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Emiten las nuevas disposiciones para el Trabajo por Cuenta Propia (+PDF)

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Las nuevas disposiciones, algunas en respuesta a reclamos de los cuentapropistas, apuntan a corregir desviaciones de la política establecida. Foto: Claudia Camps.

Varias normas, decretos y resoluciones complementarias de organismos conforman las nuevas disposiciones jurídicas que implementan la política para el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia, que aparecen publicadas este martes en la Gaceta Oficial número 35 extraordinaria, y que no implican eliminaciones sino ajustes de las actividades existentes, así como cambios en requisitos y obligaciones, reglas jurídicas y prácticas tributarias.

Durante un encuentro la víspera con la prensa, la viceministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, aclaró que “no hay marcha atrás en el trabajo por cuenta propia; hay que preservar esta actividad económica, pero de una manera ordenada”.

Al respecto, recalcó que es voluntad del gobierno continuar desarrollando esta modalidad, y como ejemplo señaló que de 157 351 cuentapropistas registrados en 2010, cuando comenzó a aplicarse una serie de medidas para flexibilizar y ampliar el ejercicio del trabajo por cuenta propia (TCP), la cifra creció hasta 591 456 en la actualidad, el 13% de los ocupados en el país.

Ello significó la creación de más de 434 mil nuevos empleos desde 2010, dijo, y destacó que los números de cuentapropistas han tenido un crecimiento continuo incluso luego de entrar en vigor la Resolución 22 de 2017, que establecía no otorgar nuevas autorizaciones en 27 actividades hasta tanto concluyera el perfeccionamiento del TCP.

El trabajo por cuenta propia ha facilitado el proceso de reordenamiento laboral iniciado en 2009 en Cuba. Contribuye a crear empleos y a liberar al Estado paulatinamente de actividades no fundamentales para concentrarse en aquellas estratégicas o trascendentes para la nación. Pero a la par de los beneficios, ha habido desviaciones que busca corregir la nueva política.

 

Agrupamiento, nuevas licencias, ejercer una sola actividad

Como parte de las medidas, en las actividades de belleza se integrarán siete actividades (barbero, maquillista, masajista, manicura, peluquera, peluquera peinadora de trenzas y peluquero tradicional). Foto: Elba Salazar Cuba

Las 27 actividades que estaban congeladas se abrirán otra vez al otorgamiento de licencias a partir de diciembre próximo con las nuevas regulaciones en vigor.

A la vez, se crean nuevas licencias. Se modifica el permiso de elaborador de alimentos y bebidas mediante servicios gastronómicos y restaurantes al crearse dos nuevas figuras: servicios gastronómicos y restaurantes, y servicios de bar y recreación. Se crean, además, las actividades de panadero-dulcero y de arrendador de medios de transporte.

No desaparece ninguna actividad, 96 de las existentes pasan a agruparse en 28, y de un total de 201 quedamos en 123”, explicó la vicetitular del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

En algunos casos una sola autorización, como sucede en la actividad de belleza (donde se agrupan ahora siete actividades), permitirá un servicio más integral con la misma carga tributaria de antes.

Las nuevas regulaciones también establecen que nada más se otorgará autorización para ejercer una sola actividad aprobada por persona.

A la vez, sólo se podrá ejercer en un mismo domicilio una sola de las actividades de servicios gastronómicos en restaurantes, servicios gastronómicos en cafetería, o servicio de bar y recreación.

No se otorgarán más licencias en las actividades de:

  • vendedor mayorista de productos agropecuarios,
  • vendedor minorista de productos agropecuarios,
  • carretillero o vendedor de productos agrícolas de forma ambulatoria,
  • comprador vendedor de discos
  • operador de equipos de recreación (para los equipos rústicos),

una actividad esta última en que son claves los dictámenes técnicos previos a la explotación y en la cual se toma en cuenta cuán importante es proteger las vidas de sus principales usuarios, los niños.

Aun así, la cesación del otorgamiento de licencias no implica que desaparezcan estas actividades. Los trabajadores que ya han sido autorizados pueden continuar desarrollándolas.

Infografía: Cubadebate

 

En otras áreas también habrá modificaciones: los arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios podrán arrendar a personas jurídicas (empresas, organismos, organizaciones), además de naturales, y, en caso de ausencia, por viaje al extranjero u otra causa, el titular de un negocio podrá nombrar a un representante entre los empleados del mismo.

Las nuevas disposiciones, algunas en respuesta a reclamos de los propios cuentapropistas, apuntan a corregir desviaciones y violaciones de la política establecida, como el uso de materias primas y equipamiento de procedencia ilícita, el incumplimiento de obligaciones tributarias y la subdeclaración de ingresos, la falta de enfrentamiento y solución oportuna de los problemas, insuficiencias en el control que han permitido la proliferación de ilegalidades y delitos, deficiencias en la contratación de cuentapropistas con entidades estatales, y la práctica de actividades no aprobadas que se realizan al amparo de otras autorizadas.

“Se trata de rectificar deficiencias para que el trabajo por cuenta propia siga avanzando”, afirmó Feitó.

No se eliminan actividades. Se agrupan actividades, se reducen trámites administrativos y se amplían los servicios con la misma carga tributaria.

Espíritu de la política y entrada en vigor

La nueva política y sus disposiciones entrarán en vigor 150 días después de su publicación este martes en la Gaceta Oficial, o sea, el 7 de diciembre. Hasta entonces, informó la funcionaria, se desarrollará un proceso de capacitación de los cuentapropistas y habrá seminarios a nivel nacional y provincial, a lo que se une la venta en los estanquillos, desde finales de julio o inicios de agosto, de la Gaceta Oficial número 35.

Precisó, además, que el 98,4% de los cuentapropistas en el país están incluidos en las actividades que se integran o no sufren modificaciones. Solo el 1,6% restante, unos nueve mil (el 50% de ellos en La Habana), deberán decidir un cambio, para lo cual tendrán un plazo de hasta 90 días tras la entrada en vigor de las disposiciones.

Sobre este tema -relacionado con el hecho de que la nueva política solo permite tener licencia para una sola actividad aprobada-, explicó que se trata de actividades que por su naturaleza no se pueden ejercer en el mismo espacio de tiempo y no son relacionadas; no existe la posibilidad de que se integren en una misma licencia.

“Hay trabajadores que tienen una cafetería y al mismo tiempo tienen licencia de manicure o de fregador de auto, o de productor-vendedor de calzado. Eso no es posible. En la práctica, es un dueño que tiene muchos negocios, y esa no es la esencia y el espíritu del TCP, que consiste en trabajadores ejerciendo cotidianamente su actividad”, dijo.

Otros puntos de las nuevas disposiciones:

La apertura de nuevas paladares a partir de diciembre estará sujeta a la aprobación de los Consejos de la Administración Provincial . Foto: Vicente Brito/ Escambray.

-El Consejo de la Administración Provincial (CAP) será la instancia que autorizará las licencias de los servicios gastronómicos y restaurantes, servicios de bar y recreación, y arrendador de viviendas.

-Los CAP pueden poner límites a los precios y tarifas sobre productos y servicios que prestan los trabajadores por cuenta propia cuando las circunstancias lo aconsejen, teniendo en cuenta las características del territorio.

-A nivel de municipio, hay actividades que se autorizarán previa evaluación de un grupo multidisciplinario presidido por el Consejo de Administración, con el fin de evitar se desarrollen en espacios que molesten al resto de la población (carpintero, fregador, engrasador, aserrador, entre otras).

-Los trabajadores por cuenta propia tienen derecho a contratar servicios artísticos, o usar medios audiovisuales o servicios artísticos en vivo o grabados, pero deben realizar la contratación que corresponda. Entre las contravenciones, están no respetar los niveles sonoros normados, y presentar contenidos que hagan un uso impropio de los símbolos patrios, sean sexistas, discriminatorios o incluyan pornografía.

-Otras contravenciones en el campo de la cultura son la comercialización de obras de arte en lugares no autorizados o por personas no inscritas en el Registro Nacional del Creador de Obras de Artes Plástica y Aplicadas.

-Los profesores de música y otras artes, taquigrafía, mecanografía e idiomas, repasadores e instructores de práctica deportiva no pueden constituir escuelas y academias, contratar el servicio de otros profesores o instructores, ni organizar eventos con o sin carácter competitivo.

-El facilitador de permutas y compraventa de viviendas no incluye en su perfil la creación de inmobiliarias, la administración y cuidado de viviendas, la contratación de trabajadores, ni la presentación de documentos legales ante las autoridades competentes.

-Para solicitar la autorización de la licencia se debe contar con: la descripción o un proyecto de la actividad a realizar, declaración jurada del origen de la fuente de financiamiento y las inversiones realizadas (en 13 de las actividades), permisos de Planificación Física y el Ministerio de Salud Pública en lo relacionado con la higiene, así como definir el horario de los trabajadores

¿Crece la carga tributaria?

Aunque cesa la emisión de licencias para algunas actividades, estas no desaparecen. Foto: Claudia Camps.

-Las medidas no van a significar un incremento de la carga tributaria, sino que reacomodan, reordenan, a partir del proceso de adecuación en un grupo de actividades, en el que casi un centenar se integran en 28, lo cual requiere una definición del régimen tributario.

De esas 28 actividades, 14 van a aplicar el régimen general de tributación. Del total de 123 actividades, 71 (incluidas las de nueva aparición: panadero-dulcero, servicios de bar y recreación, y arrendador de medio de transporte), quedan en régimen general, y 52 en régimen simplificado de tributación, según explicó en la rueda de prensa Vladimir Regueiro Ale, director de Políticas Fiscales del Ministerio de Finanzas y Precios.

-Se elimina la exoneración del pago de impuestos por la contratación de hasta cinco trabajadores, y a su vez se ajusta la base imponible mínima para el pago de este impuesto, cuyo tipo impositivo continúa siendo del 5 %.
Estas modificaciones abarcan todas las formas de gestión no estatal, que incluye a los artistas y creadores y las cooperativas no agropecuarias.

Por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, la base imponible mínima, a la que se aplica el tipo impositivo de 5%, será: hasta cinco trabajadores, el equivalente al salario medio del territorio; de seis a diez, dos salarios medios; de 11 y hasta 20, tres salarios medios, y más de 20, seis salarios medios.

-Se diferencia para La Habana la definición de las cuotas tributarias respecto al resto del país. A partir de esa definición se provoca un incremento para la capital en 41 actividades de las que se han unificado y en 20 para el resto del país. Estos incrementos impactan en aproximadamente 25 mil contribuyentes, el 4% del total de inscritos. Los incrementos, en el 63%, son de cinco a 40 pesos, y solo el 2% tendrá incrementos entre 100 y 300 pesos. A la vez, hay una reducción en las cuotas de 39 actividades, 22 en La Habana.

-Se establece la habilitación de cuentas bancarias fiscales para los servicios gastronómicos, arrendamiento de viviendas, servicios constructivos y el transporte en la capital (vehículos de cuatro a 14 pasajeros). Las principales operaciones del trabajador por cuenta propia deben transitar por estas cuentas.

Medidas a los infractores

La nueva política agrupa en un cuerpo legal las medidas por infracciones y representa una mayor severidad en estas, que van desde notificaciones preventivas y multas a la suspensión de la autorización hasta por dos años, el decomiso o la cancelación definitiva de la autorización para ejercer el trabajo por cuenta propia.

Por ejemplo, puede conducir a la cancelación definitiva si una persona autorizada actúa para un tercero no autorizado; si existe tráfico de drogas, proxenetismo y prostitución u otros hechos constitutivos de delito (independientemente de la sanción penal que se aplique); si se emplea a menores de 15 años, o a jóvenes de entre 15 y 16 años trabajando sin la autorización correspondiente que establece el Código de Trabajo.

En la rueda de prensa intervinieron también representantes de los ministerios de Finanzas y Precios, Transporte, Industrias y Salud Pública, así como del Instituto de Planificación Física.

 Modificaciones y novedades en el Transporte

Foto: EFE

En este sector se decidió modificar el reglamento del Decreto Ley 168 de 1996 sobre la licencia de operación de transporte, y se unifican en una sola norma jurídica los asuntos relacionados con los trámites para licencias tanto de personas naturales como jurídicas.

En ese ámbito se incluyen la transportación de pasajeros y carga en el territorio nacional y los servicios auxiliares y conexos (talleres). Según informó en la rueda de prensa del martes Marta Oramas, viceministra de Transporte, actualmente hay en el país 5 421 licencias de operación de transporte, con 57 182 comprobantes asociados, otorgadas a personas jurídicas, y 57 289 licencias otorgadas a personas naturales solo para brindar servicios de transportación de carga y pasajeros, así como unas 12 mil otorgadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para servicios auxiliares y conexos.

Entre las principales modificaciones en el reglamento para licencias de transportes (otorgadas por el MITRANS) en el caso de personas naturales, están:

-Se comienza a otorgar licencia de operación del transporte a personas naturales que vayan a brindar servicios auxiliares y conexos (en esta primera oportunidad, de forma gratuita).

-Se restituye la extensión nacional, provincial y municipal de la licencia de operación del transporte (actualmente todas las licencias existentes en el país tienen extensión nacional).

-Se suma un requisito general para personas naturales al otorgar la licencia de operación del transporte: poseer la titulación formal o tener la licencia de conducción del medio que utilice.

-En el caso de que la licencia que se solicite sea para transportación en ómnibus, camionetas o camiones, el solicitante tiene que acreditar tres años de experiencia como conductor. Y debe acreditarlo una persona jurídica: ello quiere decir que, obligatoriamente, tiene que haber sido antes conductor profesional, o demostrar que conduce un medio de transporte.

-Hoy una persona natural puede solicitar una licencia solo si tiene un medio propio o el medio es arrendado a una persona jurídica. Se modifica ese punto y, como surge la figura del arrendador de medios de transporte, una persona natural puede solicitar una licencia para el servicio de transportación de pasajeros con un medio arrendado a otra persona natural, titular de una licencia de arrendador de medios de transporte.

-Se hace una nueva clasificación del servicio de pasajeros en taxis: servicio de taxis en ruta, servicios de taxis libre, y servicio de alto confort o clásico. Los tres servicios son excluyentes.

-Las licencias tienen un tiempo de vencimiento. En este reglamento, la vigencia de la licencia para transporte de pasajeros y carga se adecúa a un año (actualmente cinco años, con renovación anual). En el caso de arrendador de medios de transporte, también es de un año. Para servicios auxiliares y conexos, tres.

En este sector, además, se autoriza y comienza un experimento en La Habana, consistente en ordenar, teniendo en cuenta todos los principios anteriores, el servicio que brindan los porteadores privados con vehículos de los tipos auto, jeep, panel y microbús, con capacidades de entre cuatro y 14 pasajeros.

Las especificidades del experimento están en la Resolución 175 del MITRANS. Transcurridos cuatro meses, el experimento se extiende a las provincias de Artemisa y Mayabeque, y al resto de medios de transporte de La Habana que no fueron incluidos en esta oportunidad, los que superan la capacidad de 14 pasajeros. En el término de un año, pasa al resto de los territorios del país.

Sobre el tema daremos más información a partir del jueves 12 de julio.

Infografía: Cubadebate

“Se trata de rectificar deficiencias para que el trabajo por cuenta propia siga avanzando”, afirmó Feitó. Foto: Claudia Camps.

Descargue aquí la Gaceta Oficial No. 35

Se han publicado 482 comentarios



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  • Ernesto dijo:

    Se debe poder obtener más de una licencia de acuerdo al principio socialista "de cada cual según su capacidad y a cada cual según su trabajo. Si existe el pluriempleo, ¿porqué limitar el sector privado que son trabajadores igualmente de nuestra sociedad?

  • lili dijo:

    Yo solo quiero sabes por qué no permiten a más personas sacar la patente de vendedor comprador de discos que es la que se utiliza para gravar memoria ya que no existe una patente para eso o si no se quiero saber que sucede con los que quieran ejercer este trabajo y si lo van a quitar quisiera una explicación de porque qué hay de malo en ese trabajo saludos

  • Martina dijo:

    Las ciudadanos cubanos aspirantes a TCP en la actividad de arrendamiento de vivienda , en el caso de que la vivienda conste de un solo dormitorio estamos obligados a solicitar arrendar la vivienda completa. En la gaceta explica que la modalidad de arrendamiento de la vivienda cmpleta va ser aprovado por el Consejo de la Administracion Provincial y va a estar limitado el otorgamiento de estas licencias. Los propietarios de viviendas que tienen fisicamente un solo dormitorio estamos preocupados si vamos a ser excluidos de la posiblidad obtener la autorizacion por parte del gobierno y el MTSS. Por favor tengan en cuenta a los propietarios que estamos en esta situacion, dependemos de los ingresos del TPC para poder mantener a nuestros hijos. Gracias.
    Martina

  • Mizael dijo:

    Considero que si no se van a autorizar nuevas licencias para determinadas actividades, también se deben suprimir las vigentes. Por las mismas razones que se argumentan. Porque además si continúan, van a tener estas personas un privilegio de monopolio, sobre esas actividades, con respecto al resto de los cubanos, y aunque no hagan bien su trabajo, van a permanecer, porque no tendrán competencia.

  • arthur dijo:

    En 1995 el Cdte en Jefe dijo en el congreso de la FMC:[...]A medida que se introducen elementos de mercado y de capitalismo en nuestra sociedad, que nosotros no podemos evitar, en la medida que se hacen ciertos cambios y ciertas reformas que son imprescindibles para preservar la patria, la independencia, la Revolución y las conquistas del socialismo, que es el objetivo que busca nuestra Revolución[...]En este país no se tiene ni la menor idea de lo que son los impuestos, no se está acostumbrado a eso, porque en este país nada pagaba impuestos[...]son circunstancias nuevas. Se crean desigualdades inevitablemente y se crean privilegios, no les quepa la menor duda, algunos con grandes ingresos y otros con menos ingresos, resulta inevitable.[...]Tenemos que analizar bien las perspectivas del desarrollo de la pequeña y mediana empresa, el papel del Estado y su participación en todo eso; pero deben ustedes comprender que son diferentes las circunstancias en que antes podíamos desenvolver la actividad para rectificar algunas injusticias.[...] Ahora hay más y necesariamente se introducirán más elementos de propiedad privada, de producción privada, de capitalismo, de mercado. Hay que hacerlo, porque el sentido común más elemental dicta que se haga[...]todo esto crea tendencias a la corrupción, no hay la menor duda, pero no debemos culpar a los que nos corrompen a nosotros, sino que tendríamos que culparnos a nosotros mismos de dejarnos corromper.

  • Axel dijo:

    Me gustaría saber si està establecido en las regulaciones de trabajo por cuenta propia o en algùn otro documento oficial el color de las filipinas o ropa de cocinero, de estar establecido por favor, cuales son los colores que se pueden usar.

  • FRIDA dijo:

    El mayor bloqueo del país viene de la incompetencia, la intolerancia, la inoperancia, insistir en políticas que solo han arrastrado a una corrupción y la pérdida de valores generalizada en post de la superviviencia diaria.

  • Rafa dijo:

    Naci en el año 1962, al inicio de la Revolución , he estado pendiente de todos los cambios y transformaciones de mi pais, de los aciertos y desaciertos y pienso que tenemos que ser muy cuidadosos hoy con los desaciertos.
    Estamos inmersos en nuevos cambios y modificaciones, tenemos un nuevo presidente, una Constitución renovada , una nueva política para el trabajo por cuenta propia (Gaceta Oficial No.35). Y es esta mi inquietud pues no creo que sea el momento aun de poner en vigor esta nueva forma de trabajo ya que somos un pais en desarrollo y bloqueado, el estado no está en condiciones de garantizar a los TCP la materia prima que realmente necesitamos, hasta hoy el estado no cumple ni con el 10%, podrá hacerlo a partir de diciembre? Considero que debe prorrogarse la puesta en vigor de la disposición hasta que se analice bien si no la nueva Gaceta No.35 solo sería una Gaceta.
    Los TCP queremos trabajar bien, pegados a la ley pero para lograrlo el estado tiene que apoyarnos dia a dia con la materia prima porque si falla cómo podemos cumplir con los impuesto y trabajar pegado a la ley. Por eso sería bueno abundar más en la opinión de los TCP antes de la puesta en vigor de la Gaceta, no para el beneficio propio sino para un buen funcionamiento del estado con los TCP.

  • Xizetto dijo:

    Lo cierto es que ser Cuenta Propista en Cuba sigue siendo una profesión llena de incertidumbre, no hay una garantía para nada. Un ejemplo de ello lo tenemos en las propias cafeterías, merendero y restaurantes ya que existen muchos productos que son casi imposible de conseguir s un precio que nos permita generar ganancias. Para vender una cerveza en un restaurante, hay que comprarla en una tienda de divisas, que ya por si Mista es cara, más de 25 cuc o lo que es igual, casi dos veces el salario promedio de un trabajador cubano. Ya hace años debería existir un mercado en el cual los cuenta propistas pudiesen comprar para no tener que sobredimensionar el costo final de los productos, lo cual afecta, al final, al eslabón más débil, el trabajador y hace al mismo tiempo que los trabajadores por cuenta propia se rompan la cabeza sacando cuentas o de lo contrario, a final de mes, sólo habrán tenido pérdidas.

    Si vamos a otra profesión, por ejemplo, reparador de equipos electrónicos.... si vas a la ^shoping^ a comprar la herramienta más básica, el cautin, puede ser que pasen 3 meses y no lo encuentres o que tengas que ir a otra provincia a comprarlo, lo cual encarece su precio y ni hablar de la calidad que este tendría, en muy poco probable que te dure un par de meses y las puntas no son ni remotamente de mediana calidad. Todas las piezas tendrías que ponerlas de segunda mano, porque tampoco hay mucho para escoger o un mecanismo de importación legal y económico.

    Una de las profesiones más antiguas, en cuanto a trabajo por cuenta propia se trata, es la de barbero o peluquero, piensa ahora donde puedes conseguir un sillón más o menos decoroso y eccequible. Si tienes una respuesta espero que la publiques.

    ?eres taxista?..... jajaja..... Mantener un coche funcionando en Cuba es más caro que construir una nave espacial. Cómo es posible que un antiguo Lada de hace 40 años cueste más que un coche de gama media del presente año y con cero kilómetros.

    Y esto es sólo el comienzo de la lista de inconvenientes con lo que se van a encontrar los cuenta propistas cubanos. Sólo un par de cosas si les va a sobrar, dolores de cabeza y mucha, pero mucha incertidumbre.

    Otras profesiones

  • Mario dijo:

    amigos, mi pregunta es la siguiente, yo soy barbero hace 18 años pago 150 pesos al mes de cuota, y ahora pase a la actividad de servicios de belleza, ya yo tengo la gaceta de las nuevas medidas y vienen las cuotas para esta actividad, la habana 120 pesos y otras provincias 80 pesos y porque, los que estamos viejos en esta actividad tenemos que seguir pagando lo mismo y los que empiezan nuevos pagan menos esa diferencia yo no la entiendo, y entonces el que le vino en otras actividades las cuotas mas altas ya tienen que pagar, a partir del 7 de diciembre, espero su respuesta

  • luis dijo:

    el cuenta propista que tiene menos de 50000 pesos de ingresos en el año debe abrir una cuenta bancaria o no,

  • hello dijo:

    No se entiende ni se entendera el porque de portar una sola licencia, ni el porque de una cuenta fiscal imponiendo abonar todo tu dinero ingresado en una cuenta bancaria y solo poder sacar de ahi el 20 por ciento siendo este tu dinero y no lo puedas emplear en lo que quieras...alguien me pudiera explicar mejor porque eso fue lo que me fue explicado en una reunion de arrendamiento de habitaciones y no se entiende...

  • Esperanza dijo:

    Hola, ahora pasó de titular de la licencia operativa transporte a arredandar mi auto pues yo no soy la que conduzco tengo un chofer contratado. Quise saber cuanto tengo que pagar a partir de diciembre y ni en la ONAT ni en Transporte supieron contestarme. ¿Será que este cambio empieza en Diciembre? Gracias por la oportunidad de COMENTAR?

  • Edu96 dijo:

    Aun no comprendo porque dejan de dar algunas licencias por X motivos y los que ya la habian sacado pueden mantenerlas, no estarian monopolizando indirectamente las licencias de esos sectores,

  • arrendador2015 dijo:

    Preocupación:

    El 80% de los ingresos en la obligatoria cuenta bancaria, que se
    habilitará para varias de las actividades aprobadas para el trabajo
    por cuenta propia, se hace a razón de cambio de 24 pesos moneda
    nacional por 1 cuc, sin embargo cuando se extraiga ese dinero y se
    emplee para realizar una compra en la cadena de tiendas recuadadoras
    de divisas, la razón de cambio será de 1 por 25. Eso implicará la pérdida
    de un peso en moneda nacional, por lo que en la práctica habrá una
    devaluación de ese dinero, que en la mayoría de las ocasiones se gastará
    posteriormente en la compra de alimentos de cualquier tipo.

    Ejemplo: Supongamos que tenemos 10 cuc y los cambiamos antes de ingresarlo en
    la cuenta en moneda nacional. En ese caso la cadeca devuelve 240 pesos moneda
    nacional, lo mismo que hace el banco cuando se llevan cuc para pagar el impuesto
    en moneda nacional. Posteriormente extraemos los 240 pesos de la propia cuenta y
    nos dirijimos a una tienda a comprar un artículo que cuesta 10 cuc. El cambio en
    la tienda es de 1 cuc por 25 pesos moneda nacional, por lo tanto el dinero no
    nos alcanza y debemos agregar otros 10 pesos en moneda nacional, de nuestro
    bolsillo. Si desde el inicio hubieramos ido a comprar el articulo con los 10 cuc
    que teniamos, como sucede actualmente, no hubieramos perdido nuestro dinero.

  • arrendador2015 dijo:

    Para realizar el cambio de la licencia de arrendador en moneda nacional a arrendador en cuc,
    hay que pagar 100 cuc. Teniendo ya esa nueva licencia, si se desea cambiar de arrendador de
    habitaciones a vivienda completa, hay que pagar nuevamente 100 cuc. Ese pago es excesivo y por
    supuesto es independiente del nuevo impuesto a pagar.

  • eloy dijo:

    seguiremos los TPCP yendo a Guyana , Panama , Haiti ,y otros paises a gastar los dolares que no podemos gastar aqui !!!!

  • Adrian dijo:

    Limitar a 1 (al menos que sean 3 para quienes tengan la posibilidad) la cantidad de licencias por itular y además la cantidad de negocios que se pueden llevar en un domicilio no se puede decir que realmente beneficie al pueblo de forma general. yo no tengo un negocio, pero es realmente injusto que alguien que haya prosperado con el suyo y tenga capital para invertir en otro ayudándose a sí mismo, a su familia y hasta al estado con sus impuestos, se vea obligado a inmovilizar su ganancia, una cosa es luchar contra los monopolios pero otra es obligar a la gente a mantener un status económico inferior al que puede alcanzar. Si por la necesidad económica y la capacidad de una vivienda alguien decide alquilar varios locales de la misma a distintas personas, el estado no debería prohibir que sus propietarios lucren con tal vez el único medio que pueden para sostenerse en una economía cada vez más complicada de precios en alza, inflaciones descontroladas y salarios insuficientes.

  • Gretel dijo:

    si yo lo que alquilo es un cuarto no de forma permanente. tengo que tener esa cuenta fiscal.

  • Carlos Guillermo De Torner Arias dijo:

    Yo pienso que los negocios limpios deberian permitirse en la cantidad que fueran si quiero tener una linea de cafeterias, zapatos, alijamiento no veo cual es el problema a quien le pica que el cubano sienta por primera vez en mucho tiempo que es tener riqueza de verdad, OJO no estoy a favor de la explotacion del hombre por el hombre el respeto existe pero si se sigue restingiendo es mejor ni tener la licencia

  • Armando Antonio dijo:

    Alguien me pudiera decir si en las nuevas licencias se puede acceder a la actividad de guía de turismo
    O alguna licencia similar Gracias

  • Alexander dijo:

    hago una pregunta a ver si alguien tiene una respuesta que me haga pensar que no han estafado a muchos choferes con el tema de la nueva licencia operativa de transporte y les cuento el porque de mi inquietud :El pasado mes de septiembre renovamos nuestra LOTválida por 12 meses o sea hasta sept del 2019 y por la cual abonamos 500,00cup y ahora con la nueva ley tenemos que sacar por separado titular y ayudante una LOT cada uno y entiendo que las cosas cambian y bueno el ayudante debe pagar su cuota pero que le vuelvan a cobrar al titular 500,00 Cup de nuevo a solo 2 meses y unos dias de haber pagado ya una valida por 12 meses ,se imaginan cuantos estan pasando por lo mismo y a cuanto asciende el dinero cobrado doble por simplemente una nueva directiva en el trabajo por cuenta propia ,creo q es un robo y ojalá alguien lea esto y me aclare gracias

  • Rigoberto dijo:

    En plaza de la Revolución tienen un gobierno independiente,,,,Plantaaron en el seminario entra otras cosas que los cuentapropistas aun teniendo a alguien con PODER NOTARIAL y pagando la SS, el titular no puede viajar mas de 3 meses, aunque la Gaceta dice ek el art 33 que puede salir hasta dos años.....Tipo Estervina ? Como quedo yo? dice que cuando la ley no distingue, no cabe distinción ? ? Quien aclara esto ? Me da la impresión que los funcionarios de Plaza están haciendo algo inadecuado y creando confusionismo y malestar....

  • Elisa Iturriaga Herrera dijo:

    Quisiera más información sobre las medidas que se pueden aplicar a un arrendador de espacio, portal ,cuando sale del país por un tiempo menor de 90 días, aclarenme que se hace y que sanciones se pueden aplicar y donde aparece la ley que se pueda revisar para mejor conocimiento .gracias y espero respuesta

  • Fernando dijo:

    Me disculpan de mi comentario sobre lo leído en esta página. ¿Porque se hace atraves de este medio controversias entre personas? Cada cual tiene su criterio y punto. Todo tiene su algoritmo y tiempo para llevarlo a vías de hecho y aprobación. El trabajo por TCP y las CNA tienen remuneraciones a partir del trabajo serio y abnegado como no lo tienen las demás formas productivas y no productivas del país. Compárese con un maestro, un médico etc. Saque sus propias conclusiones… Yo fui profesor de enseñanza media superior y superior por años y ahora como TCP soy mejor remunerado y cumpliendo con lo establecido por la ONAT. NO A LAS CONTROVERSIAS POR ESTOS MEDIOS DE SERIEDAD.

  • daiberto dijo:

    porque quitar el trabajo de comprador y grabador de discos no entiendo esa medida

  • Anyer dijo:

    Es posible ejercer el servicio de belleza en otra provincia

  • Yanelis García Ramírez dijo:

    Soy asesora juridica y tengo dudas con respecto a los tcp que elaboran pintura, esta actividad no esta reconocida, entonces no se contempla en otra actividad por ejemplo de alfarero u otra?

  • Yosvani dijo:

    Las licencias para cuándo??? Que lentos!!!! Y por qué en un país "tan justo como Cuba, que se preocupa porque sus jóvenes aporten al país , no hay licencia para guías de turismo???? Ese es una necesidad actual!!! No debemos pensar cómo país dicen??? Por qué pierden Miles de millones de dólares por no existir ésta licencia!!!

  • Luis Antonio Marrero Guerra dijo:

    Es importante mantener a la población y organismos de las normas que se emiten

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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Deny Extremera San Martín

Deny Extremera San Martín

Periodista de Cubadebate. Ha trabajado en Radio Reloj, Casa de las Américas y otras instituciones y proyectos periodísticos.

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