Nuevas medidas respaldarán política para la producción industrial de alimentos y bebidas en Cuba

El viceministro de la Industria Alimentaria (izq.) destacó el impacto del nuevo paquete de normas jurídicas en la producción de alimentos. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.
Un nuevo paquete de normas jurídicas fue publicado hoy en la Gaceta Oficial Ordinaria No.84 de la República de Cuba, referido al ordenamiento legislativo que implementa la política de producción industrial de alimentos y bebidas (PIAB) en el país.
De acuerdo con Yanoski Calderín González, viceministro de la Industria Alimentaria (MINAL), esas normas constituyen el respaldo legal de la política en cuestión: el Decreto 22 “De la producción industrial de alimentos y bebidas” y las resoluciones complementarias del Ministro de la Industria Alimentaria, la 106 –Reglamento del Decreto–, la 107 –que crea el Registro– y la 108, que dispone el Reglamento de dicho Registro.
Otra norma asociada resulta la ya publicada Resolución No.434 del Ministerio de Justicia, toda vez que aprobó la creación del Registro Nacional de Productores de Alimentos y Bebidas en calidad de registro público, de permisos y licencias, subordinado al organismo rector de la industria alimentaria en Cuba.
Aprobada en enero de 2019 –subrayó el viceministro en conferencia de prensa este miércoles–, la política persigue dos objetivos cardinales. En primera instancia, establecer todas las regulaciones para una mejor gestión y control de la producción industrial en estos rubros, tanto en los diferentes organismos de la administración central del Estado como en las personas naturales y jurídicas asociadas a esta actividad. En segundo lugar, disponer de un registro donde se incluya a todos esos productores.
Las nuevas disposiciones legales deberán redundar –vaticinó el funcionario– en un incremento de la producción de alimentos en la geografía nacional. Asimismo, contribuirán necesariamente “a que se maneje mejor, desde el punto de vista de calidad y de inocuidad, la producción”. Las proyecciones apuntan además a que, desde la percepción del pueblo, haya una correspondencia entre mayores volúmenes obtenidos y mejores balances cualitativos.
“El desarrollo de la producción industrial de alimentos es una prioridad del Gobierno y del Estado”, ponderó. Y el Decreto 22, junto a las normas jurídicas que lo acompañan, “constituyen una expresión de la voluntad política de esta prioridad”.
Gilda Dieppa Sanabria, directora jurídica del MINAL, abundó en las particularidades de los referidos instrumentos jurídicos que tributan al programa de desarrollo aprobado por el Ministerio.
El Decreto dado a conocer hoy en la Gaceta, explicó, se relaciona con los decretos-leyes 8 y 9, recientemente puestos en vigor e inherentes a la Normalización, Metrología, Calidad y Acreditación y sobre Inocuidad Alimentaria, respectivamente. El mismo contiene una sección donde se establecen deberes y obligaciones específicas que exigen la observancia de todos los productores de alimentos y bebidas en materia de normalización y calidad.
¿Cuáles son esas categorías de productores? Ahí están, dijo, las industrias (pertenecientes al MINAL), las minindustrias y las microindustrias. En tanto, las fábricas productoras se dividen en: minindustrias productoras de alimentos y de bebidas –indistintamente–, las microindustrias productoras de alimentos y las de bebidas, así como las industrias que producen ambos rubros y son las grandes fábricas estatales.
El MINAL, en su condición de organismo rector para la aplicación de dicha política y de las regulaciones derivadas, es el encargado de autorizar la producción en ese sentido, a partir de la inscripción en el registro de productores y alimentos que se crea a estos efectos. Tras concretar ese paso es que los productores podrán obtener su licencia.

Gilda Dieppa profundizó en las particularidades legales de las nuevas medidas que respaldan la política de producción industrial de alimentos y bebidas. Foto: Abel Padrón Padilla.
Según la directiva, el ministerio aludido está facultado para “conceder, renovar, modificar o cancelar las licencias para la producción industrial de alimentos y bebidas, así como la licencia especial para la producción de rones de exportación”.
Como toda norma –insistió Dieppa Sanabria– la actual contiene un acápite dedicado a la inspección, el control y la fiscalización de la PIAB, a cargo de la Oficina Nacional de Inspección Estatal (ONIE) de ese ministerio. Lo anterior es sin perjuicio de aquellas requisas que pueden ejecutarse por otros actores facultados en nuestra economía. Por ejemplo, las autoridades nacionales reguladoras que, a partir de la Política del CITMA, también han sido definidas.
“Se acreditan, de forma programada, los laboratorios para los controles oficiales por la Oficina Nacional de Acreditación de la República de Cuba”, acotó la directora jurídica. Y recordó que, aparte de las unidades de este tipo hoy acreditadas, existe un programa para seguir sumando laboratorios.
Decisiones “a la medida”
Un punto novedoso contemplado en la nueva normativa es el hecho de que establece un Régimen Contravencional, algo “que hasta hoy no existía para esta materia”.
Sobre este particular, la especialista advirtió que el régimen comprende, en lo fundamental, medidas de imposición de multas, las cuales oscilan entre los 1 000 y los 1 500 pesos, así como la facultad de paralizar el proceso productivo, en relación con la gravedad de las violaciones detectadas. A ello se unen medidas accesorias en función de las posibles infracciones. También contempla la posibilidad de solicitar al Registro la suspensión, cancelación o limitación de la vigencia de la licencia otorgada.
Al repasar las infracciones y las medidas contravencionales aplicables en virtud del Decreto 22, trascendió que las transgresiones identificadas no excluyen a otras que puedan ser determinadas por autoridades nacionales reguladoras y las consiguientes decisiones esgrimidas de conformidad con la legislación vigente.
“Estas infracciones van a considerarse violaciones de las regulaciones sobre la Política de PIAB y –en dependencia de su alcance, trascendencia y consecuencias– pueden implicar además una medida administrativa a los responsables”, alertó.
El Decreto prevé igualmente en su Reglamento las vías y recursos que poseen los productores para canalizar sus insatisfacciones respecto a alguna medida aplicada o de cara a la formalización de reclamaciones en general, así como los lapsos establecidos para encauzar tales trámites. “Es un proceso bastante amplio e, incluso, abre al final la vía judicial para presentar inconformidades”.
Algo similar ocurre ante cualquier desavenencia en términos de suspensión, cancelación o limitación del plazo de vigencia, cuyas causas aparecen delimitadas en la normativa aludida. En este caso se procede de manera parecida, agotando las vías y recursos mencionados. “Un proceso sucesivo de entidades adonde se puede recurrir, hasta llegar a la vía judicial, cuando se decida y no se esté conforme con las decisiones que se toman en las diferentes instancias”, resumió la experta.
Ahora bien, el Registro de Productores de Alimentos y Bebidas estará en el propio MINAL. Sobre sus hombros descansa la responsabilidad institucional de la dirección y funcionamiento del Registro. El Director de Calidad y Tecnologías deviene la autoridad competente para emitir, modificar, renovar, suspender, cancelar y limitar la vigencia o validez de las licencias. “Aquí se establece la obligación del productor de presentar la solicitud de inscripción, la que –una vez analizada– se admite o se deniega”.
El Reglamento tiene como objeto establecer las disposiciones para el funcionamiento y organización del Registro. Y este, a su vez, posee la finalidad del otorgamiento de las licencias para la PIAB, así como la licencia especial prevista para el ron exportable.
Los principios específicos del Registro apuntan, primeramente, a la validez jurídica de documentos electrónicos, esto supone igual valor y eficacia jurídica que los documentos originales y libros en soporte papel.
“El Registro nace informatizado. Hoy ya se está trabajando en un software para su informatización. No obstante, se prevé la posibilidad de tener libros en soporte papel, que puedan sustentar cualquier acción y dar respaldo a lo que se ha hecho de manera electrónica”.
El contenido de todos los asientos del registro –prosiguió Dieppa Sanabria– “está bajo la seguridad y protección de este ministerio, que garantiza el aseguramiento humano y material requerido para su funcionamiento. Es un registro central, radica en La Habana, tiene jurisdicción y competencia en todo el territorio nacional y está integrado al Departamento Independiente de Asesoría Jurídica del MINAL”.
Dentro de las funciones, está la de expedir las certificaciones de otorgamiento, denegación, modificación, suspensión o cancelación de las licencias, al igual que la limitación de la vigencia. Otro de sus acometidos consiste en entregar a los destinatarios las certificaciones solicitadas y expedidas.
Del deseo a la concreción: El viaje de una licencia

Durante la conferencia de prensa donde se presentaron las nuevas normas. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.
Al esbozar la ruta de la autorización para el ejercicio de estas actividades económicas, al amparo de las nuevas normativas, la directora jurídica del Ministerio de la Industria Alimentaria se detuvo en el procedimiento para la inscripción.
Este empieza en el minuto en que el productor presenta formalmente su solicitud, vía electrónica. Para hacerlo efectivo, podrá apoyarse en la Dirección Provincial de la ONIE, en alguna entidad con sistema automatizado o, simplemente, mediante cualquier otra posibilidad de acceso al registro digital.
Tras ser recibida satisfactoriamente la petición, prosigue el paso de calificación –por parte del registrador– de la información y los documentos presentados. En este orden, vale mencionar la existencia de un anexo (previsto en el Reglamento) que especifica y reúne todos los modelos y la restante documentación que deberán acompañar la solicitud. De ahí le sigue la comunicación oficial al solicitante, mediante un documento electrónico, respecto a la aceptación primaria o no de su petitoria.
De cumplir con las exigencias, se procede a otorgar un permiso provisional por el lapso de un año, pero si el establecimiento no cuenta con licencia sanitaria (requisito esencial), solo será autorizado por un período de seis meses.
Conforme con las precisiones de Dieppa Sanabria, a partir de recibida esta solicitud y otorgado el permiso especial, la ONIE revisa toda la información ingresada por el titular del permiso y, de ahí, emite su propuesta sobre el otorgamiento o no de la licencia, luego de una inspección a la unidad.
Después de que la Oficina certifica el cumplimiento de todos los requisitos exigidos, lo comunica al Registro y el director de Calidad y Tecnologías emite la licencia de PIAB o la licencia especial, si se tratase de elaboración de ron con destino a mercados foráneos.
“La licencia tiene una vigencia de cinco años. El titular del permiso provisional o de cualquiera de las licencias que se otorgan, queda obligado, si la entidad a la cual pertenece es sujeto de inscripción en el Registro Mercantil Central”, de completar ese paso.
El permiso provisional y las licencias deberán estar expuestas en el establecimiento en un lugar visible, precisó.
Todas estas decisiones, la Dirección de Calidad y Tecnologías las notifica mediante documento electrónico o excepcionalmente por escrito al Registro para que sean debidamente asentadas. Durante el período en que están suspendidas o limitadas las licencias, se prohíbe la elaboración y comercialización de los productos.
A propósito de las autorizaciones concebidas, Cubadebate inquirió acerca del ciclo –en términos de días hábiles– que debe transcurrir entre la presentación formal de la solicitud de licencia por el productor y su aprobación/otorgamiento por la entidad competente.
El lapso estimado, contestaron los funcionarios, es de 60 días después de solicitada. Especificaron que, a partir de que el productor entrega la petición, la Oficina tiene 30 días para hacer la inspección (ya contenidos en los 60 días en total). Sobre el permiso especial, se recalcó que es hasta un año o seis meses solamente cuando falta la licencia sanitaria. Vencido ese permiso especial, si todavía no tiene la licencia pero puede acreditar que ya la presentó y no ha obtenido la respuesta del Ministerio de Salud Pública, es cuando se otorga la licencia limitada.
De los rones made in Cuba y su camino hacia mercados internacionales
El viaje de un ron de factura nacional que pretenda ser degustado en el extranjero, debe transitar obligatoriamente por la emisión de una licencia especial, como se ha mencionado previamente.
Con la entrada en vigor del actual paquete normativo, el registro de productores de ron para la exportación y la licencia precedentes para esa actividad quedan sin efecto. Una aclaración importante: el contenido de la licencia no contradice los requerimientos de la legislación anterior, más bien incorpora una licencia especial para el caso del ron a exportar.
¿Por qué una licencia especial únicamente para el ron exportable? La respuesta hace diana en la tradición de calidad y en el sello de garantía que acompañan al producto. Sello que otorga la Cámara de Comercio de la República de Cuba y que da testimonio, en perfecto maridaje con su buen sabor, de la excelente y esmerada factura de la bebida.
“Tener la licencia especial y el sello de garantía es el primer paso para que, después, esos rones puedan ostentar por la denominación de origen Cuba, que ya está registrada para los rones cubanos. Y esto es una modalidad elitista de propiedad industrial: poder decir que un producto tiene denominación de origen está garantizando que es de excelente calidad porque se produce en ese lugar”, enfatizó la directiva.
Cubadebate también se interesó por conocer si, además del ron, se intenciona la inclusión de nuevos productos con potencial exportable al interior de la cartera de oportunidades. A esa interrogante, el viceministro Yanoski Calderín González respondió que lo dispuesto “comprende toda la gama de producción de alimentos, lo que se hace un aparte dentro del Decreto al tema de las bebidas con las características del ron cubano y por el prestigio que ha alcanzado este a nivel internacional”.
Destacó que el hecho de tener una denominación de origen define entonces otros estándares “para mantener el prestigio y una estabilidad en la calidad de lo que se exporta en el ron. Pero esto no excluye para nada que todo producto alimentario pueda ser exportado en cualquiera de sus gamas o en cualquiera de sus presentaciones”, puntualizó.
La licencia, reforzó, “viene a avalar que esta producción cumple con todos los requisitos para que pueda ofertarse en el mercado interno o pueda transitar hacia mercados internacionales”. Es decir, lo que hace es “afianzar la capacidad de producción” de quienes elaboran estas bebidas.
Anotaciones “a pie de ley”
Toda disposición legal supone cierto trayecto en la vida sociopolítica y económica para poder tomarle el pulso. Sin embargo, desde su salida a palestra jurídica permiten determinadas lecturas, teniendo en cuenta su pertinencia, integralidad y posible impacto.
Desde la mirada institucional, el viceministro realizó lecturas necesarias, enfocando en primer plano la voluntad política real y la alta prioridad conferida al tema. Recordó también que “la participación de las formas no estatales en la cadena de valor de la producción industrial de alimentos, ya sea a través de los proyectos locales como de las mini y microindustrias, se reconocen en el Decreto y son vitales para el desarrollo de la producción de alimentos a nivel nacional”.
Valoró, asimismo, que ese paquete normativo tiene una proyección estratégica, llamada a impactar de modo positivo en la producción de alimentos y en la calidad como norte permanente. Otro mensaje nítido fue el punto de equilibrio entre metas productivas y responsabilidad social: “La producción tanto de bebidas como de alimentos, de forma ilegal, es un fenómeno negativo que va en contra de la salud y conspira a las indisciplinas sociales. Y, por tanto, serán rigurosamente sancionadas a través de las medidas establecidas en este Decreto”.
Asumiendo el impacto previsto, la pertinencia de las medidas está interrelacionada con el respaldo que ofrece a una política dirigida a favorecer tanto a las empresas e industrias estatales, como a las formas de gestión no estatal, y cuyo beneficiario más extendido es la población en general. Eso explica per se, en buena parte, la integralidad de esta serie de medidas. Sobre todo porque conectan con el desarrollo del programa alimentario concebido hasta 2030.
Desafíos no faltan en su camino. Pero oportunidades tampoco. Otra vez estará sobre las espaldas de todos los actores que intervienen en su implementación, poner a buen recaudo la buena voluntad de las medidas.
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Adquiri'un producto para la limpieza del hogar a un precio elevado en Agua y Jabon en MLC en La Copa Miramar.Playa.La Habana.CUBA.
Para mi sorpresa al abrirlo ,no tiene ningun tipo de sello o seguridad .Por lo que puede perfectamente adulterarse.
No es el unico producto.Otros en MLC y CUC tambien se ofertan y el contenido no es el mismo en cantidad cuando los observas colocados en los estantes para ser comercializados .
Defecto de fabrica??
Como proyecto,perfecto, ahora vamos a esperar su aplicación. Ojalá la hagan cumplir y los productos que se venden en moneda nacional tengan la calidad que el pueblo se merece y aplicar el eslogan que la calidad es el respeto al pueblo .Pienso que ya habrá pocos productos subsidiados,la calidad debe estar de acuerdo a los nuevos precios. Por ejemplo, el pan,el picadillo, la jamonada, el arroz, el café, la lista se hace interminable.
Primero que elaboren para satisfacer la demanda nacional y vamos a trabajar tambien en la calidad.
las deben existir pero lo único demostrado que ase que se produzca con calidad es la competencia económica entre los diferentes productos y servicios los que no tienen calidad desaparecen solos eso se puede en el socialismo siempre que se piense en el que paga
Despues de todo esto, Podremos comprar refrescos y alimentos nacionales de manera normal en las establecimientos diseñados para eso en nuestro pais.
Coincido con los que han escrito hablando del cúmulo de resoluciones y decretos que se construyen en estos tiempos, creo que hay apresuramiento en su redacción y publicación.
Recuerdo que en el Forum de Base de la Delegación de la Agricultura de la antigua provincia La Habana, celebrado en el año 2009, presenté un trabajo demostrando que las resoluciones de creación de las CPA, CCS, GENT y UBPC, eran idénticas en más del 90% de su contenido, y las variaciones fundamentales se relacionaban con el órdenque se le daba a los capítulos y artículos. Pasaron más de 5 años para unificarlas todas.
Tambien recuerdo a la antigua EMBELI (Empresa de Bebidas y Licores), que fué sometida a cambio de nombre porque los licores son bebidas también, se le dió otro nombre que no recuerdo si fue EMBA, ahora se llama EMBER, Empresa de Bebidas y Refrescos. Pregunto: quién dijo que el refresco no es una bebida?. segun diccionario de la Lengua Española: Refresco: Bebida que se toma para que disminuya el calor corporal, especialmente la que no contiene alcohol.
Está bien lo del ron de importación ¿ y el del consumo nacional qué?, ¿Y la cerveza, sobre todo la que se vende a granel, quien garantiza su calidad?
Otra ley, ojalá no corra la suerte de muchas otras que solo exiten en la gaceta oficial
Excelente noticia, pero si no hay competencia no habrá nunca calidad, aquí no tenemos opciones de seleccionar, hay que comprar lo primero que aparezca, y después que se compra es que revisamos las etiquetas para ver que contiene.
Veo muy bien que se instrumenten estos mecanismos de REGISTROS / LICENCIAS para poder operar en el país. En el sector de la construcción existe hace bastante tiempo el REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES, PROYECTISTAS Y CONTRATISTAS ..., y ese debe ser el camino para una buena parte de las actividades que se ejercen en el país, más allá de una patente de cuenta propia, o de MIPYME, de Empresa Estatal Mixta o Extranjera, se necesitan estos registros para garantizar un mínimo de competencias y de seguridad en la labor a realizar.
Excelentes noticias para quienes llevan días "histéricos" y generando un estado de opinión sobre el abastecimiento y los precios de los productos y quejandose de tener que recurrir a las ofertas en MLC.
Como vemos ya tenemos la solución para una oferta amplia y de calidad de estos renglones y lo más importante en la "nueva moneda nacional" que tendremos tras el ordenamiento. Algo muy acorde a la "nueva normalidad".
Y quién controlará, los inspectores.......?
Hay Kioscos de CP que venden Puré de tomate en latas con Etiquetas, muy bonitas pero su contenido no es Puré de Tomate; ni en sabor ni en color. Y cuestan 35.00 CUP. y Café Hola en 35.00 CUP
Nada, perdí mi dinero.
Creo que la ley hace falta,pero¿se cumplira?, quien sera el que teniendo el deber de hacerla cumplir lo haga en verdad,dias atras en dos ocaciones compre en la tienda la Giraldilla, la que esta a unos metros de la Macunba dos botella de ron Habana Club de 6.95 y sorpresa no tenian el dispensador,sera que no hay o es que la introdujeron por la izquierda para ser comercilaizada, pienso que es hora de dejar atras tanta burocracia y acabar de aterrizar en la tierra, acabemos de darles a los TCP las herramientas necesarias llamece materias primas y demas para que producan y controlemoles la calidad y los PRECIOS, que exista competencia competencia solo asi se resolvera esta situacion,y el estado que se concentre en coasa mas estrategicas y de peso.saludos Soto,espero me publiquen
Ariel, tengo entendido que ya no hay el dispensador. Ojalá que alguien mejor informado nos aclare la duda.
Siempre he dicho que el éxito de la economía cubana radica en que los trabajadores se sientan de verdad dueños de los medios de producción, en la actualidad no es asi, muchos saben que el jefe roba o un trabajador roba y a nadie le importa y dicen las palabras que muchos oimos: Esto no es mío. Se pueden crear sistemas de propiedad que de verdad sean de los trabajadores. España y otros países tienen algunas empresas que son propiedad de los trabajadores, cada uno tiene acciones en la industria y son propietarios de verdad. Lo que no podemos seguir en nuestro pais es apelando solamente a la conciencia para que la gente trabaje y lo haga bien porque muchos son conscientes pero qué haremos con los que no son conscientes y no le importa si trabajan bien o mal o los que se van de certificado inventados o inventan enfermedades o problemas de cualquier índole para no trabajar. Para tener éxito en una empresa socialista como la nuestra no se debe dejar la eficiencia solamente a la conciencia, así, no funciona.
Por favor, la empresa estatal cubana lamentablemente depende mucho de la conciencia de los trabajadores y no debe ser asi nada más, debe existir esa conciencia, pero debe existir metodos de control y producción que no dependan de la misma, que dependan de lo eficiente que sea un trabajador, si no es eficiente, debe ser sustituido por el que desea serlo y que persiba bien por esa eficiencia, así funciona con los cuentapropistas y por eso es que tienen éxito una cafetería particular y una estatal no funciona bien. El tyrabajador de una cafetería estatal no importa que tú consumas, de todas forma el cobra su salario, el de una cafetería particular tiene que vender porque sino pone en peligro su trabajo ya que el dueño no se lo va a permitir.
Veremos si realmente se resuelve algo.
OJO no confiar en las Miniindustrias que lo que producen es de mala calidad. Si dudan, consumelo.
Muy buen artículo! Explicación amplia y oportuna de las nuevas medidas. Gracias CUBADEBATE.
Ya bajé la goc-2020-o84 y le di una rápida mirada. Vi muchos deberes pero no ví derechos. Dónde adquiero todo lo necesario para producir y cumplir todo lo exigido en estas normas.
Esto se parece a lo de siempre: el que produce inventa
para poder producir y el estado hace leyes para evitar los inventos.
Resultado: NADA
El último párrafo fue el más interesante desde mi modesta opinión.
Con el mayor respeto, nos pasamos el tiempo inventando nuevos decretos, nuevas leyes, después la publicamos en la gaceta oficial, ¿Y que se resolvió? El gran problema que tenemos es la cantidad de personas que tenemos casualmente haciendo leyes e inventando decretos, ¿Pero quien controla a quien? Para producir más se necesita estimular a la gente, espero que con el nuevo salario la gente trabaje con mayor calidad, espero que con el nuevo salario la gente pueda sastifacer sus necesidades más inmediata. Hay que producir más y que la gente no robe, ni desvie los recursos del Estado. Hay que producir con calidad y llenar los mercados , si seguimos trabajando por cumplir un plan seguieremos en lo mismo, ya en la habana hay más de 5 millones de personas, y los mercados estan vacios , los particulares tienen todas las cosas del mismo Estado pero a un precio astronómico, la calidad se fue de vacaciones después del 90 y no ha regresado.
El problema no estriba en la norma legal. Nuestra eterna disciplina suspensa es el control y la fiscalizacion del cumplimiento de las normas legales, y demás disposiciones. Nos hemos acostumbrado a violar y transgredir las normas legales, sabiendo que a la postre nada pasa con los infractores en la inmensa mayoria de los casos. No pocas veces incluso han sido promovidos.... Todas las violaciones legales y de procedimiento se deshacen en un mar de bochornosas justificaciones de todo tipo, y cuando no, terminamos culpando al cruel bloqueo hasta de la incapacidad personal de cualquier mortal.
La inocuidad esta normada y se viola por doquier. Solo hay que ver los reportajes en el NTV de las minindustrias y de otras plantas procesadoras para apreciar deficiencias de todo tipo.
Y a proposito, algun día tendremos una verdadera LEY de Proteccion al Consumidor?
Gracias a Cubadebate por el espacio de opinion que nos brinda. Quizas algun decisor nos lea.
No entendí nadaaa
Cuidado connlas componendas...¡!!! Yo te aviso antes de inspeccionar.. ojo
Todo lo q se haga en beneficio del consumidor final es correcto,ahora revisen la calidad de lo q expenden las empresas estatales a la poblacion,con los cambios q se aproximan donde habra q pagar los productos a su valor real y no subsidiado,lo q es muy correcto,se van a quedar botados varios productos en las bodegas y carnicerias,porq la verdad hasta los animales le viran la cara a los diferentes carnicos y embutidos q se expenden,o sea q nadie o casi nadie va a comprar.
Me parece oportuna la ley pero veremos hasta donde realmente se cumple y se respeta, los inspectores realmente cumplirán con su deber y velarán por que se hagan las cosas cómo deben ser, y estarán al tanto de que no se desvienn los recursos y materia prima de forma tal que los alimentos se hagan como es debido y no como sufrimos a diario con la mala calidad en la elaboración y la escasez de lo.que en realidad lleva el producto que lohace incomible, y ejemplos sobran, las croquetas que se venden al pueblo y que nadie logra saber de qué están hechas, el picadillo que se les da a los niños son puro pellejo, el picadillo texturizado que tiene cualquier cosa menos carne y el café ay mi Dios el café no sabemos a donde va para por que el de la cuota es puro chícharo debería llegar a la torrefactora que lo.pricesa y tomar muestras y averiguar que cosa es ojalá hagan respetar de verdad los derechos del pueblo y paremos a todos aquellos que se enriquecen con el desvío de los productos y materias primas, tomen realmente conciencia que somos totalmente víctimas de la indolencia y el mal manejo de muchos pero muchos desmanes.
Muy bien que se normalice el control de la calidad, así como todo lo relacionado con la información que debe tener las etiquetas sobre los ingredientes, pero más importante es que se ponga en vigencia la Ley de Protección al Consumidor, donde realmente la población va estar protegidos y las entidades tendrán que responder legalmente por incumplir lo establecido, sobre la citada ley he preguntado varias veces para cuando está prevista su promulgación e incluso a la Asamblea Nacional del Poder Popular y nunca responden, espero me publiquen, gracias
En corrales y aguila.....vende el pure de tomate a 45 pesos y sabe a rayo encendido...ademas tiene color violeta anaranjado, rojizo.....debe ser cancerigeno....una desverguenza que esten vendiendo semejante ....ni se como decirle
Un ejemplo sencillo y muy fácil de verificar cojan un paquete del café de la canasta y analicen lo que contiene y si encuentran algún por ciento de granos de café Eureka, y así sobran los ejemplos como los desvíos, robos y mal manipulación de los recursos y materias primas al grano que decía mi suegra a grandes males grandes remafio.
Buenas: Excelente artículo y mejor aún la nueva normativa que llega con un atraso de décadas, pero nunca es tarde. Me gustaría que al entrar en vigor sean revisadas la calidad de varios productos que se fabrican en Cuba, según lo que debe ser ese producto en su forma genérica y no con nuestras adaptaciones para cumplir la máxima cristiana de "más con menos"; o sea, conocer y se revise como debe ser un picadillo de res, de pollo, de cerdo. Revisar la calidad e inocuidad de varios productos que oferta Comercio y Gastronomia y otros establecimientos y que ya de por si es pésima, me refiero a: Café, Ron, Croquetas, Frituras, Dulces y panes, picadillo, pastas alimenticias, refresco y cerveza a granel (de pipa), concentrados, jugos, pulpas, purés, mermeladas...en fin. De esto tampoco escapan las cooperativas y la formas de gestión no estatal. Espero que los ejecutores de esta norma busquen la calidad y la verdadera inocuidad de lo que consume el pueblo cubano. Se exporta lo que gana valor y prestigio en su lugar de origen que logra transcender las fronteras nacionales, creo que este es de los pocos países donde se produce con calidad para exportar y sin ninguna para consumir a lo interno y expedido en CUP. Todos sabemos que mucho de lo expedido en cuc pertenecen a empresas mixtas. Sin contar además la señalización de fechas de caducidad, componentes, etc...Espero que de verdad avancemos en ese sentido y el refresco gaseado a granel sea refresco com sabor a naranja, limón, cola, etc…que el café sea café, el picadillo de pollo sepa a pollo. A cumplir con lo dispuesto. Gracias
Medidas y más medidas pero seguimos con un desabastecimiento enorme de productos alimenticios e industriales
Que ha pasado con los refrescos Ciego Montero??? Creo que cubadebate debe indagar sobre eso.... y por favor no me digan que es que aumento el consumo en la pandemia :)
A todo lo anteriormente dicho en los comentarios (léase dolientes) añádanle que no existe un infraestructura tecnológica de laboratorios regionales que garanticen la certificación sanitaria correspondiente; por ejemplo, un tema obviado, y que en teoría deberían prevenir estas leyes es la presencia de trazas de medicamentos prohibidos (pero muuuy utilizados) en los productos de origen animal.. Dígase antibióticos y esteroides.. Por citar los más frecuentes y abusados.. Para no hablar de residuos de insecticidas u otros productos químicos usados en la agricultura....