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Cuba actualiza marco jurídico en materia de telecomunicaciones y tipifica incidentes de ciberseguridad

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Nuevas normas jurídicas en materia de telecomunicaciones fueron dadas a conocer en esta jornada a través de la Gaceta Oficial. Entre los instrumentos jurídicos aprobados se destacan el Decreto Ley No, 35, De las Telecomunicaciones, las Tecnologías de la Información y la Comunicación y del Uso del Espectro Radioeléctrico, y la Resolución 105, Modelo de Actuación Nacional para la Respuesta a Incidentes de Ciberseguridad.

Por primera vez "el país contará con una norma jurídica donde se asocian incidentes de ciberseguridad y tipificaciones que superan los límites de lo tecnológico", declaró Pablo Domínguez Vázquez, director de Ciberseguridad del Mincom, en conferencia de prensa

La Resolución 105, Modelo de Actuación Nacional para la respuesta a incidentes de Ciberseguridad, es la ejecución de lo establecido en el Decreto 360/2019, que tiene carácter preventivo y alcance a toda la sociedad.

“Implementa un sistema de trabajo entre las entidades especializadas en seguridad de las TIC para el cumplimiento de sus funciones en el intercambio seguro de información relativa a vulnerabilidades e incidentes de ciberseguridad. Habilita, a partir de deberes y derechos, la protección sin diferencias a los ciudadanos, la sociedad civil y las instituciones estatales y privadas de todo tipo”, dijo.

Bajo esta nueva resolución, serán tipificados hechos que hasta el momento no tenían un respaldo legal en el país en el entorno de la red de redes, como los daños éticos y sociales o los incidentes de agresión.

En la primera categoría se encuentra, por ejemplo, el eco mediático de noticias falsas, entendido como la divulgación de noticias falsas, mensajes ofensivos, difamación con impacto en el prestigio del país.

Entretanto, se comprende como difusión dañina “la difusión a través de las infraestructuras, plataformas o servicios de telecomunicaciones /TIC, de contenidos que atentan contra los preceptos constitucionales, sociales y económicos del Estado, incite a movilizaciones u otros actos que alteren el orden público; difundan mensajes que hacen apología a la violencia, accidentes de cualquier tipo que afecten la intimidad y dignidad de las personas”.

Igualmente, se reconoce el ciberterrorismo como aquellas acciones mediante el uso de las TIC cuya finalidad es subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas y de masas, las estructuras económicas y sociales del Estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o abstenerse de hacerlo. Alterar gravemente la paz pública. Desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional. Provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella.

Entre los objetivos que pretende cumplimentar esta resolución está garantizar, a través de la gestión de incidentes de ciberseguridad, la prevención, detección y respuesta oportuna ante posibles actividades enemigas, delictivas y nocivas que puedan ocurrir en el ciberespacio.

Según informó Domínguez Vázquez, para la clasificación de incidentes de ciberseguridad se tiene en cuenta tanto la tipificación del incidente, así como el nivel de peligrosidad para la organización.

“La tipificación de los incidentes de ciberseguridad se realiza con el objetivo de facilitar su caracterización, se agrupan por categorías y subcategorías; mientras que la caracterización de la peligrosidad de los incidentes de ciberseguridad se utiliza una escala de cuatro niveles”, explicó.

Al comentar sobre el alcance de esta norma, dijo que, aunque Cuba no cuenta con contrato de servicios con las plataformas de redes sociales por causa del bloqueo, sí puede registrar y notificar dichas violaciones que “van contra las propias esencias de estas”.

“Cuando se logra identificar esas personas y están en el país, sí se imponen contravenciones. Con esta nueva norma, el Estado cubano tiene registro de todos estos incidentes”.

¿Qué hacer para notificar un incidente de ciberseguridad?

  • Si la notificación proviene de una persona natural, no está obligada a emplear la tipificación establecida, aunque es muy favorable que conozca cuáles son las categorías y subcategorías contempladas, lo que ayuda culturalmente a identificar las amenazas. En el caso de las personas jurídicas, estas tienen la responsabilidad de notificar usando la tipificación con independencia de que pueda ser rectificada por la Oficina de Seguridad de Redes Informáticas (OSRI).
  • Asumir la responsabilidad de la información que se aporte, para lo que se identificará con sus datos personales y de la entidad que representa (si fuese el caso), así como tributar detalles que faciliten la gestión, incluidos en el anexo III del reglamento. La vía podrá ser cualquiera de las que se publiquen por la OSRI.
  • Se pueden comunicar con la OSRI a través de las vías siguientes:
  1. mediante su sitio web www.osri.gob.cu en el acápite Incidentes
  2. por el correo electrónico reportes@osri.gob.cu
  3. por el número único de atención a la población 18810

Se fortalece el cuerpo legal en materia de telecomunicaciones

Al decir de Wilfredo López Rodríguez, director de Regulaciones del Ministerio de Comunicaciones, el Decreto-Ley No 35 es la primera norma jurídica de rango superior aprobada en nuestro país sobre los servicios de telecomunicaciones, las TIC y el uso del espectro radioeléctrico, ya que “se le asigna una mayor jerarquía e importancia por su transversalidad en los procesos de la sociedad, lo que permite una mayor coherencia y ordenamiento del marco regulatorio existente”.

Según trascendió en la conferencia de prensa, las resoluciones que acompañan el decreto ley abordan los recursos de numeración, denominación, direccionamiento e identificación utilizados en las redes y servicios de telecomunicaciones, las bandas de frecuencias radioeléctricas, así como los reglamentos u otras regulaciones sobre diferentes tipos de redes, servicios, equipamientos y tecnologías de telecomunicaciones.

Entre las novedades de la norma resalta la definición del servicio universal de telecomunicaciones (SUT), entendido como el conjunto de servicios de telecomunicaciones, tecnologías de la información y la comunicación cuya prestación es un derecho para todos los usuarios finales con independencia de su localización geográfica, a un precio y con una calidad determinada.

El SUT comprende los servicio telefónico fijo y móvil terrestre celular, el acceso a Internet, los servicios de radiodifusión sonora y de televisión, el acceso a cabinas y estaciones telefónicas públicas, el acceso gratuito a los servicios de llamadas de emergencia y de socorro que se realicen por sus redes, así como la aplicación de condiciones preferenciales para personas con necesidades especiales.

El texto normativo ratifica que el estado preserva y garantiza progresivamente la prestación de los servicios que conforman el SUT, a través de los operadores y proveedores públicos que se ofrecen en el territorio nacional, a precios sin subsidios y con determinadas condiciones de calidad, seguridad y fiabilidad.

Igualmente, el Estado cubano es titular de los servicios públicos de telecomunicaciones y tiene la facultad de regular, ordenar, controlar y fiscalizar los diferentes servicios y redes de telecomunicaciones/TIC. Además, le corresponde otorgar el derecho a su explotación.

Entretanto, los servicios privados de telecomunicaciones solamente pueden ser brindados a terceros con la autorización del Ministerio de Comunicaciones. “Son considerados servicios privados de telecomunicaciones aquellos establecidos por cualquier persona natural o jurídica para uso propio”, aclaró López Rodríguez.

Otras de las novedades del Decreto Ley No. 35 es que pretende extender a las personas naturales y jurídicas el acceso a los servicios de difusión de la señal de televisión por cable (CATV), y maximizar la rentabilidad de las redes instaladas. “Hoy contamos con una infraestructura que no está totalmente explotada y, por tanto, en la medida de las posibilidades se irá ampliando este servicio donde las condiciones estén creadas”, apuntó el especialista.

Igualmente se aprueba habilitar a través de las infraestructuras disponibles la ampliación progresiva de las ofertas de servicios de televisión, que incluye aquellas que se realicen por suscripción por las entidades autorizadas.

La norma prevé también el impulso del desarrollo y modernización de las infraestructuras de telecomunicaciones con énfasis en la banda ancha, así como ejecutar la transición de la televisión analógica a la digital, garantizando las medidas económicas y sociales.

Se establece la titularidad del Estado sobre el espectro radioeléctrico

La Gaceta Oficial también recoge el Decreto 43, que pauta el reglamento sobre el uso del espectro radioeléctrico e implementa los acuerdos y recomendaciones aprobadas en el marco de las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, de la cual Cuba es firmante.

Durante la conferencia de prensa, el director de Regulaciones del Ministerio de Comunicaciones explicó que el espectro radioeléctrico constituye “un recurso de carácter escaso, limitado, inalienable, imprescriptible e inembargable, sobre el cual el Estado ejerce su soberanía, y no puede cederse en propiedad a personas naturales o jurídicas”.

Es por ello que se mantiene de forma centralizada la gestión del espectro radioeléctrico, que garantice un uso más eficiente y eficaz del mismo

Otros aspectos de la norma

El texto también aboga por diversificar las vías de conectividad internacional por cable submarino o satelital, para satisfacer las demandas progresivas y de seguridad que requiere los servicios nacionales.

Igualmente se reconocen los deberes y derechos tanto de los usuarios, así como operadores y proveedores de servicios públicos de telecomunicaciones.

Se han publicado 320 comentarios



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  • Palma Real dijo:

    Así debe ser tenemos que protegernos..Que somos extremos?..No al contrario ....Saludos .

  • J.C. dijo:

    El establecimiento de normas jurídicas de alto nivel para reglamentar el correcto uso del Espectro Radioeléctrico, constituye una práctica internacional que aplican todos los gobiernos a fin de garantizar su defensa y seguridad nacional.

  • aseguro dijo:

    Pedrito.....si son delincuentes, la diferencia es que estos no llevan un cuchillo en mano, son peores que los delincuentes, por favor , deje la ingenuidad ud y muchos cubanos ..

  • Loury dijo:

    Internet trae muchisimas cosas buenas pero su uso etico resulta imprescindible pues puede convertirse en un arma letal para la humanidad desde como hacer terrorismo , asesinatos, abuso infantil , manipulación de la opinión pública o motivación a guerras irracionales. Es un arma de manejo de masas ilimitada que sin ordenamiento pyede taer nefastas consecuencias para la humanidad. Es una práctica internacional que ha demostrado.su necesidad por síi misma

  • JorgeSS dijo:

    Y el tema revendedores para cuando?? Porque ahí sí hay para comer y para llevar....

  • Erneston dijo:

    Eso es un arma de doble filó. Y los que escriben del exterior lo van a buscar………

  • liborio en bicicleta dijo:

    Entonces...? Los inconformes tampoco pueden quejarse en las redes sociales? Donde entonces?

    • MAS dijo:

      Pues claro! Cada cual se puede quejar de lo que quiera, lo q no se puede es mentir, incitar el odio, crear o promover terror en los demás, mucho de lo que se ve x estos días en las redes "sociales". De eso se trata esta ley

    • vladi dijo:

      Ok quejese,queseje donde quiera ,pero ademas de facebook existe un departamento de atencion a la poblacion en todos los lugares ,perp ademas de quejarse proponga soluciones y aporte por aqui usted tambien es gobierno

  • J.C. dijo:

    Este decreto ordena de forma coherente en un solo documento, los objetivos del Estado Cubano en relación con la infraestructura y los servicios de Telecomunicaciones/TIC, y el uso del espectro radioeléctrico para la construcción de una mejor sociedad.

  • Teresa dijo:

    Estas normativas establece los derechos y deberes de los operadores, proveedores y los usuarios, lo cual posibilita un ordenamiento armónico en función de la prestación de los servicios #cubainformatiza

  • Rey dijo:

    Esas noticias falsas se divulgarán en el resto del mundo de todas formas y la imagen de Cuba se verá manchada de todas formas.
    Ojo con extremarse demasiado, sería peor el remedio que la enfermedad.
    Pregunto: ¿El resto del mundo las verá?

  • alfonso Ramos Serrano. dijo:

    Estupendo,ya era hora de tener un cuerpo legal que nos proteja de tanta agresiones y de llamado al odio y de tantas mentiras.Sugiero que razone con todas las estructuras de la sociedad cubana para evitar

  • J.C. dijo:

    Cuba como cualquier país, tiene el derecho de crear las normas jurídicas para reglamentar estos temas, y protegerse ante incidentes de Ciberseguridad.

  • J.C. dijo:

    Estas normativas establecen además los derechos y deberes de los operadores, proveedores y los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, lo cual posibilita un ordenamiento armónico en función de la prestación de los servicios.

  • Manuel dijo:

    De acuerdo 100% con la medida!!! Basta ya de andar a la defensiva con la lacra que sólo busca desestabilizar al país. Y para los detractores e hipercríticos que nunca están de acuerdo con las medidas de nuestro gobierno, les aconsejo que se lean el Acta Patriótica de USA para que vean lo "indulgentes" que son las autoridades de ese país con quienes ponen en riesgo su seguridad nacional.

  • Rey dijo:

    Veo que a cualquier medida debemos unirle el fortalecimiento ideológico del PUEBLO y que la honestidad prevalezca siempre de nuestra parte.
    La crítica no es contrarrevolución , es necesario que no se limiten las críticas internas que se puedan hacer en las redes, por supuesto,sin caer en banalidafes políticas.

  • J.C. dijo:

    Cuba condena el uso del ciberespacio con fines subversivos y desestabilizadores de las naciones.

  • J.C. dijo:

    El gobierno de los EEUU utiliza y viola las reglas del ciberespacio para perjudicar y tergiversar la realidad cubana. Cuba legisla. Cuba se defiende.

  • Rs99 dijo:

    Quisiera q el ministerio de las comunicaciones aclare sobre el uso de las VPN. No lo veo incluido explícitamente en la resolución. Me parece q el problema no es la herramienta sino el uso q se hace de ella. A mi me ha resultado útil para acceder a sitios denegados desde el exterior. Saludos.

  • J.C. dijo:

    Con el Decreto Ley No. 35 de las Telecomunicaciones, las Tecnologías de la Información y la Comunicación y del Uso del Espectro Radioeléctrico, y sus normativas, Cuba ejerce su legítimo derecho de defender el ciberespacio.

  • Adrian dijo:

    Me parece muy bien que se estén tomando medidas en el ámbito de ciber seguridad. Aunque aún creo que deben abarcar más como por ejemplo, los ManInTheMiddle que hace un tiempo nos robaban en las wifi. Y otro detalle es que las medidas no sean solamente con personas naturales, o sea, también las empresas deben ser afectadas por las leyes ejemplo mi información personal, mis email, mis llamadas y mis mensajes deberían ser privados y si en algún momento dejan de serlo las entidades correspondiente deben asumir responsabilidad legal

  • Verde dijo:

    Se les acabó el lucrativo trabajo a algunos mercenarios. Cibercuba tendrá que pagar más a sus corresponsales acá.. Jjj. Nadie se va a arriesgar a que lo procesen por 30 usd.
    Consejo para cibercuba... Peguense un tiro!!!

  • J.C. dijo:

    A través de los nuevos decretos Cuba condena el uso del ciberespacio para promover acciones de odio y desestabilización contra nuestra Patria.

  • Rey dijo:

    No hay que temerle a ADN, CUBANOS POR EL MUNDO, OTA OLA, etc.
    Lo que debemos es hacer, hacer día a día,demostrar con actos todo lo que los desmienta.
    Esto también será utilizado contra Cuba.
    Lo importante más que defender es hacer.
    Con la cultura, dejamos de hacerla, nos invadimos de SEUDOARTISTAS y mira como algunos pagaron.
    Ni la Revolución ni la Cultura se defienden, AMBAS SE HACEN

  • Rey dijo:

    Con INTELIGENCIA pero sin MIEDO

  • Licet dijo:

    Estoy de acuerdo con la ley, esto nos hacía falta, vasta ya de incitar al odio en las redes y de llamados a hechos violentos.

  • Mar dijo:

    He leído comentarios donde algunos usuarios dicen que este es el único medio para denunciar lo mal hecho, me imagino que estos mismos usuarios denuncien en la PNR a aquellos, "pobres infelices", que van por las calles vendiendo medicamentos. Solo saben criticar las decisiones que toma el gobierno para proteger al pueblo y dejan pasar delitos mayores.

  • pto_padre dijo:

    Creo que aquí hay una linea muy delgada que algunos no ven o se hacen los que no la ven

    Hablan de Libertad de Expresión, pero: ¿Realemente es su voz la que escuchamos? No lo creo!!!
    Sí "Libertad de Expresión" significa pedir una intervención militar, mentir descaradamente, incitar a que nos matemos nosotros mismos, pues no quiero esa "Libertad".

    Si no eres capaz de aceptar las consecuencias de tus actos, pues utiliza el internet para cosas sanas y búscate otra forma de ladrar, pues no muerdes.

    Creo que tenemos muchas cosas que decir, pero esa no es la forma de hacerlo, sí hay cosas en las que no estamos de acuerdo, pues hay que buscar la forma de decirlo con la mejor forma posible y en el lugar correcto.

    • Nolbe dijo:

      O sea que me estas diciendo que no puedo decir lo que pienso en las redes porque ni es el lugar adecuado ojo me refiero a noticia reales no a los chistes que se dice

    • Kiki dijo:

      De acuerdo con usted , quien pida violencia para nuestra patria , no merece que se le tenga compasión ,pero si existe el que expresa una idea distinta o el que sencillamente con mucha educación dice no estar de acuerdo con algún dirigente , o no estar de acuerdo con el sistema , y todo esto sin ofensas ni odios . Y resultaría preso o sancionado por eso ? Le parece justo que se tome medidas con una persona que no tiene sus mismas ideas y las exprese ?

  • J.C. dijo:

    Mantener conductas responsables y éticas no solo en la sociedad sino dentro del ciberespacio, debe ser una ley a seguir por todos.

  • J.C. dijo:

    El Decreto-Ley No 35 de las Telecomunicaciones, las Tecnologías de la Información y la Comunicación y del Uso del Espectro Radioeléctrico nace de la necesidad de Cuba de regular la seguridad de las redes y sistemas de información utilizados para la provisión de los servicios esenciales y de los servicios digitales, y establecer un sistema de notificación de incidentes.

  • Oriel dijo:

    Muy bien, ya era hora de que salieran las regulaciones: SUBRAYO: las aplicaciones informáticas que se utilizan hoy para acceder a las tiendas virtuales *SON ILEGALES* en el marco de esta regualación, lo cual me alegra muchisimo ya que el uso abusivo de este tipo de aplicaciones se provoca el colapso de los servidores sobre los cuales estan desplegados los servicios de dichas tiendas virtuales (sobre todo tuenvio)--(implementación masiva de peticiones a un servidor, lo que genera una sobrecarga del servicio y el posterior colapso del mismo al no poder este atender la gran cantidad de solicitudes que le llegan)--. Esas mismas aplicaciones paradójicamente estan disponibles en APKLIST,,,por favor revisen eso..... Si estoy equivocado, por favor, que algún experto me rectifique....en cuanto al resto de acuerdo 100 % el país necesita defenderse desde el punto de vista legal y para nada somos la excepción en el mundo. MUY BIEN.

    • IMR dijo:

      Sin dudas usted tiene un punto en el que muchos no habían pensado

    • Lor05 dijo:

      No, eso no se refiere a las VPN, las cuales no se mencionan en la ley. Se refiere a las peticiones que generan los ataque de denegación de servicio (DoS o DDos). Las VPN se utilizan para burlar controles o bloqueos, en lo que utilices ese tipo de aplicación es lo que daría o no una ilegalidad, puede ser que solo estes utilizando o leyendo un sitio que no te deja entrar desde Cuba y eso no es ilegal, malo sería que lo utilices para entrar a sitios y coordinar contrarevolución o algo parecido y en ese caso si sería una violación de lo dispuesto. Saludos.

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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Director de Creación de Contenidos de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda y Cuadrando la caja. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómezen 2024. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@ideasm.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

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