¿Necesidad o alternativa?: Los desafíos del pluriempleo en Cuba
En Cuba, a diferencia de otros países, “no hay una tendencia al pluriempleo”, aun cuando desde 2009 se legalizó como alternativa laboral.
Según la ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, esto se debe a la gratuidad en los servicios de salud y educación. También inciden, como señalaron comentarios en Cubadebate, la burocracia, las rigideces y el desconocimiento de lo normado.
La discreta cifra contabilizada por el MTSS ha permanecido estable en los últimos años: poco más de 100 000 cubanos han tenido anualmente un trabajo secundario. Más de 85 000 son cuentapropistas vinculados al sector estatal, informa Ingrid Travieso, directora de Empleo de ese organismo.
Ante la disminución de la población económicamente activa por el incremento de la cantidad de jubilados y la incidencia de la emigración (datos oficiales actualizados ayudarían a analizar mejor el panorama), el pluriempleo pudiese verse como una vía para cubrir las “ausencias” y mejorar los ingresos domésticos.
¿Cuáles son los derechos de los pluriempleados? ¿Qué dice la ley?
Hace una semana, Cubadebate indagaba sobre la experiencia de sus lectores con el pluriempleo y se recibieron no pocas dudas en los comentarios. Marta Rodríguez dejó varias interrogantes y en una de ellas preguntaba si podía o no pluriemplearse un trabajador en su propio centro laboral.
La respuesta es afirmativa y está en el artículo 28 del Código de Trabajo, en vigor desde 2014, de acuerdo con el cual “los empleadores pueden concertar contratos con trabajadores vinculados con otros empleadores, así como con sus trabajadores, para que realicen labores distintas a las habituales en diferentes horarios de trabajo, mediante contrato por tiempo determinado o para la ejecución de un trabajo u obra”.
La norma dice que los trabajadores, después de cumplir los deberes del cargo que desempeñan, pueden realizar otras labores, pero siempre formalizadas mediante un contrato. En otras palabras, se puede ejercer lo que comúnmente se conoce como pluriempleo, aunque este término no aparece de forma explícita en la legislación cubana.
Olgalidi Alpón, experta en Política de la Dirección Jurídica y de Relaciones Internacionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, recuerda que la oportunidad de tener más de un trabajo surgió en 2009 por el déficit de fuerza laboral en el país en determinadas actividades como los servicios de limpieza.
Ese año, el Decreto Ley No. 268 suprimió las limitaciones existentes en materia laboral y abrió la posibilidad de que los trabajadores pudieran concertar un contrato adicional, en su propia entidad o en otra, después de cumplir los deberes de su cargo. Aunque el Código de Trabajo derogó luego esta norma, prácticamente recogió todos sus postulados.
Una de las garantías recogidas en la ley –refiere Alpón– es que se puede trabajar en varios empleos, siempre y cuando se cumpla el reposo diario. “Por lo general, son contratos a tiempo parcial y está concebido para que se haga en labores diferentes a las habituales”.
Las entidades tienen la obligación de verificar que los horarios no coincidan. “En ningún caso se prevé que el trabajador ocupe un cargo y realice las labores de otro cargo en el mismo horario laboral”, aclara la experta.
Sin embargo, a juicio de Yasser, uno de los lectores que envió sus opiniones a Cubadebate, esta condición es una limitante.
“Muchas veces –dice–, las empresas o entidades necesitan que un trabajador cubra otro trabajo en las mismas ocho horas, incluso en el mismo centro. De ahí que, con frecuencia, el trabajador hace tareas que no están en su contrato, pero no se le paga por ello, porque no se reconocen estas actividades extras”.
Yasser agrega que “hay quienes, además de su puesto, cubren el de otro compañero que está de misión o se fue, pero no se le reconoce esto tampoco. También con el trabajo remoto o el teletrabajo, donde, más que las horas de trabajo, lo que se mide son los resultados o la productividad, hay personas que pueden atender en el mismo horario varios trabajos. Por tanto, creo que se necesita flexibilidad en el tema del pluriempleo para aprovechar y estimular mejor la productividad”.
Con este criterio coincide otro lector: “Hay directivos de empresas que están más preocupados por la asistencia que por la producción, y me pregunto, ¿qué es lo que a nuestro país le hace falta, que estemos los trabajadores localizados, sentados en una silla, o que estemos aprovechando el tiempo y produciendo?”.
Sobre el pluriempleo, el Código establece varias excepciones. Por ejemplo, no se concibe para aquellos trabajadores que tienen jornadas reducidas, como los mineros y linieros. “Son –explica Alpón– trabajadores que están sometidos a una fuerte actividad física y, por tanto, tienen jornadas reducidas y cobran el salario completo. Ahí no se concibe que el trabajador tenga más empleo”.
Tampoco se autoriza la pluriactividad para mujeres en licencia pre y posnatal por maternidad y para quienes estén disfrutando de la protección de la Seguridad Social por enfermedad.
En cualquier caso, por cada uno de los empleos se reciben el salario, las vacaciones, el subsidio por enfermedad, la licencia por maternidad y todos los demás beneficios que otorga la legislación laboral, precisa la especialista del MTSS.
En cuanto al pluriempleo en el sector de la cultura, tema que Cubadebate abordará en otro trabajo, Alpón especifica que el artículo 76 del Código de Trabajo faculta al jefe de ese organismo para dictar normas sobre la contratación, en consulta con el MTSS y de acuerdo con la organización sindical correspondiente.
Lo mismo ocurre en las áreas de la medicina, la docencia y el deporte, porque son actividades con particularidades específicas.
Para Julio, otro lector que dejó su opinión en nuestro sitio web, el pluriempleo ha sido positivo. “Es la oportunidad para adquirir más salario a costa del trabajo honrado, a la par que se obtiene más experiencia y crecimiento profesional en menos tiempo”.
En opinión de este ingeniero eléctrico, hay aspectos mejorables, uno de ellos la burocracia. “En más de una ocasión, los contratos de trabajo se demoraban meses, incluso, teniendo que empezar sin cobrar por una cuestión de responsabilidad y compromiso con el proyecto”.
Según su experiencia, este tipo de contrato tiene límites salariales, “aunque trabajes y entregues una producción más grande, estás limitado a cobrar menos por ser pluriempleado”.
También tiene límites temporales. “Cada seis meses hay que pasar por toda la burocracia”, con el papeleo correspondiente, señala.
Otro lector, Erlan, también considera que la norma debería flexibilizarse, ya que actualmente los funcionarios (asesores legales, auditores, economistas, etc.) de cualquier empresa no pueden tener pluriempleo y solo se les permiten las actividades docentes. “Ahora existen nuevos actores económicos y no veo mal que cualquier profesional pueda tener un segundo trabajo en este sector”.
La experta en Política de la Dirección Jurídica y de Relaciones Internacionales del MTSS aclara que esos profesionales sí pueden pluriemplearse, pero deben pedir autorización a la autoridad que los designó.
El Decreto Ley 13, “Sistema de Trabajo con los Cuadros del Estado y del Gobierno y sus Reservas”, aprobado el pasado año, establece que “cuando el cuadro realiza la prestación de servicios fuera de su puesto, cargo o actividad habitual de trabajo, en otra entidad, con carácter temporal hasta un año, lo cual excepcionalmente puede prorrogarse por un año más, tiempo durante el cual mantiene la titularidad del cargo que ocupa en su entidad de origen y su vínculo de trabajo, para ello se requiere de la decisión del jefe u órgano facultado, con la autorización del cuadro, previa solicitud del jefe de otro órgano, entidad nacional, órgano local del Poder Popular u otra entidad”.
La ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, explicó en la Mesa Redonda del 31 de agosto de 2021 que, a partir de lo que establece el Código de Trabajo, “las personas pudieran contratarse con varios actores económicos”.
“Lo elemental es que se cumpla con la disciplina, las jornadas y con el contenido de trabajo”, afirmó.
En aquel momento, Feitó Cabrera informó que había un grupo de trabajadores realizando el pluriempleo “dentro del mismo sector estatal y, además, dentro del sector estatal y no estatal, principalmente como cuentapropistas, y, en menor medida, en algunas cooperativas haciendo trabajos en los términos que se establecen de tres meses para labores puntuales”.
En medio de la compleja crisis que enfrenta el país, con una alta inflación que “se come” la capacidad de compra de los salarios, el pluriempleo pudiera ser para algunos, más que una opción, una obligación.
Por eso, urge eliminar todas las trabas, las objetivas y subjetivas. En ese propósito, será indispensable desinflar de una vez las plantillas abultadas en no pocas entidades y lograr que los pagos fomenten realmente la productividad, la calidad y la eficiencia.
En PDF, Código del Trabajo
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Muy bien por Cubadebate, en mi universidad hay asignaturas que no cuentan con docentes que la impartan, contratando se de otro lugar, hay profesores de otras asignaturas que quisieran impartir las, no los han dejado, creo según el artículo, si se puede, es desconocimiento y las ventajas son muchas, el profe es propio, por tanto lo va a hacer bien, con amor x su centro, es sentido de pertenencia, no se tiene que mover, .... Lo veo correcto, puede ser el contrato hasta x horas, yo mismo soy médico, porqué no puedo impartir al técnico Medio biología, historia de Cuba etc, tengo que estudiar, que hay que contemplarlo en tiempo, pues para dar una clase tengo que gastar horas de preparación, que muchas veces ni se ven
El pluriempleo debe complementarse con el teletrabajo y trabajo a distancia y pagarse por el trabajo realizado, no por estar un número de horas en un centro laboral. Hay que eliminar la práctica de los dirigentes de este país que quieren estar viendole la cara a un trabajador aunque no este realizando ninguna actividad laboral, sino valorar la calidad y cantidad del trabajo realizado sin importar el horario y lugar en que lo realiza.
Es discriminatoria la exclusión de los docentes, fundamentalmente por que no somos los mejores pagados del país.
El problema no está en el desconocimiento de lo normado.
El problema está en la norma.
Porqué el director de mi empresa tiene que autorizarme a contratarme en otro empleo ?
Qué norma constitucional le dió el derecho a disponer de mi tiempo libre?
Existe alguna comisión de asuntos constitucionales en el Parlamento Cubano?
Cómo es posible que se aprueben normas que contradicen la Constitución?
En mi caso, dejé el pluriempleo porque me pagaban solo la mitad del salario, pero le dedicaba mucho más de las 4 horas previstas en el contrato.
Preocupado colorado su comentario es exacto,180% de acuerdo con usted,solo agrego y pregunto.¿ En que nos pudieramos pluriemplear los medicos despues de tantas horas de trabajo bastante agotadoras mental y fisicamente para que nos alcance el sueld0 al menos hasta la mitad del mes?sobretodo teniendo en cuenta qe tienes varios titulos y mas de 50 años
Sugerencia: Agente de ETECSA.
El pago del salario del plurempleado nunca debe ser por horas, debe ser por lo que produce. Por supuesto que sea un puesto dónde se mida la producción.
Alejandro muy fácil si no existieran esas gratuidades ud estaría obligado a matarse trabajando por que su salario no le alcanzaría para pagar todas sus siempre crecientes necesidades. Al menos ahora le queda hasta para hacer una cuenta de ahorros. Saludos osvaldo
org. Con todo el respeto que me merece pero usted no está hablando de la realidad actual. El salario no le alcanza a nadie para nada por la inflación y lo caro que está todo, mucho menos para hacer una cuenta de ahorro. Las gratuidades son para los trabajadores y también para los vagos y curiosamente los vagos son los que más las disfrutan porque así justifican su vagancia en muchas ocasiones. El trabajo es para satisfacer las necesidades del trabajador y eso no se está cumpliendo y dentro de esas necesidades está el esparcimiento también. No puede ser que nos estemos matando solo para poner comida en la mesa. Hay que revisar ese tema y poner impuestos y mecanismos para sollucionar esto, y sin dilación ni decadas de análisis. Soluciones ya es lo que tenemos que hacer.
Sencillo. Muy sencillo esa misma es la idea O apreciación que yo deseo expresar. Pues tal parece que todavía hay quien piensa que se está pagando mucho salario y que con lo que ganamos nos alcanza para cubrir nuestras necesidades. Es cierto el derecho a la salud y la educación es gratis pero cuesta y bastante y obviamente sale del salario. Por supuesto a mi familia tampoco le alcanza el salario y de los cuatro miembros tres recibimos salarios de profesionales de nivel superior a una el Estipendio como estudiante de Medicina. Por eso me atrevo a afirmar que las causas del bajo nivel en pluriempleo son otras que nada tienen que ver con gratuidades. Saludos osvaldo
El derecho a la educación y a la salud existe en Cuba desde hace un siglo, eso no es un invento reciente, y si ahora no existiera, entonces otras cosas no tendrían ninguna razón para existir.
Sobre plantillas infladas y contenidos de trabajo puedo aseverar que las áreas económicas requieren un análisis en su funcionamiento y estructura, en varias ocasiones en mi último centro laboral (un ministerio) que tiene varias unidades adscritas, pocas por cierto, propuse que todas fueran atendidas por un grupo de especialistas y técnicos a tiempo parcial. Después de más de 30 años dirigiendo áreas económicas(contabilidad, finanzas, estadística) hubo puestos de trabajo que cumplían con su contenido de trabajo semanal en dos días, y otros su contenido de trabajo diario en 3 horas, pero las normas de control interno impedían otra organización del trabajo
La legislacion del pluriempleo en Cuba es arcaica. En casi todos los lugares solo te pagan jornadas parciales. Los primeros guerreros para que sea asi son las autoridades municipales y provinciales de las direcciones del MTSS. Convulsionan cuando ven un pluriempleo que paga 8 horas. Esta pesima costumbre desconoce e ignora el talento, destreza personal, experiencia que pueda tener una persona, etc. No conciben que una persona con ciertas habilidades pueda hacer en 5 horas lo que a otros les toma 8 o mas horas de trabajo. Moraleja, se trabaja por dos empleos pero a lo sumo te pagan por 1.5, y eso no es justo aunque sea legal. Si la empresa no tuviera al pluriempleado necesitaria todo 1 empleado a tiempo completo. Es discriminatorio e injusto que esto suceda a estas alturas donde cada dia hay menos rrhh en este pais.
El problema es estrutural y parte desde la misma definición que tienen del trabajo los que hacen las leyes laborales y la interpretación que les dan los de recursos humanos y los jefes. La jornada es por horas, no por días y sin embargo se interpreta así. Tienes que trabajar 24 días al mes que son 192 horas a razón de 44 horas semanales y eso ya está obsoleto. Perfectamente se puede cobrar el mismo salario con menos horas porque el objetivo es cumplir con los términos del contrato y el tiempo para cumplir con estos objetivos es secundario y negociable. El estado garantiza que no exploten con una sobrecarga y horario al trabajador pero no puede tomarse la atribución de decidir como va a utilizar el horario libre ese trabajador. Sito a este artículo " se puede trabajar en varios empleos, siempre y cuando se cumpla el reposo diario". Eso es imposible.
Leyendo la primera oración no hace falta seguir leyendo el artículo “no hay una tendencia al pluriempleo”. La mayoría del pueblo cubano tiene pluriempleo:
1- legal: ejerciendo varios contratos, varias modalidades de trabajo, como un actor distinto en la economía, etc ... (me parece que este es el único que contabilizan)
2- ilegal: vendiendo artículos, "luchando", revendiendo, acaparando, prestando servicios adicionales no certificados, etc ...
Como diría Frei Betto, "el pueblo cubano no pasa hambre pero tiene apetito", esto aplica para todas las esferas de la vida. Basta con ver el salario promedio y el poder adquisitivo que tiene para saber qué tiene que hacer un cubano día a día para tener lo básico para vivir y para alimentar el alma también.
Así que para responder el título del artículo: "necesidad", no es una alternativa. En nuestro contexto es poco probable que alguien tenga dos o más empleos legales o proscritos sólo para estimularse ideológicamente.
En mi opinión, lo poco que se paga no estimula al pluriempleo, encima de eso, muchos de nostros tenemos que llevar varias actividades, no dos, en mi caso 4 actividades y solo me pagan por una plaza, no es correcto, afectan mi tiempo, y mis ingresos. cómo pensar en pluriempleo, cuando no se tiene la mentalidad abierta a que se debe pagar por todo lo que se hace, no por lo que te convenga a ti como sistema empresarial.
Los cuadros también son personas y necesitan dinero para satisfacer las necesidades de su familia y sin embargo no pueden pluriemplearse. ¿Cómo satisface las necesidades de su familia entonces? Tratamos de enderezar la pirámide pero usando las mismas herramientas viejas y así no va a funcionar. Muchas veces los cuadros cobran 5600 pesos y tiene un subordinado que cobra 4000 pero trabaja por la noche como custodio o en negocios privados y gana 4000 más. ¿Cómo se siente ese cuadro cuando ve que sus subordinados cobran casi el doble de él y le piden vacaciones para ir a un hotel y él no puede? Eso son los análisis que hay que hacer para analizar el éxodo de trabajadores y cuadros de un lado a otro.
El pluriempleo en Cuba es necesario para el país y para las personas, como en todos los paises del mundo. Soy profesor universitario, tengo horario abierto, solo voy a mi sede a dar mis clases y cuando hay reunión o un cuido de examen, a lo sumo tres veces por semana, solo las mañana, he intentado contratar en otros centros a realizar otras labores de técnico, en el mismo organo de trabajo me lo han negado por el tema horario, podría esto tener una salidad de solución?, si la mayor parte estoy en casa. Sdos
AQUI UN PROBLEMA si bien EL Decreto Ley 13, “Sistema de Trabajo con los Cuadros del Estado y del Gobierno y sus Reservas”, aprobado el pasado año, establece que “cuando el cuadro realiza la prestación de servicios fuera de su puesto, cargo o actividad habitual de trabajo, en otra entidad, con carácter temporal hasta un año, lo cual excepcionalmente puede prorrogarse por un año más, tiempo durante el cual mantiene la titularidad del cargo que ocupa en su entidad de origen y su vínculo de trabajo, para ello se requiere de la decisión del jefe u órgano facultado, con la autorización del cuadro, d previa solicitud del jefe de otro órgano, donde quedan las personas que no son cuadro ,sino funcionarios porque su trabajo lo establece y no porque lo pidieron,
al final hace falta el pluriempleo pero nada siguen las limitaciones.
Coincido 100% con el ejemplo del artículo planteado por Yasser ...mucha burocracia y trabas que deben resolverse ..los directivos de este país le temen al pago por resultados ..bien sea porque significa algo mas de trabajo para ellos elaborar un plan de resultados por el cual evaluar el desempeño de un trabajador, por desconocimiento de como hacerlo o sencillamente para exprimir mas al trabajador pagandole por una sola actividad y pidiendole que haga 50...la explotación tiene muchas formas de manifestarse, aún en nuestra supuesta Cuba socialista.
Creo que eso se debe, a qué la mayoría de los centros de trabajo tienen horarios rígidos de 8 horas, si hubiera flexibilidad, quizás otro gayo cantaría. Ahh. La educación y la salud gratuita, también existe en muchos países, dónde también el pluriempleo existe
Los trabajadores con pluriempleo que ostente la categoría de máster o doctor a los cuales en su contrato primario se les paga la remuneración correspondiente, se les debe pagar en la contratación por pluriempleo esta categoría aún estando contratados en la misma entidad del contrato primario??
Pluriempleo quiere decir que usted tiene más de un empleo y casi siempre (para no ser absoluto) es por que no le pagan lo suficiente en el empleo que usted tiene. Por tanto usted busca otras opciones adicionales para aumentar sus ingresos. Lo más probable es que tenga que trabajar más de 8 horas. Así funciona en el mundo entero. Trabajo y sacrificio.
Muy dificil, despues de trabajar 8 hora encontrar otro trabajo, donde si hoy en que Centro de trabajo se Trabaja.
Todo el que reciba MLC con vender unos cuantos tiene más dinero 100 veces más que si trabajara.
Por lo que así tengas 2 y 3 trabajos las clases sociales están bien marcadas, el que recibe remesas y paquetería del exterior para revender a precios expeculativos y el que vive al día de su salario que no tiene capacidad de compra ninguna dentro del país.
Según el mencionado Artículo 28 de la Ley 116 dice que el pluriempleo es en diferente horario. En nuestro país todos los centros de trabajo laboran en el mismo horario excepto las áreas productivas que se en uentran directas a la producción continua y otras que son técnicas como los custodios, serenos y agentes de protección. U otras profesiones que por sus características se hacen guardia. Es imposible ejercer un empleo que no sea uno de estos posterior a las 5:30pm ya está es la 1ra limitante. La 2da los directores que dirigen el sistema empresarial nuestro no velan por la producción o eficacia. Sino que sus subordinados estén cumpliendo con sus funciones con calidad o no o estén conversando, viendo películas o conectados con un amigo desde su puesto de trabajo. Pero lo importante es que estén allí. Convierte que al llegar la pandémica y demostrarse que el trabajo a distancia es efectivo esté se mantendría beneficiando al trabajador. El trabajador no busca un pluriempleo por aburrimiento sino por necesidad de obtener salario de manera honesta. Concierto que no se debe poner trabas a aquel que desee esforzarse y tener un pluriempleo, se le debe pagar sus 190.6 horas como un trabajador a distancia y sus utilidades. Lo que le debe interesar al empleador es la calidad, puntualidad y efectividad del trabajo. No el horario en que se trabaja.
Al paSo que vamos será muy necesario el pluriempleo, uno para pagar la corriente, otro para un pomo de aceite y otros para lo demás, en fin..... Pluriempleo
Agregar que la categoria funcionario no puede hacer nada de nada. Ni ejercer como TCP ni pertenecer a una mipymes entre otras cosas y desde mi punto de vista muy rudimentario la unica diferencia entre un funcionario y no funcionario son los años de carcel en caso de delito. Rsto frena el desarrollo de muchos
Yo creo q otro factor q incide y q no debe desestimarse es q a diferencia de otros países hay horarios donde deja de funcionar el transporte o cierran los servicios. Para nadie es un secreto que las gestiones para cualquier trámite se realizan en los mismos horarios en los q se supone q usted está trabajando
Un tema muy polémico para la cuba de hoy, y como queda el personal de salud q tampoco el salario no alcanza, q la nocturnidad a diferencia de otros países es muy poco el estímulo necesario, q no todos están vinculados a la docencia, no podemos aspirar a otro empleo?? Dejo la interogante . Quien se pronuncia con respecto a este tema.
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Por otro lado a los cuadros se les limita el ejercicio de otras actividades extra a su puesto, me pregunto por que si es fruto del sudor de su esfuerzo los resultados que de el obtenga no se permite tener mayor apertura en este sentido? hoy la economia demanda de capacidad, inteligencia para llevar a delante no solo las tareas economicas estatales, tambien de otros actores y que mejor opcion que muchos cuadros cuyas jornadas le permite vincularse y tienen iguales necesidades que el resto de la sociedad no pueden vincularse??
Los coleros, por ejemplo, son un magnífico ejemplo de pluriempleo: marcan a la vez en varias colas, y luego van por las calles a la luz pública revendiendo. Y nadie los ha autorizado, aunque sí, la inercia de las entidades, la corrupción las necesidades le dan "otorgado" de facto una patente.
Entonces el pluriempleo surge por la necesidad de fuerza laboral en el 2009, y ahora es una alternativa debido a falta de poder adquisitivo, desvalorización del la moneda oficial de nuestro país, debido a la inflación desproporcionada y aumento de los precios de la oferta no estatal y falta de control sobre ella por parte del estado dígase cuentapropistas o mercado negro, producto también de la falta de oferta en los mercados de venta minorista estatales, también por el aumento de las divisas en el mercado negro, por la falta de "POSIBILIDAD" del estado de venta directa o conversión del CUP por MLC, para adquirir productos de primera necesidad en la cadena de tiendas en MLC(cadena que a groso modo comercializa digamos un 90% de la oferta existente), y entonces... el pluriempleo es la solución...
En ese propósito, será indispensable desinflar de una vez las plantillas abultadas en no pocas entidades y lograr que los pagos fomenten realmente la productividad, la calidad y la eficiencia.Se dice esto pero si alguien es eficiente y productivo enseguida hay muchos que dicen que no tiene contenido de trabajo no se reconoce muchas veces por desconocimiento de lo realizado en menos tiempo sigo diciendo que para muchas tareas ya es obsoleto las famosas 8 horas.