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Pago de tributos en Cuba: Aspectos claves que debes conocer (+ Video)

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Los principales directivos de la ONAT comparecieron este martes en la Mesa Redonda para informar detalles sobre el actual período de pago de tributos, las adecuaciones realizadas para este año y las exigencias de cara al aporte de todos los contribuyentes.

Al intervenir en el programa radio televisivo, Mary Blanca Ortega Barredo, Jefa de la Oficina Nacional Tributaria (ONAT), se refirió a la Campaña de Presentación y Pago de Tributos.

“En esta ocasión, explicaremos además las principales adecuaciones tributarias expuestas en la Ley 164 del Presupuesto del Estado y sus normas complementarias que se han publicado hoy en la Gaceta Oficial número 5 del 16 de enero”.

Reiteró que desde el pasado 8 de enero inició en todo el país la Campaña de Declaración y Pago de Tributos, “que representa uno de los procesos más importantes que conduce la Administración Tributaria y un acto de obligatorio cumplimiento para los contribuyentes, dentro de los que se incluyen las personas naturales y jurídicas y abarca más de 810 mil 300 contribuyentes”.

Ortega Barredo agregó que participan en este proceso, además, el sistema de la cultura, la agricultura, la ANAP, la Asociación de Comunicadores y diseñadores, las Unidades Estatales de Tráfico del Ministerio de Transporte, la Cámara de Comercio, las entidades empleadoras, los estudiantes universitarios y de la enseñanza técnica, que conforman las Brigadas Juveniles de Apoyo a la Administración Tributaria.

“Un papel importante juegan los gobiernos provinciales y municipales, que controlan la marcha de la campaña en cada territorio. Esta integración el pasado año posibilitó que se alcanzara en las personas naturales una disciplina del 94.4 % y en Personas Jurídicas del 99%. Proyectando para este año indicadores superiores a los alcanzados en ambos casos”, resaltó.

Comentó que la propia Ley 164 del Presupuesto del Estado para este año dispone un conjunto de adecuaciones tributarias y de control, atemperadas a las condiciones actuales de la economía, “que respaldan el incremento de los ingresos, con el fin de ir reduciendo gradualmente el déficit fiscal, contribuir a la estabilización macroeconómica y minimizar las brechas de elusión y conductas evasoras”.

En este sentido, dijo, que los ingresos tributarios derivados de la aplicación de impuestos, tasas y contribuciones, representan el 64% de los ingresos totales, “ingresos mínimos a recaudar”.

Añadió que los ingresos proyectados permiten asegurar los principales sectores y programas, especialmente los asociados a la Salud Pública, educación, asistencia y seguridad social, la cultura, la ciencia y el deporte.

“La medida aprobada para mejorar la atención del personal de la salud y la educación, (incremento de salario por más de 25 mil 329 millones de pesos)”.

La Jefa de la ONAT subrayó que también se respalda financieramente las políticas públicas que se implementan para la atención a la niñez y la juventud, la dinámica demográfica, los programas relacionados con las soluciones a las situaciones de vulnerabilidad, la protección a las madres de hijos con discapacidad severa, entre otros.

“Se aspira a que las acciones generen resultados a mediano y largo plazo y solo lograremos salir de la situación actual, trabajando y produciendo”, apuntó.

Más adelante, informó que las principales adecuaciones tributarias están relacionadas con:

  • La incorporación a los trabajadores contratados en los proyectos de Desarrollo Local como sujetos del pago de la Contribución Especial a la Seguridad Social, según se establece en el Decreto Ley 65 “De la Seguridad Social y es expresión de la protección que se brinda a los trabajadores ante riesgos que trascurren en su vida laboral y ante los casos de muerte y jubilación.
  • Adecuaciones para el cálculo y pago de la liquidación adicional del Impuesto sobre los ingresos personales, mediante la presentación de la declaración jurada por los ingresos obtenidos en el año 2023 por concepto de gratificaciones a los trabajadores que laboran en las firmas extranjeras sedes diplomáticas. Estas adecuaciones responden a inquietudes planteadas por los trabajadores que las reciben.
  • Adecuaciones tributarias para el cálculo, pago y liquidación adicional del Impuesto sobre los Ingresos Personales, mediante la presentación de declaración jurada del sector agropecuario. Se aplica un tipo impositivo reducido del 2% para el pago del impuesto sobre los ingresos personales por los productores agropecuarios individuales, cuando el tipo impositivo general es del 5%.
  • Eliminación de las exenciones de impuestos a los actores económicos no estatales, en ocasión de su constitución (micro, pequeñas y medianas empresas y Cooperativas No Agropecuarias). Transcurridos dos años de iniciado el proceso de creación de las Mipymes, estas han demostrado capacidad contributiva
  • Se homogeniza la aplicación del Impuesto sobre los ingresos personales y la Contribución Especial a la Seguridad Social al personal contratado por Mipymes y Cooperativas No Agropecuarias, quienes tributarán bajo las mismas reglas que los trabajadores del sector estatal, empresarial y presupuestado, lo que representa un avance en término de equidad tributaria.
  • Y la aplicación del Impuesto sobre las ventas a la totalidad de las operaciones que realizan las micro, pequeña y mediana empresa, ya establecido para otros actores.

“En tal sentido, en el día de hoy se publicaron las normas complementarias que precisan las especificaciones para cada caso”.

Advirtió que la Ley también proyecta incremento de la efectividad del Plan Integral de Control Fiscal que implementa ONAT, vinculado a la consolidación de las directivas aprobadas para la prevención y el enfrentamiento a las indisciplinas e incumplimientos tributarios y conductas evasoras.

“Exhortamos a todos los contribuyentes a cumplir en el tiempo establecido con el aporte al Presupuesto, los impuestos que usted paga son la principal fuente de ingresos que obtiene el Estado para financiar los gastos públicos y contribuir al crecimiento económico del país. Además, es también una forma de expresar sus valores, su responsabilidad, honestidad y compromiso con la sociedad”, concluyó.

Al intervenir en el espacio televisivo, Juan Carlos Vilaseca Méndez, vicejefe de la ONAT, explicó que el grupo de normas publicadas en la Gaceta tienen que ver con el sistema tributario y procesos presupuestarios.

“Hay que hacer énfasis en que estas normas que se publican dan continuidad a los principios de generalidad y equidad de la ley tributaria”, recalcó el directivo. En la medida en que se ha implementado la ley—añadió— ha sido una prioridad hacer más incapié en estos temas.

Precisamente, la ley anual del presupuesto hace adecuaciones a la Ley Tributaria en dependencia de cómo se va a comportar ese año. También estas normas garantizan la consolidación del sistema tributario en el 2024, explicó Vilaseca Méndez.

El ingreso tributario significa más del 64 porciento del ingreso al presupuesto.
“Se puede observar también el interés del Estado de proteger a todos los actores económicos.

Si bien se había aplicado en el 2022 Decreto Ley 65 no se había instrumentado como llevarlo a la práctica, reconoció el vicejefe de la Onat. Ahora, agregó, con la instrumentación de esta norma quedan protegidos los proyectos de desarrollo local, las Cooperativas No Agropecuaria y las micro, pequeña y medianas empresas. Pagan la seguridad social por el total de remuneraciones que reciban sus empleados, calculando el 14 porciento como está establecido en la Ley anual del presupuesto y aportando el 12.5. Es una generalidad para todos los actores económicos”.

Además, refirió Vilaseca Méndez, esta ley financia regímenes especiales que están aprobados para ellos, tanto para los titulares, socios o empleados. Los titulares y los socios aportan el 20 por ciento de la base contributiva que ellos seleccionen, y los empleados lo hacen aplicando la escala aprobada para este sector.

“Existen que ver directamente con la campaña de Declaración jurada que se está desarrollando en estos momentos.

“Aquí se establece que el sector agropecuario aplica el 2 porciento al resultado de descontar del total de los ingresos el mínimo de exento aprobado, el 100 porciento de los gastos siempre que se puedan justificar el 80 porciento, el total de tributos pagados relacionados con la actividad y todas las retenciones que se realizaron durante el año relacionadas con el 2 % del pago sobre ingresos personales”.

Pago de tributos desde el 8 de enero

La vicejefa primera de la ONAT, Belkys Pino Hernández, explicó que solo tres de las normas anunciadas impactan en la campaña de declaración jurada. Una de ellas es la Resolución 303 que ratifica el tipo impositivo fijo del 2 por ciento para el impuesto sobre ingresos personales del sector agropecuario.

Asimismo, también impactan la Resolución 304, que adecua la escala progresiva de la Declaración Jurada para el personal que recibe gratificaciones y la Resolución 306 de las MIPYMES, en lo referente a la obligatoriedad de los socios de presentar declaración jurada para la liquidación de los dividendos. “El resto de las disposiciones impactarán en la campaña correspondiente al próximo año”, aseguró.

Por su parte, la vicejefa apuntó que la Campaña de Declaración y Pago de Tributos, en correspondencia con lo dispuesto en la Ley 164 del Presupuesto del Estado para el año 2024, inició el 8 de enero con varias contribuciones.

Entre ellos mencionó los de ingresos personales, la de socios por los dividendos en el caso de las MIPYMES, el impuesto sobre utilidades, el rendimiento de la inversión estatal y el impuesto sobre los ingresos personales usufructuarios de tierras agrícolas estatales.

“Para todos los que paguen antes de las fechas previstas se mantienen las bonificaciones por corto pago, un beneficio que los contribuyentes pueden aprovechar”, explicó.

“La oficina se ha empeñado en potenciar la vía digital, tanto para acceder a los modelos como para realizar los pagos a través de los canales electrónicos. En 2023 cerramos con el 59.5 por ciento de los pagos por esta vía, un crecimiento importante en la gestión”, agregó.

La funcionaria ejemplificó que un trabajador por cuenta propia que pague su declaración jurada antes del 28 de febrero, recibirá un descuento del cinco por ciento por pronto pago, y si además paga por Transfermóvil se descuenta otro tres por ciento por el uso de los canales electrónicos. Por tanto, se estaría descontando un ocho por ciento del importe a pagar.

“Buscamos vínculos con factores del Gobierno en los territorios y otras instituciones para facilitar el pago de los tributos. Tenemos tenedores de libros e incluso una MIPYME que también representan una fortaleza para apoyar en el pago de tributos”, comentó.

Según trascendió, la administración tributaria moderna trabaja en función de facilitarle a sus contribuyentes la forma de presentar su declaración jurada. “En nuestro caso solo se exceptúan de la obligación de presentar la declaración jurada de forma digital las instituciones del sector agropecuario”.

“Hemos apostado por la digitalización del proceso, pero son pocos los contribuyentes que han solicitado su firma digital. La no presentación de la Declaración Jurada se sanciona con multas que pueden ser de hasta 5 mil pesos”, explicó.

De acuerdo a Belkys Pino, continúa como una prioridad de los órganos de control y de la ONAT el enfrentamiento a las indisciplinas. En tal sentido, ante conductas de subdeclaración y evasión de impuestos se aplican sanciones como la solicitud de retiros de licencias temporales o definitivas, el cierre de establecimientos, embargos de bienes, regulación para la salida del país y denuncias por el delito de evasión fiscal.

“Durante el 2023 se realizaron más de 3 mil retiros de autorizaciones y 2600 cierres de establecimientos ya sean temporales o definitivos. Asimismo, tuvimos más de 8700 embargos de cuentas, 2 mil 667 regulaciones de salida del país y se mantienen regulados 2 mil 444 contribuyentes con deudas. Los que pagaron la totalidad de sus deudas pudieron viajar sin problemas”, concluyó.

La funcionaria recordó que la administración tributaria promueve el cumplimiento voluntario de las obligaciones a través de diferentes acciones, pero ante las indisciplinas e incumplimientos está llamada a fortalecer el control fiscal.

En video, la Mesa Redonda

Se han publicado 153 comentarios



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  • andres dijo:

    Es un deber ciudadano pagar los impuestos, el pais no funciona si no cobra los impuestos que entre otras cosas se utilizan para proteger a personas bulnerables, pero se cobran impuestos sobre ingresos personales que son salario en una empresa estatal mientras que se exonera a otros de pagar impuestos que sus ingresos son muy superiores, esto trae consigo que fluctuen estos trabajadores.
    Se dice que se debe fortalecer la empresa estal socialista pero de esa forma lo dudo

  • Ma del Carmen López dijo:

    Bnos días, cómo puedo entrar en el Foro debate???

  • Jordany dijo:

    Saludos, una pregunta ¿Tiene el Consejo de la Administración facultades para modificar las tasas de impuestos y en que condiciones o cuantías?

  • Jorge dijo:

    La aplicacion de la nueva Resolucion en la que se establece que ya las MIPIMES dejan de estar libres de aportes como estaban anteriormente incluye a aquellas que todavia se encuentran en el periodo de gracia por no haber transcurrido el plazo de los 6 meses??

  • papo dijo:

    El sitio web de la ONAT no me deja registrarme.

    • ONAT Nivel Central dijo:

      Papo, gracias por contactarnos, los servicios están disponibles, pudiera escribirnos por consultas@onat.gob.cu con su NIT para revisar su caso. Gracias

  • AclarandoDudas dijo:

    con respecto a las Mipymes que fueron creadas antes de finalizar el 2023, estas mantienen la execcion de impuestos del 35 porciento sobre las utilidades?

  • Margarita Pérez Paneque dijo:

    Cómo me incorporo al foro debate por favor?

  • Diersa dijo:

    Que pasa si lo que debe de pagar en la DJ no me alcanza, pues X motivos me dan algún tiempo para recuperarme o voy directo a prisión.

    • Ministerio de Finanzas y Precios dijo:

      Estimada Diersa; usted tiene derecho a solicitar un convenio de aplazamiento de deuda con la Onat para hacer sus pagos a plazos fijados por las partes

    • ONAT Nivel Central dijo:

      Dierza, los contribuyentes tienen derecho a solicitar convenios de aplazamiento de la deuda tributaria, cuando no cuentan con el dinero suficiente para liquidarla, por lo que usted puede solicitar aplazamiento de pago a la ONAT de su municipio, presentando su solicitud y las pruebas que lo avalan. Usted paga tributos por ingresos recibidos, y es un deber el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en el tiempo establecido.La ONAT es la facultada en aprobar o denegar la solicitud.

  • Alejandro dijo:

    Seria bueno aclarar si la Resolución 306/2024 del MFP interrumpe el periodo de gracia dado a las mipymes constituidas en el año 2023 y que gozaban de este beneficio segun la Resolucion 350/2021 o si la eliminacion de este beneficio es solo para las de nueva creacion. Tanto la Ley 164 del presupuesto del Estado como la resolucion 306 del MFP deja abierto este asunto.

  • Ernesto Jesús Rojas Jardines dijo:

    Buenos días necesito aclarar una duda sobre las mipyme, cuando se plantea que para hacer la declaración jurada se toma el 100 % de los gastos siempre que se tenga el 80%justificafo yo me pregunto si esto se aplica para las mipyme igual que para TCP saludos

    • ONAT Nivel Central dijo:

      Ernesto Jesús, gracias por participar. No aplica para las mipymes. El descuento del 100% de los gastos siempre que exista justificación documental del 80% es para la Declaración Jurada del impuesto sobre ingresos personales, aplicable a los trabajadores por cuenta propia, comunic sociales y diseñadores, artistas y su personal de apoyo, usufructuarios de tierra y otros productores individuales, entre otros, y se estableció en el DL 21 del 2020. Las Mipymes presentan declaración Jurada del impuesto sobre Utilidades.

  • Amed dijo:

    Hola tengo un problema con la DJ del personal que recibe gratificaciones, está descontando el importe pagado en los trimestres antes de calcular los ingresos imponibles anuales. Se va a calcular de esta manera este año????

    • ONAT Nivel Central dijo:

      Amed, revise donde está usted poniendo los tributos pagados trimestralmente, el modelo en Excel no tiene ese problema, ya que es usted quien introduce ese valor. Lo pagado es a cuenta del impuesto sobre ingresos personales y usted lo pone en la Sección C del modelo. Si continua con problemas contáctenos por el correo electrónico para asesorarlo.

  • OTG dijo:

    Hola tengo una duda.
    En febrero me trasladé de municipio.
    Ahora en el llenado de la DJ, tengo otro NIT y todo, vinculado a este nuevo municipio donde resido.
    Tengo que preentar 2 DJ una en el municipio donde estaba los meses de Enero/Febrero y otra en el otro municipio donde tengo el resto del año. O solo la del segundo.

  • Jose Carlos dijo:

    Los dividendos por pagar al cierre de año de una MIPYME forman parte de la base imponible para la DJ de sus socios, o solo los que haya cobrado realmente durante el año fiscal?

  • contribuyenteInconforme dijo:

    Duda , no salió ninguna resolución específica para TCP y la resolución de las pymes es la que establece la nueva escala para trabajadores contratados de las pymes quiere decir esto que los trabajadores contratados de TCP se rigen por la escala vieja es decir sólo 3 y 5???

    • ONAT Nivel Central dijo:

      ContribuyenteInconforme gracias por participar. En las complementarias no hay modificación para el pago del impuesto sobre ingresos personales de los trabajadores contratado del TCP. Los trabajadores contratados de los Trabajadores por cuenta propia pagan el impuesto sobre ingresos personales por retención, o sea que lo paga el titular, haciendo la retención de las remuneraciones pagadas al contratado, que superan los 3260.00 CUP aplicando el 3% al exceso y hasta 9510 y al exceso de 9510.00 CUP se le aplica el 5%. Esto se establece la Resolución 345 del 2021.

  • MdF dijo:

    Solo una pregunta: En qué norma y artículo se puede leer que las pymes que venían disfrutando del beneficio fiscal se les suspende, hasta ahora el pronunciamiento en la ley del presupuesto y la Resolución 306 solo hablan de las de nueva creación.

  • Leonel dijo:

    Buenas cuando subo el fichero del DJ-08 por la plataforma para subirlo con firma digital, que si tengo..me da error que faltan datos de nombre, numero ,etc...sin embargo tiene todos los datos necesarios..hay algún problema para realizar esta operación en la plataforma?? El año pasado también pasó lo mismo y luego de unos días de preguntar fue que se arreglo..este año es igual??

    • ONAT Oficina Central dijo:

      Leonel, gracias por comentar, los modelos de declaración jurada con los contribuyentes de prueba subieron sin problema, revisamos con el equipo de trabajo ONAT-DESOFT para ver lo que nos refiere y si es necesario hacer los cambios pertinentes. El año pasado el servicio se puso en línea el día 10 de enero, como un nuevo servicio sin problemas, solo no se rechazaron 48 declaraciones que no fueron firmadas. Cada año se debe modificar el servicio con las adecuaciones que establezca la Ley del Presupuesto, para la declaración del impuesto sobre ingresos personales, y poner a disposición de los registrados en el Portal que tienen firma digital esta facilidad.

  • Denis dijo:

    En la ley 157 del presupuesto para el año 2023 se decía que las formas de gestión no estatal hablo de las mipymes se pagaba el 10% por el total de los ingresos, luego se informó en el sitio ONAT DE CUBA DUDAS Y COMENTARIOS que esto no procedía hasta que no salieran las adecuaciones del MFP, luego consultamos al Portal Tributario de la ONAT y nos dijeron lo mismo, y lo pagado se debia reclamar a la ONAT del municipio donde pertenecía, así procedimos, pero ahora es que se deroga la Resolución 350, yo pregunto ¿ Y los que pagamos el 10% por el total de los ingresos en 2023 se nos compensará este año?

  • Crasus dijo:

    Super injusto para mi actividad (agente de telecomunicaciones), al mantener la escala progresiva del año anterior que solo admite ingresos hasta 50,000 para aplicar un 50% impositivo, me parece muy exagerado ya que los agentes tienen ingresos superiores a 50,000 en todo el año. Esa escala debería ser más progresiva y llegar al menos a 500,000 para aplicar un 50%.

    • ONAT Nivel Central dijo:

      Crasus, la escala por donde pagan los agentes de telecomunicaciones al igual que los demás trabajadores por cuenta propia es una escala progresiva, o sea que lo que gana un agente de telecomunicaciones (literalmente porque él declara su ganancia, no sus ingresos brutos como el resto de los tcp) pues a su ganancia le deduce gastos autorizados, después también se deduce el mínimo exento de 39 120.00CUP como mínimo exento, también en tributos pagado lo que pagó por contribución a la seguridad social por ejemplo, esto lo lleva a la escala progresiva , o sea que tiene un tipo impositivo por tramos, y al importe a pagar le deduce lo que usted pagó como cuota mensual del impuesto sobre ingresos personales 051012, el 5% y el resultado es lo que tendría que pagar, si le da a pagar, porque puede no darle a pagar. En caso de darle a pagar si lo hace antes del 28 de febrero tiene un beneficio del 5% del importe a pagar y si además paga por transfermovil le descuenta otro 3%. Ejemplo real: 50 mil de ingreso, gasto cero, mínimo exento 39120.00, tributos pagados cero porque es jubilado, lo llevo a la escala progresiva y me da a pagar 1 676.00 CUP, a esto le resto lo pagado por el 5% mensual como cuota que fueron: 2 500.00CUP(es el 5% de 50 mil) resultado el agente de telecomunicaciones que recibió 50 mil CUP de ganancia en el año, no le da a pagar la declaración jurada.

  • Beatriz Ramos Ibarra dijo:

    Ha sido una mesa Redonda bien esclarecedora por los directivos de la ONAT, las Oficinas de la ONAT en ciego de avila estàn listas para la atenciòn a nuestros contribuyentes en temas de campaña.

  • Iris dijo:

    Quisiera saber sobre una Mipyme que fue creada y aprobada en mayo de 2023 pero aún no ha operado,ni obtenido ningún dividendo.Debe presentar los documentos de pago de tributos?

  • Carlos Funcia Legrá dijo:

    Buenos días ante todo, en la mesa redonda del día de ayer cuando informaron las modificaciones a los tributos a aportar para el 2024 informaron que para las MIPYME se pagaría el 10% por el total de sus ventas o servicios sin tener en cuenta si era a la población o eran mayorista dijeron que era para igualar a todos los actores económicos, cosa está que no es así ya que las empresas estatales solo pagan el 10% de las ventas minorista, cosa está que pondría a las MIPYME en desventaja y se incumpliria lo que se dijo desde que se crearon de que iban a tener los mismos derechos y deberes que las empresas estatales. Saludos

  • Salvador dijo:

    El plazo de dos años de excepción del pago del 1% de la Contribución Territorial se vence en mayo, pues en esa fecha del 2022 fue la creación de la misma. La pregunta es si se suspende ya desde enero o se mantiene este beneficio tributario hasta los dos años.

    • ONAT Nivel Central dijo:

      Salvador, agradecemos su participación. La Resolución 350 del 2021 establecía el beneficio de los 2 años de la contribución territorial para el desarrollo local para las Mipymes, la nueva complementaria Resolución 306 deroga la Resolución 350, por lo que deja sin efecto este beneficio a partir de las operaciones de enero.

      • Grstora dijo:

        Onat, la nueva resolución no puede aplicarse con carácter retroactivo, los beneficios obtenidos bajo el amparo de una norma anterior son derechos adquiridos, la nueva norma puede eliminarlos para los nuevos sujetos que surjan, lo contrario es violatorio de nuestra Constitución y solo crea inseguridad jurídica y hace tambalear el estado de Derecho. Esto sin contar, que la parte resolutiva de la nueva resolución sólo hace referencia a las mipymes que surjan ahora.

  • Jorge Sevillano dijo:

    Bns días. Porqué si trabaja en una empresa extranjera el salario lo recibe aplicando el este de cambio a 24 cup x 1 USD de lo que paga el empresario y se aplica a 120 cup el estímulo que da el propio empresario

  • Yo dijo:

    Buenas
    Soy arrendadora de vivienda y ahora no entiendo nada
    Que planilla tengo que llenar de las dos que ponen ahora?
    Se sigue pagando en el banco lo que de a pagar y se quedan ellos con la planilla y una para mì o hay que llevarla a la ONAT?
    El porcentaje impositivo sigue siendo el.mismo a sabiendas que 50000 pesos anuales es una entrada bajisima mensual, segùn los altos costos de TODO, como para
    pagar a partir de ella el 50 % de lo que se ingrese? Por que no dejan para TODOS los porcentajes impositivos nuevos y de SEGURO tendràn muchisimas menos evasiones o subdeclaraciones fiscal?
    Saludos

    • ONAT Nivel Central dijo:

      Yo, gracias por su comentario. Pudiera explicarnos a cuales 2 planillas usted se refiere. Usted si quiere utilizar el modelo en excel lo hace por el modelo DJ 08 EXCEL DEL 2024- DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO SOBRE INGRESOS PERSONALES EJERCICIO FISCAL 2023, que es el mismo del año anterior con la eliminación de lo establecido para el régimen simplificado que se eliminó en enero del 2023. En caso de querer llenar el modelo impreso, puede descargar DJ 08-2024 PDF: Modelo de Declaración Jurada del impuesto sobre ingresos personales ejercicio fiscal 2023. Todos los modelos están disponibles en http://www.onat.gob.cu

  • Jantte dijo:

    Buen dia
    Por que no piedo ingresar al portal tributario para recoger mi documentacion?
    Me dice error de datos y no ae cual puede ser mi NIT es mi No de CI y la contraseña la cambiè para ver si era eso y aun asi no me deja.
    Espero su recomendacion si es posible a mi correo electronico.
    Gracias

    • ONAT Nivel Central dijo:

      Gracias por comentar. El Portal tiene todos los servicios disponibles, le sugiero revise que su NIT y contraseña son correctos, en caso de persistir nos escribe por el correo consultas@onat.gob.cu con sus datos para revisar y buscarle una solución. El vector fiscal del 2024 con el cual pagará las obligaciones de enero en el mes de febrero estará disponible la semana próxima.

  • Tranquilino dijo:

    Exactamente qué pagos al trabajador son considerados no salariales? Sean exactos por favor que con el fisco no debe haber ambigüedades.

  • yuya dijo:

    Una duda. El personal extranjero residente no permanente que recibe ingresos en Cuba por trabajar en una empresa mixta debe tributar los ingresos personales teniendo en cuenta la tasa de cambio para las personas naturales de 1x120 ????

  • Ileana, Onat Guantánamo dijo:

    Excelente las intervenciones en la Mesa Redonda de ayer, estar atentos a la de hoy, muchos de estos temas serán ampliados.

  • Simon dijo:

    Se me ha credo una situación a la hora de contabilizar la reserva para perdidas contingencias según la resolución 350 articulo 14 y que esta en vigente hasta el cierre ejercicio 2023 y para las mypimes, ejemplo Ingresos: 1´500´000.00, Gastos: 1´300´000.00, Utilidad: 200´000.00, la reserva para perdidas y contingencia de años anteriores = 0.00 (se creo en el 2023 la mipyme) por tanto al aplicar el articulo 14 de la resolución 350 MFP del 2021 me dice que debo crear y mantener una reserva entre el 2% y el 10% de los Gastos del año que esta cerrando (entre 26´000.00 (2%) y 130´000.00 (10%)) sin embargo este mismo articulo dice que solo se puede utilizar para crear la reserva 10% de la utilidad es decir 20´000.00 y este importe esta por debajo del 2% de los gastos del año que cierro. Que hacer en este caso, pues no puedo cumplir con las dos reglas a la vez. Para explicarme mejor, no tengo reservas de años anteriores y el 10% de la utilidad del año no llega al 2% de los gastos del año que cierra. Pido se me ayude con esta situación, pues dentro de mi objeto social nos dedicamos a la teneduria de libros donde ayudamos a cerrar a otros actores económicos que presentan esta misma situación

  • Ma. Luisa García dijo:

    Y porqué a comunicadores y artistas no se nos aplica la escala transitoria extendida q hicieron para los q reciben gratificaciones? Es un sector en q el rango de las ganancias resulta muy variado...
    Llevo tres planteando lo de la escala. ¿Cómo va a ser la misma de antes del ordenamiento si los precios y los pagos se han decuplicado? Nunca he recibido respuesta de la ONAT.

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Randy Alonso Falcón

Randy Alonso Falcón

Periodista cubano, Director General de IDEAS Multimedios y del portal web Cubadebate, el sitio Fidel Soldado de las Ideas y del programa de la Televisión Cubana "Mesa Redonda". Dirigió otras publicaciones cubanas como Somos Jóvenes, Alma Mater y Juventud Técnica. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómez en TV en 2018. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. En Twitter: @RandyAlonsoFalc

Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Director de Creación de Contenidos de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda y Cuadrando la caja. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómezen 2024. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@ideasm.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Yunier Javier Sifonte Díaz

Yunier Javier Sifonte Díaz

Graduado de Periodismo en la Universidad Central "Marta Abreu" de Las Villas en el año 2016. Periodista de Telecubanacán. Colaborador de Cubadebate. En Twitter: @yunier_sifonte

Thalía Fuentes Puebla

Thalía Fuentes Puebla

Periodista de Cubadebate. Licenciada en Periodismo por la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana (2019). Máster en Cultura Audiovisual por la Facultad Arte de los Medios de Comunicación Audiovisual de la Universidad de las Artes (2025). Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómez por la obra del año (2022). Ha obtenido premios y menciones en el Concurso Nacional de Periodismo "26 de Julio". Contactos: thalyfuentes14@gmail.com. En Twitter: @ThalyFuentes

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