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El código que merecen las familias cubanas

Por: Dra. Ana María Álvarez Tabío
Publicado en: Pensar el Derecho
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El Código de las Familias será puesto a disposición del pueblo de Cuba para su ratificación en referéndum el próximo domingo 25 de septiembre, según fue informado en la recién concluida Asamblea Nacional del Poder Popular en la sesión de trabajo del 22 de julio próximo pasado. Se trata del texto que resulta después de culminada la etapa de consulta popular y responde al mandato establecido en la Disposición Transitoria Decimoprimera de la Constitución de la República de Cuba proclamada el 10 de abril de 2019, que ordena al máximo órgano legislativo a disponer el inicio del proceso que concluyó el 30 de abril y el paso final que está por llegar.

La nueva propuesta del texto sustantivo familiar tiene como antecedentes la Ley No. 1289 de 14 de febrero de 1975, Código de Familia, modificado en varios de sus preceptos, esencialmente por la Ley No. 51, de 15 de julio de 1985, del Registro del Estado Civil y el Decreto-Ley No. 76 de 20 de enero de 1984. Conscientes de los cambios, necesidades, expectativas y realidades de la familia cubana contemporánea, la Constitución de la República de 2019 introdujo una serie de principios que han transformado radicalmente el criterio tradicional que de este importante grupo social a prevalecido por demasiado tiempo y de sus derechos como institución, así como los que le corresponde a cada uno de los integrantes de la misma, partiendo del valor–principio de la dignidad que consagra como la esencia de los derechos de la persona, que no es otra cosa que decir que ésta tiene un valor en sí misma, independiente de cualquier circunstancia o cualidad interna o externa; y se vincula particularmente al libre desarrollo de la personalidad y a la protección a la vida familiar sin sesgos de desigualdad, principios todos también consagrados en el texto constitucional.

El reconocimiento de la igualdad de todas las personas ante la ley implica la misma protección en el disfrute de los derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por cualquier condición o circunstancia personal que implique distinción lesiva a la dignidad humana. Trasladado al plano familiar significa, entre muchas manifestaciones, el derecho de todas las personas a contraer matrimonio y a fundar una familia, a organizarla en la forma que le dicten sus convicciones, a acceder a todas las instituciones que se protegen en el espacio familiar, al uso equilibrado del tiempo que les permita desarrollarse integralmente sin sobrecargas domésticas y de cuidado y a la corresponsabilidad en las tareas de cuidado de los hijos y los que necesita el resto de los integrantes en las diferentes etapas de sus vidas.

El derecho al libre desarrollo de la personalidad protege la opción de que cada persona elija la construcción de su proyecto vital, que decida el sentido de su propia existencia, de acuerdo a sus valores, ideas, expectativas y gustos. Llevado al plano de lo familiar sustenta la supresión del requisito de la heterosexualidad para acceder a las figuras protegidas por el derecho como el matrimonio, las uniones de hecho afectivas, la adopción o a la maternidad y la paternidad mediante el uso de técnicas de reproducción asistida; justifica la presencia de divorcios sin que se exija la necesidad de ventilar un  motivo de culpabilidad, sino que baste la voluntad de la persona cuando ya no desea seguir vinculado a su cónyuge, y la posibilidad de pactar la vida económica en la pareja, por solo mencionar algunos ejemplos de la expresión concreta de aquel principio.

A las Familias le dedica la Constitución el Capítulo Tercero del Título V en sus artículos del 81 al 89. Esta ubicación en la sistemática de la Ley primera no es casual ni carece de significado; la protección a la familia hay que verla desde la visión de protección de los derechos. No puede ser menos la norma jurídica dedicada a su protección. La aprobación de un Código de las Familias en Cuba se convierte en una necesidad inaplazable, sentida y soñada por muchos a partir de normas concebidas con un profundo sentido ético, con vocación de pluralidad e inclusión, erigido desde los afectos, sobre la base del respeto a la diferencia y la visibilización de los sectores más vulnerables en el orden familiar.

El proyecto busca garantizar los derechos de todas las personas, cualquiera sea la estructura o forma de organización por la que han apostado al momento de formar una familia, de modo que sean preservados valores como el respeto mutuo, la lealtad, la solidaridad, la asistencia recíproca, así como el afecto entre sus miembros para que no deje de ser la familia una entidad moral, de naturaleza plural que posee un único objetivo: hacer felices a aquellos que la componen. Se trata de diseñar un cuerpo normativo a la medida de la sociedad cubana de estos tiempos.

El afecto y la solidaridad como las plataformas y los ejes sobre los que giran las relaciones familiares. Foto: Archivo/Cubadebate.

El texto que será llevado finalmente a referendo se divide en 11 títulos, 474 artículos, 5 disposiciones transitorias y 44 disposiciones finales, y se consolidan sus principales aspectos, a saber:

  • Se refuerza el afecto y la solidaridad como las plataformas y los ejes sobre los que giran las relaciones familiares. El proyecto vuelca la mirada en las familias como unión de personas vinculadas por un lazo afectivo, psicológico, sentimental que se obligan a una comunión de vida, de modo que se apoyen los unos a los otros. Así, el afecto gana y se afianza como valor jurídico.
  • Hay un tratamiento intencionado de la discriminación y la violencia en el espacio familiar, con efectos jurídicos palpables en cada circunstancia en la que se presente y la posibilidad de su denuncia por cualquier persona que tenga conocimiento de esos hechos.
  • Se busca reconocer y proteger derechos a los sectores vulnerables de la sociedad que muchas veces han pasado inadvertidos a los ojos del legislador; personas que en el espacio familiar pudieran estar en alguna circunstancia que las coloque en cualquier situación de desventaja y que suele concentrarse en niñas, niños y adolescentes, personas víctimas de violencia, personas adultas mayores, o personas en situación de discapacidad. En los dos últimos casos se dedica un título especial a sus derechos a la vida familiar, autónoma e independiente, libre de violencia, a elegir lugar de residencia, a un entorno accesible, a la autorregulación de la protección futura, a la participación e inclusión social y familiar, a la comunicación familiar y a apoyos respetuosos de sus preferencias es una conquista de la nueva norma que se propone.
  • Se reconocen los derechos de las personas adultas mayores, con mención especial a los abuelos y abuelas, quienes han transmitido valores, tradiciones, costumbres, han forjado la identidad familiar y han sido artífices de la labor de cuidado de las generaciones más jóvenes, como expresión de altos valores, de lealtad, de respeto a quienes nos han precedido. Se trata de una deuda que el Derecho familiar salda con ellos.
  • A las niñas, los niños y los adolescentes se les trata como sujetos de derecho, con posibilidad de su ejercicio, ya sea por sí mismos o a través de sus padres, madres y tutores, pero en todo caso, sobre la base del respeto a su individualidad, a su desarrollo progresivo, en tanto son personas en formación, lo cual no hace más que respetar los postulados de la Convención de los Derechos del Niño que Cuba ha suscrito. Con ello se busca potenciar la toma de decisiones, la asunción de responsabilidades, el ejercicio de sus derechos y la exigencia de deberes en la medida en que puedan formarse un juicio propio.
  • El parentesco se transforma, en primer lugar, porque las fuentes de la filiación también se transforman y en segundo lugar porque el parentesco por afinidad se robustece. A la filiación por consanguinidad y por adopción, se le suman la que tiene como fuente el uso de una técnica de reproducción asistida y la que tiene su origen en la socio-afectividad. El parentesco por afinidad no solo dependerá del matrimonio sino también de las uniones de hecho afectivas y se estructura el régimen jurídico de las madres/padres/abuelos/hijos/hijas afines. (madrastras y padrastros)
  • Se permite el ejercicio de la libertad de los miembros de la familia para pactar diferentes situaciones: a las madres y padres para pactar la distribución de la guarda y los cuidados de sus hijos e hijas que incluye la posibilidad de compartirlos en armonía con los principios de corresponsabilidad y coparentalidad; a los cónyuges para pactar el régimen económico de su matrimonio; a los miembros de la unión de hecho afectiva para organizar su convivencia; a las personas para acordar la solución de los conflictos familiares fuera del espacio judicial a través de la mediación o la conciliación; a las madres y padres para llegar a acuerdos en el orden de los apellidos que llevarán sus hijas e hijos.
  • Se refuerza el derecho/deber de comunicación, no sólo entre madres y padres para con sus hijos e hijas menores de edad, sino que alcanza a todo el grupo familiar con una mirada especial a los mecanismos de su garantía en personas en situación de discapacidad.
  • Se transita de un sistema de potestad a un sistema de responsabilidad en la relación de madres y padres para con sus hijos, que lejos de debilitarse, se potencian y refuerzan las facultades de representación legal y de administración del patrimonio de sus hijos, su derecho y el deber de tenerlos consigo, cuidarlos, brindarles amor, estabilidad emocional, educarlos sin violencia, respetar sus propias características tomando en cuenta su crecimiento y desarrollo paulatino.
  • Se refuerza el valor económico del trabajo en el hogar y una mayor protección económica y patrimonial a quienes se han dedicado al trabajo doméstico y de cuidados.
  • Se desarrollan figuras de protección y apoyos amigables con la Convención de los Derechos del Niño y la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad como las guardas de hecho, el acogimiento familiar, la tutela solo para menores de edad o los alimentos voluntarios.
  • Se reconoce el cuidado como derecho y se nombran y reconocen a los cuidadores familiares, a partir de la protección de sus derechos cuando asumen total o parcialmente la responsabilidad de la atención de otra persona que forma parte de su familia. Se trata de lograr un equilibrio, por un lado, el derecho que tiene toda persona al cuidado y por el otro el de quien, renunciando a muchos de sus proyectos personales y profesionales, se entrega en la atención de sus familiares.
  • Vale destacar la proyectada reforma, todavía superficial, del Código Civil que también reacciona ante dos elementos fundamentales, que no los únicos:
    • La transformación del régimen legal de la capacidad jurídica regulado en el Código Civil, coherente con los paradigmas de participación efectiva, inclusión social y familiar, accesibilidad física y cognoscitiva.
    • Respuestas concretas ante este azote de la violencia familiar.

El Código de las Familias amplía la protección de niñas, niños y adolescentes. Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

Finalmente, la mirada a las familias ha de ser en plural, desde su denominación y ello tiene un valor simbólico en el lenguaje del legislador familiar respetando el empleado por el constituyente y las diversas realidades familiares.

En la redacción del texto que se propone se ha cuidado el discurso, no sólo en un sentido racional desde lo inclusivo sino a partir del uso de la terminología en algunas instituciones del derecho familiar, adecuada a los cambios sociales que se propone como transmisor de valores. Es por ello que expresiones tales como la de "patria potestad" nos transmiten la representación de una sociedad con un modelo de familia patriarcal típico, que se ha reemplazado hoy por una idea de una familia en la que prima la igualdad y pone el énfasis en la responsabilidad con la que deben ser ejercidos los derechos y deberes que se establecen en protección del hijo.

Lo importante es acompañar la referencia a su condición de persona e impulsar el reemplazo de esas expresiones, que apuntan más a poner el acento en la inmadurez o la incapacidad o la disminución o la deficiencia, que en la potencialidad de la persona.

Asimismo, se han aprovechado las miradas no solo desde el Derecho sino también desde ciencias afines como la Psicología, la Sociología, la Medicina, la Demografía, la Pedagogía, las Estadísticas, entre otras, pero no con una visión compasiva o meramente tolerante de los nuevos modelos familiares, sino con una vocación de ecumenismo que el plural constitucional enaltece.

Entre el 29 de septiembre y el 15 de octubre de 2021 se realizó el proceso de Consulta Especializada y entre los meses de febrero y abril del año en curso se realizó el proceso de Consulta Popular. Los resultados fueron dados a conocer por el Consejo Electoral Nacional el 15 de mayo de 2022: más de un 61,96% de los participantes en la consulta popular se manifestaron a favor de todo el texto.

El texto final que será sometido a la ratificación del Soberano es el summum de todos los criterios aportados por especialistas y por el pueblo en las asambleas de barrio y en las discusiones en los centros laborales, universidades, y otros centros estudiantiles, analizados exhaustiva y puntualmente y tomados en cuenta excepto aquellos que provocan una incoherencia manifiesta con los derechos consagrados en la Constitución y los tratados internacionales de los que Cuba es parte.

Se trata, en esencia, de aquellos que implican limitar el acceso de todas las personas a todas las instituciones que protege el texto con especial énfasis en el matrimonio, a constituir una unión de hecho afectiva, a la adopción o al uso de técnicas de reproducción asistida que conculca con los derechos a fundar una familia, cualquiera sea su forma de organización y a la maternidad y la paternidad; o a eliminar la noción positiva de la crianza sin violencia, o de la noción de la relación de madres y padres con sus hijos en clave de responsabilidad, o de las referencias a la autonomía progresiva de niñas, niños y adolescentes que contradice la Convención de los Derechos del Niño, sus Observaciones y Recomendaciones.

Una rápida mirada a las principales modificaciones incorporadas nos permite resumirlas en las siguientes:

  • Se amplían los POR CUANTO en tanto texto en el que se exponen las razones por las que se redacta y se explican los objetivos que pretende alcanzar a partir de las transformaciones sucedidas en la familia y la sociedad cubana que justifican un cambio en la norma y exalta el papel desempeñado por todos en la concepción de esta.
  • Se reconoce expresamente el derecho al cuidado y la protección efectiva que merece quienes asumen tan noble tarea a partir del reconocimiento de los cuidados como el cimiento para el desarrollo de la humanidad y la sostenibilidad de las sociedades, que implica su valorización social y su justa distribución y permite promover la implementación de medidas de acción positivas que garanticen el goce pleno y su cumplimiento efectivo y la igualdad real de oportunidades y de trato.
  • Se amplía la protección de niñas, niños y adolescentes a las situaciones excepcionales y de desastre: Es parte de la actuación del Estado cubano que sólo se refuerza con el reconocimiento explícito en la norma familiar. Recientemente se pudo constatar la garantía de este derecho a raíz del accidente del Hotel Saratoga en La Habana; todos los niños tuvieron garantizada su salud y su educación inmediatamente posterior a la catástrofe.
  • Se entrelaza el principio de interés superior de niñas, niños y adolescentes y sus pautas de valoración con los deberes que a ellos le asisten: su reconocimiento como sujetos de derechos implica que son titulares también de deberes. Especialmente de respeto a sus familiares, participar y corresponsabilizarse en el cuidado del hogar y en la realización de las tareas domésticas de acuerdo con su edad y con independencia de su género.
  • Se refuerza la tutela urgente ante la discriminación y la violencia y se amplía la posibilidad de denuncia a cualquier persona que conozca de esos hechos, más allá de la protección en la esfera judicial.
  • Se mejora la claridad en la definición de la gestación solidaria, su distinción con los supuestos que generan multiparentalidad, se establece un plazo para iniciar el proceso y se blinda aún más la figura.
  • Se perfilan normas de contenido personal del ejercicio de la responsabilidad parental y las que vinculan el consentimiento de ambos titulares de la responsabilidad parental, por ejemplo, para las salidas del territorio nacional y su impacto ante la eventual sustracción o retención de niñas, niños y adolescentes.
  • Se incorpora la opción de hacer constar en escritura notarial la delegación de parte del ejercicio de la responsabilidad parental y de la guarda y los cuidados en favor de terceros: si se respetan los pactos de los integrantes de las familias y estos no atentan contra el interés superior, se habilita la opción de asumir estos acuerdos mediante escritura.

El Código de las Familias es una de las normas de mayor trascendencia para la vida social de la nación. Rompe los paradigmas tradicionales en los que se ha sustentado para construir un el Derecho más democrático, a la vez que solidario y responsable; extiende su manto protector a todas las personas, al multiplicar los afectos y sumar los derechos.

Se trata, en resumen, de una norma que responde a los principios y dictados de la Constitución cubana de 2019 y, al igual que esta, es inclusivo, pluralista, en tanto afianza el sentido y búsqueda de realización de la persona, de su felicidad, a partir del reconocimiento de la dignidad como valor supremo y fundamento del resto de los derechos constitucionales reconocidos en ella.

El afecto y la solidaridad como las plataformas y los ejes sobre los que giran las relaciones familiares. Foto: Ismael Francisco/ Cubadebate.

Se han publicado 46 comentarios



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  • Gertrudis dijo:

    Eso lo dicen uds...no quiere decir que tengan la verdad...para mí no es así...

    • Armando Enrique dijo:

      La igualdad entre todas las personas es relativa. Ni en la propia constitución hay igualdad entre el hombre y la mujer. La mujer está protegida contra todo tipo de violencia, al hombre que Dios lo proteja.
      No estoy de acuerdo con el derecho que tendrán dos personas del mismo sexo de adoptar a un menor de edad sin una conciencia creada.

      • Rodney dijo:

        Yo diría que sin una conciencia creada en la sociedad, por la estigmatizacion hacia el que sería su tipo de familia. No obstante la ley preve que su aplicación seria racional y tendrá en cuenta las condiciones objetivas sociales de cada momento y cada caso.... Un detalle, muchas personas preocupadas por los niños que no adoptarán ellos. En Cuba la mayoría de los niños sin amparo filial llegan a la edad adulta sin haber sido adoptados nunca.

      • Armando Enrique dijo:

        Estimado Rodney. Que muchos niños sin amparo filial lleguen a la mayoría de edad sin ser recibidos en un núcleo familiar tiene muchas razones.
        1. Obstáculos que pone la misma ley del estado.
        2. Poca o nula cultura de la adopción.
        3. Intromisión de los vecinos en los asuntos internos de las familias receptoras.
        4. Falta de vivienda
        5. Bajos recursos económicos.
        Por otra parte, usted confía en lo racional y en las condiciones según sea el caso, pero olvida que en estas decisiones participan hombres que bien pueden equivocarse al otorgar un permiso de adopción.
        Yo no digo que una pareja del mismo sexo no pueda adoptar a un muchacho de 12 años o más pues estos están bien claros hacia dónde van. Yo digo que no podemos otorgarle el derecho de adopción en caso de bebés o niños que mañana se preguntarán ¿por qué tengo 2 papás o 2 mamás?
        Creo que este tema necesitaba mayor responsabilidad en su análisis y ya ve como el voto en la Asamblea nacional fue unánime. Osea, no estuvo representado el voto del 38% que se oponen.

    • antonio dijo:

      Estoy con tremendos deseos que llegue ese día de votar por ese código...

      • Daniel dijo:

        Leo aqíi cada opiniones que me dejan estupefacto en pleno siglo XXI- por esa regla de tres si mi madre fuera un camión yo fuera un trailer . hay que abrir la mente y dejar que cada cual haga lo que le apetezca siempre y cuando cumpla la ley y no perjudique a los demás. que mas dad que dos personas del mismo sexo adopten . lo que importa es que los eduquen con valores y sobre el respeto a los demas .

  • Barbaro Teodoro dijo:

    Según el texto: Se transita de un sistema de potestad a un sistema de responsabilidad en la relación de madres y padres para con sus hijos...
    Y me pregunto, una madre que va a la carcel, ( algo parecido a la novela cubana, Bajo el mismo Sol ), entonces tiene grandes posibilidades de perder la custodia de su hijo.?
    Me imagino que todo se decida en los tribunales, y allí pesa mucho la habilidad del abogado.
    Por favor quisiera que alguien me aclare, porque no es un asunto menor.

    • Armando Enrique dijo:

      Así mismo y mucho más. En el artículo 6 no se especifica cuáles son las autoridades competentes con derecho a separar a los hios de los padres.

  • Rafael dijo:

    Si ok, pero por favor la decisión es nuestra.

  • OK dijo:

    Mas que en codigo la familia cubana necesita otras cosas y otras priporidades !!

  • JIRGE dijo:

    ¿Donde puedo descargar la versión definitiva y APROBADA por la Asamblea Nacional en su última sesión?
    Lo pregunto pues es por la que se votará Si o No...y me gustaría leerla.....

  • Ed dijo:

    Considero que cada cual ha tenido oportunidad de tomar partido. Si se ha dado tanto espacio al favoritismo por el SI, el NO debiera tener el suyo, de otro modo la prensa no estaría siendo equilibrada. Los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, junto a la prensa están todos de un solo lado, lo que pudiera camuflar la transparencia de este proceso.

  • Alberto@rfa dijo:

    Se que gran parte de la ley es positiva, pero hay partes del nuevo código que van contra mis principios de toda mi vida. Educación con grandes valores éticos y Morales dados por mis padres y abuelos. Y yo los he transmitido a mis hijos.
    Por lo tanto No voy a ir a votar ese día porque sería faltarle el respeto a mis padres y abuelos. No crítico al que apoye el Código, cada cual tuvo una educación y cada cual tiene derecho a opinar y a pensar.

    • Ale dijo:

      Con todo respeto, creo que no ir a votar no es la solución. Es importante que participe, vote si o no, pero vote. Yo iré y votaré no. Es mi criterio y con mucho respeto lo expongo. Saludos

      • Yo2 dijo:

        Totalmente de acuerdo con usted

    • Vote dijo:

      Le sugiero que sea cual sea su opinión asista a la votación, pues muchas personas darán el “sí” sin siquiera haber estudiado el código y la verdadera voluntad del pueblo solo se verá si todos vamos a las urnas.

    • Reina dijo:

      Estoy de acuerdo con usted. Salvo que yo sí voy a votar para honrar a mi padre y los valores que me enseñó. Yo voto NO pero voto y con lapicero para que no haya confusiones.

    • Henry dijo:

      ..yo tengo un criterio diferente, no votar es algo así como una abstención, sería un criterio neutral y entonces no estaría siendo consecuente con la educación que le dieron y está transmitiendo..le sugiero que piense una vez más. Por mi parte, estoy dispuesto a votar ahora mismo..Estoy fuertemente comprometido con la educación que me dieron, y esa es la que voy a refrendar...Hombre o Mujer, Masculino ó Femenino.

    • flch dijo:

      ALBERTO, ME TEMO QUE ALGUNOS DE LOS CONCEPTOS QUE USTED MANEJA EN SU COMENTARIO LOS TIENE EN GRAN MEDIDA EQUIVOCADOS, ESTAR COLMADO DE GRANDES VALORES Y PRINCIPIOS ETICOS COMO DICE USTED ESTAR, VA MAS ALLA, PERO MUCHO MAS ALLA DE LA ORIENTACION O CONDUCTA SEXUAL QUE POR SU PROPIA NATURALEZA TENGA CUALQUIERA, ANALICEMOS PRIMERO SI SOMOS BUENOS HIJOS, HERMANOS, PADRES, AMIGOS, VECINOS, TRABAJADORES. AAAAA, OTRA COSA, QUIEN HA FORMADO CIERTOS VALORES Y PRECEPTOS MIRA A SUS SEMEJANTES PRECISAMENTE COMO ESO, COMOS SEMEJANTES! Y CON MAS RESPETO ADEMAS.

      SALUDOS.

    • flch dijo:

      ALBERTO, ME TEMO QUE ALGUNOS DE LOS CONCEPTOS QUE USTED MANEJA EN SU COMENTARIO LOS TIENE EN GRAN MEDIDA EQUIVOCADOS, ESTAR COLMADO DE GRANDES VALORES Y PRINCIPIOS ETICOS VA MAS ALLA, PERO MUCHO MAS ALLA DE LA ORIENTACION O CONDUCTA SEXUAL QUE POR SU PROPIA NATURALEZA TENGA CUALQUIERA. ANALICEMOS PRIMERO SI SOMOS BUENOS HIJOS, HERMANOS, PADRES, AMIGOS, VECINOS, TRABAJADORES. AAAA, OTRA COSA, QIEN TIENE FORMADOS VERDADEROS VALORES Y PRECEPPTOS MIRA A SUS SEMEJANTES ORECISAMENTE COMO ESO, COMO SUS SEMEJANTES! Y CON MAS RESPETO ADEMAS.

      SALUDOS.

    • cubano dijo:

      Estoy a favor suyo votar significa apollar la causa y significa que está deacuerdo a aceptar y someterse al resultado por eso si participa el 99% del pueblo cubano aunque el 49% unos 6Millones de personas estén en contra del nuevo código este seria aprobado y aprobado por el 99% que fue a votar entonces que hace la diferencia para mi la única forma de que se reconosca que no estamos con el nuevo código es no ir el el que va sabe que suma su participación ya sea cual sea el resultado

    • Daniel dijo:

      pudiera yo saber cuales van en contra de sus principios de toda mi vida. ?

  • Bronni dijo:

    Yo no estoy de acuerdo con ese nuevo código de las familias.

  • Yuri dijo:

    Que cada cuál decida su voto por su propia voluntad. Por mi parte YO VOTO NO.

  • Yamey dijo:

    Sin dudas, es un código inclusivo, necesario, moderno... Todas las familias tienen derechos y todos sus miembros.
    #YoVotoSí

    • Daniel dijo:

      estoy de acuerdo contigo. y ojala todos pienses igualmente sobre este nuevo codigo de la familia

  • Niover Lazaro Rubio Rivero dijo:

    En la humilde opinión de este lector, para proponer un código de esa envergadura hay que tener muy presente la historia de este país, que no es ni mucho menos un país del primer mundo, dónde la cultura, costumbres y tradiciones son muy diferentes, considero que nuestro sistema social es bastante justo,y con el presente código se garantizan todos los derechos a todos los grupos etareos sin la necesidad de tantas transformaciones que no son consecuentes con nuestra historia; desde mi experiencia y a todas las personas que les he preguntado les puedo garantizar que un porciento bien grande no se han estudiado este código, van a votar por algo que desconocen y ni siquiera les preocupa, no saben por ejemplo que ahora toda la responsabilidad de los discapacitados recae en la familia aunque estén en edad laboral activa, que la responsabilidad parental no es lo mismo que patria potestad, la autonomía progresiva de nuestros niños hasta donde tiene alcance,etc

  • Maria dijo:

    Es un Código de solidaridad,amor,amistad,yo voto por el SI.

  • cubano dijo:

    Estoy a favor de un nuevo código de familias estudiado para mejorar y eliminar Ciertos vacíos legales y diferencias Pero No uno basado en la (ideología de genero) Ya que en primer lugar se deja a un lado las realidades objetivas culturales y religiosas cubanas. Porque existe una marcada diferencia entre homosexuales padres y madres cubanos y los usados como referencia para estos conseptos igualitarios aquí aunque no lo quieran aseptar son escasos los que forman familias reales y duraderas con conseptos y preseptos morales adecuados para que se les eche por echar en el mismo saco sin previo análisis de consecuencias además de que el padre en cuba tiende a desaparecer y olvidar responsabilidades o recarga todas sobre la mujer ahún siendo parejas por lo que se mantienen al marjen de todo lo relacionado con la crianza para que luego ahora sin más se le igualen todos los derechos hasta de guarda y cuidado incluyendo que también es un absurdo pretender borrar las diferencias reales entre ambos sexos una mujer pocas veces abusaría de un menor pero en los hombres influyen muchos factores empezando por la bebida y las estadísticas hablan solas incluyendo que cuando un hombre queda solo casi nunca se ocupa de los hijos sino que los deja a terceros osea nunca es sustituto de madre porque ni la sicología ni la biología es la misma y así entre otras es un código de familia sesgado por ideologia de genero y otras ideas donde se supone que los seres humanos serán perfectamente iguales y no ocurrirán desastres y no tendremos mayores problemas porque ni siquiera las madres solteras de este mismo sitio se han puesto a pensar que harán si se les solicita entregarlos a su padre y menos que su padre los incluya en una pareja igualitaria y les enseñe sus conceptos exetera Ya lo digo ni estamos acostumbrados a ver cosas así ni lo queremos quizás no nos importe si se trata de otros pero cuando sea serca cuantas madres están dispuestas a entregar sus hijas en manos de uno que estuvo un día con ellas para que se valla a vivir con el al menos 6 meses porque es también igualmente lo mismo padre que madre o que efectos tiene que un niño esté un tiempo en un lado y otro en otro cambiando de ambiente cultura costumbres religión escuela amigos y condiciones sociales a cada rato para que el padre se sienta realizado de ser igual que la madre cuando en realidad solo debería importar el menor

  • Goyito dijo:

    Hace poco leí en el diario Granma que fue Constituida Comisión Electoral Especial de las FAR para referendo del Código de las Familias.
    Esto quiere decir que si el código es aprobado se podrán casar dos militares del mismo sexo y que tendrían aspiraciones en adoptar un menor. Realmente sería raro ver a dos policías o militares del mismo sexo cogidos de la mano.

    • Henry dijo:

      ..insisto, Cuba tiene una idiosincracia que nada tiene que ver con esto..Por Dios..!!!, ¿ que estamos haciendo..?

  • Elyon dijo:

    Todo proceso de votación debería contar con una tercera parte que supervise y que pueda auditar el resultado de existir reclamación. ¿Quién es esa tercera parte? Porq hay muchos cubanos q dicen q ya eso está aprobado sin que votemos. Se debería permitir ese detalle para transparencia.

    • Henry dijo:

      ..la 3era parte..??, los que necesitan el sí..pero no me preocupa..yo voy con bolígrafo..

  • Pepe dijo:

    Alguien me puede explicar que significa pensar como pis, porque creo que toda la vida hemos hecho eso.

  • Paloma dijo:

    #YoVotoSí

  • yanima rodriguez dijo:

    Estoy en total acuerdo con el nuevo proyecto del codigo de la Familia que se hara firme despues de las votaciones del 25 de Septiembre del presente año, este codigo es muy necesario porq deja bien claro todos los deberes y derechos de los ciudadanos, se hace enfasis muy importante en el cuidado a los niños/as, adolescentes, personas de la tercera edad y menos validos, es pluralista, es democratico, yo voto si|||

  • Alfre dijo:

    Yo voto siiiiii!!!!

  • Greydel P. F. dijo:

    Un padre se lleva al niño (de 9 años) de vacaciones por un mes y al regreso lo ha manipulado de tal modo que el niño quiere ir a vivir con el y no regresar al hogar con su madre. El niño está totalmente cambiado, rechaza a su madre y hermanito, inventa y exagera situaciones, no da razones reales.

    El padre no mantiene una conducta social buena, digamos que es una persona con tendencias a los problemas, no tiene una situación económica buena ni tiene el ambiente correcto para criar a este niño.

    No obstante a todo esto y todos los. Intentos de acercamiento y entendimiento de la madre, el padre, apoyado en que "el niño puede decidir con quien quiere vivir" ha creado un problema psicológico al niño, que ahora hace perretas cuando le dicen de regresar con su mama.

    Las clases van a comenzar y no aparece la solución.

    Como se resuelve este problema? Por qué un padre manipulador no puede ser identificado y frenado? Por qué las condiciones sociales y de desarrollo del niño no influyen?

    • Serge Manuel Nóbregas Pérez dijo:

      ¿Porque las madres manipuladoras no son frenadas?
      Hay montones de casos como el mío, y mi hijo quiere estar conmigo, porque le doy Amor, le presto atención, lo escucho, le permito pensar por si mismo aunque se equivoque, jamás le he gritado, ni lo he maltratado, nunca lo he castigado, nunca le he levantado la mano, nunca me armado una perreta, y al final no puede vivir conmigo tiene que vivir con la abuela la madre y el marido de la madre qu lo mantienen como trofeo para poder tener las riendas económicas para llegar a fin de mes. Saludos! Hay buenos padres, más de los que la gente se imagina, hay malas madres, más de los que la gente se imagina.

  • Darlenis dijo:

    Buenas tardes tengo una inquietud tengo un bebé de 9 años que su padre nunca lo ha atendido y mi esposo con el cual tengo 8 años desea asumir la responsabilidad y darle sus apellidos, además el niño así lo desea quisiera que alguien me explicará si eso es posible con el nuevo código de las familias o de lo contrario que debemos hacer. Gracias

  • Carlos Vilsaseco Garazo dijo:

    Hola, soy Carlos Vilaseco Garazo, tengo 39 años,les escribo desde Aguiño, España, voy en la página 5 ,y estoy de acuerdo, mi voto es si 100%.
    Les agradezco muchísimo que me resulta muy interesante leerla porque dice muchas cosas muy interesantes y bonitas.
    Así debería ser en todo el mundo.
    Más cariño ,más honestidad,más convivencia,más amor, más fraternidad,más respecto, me vienen muchos valores de las 5 páginas que he leído.
    Muchas gracias por todo.
    Y disculpen las molestias ocasionadas.
    De nuevo muchas gracias por todo.

  • Roberto dijo:

    El código de la familia incluye el matrimonio igualitario( personas del mismo sexo), algo que ya se había sometido a la opinión pública y fue rechazado por la inmensa mayoría; ahora lo agregan "tapadito" entre muchas otras opciones que Sí son necesarias... Yo apoyo las nuevas opciones, pero No el matrimonio igualitario, por tanto, votaré negativo.

  • Lazara Sáez dijo:

    Necesito me ayuden para denunciar a una Madre q esta haciendo abuso infantil con su hija .

  • Matilde iglesia Borrero dijo:

    Si crío tres niño que me dieron bajo palabra porque no podía adoptar y me lo quitan sus madre después que dijeron te lo doy y nunca te lo quito.que ley puede ayudarme a recuperar a los hijo que me regalaron y me quitaron quien le puede importar mi amor asia esos hijos que son para mi mis hijos.que ley me puede ayudar por el chantaje de esas mujeres .la policía de menores del Palacete me dijo que me tocó perder el pan y al perro.estoy angustiada mis hijo mueren de bese cc idade quien puede ayudarme.

  • Yanelis de los santos dijo:

    Soy víctima de violencia familiar desde que soy una niña, tengo un hijo de apenas 11 años que producto a los problemas que siguen existiendo ya hizo un intento de suicidio con 10 años y estuvo ingresado en una sala de psiquiatría en el hospital Juan Manuel Marques. Ya mi abuelo materno no sabe de que forma sacarme de su vivienda. Hemos ido a 4 prevenciones y no se llega a un consenso. Trajo a uno de sus hijos para que me sacara a la fuerza de aqui y yo no tengo lugar para donde ir con mi hijo. Tengo miedo hasta de dormir porque no se que pueda pasar en ese intervalo de tiempo. A llameo en varias ovaciones al padre de mi hijo para que me lo quite. Cada vez es mas grave mi situación y mas miedo me da por mi hijo que intente nuevamente quitarse la vida. Por favor necesito ayuda. La salud mental de mi hijo y mía estan siendo afectadas y mi abuelo solo piensa en sacarme de su vivienda ( en la cual nací hace 34 años) a las buenas o a las malas. Que hago? Ya no se a donde mas dirigirme y que se me escuche. Mi abuelo materno solo sabe escudarse de que lucho por la revolución y no tiene moral alguna. No entiendo como pueden haber persona con tanta falta de humanidad. Vivo en alamar.

  • Milainy dijo:

    Entonces, que sería la familia como nuevo concepto ?

Se han publicado 46 comentarios



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Dra. Ana María Álvarez Tabío

Profesora titular de Derecho de Familia. Facultad de Derecho. Universidad de La Habana.

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