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Código de las Familias con impronta de mujer (+ Video)

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Los derechos de la mujer reflejados en el nuevo Código de las Familias fue el tema central de la Mesa Redonda de este martes, que contó con la participación de la miembro del Buró Político del Comité Central del Partido Comunista de Cuba y secretaria general de la Federación de Mujeres Cubanas (FMC), Teresa Amarelle Boué.

Al intervenir en el programa, la máxima representante de la FMC extendió una felicitación a las federadas en ocasión del Día Internacional de la Mujer que se celebra este 8 de marzo.

Amarelle Boué se refirió a la protección que ofrece la nueva normativa a las féminas cubanas y recordó que hace exactamente 47 años, el 8 de marzo de 1975, el Comandante en Jefe Fidel Castro entregó en un acto formal el Código de las familias hoy vigente a la secretaria general de la Federación Vilma Espín y al entonces presidente de la Asamblea Nacional, Blas Roca.

Aquel Código, aprobado en el Año Internacional de la Mujer, fue resultado de las luchas de todas nuestras mujeres por el reconocimiento de sus derechos, afirmó.

La secretaria general destacó la labor desempeñada por Vilma Espín y otras compañeras involucradas en la confección de ese Código y los programas a favor del desarrollo de las mujeres que se derivaron de él durante los años siguientes.

Al igual que la normativa de 1975, el Código de las familias que se debate hoy en el país, en su versión 24, reconoce a la familia como cédula fundamental de la sociedad, agregó.

Sostuvo que el Código garantiza derechos, oportunidades y posibilidades a las mujeres, a la vez que reconoce relaciones igualitarias a lo interno de las familias.

En ese sentido, Amarelle Boué subrayó el trabajo que se realiza desde la FMC para que el nuevo Código de las familias no sea simplemente asumido por la sociedad, sino que sea comprendido en su totalidad, que sea interpretado, y que esa interpretación se traduzca en cambios de actitud tanto en mujeres como en hombres a lo interno de los hogares, para beneficio de la sociedad.

La secretaria general de la FMC se refirió, además, al primer año de la entrada en vigor del Programa Nacional para el Adelanto de las Mujeres y los resultados que en esta etapa se han alcanzado.

El Programa ha permitido cerrar brechas de género, resaltó, al señalar que entre los resultados está precisamente el proyecto de Código de las familias y las leyes que se han aprobado en los últimos meses.

Otro resultado ha sido la Estrategia integral para la prevención y el enfrentamiento a la violencia de género, que es vinculante, dijo.

Por más derechos

Mujeres cubanas. Foto: Abel Padrón Padilla/Cubadebate.

Por su parte, la Dra. C. Yamila González Ferrer, vicepresidenta de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, afirmó que tanto el Código de 1975 como el que se propone actualmente para su aprobación, son conquistas de las mujeres cubanas y de la organización que las representa.

Resaltó que la FMC participó activamente en la confección del Código de las familias en 1975, como parte de su comisión redactora, y en el proceso de modificaciones posteriores.

El Código del 75 fue resultado de todas las investigaciones sociales realizadas hasta la fecha y fue considerado en su momento un hito a nivel internacional por ser el primero de su tipo en reconocer el valor del trabajo en el hogar, desde la perspectiva ética, de los principios que deben guiar a las familias, consideró.

Esa norma estableció la igualdad de responsabilidades en el hogar, lo cual fue revolucionario para la época, pues rompía con estereotipos de género, agregó.

Tanto el Código del 75 como el que debatimos ahora son muestras de la voluntad política que ha existido en la Revolución de reconocer los derechos de las mujeres cubanas y apoyar su pleno desarrollo, dijo González Ferrer.

De acuerdo con la jurista, el nuevo proyecto de Código no solo brinda una proyección ética de las familias, sino que también va a las consecuencias y efectos jurídicos.

El Código de 2022 da un valor económico al trabajo en el hogar y enfatiza en la importancia de la distribución equitativa de las responsabilidades domésticas, eliminando criterios sexistas, los cuales no pueden generar asimetrías o desigualdades en las parejas, explicó la especialista.

Señaló que el nuevo proyecto reconoce, además, la diversidad de los modelos  familiares y el respeto a los derechos sexuales y reproductivos de la mujer.

El Código aborda consecuencias ante separaciones o divorcios, las preferencias para herencias de bienes y pensiones por viudez, entre otras temas relevantes para las mujeres, puntualizó.

González Ferrer subrayó que la normativa que se debate no establece límites por condiciones humanas para el reconocimiento de los derechos y aborda conceptos como la responsabilidad parental, las familias multiparentales, la guardia y cuidado compartida, la gestación solidaria, la unión de efecto afectiva...los cuales están muy vinculados con la lucha por la igualdad de las mujeres.

Asimismo, concluyó, el nuevo Código ofrece protección ante situaciones de violencia familiar de las que en ocasiones son víctimas las mujeres y niñas.

Focos rojos sobre la violencia

Por su parte, la Dra. C. Clotilde Proveyer Cervantes, profesora de la Facultad de Filosofía, Sociología e Historia de la Universidad de La Habana dialogó sobre la violencia de género.

Sobre este tema, expuso que en el país no se reportan altas cifras de hechos violentos contra las mujeres, “pero eso no nos puede hacer sentir más tranquilos o menos preocupados sobre el tema de la violencia de género”.

En este sentido dijo que en la nación las manifestaciones violentas contra mujeres, niñas y adolescentes es un problema social. “Esta se manifiesta desde la violencia más sutil, la llamada violencia psicológica hasta la muerte. Aunque haya un solo caso, no podemos dejarle prestar preocupación pública no solo desde la academia, sino desde toda la sociedad”.

Al comentar sobre los resultados de la Encuesta Nacional de Igualdad de Género del año 2016, sostuvo que por primera vez se daban cifras que muestran tendencias de esta problemática.

“Nos llama la atención que solo apenas el 3.7% de mujeres víctimas de la violencia han buscado ayuda. Esto nos demuestra que está tan naturalizada la violencia, existen tantos mitos y estereotipos que funcionan alrededor del maltrato, que es un problema que las mujeres no hemos enfrentado”.

Advirtió que, aunque existen lugares e instituciones a las cuales acudir las mujeres no buscan ayuda. “Más de un 20% reconocen haber sido víctimas de hechos de violencia en algún momento de su vida, sin embargo, sabemos que es una cifra con datos invisibilidades por la propia naturalización de la violencia”.

Valoró que el Código de las Familias es el código de la justicia porque no solo reconoce la violencia que se ejerce a lo interior de los hogares, sino aquellas manifestaciones que se dan por motivos de género, por discapacidad, contra niños, niñas y adolescente.

“Reconoce las lesiones no solo físicas, sino aquellas que laceran la dignidad de las personas y define la protección que debe dar el estado a las personas en estado de violencia. El Código establece que se puede perder la guarda y cuidado por casos de violencia, además por primera vez se propone que los hechos de violencias no prescriben ante la justicia”.

La especialista exhortó a las familias a leerse el documento y recomendó a profundizar en su contenido antes de emitir criterios.

Los hombres también ganan

Paternidad. Foto: Alejandro Ramírez Anderson.

Entre tanto, para el Dr. Julio César González Pagés, historiador e investigador y fundador de la Red Iberoamericana y Africana de Masculinidades el Código de las Familias también beneficia a los hombres.

“Nos beneficia en temas como la paternidad, ya que en el actual texto jurídico no queda claro cómo los hombres tenían el derecho a hacerlo”.

Igualmente considera aportador el tema de la violencia. “Este código no nos quita derechos, sino que nos convida a cambiar sobre todo estas actitudes delictivas, el machismo. Yo llamo a los hombres a que lo lean”.

Para el investigar el nuevo texto legal democratiza la forma de educar a nuestros hijos. “El hecho de que aprobemos el Código no significa que tengamos un país mágico”.

En video, la Mesa Redonda

Se han publicado 24 comentarios



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  • Sencillo dijo:

    ¿Los hombres tambien ganan? Para nada y es el pedazo más pequeño y sin contenido del artículo. Los derechos para las mujeres se pueden apreciar pero me gustaría que mencionaran un solo derecho del hombre, específico para ellos. No existe en todo el Código en ninguna de sus versiones. Pero si veo dos diferenciaciones perjudiciales para él. Iguales derechos reproductivos pero la mujer decide si aborta o no sin consultar a nadie (lo veo bien pero eliminen entonces la igualdad). Las victimas de violencia de género y de otro tipo de violencia es cualquiera menos los hombres heterosexuales entre 18 y 65 años que siempre se consideran implícitamente los agresores. Remitanse a los artículos pertinentes del proyecto de código e interpreten.

    • Siliceng dijo:

      Fíjese si es así que el proyecto del nuevo código de las familias dice sobre la discriminación y la violencia en el ámbito familiar en el artículo 13, punto 2, y cito textualmente: "Abarca la que se produce contra las mujeres y otras personas, basada en el género, contra niñas, niños y adolescentes, contra las personas adultas mayores y contra las personas en situación de discapacidad." O sea, que la violencia que se produzca sobre los hombres heterosexuales en las edades entre 18 y 65 años no es considerada violencia, porque la línea "otras parsonas" hace referencia a la comunidad LGBTIQ y todas las letras del alfabeto. Esto es extremadamente dañino para los hombres pues si se concatena este artículo con otros como el 256 que expresa que en un divorcio, si uno de los miembros de la pareja ha cometido violencia de culaquier tipo contra el otro cónyuge, el primero pierde todo su derecho a su parte en la división de bienes, o sea, que si el acto de violencia lo comete la mujer contra el hombre, entonces a esta no le pasa absolutamente nada por la condición del artículo 13. Entonces, realmente hay muchos artículos que si se analizan bien benefician a las mujeres sobre los hombres, y que muchas personas no se han detenido a leer bien. En lo personal el código está bien redactado en la mayoría de los artículos, pero hay otros que considero una barbaridad y que deben ser eliminados. Espero me publiquen.

    • Alexis@uci dijo:

      El derecho a abortar, o librándonos del eufemismo, el derecho a matar a un niño no nacido no debería de estar en un proyecto de código de familia. Una persona vulnerable, inocente, que tan siquiera puede protestar, gritar o defenderse se le priva legalmente de la vida por aquellos familiares(padres) que están llamados mas que nadie a proteger esa vida que brota de sus entrañas. Para mi es la parte mas oscura de este proyecto

  • MAD dijo:

    Buena la Mesa Redonda. Importantes los aspectos subrayados sobre el proyecto de Código de las Familias que se somete a debate popular. Sin embargo, considero hay q ampliar espacios para gran parte de la población, sin formación sobre temas de género, no familiarizados con el Derecho, ni las formas de discriminación indirecta e interseccional, entre otros aspectos, que pueden entender el tema, pero no explicarlo a otros, o no explicarlo bien, lo cual limita la capacidad del debate y del análisis del nuevo texto. Sobre todo, la necesidad de tener claridad para respaldar el texto con un voto informado y consciente. Hay q ampliar los espacios y los temas.

  • Nasha dijo:

    Muy bien el Código de familia .Se debe luchar por factores que perjudican a.la.familia como son los valores escenas callejeras que dejan mucho que desear mujeres y hombres en estado de embriaguez y sin el hablando a gritos y vociferando malas palabra de esquina.a esquina a cualquier.hora del día y la.noche .Personas que no trabajan y pe4noctan todo el.dia y a cualquier hora por las esquinas sin importar si molestas a ancianos o.niños que duermen para ir a un examen al.otro.dia. Es muy triste pero me.parece que es hora ya que se tome.nota y se haga algo
    Porque esa persona.con esa.mala conducta educación y formación regresa a una casa .

  • Uno ahi... dijo:

    Vamos por partes:
    Señaló que el nuevo proyecto reconoce, además, la diversidad de los modelos familiares y el respeto a los derechos sexuales y reproductivos de la mujer.
    Y los derechos de los hombres?

    El Código aborda consecuencias ante separaciones o divorcios, las preferencias para herencias de bienes y pensiones por viudez, entre otras temas relevantes para las mujeres, puntualizó.
    Y para los hombres no son relevantes?

    González Ferrer subrayó que la normativa que se debate no establece límites por condiciones humanas para el reconocimiento de los derechos y aborda conceptos como la responsabilidad parental, las familias multiparentales, la guardia y cuidado compartida, la gestación solidaria, la unión de efecto afectiva...los cuales están muy vinculados con la lucha por la igualdad de las mujeres.
    Sean sinceras, la guardia de los niños siempre se la dan a la madre... un poquito de respeto por favor!! y de igualdad!!

    Asimismo, concluyó, el nuevo Código ofrece protección ante situaciones de violencia familiar de las que en ocasiones son víctimas las mujeres y niñas.
    Y quien protege a los hombres que sean victimas de la violencia familiar?

    Sobre este tema, expuso que en el país no se reportan altas cifras de hechos violentos contra las mujeres, “pero eso no nos puede hacer sentir más tranquilos o menos preocupados sobre el tema de la violencia de género”.
    Y hay cifras de la violencia hacia los hombres? desde la mas sutil hasta la muerte como mismo usted dice?

    Nos llama la atención que solo apenas el 3.7% de mujeres víctimas de la violencia han buscado ayuda. Esto nos demuestra que está tan naturalizada la violencia, existen tantos mitos y estereotipos que funcionan alrededor del maltrato, que es un problema que las mujeres no hemos enfrentado.
    Y que porciento de hombres acude a esos centros? por cierto, cuales son? y por favor no me diga que la FMC

    “Nos beneficia en temas como la paternidad, ya que en el actual texto jurídico no queda claro cómo los hombres tenían el derecho a hacerlo”.
    Doctor, usted es libre de pensar como quiera, pero desde mi punto de vista el nuevo codigo no beneficia ni a los padres ni a las madres...

    En fin, sigo votando NO!! Cuando tienes conviccion profunda no existe fuerza en el mundo capaz de aplastar tus ideales.
    Saludos y ojala me publiquen.

    • cubano dijo:

      Nunca me publican pero digo mi opinión. Está sesgado el tratamiento informativo que se le ha dado. Si no estamos de acuerdo ya de por sí estamos descalificados como machistas y homofóbicos y si así fuera pregunto si no tendríamos derecho a expresarlo. Es irresponsable decir que la mayoría del pueblo está de acuerdo, de hecho hubo que llevarlo a este escenario porque la mayoría de los cubanos no estábamos de acuerdo, lo que no quiera decir que no tiene cosas muy buenas.

  • Juancito dijo:

    Debería aplicarse una encuesta a la población para ver el estado de opinión de esta sobre el contenido del proyecto de código familiar y divulgarse.

  • Yo dijo:

    Me gustaría que alguien me aclarara como queda en el nuevo Código de las familias la manutención de los niños menores cuando se divorcian los padres. Gracias

  • Alejandro dijo:

    Es una lástima que este proyecto de ley Código de las Familias siendo tan emancipador, inclusivo y socialista sea vetado en Referendo sólo por el hecho de que en él existen alrededor de cinco puntos neurálgicos tales como:
    1- Matrimonio igualitario
    2- Filiación asistida y gestación solidaria
    3- Adopción homoparental
    4- Responsabilidad parental
    5- Autonomía progresiva
    6- Pocos o ningunos derechos para los hombres heterosexuales.
    Estos aspectos debían refrendarse por separado del resto del contenido del proyecto, que parece ser bastante humanitario y social.

    • José Raúl dijo:

      Hola Alejandro, casi con tus mismas palabras, solo omití los escasos derechos de los hombres heterosexuales, entregue esa propuesta por escrito en mi reunión en la zona de mi residencia, propuse que estos aspectos que más incomodan a muchos y que más se prestan al debate, al final de la consulta, que los pongan aparte en la boleta y se voten de manera independiente,
      Saludos

  • Egda Carrasquero Moreno dijo:

    Una vez más muy esclarecedora la Mesa Redonda sobre este importante tema, que hoy ocupa en debate público a nuestra sociedad.
    Considero que este proyecto es muy novedoso, moderno, integrador e inclusivo, ademas de ser respetuoso para todos los integrantes de nuestra sociedad.
    Es un documento de que debe ser estudiado y consultado con frecuencia, pues con una sola lectura se pueden sacar conclusiones erróneas.
    En lo particular me gustó mucho la Mesa Redonda.

  • Norma Rosa dijo:

    Lo que hasta ahora no queda claro ni se refleja en parte alguna es cómo se va a proteger a esa mujer empoderada que tiene más de 30 años de servicio y tiene que irse para su casa sin ganar un centavo, como está la vida hoy, a cuidar de un adulto mayor lo mismo encamado, con demencia..o con cualquier otra enfermedad que requiera de una atención esmerada.

  • Armando Enrique dijo:

    Artículo 13. De la violencia en el ámbito familiar.
    1. La violencia familiar se expresa a partir de la desigualdad jerárquica en el interior de la familia y tiende a la destrucción de las personas, la convivencia y la armonía familiar.
    Observación mía: Siempre tiene que existir una desigualdad jerárquica, sea el padre, la madre, el abuelo o la abuela, pues de lo contrario no habrá orden en el hogar. La igualdad total es relativa.
    En todos los ámbitos de la vida existe una jerarquía ¿por qué no en la familia?

  • Armando Enrique dijo:

    Artículo 28. Concurso de alimentantes. Persona obligada a garantizar la alimentación de otra u otras personas, sean menores de edad, convalecientes o vulnerables.
    Observación: No aparece el Estado como alimentante o como garante de proveer al alimentante los recursos necesarios para cumplir con sus obligaciones.

  • Armando Enrique dijo:

    Artículo 30. Proporcionalidad.
    1. La cuantía de los alimentos es proporcional a la capacidad económica de quien los dé y a las necesidades de quien los reciba.

    Observación: Debe establecerse un por ciento mínimos y un por ciento máximos, y no dejarlo a criterio de una persona o autoridad.

  • Armando Enrique dijo:

    Artículo 68. Comparecencia del presunto padre.

    1. Cuando el reconocimiento a que se refiere el inciso a) del Artículo 60 de este Código
    lo hiciera solo la madre, esta puede ofrecer el nombre y los apellidos del presunto padre
    y los datos para su localización.
    2. Se cita al presunto padre para que comparezca ante el registrador del estado civil,
    apercibido de que, si dentro del plazo de noventa (90) días no concurre, se inscribe la hija
    o el hijo como suyo.

    Observación: No se puede permitir que le anoten el hijo a alguien sin la realización de una prueba científica de ADN. Esto se puede prestar para malas intenciones.

    • jessi dijo:

      Totalmente de acuerdo con usted, esto se presta a que mujeres inescrupulosas quieran anotarle un hijo a un hombre a toda costa, porque muchas no saben ni quien es el que las embarazo.

      Lamentable, que vulneren de esta manera el derecho de los hombres, donde la mujer puede mentir descaradamente sin que medie una prueba de paternidad. Saludos

  • Armando Enrique dijo:

    Artículo 390. Reglas para la constitución de la tutela.
    1. Para constituir la tutela, sea unilateral o plural, fuera de los supuestos de tutela testamentaria o por acto jurídico contenido en escritura pública notarial, el tribunal cita a los parientes de la niña, el niño o adolescente hasta el tercer grado de consanguinidad y
    segundo de afinidad que residan dentro de su demarcación, o en la de otro tribunal de la misma ciudad o población en que tenga su sede, con el fin de celebrar una comparecencia en la que se escucha a todos los que asistan y la opinión de la persona menor de edad, de acuerdo con su edad, madurez psíquica y emocional.
    2. Para proceder al nombramiento del tutor se siguen las reglas siguientes:
    a) La preferencia manifestada por la persona menor de edad;

    Observación: ¿cómo vamos a permitir la decisión de un menor de edad? Los menores de edad pueden ser objeto de atracción sentimental por parte de algún familiar o vecino con el uso inteligente de atractivos como servicios y productos que hacen formar una atracción hacia la comodidad y como menor de edad que es sin una conciencia bien formada y creada, no puede diferenciar entre objetos, productos y sentimientos reales de quien les pretende robar de su núcleo familiar original.
    Los hijos "no son propiedad de los padres, madres o tutores", pero le deben respeto.
    ¿qué sucederá mañana, si ya hoy vemos a muchos menores de edad que no le hacen caso a los padres y menos a los vecinos?

  • Armando Enrique dijo:

    Artículo 417. Derecho a la vida familiar con dignidad.

    Las personas adultas mayores tienen derecho a una vida familiar digna, siendo la familia la principal responsable de la atención a sus necesidades tanto en el orden afectivo como patrimonial; asimismo, debe respetarse su intimidad, la comunicación y los vínculos con el resto de los integrantes de su familia.

    Observación: ¿Qué se entiende por "dignidad" ? ¿qué requisitos o condiciones hay que tener para lograr esa dignidad?
    Creo debe agregarse a este artículo "el estado facilitar y garantizará las condiciones a la familia para que puedan lograr esa dignidad de la que se habla y espera.

  • Armando Enrique dijo:

    No es menos cierto que aún existe un mínimo por ciento de violencia contra la mujer, pero creo que ello se debe a los bajos niveles culturales y educacionales en parte de esa población femenina agredida y violada. También al miedo a que las leyes no sean severas contra el violador y este pueda agredirla con mayor fuerza y también por el desconocimiento del artículo 43 de la constitución donde dice: El Estado propicia el desarrollo integral de las mujeres y su plena participación social. Asegura el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos, las protege de la violencia de género en cualquiera de sus manifestaciones y espacios, y crea los mecanismos institucionales y legales para ello.

    • Sergio dijo:

      No, el número de casos de violencia contra la mujer es bien significativo, desde hace muchos años. Yo tampoco lo sabía, pero Lizzette Vila, que tiene dos documentales al respecto, que no sé porque nunca lo han puesto por la TV, en fin,, bueno, Lizzette fue a pedir ayuda para terminar de editar el primero de sus documentales, por el 2007-08, La deseada Justicia se llama, y hablando con ella, me enteré de cosas HORRIBLES que pasan, y como ya por ese tiempo, la tasa de casos era bien significativa, como le había dicho.

      Por otra parte, yo sí creo que la VIOLENCIA es una sola, y debe dar lo mismo, a la hora de juzgar, de quien la cometa.

      Es mi opinión

  • Laura Rosalia Bermúdez Prieto dijo:

    Por que se viola mi derecho de participar en el debate del Código. En mi CDR parece que se hizo el debate en 5 minutos y no hubo citacion para todos los vecinos. Dudo de la importancia del debate o es solo una formalidad pues ya el Codigo está aprobado???. Quisiera una respuesta. Gracias.

  • spg dijo:

    Creo que el código tiene cosas positivas y otras no, me parece errado tratar de enfocarlo desde los medios de comunicación como un documento totalmente correcto y predisponer a su aprobación por unanimidad. Tengo la esperanza que de la consulta popular resulte la eliminación de aquellos aspectos que no cuentan con un apoyo sustantivo. En especial no veo correcto la aprobación como concepto de una forma de matrimonio que no sea entre una hembra y un varón (heterosexuales) y que la educación en nuestra sociedad sea que esa es la forma primordial de concebir la familia. La educación sexual debe identificar correctamente que existen dos sexos, que los niños se educan como varones o como hembras, no de otra forma. Otra cosa igual de importante es reconocer el derecho y promover el respeto de cualquier otra orientación sexual, y reconocer todos los tipos de familias y uniones consensuales, pero no dentro del concepto del matrimonio. Por otra parte no veo positivo mezclar el derecho a que una hembra gestante pueda dar en adopción un hijo a parejas heterosexuales con problemas de infertilidad e igualmente a parejas de hombres o mujeres para que completen el concepto de familia, de hecho este tipo de familia que se decidiría crear entre personas de orientación homosexual tienen implícita la no procreación. El respeto a las orientaciones sexuales diversas es correcto, pero este país y nuestra sociedad es mayoritariamente heterosexual, y no creo sinceramente que ninguna sociedad deba promover como tipo de familia fundamental la que no provenga del matrimonio y que este sea únicamente de personas heterosexuales.

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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Arleen Rodríguez Derivet

Arleen Rodríguez Derivet

Periodista cubana y conductora del programa de la televisión cubana "Mesa Redonda", que transmite una emisión especial para Telesur. Es coautora del libro "El Camaján".

Claudia Fonseca Sosa

Claudia Fonseca Sosa

Periodista de Cubadebate. Graduada de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana (2011). Trabajó en el Periódico Granma (2011-2015). En Twitter: @FonsecaSosa

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