Todo lo que debe saber sobre la declaración y pago de tributos en Cuba en el 2023

El pago de tributos oxigena la marcha de la economía nacional. Foto: Invasor
Directivos de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) comparecieron este martes en la Mesa Redonda para informar las características de la actual campaña de declaración y pago de tributos y su aporte al Presupuesto.
Al intervenir en el programa radiotelevisivo de IDEAS Multimedio, Mary Blanca Ortega Barredo, jefa de la ONAT, dijo que, en el presente año su organización centra su trabajo en ingresar al presupuesto del Estado como mínimo los ingresos definidos en la Ley del Presupuesto, de los cuales el 53% se capta como resultado de la aplicación de impuestos, tasas y contribuciones.
“Estos ingresos respaldan financieramente los gastos asociados a los programas sociales y obras vitales para el desarrollo del país, coadyuvan a disminuir el déficit fiscal, e inciden en una mejora de los equilibrios macroeconómicos”.
En este sentido, expresó que el cumplimiento de esa meta se basa en cuatro elementos fundamentales.
El primero relacionado con la educación tributaria a los contribuyentes y la ciudadanía en general, “para fomentar una real cultura tributaria apoyándonos en la estrategia de comunicación implementada por la oficina y que se diseña con otros organismos”, comentó.
Asimismo, subrayó, se debe tener en cuenta la ampliación del alcance de la transformación digital a los principales procesos tributarios y de apoyo de la oficina. Esto también impacta en los servicios y trámites que realizan los contribuyentes.
Otro elemento destacado por la jefa de la ONAT en la Mesa Redonda es el trabajo conjunto con las universidades. Esta conjunción permite abordar desde la ciencia las principales problemáticas del trabajo que requiere un enfoque innovador y creativo
Igualmente señaló la necesidad de un perfeccionamiento del sistema de trabajo con las administraciones locales en cada territorio y con el resto de los organismos que tienen los registros constitutivos y otros que intervienen en nuestros procesos.
Más adelante reafirmó que la campaña de declaración y pago de tributos es uno de los principales procesos de trabajo y dentro de ella la del impuesto sobre ingresos personales.
“En el proceso anterior correspondiente al 2022 y en el cual se liquidó el ejercicio fiscal 2021, los resultados no fueron favorables en la presentación de la declaración jurada en el término voluntario para las personas naturales (los trabajadores por cuenta propia, artistas, comunicadores sociales, diseñadores y personal que recibe gratificaciones). Solo las provincias de Ciego de Ávila y Sancti Spíritus concluyeron al ciento por ciento”.
En el caso del sector agropecuario concluyó con resultados superiores al 98%; mientras que la presentación de la declaración jurada de impuestos sobre utilidades superó el 97%.
“La presente campaña se ha preparado potenciando el uso de las vías y servicios digitales, tiene como como indicador de disciplina superar el 90% de presentación en personas naturales y en la personas jurídicas mantener como mínimo los resultados obtenidos el pasado año”.
Ortega Barredo concluyó que la ONAT orienta sus esfuerzos al trabajo proactivo, la asistencia diferenciada por sectores de contribuyentes y la facilitación de los servicios que brinda, “en aras de fomentar la cultura tributaria y la responsabilidad ciudadana en el pago de los tributos. Unido a esto fortalece las acciones de control fiscal”.
Declaración jurada y pago de tributos para el presente año

El portal de la ONAT da acceso a todos los modelos de declaración y pago, así como a las herramientas informáticas para calcular los tributos. Foto: Ariel Cecilio Lemus
Por su parte, Sonia Fernández Ramírez, vicejefa de la ONAT, comentó sobre las características de la declaración jurada y pago de tributos para el presente año, dando a conocer el cronograma previsto para su cumplimento.

Posteriormente subrayó que en esta campaña se aspira al uso de las vías digitales para facilitar a los contribuyentes la presentación de las declaraciones juradas.
“Como en años anteriores el impuesto sobre ingresos personales, utilidades y el aporte del rendimiento de la inversión estatal se liquidan a través del modelo de declaración jurada”.
Añadió que, para esta campaña, se mantiene el mismo modelo de Declaración Jurada y la escala progresiva. “Se mantiene el mínimo exento para el impuesto sobre ingresos personales de 39 120 pesos y se permite la deducción del 100% de los gastos con justificantes del 80%”.
Igualmente, se mantiene la bonificación fiscal del descuento, que deben realizar los contribuyentes directamente en su planilla de un 5% del impuesto a pagar por ingresos personales, para los que declaren y paguen antes del 28 de febrero.
“Esta bonificación de pronto pago también la aplican los productores cañeros que declaren y paguen antes del 30 de agosto”.
¿Quiénes presentan la declaración jurada?

También aclaró que, en el caso de la declaración jurada, modelo DJ 08, la deben presentar:
- Todos los trabajadores por cuenta propia, incluidos los contribuyentes que tenían autorizados al régimen simplificado de tributación, y estos pagaran si sus ingresos son superiores a 200 000 pesos. Esta forma de tributar no afecta a ningún contribuyente, pues se declara en correspondencia con el total de los ingresos obtenidos. Aclaramos que los contratados no presenta declaración jurada.
- Tienen la responsabilidad de presentar la declaración jurada, y en ella reflejan los ingresos obtenidos en el año fiscal: artistas; creadores; personal de apoyo del sector de la cultura; los comunicadores sociales y diseñadores.
- Y las personas que laboran en sucursales extranjeras, y se les autoriza un gasto de hasta el 10%, y la deducción de mínimo exento de 39 120 pesos.
Fernández Ramírez explicó que, en el caso de los usufructuarios de tierras agrícolas estatales, los propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos, mantienen la aplicación de un tipo impositivo fijo del 2% en la declaración jurada (DJ12) para el cálculo del impuesto a pagar, extensivo a los productores cañeros.
Advirtió que, para todos los contribuyentes, se mantiene la bonificación del 3% para los que paguen utilizando los canales electrónicos.
En el caso de la declaración jurada del impuesto sobre utilidades para personas naturales deben presentarla:
- Las empresas y sociedades mercantiles obligadas al pago del impuesto sobre utilidades y del aporte por el rendimiento de la inversión estatal.
- Las cooperativas no agropecuarias.
- Las cooperativas de producción agropecuaria
- Las cooperativas de créditos y servicios.
- Las micro, pequeñas y medianas empresas que hayan concluido el periodo de exención de pago.
“Aquí alertamos que los socios de las mipymes, pagan por los dividendos que reciban, que igualmente tienen como mínimo exento 39 120 pesos”
La funcionaria también aclaró que en el caso de las unidades básicas de producción cooperativa del sector no cañero (UBPC) siempre que más del 50% de sus ingresos provengan de la comercialización de sus producciones agropecuarias o de la prestación de servicios vinculados a estas producciones, no tienen que presentar declaración jurada, con el objetivo de contribuir al mejoramiento de sus condiciones financieras, esta medida constituye un beneficio para este sector de contribuyentes.
“También se excluye por el pago de los ingresos obtenidos del cultivo de la caña de azúcar”.
En otro momento de la Mesa Redonda se informó que en el caso del aporte por el rendimiento de la inversión estatal es como mínimo del 60% del valor de la utilidad, deducido el impuesto y el monto para incrementar la reserva de pérdidas y contingencias, según el método de cálculo establecido por este ministerio.
“Mantienen el aporte como mínimo del 50% siempre que tengan precios centralizados y muestren respecto al año anterior una rentabilidad sobre ventas netas, inferior al 50%”.
La vicejefa de la ONAT señaló que, aunque el número de contribuyentes obligados al pago de este impuesto es menor en relación con las personas naturales, es en las personas jurídicas donde se concentran los aportes fundamentales al presupuesto del Estado.
Impuesto sobre el transporte terrestre y el impuesto por la posesión de embarcaciones

Deben realizar este pago los propietarios de transporte terrestre y embarcaciones sean personas jurídicas o naturales.
Estos impuestos se pagan el año que se inicia, no se trata de una liquidación del año anterior como la declaración jurada, sino del pago del año en curso, por la propiedad del bien, detalló Sonia Fernández Ramírez.
Deben realizar este pago los propietarios de transporte terrestre y embarcaciones sean personas jurídicas o naturales.
“Se mantiene el beneficio fiscal del descuento del 20% del impuesto sobre el transporte terrestre para los que pagan antes del 28 de febrero, para ambas personas naturales y jurídicas.
El descuento lo realiza el propio contribuyente en el momento que realiza el pago, por ejemplo, si se trata de una persona natural que va a pagar el impuesto sobre el transporte terrestre por Transfermóvil debe poner el importe con el descuento ya realizado. Debemos aclarar que los contribuyentes que realizan el pago por telebanca o por Transfermóvil por la opción del vector fiscal, como lo que se paga es el año en curso utilizan el vector fiscal del 2023”, comentó.
¿Dónde se pueden encontrar estos documentos?
La vicejefa de la ONAT dijo que se continúa potenciando el uso de la tecnología digital, “se actualizó la aplicación Transfermóvil y se perfeccionó nuestro portal tributario www.onat.gob.cu, el cual es mucho más funcional e interactivo, ventajas que se utilizan para implementar una campaña en correspondencia con el desarrollo de la informatización de la sociedad”.
Los modelos de declaración jurada se pueden obtener en el portal tributario en la sección Descarga/Modelos y Formularios, también se encuentran en Excel la DJ08 y DJ12 para facilitar el cálculo del impuesto, incluso contamos con la DJ Excel de Utilidades para las personas jurídicas.
“Al igual que el año anterior los modelos también pueden obtenerse en nuestras oficinas llevando una memoria flash y aquellos contribuyentes con mayores dificultades para acceder a las vías digitales podrán adquirir el modelo físico”.
También dijo que se mantienen las vías de entrega a través del buzón situado en las oficinas municipales de la ONAT y por correo certificado, al estar implementada la firma digital para los contribuyentes, por tanto, aquellos que posean firma digital, pueden hacer llegar la DJ en pdf por correo electrónico o llevarlo en una memoria flash a la oficina.
Nuevos servicios digitales en el portal tributario
El vicejefe de la ONAT, Juan Carlos Vilaseca, se refirió a la consolidación este año de los servicios digitales en el portal tributario, que funciona desde diciembre de 2020 en colaboración con las empresas del Grupo de la Informática y las Comunicaciones.
Entre los servicios más demandados por los contribuyentes se encuentra la descarga del vector fiscal, documento que permite el pago de los tributos, tanto en la ventanilla de las sucursales bancarias como por los canales electrónicos de pago.
Hasta la fecha se han descargado del portal tributario más de 200 000 vectores fiscales, puntualizó Vilaseca.
De acuerdo con el vicejefe de la ONAT, el portal ofrece el servicio de consultas de pago –posibilita al interesado conocer su situación fiscal– y facilita múltiples descargas de documentos, como los modelos utilizados en la campaña y tutoriales para acceder a estos servicios, a los pagos por canales electrónicos, entre otros.
También se brindan consultas especializadas, unas 8 000 anualmente.
El vicejefe de la ONAT subrayó que este año se incorpora la posibilidad de presentar la declaración jurada de ingresos personales mediante el portal.
“El contribuyente que posea firma digital podrá descargar el modelo en Excel, llenarlo digitalmente, firmarlo y subirlo al portal”, explicó.
Sobre la firma digital, Vilaseca detalló que desde el 2021 la ONAT brinda este servicio a los contribuyentes. Hasta la fecha han adquirido su certificado 871 contribuyentes.
Con la firma digital, agregó, las personas jurídicas también pueden presentar su declaración jurada de utilidades, enviándola por correo electrónico a la oficina de la ONAT que le corresponde.
Vilaseca anunció que próximamente también se podrá presentar y recibir de forma digital certificaciones fiscales a través del portal, documento muy demandado por los contribuyentes, fundamentalmente, para concertar contratos de trabajo, para trámites de la seguridad social y en embajadas.
En 2022 se solicitaron más de 57 000 certificaciones fiscales.
El vicejefe de la ONAT argumentó que la entrega por vía digital de este documento llega gracias a que 1 800 funcionarios de la administración tributaria cuentan ya con firma digital.
“Este servicio ha permitido también desarrollar todo un proceso de actualización del trabajo por cuenta propia, con más de 358 000 proyectos inscritos, y cerca de 5 000 mipymes y cooperativas no agropecuarias, sin que los contribuyentes tengan que acudir a nuestras oficinas, ya que se le facilita toda la documentación digital y firmada a través de plataformas electrónicas”, destacó.
Otra facilidad que se mantiene son los pagos de tributos por los canales electrónicos, con el descuento del 3%.
- Al cierre del 2021, el 45% de los pagos recibidos de personas jurídicas se realizó por estos canales, y solo un 28% en el caso de las personas naturales.
- Al cierre del 2022, su uso por personas jurídicas aumentó a 62% y en personas naturales a 43%.
El 53% del importe de la recaudación se mueve hoy por los canales electrónicos de pago, resumió el directivo.
Vilaseca comentó que recientemente se amplió la posibilidad de pagar el impuesto sobre documentos (sello del timbre) por canales electrónicos para trámites de los ministerios de Justicia y del Interior.
Abundó que continuarán trabajando para incorporar otros organismos que tienen trámites gravados con este impuesto.
Pese a las nuevas posibilidades, el vicejefe de la ONAT dijo estar insatisfecho, debido a la necesidad de continuar perfeccionando estos mecanismos de manera que se logre su estabilidad con el objetivo de que “más contribuyentes se incorporen como usuarios del portal, como seguidores de nuestros perfiles en las redes sociales, con su firma digital y haciendo uso de los canales electrónicos de pago”.
“Seguiremos por el camino del desarrollo de los servicios digitales para los contribuyentes, consolidando los que ya están y creando nuevos que permitan facilitar los trámites, entre ellos, los de presentación de la Declaración Jurada y el pago de impuestos”.
Por una mayor disciplina tributaria
Belkis Pino Hernández, vicejefa primera de la ONAT, reafirmó que “el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias es un ganar-ganar para ambas partes”, tanto para la Administración Tributaria como para los contribuyentes.
No obstante, dijo, ante la subdeclaración de ingresos y la evasión fiscal, la ONAT realiza acciones de control e impone las sanciones en correspondencia con lo dispuesto en la ley.
Con respecto a los resultados de la pasada campaña de declaración jurada, Pino Hernández señaló que los mayores incumplimientos se centraron en los trabajadores por cuenta propia y dijo que más de 9 000 no presentaron su declaración
A estos contribuyentes, además de imponerle una multa, se les exige que presenten la declaración jurada y paguen.
La directiva comentó que para este 2023 la ONAT se propuso un grupo de medidas dirigidas a la prevención y el enfrentamiento a las indisciplinas, incumplimientos tributarios y conductas evasoras:
- Incorporar de forma permanente a las oficinas municipales y provinciales a los grupos de enfrentamiento de cada territorio y participar activamente en los operativos y acciones de control que organicen los Gobiernos para enfrentar las conductas ilegales en la comercialización de productos o servicios a la población.
- Elevar el rigor en la aplicación de sanciones accesorias no pecuniarias, cuando tipifican conductas más gravosas, en las que se evidencia intencionalidad de no pago de los tributos, tales como: cierre temporal o definitivo de establecimientos comerciales, retirada temporal o definitiva de la licencia o autorización para desarrollar las actividades, previa comunicación al órgano de relación correspondiente, embargo y comiso de bienes, entre otras.
- Presentar las propuestas a la instancia correspondiente de la pérdida del derecho para obtener beneficios e incentivos fiscales. Por ejemplo, cuando se detecte el ejercicio sin licencia de un trabajo, una vez que se legalice, proponer la pérdida del beneficio de exoneración del pago de los primeros tres meses.
- Implementación de una matriz básica de riesgos fiscales para la selección de contribuyentes a controlar.
- En auditorías fiscales, fiscalizaciones y otras acciones de control, inspeccionar la contratación de la fuerza de trabajo y los impuestos asociados a este tributo, teniendo en cuenta la práctica de evadir el impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo, lo cual limita además las garantías del trabajador y los derechos laborales.
- Controlar con mayor rigor el cumplimiento de las obligaciones tributarias de las formas de gestión no estatal ubicadas en zonas de concentración.
- Avanzar de conjunto con el Banco Central de Cuba en la bancarización obligatoria de los flujos monetarios vinculados a los ingresos y ventas de las formas de gestión no estatal.
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Sería necesario hablar claramente sobre los procesos legales y jurídicos contra aquellos contribuyentes que violan reiteradamente los tributos a pagar, q como se conoce son en su mayoría las formas de gestión no estatal ,quienes en muchas ocasiones obtienen sus desmesuradas ganancias a costa de los altos precios al pueblo.En resumen:
¿Ante qué situaciones se llevan ante los tribunales a los contribiyentes que violan sus deberes tributarios?
¿Cuál es el rango de las sanciones penales posibles a imponer por los tribunales?
¿Cuántos casos legales relacionados con este tema han ocurrido este año?
Y como sugerencia a la ONAT:
Profundizar la rigurosidad en el control y en las sanciones a los violadores del pago de tributos.Sin contemplaciones paternalistas.Es el dinero q la sociedad necesita.Es el dinero q en muchas ocasiones con altos e injustificados precios.
Saludos.
Buenas
Deben revisar el sistema de ingreso al portal web. Las contraseñas vencen muy rápido y no deja hacerse una nueva. La vía que conozco es entonces en el canal de Telegram solicitar que borren el usuario y volver a hacerse lo cual no es funcional sobre todo porque el canal de telegram últimamente siempre está cerrado para escribir.
Amaya: Gracias por escribirnos, el tiempo de duración de las contraseñas es el establecido por las normas de seguridad informática, pero cuando ésta vence hay un procedimiento para restablecerla, para lo cual elaboramos un tutorial con imágenes que le facilita paso a paso realizar el proceso y que se encuentra en Descargas en el Portal Tributario. Los casos en los que hay que eliminar el registro, es porque no declararon correo electrónico en el registro, que se necesita para que llegue la notificación para la actualización de la contraseña. Puede también acceder por el correo consultas@onat.gob.cu
Gracias Orlando por su comentario sobre un tema tan medular como la evasión fiscal y las medidas de enfrentamiento. Primeramente decirle de la importancia para la ONAT del trabajo proactivo, para lograr fomentar la cultura tributaria y la responsabilidad individual en el pago de las obligaciones tributarias, tal y como se explicó en la Mesa Redonda. Pero también otra función de la Administración tributaria, es el enfrentamiento a la evasión y el control fiscal. Sobre este tema tenemos un programa de enfrentamiento a los incumplimientos, que va desde la imposición de multas a los incumplidores, con la exigencia del pago o la presentación de la declaración Jurada, y haciendo uso de sus facultades la ONAT puede aplicar medidas accesorias como el cierre de establecimiento, el retiro permanente o temporal de la licencia para realizar la actividad,la pérdida de beneficios fiscales, entre otras establecidas en Ley. También la ONAT está inmersa en el enfrentamiento a las conductas evasoras a partir de los altos precios considerando que los contribuyentes aportan teniendo como base los ingresos reales. Agotada la vía administrativa, se procede a presentar las denuncias correspondientes por el delito de evasión fiscal. Las sanciones que pueden imponer los Tribunales pueden consultarse en la Ley 151 del 2022 Código Penal. Ciertamente el cumplimiento de las obligaciones fiscales en las cantidades y plazos establecidos es una responsabilidad de todos.
Onat, pero que hacemos los q le compramos a los importados q no dan factura? Soy taxista de un carro estatal pero arrendatario, si voy a coger un ponche, si voy a hacer algún trabajo, si compró gomas y baterías nadie me da comprobante. Si lo pido me dicen, no vengas más, pero así el fregada del auto, mis Almuerzo y comida y muchos servicios más. No tengo forma de justificar mis gastos. Entonces estoy en una pelea entre leones
Además compró las piezas en el exterior y tampoco la persona que al final me compra pero me ayuda tampoco me da factura, y es el USD
Buenas tardes, eso de obligarme a cambiar la contraseña con tanta frecuencia sólo me ha sucedido con el portal tributario y para colmo no me deja, por ejemplo, repetir una de las primeras que utilicé y eso lo hace ser bien molesto, tengo varias cuentas de correo y en Google y aún no me han obligado a cambiar contraseña alguna.
Por qué las empresas del GAE que son muchas y abarcan actividades en todos los territorios del país NO paga el 1% de la contribución para el desarrollo territorial de los municipios? No creen que deberían hacerlo?
Sólo decir. Viva la burocracia. Estoy viendo el programa de TV, lo que dicen del portal electrónico es falso, te metes y te dice que no está disponible. No quedamos en que hay escasez de papel. Viva la burocracia
Exactamente. No funciona regularmente. Además, se solicita el vector fiscal vía e-mail y no responden, como en años anteriores. Veo retroceso.
Patry gracias por comentar. Las facilidades que brinda el Portal Tributario le permite descargar el vector fiscal cada vez que lo necesite.
Sergio yo siempre utilizo este portal de la ONAT y sólo en una ocasión me dió problemas, tiene que crear su usuario y contraseña
Sergio, gracias por su comentario. El Portal Tributario http://www.onat.gob.cu presta servicios desde el 2020, único de su tipo, utiliza nuestras bases de datos centralizada para emitir reportes que los contribuyentes necesitan, si en algún momento hay una interrupción eléctrica en nuestra sede, el Portal funciona pero los servicios no estarían disponibles, esto sucede en pocas ocasiones, y por cortos periodos de tiempo, por lo que generalmente está disponible y prestando servicios. Tenemos interacción diaria con los contribuyentes que agradecen las facilidades que brinda el Portal, creado pensando en la población, para facilitar servicios y tramites. Seguimos perfeccionando el Portal, agregando nuevos servicios como el de la DJ este año, para los que tienen firma digital y para lograr el respaldo técnico que no afecte su funcionamiento.
Hola, tengo una pregunta para funcionarios de la onat: mi código y actividad es 871 - Artística (Cualquier manifestación), en años anteriores el porcentaje de gasto máximo a deducir es de 50% sin presentar pruebas, mi pregunta es: ¿se mantiene para el año fiscal 2022?. Gracias
Buenos días, una pregunta ¿en que momento los socios de las MiPYMES se deducen el pago de la seguridad social para liquidar el impuesto sobre ingresos personales?
AFN buenos días, usted se puede descontar el 100% de gastos en su declaración jurada siempre que tenga la justificación documental del 80%, este cambio se estableció en el Decreto Ley 21 del 2020. También en este decreto se estableció como mínimo exento anual 39 120.00CUP.
Más simple, ni pensarlo. De esto han hecho hasta tutoriales y preguntas y respuestas, forums, etc..... Esta es la respuesta que lleva
Mi duda es, la compañera en el canal educativo dice que hay que especificar las bonificaciones del 3% por el canal electrónico, lo descuento de los tributos o refiero lo que debía pagar o el real pagado sin esa bonificaciones de todos los tributos pagados por esa vía de pago.
Debe realizar el pago sin descontar el descuento q luego le realiza "el canal electronico" ya q cuando paga por esta vía, siempre le descuenta ese %.
Supongamos q debe pagar 100 pesos. Al realizar el pago por estos canales, pues usted dice q va a pagar 100 pesos, aunque solo se le descuenten 97.
Sldos
Lui, gracias por seguirnos. En el llenado de la Declaración Jurada, cuando los pagos se realizan por canales electrónicos, en la sección F , se plasma lo real pagado, o sea si tenía que pagar 100.00 CUP y pagó 97.00 con el descuento en la sección F, casilla 37 pone los 97.00CUP respetando el principio de transparencia de la contabilidad, y en la Sección B Fila 19 Bonificaciones según aprobación del MFP se descuenta el 3% o sea los 3 .00CUP y las bonificaciones de las cuotas se plasmaran en la Sección C Fila 25 bonificaciones autorizadas. En nuestro Portal puede encontrar información al respecto.
Buenas noches.Soy agente de Telecomucaciones .Comentaré el programa que trasmitió ,el canal educativo .. Este año 2023 somos del Sistema General .Casi todos mis colegas tenemos muchas dudas .Nos gustaria que alguien de la Onat nos ponga algún ejemplo de cómo tributaria un agente del sistema general en enero de 2024 .Otra pregunta .Se considera gastos el dinero Pagamos ala Etecsa por los saldos y compra de tarjetas. Muchas gracias.
Saludos. Soy Agente igual que usted y tengo entendido que el dinero que utilizamos para comprar en Etecsa se considera inversión.
Yo también soy agente y coincido con el compañero Jesús, tenemos muchas dudas y sobre todo la forma de pagar los tributos en este año y como llenar la declaración jurada.
Jesús Nicolás, gracias por escribirnos. Los agentes de Telecomunicaciones a partir de enero del 2023 tributan por el régimen General. A diferencia del resto de los TCP, aportan sus tributos por la participación que reciben de ETECSA y tributan sobre esos ingresos.Pagarán mensualmente la cuota porcentual del 5% de la citada participación o ganancia como adelanto del Impuesto sobre Ingresos personales y el 10% como impuesto sobre Ventas y Servicios. O sea, aportarán en total cada mes un 15%. Lo que invierte para comprar las tarjetas no se clasifica como gasto deducible. Al terminar el año 2023, presenta la declaración jurada, descontándose el mínimo exento de 39 120.00 y los gastos deducibles. También haremos como en el año anterior las coordinaciones con ETECSA para brindar asesoría a este sector, así como se publicaran tutoriales sobre su forma de tributación.
Buenas tardes
Ustedes dicen 39120. 00 exentos, yo me digo exentos a que se le pueda cobrar más impuestos. Ya ese saldo ya fue gravado. Deben de revisar el país, ministerio de comunicación y la onat la actividad de agentes de telecomunicaciones.
Es la única que tiene una ganancia neta de menos del 8%. Y no son trabajadores de Etecsa y la entidad emite límites a los agentes de la venta de servicios.
Todo muy arbitrario.
¿ Por qué si es la única actividad que cumple con el precio que impone el ministerio de finanzas y precios no se le grava sus ingresos de forma diferente?
Buenas noches. Mi duda sobre lo dicho que no queda claro aun. Los trabajadores que reciben bonificaciones, cual es el factor de conversion a CUP? Salu2
PARA ONAT??Exacto tengo duda tambien impuesto 2022 y en lo adelante...
.si se recibe parte de gratificaciones( personal en sucursal extranjera ) en mlc? Cual es la tasa de cambio vigente 2022 para llevar a cup?? Estoy en 24 x cada mlc?? Por favor agradezco respuesta antes de proceder a calcular mi impuesto y asi evitar errores.. saludos Onat y Cubadebate
Santiagodelawtonn gracias por comentar. Teniendo en cuenta que el personal que recibe gratificaciones es un sector muy especifico, se revisaron todos los planteamientos que hemos recibido y la respuesta con la explicación de cada tema fue enviada a todas las entidades empleadoras, le sugerimos contactar con la entidad con la que tiene aprobado su contrato.
Santiago, permítame intervenir. Al parecer la Oficina de la ONAT no comprendió correctamente la pregunta. Las empleadoras no participan en el proceso de pagos por gratificaciones. Esto ocurre directamente entre la dirección de la empresa extranjera con sus empleados por mediación simplemente del banco para efectuar los depósitos de mlc en las tarjetas. Esta es una duda que debe responder directamente la ONAT, no las empleadoras.
Considero que la ONAT debe revisar minuciosamente la tasa de cambio y la escala progresiva a aplicar porque si no se usa la tasa de 24 estarían cobrando poco menos de la mitad de las bonificaciones recibidas por los trabajadores.
Ariel, por supuesto que la ONAT debería cobrar menos de la mitad de los ingresos que, por concepto de gratificaciones, reciben los trabajadores de sucursales extranjeras. Dése cuenta que en Cuba todo el MLC que se le paga a esos trabajadores, se destina a comprar comida y aseo personal, porque no alcanza para más. Entonces están gravando lo que el trabajador utiliza para comprar la comida y el aseo. No es el concepto de ingreso que usualmente se utiliza en tema de pago de impuestos. Que se tenga que pagar a 1x120 es más que un exceso en el cobro de impuestos. Por otro lado cuando el extranjero paga a las agencias empleadoras y al trabajador le depositan el salario en MN, ese cambio es a 1x24, entonces me parece que se está siendo injusto en el pago de impuestos por el concepto de gratificaciones.
Dos dudas:
1-Si un socio de la mipyme está contratado como trabajador de su propia mypime y por tanto cobra un salario por esto, hay que sumarle estos ingresos a los dividendos para el cálculo del aporte sobre los ingresos personales a presentar en su declaración jurada, o nada más que se tiene en cuenta para el cálculo los ingresos personales sólo a partir de los dividendos cobrados.
2-Y si un socio de la mipyme durante el año 2022 no cobró dividendos y lo va a hacer durante el transcurso del año 2023 a partir de las utilidades obtenidas del año 2022, si lo hace antes de mayo (mes límite para su pago) ¿tiene que confeccionar la DJ con estos ingresos o se pueden dejar para el otro año? y si lo hace después de mayo ¿entonces se declaran en la DJ del año 2024?
Estimado YO, gracias por su comentario sobre el caso que plantea, los conceptos se manejan de manera individual, salario como retribución por ser trabajador de la MIPYME y aporte es mediante retención del por ciento correspondiente salario devengado; los dividendos por su condición de socio, el cual se aporta al cierre del ejercicio fiscal, aplicando la escala correspondiente según la norma legal vigente.
En el caso de los Dividendos, su pago se realiza al cierre del ejercicio descontándose el mínimo exento autorizado y teniendo como fecha limite el 31 de marzo. Para ello le recomendamos utilizar el modelo de cálculo publicado en nuestro portal http://www.onat.gob.cu.
La distribución de utilidades obtenidas se realiza en proporción a la participación que corresponda a cada socio o a partes iguales siempre que esta sea positiva, de lo contrario deberán devolver a la MIPYME lo que haya recibido por este concepto durante el desarrollo del ejercicio fiscal.
Para el cálculo y aporte del Impuesto sobre Utilidades se utilizará el modelo de declaración jurada correspondientes publicada en el mismo sitio web.
En la realidad en Tributo lo pagamos el Pueblo que nos vemos obligados a solicitar los servicios de las MIPYME. LAS COOPERATIVAS O LOS TCP, por cuanto si un trabajo te cuesta $ 2000.00 cup, ellos te cobran $ 2200.00 por que es el valor del impuesto, por tanto el dinero siempre les va a quedar libre y solo ellos obtienen el beneficio y eso es sin incluir que en mayoria burlan el fisco. Nada que el Estado requiere de estudiar nuevas formulas o estartegias para que eso no siga pasando
Seguro que por esta vía no van a recibir respuestas a sus dudas
Los comentarios a las publicaciones de cubadebate sólo las hacemos y las leemos los ciudadanos
Los funcionarios y personal que puede dar una respuesta a algún tema de su incumbencia. Esos nunca o casi nunca comentan nada
En la MR especificaron que si lo harían...
Rodolfo, es nuestra responsabilidad dar respuesta a cada duda o comentario, no solo en este forodebate , también en los canales que tenemos establecidos, como el correo consultas@onat.gob.cu, las paginas de redes sociales, las líneas telefónicas y en las oficinas municipales de forma presencial se lo desea.
Soy trabajador del estado, los que siempre perdemos, no entiendo impuestos sobre utilidades,s supone que cuando tienes las utilidades es después que pagaste todo,las mipyme viven de los trabajadores del estado, cobran precios súper elevados por cualquier trabajo y la empresa del estado lo paga,porque no le duele,esto se presta para muchas cosas
Porque si existe una nueva escala salarial con nuevos precios aún la escala progresiva sigue igual eso es desalentador porque debería haber variado como la misma forma lo hicieron los precios ya que todo es más caro y no sé corresponde la escala progresiva con la realidad actual
Estimado fss: buenas tardes. Tenemos a bien comunicarle que se trabaja en la actualización de la Ley 113 del Sistema Tributario y uno de los elementos que se estudia en función de su perfección es precisamente este tema. Con la aplicación de la tasa del mercado cambiario de 1 USD por 120 CUP, se reconoce en el registro de las operaciones y del pago de los tributos (ingresos y gastos),la tasa oficial del mercado cambiario establecida por el Banco Central de Cuba cuando se destine al financiamiento para la adquisición de bienes y servicios en función del desarrollo de la actividad que realiza por lo que hay un equilibrio entre ingresos y gastos que se traslada al tránsito de la escala progresiva que no sería de afectación en su liquidación. El reconocimiento de esa tasa es tanto para los ingresos como para los gastos. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios.
Confisquenle los negocios privados a los morosos
Soy Agente de telecomunicaciones, presenté al portal tributario, dudas que aún no tengo toda la claridad:
_ Porqué tengo que tener una cuenta bancaria de 3000 pesos si estás ganancias no se obtienen en un mes.
_Por qué siendo jubilado tengo que pagar 2 impuestos.
_Etecsa nos da ganancias del 10 por ciento y en total pagamos a la Onat un 15. Ahora en el régimen general no podemos descontar los 3260.
Todos los agentes no disponen de los recursos para el uso de las nuevas tecnologías.
Miguel Angel, gracias por escribirnos, los agentes aportan sus tributos por la participación que reciben de ETECSA y tributan sobre esos ingresos y no sobre los ingresos totales generados por el negocio.Todos los agentes pagarán mensualmente como cuota el 5% de esta participación como adelanto del Impuesto sobre Ingresos personales y el 10% como impuesto sobre Ventas y Servicios. O sea, aportarán en total cada mes un 15%. Un ejemplo, para un ingreso mensual de 10 mil CUP anteriormente aportaba 1 348.00CUP y a partir del 2023 , por este mismo ingreso aportaría 1 500.00CUP, o sea 500.00 de cuota, que es un adelanto al pago anual de la DJ y de 10% sería 1 000.00CUP. El incremento en el pago es de 152.00CUP. Al igual que en otros años haremos seminarios de conjunto con ETECSA y ya están los tutoriales para explicar su forma de tributación.
Con el debido respeto eso que comenta del incremento es falso, porque al final del año cuando toque hacer la declaración jurada viene el paletazo bueno.
Denis, al final de año usted hace su declaración anual de ingresos personales, que son los recibidos por ETECSA, de sus ingresos en caso de poseer gastos del ejercicio de su actividad se los puede deducir, cumpliendo los requisitos establecido para ello, además se descuenta un mínimo exento anual de 32 120.00 CUP, y los tributos pagados donde se incluye como deducible el 10% pagado por Imp. sobre ventas y servicios, esto se lleva a la escala progresiva y a lo que le da a pagar le descuenta lo que pagó por cuota mensual o sea el 5% del impuesto sobre ingresos personales. Por tanto la liquidación a final de año `puede o no darle a pagar. Le sugerimos descargar un DJ 08 de http://www.onat.gob.cu y hacer un ejercicio con sus ingresos reales planificados.
El régimen simplificado era ideal para los agentes de telecomunicaciones, 39120.00 eran realmente exentos de de gravamen. Ahora no es así.
Otras actividades con libertad para poner sus precios y variarlos tiene más ganancias cuando realizan la declaración jurada por ingresos personales.
Todo en Papel muy bonito, en la práctica el burocratismo se hace sentir, las preguntas por correo electrónico muchas no son respondidas mucho menos resueltas, demora en la entrega de documentos y otros, nada es un desastre y como resultado las colas innecesarias y maltratos a la población. Soluciones qué debería ser inmediatas gracias.
Nelson Rodríguez, gracias por comentar, como se ha dicho por las diferentes vías la ONAT está en un proceso acelerado de simplificación de sus procesos internos y de implementación de trámites y servicios digitales con los contribuyentes, en este momentos usted puede acceder a los servicios que tenemos en el Portal tributario, y el perfeccionamiento de los servicios internos posibilitará ofrecer trámites de forma expedita. El correo consultas es una de las vías que más se utiliza por la población, y es nuestra responsabilidad dar respuesta en los términos establecidos. En el caso de las oficinas municipales nuestra estrategia es evitar la afluencia a las oficinas, por eso puede obtener el vector fiscal por vía digital desde el Portal o por correo electrónico, Además todos las solicitudes de trámites se pueden hacer por vía digital si usted es contribuyente con firma digital. Facilitar los trámites y servicios es una premisa para el trabajo de la ONAT, poniendo al contribuyente como centro de nuestro trabajo. En caso de tener alguna consulta pendiente de respuesta le sugerimos contactarnos por el correo consultas@onat.gob.cu y revisaremos.
Me parece que esta fuerte el tema de los Agentes de Telecomunicaciones.
Pagamos a ETECSA el 90% de la venta, es de ir, sólo tenemos el 10% de la venta, com un pago por adelantado. Pagamos Seguridad Social y ahora un 15% más una cuenta en el banco de 3000 cup!
Gané en enero 3000 cup, tengo que pagar 450 cup de impuesto, poner 3000 en el banco y pagar la Seguridad Social, sin contar la inversión que tuve que hacer para las tarjetas, los gastos de transporte para ir a comprarlas. Uff, qué fuerte! Es demasiado.
Otros TCP rienen ganancias muy por encima de sus inversiones. Nosotros por cada tarjeta que vendemos sólo ganamos 12 cup y con la competencia que tenemos con el Transfermóvil, las ganancias cada vez son menores.
De dónde saco los 3000 cup esos?
Vale la pena tanto esfuerzo en medio de esta inflación con ese régimen tan severo que no se adapta a nuestras ganancias? En muchas ocasiones se irán por debajo del salario mínimo para Cuba.
Isabel, gracias por su comentario en este sentido le pedimos que se remita a respuestas asociadas al tema dadas anteriormente.
Isabel usted ha hablado claro, cómo siempre las repuestas se quedan en el cenicero. Gracias por su mensaje que es el sentir de muchos Agentes de Telecomunicaciones.
Como saben que la CCS no recibe más ingresos por otras actividades que por las de su objeto social, si negocean productos de alta demanda a la población que ni comercio lo puede adquirir o lo hace a través de una CCS, a veces venden yogurt de soya(40cup el litro) que ni lácteo le da a los niños, venden azucar, sal. Sirope, tubos les, Y chaspitean carros que ni empresas que se dedican lo pueden hacer por falta de recurso..
Saludos, para las personas que laboran en sucursales extranjeras, que cobran en MLC, cual sería la tasa de cambio para el pago del impuesto en moneda nacional, 24 o 120?? A cuales meses del año 2022 se le aplicará una u otra tasa?? Gracias.
Usted no cobra en MLC, usted puede recibir gratificaciones en MLC.
Usted cobra en CUP, el cual "sale" del pago en MLC/USD/EUR que paga la empresa extranjera a su empleadora la cual convierte a 1x24, sacando su ganancia (la de la empleadora), para realizarle su pago en CUP, el cual va al pago futuro de su jubilación.
Así q se asume que las tasas de cambio sean iguales, para calcular su salario y para calcular el impuesto por gratificación, es lo lógico y lo justo.
Sldos
Muchas Gracias
Buenos días Silvio, UD hace una lógica deducción respecto a lo que debe ser, si recibo una gratificación calculada a 1 X 24, es lógico pagar el impuesto de la misma manera.
Ahora bien, UD es un administrativo de la ONAT o un lector más sacando conclusiones lógicas?.
Disculpe la pregunta, pero es importante saber su respuesta.
Es como dice Silvio es 1MLC=24 CUP , el razonamiento realizado es lo que valida la conversión.
La 2da, una ciudadano común sacando conclusiones lógicas...
Buenos Días Silvio, Desafortunadamente la ONAT no comparte sus conclusiones lógicas. El salario nos lo pagan a razón de 1x 24 y las gratificaciones las tenemos que pagar a 1x120.
Ivancito te dije a 24
Yuri gracias por comentar. Teniendo en cuenta que el personal que recibe gratificaciones es un sector muy específico, se revisaron todos los planteamientos que hemos recibido y la respuesta con la explicación de cada tema fue enviada a todas las entidades empleadoras, le sugerimos contactar con la entidad con la que tiene aprobado su contrato.
Podrían decir q les impide socializar esa información?
Cual es el secretismo?
Gracias por responder ONAT Oficina Central y tratar de aclarar todas las dudas. Luego de leer su respuesta, fue contactada la empleadora a la que pertenecemos y responde que no sabe nada sobre las gratificaciones y pago de impuestos, igualmente se contactó a la ONAT y responden que no tienen respuesta todavía a esta consulta realizada hace varios días atrás telefónicamente.
Buenas noches, me parece fenomenal esta oportunidad para el debate y se agradece, lo que no es justo que mantengan en secretismo una respuesta que necesitamos saber todos los implicados en el impuesto sobre ingresos en MlC. Parece un peloteo el tema, dado que la onat te remite a la empleadora y esta última dice que no sabe nada en fin quien tiene la verdad?. Sea cual sea necesitamos saberla y pronto para poder hacer el pago según corresponda. Saludos
Quiero felicitar por su trabajo y por estar estar a disposicion de la politica de recaudación, pienso que deberia poderse enviar digital ademas la dj de las mipyme de los socios y la de utilidades.
Lázaro, gracias por comentar, es posible que las Mipymes y todas las entidades envíen su Declaración Jurada por vía digital, para ellos solo deben contar con Firma Digital, solicitada a las entidades certificadoras. Para el caso de las Pymes que surgieron en ambiente tecnológico debía ser una generalidad. La firma digital para personas jurídicas tiene como principales beneficios radica en que podrás realizar trámites sin tener que recorrer grandes distancias, así mismo podrás legalizar tus trámites de formar segura y rápida, a la vez que ahorras tiempo y aceleras procesos.
?Existe algún Link, enlace o sitio donde se pueda descargar desde el móvil o la PC?
Que necesita descargar?
La Dj para llenarla digitalmente en Excel como he hecho todos los años, lo que siempre la he tenido que copiar en la ONAT desde una memoria
Rodo, puede acceder a http://www.onat.gob.cu y en la sección Descargas está la DJ en Excel para este año.
Buenos días, yo tengo dudas en como declarar los gastos en la Declaración Jurada de este año, en mi actividad, Mecanógrafo, se hace casi imposible poder justificar los gastos. Entonces, ¿qué se hace en estos casos?
RamonPG, gracias por su comentario, al respecto le respondemos que:
- Todos los gastos tienen que estar registrados, los que tiene justificación documental y los que no.
- Los % de gastos están asociados al total de los gastos registrados contablemente, no al ingreso.
- Hay un 20% que se considera sin justificación, considerando los problemas de facturación que hay en el país.
- Nunca se pueden descontar gastos superiores a los que se encuentran registrados, o sea el máximo a descontar es el 100%.
- Si usted tiene justificación documental de más del 80% y hasta el 100% se descuenta el 100%.
- Si no incurre en gastos, lógicamente no los tiene registrados, por lo tanto, no se descuenta ningún gasto.
- Si los tiene registrados, y no tiene justificación documental alguna, se descuenta el 20% de los gastos registrados.
- Si posee justificación documental del 23% de los gastos registrados, además calcula el 20% de los gastos registrados y se descuenta el 43%. Esto es un ejemplo.
PARA ONAT?? tengo duda tambien impuesto 2022 y en lo adelante...
.si se recibe parte de gratificaciones( personal en sucursal extranjera ) en mlc? Cual es la tasa de cambio vigente 2022 para llevar a cup?? Estoy en 24 x cada mlc?? Por favor agradezco respuesta antes de proceder a calcular mi impuesto y asi evitar errores.. saludos Onat y Cubadebate
Santiago, gracias por comentar, sobre las dudas del personal que recibe gratificaciones se analizaron los planteamientos recibidos y se notificó la respuesta de cada tema por la misma vía que recibimos sus consultas, notificándose a los representantes de las entidades empleadoras, que ya tienen la respuestas a todas sus dudas.
Buenas noches, repito mi empleadora dice no saber nada al respecto por favor hacer publica la información
Saludos
Dos sobre vector fical:
1- Yo soy artista de la ACAA y tengo registro del creador; tengo un trabajador contratado y entonces por el tributo 0610322 yo pago el 5% del salario que le pago a mi trabajador y por el triibuto 0510522 mi trabajador paga el 5% del salario que recibe.
Porque hay que pagar un mismo tributo aunque tengan identificadores distintos dos veces?. Entonces si yo pago 100 pesos debo pagar 5 pesos por el salario que pago y el que lo recibe debe pagar 5 pesos por los 100 pesos de salario.
2- Por qué subió la constribución a la seguridad social, tributo 0820132 de 262.50cup trimestralmente a 1200????
Gracias
Por favor, es necesario que especifiquen la tasa de cambio a aplicar para las personas que laboran en sucursales extranjeras.
Danay gracias por comentar. Teniendo en cuenta que el personal que recibe gratificaciones es un sector muy específico, se revisaron todos los planteamientos que hemos recibido y la respuesta con la explicación de cada tema fue enviada a todas las entidades empleadoras, le sugerimos contactar con la entidad con la que tiene aprobado su contrato.
Las empleadoras solo tienen conocimiento de que la empresa paga gratificaciones a sus trabajadores....por tanto, contactar con la empleadora no responde ninguna de las cuestiones sobre que tasa de cambio a utilizar para el pago del impuesto, ni sobre el cambio de la escala progresiva, ni sobre la fecha en que saldrá la nueva Ley tributaria....en fin será una pérdida de tiempo contactar con la empleadora. Gracias.
En la actualidad, aun se puede pagar en los cajeros automaticos?
Guillermo, si se puede pagar por los cajeros automáticos, pero sólo los tributos que tienen importe fijo, como la contribución a la seguridad social.
Mi mama es TCP, despues de dedicarle cerca de 40 años de su vida a la docencia en este pais se retirara con alrededor de 1700 pesos, por lo q vive de un pequeño negocio de llenar memorias en un pequeño pueblo de mayabeque. Anoche la ayude a llenar los documentos de la declaración jurada (le quitaron el regimen simplificado). No puedo negsr que me insulte cuando hice los calculos de lo que debia pagar en impuestos. Un 15% es enorme (sin minimo excento y sin contar inversiones). Buesque informacion y ese es el porciento que pagan las multinacionales multimillonarias en EEEUU. Sinceramente espero que revisen varias cosas al respeco: en primer lugar los montos de los retiros, me parece ilogico q se retire con menos q gente con menos trayectoria laboral pero q cogio salarios de ordenamiento y en segundo lugar q revisen los porcientos o q vuelva el regimen simplificado pq de lo contrario tendriamos impuestos practicamente impagables. Muchas gracias y disculpen la extension del comentario.
Considero que los rangos de escala progresiva para la determinación del impuesto sobre los ingresos personales necesitan ser actualizada. Sin cuestionarme como se establecieron esos rangos y los porcientos (excesivos en su progresión), mínimo, deberían multiplicarse esos valores por 5.
Entiéndase:
0 - 50,000
50,000 - 100,000
100,000 - 150,000
150,000 - 250,000
250,000
Los rangos que se establecen por la normativa actual responden a un contexto económico totalmente diferente.
La multiplicación por 5 es evidente.
Antes: 1 USD = 24 CUP
Ahora: 1 USD = 24 CUP x 5 = 120 CUP
Bajo el mismo principio, se debería revisar los 39,120 CUP mínimo exento para el impuesto sobre ingresos personales. En su lugar, sin pensarlo mucho, deberían ser 156,480 CUP.
Desgraciadamente, esto es algo que debería haberse modificado junto con la tarea ordenamiento ya q lo lógico era q los ingresos subieran.
Ya llevamos más de dos años de implementada y todavía no han modificado esto.
Lo mismo sucedió con el 10 % exento de pago, q el año pasado lo quitaron, así porq si, menos mal q este lo volvieron a poner.
Sería bueno q a la hora de implementar nuevas medidas, q pensaran un poco más en todas sus implicaciones, ya q en este caso les he puesto par de ellas q parece q no lo hacen.(lo de pensar bien todas las implicaciones)
Estimado Alexander Fernández. Buenas tardes. Sobre su comentario le referimos que actualmente se trabaja en la actualización de la Ley 113 del Sistema Tributario y uno de los objetivos en estudio, es precisamente la actualización de la escala progresiva, por lo que le agradecemos su sugerencia sobre este aspecto. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios.
El problema está siempre se demoran un mundo en modificar todos estas leyes/resoluciones.
Es q no sabían de esto cuando analizaron la tarea ordenamiento?
Señor mis felicitaciones por su comentario al parecer las mayoría de las personas no han interiorizado la gravedad de mantener la misma taza impositiva de antaños. Simplemente sería hacer desaparecer la actividad por cuenta propia sin decirlo. Apoyo su criterio y es más que lógica su deducción. Lo malo es que ya estamos obligados a pagar por la ley vigente pero mantengo la fe en que esta sea cambiada de manera justa.
La llamada declaración jurada sin que exsta el documento primario que es la
factura es una falsedad para ppder decir cual es la verdadera ganancia
Hay que establecer un sistema contable paro los paricures que ejercen trabajos por cuenta propia
Acabar de lograr mercados mayoristas que emitan las facturas legales y un sistema de vales de venta para poder controlar gastos e ingresos y poder determinar verdaderamente los impuestos a cobrar
Lo único que voy a dejar a los especialistas de la ONAT y del MFP es valorar y analizar el incremento de los valores de la escala progresiva ingresos personales en la base imponible de la DJ-08 de la hoja 3 filas de la 45 a la 49, ya que considero que es muy bajo el monto a descontar, ejemplo: de 0 a 10000, 10000 a 20000, etc, y pasado los 50000 equivale al 50% de nuestros ingresos Netos. Para mí eso debe modificar ya que hay que cambiar todo lo que debe ser cambiado, y estar acorde al momento histórico de la inflación que existe. Muchas gracias por crear este espacio para instruirnos y permitir interactuar con el pueblo contribuyente. De antemano decir que para esta campaña de DJ-08 no se puede hacer, pero para próximas se pudiera analizar y aprobar en la próxima ANPP para aplicar en el año 2024.
Estimado Yasmany. Buenas tardes. Sobre su comentario le referimos que actualmente se trabaja en la actualización de la Ley 113 del Sistema Tributario y uno de los objetivos en estudio, es precisamente la actualización de la escala progresiva, por lo que le agradecemos su sugerencia sobre este aspecto. Atentamente, Ministerio de Finanzas y Precios.
el servicio de consultas de Pago en el Portal, no funciona. El portal es bueno en contenidos y servicios, pero su eficacia es inestable
Holos, pudiera aclararnos a que se refiere, el servicio consulta de pagos del Portal tributario está disponible y no ha tenido problemas. Puede decirnos que le sucede a usted para asesorarlo correctamente.
Hola buenos días
Sería bueno que explicarán para los TCP recién iniciados cómo se realiza el pago del impuesto mensual por tranfermovil. Para adquirir un poco de cultura en este tema. Gracias
Buenos días.
Debe instalar la aplicación actualizada de Transfermovil en su teléfono, autenticarse y localizar la función referente a los pagos ONAT y procede a realizar el pago correspondiente. En caso de necesitar una mejor explicación puede consultar en el Portal ONAT, los tutoriales relacionados con este tema.
Saludos.
Jady, el pago de los tributos por transfermovil es fácil y seguro, además de que recibe in descuento del 3% del importe a pagar. Le sugerimos para asesorarse de como hacerlo, ver el tutorial para el pago por transfermovil, que está disponible en el Portal http://www.onat.gob.cu, en la sección Descargas que con figuras y paso a paso le explica como hacerlo.