Actualizan normas jurídicas para las cooperativas del sector agropecuario (+ Infografías)
Con el objetivo de impulsar el desarrollo de las cooperativas agropecuarias y poner a todos los actores del escenario productivo en igualdad de condiciones, fue aprobado el Decreto Ley No. 365 y su reglamento complementario, que publica este viernes la Gaceta Oficial Ordinaria número 37.
La nueva norma, fruto de los cambios introducidos en el sector desde 2011, regula en un solo cuerpo legal el funcionamiento de esas organizaciones, en correspondencia con las transformaciones que en la actualidad demandan, según explicó Orlando Díaz Rodríguez, director Jurídico del Ministerio de la Agricultura (MINAG).
El propósito, dijo, es otorgar mayores facultades y crear escenarios favorables para el progreso de las cooperativas agropecuarias, teniendo en cuenta su relevancia en la producción de alimentos en el país.
Entre los cambios sobresale la creación de iguales condiciones para todos los actores en el acceso a los medios, insumos y servicios.
Otro elemento significativo es que “la empresa, a la cual se vincula la cooperativa, asume la responsabilidad de controlar el cumplimiento de las normas técnicas que rigen el proceso productivo”. Al tiempo que los órganos y organismos de la Administración Central y entidades tienen el encargo de “asesorar, atender y controlar” a estas organizaciones.
Ricardo Monzón Novoa, director de Desarrollo Cooperativo del MINAG, aclaró que “la vinculación no significa subordinación”, sino que se basa en relaciones contractuales y de igualdad. Se trata de que las empresas apoyen la gestión de las cooperativas, viabilizando los procesos y respetando su autonomía, añadió.
El nuevo reglamento establece denominaciones comunes para todas las cooperativas:
- El máximo representante legal: Presidente
- Los órganos de Dirección: Asamblea General y Junta Directiva
- Integrantes: cooperativistas
- Método de elección: voto secreto y directo
También ratifica principios que ya regían el funcionamiento de estas organizaciones e incorpora otros y los hace extensivos a todas las estructuras: autosostenibilidad económica, educación cooperativa y que el capital social de la cooperativa es indivisible.
- Voluntariedad
- Ayuda Mutua
- Disciplina cooperativista
- Decisión colectiva e igualdad de derecho de los socios
- Territorialidad
- Bienestar de los cooperativistas y sus familiares
- Colaboración entre cooperativas y con otras entidades
- Responsabilidad social y contribución al desarrollo planificado de la economía nacional
El Decreto Ley No. 365 estipula, además, que las CCS se concentren en la atención y prestación de servicios a sus miembros, eliminando las responsabilidades ajenas a esa misión. Igualmente autoriza a los agricultores pequeños, asociados o no a las cooperativas agropecuarias, a contratar directamente la fuerza de trabajo permanente que requieran.
Otras novedades del texto jurídico
- Se autoriza el vínculo directo entre agricultores pequeños, asociados o no a las cooperativas agropecuarias, con personas naturales y jurídicas.
- Los propietarios y usufructuarios ponen los medios de su propiedad al servicio de personas naturales y jurídicas sin intermediación de entidad alguna.
- Define que las CCS pueden crear cuentas por donde circular el dinero para el pago a las ventas que realizan los productores, el que no es patrimonio de esta, por lo que no puede ser objeto de retencion.
- Se crea por cada cooperativa el fondo de desarrollo, el que se dedica a la adquisición de medios básicos, la construcción de instalaciones productivas y sociales, el desarrollo científico técnico y actividades de capacitación y a la protección del medio ambiente. El monto de este fondo se aprueba en la asamblea general a partir de las utilidades después del pago de impuesto.
La norma entrará en vigor en un plazo de 180 días de su publicación oficial en la Gaceta, tras un amplio proceso de capacitación a los más de 447 mil cooperativistas del país.
Con la implementación de este documento jurídico se derogan la Ley No. 95 “De las Cooperativas de Producción Agropecuaria y de Créditos y Servicios”, de 2 de noviembre de 2002, y el Decreto Ley No. 142 “Sobre las Unidades Básicas de Producción Cooperativa”, de 20 de septiembre de 1993.
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Mahoma:
Cuenta con mi respeto y apoyo al 100%
Totalmente de acuerdo con usted!
Si los comentaristas de Cubadebate por un año pusieran en práctica sus ideas... que maravilla!!
Pd: últimamente no me publican y mis comentarios no los considero difamatorios....
Saludos cuban@s
Espero que esta nueva ley de cooperativa, tenga en cuenta a los jubilados de estas entidades los cuales se mantienen trabajando en las mismas luego de jubilarse y según dicen los jurídicos que no tienen derecho a las ganancias finales o utilidades que son repartidas al final del año, siendo este tema injusto, partiendo de que estos valiosos hombres son en su mayoría fundadores de esta cooperativa y se mantienen trabajando de forma activa aportando a los resultados económicos de esta entidad y al final las ganancias son repartidas entre los cooperativistas , y estos “obreros" son privados de este derecho solo por la condición de ser jubilado de esta cooperativa. Creo q vale la pena revisar este tema tan sencible partiendo del sistema de distribución socialista por el que deben regirae estas formas productivas, y la necesidad de estimular más a los que trabajan la tierra,labor que debe ser dignificada para lograr producir más que es lo que necesita el país, a los máximos representantes de la agricultura y la ANAP les sugiero revisar este asunto de la ley se cooperativas y su reglamento general en tema relacionado con el régimen económico y especificar este tema en el que muchos se escudan para aplicar la“ ley" como les convenga porque he leydo y releído la actuó ley 95 de las CPA y su reglamento geral y no veo que diga esto de que se prohíbe el pago a los jubilados. Y esto se aplica en la CPA Augusto Cesar Sandino de Cacocum. Si alguien pudiera esclarecerme mi teléfono es 24327 888,
Perdonen mi ignorancia, esto es parte de un ensayo, o experimento.
Acabo de ver un documental de una planta que procesa 500 toneladas de boniato diario en Carolina del Norte y después lo exportan al mundo entero .. Si boniato...leyeron bien. Lo ponen en una cajita y se lo mandan a los ingleses....
Cómo no falta...uffff
Que biiieennn, seguimos tomando decisiones detras dl buro y con la ropa limpia d fango y sudor xq hay aire acondicionado. Hay algun campesino dl surco ahiii??? De los q pasan trabajo para lograr un campo d maiz, frijol, yuca, tabaco o demas y demas q las cooperativas supuestamente les garantizan los productos fantasmas y nunca llegan o en el mejor d los casos llegan tarde y q al final les exigen como si hubiesen cumplido para despues pasarse meses en pagar los productos despyes q les descuentan el 5% d la cooperativa, el 3 d la onat y al final d año un fisco considerable. Que facil se ve todo de afuera pero cuando no ere tu el que llenas un jarro d sudor al esprimir la camisa despues d cada jornada y al final la cosecha despues d tanto sacrificio se te vuelve esoo solo sudor porque sigues en las mismas, asi alguien cree q me den ganas d producir???
Seguimos arando en el mal, si en lo mal hecho y en el mar, flagrante violación de los lineamientos del 7mo CONGRESO, las empresa con funciones estatales controlando a las cooperativas. ¿HASTA CUANDO? Las cooperativas sólo tiene que regularse su forma de Constitución, el funcionamiento tiene que partir del principio de autonomía y la Unión voluntaria de los cooperativistas, su plan tiene que partir del estudio que ello hagan de las necesidades del mercado, dejarle las vías libre a la creatividad, el modelo socialista no tienen porque cambiar la esencia del cooperativismo y en la rama agrícola al igual que en la no agrícola se siguen malas prácticas . Hay mucha ironía en los comentarios, pero hay mucha razón, Estamos condenados al fracaso.
Aunque indudablemente la entrada en vigor de esta norma contribuirá en alguna medida a solucionar aspectos contradictorios, no dará solución a la verdadera esencia del problema, PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS Y DISMINUCIÓN DE LOS PRECIOS, eso solo se logrará permitiéndole al campesino comercializar sus producciones directamente con el debido pago de sus impuestos. Otro aspecto que continúa disperso es la denominada UBPC y finalmente, se publicó el 24.5 en la gaceta oficial y todavía no se puede acceder a este, saludos.
Seguimos arando en el mal, si en lo mal hecho y en el mar, flagrante violación de los lineamientos del 7mo CONGRESO, las empresas con funciones estatales controlando a las cooperativas. ¿HASTA CUANDO? Las cooperativas sólo tiene que regularse su forma de Constitución, el funcionamiento tiene que partir del principio de autonomía y la Unión voluntaria de los cooperativistas, su plan tiene que partir del estudio que ello hagan de las necesidades del mercado, dejarle las vías libre a la creatividad, el modelo socialista no tienen porque cambiar la esencia del cooperativismo y en la rama agrícola al igual que en la no agrícola se siguen malas prácticas . No puede haber otra relacion entre la cooperativa y una empresa que no sea la contractual. Hay mucha ironía en los comentarios, pero hay mucha razón, Estamos condenados al fracaso.
Somos un pais pobre, agricola y con un desarrollo industrial obsoleto mayormente.Sinembargo aproximadamente solo un 10% de la fuerza laboral del pais esta vinculada directamente a la tierra y cuando digo tierra es produciendo comida, cuando tu comparas eso contra los "estomagos" que hay que alimentar el % de los que producen comida contra el total a alimentar se debe quedar en un 5% calculo yo. Sobre todo eso con falta de medios de labranza apropiados,semillas de poca calidad y una agricultura casi en su totalidad de secano, sujeta a un clima que cambia a hojos vista. Algo tenemos que hacer pues tierras buenas con marabu sobran en el pais.
Seguimos arando en el mal, si en lo mal hecho y en el mar, flagrante violación de los lineamientos del 7mo CONGRESO, las empresas con funciones estatales controlando a las cooperativas. ¿HASTA CUANDO? Las cooperativas sólo tiene que regularse su forma de Constitución, el funcionamiento tiene que partir del principio de autonomía y la Unión voluntaria de los cooperativistas, su plan tiene que partir del estudio que ello hagan de las necesidades del mercado, dejarle las vías libre a la creatividad, el modelo socialista no tienen porque cambiar la esencia del cooperativismo y en la rama agrícola al igual que en la no agrícola se siguen malas prácticas . No puede haber otra relacion entre la cooperativa y una empresa que no sea la contractual. Hay mucha ironía en los comentarios, pero hay mucha razón, Estamos condenados al fracaso.
Como se aprenden leyendo los comentarios de los floristas. Eso demuestra que el Pueblo cubano está preparado, capacitado y es un pueblo estudiado. Tontos aquellos que no tienen en cuenta la sabiduría popular. Por eso digo y repito que el Pueblo no está nada equivocado con lo que dice, por el Pueblo Sí Dice y habla Alto y Claro. Hace rato se está repitiendo escuchar y tomar las enseñanzas del Pueblo.
Ahora vamos a ver que hacen los Diputados en la próxima sesión de la ANPP porque alguien tiene que denunciar esta Violación de la Constitución del 2019 que acabada de sacar del horno ya empieza a violarse y eso no se puede permitir. Bastante con las violaciones de la anterior Constitución.
La comida y la defensa son Sagrados. Mucho cuidado!!!!
Un abrazo y muchas gracias
La cuestión es que sera necesario respetar a la figura de la Cooperativa y su autonomia puesto que hasta ahora lo que se ha hecho es obstaculizar su desarrollo, mientras se manifiesta un incremento en la autonomia de las empresas estatales a las cooperativas se les lacera la que por ley le corresponde exeso de control
Hola, quisiera que me explicaran ¿cómo un Decreto Ley deroga una Ley?
Hasta hoy he buscado y no he logrado encontrar el texto integro del Decreto ley 365 de las cooperativas si pudieran mandarme el texto digital a mi correo pedrol.mena@nauta.cu agradecería o la direccion exacta en la gaceta ya que en ninguna de las buscadas lo encuentro.
Estuve leyendo un buen número de comentarios acerca de leyes, proyectos de leyes o resoluciones; donde nos preguntamos si una deroga a la otra o no. Considero en mi modesta opinión que no son las leyes en sí las que pudieran resolver el gran déficit de alimentos en nuestro país, donde muy acertadamente, algunos plantean que Cuba tiene todas las condiciones para convertirse no sólo en un gran productor, sino exportador de alimentos y productos agrícolas. Como comentaba no son las leyes, sino el cumplimiento de las mismas las que las pueden hacer más o menos eficientes. Pero el problema de la agricultura en Cuba va más allá de las leyes o bloqueos. Está relacionado con el desvío de recursos (de los escasos recursos que se le asignan al campesino), tanto por parte de empresas como de cooperativas; de los altos impuestos que desestimulan la producción, de la persecución a los ingresos de aquellos que deciden dejar el pellejo pegado al surco, regado con su sudor, el miedo injustificable a que alguien adquiera riquezas lícitas con su trabajo, mientras la mayoría la adquieren malversando y desangrado los bienes del estados. Mientras sigan males como los intermediarios innecesarios como Acopio, que en tantos años ha demostrado ser sólo un parásito que se alimenta del trabajo del campesino, y que tantos males le provoca con tantos incumplimientos e informalidades de recogidas y pagos. Mientras nos sigan robando descaradamente en el pesaje de nuestros productos ante lo cuál nos vemos indefensos al mo tener a quien reclamar, aunque teóricamente exista. Podría pasar horas exponiendo ejemplos que atentan contra la recuperación de la agricultura, pero lo resumiré así: MIENTRAS NO SE ACABE LA CORRUPCIÓN QUE CORROE A NUESTRO PAÍS, NO PODEMOS AVANZAR. Muchas gracias.
Parece que con esta norma se promueve que sigamos igual. Se declaran las obligaciones de las Cooperativas, las que producen la mayor parte de los alimentos, pero adolece de los derechos de estas para poder exigirle a quien la empresa obligada. Hoy las Empresas, como lima sorda, lastran a las Cooperativas, pidiendo aseguramientos para asambleas, reuniones, transportaciones, etc., aludiendo a las buenas relaciones personales, la colaboracionterritorial, etc. Deberían haber quedado claros los limites de competencia, derechos y obligaciones de una relacion imprescindible entre las Empresas y las Cooperativas, en la que ambas partes puedan exigirse a traves de un contrato de compra venta en ambas direcciones, lo que garantizaria una mayor produccion en cada camapaña.
pienso que hay que revolver mas en la base, conocer las realidades en el terreno y vivir lo que vive el campesino, entonces seremos capaces de establecer leyes mas objetivas que verdaderamente resuelvan los problemas del que trabaja la tierra y así se aportara mas a la economía del país que tanto se necesita, las cooperativas contraerán menos deudas, entre otras cosas. vamos por buen camino pero no acabamos de llegar