemos q trabajar ir a hospitales y etc pero bueno solo nos preocupan los cuentapropistas y las empresas estatales para cuando? y los precios del 200 porciento q se aplican en las tiendas recaudadoras de divisas para cuando? por favor si alguien tiene respuesta la agradecería. Gracias,,,,,,,,,,,,

  • ALE dijo:

    informáticos preocupados, estudien y actualícense que la informatización de la sociedad no es una historia , es una realidad y ahí sin ustedes no somos nadie.
    ya hay internet en las casa, claro con sus precios pero ya empezó el desarrollo

  • Julio dijo:

    Entonces, los arredandores en CUC pagan lo mismo pero en CUC... por habitación 200cuc?? :( alguien me lo aclara ??

  • orlando dijo:

    Sería muy útil que se organizara un ciclo de dos o tres Mesas Redondas en las que participara los dirigentes y funcionarios del Ministerio de Finanzas y Precios, del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social y de la CTC para que explicaran frente a cámaras y con sus propias palabras las razones, ventajas o desventajas que tienen estas nuevas regulaciones.

  • mauel dijo:

    ES NENCESARIO TENEREN CUENTA QUE ESTAS MEDIDAS SON NECESARIAS PARA NUESTRA ORGANIZACION COMO PAIS PERO HAY QUE HACERLAS BIEN , FIJENSE QUE TANTOS POR CUANTO , CREE USTED QUE UN PERSONAL NO ENTERADO DE ESTOS RECURSOS PUEDE ENTENDER TANTAS REGULACIONES , ES PRECISO UNA EXPLICACION SIN TANTO SUSTO DE IMPEDIMENTOS QUE TODO SE CONSTRUCTIVO NO DE ASUSTAR AL PERSONAL, ES PRECISO TENER EN CUANTE LA ORGANIZACION DESDE ARRIBA QUE ES IMPORTANTE..

  • Tony Catalá dijo:

    Buenos días, quisiera saber cuales de las 28 actividades unificadas van a ser Régimen General y cuales Régien Simplificado, se dice en el artículo que son 14 y 14 pero no se especifican cuales ni tampoco lo dice en la resolución. En realidad no se especifica esto de ninguna del total de actividades y es importante que la población conozca en qué régimen está cada actividad.

    En sentido general veo bien las nuevas regulaciones lo que si considero que limita el potencial de las personas es la regulación de que se puede tener una sola patente y hay personas con varios talentos que pueden ejercer diferentes actividades como por ejemplo la patente de Mecanógrafo puede ejercer a la misma vez la de Plastificador o haber integrado ambas.

  • Arlene dijo:

    Por favor, entre tantas revisiones, etc. nadie se percató que la Gaceta Oficial de la República de Cuba con fecha del 10 de julio del 2018 comienza de esta manera:

    "RAÚL CASTRO RUZ, Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba.
    HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:...."

    Y desde el 19 de abril de 2018 el Presidente del Consejo de Estado de la República de Cuba es Miguel Mario Díaz-Canel.

    • Aclarador dijo:

      Y Ud. no se percató en la fecha en que fue aprobado dicho Decreto Ley? Fíjese bien en la fecha y entenderá.

      • sachiel dijo:

        Eso pasa, Arlene, porque leemos titulares, y no profundizamos.... se vierten toneladas de opiniones, y la mayoria es por la tangente, sin leerse bien y estudiarse todos los documentos, todos. Y lo veo cotidianamente cuando salen noticias y, en los correos que se les envian con asuntos relevantes o no tanto, a quienes deben de ocuparse de ellos, y asi vamos.

        Pero bueno, nosotros los cubanos somos asi, rosca izquierda a todo, bueno y malo.

  • elba dijo:

    Considero que todas las medidas,leyes y decretos sean para mejorar.Pero si no se sigue el cumplimiento de estas todo se ira al traste de nuevo,y comenzarán los inspectores corruptos que por unos$$$$$$$,se hacen lo de la vista gorda......y todos sabemos muy bien que eso existe
    Algo que no entendí bien o no se si se explica.¿Pueden los cubanos-extranjeros,los que ahora son ciudadanos de otro país y también cubanos ser cuentapropistas??????,pienso que ya tienen bastante beneficios por el solo hecho de ser ciudadanos de otro lugar y disfrutar de todas las gratuidades cubanas,incluyendo la seguridad social

    • psicoloca dijo:

      NO TIENEN NINGUN PRIVILEGIO NACIERON EN CUBA.SON CUBASNOS IGUAL Q USTED Y YO.ESTAMOAS DEFENDIENDO A LOS INMIGRANTES Q LLEGAN DE OTROS PAÍSES A PESAR DE Q RECHAZAMOS LA LEY DE PIES SECOS PIES MOJADOS PORQUE PEDIAMOS UNA EMIGRACION ORDENADA Y SEGURA Y AHORA USTED QUIERE REGRESAR A NEGAR LOS DERECHOS DE UNA PERSONA Q POR MOTIVOS X VIVE EN OTRO LUGAR,,,,,,,,,,,SEÑORA POR FAVOR ESTAMOS EN EL SIGLO XXI Y PAGANDO LO Q HEMOS HECHO MAL..............POR FAVOR,,,,,

  • Jose Raul Viera Linares dijo:

    En general considero un error la supresion de nuevas licencias a las actividades vinculadas a la distribucion y comercializacion de productos agropecuarios. 1. protegen a una de las areas mas enificientes y fuente de corrupcion de los funcionarios de las empresas estatales y del del Poder Popular: acopio y venta de esos productos. 2. Los carretelleros son una gran ayuda para tantos ciudadanos en la tercera edad para los que ir a un agro es un serio problema. Desde luego, por sus servicios tienen que cobrar mas.

  • Roliponce dijo:

    y si 5 maestros de ingles deciden asociarse en una forma cooperativa, arrendar una casa y usarla para dar clases, por turnos, grupos, que pasa?¿ esta prohibido eso tambien, ? señores dense cuenta de una cosa, el estado no cuenta con la iniciativa de los cubanos, cuenta con nuestra mano de obra, eso es lo que le importa, que la masa siga siendo trabajadora, no emprendedora.

  • servantino dijo:

    Tengo una duda y espero que los compañeros del mtss me la puedan aclarar.
    Una misma vivienda arrendada, puede tener una cafeteria (en solo una de las nuevas modalidades) y a su vez en otra habitacion con entrada independiente tener otro negocio de cerrajeria, mecanografia u otra cosa?.

  • T dijo:

    Mientras sigamos limitando lo que se puede hacer, en vez de lo que no se puede hacer, no habrá verdadero despegue productivo o económico para los TCP ni para Cuba en general.

  • arturo manuel dijo:

    El patriota,estadista e inventor norteamericano Benjamín Franklin sentenció: En nuestras vidas solo hay dos cosas ciertas: la muerte y los impuestos.

  • Ramón Francisco Bernal Chacón dijo:

    Desde el libro de Génesis se observa que el comercio es el motor impulsor del desarrollo.
    Considero que se impone tener en cuenta a el comercio en su gran extensión. El exceso de normas al final lo que trae como consecuencia en buen cubano, es precisamente el cubaneo, compadreo y formas de seguir evadiendo las normas y lo dispuesto. Miremos y hechemos una mirada al mundo y en la forma en que desarrollan su comercio y como se controla el mismo. Seguimos teniendo un miedo atrós al hecho de que una persona si de manera honesta suda su frente y se gana un alto salario. Creo que el principio socialista de distribución de cada que cada persona perciba lo justo y adecuado atendiendo a su capacidad. Si eres un emprendedor o emprendedora y sabes hechar hacia adelante una actividad productiva, entonces demos palmas a esa persona. Preocupaciones son aquellas que debemos tener todos para que los jovenes de hoy no emigren y creen y hagan realidad sus sueños y quimeras en nuestro querido Caimán Verde.

  • tr dijo:

    Hola creo que el trabajo por cuenta propia es una herramieenta mas en manos del pueblo muy buena pero porque los cuentapropistas no tiene los listados de precios a la vista noo son todos pero una parte no lo tiene por ej los que venden en las mesas o en los llamados catres etc

    saludos

  • Liu Leon dijo:

    Ya descargue la gaceta oficial no. 35, pero en ella no aparece la modificación de la resolución 386 del 2010 del Ministerio de Finanzas y Precios, la cual habla sobre “NORMA ESPECIFICA DE CONTABILIDAD DE LA ACTIVIDAD DE TRABAJO POR CUENTA PROPIA No. 1 PRESENTACION DE ESTADOS FINANCIEROS (NTCP 1)”

    Quisiera saber si esta resolución va a sufrir alguna modificación, pues me parece que es muy importante este tema de la contabilidad y la presentación de los estados financieros a la ONAT.

  • josé Manuel arias Perez dijo:

    todo está muy bien, siempre que no continúe como hasta hay, que la micro economía de los CP vive robándole al a macro-economía del estado y que los impuestos a cobrarle a fin de año sea calculado por el saldo beneficio y no por el total de las ventas como se a estado haciendo

  • maria dijo:

    Todavia hay mucha tela por donde cortar, pero corten rápido pues el enriquecimiento de unos,es decir,más pesos en el bolsillo,significa más sudor y desgaste de otros para lidiar el día a día,somos una sociedad SOCIALISTA no capitalista donde la competencia es violenta,nuestras competencias deben ser por un mejor trato, por mayor asequibilidad a los productos en buen estado,presentación e higiene ya sea comestible,de uso, de convivencia y sobre todas las cosas que no nos de la impresión"" de que nos estan engañando,estafando.No entiendo cómo un TCP gana (aunque paga un impuesto), el doble o triple del precio de un producto que vende el estado,claro como al presentarse en la tienda solo lo logra comprar el que está en cola durante el horario laboral de miles de trabajadores o se agota el producto una hora después de salido a la venta,no nos queda de otra que adquirirlo en estas ofertas que para nada resultan baratas.Y caemos en el tema de los establecimientos en horarios fijos que concuerdan con nuestros horarios laborales,estonces llorando morimos con el carretillero o madrugando el día de descanso para en las supercolas al fin comprar los productos alimenticios frescos y baratos el día de las ferias.No es queja, es realidad que debemos ir cambiando pero en el menor tiempo posible como se está reajustando actualmente.

  • Tito dijo:

    A MTSS:
    estuve leyendo en el articulo una parte donde dice que no se expediran mas de una licencia por contribuyente, pienso que no deben ser tan rigidos, si el contribuyen demuestra que puede ejercer las actividades deberian otorgarles los permisos, en mi caso soy trabajador estatal y tengo dos licencias de TCP, una es de medio de traccion humana (bicitaxi) y el otro es de cobrador-pagador y puedo ejercerlas perfectamente las tres, o sea mi trabajo estatal y y las otras dos actividades de TPC, ahora explico, trabajo de 8 a 5 para el estado, y de 5 :30 a 8 pm trabajo en el bicitaxi, y cobrador pagador lo ejerzo en mis dias de franco por la propia labor que realizo,pienos que deberian ser felxibles a la hora de otorgar mas de una licencia es solo mi opinion y no ser tajante y cortante com con el ejemplo que pusieron en el articulo. RESPONDAMEEEEEE

  • Justo dijo:

    ...“Hay trabajadores que tienen una cafetería y al mismo tiempo tienen licencia de manicure o de fregador de auto, o de productor-vendedor de calzado. Eso no es posible. En la práctica, es un dueño que tiene muchos negocios, y esa no es la esencia y el espíritu del TCP, que consiste en trabajadores ejerciendo cotidianamente su actividad”...
    Esos ejemplos no son los mejores, digamos que soy arrendador de una vivienda y quisiera ejercer otra actividad cualquiera, que me impide tener arrendada una vivienda que no me ocupa casi ningun tiempo.
    Otro ejemplo: Soy mecanico pero soy dueño de un auto que quiero explotar, por que no puedo ejercer la actividad de arrendador de medio de trasnsporte, que me ocupa esta segunda actividad si yo me dedico a mecanear, el carro lo maneja un chofer lo que no quiere decir que yo mecanee mi auto cuando se rompa

  • María L. Garmendía Vicents dijo:

    Hasta donde veo en lo publicado aquí no hay nada respecto a la formación de cooperativas no agropecuarias de construcción

  • 1 cubano + dijo:

    Buenas. Quiciera que el responsable del MTSS aclarara el planteamiento “sólo se podrá ejercer en un mismo domicilio una sola de las actividades de servicios gastronómicos en restaurantes, servicios gastronómicos en cafetería, o servicio de bar y recreación”. Será imposible desde la entrada en vigor de estas regulaciones que en una misma vivienda estén arrendados distintas personas, una con una cafetería, otra con un bar y otra con una paladar, por ejemplo? O se refiere al hecho de que varios integrantes de una familia, que viven en el mismo lugar, saquen una licencia de paladar (una por persona) y en realidad solo exista un restaurante con la capacidad de sillas correspondiente a la suma de cada licencia por separado.
    Gracias

  • Pucho dijo:

    Considero que esto, más que un perfeccionamiento es una expectativa no cumplimentada, solo me pregunto para que se elaboró y aprobó la Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista. Este es un documento que debía ser de amplia representación y análisis. Este es un ejemplo más de lo que no debemos hacer

  • estre dijo:

    Si es un cuentapropista que elabora y vende vino, solo él en su negocio que es pequeño, en que grupo se une? el no expende en bares, solo en un punto de venta en el bulevar sus botellas etiquetadas con el permiso del citma con todos los permisos sanitarios y demás.

    • qvano dijo:

      yo creo q deben ser mas flexibles en cuanto a las licencias creo q con estas medidas en vez de ganar en TCP creo q se iran, y deben dejar de apretar, pues un ejemplo los peloteros q juegan en otras ligas ganan millones y no les quitan su capital,

  • Una cliente dijo:

    Hola yo quisiera saber en que categoria de licencia entran los vendedores ambulantes que hay en toda la habana, que revenden los productos de las tiendas recaudadoras de divisas y nadie les pide cuentas. Estoy hablando de refrescos, cervezas, cigarros, galleticas, chicles, etc, muchas veces no hay en las tiendas porque los acaparan todos, y mas aún si estan en rebaja.

Se han publicado 482 comentarios



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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Deny Extremera San Martín

Deny Extremera San Martín

Periodista de Cubadebate. Ha trabajado en Radio Reloj, Casa de las Américas y otras instituciones y proyectos periodísticos.

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