¿Cuáles son las principales modificaciones a la Ley General de la Vivienda?

La Ley incluye un nuevo procedimiento para la asignación de terrenos estatales a personas naturales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio. Esa asignación de terrenos se realizará en las áreas que estén definidas en los planes de ordenamiento y estén sometidas a un proceso de urbanización. Foto: EFE
¿Cuáles son las principales modificaciones que establece el Decreto Ley No 322 modificativo de la Ley General de la Vivienda, que se publicó el 5 de septiembre en la Gaceta Oficial y que se pone en vigor el 5 de enero de 2015?
Este Decreto Ley extingue el Instituto Nacional de la Vivienda –INV- y el Ministerio de la Construcción –MICONS- asume sus principales funciones y la rectoría de la aplicación de la política de la Vivienda en el país.
El MICONS crea una Dirección General y una Dirección de Asuntos Legales de Vivienda, para cumplir entre otras las siguientes funciones:
- Elaborar propuestas de la política general de la vivienda y sus urbanizaciones y la rectoría técnica del proceso inversionista para estos programas constructivos.
- Organizar el control del fondo de viviendas, su estado y evolución;
- Establecer la política para el aseguramiento de los servicios de proyectos, asesoría técnica y servicios técnicos constructivos a la población por esfuerzo propio;
- Implementar, controlar y coordinar la aplicación de la Ley General de la Vivienda y demás disposiciones complementarias; incluyendo las disposiciones sobre reclamaciones de derecho y litigios; ocupantes ilegales y convivencia.
- Regular, establecer y controlar la aplicación de las disposiciones y regulaciones de las viviendas vinculadas, medios básicos y edificios multifamiliares;
- Regular y controlar la confiscación de viviendas en el marco de su competencia, conforme la legislación vigente.
El resto de las funciones se trasladan a otros Ministerios, Órganos, Organismos y Entidades:
Instituto de Planificación Física todo lo referido a la construcción de viviendas por esfuerzo propio de la población y lo referido a reclamaciones y litigios relacionados con solares yermos, DPS y medidas y Linderos. Temas que serán ampliados por la Vicepresidenta del IPF.
Ministerio de Trabajo y la Seguridad Social sobre el arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios que será ampliado por el director del MTSS.
OACEs el control, declaración, contratación y cese de viviendas Vinculadas y Medios Básicos que las posean como parte de su patrimonio.
Sistema de Tribunales lo referido a reclamaciones y litigios relacionados con la propiedad de la vivienda siempre que los títulos sean notariales o judiciales. Incluye además, la división y permutas obligatorias.
MINJUS permutas donde exista al menos una vivienda vinculada o medio básico.
Transformaciones al Sistema de la Vivienda
Tanto en la instancia provincial, como municipal se fusionan las Direcciones de Viviendas con las Unidades Inversionistas a cada Nivel y se denominan las DPV y DMV.
El Programa del Arquitecto de la Comunidad que presta servicios de proyectos y servicios técnicos a la población, fundamentalmente para la construcción por esfuerzo propio, se constituyeron en Empresas de Arquitectura y Servicios Técnicos con similares funciones.
La subordinación de las DPV, DMV, Empresas de Arquitectura y Servicios Técnicos se mantendrán subordinadas a los OLPP, en sus respectivas instancias.
Los trámites de la población se continuaran realizando en las Oficinas de Tramite de la Vivienda y en los municipios donde no existen en las direcciones municipales de vivienda.
Sobre el Reglamento de viviendas vinculadas y medios básicos
El Reglamento de Viviendas Vinculadas y Medios Básicos. Aspectos relevantes:
- Se reduce el término legal de ocupación de las viviendas vinculadas de 20 años a 15 años.
- En las viviendas medios básicos su permanencia será de uso temporal, o sea por el tiempo que requiera la función que realizará el arrendatario y no para resolver problemas habitacionales.
- El pago de las viviendas vinculadas será al 100% del precio legal inicial, el que se pagará en 180 mensualidades (15 años).
- Todos los medios básicos pagarán uso y disfrute de la vivienda durante el tiempo de permanencia en el mismo.
- Los titulares de viviendas vinculadas que, de acuerdo con las regulaciones vigentes, tienen derecho a adquirir la propiedad a los 20 años, pueden optar por la misma al arribar a los 15 años, aplicando lo normado por las nuevas disposiciones.
- Los arrendatarios realizarán a su costo la conservación, mantenimiento y rehabilitación de la vivienda vinculada.
A partir del 5 de enero los jefes de los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales, organizaciones políticas, de masas y sociales, en un período de seis (6) meses a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, realizan la depuración de su fondo de viviendas vinculadas y medios básicos para ajustar las viviendas de su patrimonio a las necesidades de sus dependencias y suprimir las irregularidades existentes.
Principales disposiciones de la nueva Ley
Belkys Serrano Tejerizo, Vicepresidenta del Instituto de Planificación Física, reconoció que a partir de los cambios aprobados por el Consejo de Ministros, sobre los trámites de la población referidos a la Vivienda (Lineamiento 297) y al fortalecimiento del Ordenamiento Territorial y el Urbanismo (Lineamiento 120), se decidió perfeccionar el funcionamiento, estructura y composición de los sistemas de Vivienda y Planificación Física.
Se instrumenta mediante el Decreto Ley 322 del 31 de julio 2014, Modificativo de la Ley General de la Vivienda y varias normativas complementarias, entre ellas:
- Resolución 54/14 del Presidente del IPF “Procedimiento para cumplir las funciones que se traspasan a las direcciones municipales y provinciales de Planificación Física”.
- Resolución 55/14 del Presidente del IPF “Procedimiento para la asignación de terrenos estatales a personas naturales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio”
Fue publicado en Gaceta Oficial el 5 de septiembre 2014, se establece su puesta en vigor a los 120 días naturales (5 de enero de 2015).
Se cuenta con un cronograma de implantación actualizado que recoge las acciones a ejecutar durante este período, entre ellas organizativas, de capacitación, divulgación, aseguramiento y control.
Se traspasan del Sistema de la Vivienda al de Planificación Física, las siguientes funciones:
- Expedir las licencias y autorizaciones para la realización de acciones constructivas sobre la vivienda.
- Establecer y controlar las normas para el mejor funcionamiento de los asentamientos urbanos y rurales.
- Asignar los terrenos estatales a las personas naturales que los soliciten para construir viviendas.
- Certificar la habitabilidad de las viviendas terminadas que cumplan las regulaciones urbanas y constructivas.
- Emitir el Dictamen Técnico para la descripción y tasación de las viviendas.
- Aprobación de la certificación de medidas y linderos de las viviendas, del traspaso de solares yermos y azoteas, así como el ejercicio del derecho de tanteo a favor del estado.
- Representar al Estado Cubano ante los Organismos Internacionales en el ámbito de los Asentamientos Humanos y el Hábitat.
- Conocer y resolver los litigios y reclamaciones en torno a solares yermos, derecho perpetuo de superficie y medidas y linderos.
Principales mejoras
La política aprobada coadyuva al fortalecimiento del ordenamiento territorial y el urbanismo, y es parte del proceso de perfeccionamiento de los organismos de la administración pública.
Las funciones que se traspasan del Sistema de la Vivienda al Sistema de Planificación Física son instrumentos de control de la función estatal del organismo. Con estos se controlan el cumplimento de las determinaciones de los planes de ordenamiento referente al uso y destino del suelo, las redes técnicas, infraestructuras, la protección del medio ambiente, las regulaciones territoriales y urbanas, las normas técnicas de construcción, entre otras.
Persigue además facilitar y flexibilizar trámites para la remodelación, rehabilitación y construcción de viviendas.
En las normas jurídicas aprobadas se logra integrar y describir los procedimientos, se establecen los plazos y se definen acorde a las acciones constructivas que se pretenden ejecutar, los permisos que se requieren, partiendo que los trabajos de conservación que se realicen en un inmueble para protegerlos del desgaste y prolongar su vida útil, así como otros trabajos y acciones constructivas interiores en viviendas que no modifiquen fachada, ni afecten o transformen la estructura constructiva de la edificación, no necesitan trámite alguno.
También hay un grupo de gestiones que las direcciones de Planificación Física van a realizar de oficio y sin costo adicional para la población, tanto para la emisión de licencias y autorizaciones de construcción y otros relacionados con la habitabilidad de los inmuebles. Por ejemplo, todo lo que tiene que ver con las aprobaciones de organismos de consulta (Higiene, Protección contra incendios, Patrimonio, etc).
Se incluye un nuevo procedimiento para la asignación de terrenos estatales a personas naturales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio. Esa asignación de terrenos se realizará en las áreas que estén definidas en los planes de ordenamiento y estén sometidas a un proceso de urbanización. El terreno a entregar deberá tener condiciones mínimas de urbanización para que las personas puedan comenzar a construir (trazado vial, solución de abasto de agua y evacuación de residuales, cobertura eléctrica), para que luego la vivienda sea habitable.
Las asignaciones de terrenos se realizarán por parte de las direcciones de Planificación Física a los casos aprobados por los Consejos de Administración municipales, en correspondencia con las causales y prioridades establecidas en las normativas, para su entrega.
Al recibir el terreno estatal las personas deberán comenzar la ejecución de la obra en el término de un año, que podrá ser prorrogado por un año más. Si no se ha construido en el terreno entregado durante ese período, podrá cancelarse la asignación, pues existe una necesidad creciente de terrenos para construir viviendas.
Se norman los procedimientos para la compra, venta, donación y permuta con el Estado de solares yermos, al igual que la cesión y uso de azoteas, ya sea con pago o sin él, como alternativas de áreas y espacios para construir.
Se logra también concentrar en el Sistema de la Planificación Física todos los trámites relacionados con la descripción, tasación y la certificación de medidas y linderos. Actualmente, el sistema de la Vivienda hace ese trámite en las viviendas y sus terrenos correspondientes, en tanto Planificación Física lo hace en inmuebles y terrenos estatales.
Se define un procedimiento para la solución de litigios y reclamaciones en torno a los solares yermos, el derecho perpetuo de superficie, las medidas y los linderos, definiéndose todos los pasos que la población debe dar ante una situación de este tipo, qué términos son los establecidos y a qué instancia le corresponde darle solución o respuesta a su reclamación.
A la puesta en vigor del Decreto Ley y sus normativas complementarias (5 de enero 2015), la población realizará estos trámites en las Oficinas de Gestión de Trámites de la Vivienda, que existen en la mayoría de los municipios del país. En aquellos territorios que no se cuenten con estas oficinas se dirigirán a la Dirección Municipal de Planificación Física.
Se recomienda a la población que ante la necesidad de realizar acciones constructivas revisen detalladamente los trámites que se establecen para cada caso, contenidos en la Resolución 54 del Presidente del IPF, y busquen asesoría en las direcciones de Planificación Física sobre procedimientos y regulaciones urbanas aprobadas para cada localidad.
Menos trámites para el arrendamiento
Jesús Otamendiz, director de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, aseguró que el Decreto Ley No. 322 de 31 de julio de 2014 ”Modificativo de la Ley General de la vivienda”, asigna al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social la función de dirigir y controlar la actividad de arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios, por lo que en cumplimiento de lo establecido en su Disposición Final Cuarta, se emitió por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Resolución 33 de 2014 que contiene el “Reglamento para el arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios”, donde se faculta a las direcciones de Trabajo municipales a autorizar el ejercicio de esta actividad por cuenta propia y las disposiciones que regulan el ejercicio la misma.
Este reglamento se pondrá en vigor el 5 de enero de 2015, por lo que a partir de dicha fecha, las personas interesadas en ejercer la actividad, en lugar de acudir a las direcciones municipales de la Vivienda, como lo hacían anteriormente, deben acudir a las direcciones de Trabajo municipales, para lo cual presentan la misma documentación que se exigía anteriormente. En este proceso se perfecciona el término del trámite, al reducirse de 15 días, a un plazo no mayor de 5 días, la autorización para el ejercicio de la actividad.
Es importante destacar, como parte del proceso de ordenamiento y control de esta actividad, que las personas que se autoricen a arrendar viviendas, habitaciones y espacios tendrán, además de los deberes generales para los trabajadores por cuenta propia, deben:
a) permitir el acceso de los inspectores facultados cuando estos, en el ejercicio de sus funciones, lo requieren;
b) mostrar en ocasión de las inspecciones, los documentos relacionados con el arrendamiento y la titularidad de la vivienda;
c) no permitir que los arrendatarios perturben el orden, las normas de convivencia y la tranquilidad ciudadana; entre otros.
También cabe significar que para cumplir de forma ordenada con el traspaso de estas funciones, se elaboró un cronograma de trabajo conjunto con el Instituto Nacional de la Vivienda, en el cual participarán activamente los gobiernos locales y las direcciones de Trabajo y de la Vivienda, los que se subordinan a estos órganos, donde se le presta especial atención a las acciones referidas a la preparación de los cuadros y especialistas que participan en la tarea en los diferentes niveles de dirección, así como al control de los recursos humanos, materiales y financieros, de forma tal que a inicios del próximo año, las direcciones de Trabajo estén listas para asumir esta función.
Fuente: Intervenciones de los Panelistas en la Mesa Redonda sobre las Transformaciones del Sistema General de la Vivienda, 23 de septiembre de 2014.
- Trump prolonga tregua con Irán pero mantiene el bloqueo naval
- Definidos los siete refuerzos de cada equipo para la IV Liga Élite del Béisbol Cubano
- Accidente en Paseo y 23: Varios lesionados en taxi Gacela con 12 pasajeros; se desconocen las causas
- Entran en vigor en Cuba nuevos Decretos-Ley sobre Aduanas (+PDF)
- Irán advierte a EE.UU. que no negociará bajo amenazas y afirma que sus fuerzas están listas para responder con contundencia
- ir aNoticias »
- Entran en vigor en Cuba nuevos Decretos-Ley sobre Aduanas (+PDF)
- Identifican al atacante de Teotihuacán, que dejó como saldo una turista canadiense fallecida y 13 heridos (+Video)
- Mis influencers (Parte III): Julián Iglesias y los soldaditos de plomo
- La participación laboral en Cuba: Retos y perspectivas desde la base
- Podcast Las 3 del día: Resumen de las noticias en Cubadebate en las últimas horas
- ir aSociedad »

mi esposa es medico de familia llevamos 25 años viviendo en el consultorio a partir del 5 enero todos los tramite se realizaran atravez de la oficina ante mencionada gracias
En cuanto al pago de las casa de los cooperantes de salud, quiero que sepan que todos saben que hay que pagarlas, pero si es una falta de respeto total a las personas que le fueron otorgadas por poner un plazo de un año y decir que su valor es de $2095.00cuc, desdes hace 7años esperan por su legalización, en Pinar del Río fueron entregadas en su gran mayoría con problemas constructivos que llevan ya todo este tiempo sin resolverse ,van desde filtraciones ,pisos con losas partidas, tupiciones en tuberías ,falta de luminarias en los pasos escaleras ,problemas en los baños , pintura de exteriores que ya no existen fueron pintadas con agua , sin contar que para llegar a las casas cuando llueve hay que ser un gran artista de circo y pasar por algunas tablas que ponen los vecinos, se hicieron las aceras pero el camino por donde hay que transitar desde el vial Colón hacia los edificios el fango da al pecho, de esto hay evidencias documentales para que vean que desastre y el MICONS en todos estos años ha realizado muchas ,muchas reuniones y muchos levantamientos con estos problemas casa a casa y nada ha sido resuelto ,incluso casa entregadas hace solo un año también tienen estos problemas, ahora después de tantos años aparece el cobro y nadie duda que toda edificación que se entrega requiere de un pago , pero porqué en un año ,porque si no se paga en ese plazo pasa a medio básico del MINSAP, porqué no se preocupan por resolver los problemas constructivos primero, porqué se demoró tanto definir el monto y su pago, porqué ahora .Son muchas las preguntas, entre otras esta también cuestan lo mismo las casas entregadas con estructura igual y similar a los militares y damnificados que están en el mismo reparto Hermanos Cruz, es demasiado la falta de respeto a hombres y mujeres que aportan tanta divisa a la economía de este país que aunque en sus misiones tengan beneficios económicos, se sacrifican lejos de su familia y van a lugares donde ningún médico de otro país estaría, con esa falta de calidad en las casas el precio da vergüenza , y les informaron que después vivienda las tasa en cup y en unos miles de pesos, aquí en Pinar en una reunión se informó y no se permitió a los médicos que plantearan estos problemas constructivos por parte de los funcionarios que allí fueron ,no soy médico pero estoy muy al tanto de todo por familiares y amigos. Es necesario que este plazo se revise y los problemas constructivos también, por favor si alguien que está en las alturas puede hacerlo , analicen, esos médicos son hoy también los que el país cuenta para ayudar a hacerle frente al ébola y quién sabe cuántas catástrofes más, no los decepcionen más. Se sabe que hay que pagar pero existen muchas formas para hacerlo como se hace con otras entregas de viviendas por el Estado durante estos años de Revolución. Hasta cuando decisores de todo , hasta cuándo. Oigan a las personas y después ejecuten sus ideas.
Por que , si tu vivienda es arrendada, con mal estado tecnico, y la reconstruyes por esfuerzo propio, incluso cambias la tipologia, se te debe tasar de nuevo y recalcular las mensualidades. A demas los mantenimientos o reconstrucciones no corren por la vivienda?
Pregunto por favor y necesito que alguien me aclare mi duda, en cuanto a las nueva ley modificada de la Vivienda.
la entrada oficial a mi casa es por una ciudadela, pero en este caso mi vivienda se encuentra ubicada en la azotea y tengo necesidad de ampliarme puesto que solo cuento con sala comedor,baño, cocina, patio de servicio y una habitación y somos 6 personas dentro del núcleo familiar. pero lo que se considera por los papeles como el patio de servicio es una azotea a la cual tengo acceso legal por mi cocina y esta mide 9 metros
hola en el caso mio que adquiri una vivienda hace mas de 20 años y al cabo de los diez por mala orientacion profesional de una abogada pase a ser arrendatario de por vida como quedaria ahora con esta nueva tramitacion?
les agradeceria me respondieran a mi correo personal.
salu2
Por lo general cuando estamos en presencia de una nueva ley sentimos gran espectativa con eso, no obstante siempre nos quedamos insatisfechos, muchos aspectos de interés se quedan en el tintero, las medidas liberadoras siempre se quedan con excepciones, peros, prohibiciones, etc.
Hasta cuando van a persistir las llamadas medidas que atentan contra la propiedad individual, debe de ser la propiedad un derecho inalienable, que cada cual pued hacer con lo suyo lo que quiera, ya sea vender, donar, permutar, es absurdo que un propietario de una vivienda de recreo no pueda venderla y solo se traspase por la triste y dolorosa causa de muerte, que un propietario de una vivienda o solar yermo en una zona turística se le niege el derecho de venta y solo pueda hacerlo solamente a favor del estado por un precio irrisorio ó esperar a que el estado le haga una permuta en posición desventajosa.
El anterior comentario que hice no se me publicó, me asombraría favorablemente si lo logro ver.
tu pregunta fue muy Buena y direrta eso son temas quel pueblo quiere hoir y que le duele son derecho en el mundo entero
Un final, mucha mejora, paqui y paya, a los cubanos que no tienen dinerito es decir los de a pie, el trabajador que vive de su salario y que tambien se les esta cayendo la casa, y estan esperando por la soluciones siguen viviendo en el bajareque que se cae en cualquier momento como es mi caso y de otros y todos los gobiernos y entidades de este pais lo saben y no les importa, para que quiero un terreno, si no tengo un negocio, ni parientes en el extranjero que me mande dinero para construir, (pues vivo, mal vivo con mi salario) primero resuelvan mis problemas verdedespeues economicos,
entre Fomento y Ensenada Municipio 10 de octubre, este inmueble de 2 plantas esta calificado inhabitable, irreparable desde el año 1900 y algo, mi familia vive allí desde que mi madre que tiene actualmente 53 o 54 no se muy bien nació.
Para no hacer el cuento muy largo hace aproximadamente 10 años ocurrió un derrumbe parcial en el comedor y la cocina de uno de los 4 apartamentos existentes en dicho edificio en el cual existieron 3 accidentados uno de ellos en estado grave.
Hace 5 años ocurrió otro derrumbe parcial en el inmueble esta vez en la escalera de acceso a la segunda planto yo me encontraba embarazada y el trozo de techo me callo en los pies cuando me encontraba bajando. Los otros apartamentos presentan hundimiento del piso, caídas parciales del techo, filtración en el entrepiso por roturas de tuberías viejas hidrosanitarias, muro de pasillo con inclinación a punto de derrumbe, grietas estructurales serias a punto de desprendimiento, escalera de acceso en mal estado con desprendimiento de cubierta, y todos los días existe algún pequeño derrumbe parcial
Desde hace mucho tiempo(dígase años) tenemos expediente de albergue, además de un sin fin de dictámenes técnicos, se nos han ofertado algunos lugares como albergados, pero o no han tenido condiciones para vivir(tamaño o condiciones higiénicas) o han estado tan alejados de hospitales y sin posibilidad de transporte para salir en caso de emergencia que no hemos podido aceptar( mi abuela de 70 años hipertensa, diabética, mi madre hipertensa, con una cardiopatía isquémica , y un infarto silencioso, mi hermana con crisis vagal, hipertensa y diabética, yo la mas saludable y joven (mientras que siga sin ir al medico) con un bebe pequeño enfermizo)
Nos propusieron arreglarnos el inmueble, cosa muy poco probable viendo las condiciones en las que se encuentra la edificación(soy Técnico en Construcción Civil desde el año 1999), y debiéndonos sacar de allí, por correr riesgo nuestras vidas y `propiedades, nos ofertaron igual, una habitación de 3x3 en la cual deberíamos vivir y acomodar nuestras pertenencias, cosa que también es imposible siendo 3 familias cada una con su equipamiento respectivo para el hogar. Mientras tanto nuestra vida sigue en peligro en el inmueble, sin respuesta de nadie y cuando digo nadie me refiero a todas las cartas escritas y visitas a las oficinas del consejo de estado, a la UMIV y dirección de Albergue del municipio 10 de Octubre, y a nivel provincial, nacional y hasta casi mundial, pues solo me falta escribir a los derechos humanos .
Les explico todo esto para que me digan que ganamos nosotros los trabajadores los que vivimos puramente del salario sin mas, como lograremos tener un espacio donde vivir, sin riesgos para nuestras vidas, si no tenemos dinero para poder aunque sea alquilarnos, para asegurar nuestras vidas y para que nos reparen nuestro hogar, mucho menos para subsidiar una construcción por medios propios, sin robar descaradamente y estafar, para poder comprar los materiales y pagar la mano de obra, por que con el salario, el préstamo que da el banco no alcanza ni para comprar 5 bolsas de cemento.
Todos estos cambios están muy bien , pero nadie piensa en los que verdaderamente necesitan de ellos que somos los trabajadores de abajo, lo que tenemos que esperar por un milagro, o algunos casos que tienen familiares dirigentes de alto rango, o familares en el extranjero, o simplemente los que nos roban impunemente vendiendo productos dañinos para nuestros jóvenes u otra barbaridad que si tienen dinero para pedir en Planificación , comprar una casa, una azote, un solar y construir sus casas, mientras el pueblo (dígase los humildes de esta Cuba, que le somos fieles a la Revolución y soñamos con una Cuba mejor para nuestros hijos rezamos todos los días para que la casa no se nos caiga y si se cae que no mate a un ser querido.
Esto lo digo con la certeza que quizás me cause algún problema, pero la verdad no tengo miedo a las consecuencia, soy una cubana 100 x 100 que se canso del fraude, de las mentiras y las falsas esperanzas, y que además, no cree , que volviéndose una dama de blanco o una presa política se le resuelvan los problemas, ni vendiendo sus ideas a otros lo digo para que se riegue mi voz por la de otros cubanos que como yo sufren todos estos problemas.
y que pasara con los garages que no forman parte de las viviendas, siguen en el limbo juridico???
¿¿y que pasara con los garajes que no forman parte de las viviendas, siguen en el limbo juridico???
Quisiera conocer si en las modificaciones realizadas se contempla definitivamente la construcción de piscinas. Hasta hoy esta prohibido pero aun asi proliferan en toda nuestra geografia sin que conozca las causas que se utilizan para esta prohibición, ni como muchos la han ejecutado y puesto en explotacion a la vista de todos sin que pase nada, en realidad es un tema que quisiera compartir con todo el que me pueda ayudar a entender. Yo en lo personal voto porque se autorice con las regulaciones que deben tener y no como muchas veces votando el sofa.
Tengo 3 preguntas :1)- Me puede explicar como queda la situacion de los medicos de familia, muchos fundadores del plan del medico de la familia que llevan mas de 25 anos viviendo en la casa que esta encima del consultorio, que no tiene otro sitio donde vivir , ni les fue asignada vivienda por estimulo como a otros que cumplieron mision en venezuela?, 2)-tambien quiero que me digan que van a hacer con las personas ajenas al sector de la salud que han invadido las casas y los consultorios medicos? 3)- y las personas del sector de la salud (medicos y enfermaras de las familias) que ya se jubilaron y permanecen viviendo en las viviendas consultorios .
Con mi umilde opinion dire: que eso esta muy bonito, pero si los precios de los articulos que nesecitamos para construir siguen a un precio tan elevado para q
Con mi modesta opinion creo que la ley si puede dar resultado porque todos sabemos el peloteo que habia ya era hora. Pero lo que relmente nesecita el cubano es que bajen los precios de los articulos de contruccion mientras un juego baño siga costando 4 veces mas (para poner una cifra, que no es menos cierta) del salario promedio de un trabajador a lo cubano no vamos a dar pies con bola.
Que hay de nuevo con la compraventa de viviendas?
Se comenta que a partir de enero las viviendas se venderán solamente al Estado y éste las venderá a quién estime conveniente. Que hay de cierto en ello.
Pienso que no debe pasar de una bola mal intensionada.
Buenos días soy colaboradora medica en Brasil, vivo en un consultorio medico hace 28 años que en estos momentos fue otorgado como vivienda por las casas pendientes del plan Venezuela , como los mismos son muy pequeños me gustaría saber si limites y linderos cuando otorguen la propiedad autoriza algún espacio del área verde de abajo que es amplia como uso comun ya que la planta baja también fue otorgada
saludos ,yo soy arrendatario permanente desde el año 1997 ,me declare cuando el gobierno de mi localidad dijo que las personas que compraron casas en ese tiempo ilegal por que no se permitian las compra venta ni donaciones no se le iva a desalojar de las casas ,ahora que cambio esta ley a nosotros no nos favorecio en nada todo sigue igual , nesecitamos que el gobierno se pronuncie en cuanto a esto,yo por ejemplo adquiri esta casa en plena construccion y la termine con esfuerzo propio en mas del 50% de esta , y como yo hay 1000 de cubanos esperando ser propietarios al gundia ¡que injusticia! acaso no se dan cuenta
Buenas noches quisiera tener información. Al respecto Vivo con mi, AbuelA desde hace 10aÑos en su casa mi abuelA teniA los pApeles de su casa, se lo Dios a sus nietas, para que se los guardaran, ahorA los papeles de la casa de mi abuelA aparecen A nombRe de sus nietas, yo me case, y mi esposa esta esperando un hijo, estamos viviendo. En esta casa, y las nietas de mi abuela me están mandaNDo a Desocupar y la verdad es quE no tengo para donde ir habrá algunA ley que me AmpAre, anDo desesperado el único que. A visto de mi abueLa e sido yo mi mama y mi tio de resto las nietas de mi abuela no la visitan no la llaman ni están pendiente de ella, lo que ellas quieren es sacarme de aquí para que mi abueLa se muera rápido y así poder veNder la casa que es lo único que a ellA le interesa alguien que me pueda ayudar por favor. Aquí le dejo mi pin :284CF4D6
Hola buenos días para todos ,hasta que al fin encuentro personas que conocen del asunto de la vivienda
En nuestro País !!
Mi nombre es Jesus , les pondré una lista de dudas que agradecería infinitamente si me dieran sus conocimientos al respecto
1) vivo en una casa en la Habana vieja puerta calle en bello edifico de 3 pisos
Solo yo y mi vecino del primer piso somos propietarios , , pero en el tercer piso que esta declarado como inavitable desde el año 1987 viven como 4 familias , de las cuales no son propietarios , en fin que dichas personas no todas pero algunas los hemos sorprendido
Rovando los azulejos de la escalera en fin que destruyen todo no cuidan nada y además les han sido otorgado materiales para reparar y los venden , pero lo mas triste de todo es que yo con esfuerzo propio he pintado la fachada del edificio y total es por gusto porque ya varios arquitectos me han dicho que en cualquier momento eso se viene abajo en fin que me siento como en una cueva sin salida quiero arreglar mi casa y el edificio pero si en cualquier momento se cae de que me sirve!! Además de transitar con un miedo voraz
De que en cualquier momento quedamos sepultados entre los escombros pero al pareser a ellos no les importa ,
Que puedo hacer para sacarlos a ellos de ahí y tratar de salvar el edificio para poder demoler la tercera planta a mi me da pena con ellós pero mas pena que todos salgamos muertos a ellos en la otra mano no les da ninguna pena con migo
Mi vecino del segundo piso esta de acuerdo con démoler parte de su casa porque se está callando pero no sabemos que hacer
Por favor pedimos ayuda con alguien que nos oriente que hacer al respecto si existe alguna autoridad que valla y saque esa gente de ahí para poder salvar algo !!!
Infinitas gracias
Esperando ansioso alguna respuesta sobre que debo hacer a donde tengo que ir y con quien hablar
La única manera de salvar esa joya arquitectónica es
Necesito ayuda con el tema de la vivienda: Hace más de tres años la DMV y mi vecina me han involucrado en un litgio sin fin por una causa injusta necesito ayuda por favor alguien me puede decir donde mas tengo que dirigirme despues de que el tribunal supremo dicta sentencia y la vivienda no procede con la demolicion.¿Que es lo que me queda por hacer ?
Que se necesita para eliminar la corrupciön y esa plaga que hay en la direccion municpal de la vivienda de arroyo naranjo Por favor el 90 para no dicir 100 % de la poblacion de este municipio tiene problemas con la vivienda ?Seran los pobladores o seran los directores ¿ Quienes son los encargados de este analisis
Buenas:
yo soy una rendataria en cuc y me encuentro en el extranjero de visita y deje hecho un poder notarial para que mi hermana me represente en cualquier situacion que tenga que ver con el arebdamiento,ella recibio una llamada que yo tenia que presentarne antes de las 72horas en la oficina de onat porque estan reincribiendo las propietarios de las vivienda de renta ,por supuesto mi hermana se presento en el local de la onat y le dijeron que ese documento notarial no se podia usar que tenia que presentarse el propietario personalmente,No entiendo que sucede y que paso debo hacer.Maria
que hacer cuando en descripcion por dictamen tecnico, aparece una habitacion en 2 propiedades que estan inscriptas
cual es la reslusión que ampara a los arrendatarios que no son medios básicos y después de ver pagado 17 años.
26 de enero de 2017 a las 4.20 -responder
construi una vivienda con mi anterior esposo y nos divorciamos legalmente y nunca llegamos a legalizarla como propietarios, pero la casa la hicimos en un terreno familiar de mis abuelos, que actualmente sigue bajo su nombre, pregunto mi anterior esposo tiene derecho a adjudicarse la vivienda si actualmente estoy casada con mi nuevo esposo
Hola quisiera saber si yo contruy de manera inlegal una vivienda con efuerzos propio en una azotea que conpre inlegal si yo necesito algun documento de autorisacion de los que viven abajo por favor que tramite debo hacer para legalisar la vivienda esperosu respuesta gracias.
Saludos , todo en la ley esta muy claro y si la persona que la ejerce en capas no hay problema, pero siempre No es así. Tengo un familiar en un trámite que pudo resolver en 15 días y lleva 7 meses, que da pena hablar de lo mismo,eso pasa en Sancti-Spiritus con planificación física municipal.
Buenos dias, me dirijo a ustedes con la esperanza que se acabe de dar solucion al caso de mi Papá, que tiene viviendo en una propiedad que era de mi difunta abuela mas de 25 años porque tenia una tia invalida y tuvimos que pasarla a vivir con mi hermana para que la pudiera atender, esa casa era mi mi visa abuela y fue dividida por mi abuela y mi tio abuelo en el 1978, quien adquirio la mejor parte y mi abuela y tia invalida tuvieron que construir baño y cosina, desde entonces tienen nucleo familiar, relojes contadores aparte y dividida por portales y toda la casa independiente, hoy despues de 25 años que solo existe mi papa y una prima segunda hija de mi tio abuelo ha aparecido un aprovechador y quiere desalojar a mi papa para quedarce con las dos casas, esto es el el Munisipio de San Juan y Martinez, Pinar del Rio, donde han tenido que cambiar varias veces los funcionarios de la Vivienda y Planificacion Fisica, siempre por el mismo motivo de corrupción. Este caso esta en litigio a traves de abogados y en el dia de hoy la juridica de la oficina de vivienda de San Juan y Martinez pues no respeto esto y le notifico a mi papa el cese de convivencia. Por favor necesito sea analizado este caso tengo todas las pruebas para aportar.
se puede hacer donacion de la vivienda a personas no consanguinea
Aquí en el municipio playa,. Grandes problemas con los medios básicos, pues llevan 50 y 60 años de medios básicos, y educación a su conveniencia, jamás se la a cedido a un profesor para sacarle propiedad ,todo es un negocio, no por gusto exploto la directora provincial de educación en la habana y el director municipal de playa, durante muchos años Aquí en playa se han robado todo lo que por derecho los profesores necesitan, siguen nuevas leyes año tras año, y los maestros Aquí en la habana, que tienen... nada..y es por eso que las escuelas se están quedando sin profesores.