Tribunal Provincial Popular de La Habana dicta sentencia por caso de corrupción de menores

Foto: Archivo/ Cubadebate
El Tribunal Provincial Popular de La Habana da a conocer la nota informativa siguiente: El pasado 29 de septiembre de 2025, el Tribunal Municipal Popular de Arroyo Naranjo, celebró el juicio oral y público correspondiente a la causa 84 de 2025 contra los acusados Daima Rodríguez Núñez y Carlos Díaz González, por los presuntos delitos de corrupción de personas menores de edad, otros actos contrarios al desarrollo integral de las personas menores de edad y abusos sexuales.
Del conjunto de pruebas practicadas en el acto de justicia realizado, se demostró que la acusada Daima Rodríguez Núñez, madre biológica y tutora legal de las menores de 10 años, 7 años, 4 años y 1 año de edad, las tres primeras atendidas por escuelas especiales por tener su capacidad cognitiva disminuida.
Consciente de su responsabilidad por la guarda y cuidado sus hijas, no satisfacía sus necesidades básicas de educación, salud, alimentación, pues no las llevaba a su centro de estudios por prolongados períodos de tiempo; no las alimentaba adecuadamente a pesar de la ayuda que les proporcionaba el gobierno municipal para ello; y no las llevaba a recibir atención médica, cuando en muchas oportunidades requirieron tratamiento de estos especialistas, incluso, con frecuencia se retiraba del inmueble donde residía y dejaba a sus hijas solas por prolongados espacios de tiempo, incluyendo la noche y la madrugada.
En muchas otras ocasiones, Daima Rodríguez Núñez y su pareja, el acusado Carlos Díaz González, obligaban a las niñas deambular en las calles, en cualquier horario, para pedir alimentos y dinero a vecinos y personas desconocidas. El dinero que obtenían, los acusados lo empleaban en el consumo de bebidas alcohólicas.
El acusado Carlos Díaz González, valiéndose de todo este clima de abandono, desatención y vulnerabilidad, se acercó a una de las hijas de Daima, específicamente la de 7 años de edad, y comenzó a tocarle sus partes íntimas por encima de las ropas que la niña vestía, actuar que la acusada permitió.
Por los hechos descritos, el tribunal determinó responsables a los acusados Daima Rodríguez Núñez, de los delitos de corrupción de menores y otros actos contrarios al normal desarrollo del menor; y al acusado Carlos Díaz González, de los delitos de corrupción de menores y abusos lascivos.
Las sanciones conjuntas impuestas fueron: 8 años de privación de libertad a Daima Rodríguez Núñez y 10 años de privación de libertad a Carlos Díaz González. Como sanciones accesorias, se le aplicó a Daima la suspensión de sus derechos paternos filiales sobre sus hijas; y a ambos acusados las de privación de derechos y la de salida del territorio nacional.
En la tramitación de proceso y en el acto del juicio oral, se cumplieron las garantías procesales y el respeto al debido proceso consagrados en la Ley del Proceso penal y la Constitución de la República.
A los acusados se les aplicó la ley vigente al momento de cometer los hechos, por resultar mucho más beneficiosa que la actual. Contra la sentencia dictada, los acusados y la fiscalía, tienen derecho a establecer recurso de apelación, que será resuelto por la sala correspondiente del Tribunal Provincial Popular de La Habana.
(Tomado de Canal Habana)
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A los acusados se les aplicó la ley vigente al momento de cometer los hechos, por resultar mucho más beneficiosa que la actual. (Nuestros tribunales y fiscales, amplios defensores de los derechos humanos.) y no me tilden de cínico, por favor
No entendi esa parte. Me pueden explicar las diferencias
O resultó un proceder que implica menos años de condena o es todo lo contrario.
Yo coincido con usted.Esa parte quedo muy.inexacta.Espero que el periodista lo aclare por esta via
Debieron fusilarlos a los dos, este delito es peor que asesinato
Si Felix ya está en la calle, y le habían echado 12, y cumplió solamente 6...
Entonces es lo que hay
No, no lo es. Es aberrante, asqueroso e imperdonable, pero cada delito con su condena.
Como Q 8 y 10 años? No entiendo nada.
Guillotina pública para los dos, eso es lo que se merecen.
Y falto sancionar ala trabajadora social . A la presidenta del CDR a la de la FMC . Y al del partido de la cuadra . porque si bien cobran sus cuotas bien pueden prevenir el delito. Y me falto el jefe de sector .son organizaciones de masas que tienen la obligación de velar por el bienestar de la cuadra porque sino cual es su función . y gracias que no hubo que lamentar cosas peores .
Xataca, en su cuadra nadie debe querer responsabilidades en las organizaciones de masas para no ser fusilados por Ud.
Es este un acto cruel y repudiable de esos padres, merecen penas mayores, es ese un acto igual o peor que la tenencia y comercio de drogas.
No sé cual de los dos más degenerado, actuar así con niñas con problemas degenerativos de salud, espero q esa madre, si se le puede llamar así, nunca más se le de la custodia de sus hijas.
La sanción es muy suave, para el daño provocado a esas menores y para la sociedad. Debería haber sido más severa y ejemplarizante.
Muy bien por ese tribunal, en calle Real Pueblo Nuevo Holguín, hay un caso parecido, la madre estuvo presa y la sacaron enseguida y han crecido en el desorden sin ir a la escuela a pesar de los esfuerzos de la comunidad, las escuelas, la mayor adolescente aún ya estuvo recluida y al salir está embarazada, la cadena seguirá
Por favor atiendan esa situación
Que benevolentes somos, sigamos así, todo esto traerá consecuencias
Un hecho tan repudiado por nuestra sociedad no creo que deba ser sancionado con penas tan leves. Hay que ser justo y poner la mano dura cuando de este tipo de hecho se tratan. 8 y 10 años no son penas, ni Cuba ni en ningún otro país, para acto tan vil.
Felicidades a Cubadebate por publicar una noticia de este tipo así como debe ser, todos los hechos de forma bien clara,con nombres de los acusados y sanciones.ojalà sea este el fin del secretismo
"....por los presuntos delitos...". No. "Por los delitos....". La palabra "presunto" deja de ser valida cuando hay sanción efectiva.
Sinceramente la sanción está muy por debajo de lo que se merecen. Cuando cumplan la mitad del tiempo en prisión, los sueltan, por su "buen comportamiento". A la madre le deberían poner como mínimo 15 años.
Por eso yo digo que el codigo penal esta flojito. Oye son niños inocentes y solo 8 años?. A la madre le meto 25 años por hp y al marido cadena perpetua por abusador y un llamado de atencion al trabajador social y a las organizaciones de masa de la comunidad.
Benevolencia en extremo, esos monstruos no deberian de existir en nuestra sociedad
Demasiada benevolencia con delitos tan graves, por esa razón ya los delincuentes no respetan las leyes, se sienten en su salsa.
Los daños psicológicos para esas niñas son irreversibles, nunca lo podrán superar y los culpables con unos añitos de cárcel ya pagan su culpa.
Es increíble
Demasiado benévola fue la sanción,ahora debían decirle a los reclusos que cumplirán sanción con ellos porque están presos, ahí van a saber lo que es bueno
Al ver estas sentencias, nos damso cuneta que el código penal, es muy permisivo. Todos lso delitos contra niños, debian de obtener condenas desde los 30 años, hasta la pena de muerte. No existe un motivo por el cual los niños sean maltratados. No es merecedor de empatía y perdón, el que cometa delitos contra los niños y ancianos. Como tambien deben ser bien severas las penas para las personas que roban en casas habitadas, pues debe considerarse como agravante la tentatiba de asesinato.
En el derecho está establecido que los hechos se juzguen de acuerdo a la ley vigente en el momento que sucedieron los mismos. Por otra parte, se aplica la retroactividad sólo cuando está favorece al o los acusados.
En otro orden de.cosas, el título del artículo dice que la sentencia fue dictada por el Tribunal Provincial, durante el desarrollo habla del municipal, y al final, que pueden apelar al Tribunal Provincial. Me aclaran este enredo?
No se puede apelar a la misma instancia que dictó sentencia, por lo que infiere que esta fue dictada finalmente por el municipal
Dios mio...que perversidad. Y por favor, no comparen a ese monstruo de madre con una perra, que ellas son muy protectoras con sus cachorros. Creo q la sancion debio haber sido mas fuerte
Se sabe que. La leyes se aplicN de acuerdo a las vigentes al momennto de. Los hechlss ppero merecian un mayor castigo Que madre mas desnaturalizada.
Me parece que podía ser aun más severo el castigo.
Pero bueno, es lo que se prueba, no todo lo q uno se imagina que pueda haber pasado ahí.
Los niños, su cuidado y atención son sagrados y cuando ellos padecen restricciones en su desarrollo, como en este caso, no puede haber clemencia de ninguna indole con los agresores. Si actualmente las sanciones son más estrictas, esas debieron ser aplicadas.
Con degenerados de esta calaña que atacan a niños no puede existir ni un ápice de blandenguería, porque si actuaron de tal forma con los hijos propios (aunque no fueran de sangre) imagínese de lo que son capaces con otros ajenos.
Ya es hora de que en Cuba exista un registro central de ofensores sexuales, como otros países tienen, que los mantenga a raya en todo momento y no puedan deshacerse jamás del merecido estigma y rechazo social.
Pienso con todo respeto, que al acusado le impondría 15 años y no 10 y a la madre 12, situaciones como ésta no se pueden tratar con penas bajas, debe aplicarse que la libertad condicional sea con el cumplimiento del 2/3 De la sanción aplicada, saludos.
Debieron ponerle cadena perpetua a ambos sin excepciones. Y el resto de los familiares?
En estos casos de menores y conociendo la madre de ello, yo como madre le podría una sanción de cadena perpetua ya q considero q es peor q una asesina de sus pequeñas hijitas.
Perra no, pues las perras cuidan mucho a sus hijos.
Cuándo vamos a tener un código penal que castigue duramente cualquier delito? En este caso, 8 y 10 años es muy poco tiempo de sanción, con la posibilidad de salir antes por buen comportamiento o que le conmuten la pena a pedido de los DDHH. Y si comparamos con el daño que estas niñas han sufrido, y que dejarán huellas permanentes en su siquis, yo les daría la pena capital.
Realmente son delitos muy grave, con gran impacto social, a menores vulnerables, Considero que las sanciones son muy floja, al menos 20 años de cárcel
O sea, la ley vigente y la actual son...dos leyes diferentes? Debo regresar a la Universidad! Estoy perdido...
Medianamente severas las sanciones.
La Ley Vigente se refiere a la ley cuando se cometió el crimen. La Actual es la actual.
En materia JURIDICA así funciona, aún cuando no siempre se cumpla.
Fidel como te extrañamos... tus hijos sufren y los que los vulneran cumplen penas de risas. CHE GUEVARA como dijiste en la ONU habria que hacer.
En similares circunstancias viven al menos una niñs y uma adolescente en el Edificio Pediatrico em Ciego de Avila.la niña conocida como Lucero no es llevada a la escuela x su madre y deambula por todos los apartamentos y áreas exteriores pidiendo comida. Aquí em este edificio vive incluso el delegado del MTSS en la prpvincia. En cualquier momento algún problema surgirá con respecto a esa niña y después vienen las lamentaciones. La adolescente, que es su hermana, tengo entendido que ya fue violada x un padtastro que está preso. Esta "madre" tbm tiene un niño de poco mas de 1 año. En el edificio hay otro caso de una madre que maltrata repetidamente a sus hijos y sus escándalos son mayisculos. Se metió en un.lugar insalubre, le ofrecieron una vivienda en una antigua escuela en Ceballos y creo que no aceptó..hasta cuando los que mantenemos la economía del país tenemos que tragarnos la chapa con estos casos, que de vulnetables, solo tienen la cara