Declaración y pago de tributos en el 2022: Elementos que debes conocer (+ Video)
- La campaña del 2021 se desarrolló en un escenario complejo
- Detalles de la actual campaña de declaración jurada
- ¿Cómo será la campaña tributaria para los nuevos actores económicos?
- Pasos en la transformación digital de la ONAT

Este 10 de enero comenzó en todo el país la campaña de declaración y pago de tributos. Foto: Trabajadores.
Este 10 de enero comenzó la campaña de declaración jurada y pago de tributos correspondiente al año 2022.
Para conocer sobre las peculiaridades de este proceso, las adecuaciones en los tributos, las facilidades de pago, la inscripción de los nuevos actores económicos en el registro del contribuyente, el uso social de los tributos aportados y otros elementos de interés, comparecieron este martes en la Mesa Redonda la jefa y los vicejefes de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT).
La campaña del 2021 se desarrolló en un escenario complejo
Al comenzar el espacio radiotelevisivo, Mary Blanca Ortega Barredo, jefa de la ONAT, comentó que la campaña del 2021 se desarrolló en un escenario complejo.
Sobre él estuvo gravitando el recrudecimiento del bloqueo, agravado por los efectos de la crisis económica mundial producida por la pandemia. “Todo esto ha impactado en la economía del país y, por consiguiente, en la de los contribuyentes”, dijo la funcionaria.
Esto llevó a mantener un grupo de medidas tributarias adoptadas desde el año anterior, relacionadas con las suspensiones de algunas actividades y el aplazamiento de pagos durante varios meses del año, incluyendo la campaña que se aplazó hasta el 31 de mayo.
Hubo una contracción de los ingresos, por lo que se aprobó en junio una modificación presupuestaria que fijó una recaudación de más de 245 900 millones de pesos. “Resultaba imprescindible cumplir, para asegurar y respaldar los servicios y programas sociales, así como todos los gastos asociados a la covid-19”, recordó la funcionaria.
Señaló, además, que las oficinas de la ONAT trabajaron casi todo el año con una reducción significativa de trabajadores, lo que tensó el cumplimiento de disímiles tareas y obligó a continuar perfeccionando sistemas de trabajo y las vías de comunicación, información y servicios a distancia a los contribuyentes.

En medio de este escenario, la ONAT centró su trabajo en los procesos siguientes:
- Gestión de los ingresos e identificación de reservas potenciales.
- Se logra sobrecumplir la recaudación al cierre del año, posibilitando cubrir gastos necesarios, entre los que se destacan los asociados al enfrentamiento a la covid-19, en el entorno de 16 000 millones de pesos, incluyendo el proceso de vacunación de la población por 3 300 millones.
- Seguimiento a la campaña de declaración jurada y pago de los impuestos de ingresos personales y utilidades y la preparación de condiciones para el presente año.
- La asistencia a los contribuyentes, desarrollando un grupo de trámites y servicios que les permitieran cumplir sus responsabilidades tributarias con mayor facilidad y mantenerse informados oportunamente, algo que no siempre se logra.
- Creación de condiciones técnicas y organizativas para la implementación de las normas tributarias a aplicar en el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia y a los nuevos actores económicos, incluyendo la transformación, en ambiente digital, de las relaciones de trabajo de la ONAT con las entidades que participan en este proceso.
Detalles de la actual campaña de declaración jurada
Más adelante en la Mesa Redonda, Belkis Pino Hernández, vicejefa de la ONAT, se refirió a la actual campaña de declaración jurada y pago de tributos.
Este año se mantienen la aplicación de los impuestos sobre los ingresos personales, las utilidades, el rendimiento de la inversión estatal y sobre el transporte terrestre, así como el impuesto por la propiedad o posesión de embarcaciones.

“Como en años anteriores, el impuesto sobre ingresos personales, utilidades y el aporte del rendimiento de la inversión estatal se liquidan a través del modelo de declaración jurada”, explicó Pino Hernández.
Reiteró que, para esta campaña, se mantienen el mismo modelo de declaración jurada y la escala progresiva. “Se modifica el mínimo exento para el impuesto sobre ingresos personales de 10 000 pesos a 39 120 pesos, y se permite la deducción del 100% de los gastos con justificantes del 80%, atendiendo a lo dispuesto en Decreto Ley No. 21, modificativo de la Ley 113 del Sistema Tributario”.
Asimismo, continúa la bonificación fiscal del descuento del 5% del impuesto a pagar por ingresos personales, para los contribuyentes que declaren y paguen en o antes del primero de marzo.

En otro momento del programa, la vicejefa de la ONAT precisó quiénes deben presentar la DJ08. En este caso se incluyen:
- Todos los trabajadores por cuenta propia que ejercen su actividad dentro del régimen general de tributación, a diferencia del año pasado, en el que los que se mantuvieron con seis meses o más de suspensión no declararon, lo cual no afecta al contribuyente pues se declara en correspondencia con los ingresos obtenidos.
- Artistas, creadores y personal de apoyo del sector de la cultura. Es importante aclarar que se han recibido planteamientos de contribuyentes de este sector que expresan que en todo el año no recibieron ingresos. Para estos casos, Pino Hernández aclaró que, al llenar la declaración jurada, reflejan ingresos brutos cero, pero sí tienen la obligación de presentarla.
- Comunicadores sociales y diseñadores de la ACCS.
- Personas que laboran en sucursales extranjeras.

En el caso de los usufructuarios de tierras agrícolas estatales, los propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos, se aprobó la aplicación de un tipo impositivo fijo del 2% en la declaración jurada (DJ12) para el cálculo del impuesto a pagar; es decir, se disminuye del 5% al 2%.
“La aplicación de este tratamiento se hace extensiva a los productores cañeros. Para ellos, el proceso de presentación de la declaración jurada, liquidación y pago del impuesto por los ingresos obtenidos por todas sus producciones se inicia el primero de julio y concluye el 31 de octubre de 2021. Se les concede una bonificación del 5% de la cuantía que resulte a pagar, según declaración jurada, a aquellos que declaren y paguen en o antes del 30 de agosto”, informó la vicejefa de la ONAT.
También se mantiene la bonificación del 3% para quienes paguen utilizando los canales electrónicos.
En el caso de la declaración jurada del impuesto sobre utilidades (personas jurídicas), la deben presentar:
- Las empresas y sociedades mercantiles obligadas al pago del impuesto sobre utilidades y del aporte por el rendimiento de la inversión estatal.
- Las cooperativas no agropecuarias.
- Las cooperativas de producción agropecuaria
- Las cooperativas de créditos y servicios
La funcionaria destacó que, aunque el número de contribuyentes obligados al pago de este impuesto es menor en relación con las personas naturales, es en las personas jurídicas donde se concentran los aportes fundamentales al presupuesto del Estado.
“En el caso de las unidades básicas de producción cooperativa del sector no cañero (UBPC), siempre que más del 50% de sus ingresos provengan de la comercialización de sus producciones agropecuarias o de la prestación de servicios vinculados a estas producciones, no tienen que presentar declaración jurada, con el objetivo de contribuir al mejoramiento de sus condiciones financieras. Esta medida constituye un beneficio para este sector de contribuyentes”, agregó.
En el caso del impuesto sobre el transporte terrestre y el impuesto por la posesión de embarcaciones, puntualizó que este se paga el año que se inicia. “No se trata de una liquidación del año anterior como la declaración jurada, sino del pago del año en curso por la propiedad del bien”.
Deben realizar este pago los propietarios de transporte terrestre y embarcaciones, sean personas jurídicas o naturales. Se mantiene el beneficio fiscal del descuento del 20% del impuesto sobre el transporte terrestre para quienes pagan antes del 28 de febrero, tanto personas naturales como jurídicas.
Este descuento lo realiza el propio contribuyente en el momento en que realiza el pago. Por ejemplo, si se trata de una persona natural que va a pagar el impuesto sobre el transporte terrestre por Transfermóvil, debe poner el importe con el descuento ya realizado.
“Debemos aclarar que los contribuyentes que realizan el pago por Telebanca o Transfermóvil por la opción del vector fiscal, como lo que se paga es el año en curso necesitan el vector fiscal del 2022. En este sentido, informamos a todos los contribuyentes que la ONAT se encuentra realizando el cierre del año. Por tanto, los vectores fiscales de 2022 de las personas naturales estarán disponibles y podrán descargarse del portal tributario en la sección Servicios para el Contribuyente a partir del 15 de enero”, precisó.
La vicejefa del órgano tributario afirmó que se seguirá potenciando el uso de la tecnología digital. Como parte de ese trabajo, se actualizó la aplicación Transfermóvil y se perfeccionó el portal tributario www.onat.gob.cu.
A su juicio, este sitio web es ahora mucho más funcional e interactivo, en correspondencia con el desarrollo de la informatización de la sociedad.
“Los modelos de declaración jurada se pueden obtener en el portal tributario en la sección Descarga/Modelos y Formularios. También se encuentran en Excel la DJ08 y DJ12 para facilitar el cálculo del impuesto. Incluso, contamos con la DJ Excel de utilidades para las personas jurídicas”, dijo.
No obstante, aclaró que, al igual que el año anterior, los modelos también pueden obtenerse en las oficinas de la ONAT llevando una memoria flash. Aquellos contribuyentes con mayores dificultades para acceder a las vías digitales podrán adquirir el modelo físico.
“Se mantienen las vías de entrega a través del buzón situado en las oficinas municipales de la ONAT y por correo certificado. Como novedad, nuestra oficina está implementando la firma digital para los contribuyentes. Por tanto, aquellos que posean firma digital pueden hacer llegar la DJ en PDF por correo electrónico o llevarla en una memoria flash a la oficina”, concluyó.
¿Cómo será la campaña tributaria para los nuevos actores económicos?
La vicejefa primera de la ONAT, Yoandra Cruz Dovales, recordó que en agosto del 2021 se publicó en la Gaceta Oficial Ordinaria No.94 sobre el perfeccionamiento de los actores económicos. Se inició el proceso de constitución de mipymes, CNA y el reordenamiento del sector de trabajadores por cuenta propia.
Como aspecto novedoso, señaló que los procesos de inscripción de los nuevos actores se están realizando desde plataformas informáticas.
En el caso de los TCP, presentan toda la documentación en las oficinas de trámites o las direcciones municipales de trabajo. “Las mipymes lo hacen a través de la plataforma electrónica que ha puesto a disposición de los usuarios el Ministerio de Economía y Planificación”, apuntó Cruz Dovales.
Según información del Registro de Contribuyentes de la ONAT, hasta la fecha se han presentado nuevos proyectos de 61 971 trabajadores por cuenta propia, se han inscrito 22 cooperativas no agropecuarias, que totalizan ya 440 constituidas, así como 1 374 mipymes también constituidas, que han generado más de 21 786 empleos. Del total, 1 326 son privadas, y 26, estatales.
Entre las principales modificaciones, la vicejefa primera de la ONAT mencionó, en el caso de los trabajadores por cuenta propia:
- La generalización de la presentación de la declaración jurada por todos los trabajadores por cuenta propia, con independencia del régimen de tributación que se les aplique. En este caso, surte efecto para el ejercicio fiscal 2022, a declarar a principios de 2023.
- Todos los TCP pagan sus obligaciones conforme al régimen general, excepto aquellos a quienes la ONAT autorice a aplicar el régimen simplificado a partir de enero de 2022. “Deben utilizar la contabilidad para el registro de sus operaciones, deben abrir y operar una cuenta bancaria fiscal y adicionalmente cambia la forma de sus pagos”, dijo la funcionaria.
- Se elimina la cuota fija para el pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos personales, que pasa a ser porcentual.
El régimen simplificado –explicó– está concebido para aquellos proyectos con actividades muy simples, de operaciones sencillas que generen bajos ingresos, inferiores a 200 000 pesos en el año y que no utilicen fuerza de trabajo (solo labora el titular). Se otorga con carácter excepcional.
“Las aprobaciones que se han otorgado hasta la fecha y que entran en vigor a partir de enero del 2022, serán revisadas o fiscalizadas en el presente año para verificar los elementos expuestos por los contribuyentes”, informó.
Sobre las CNA y las mipymes
Cruz Dovales aclaró que las cooperativas no agropecuarias de nueva creación están exoneradas del pago por el periodo de un año y las reconvertidas por seis meses. “Tendrán un periodo mayor para prepararse en el pago de los impuestos”.
Los trabajadores asalariados contratados por las CNA pagan el impuesto sobre ingresos personales por el total de remuneraciones que obtengan. Se paga por retención. Están exentos de la presentación de la declaración jurada:
- Hasta 3 260: exento
- El exceso de 3 260 hasta 9 510: 3%
- El exceso de 9 510: 5%.
Igualmente, las mipymes de nueva creación están exoneradas del pago por el periodo de un año, y las reconvertidas, por seis meses.
Pasos en la transformación digital de la ONAT
La pandemia de covid-19 aceleró los trabajos en el campo de la transformación informática que se estaban llevando a cabo en la ONAT, destacó Reinaldo Alemán Mondeja, vicejefe de la oficina tributaria.
“Ello ha conllevado mejorar continuamente los procesos internos, los procedimientos que los implementan y las aplicaciones informáticas que los soportan, en una plataforma tecnológica de gestión tributaria integrada”, resaltó.
Esa plataforma enlaza las bases de datos municipales con la base de datos central, la cual contiene información detallada de todos los contribuyentes inscritos en el país, incluyendo sus aportes al presupuesto del Estado.
De acuerdo con Reinaldo Alemán, contar con esta base de datos central, con información casi en tiempo real, ha permitido a la ONAT iniciar el camino hacia su transformación digital, bajo la concepción de situar al ciudadano/contribuyente en el centro del servicio o trámite puesto a su disposición.
Entre los principales resultados, está la consolidación del Portal Tributario del Ciudadano (www.onat.gob.cu), en funcionamiento desde diciembre de 2020, que cuenta con casi 50 500 usuarios y ha recibido 533 000 visitas.
El vicejefe de la ONAT agregó que están implementados cinco servicios en línea orientados a contribuyentes personas naturales: descarga del vector fiscal (obligaciones tributarias), modificaciones de cuotas mensuales, suspensiones de obligaciones, consultas y pagos realizados, así como funcionalidades para personas naturales y jurídicas (modelos y formularios, legislación, aplicaciones, multimedia, preguntas frecuentes, noticias, buscador y contáctenos, entre otras).
Además, se perfeccionó el servicio de pagos de los tributos para las personas naturales a través de Transfermóvil, banca telefónica, banca remota de BPA, Virtual BANDEC, Kiosco BANDEC y cajeros automáticos. “Por Transfermóvil se realizó el 9.5% de la cantidad total de pagos de tributos, el 1.8% del importe total de estos”.
Otro aspecto novedoso es el Decreto Ley No. 49, Modificativo de la Ley 113 Del Sistema Tributario, que establece que el impuesto sobre documentos se paga mediante la fijación de sellos del timbre o, en su valor equivalente, a través de los diferentes canales electrónicos de pago u otras formas que se establezcan.
Alemán Mondeja informó que la versión de Transfermóvil del pasado 24 de diciembre incluye el código del párrafo del impuesto sobre documentos en el listado que se despliega en la opción Pago mediante NIT o Carnet de Identidad, de la sección dedicada a la ONAT.
Al seleccionar este párrafo, se despliega una lista con la ONAT como única entidad a escoger por el usuario a la que está asociado el trámite a realizar.
También en el Bulevar Mi Transfer se creó un espacio para la ONAT, donde se visualizan los pagos del impuesto sobre documentos. Para facilitar su control, “se identificaron otras 24 entidades que pudieran incorporarse a esta solución tecnológica”.
La implementación de la firma digital en la administración tributaria cubana es otro avance en que ha trabajado la ONAT en 2021. Ese tipo de firma era utilizada por los cuadros y funcionarios, pero en menor medida por la población. “Hasta la fecha, 134 contribuyentes en el país tiene certificadas sus firmas digitales”, apuntó Alemán Mondeja.
Además, se han entregado certificados digitales a 1 803 funcionarios de las 184 oficinas tributarias (168 municipales, 15 provinciales y la central).
En video, la Mesa Redonda
- ¿Cuál es la situación del abasto de agua en Cuba? (+ Video)
- Pago de tributos en Cuba: Aspectos claves que debes conocer (+ Video)
- Educación superior: Reanudación del curso escolar y novedades del próximo período lectivo
- Cimex y Tiendas Caribe: Pagos electrónicos en tiendas y servicentros (+ Video)
- De vuelta a las aulas: Lo que debe saber sobre el próximo curso escolar
- ir aForo Debate »
- Irán niega negociación con EEUU y asegura estar preparado para cualquier ataque terrestre
- Italia se queda otra vez fuera del Mundial, mientras Suecia, Turquía y República Democrática del Congo ganan boletos
- Canciller de Rusia advierte que EEUU e Israel buscan instigar a países árabes contra Irán
- Argentina impide ingreso al activista Thiago Ávila, integrante de Flotilla Global Sumud y convoy Nuestra América
- Ballet Nacional de Cuba presenta "La fille mal gardée" y dos estrenos en el Teatro Nacional
- ir aNoticias »
- Alternativas para mantener vivos los servicios bancarios en La Habana
- Gas manufacturado: Un alivio que toca nuevas puertas (+Fotos)
- Unión Eléctrica pronostica 1920 MW de afectación para la máxima demanda de este martes
- Petrolero ruso con 100 000 toneladas de crudo arribó al puerto de Matanzas (+Video)
- Banco Central de Cuba introduce nuevos billetes de 2 000 y 5 000 pesos
- ir aEconomía »
Se han publicado 230 comentarios
Se han publicado 230 comentarios

Periodista cubano, Director General de IDEAS Multimedios y del portal web Cubadebate, el sitio Fidel Soldado de las Ideas y del programa de la Televisión Cubana "Mesa Redonda". Dirigió otras publicaciones cubanas como Somos Jóvenes, Alma Mater y Juventud Técnica. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómez en TV en 2018. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. En Twitter: @RandyAlonsoFalc
- Cinismo imperial y espacio vital
- ¿Qué acciones implementan los sectores eléctrico, industrial e hidráulico ante el déficit de combustibles?
- Estreno: Podcast Es la Idea: Pablo Iglesias, académico, político y comunicador español (+ Video)
- De Moscú a La Habana: Estados Unidos pone bajo amenaza radioactiva y química a millones en Oriente Medio (+ Podcast)
- Ante el bloqueo de combustible: ¿Cómo marcha la implementación de las acciones en el ámbito laboral y el transporte?

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda y Cuadrando la caja. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@ideasm.cu En Twitter: @OscarFigueredoR
Seguir a @OscarFigueredoR- Aprovechar residuos sólidos: Oportunidad estratégica para la economía cubana y el bienestar del pueblo
- Más allá del autoconsumo: Una opción poco conocida abre la puerta a vender energía renovable en Cuba (+ PDF)
- De lecturas apresuradas y datos concretos: Qué establece realmente la nueva resolución del Minem (+ PDF)
- ¿Qué acciones implementan los sectores eléctrico, industrial e hidráulico ante el déficit de combustibles?
- Sin cobertura: El desafío de las telecomunicaciones en Cuba ante el déficit energético

Jefa del Departamento de Coordinación Editorial, Análisis y Comunicación de IDEAS Multimedios. Sus trabajos son publicados en Cubadebate y la Mesa Redonda. Graduada de Periodismo por la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el 2020. Ha obtenido premios y menciones en el Concurso Nacional de Periodismo "26 de Julio"
- 📨 Modo Avión: Entre jonrones, marcianos y chachachá
- Díaz-Canel en Asamblea Nacional: Elegimos el camino más difícil, el más digno
- Alejandro Gil: Los fundamentos para cambiar la situación están en producir más (+Video)
- Cuba muestra gradual recuperación del sistema eléctrico y distribución de combustibles (+Video)
- Tapia Fonseca: Ley de soberanía alimentaria y medidas para la agricultura no logran el efecto deseado
Vea también
- Díaz-Canel a representantes de organizaciones ecuménicas internacionales: “Cuenten esta realidad”
- Petrolero ruso con 100 000 toneladas de crudo arribó al puerto de Matanzas (+Video)
- Banco Central de Cuba introduce nuevos billetes de 2 000 y 5 000 pesos
- La solidaridad sí comunica
- Irán niega negociación con EEUU y asegura estar preparado para cualquier ataque terrestre
- Alternativas para mantener vivos los servicios bancarios en La Habana
- Italia se queda otra vez fuera del Mundial, mientras Suecia, Turquía y República Democrática del Congo ganan boletos
- Canciller de Rusia advierte que EEUU e Israel buscan instigar a países árabes contra Irán
- Argentina impide ingreso al activista Thiago Ávila, integrante de Flotilla Global Sumud y convoy Nuestra América

Soy arrendataria y tengo que ir muy seguido a la Onat a cambiar el talonario de pago pues solo me dan uno y pocas hojas ,ni siquiera coinciden con la cantidad que hay en el libro de registro .
Quisiera que analizaran la posibilidad de hacerlosbcon más hojas o darme dos o tres para evitarme tantos viajes .
Incluso, si todo se esta digitalizando y ver si se puede obtener por el portal digital , analizar alguna posibilidad ...
Hola, independiente de que las MIPYME tienen 6 meses y 1 año libres de impuesto, necesitamos que se publiquen cuáles son los tributos que éstos van a pagar, pues no ha habido claridad meridiana en el tema. Saludos
Buenos días, me preocupa de dónde se calcula el 20% de los gastos sin justificación a la hora del llenado de la declaración jurada, además, según la ley del presupuesto todos presentar declaración jurada y entonces también deben presentarla los que se inscribieron en el último trimestre y los que estuvieron suspendidos todo el año como son las actividades de arrendamiento, saludos
Mailen, el modelo de declaración Jurada no cambió, usted se descuenta los gastos en la casilla de gastos asociados a la actividad, en la fila 1 Gastos deducibles y en la fila 13 que dice (-) Gastos deducibles por el ejercicio de la actividad (viene de SECCIÓN A casilla 13 fila 10). Se descuenta los gastos según lo establecido del % a justificar. Los que se inscribieron en el ultimo trimestre no presentan declaración Jurada, pero si presentan los que estuvieron suspendidos.
PREGUNTA IMPORTANTE A LA ONAT:
Soy comunicador visual a través de la ACCS.
En un documento que nos fue circulado para la política de representación 2021, se afirmaba que los comunicadores (actividad 886) tendríamos solamente que presentar comprobantes del 20% de nuestros gastos, por lo excepcional del caso. En base a ese documento se fijaron precios de campañas, spots... En cambio en la Mesa Redonda se dijo que todos (Tcp, artistas, comunicadores...) debían presentar el 80% de los gastos con comprobantes. En el caso de la actividad 886, qué porciento de los gastos deben mostrarse con ocomprobante?? Notese que gran parte de los gastos. para la 886 son dificiles de acreditar con ccomprobantess o las vias con comprobantes redultan mas caras, y se fijaron los precios segun el documento. interno. Por favor reiteren si es el 80% o es como nos comunicaron antes el 20%
Buena pregunta. Si los comunicadores para las cosas de publicidad y demás compraron sin comprobantes confiando en ese 20%, tremenda pelotera se va a armar en la ACCS ahora que deben justificar el 80%. Antes cuando los TCP eran el 35, ellos eran el 50% de gastos admitidos, siempre se les llevó algo mas suave porque es dificil para ellos obtenerlos y es algo que el pais promueve.
Ahora no sé, pero sería bueno aclararan, en vez de virar miles de DJ 08 para atrás por errores.
Es importante que los contribuyentes conozcan su responsabilidad en la actualización legislativa sobre la actividad que realizan, para lo cual se utilizan y diversifican las vías de comunicación. En la Mesa Redonda de enero del 2021, este fue un tema abordado por los funcionarios de la ONAT, para el ejercicio fiscal 2021.
Comunicador, en el decreto Ley 21 del 2020, MODIFICATIVO DE LA LEY 113 “DEL SISTEMA TRIBUTARIO”, DE 23 DE JULIO DE 2012, se establece en el Artículo 21. que se reconoce con carácter general el 100% de los gastos incurridos en el ejercicio de la actividad, el que resulta deducible de los ingresos obtenidos, siempre que se justifique el 80% de estos, exceptuando aquellas actividades y sectores para los que se establecen límites específicos, los que serán regulados en la Ley Anual del Presupuesto del Estado o en disposiciones del Ministerio de Finanzas y Precios.” la Ley 144 del Presupuesto del estado para el 2022, no establece modificación al respecto. Revisamos con la ACCS, con quien intercambiamos frecuentemente en temas tributarios, las indicaciones emitidas a las que hace referencia.
Pudieran habilitar un espacio para explicar cómo se llena la declaración jurada, es algo complicado y hay qué acudir al particular, si se explicará por un especialista sería mejor. Gracias
Ud, puede dirigirse a la Onat de su territorio para puedan explicarle sobre el llenado de la DJ, ademas solicitar instructivos que viene acompañado con la DJ. Puede dirigirse al portal tributario y encontrar los mismos (www.onat.gob.cu)
Buenos dias, quisiera que me explicaran por que el tratamiento tributario diferenciado para un trabajador estatal y un TCP en cuanto al impuesto sobre ingresos personales.
El trabajador estatal (gane lo que gane) paga entre el 3% y el 5% de sus ingresos personales que superan el mínimo exento 39120 mientras que a un TCP luego de descontar los mismos 39120 de exento se le aplica una escala progresiva (abusiva) que inicia directamente en el 15% y llega hasta un 50% de sus ingresos.
¿Por qué?, si se trata del mismo impuesto.
Saludos
Tony, en la declaración jurada del impuesto sobre ingresos personales, además de descontarse el mínimo exento, también se descuenta los gastos para el ejercicio de su actividad, además de los tributos pagados, una vez realizadas todas las deducciones es que se lleva a la escala progresiva.
Hola como serian el pago de los tributos mensuales?tengo entendido que se pagaria un 5% del ingreso adquirido.Eso seriaensual o cada vez que se ingrese dinero por la actividad? Gracias y buen dia
Dependiendo del Régimen de tributación al cual ud pertenezca realizará el pago de sus obligaciones. En el caso de la cuota el RG paga el 5% de los ingresos obtenidos mensualmente y el RS el 20% de los ingresos obtenidos después de deducidos 3260.00 que se reconoce como mínimo exento.
Varios hemos preguntado sobre este tema para los contratados en Sucursales Extranjeras y hasta el momento no veo ninguna respuesta de la ONAT al respecto. ¿Habrá algún especialista que responda?
En unos minutos dirán que se acabo el foro, y como tantas otras veces habrán hecho silencio. Espero que en la mesa de hoy se tomen el tiempo de explicar todas las preguntas aquí realizadas, y que sean de este sector los comentarios que tomen de referencia, porque siempre hablan de los mismos actores económicos y siempre explican lo mismo. Y estas dudas que no son ni nuevas ni desconocidas se quedan sin repsuesta
Buenos dias, quisiera que me explicaran por que el tratamiento tributario diferenciado para un trabajador estatal y un TCP en cuanto al impuesto sobre ingresos personales.
El trabajador estatal (gane lo que gane) paga entre el 3% y el 5% de sus ingresos personales que superan el mínimo exento 39120 mientras que a un TCP luego de descontar los mismos 39120 de exento se le aplica una escala progresiva (abusiva) que inicia directamente en el 15% y llega hasta un 50% de sus ingresos.
Con cifras:
Con un ingreso mensual de 10.000 pesos que serían 120.000 al año, un trabajador estatal o contratado debe pagar 4044 pesos de impuesto sobre ingresos personales mientras que un titular de licencia (TCP) con el mismo ingreso debe pagar 29.940
¿Por qué?, si se trata del mismo impuesto.
Saludos
Gracias ... Me preocupan varias cosas por ahora: 1》porqué sigue la ley 113 progresiva a "raja tabla" sobre los hombros del personal contratado por Acorec, cuando estas regulaciones progresivas han sido modificadas《para disminución de impuestos》 en en otros sectores, como cultura, deportes, taxis privados, productores agricolas??... vemos muy bien lis ajustes en otros sectores, solo que queremos la ONAT,nos considere por igual, sin discriminacion laboral a los trabajadores de Acorec...2》 porqué no preocuparse mas , por los que hacen evasión a la cara, del fisco??...gente ganando cientos de miles, y su aporte es menos que un 30%?? Mano dura con eso, mejor fiscalización!! 3》 cuando van a imponer que todos los actores estatales y no estatales emitan una factura legal obligatoria?? Por favor?? Gracias Onat
Necesito en efectivo 50 mil pesos MN, mi salario es de 6 mil pesos para liquidárselo al banco en 25 ó 26 meses de acuerdo al interés a razón de 2 mil por mes. Acabo de consultar al BPA agencia 7567 de Manzanillo para solicitar un crédito personal para este fin, pero necesito el dinero en efectivo y el gerente comercial me informa que ya no se entrega dinero en efectivo que tiene que ser a través de cheque, trasferencia, etc o sea no tengo ninguna posibilidad o hay alguna variante que no sea pedir prestado el dinero al garrote, por favor que alguien me explique.
A una Agente de Telecomunicaciones que fue solicitar la baja de su trabajador contratado en noviembre de 2021 y en la puerta de la entidad le exigieron llenar una planilla para poder hacer el trámite. Solicito como corresponde el régimen simplificado y fue aprobada.
Ahora en enero cuando va ha recoger su vector fiscal en la ONAT de SMP le dicen que esta en el régimen general por que es TCP nueva.
Quién corrige esto?
Es una TCP de años anteriores y ahora aparece como baja, nueva y en un régimen al que no pertenece.
Reitero. Quien corrige esto?
Necesito aclaracion sobre lo siguiente: En la publicacion del MFP-ONAT-BCC "LO QUE DEBEMOS CONOCER SOBRE LA CUENTA FISCAL" en uno de sus parrafos aclara lo siguiente: La cuenta fiscal, como cualquier cuenta corriente , no genera gastos financiaeros por comisiones bancarias a su titular, tampoco genera intereses bancarios.
Soy arrendador de vivienda desde el año 2014 y asi se habia comportado esto hasta el 2020 . Siempre habia mantenido en mi cuenta fiscal 4 cuotas mensuales de impuesto sobre ingresos pero me di cuenta a finales de año cuando vi el dinero en cuenta fiscal que en el año 2021 el banco me ha descontado 40 pesos mensuales. Como se explica ese descuento y en que resolucion esta respaldado. ORG
Quisiera plantearles una duda que tengo con respecto al pago del 5% que se paga trimestral. Si en un mes ( o varios) mis ingresos no sobrepasan los 3260 pesos quedo exento del pago en ese mes o se paga una cuota fija como antes. Por ejemplo un mes tengo 3000 si le resto los 3260 me da que no tengo que pagar, como quedaría en ese caso. En espera de su respuesta.
Onel Cuba, el pago del impuesto sobre ingresos personales del régimen simplificado 0510522 es trimestral, para su calculo usted mensualmente de los ingresos generados en el mes descuenta 3260.00 cup como mínimo exento mensual, y al resultado le calcula el 20%. si sus ingresos son inferiores a 3 260.00 usted no paga nada por ese mes, como el pago es trimestral, los dos meses siguientes del trimestre realiza la misma operación, y aporta el resultado. En caso de que en los 3 meses los ingresos son inferiores al mínimo exento, no paga en ese trimestre este impuesto. Saludos
Como Trabajador de ACOREC (que es una empresa Estatal) 2 Preguntas:
1 Porque no tengo derecho a descontar los 39120 en el DJ08 cuando todos los TCP que además también trabajan en empresas estatales tienen derecho a descontarlo en su DJ08 (EN EL PORTAL TRIBUTARIO HAY UN DJ08 Solo para los que estamos bajo esta condición diferente al de los demás).
2 Porque se nos retiro la posibilidad de deducir al menos el 10 % de la GRATIFICACION que no es más que un pago similar a lo que en las empresas estatales hoy se hace por sobre cumplimientos u otras categorías por encima del salario y que solo se les aplica un 5% impositivo
Solo para estar presentable ,nada mas entre Ropa y Calzado pues realizo trabajo de Vendedor en una sucursal extranjera y debo visitar Clientes toda la semana , en la Tienda Caracol del COMODORO ya me gaste los 39.000 Pesos del minimo exento que la ONAT nos quito en el 2021..
Hay alguna diferencia entre el DJ 8 para los TCP y Cooperativas con el DJ para los trabajadores que laboran para las empresas extranjeras que reciben gratificaciones??
Hay alguna diferencia en el minmo excento modificado a 39.120 CUP para los TCP en la ley 113 de MFP para los para los trabajadores que laboran para las empresas extranjeras que reciben gratificaciones????/
Hola!
Necesito que se aclare sobre los gastos deducibles cuando no existen justificantes, el 20% a descontar de los ingresos se obtiene calculando el 20% de la totalidad de los gastos, o multiplicando ese porciento al monto total de los ingresos brutos? Gracias
Yudy, todos los gastos tienen que estar anotados en su registros contables, usted puede deducirse el 100% de los gastos siempre que tenga la justificación documental del 80% de sus gastos, de los registrados. Existe un 20% de los gastos registrados, que puede descontarse sin estar justificados documentalmente. Saludos
Duda sobre bonificación del 3%:
Como se descuenta el 3% por pago electrónico?
Se manda todo y lo descuenta transfermovil, o lo quita uno antes manualmente?
Cuando realiza el pago por transfermovil, usted pone el importe completo y la aplicación es la que le descuenta el 3% de forma automática. Saludos
@ONAT @MFP. Los trabajadores de Sucursales Extranjeras esperan con ansias su respuesta las las inquietudes planteadas por estos.
Saludos, gracias
Borro, puede ver las respuestas dadas `por la ONAT a Osmani y Alba, los otros comentarios son sobre temas similares. Saludos
Yo quisiera que como mismo un tcp aumenta el valor de su servicio también aumentará todo lo debe asumir frente a la onat, por ejemplo los barberos, que cobran 100 pesos de pelado y lo que pagan es una miseria, por ejemplo en el municipio de manicaragua, provincia de Villa Clara
La ONAT ha respondido diferentes comentarios aquí vertidos, pero hasta ahora no ha dado respuesta, ni explicación a uno solo de los comentarios y dudas planteadas por los trabajadores de Sucursales Extranjeras. Seguimos esperando, impacientemente!
Roxana, respondimos a Osmany y a Alba, puede ser que aun no estén publicados. Saludos
Hay que ver que es lo que van a declarar los cuentapropistas, porque la inmensa mayoría han sido abusadores con la población en cuanto a los precios. Esperemos para ver que pasa.
Muy interesante la mesa redonda en su primera parte,pero tengo una duda q si pueden aclárenme la por esta vía ,si la creen interesante pueden hacerla en la mesa también
Tengo dos licencia una de régimen simplificado .Encuadernador de libros y otra de arrendamiento de una habitación.Mi objetivo de no cerrar la de régimen simplificado en su momento es pq la tengo desde el año 2015 y la de arrendamiento la comencé en el 2019. tengo 63 años y 25 años de trabajo pero por problemas personales deje el trabajo estatal en el año 2005 aproximadamente en ese momento no tenía edad de retiro pero si los sños.Cual es mi duda.Si yo cierro mi licencia de encuadernador de libros (régimen simplificado)hasta ahora esos años desde el 2015 me sirven a la hora de solicitar mi retiro.Porque en realidad no la e cerrado por la duda w los diez años w debo tener no cuenten a parir de esa fecha si cierro esa licencia ,aunque si continuaría con la del arrendamiento,pero mi objetivo sería cuando cumpla los diez años solicitar mi retiro para cobrar algo y seguir con la licencia de arrendamiento (aclaro yo pago seguridad social desde el 2015).disculpen la extensión de mi duda pero p que me entiendan.Mi pregunta puedo cerrar mi licencia de encuadernador y esos años me valen al solicitar mi retiro.Gracias .
Barbara Lourdes, gracias por contactarnos, aunque usted sea baja de una actividad, en la ONAT queda su registro, del mes y año en que se le autorizó el ejercicio de la actividad por cuenta propia y de su baja. Debemos aclararle que con la nueva legislación a partir del 1 de enero del 2022 todos los trabajadores por cuenta propia pasan a tributar por el régimen general, además que deben actualizarse en las oficinas de tramites de su mcpio, entes del 20 de septiembre del año en curso.
Buenas tarde en mi caso sugiero una revisión al pago de los tributos q realizan los marinos cubanos q laboran en compañías extranjeras. No existe una % escalonado en el pago lo cual afecta cuantiosamente nuestro salario. Mientras los ingresos en el contrato se queden por debajo de 216000 cup se paga un 15% pero una ves q los ingresos superan los 216000 cup se paga un 20 % y luego que sobrepasan los 432000 cup se paga un 30 %. Porque tan altos los impuestos ? Porque no existe una escala progresiva , por poner un ejemplo si mi contrato devenga una total de 217000 cup ya tengo q pagar un 20 % , porque no pagar un 16 %? , no se si me hago entender. Siempre hemos sido un sector menospreciado en la sociedad muchas veces piensan que vivimos una vida llena de riquezas cuando no es así , se requiere mucho sacrificio y tiempo lejos de las familias. Los músicos pagan un pequeño % y también contratan con compañías extranjeras, porque el % de nosotros es tan alto, cuando nuestro sacrificio es mayor . Espero se valore mi criterio el cual comparte mis compañeros. Gracias . Buen día
Buenas el año pasado era trabajador estatal hasta el día 31 de diciembre 2021 y ya tengo creada la MIPYME pero en el vector fiscal del 2021 me muestra que tengo que pagar la seguridad social del ultimo trimestre del año 2021…no debería pagarlo porque lo estaría pagando doble por empresa estatal y por la MIPYME ...pregunte a la ONAT y me dijeron que eso era problemas de la plataforma, no de ellos. En la plataforma para poder continuar con los otros pasos debía señalar la seguridad social no había otra opción. Que se puede hacer en estos casos? saludos
Buenos días, desde ayer estoy intentando entrar al sitio de la ONAT y no funciona.
Alex, La inestabilidad en el Sitio Web es debido a que dado los hechos te ataques realizados desde el exterior del país, a partir del mes de julio de 2021, DESOFT, que es nuestro proveedor de servicio, adoptó un grupo de medidas de seguridad que han atentado con la eficiencia del Sitio Web y la infraestructura donde se aloja. Motivo por el cual en los períodos donde existe mucha concurrencia y acceso al portal el mismo se cae. Trabajamos para restablecerlo y pedimos disculpas por esta situación.
Cómo es el pago de los trabajadores que reciben gratificaciones de empresas extranjeras y a partir de qué fecha es que se efectúa ?
Cómo TCP que recibo pagos de un ente estatal, este me retiene un 5% del pago como tributo adelantado, pero al finalizar el año y rellenar mi DJ-08 resulta que no debo pagar impuestos por tener ingresos inferiores al límite exento (aún si incluyera el monto de las retenciones).
¿Cómo recupero esos tributos adelantados que evidentemente me pertenecen por ley?
Buenas tardes...
Explican en el foro debate que se perfeccionó el servicio de pagos de los tributos para las personas naturales a través de Kiosco BANDEC, estando la misma desde Enero del ano pasado en mantenimiento, y Bandec no responde hasta cuándo va ser el Mantenimiento. Esta situación obliga a los que tenemos cuentas corrientes TCP que se operan desde el Transfermovil a personarse al banco obligatoriamente para obtener el Estado de Cuentas, pues la CC que se opera por transfermovil no tiene servicio para Virtual Bandec. El transfermovil tampoco tiene la opción de obtener el estado de las cuentas corrientes TCP o fiscales, algo que sería muy beneficioso.
Lo cierto es que en enero del año pasado salió de mantenimiento el Kiosco Bandec y no ha regresado, dejando a los que lo usamos asistiendo al banco periódicamente en medio de una pandemia pornun trámite que fácilmente se realiza desde un teléfono.
Más de una consulta se le ha realizado a Bandec, y nada resuelto con respecto a este tema y ninguna esperanza ni fecha aproximada de cuándo terminará tan largo mantenimiento.
Buenas, siempre he tenido una duda:
en el proceso objeto de debate, se hace una Declaración Jurada en la cual se detallan en el registro tanto los ingresos como los gastos, entonces un TCP que ha comprado la mayoría de sus materias primas en MLC(el grueso de sus gastos) a la hora de declarar hay que ponerlos con tasa de cambio 24/1 , pero la realidad es que lo obtuvo a una tasa de cambio mayor, entonces no estría cometiendo un delito? no estaría mintiendo? No estaría rompiendo su JURAMENTO?