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¿Cómo se implementarán las nuevas medidas migratorias anunciadas por Cuba? (+ PDF)

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Cuatro nuevas medidas migratorias entraron en vigor desde el primero enero. Foto: Archivo.

Cuatro nuevas medidas migratorias entraron en vigor desde el primero enero. Foto: Archivo.

Como anunció el Canciller cubano el pasado 28 de octubre, desde este primero de enero de 2018 entraron en vigor las cuatro nuevas medidas migratorias que buscan fortalecer aún más las relaciones de Cuba con su emigración. Para su implementación, se emitieron un grupo de normas jurídicas publicadas en la Gaceta Oficial desde el 30 de diciembre del pasado año.

Dichas disposiciones, ordenan el modo en que se implementarán cada una de las regulaciones enunciadas, el procedimiento de la tramitación de las solicitudes de ciudadanía, así como establece los términos, tiempos y limitaciones de cada proceso.

Cubadebate hace un repaso de cada una de ellas:

1- ¿Cuáles son las cuatro medidas migratorias vigentes desde el primero de enero?

Desde inicios del presente año se decidió eliminar el requisito de avecindamiento para que los hijos de cubanos residentes en el exterior, que hayan nacido en el extranjero, puedan obtener la ciudadanía cubana y su documento de identidad.

Además, se suprime la “habilitación” del pasaporte de los ciudadanos cubanos emigrados para el arribo al territorio nacional; y se autorizó la entrada y salida a Cuba de ciudadanos cubanos residentes en el exterior en embarcaciones de recreo, a través de las Marinas Turísticas Internacionales Hemingway y Gaviota-Varadero.

Igualmente se decidió permitir la entrada a Cuba de los ciudadanos cubanos que salieron ilegalmente del país, excepto aquellos que lo hicieron a través de la Base Naval de los Estados Unidos en Guantánamo. Con esta medida, los que emigraron de manera ilegal ya no deben esperar ocho años para regresar a Cuba. Válido aclarar que aquí no se incluyen a las personas que abandonaron misiones médicas, diplomáticas o delegaciones deportivas u otro tipo.

¿Qué significan las nuevas medidas migratorias de Cuba?

2- ¿Cómo se adquirirá de la ciudadanía cubana por nacimiento?

Como bien hemos explicado en Cubadebate, la eliminación del requisito de avecindamiento facilita que los hijos de los cubanos residentes en el exterior puedan adquirir la ciudadanía cubana sin necesidad de vivir por un periodo de tiempo en Cuba.

Según refleja la Gaceta Oficial No. 63 Extraordinaria de 30 de diciembre de 2017, desde este momento, cuando el interesado, sus padres o representantes legales se encuentran en el extranjero, las solicitudes de adquisición de la ciudadanía cubana se presentan ante el consulado cubano con jurisdicción en el país de que se trate o en la Oficina de Trámites del Ministerio del Interior que corresponda, siempre que el solicitante se encuentre en el territorio nacional.

En el caso de los menores de edad, o de las personas incapacitadas para hacerlo, la solicitud debe tramitarse por los padres o sus representantes legales; y en el caso de que ambos no concurran hacerlo debe acreditarse la autorización del que no se presente mediante documento expedido ante Notario Público o el Cónsul correspondiente.

pasaporte-cubano

Documentos a presentar:

  • Declaración del interesado o sus representantes legales cuando proceda, donde haga constar expresamente su voluntad de adquirir la ciudadanía cubana por nacimiento.
  • Certificación de Nacimiento expedida por el Registro de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior, cuando la solicitud de adquisición de la ciudadanía cubana se realice desde el exterior.
  • Certificación de Nacimiento expedida por el Registro del Estado Civil, del padre o madre cubano del interesado. En los casos que proceda, bastará la presentación del documento de identidad para acreditar los datos de nacimiento del solicitante.
  • Documento expedido ante Notario Público, del titular de un inmueble, donde consta la autorización para que el interesado se domicilie en su vivienda, cuando la pretensión de este sea residir en el país.

Plazos:

Según dicta la norma, los consulados cubanos y las oficinas de Trámites del MININT cuentan con un plazo de veinte días hábiles para remitir los expedientes iniciados al jefe de la DIIE, el que decidirá admitir; denegar; o devolver el pedido. El Jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) contará con treinta días hábiles para hacerlo.

Fuentes oficiales aclararon a Cubadebate que cuando el expediente de adquisición de la ciudadanía cubana por nacimiento no cuente con los documentos referidos anteriormente o los presentados no reúnen los requisitos establecidos, el Jefe de la DIIE, en un término de siete días hábiles, puede devolverlo con las indicaciones correspondientes para su completamiento.

Se explica además que los expedientes que resultan devueltos, deben ser completados por los interesados en un plazo inferior a un año natural, contado a partir de la notificación por el Consulado cubano o la Oficina de Trámites del Ministerio del Interior. Transcurrido este tiempo se archiva el expediente.

En el caso que sea denegando la solicitud, el interesado o su representante legal pueden presentar Recurso de Reforma en un plazo de siete días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación. Además contra lo resuelto en el recurso de Reforma el interesado puede presentar la solicitud de Revisión ante el ministro del Interior, en igual plazo a partir de la fecha de notificación.

Otros elementos necesarios a conocer:

Se advirtie que cuando el padre o madre cubanos o los representantes legales de los menores de edad hayan cometido hechos o “realizado acciones contra los fundamentos políticos, sociales y económicos del Estado cubano”, se archiva el expediente iniciado y se notifica al solicitante.

No obstante, los hijos menores de edad de las personas descritas, al arribar a la mayoría de edad, pueden solicitar la adquisición de la ciudadanía cubana siguiendo las normas ya explicadas.

Es importante resaltar que los hijos nacidos en el exterior de quienes adquieran la ciudadanía cubana por nacimiento, cuando arriben a la mayoría de edad, pueden solicitar de igual forma la adquisición de la ciudadanía cubana por nacimiento, siempre que demuestren lazos permanentes y relaciones estables con el país durante un período mínimo de dos años anteriores a presentar la solicitud y aprueben el examen de ciudadanía.

Este examen- una práctica internacional- comprobará que el interesado habla con claridad el idioma español y lo entiende sin dificultad; “conoce las regulaciones constitucionales sobre la organización política, administrativa y social del país; los símbolos nacionales; los derechos y deberes ciudadanos; los períodos históricos y sus principales líderes; las características geográficas del país y los conocimientos generales actuales del acontecer nacional”, según informa la Gaceta.

3- ¿Novedades sobre el pasaporte?

pasaporte-cubano-migracion

Entre las nuevas medidas vigentes está la supresión de la habilitación del pasaporte de los ciudadanos cubanos emigrados para la entrada al territorio nacional. Dicha disposición obliga a modificar los artículos 23, inciso b), y 44 del Decreto No. 26 “Reglamento de la Ley de Migración”, de 19 de julio de 1978, en relación con los requisitos que deben cumplir los hijos de los ciudadanos cubanos que residen en el exterior y adquieren la ciudadanía, con el fin de solicitar el Pasaporte Corriente, y la habilitación de este documento para la entrada al país de los ciudadanos cubanos emigrados.

Ahora los ciudadanos cubanos que residen en el exterior, al realizar una solicitud de Pasaporte Corriente, deben cumplir los requisitos siguientes:

  • Formular la solicitud en el modelo oficial.
  • Presentar el pasaporte anterior, la Certificación de Nacimiento, la Resolución que aprueba la solicitud de adquisición de la ciudadanía cubana, la Carta de Ciudadanía o una certificación de este último documento expedido por la autoridad competente.
  • Aportar la autorización formalizada ante Notario Público de los padres o los representantes legales de los menores de 18 años de edad o incapaces, que correspondan.
  • Entregar dos (2) fotos 4 x 4 cm.
  • Entregar la constancia de pago del arancel consular.

Entre tanto el “Artículo 44” queda de la siguiente manera:

“Para entrar al territorio nacional los ciudadanos cubanos deben poseer pasaporte cubano vigente expedido a su nombre o documento equivalente”.

¿Qué debemos conocer sobre los viajes de cubanos residentes en el exterior en embarcaciones de recreo?

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En consonancia con la autorización de la entrada y salida a Cuba de ciudadanos cubanos residentes en el exterior en embarcaciones de recreo, a través de las Marinas Turísticas Internacionales Hemingway y Gaviota-Varadero se decidió modificar de la Resolución No. 187 “Normas para el despacho y el control aduanero de buques y aeronaves”, del Jefe de la Aduana General de la República, del primero de septiembre de 2008, los artículos 79 y 80.

A partir de este primero de enero, el yatista que interese desembarcar sus efectos personales o que deba declarar dinero, valores o realizar alguna importación temporal, debe presentarse en la Oficina de Aduanas para realizar el despacho aduanero en un término de hasta seis horas siguientes al despacho de la embarcación y dentro del horario establecido a este fin.

También se estipula que en caso que requiera exceder ese plazo debe realizar la coordinación con la Aduana.

El organismo precisó además que las embarcaciones de recreo extranjeras que arriben a la República de Cuba solo pueden ser utilizadas para realizar operaciones con fines turísticos.

“Los yatistas a bordo de ellas se abstienen de efectuar cualquier otra actividad mercantil no autorizada por las autoridades cubanas competentes, durante su estancia en el territorio nacional o durante la vigencia del permiso especial de navegación.”

Queda establecido además que los yatistas solo pueden importar sus efectos personales “a condición que las cantidades, artículos y valores se correspondan con lo establecido en la legislación vigente”.

Por último, se autorizar la importación temporal de vehículos automotor que arriben a bordo de las embarcaciones de recreo solo a los yatistas extranjeros.

Descargue en PDF (636 KB): Ley No. 1312 “Ley de Migración” (Actualizada en 2012)

Descargue en PDF (456 KB): Gaceta Oficial No. 63 Extraordinaria de 30 de diciembre de 2017

Estas medidas beneficiarán a miles de emigrados cubanos y forman parte del proceso de normalización de las relaciones con los residentes en otros países.

Pese a que Estados Unidos ha aprobado arbitrariamente medidas que afectan los vínculos de los emigrados cubanos con su país de origen, el gobierno de La Habana ha anunciado que continuará estudiando nuevas disposiciones para actualizar su política migratoria.

Se han publicado 70 comentarios



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  • Bruce dijo:

    Que sigan actualizando la politica migratoria, que estamos mas atras que cangrejo. Es hora ya de entrar es este siglo.
    Nuestro diputados deberian revisar eso mas a fondo.

    Como es posible que Cuba sea en pleno siglo 21 casi el unico pais donde los ciudadanos cubanos no pueden importar de forma legal?
    Y el pasaporte para los emigrados sea de los mas caros del mundo? Que se pretende con esto, que viajen a su pais o al resto del mundo.

    • Azucar dijo:

      Y como es posible que en pleno siglo XXI, EU es el unico pais que les prohibe a sus ciudadanos visitar Cuba, ellos que como tu cuestionan las libertades de nuestra querida PATRIA.

  • cadillac dijo:

    alguien puede aclararme esta duda, tengo uan tia, residente en EEUU la cual quiere viajar a Cuba pero su pasaporte necesita ser renovado, es decir que no esta vencido, ¿puede venir y renovarlo aqui?
    ya no es necesaria la renovacion del pasaporte?
    he leido varias cosas en internet de cambios respecto a estas y otras cosas en neustro pais, que no los creo hasta verlos en un medio oficial, pero me interesa saber al respecto sobre la cuestion que pregunto mas arriba... gracias

    • cadillac dijo:

      no hace falta respuesta ya veo que hay que seguir pagando prorroga

      • Manuel dijo:

        Hola ... Sugerencia vamos a seguir por años, sin resolver los reales asuntos que benefician a no se quien???? Los que vivimos fuera y dentro queremos.
        1- Pasaporte más barato.
        2- Pasaporte válido por 10 años ( como los humanos normales ).
        3- Eliminación de la prórroga.

        Realmente es tan difícil esto???? De favor revisen lo que tienen que revisar y cambien lo que realmente debe ser cambiado.

    • Julio Oliva Ibarra dijo:

      Si tengo pasaporte cubano, pero soy ciudadano de otro país, puedo entrar con el pasaporte del país donde soy ciudadano?

  • derechos de ciudadanía dijo:

    Sobre que el examen de ciudadanía "es una práctica internacional", esto es cierto siempre y cuando los aspirantes a ciudadanos sean extranjeros que aplican a la ciudada nía por estar casados con nacionales, o por tiempo de residencia en el país donde aplican a la ciudadanía. Los hijos de nacionales son nacionales y ya. No puede negárseles por el hecho de no conocer el idioma que, por la razón que sea, no han aprendido o no han podido aprender. Y no puede negárseles por no conocer sobre el país sobre el que tienen derecho a ser ciudadanos. Por qué limitarles? Los cubanos nacemos sin conocer los derechos/deberes de nuestro país, y los vamos aprendiendo (algunos quizá no) con el transcurrir del tiempo.

  • Frank Vega dijo:

    Y para cuando la supresión de las prórrogas y Los Altos costos del pasaporte cubano dentro y fuera de Cuba?

  • Henry. dijo:

    Gracias Oscar por la aclaracion

  • Paco dijo:

    Si soy ciudadano de los Estados Unidos pero sali de cuba antes del 71 las nuevas regulaciones me permitirán entrar con mi pasaporte de EU sin más?
    Gracias por su respuesta.

  • Andrews dijo:

    Está faltando autorizar "los ferries", si pueden llevar en un yate su vehículo personal para usarlo durante su estancia en Cuba. No todos tienen yates pero si serían Miles los que viajarán en barco, llevando su propio transporte, se resolvería parcialmente el problema de transporte turístico y además el país ganaría por los servicios prestados a estos vehículos. Nadie arriesgaria con polizontes, a temor de ser encautado y llevado a procesos penales o cortés migratoria. Los ferries ayudarían a romper el bloqueo, pues permiten mayor trasiego de mercancías personales con las debidas autorizaciones. Gracias.

  • German dijo:

    En mi opinión estas medidas no ayudan a nada ni a nadie. Son solo derechos de los ciudadanos que se les había quitado o regulado y ahora se le devuelven. Aquí lo que puede ayudar es que bajen el precio ridiculo del pasaporte, y que permitan a los cubanos que viven en el extranjero traer todo lo que legalmente puedan. El gobierno cubano que tanto lucha contra el bloqueo siempre se apura a bloquear la entrada de productos a través de los cubanos. Es simple las cosas que traen los cubanos ya se para vender o para ayudar a su familia son cosas que van directamente a la base al cubano de a pie. Eso es lo que necesitamos los cubanos más independencia del gobierno y más oportunidades para crecer y ya verán como todo mejora. Si yo mantengo a mi hijo en mi casa y no le doy oportunidades de tomar riesgos por protegerlo, mi hijo nunca se desarrollará ni encontrará su propio camino. Hay que confiar y dar libertades.

    • lina martinez dijo:

      Estoy de acuerdo con el comentario de germán

  • ramon dijo:

    En lo único que discrepo es en, "que responsabilidad tiene un menor de edad en la forma de pensar y actuar de sus padres", en verdad nosotros los cubanos siempre tenemos que poner la coletilla y buscarle la cuarta pata al Gato, hay que acabar de aceptar de una vez que el cubano es el nacido en cuba o de padres cubanos, piense como piense y gústele a quien le guste, eso esta en nuestra constitución, cuando se trate de niños dejemos las política y concentrémonos mas en lo humano.

    • Rodney dijo:

      100% de acuerdo con ud. El derecho a la ciudadanía no puede convertirse en una certificación de "buena conducta". Sino, antes que muchos que no piensan como "yo", habría que negarle la ciudadanía a los que revenden los alimentos del pueblo a precio de bolsa internacional, a los que burócratas corruptos... Y lo dejo aquí que no se si el servidor de Cubadebate tenga capacidad para una lista bien larga :)

  • Dr. Olimpio Rodriguez Santos dijo:

    Se avanza muy poco en politica migratoria.
    Es una odisea viajar y ya no se sabe ni de quien es la culpa.
    Podrian aclarar un poco mas aspectos como antecedentes penales para cubanos, visas que las podria solicitar y entregar la agencia de viajes o en un lugar de cada provincia y otras muchas barreras

  • adelante dijo:

    y los cubanos que tenemos embarcaciones aqui, como quedamos...

    • oscar dijo:

      en tu casa, tranquilo mota

  • adelante dijo:

    este articulo en una de sus partes dice asi ///
    En consonancia con la autorización de la entrada y salida a Cuba de ciudadanos cubanos residentes en el exterior en embarcaciones de recreo, a través de las Marinas Turísticas Internacionales Hemingway y Gaviota-Varadero se decidió modificar de la Resolución No. 187 “Normas para el despacho y el control aduanero de buques y aeronaves”, del Jefe de la Aduana General de la República, del primero de septiembre de 2008, los artículos 79 y 80.
    ALGUIEN ME PUEDE EXPLICAR SI ALGUN CUBANO AQUI EN MI CUBITA LA BELLA, TIENE ALGUNA EMBARCACION QUE MEDIDA SE LES APLICARA, Y SI TIENE EL MISMO BENEFICIO A LOS QUE ESTAN EN EL EXTERIOR, AL FINAL TODOS SOMOS CUBANOS..

  • Daniel dijo:

    Muy buenas las medidas, pero aun lejos de lo que habitual y normalmente se hace fuera de nuestras fronteras, espero que no pase mucho tiempo para seguir trasnformando nuestras leyes, que una vez sirvieron para un fin, pero que en nada se ajustan al desarrollo de la actividad humana y del contexto internacional. Gracias Cubadebate

    • Celia dijo:

      Que bueno que la politica migratoria esta cambiando para bien de nuestro pueblo, y no solo de los que vivimos en cuba si no también de aquellos que tienen familiares y amigos en el extranjero, que pueden visitar a un pais donde el turista se sienta seguro y tenga vivencias reales de nuestra cultura.

  • Bombardero dijo:

    Plenamente de acuerdo con derechos de ciudadanía al final son hijos de cubano la historia el idioma y de mas se aprende en en el camino como todos lo hemos hecho creo q es un derecho q nuestros hijos tenga la ciudadanía por nacimiento.

  • Daniel dijo:

    lo que no entiendo es porque cada vez que vamos a desregular algo, tenemos que volverlo a regular, o lo que es lo mismo, porque para poenr en vigor algo que beneficia al cubano y a nuestra isla bella, tememos que inventar tantas regulaciones, decretos, leyes. notese que somos el pais con mas leyes, decretos Ley, Resoluciones, circulares, indicaciones, que el resto del mundo. y sin embargo, suceden una cantidad de hechos extraordinarios increible.

  • cadillac dijo:

    vaya por lo visto las porrogas de los pasaportes siguen

  • Margarita dijo:

    Mi pregunta es la siguiente:
    Por que debo repatriarme a Cuba para tener derecho de una vivienda que por herencia mis padres me otorgaron antes de morir?

  • Daniel dijo:

    Porque?????? no podemos viajar a cualquier destino turistico a traves de las distintas agencias de viajes que existen en nuestro pais, CUBATUR, HAVANATUR, CUBANACAN, etc. y en cambio tenemos que agenciarnolas para poder obtener una cita, para una entrevista, para luego ver...., si nos dan la visa, y al final, ver si nos dejan salir por que algunos profesionales, somos excluibes de viajar libremente a disfrutar vacaciones (con nuestro dinero). Que complicado nos lo ponen y tan facil que es para cualquier extranejro viajar a CUBA

  • OGC dijo:

    Me resulta curioso que cuando se menciona el artículo de que pueden retornar los que salieron ilegalmente del país (excepto los que lo hicieron por la Base Naval de Guantánamo) nunca mencionan a los médicos desertores. Quisiera que alguien me aclarase. No se menciona ni en el anuncio que realizó el Canciller cubano, sin embargo, esos están vedados de retornar a su país de origen por ocho largos años.

  • Nesty dijo:

    Yo quiero decir muchas cosas pero será en otro momento si los asambleístas no representan la voluntad del pueblo solo les queda no votar continuara ....

  • rogelio diaz dijo:

    Que significa el termino,de no nececidad de habilitar el pasaporte?

  • Iraida dijo:

    Buenas tardes, mil gracias por la información de los nuevos cambios. En las redes estan circulando informaciones sobre cuentapropistas, nuevos cambios, pueden informar al respecto.

  • Ernesto Legra Guzmán dijo:

    Con está apertura y nuevas medidas para mejorar las relaciones de nuestro país con la emigracion cuando un residente en el exterior Y a la ves recidente cubano podría yevar á Cuba su auto pagando todos los aranceles aduaneros y los demás pagos para circular en el país Gracias

  • micheloco dijo:

    alguien sabe de unas noticias que andan circulando en la red sobre nuevas medidas a partir del 1ero de febrero sobre los cuentapropistas y la supresion de la proroga de los pasaportes por 10 años

  • Nifredoleonardohernandezrodriguez dijo:

    Soy residente permanente en bolivia mi pasaporte vence el 22/12 /2018, cuanto seria el costo para renovar , FELÍZ AÑO NUEVO CUBANOS

  • Gustavo dijo:

    Hasta cuando seran tratados los medicos que tanto han aportado al bienestar del pueblo y a la economia cubana como criminales por haber abandonado una mision. Por que se les castiga con un exilio forzoso?.Hasta cuando se mantendran medidas que nos alejan mas como cubanos?.

  • Elanis dijo:

    MI duda es la siguiente... Mi cuñada es doctora, viajo a mexico de visita ya que su esposo está allá por un contrato de trabajo, ella fue, regreso al mes y volvio a salir y no regreso... ella tiene residencia temporal, no abandonó misión alguna... puede ella entrar y salir del pais normalmente????

  • Ida Hernández Esteris dijo:

    Agradecida por toda la información que nos brindan, es la forma óptima de dejar sin argumentos a los que para hacer daño desprestigian a nuestro país difundiendo noticias falsas o tergiversando la realidad, otra vez muchas gracias .

  • Juan Fernández dijo:

    Es dañino para el gobierno cubano que implante la figura del exilio para profesionales que decidieron emigrar y no son contrarrevolucionarios, son tan emigrantes económicos como la mayoría. Debería estudiarse otra solución que no genere más resentimiento y rencores.

  • ELSA FERNÁNDEZ LORENZO dijo:

    EL GOBIERNO CUBANO ESTÁ ACTUANDO EN FAVORECER A LA MIGRACIÓN CUBANA EN EL EXTERIOR, ES EL GOBIERNO DE E.U. EL QUE NO HACE NADA CON LOS CUBANOS QUE ESTÁN ALLÁ, ES UN PROBLEMA DE LA USA NO DE CUBA, CREO QUE ESO ESTÁ BIEN CLARO.

    EFL

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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@oigc.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

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