Nueva Ley del Sistema de Identidad Personal y Domicilio actualiza derechos y trámites de los ciudadanos cubanos

Primer coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.
La Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó este jueves la Ley del Sistema de Identidad Personal y Domicilio, una norma que actualiza la legislación vigente en esta materia, fortalece las garantías jurídicas de los ciudadanos e incorpora nuevos elementos como la identidad digital y un registro público integrado.
Al presentar el proyecto ante los diputados, el primer coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior, explicó que la nueva legislación responde a la necesidad de desarrollar los preceptos constitucionales relacionados con la identidad personal y el domicilio, establecidos en los artículos 48, 49 y 51 de la Carta Magna, que reconocen el derecho de toda persona al respeto de su identidad, la inviolabilidad del domicilio y la posibilidad de cambiarlo conforme a las regulaciones legales.
La norma sustituye la legislación vigente desde 2007, que contaba con un decreto ley de nueve artículos, por un cuerpo legal compuesto por 60 artículos, acompañado de un reglamento con más de 60 artículos.
Méndez Mayedo informó que aproximadamente una cuarta parte de los contenidos incorporados en el proyecto constituyen elementos nuevos o que hasta ahora no tenían un respaldo jurídico específico.
Un sistema de identidad para cubanos dentro y fuera del país
Entre los principales cambios se encuentra la definición del alcance del sistema de identificación, que abarcará a todos los ciudadanos cubanos, independientemente de su lugar de residencia, así como a los extranjeros residentes en Cuba.
El proyecto establece una nueva entidad permanente con un identificador público para ciudadanos cubanos y extranjeros residentes, un número único asociado no solo al documento de identidad, sino también a los procesos del registro público nacional.
Asimismo, regula la información registral y los datos necesarios para garantizar la identificación de las personas, además del servicio de identidad personal y domicilio en el territorio nacional y en el extranjero.
La ley establece la Autoridad de Identidad Personal y Domicilio, función que actualmente se desarrolla desde la autoridad de trámites del Ministerio del Interior, pero que ahora contará con un respaldo jurídico más amplio y actualizado.
El domicilio como referencia legal de la persona

Primer coronel Mario Méndez Mayedo, jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.
Uno de los aspectos novedosos de la legislación es la definición del domicilio como la sede principal de una persona natural y el centro de sus relaciones jurídicas, vinculado al lugar donde reside habitualmente con intención de establecerse.
Durante la presentación del proyecto, el primer coronel Mario Méndez Mayedo aseguró que esta regulación busca resolver situaciones existentes en la práctica, pues hay personas que reciben servicios públicos, asistencia médica u otras prestaciones estatales en un lugar diferente al que legalmente se reconoce como su domicilio.
La norma establece que toda persona debe contar con un domicilio como referencia legal, sin que este concepto se confunda con el de residencia.
Identidad digital y nuevos servicios
Otro de los elementos incorporados es la identidad digital, definida como la representación única, verificable y electrónica de una persona natural, vinculada de forma segura con su identidad física, que permitirá autenticarse y realizar trámites digitales.
Esta herramienta ya se encuentra implementada en determinados servicios y, con la nueva ley, contará con un respaldo jurídico dentro del sistema de identidad nacional.
El proyecto también regula los documentos de identidad de ciudadanos cubanos y extranjeros residentes, fortalece el Registro de Identidad Personal y Domicilio como parte de los registros públicos del país e incorpora un régimen de infracciones y sanciones administrativas.
Además, establece un procedimiento para que los ciudadanos puedan reclamar ante decisiones de la autoridad de identidad y domicilio, una vez agotada la vía administrativa, mediante la intervención de los tribunales competentes.
Resultado de un amplio proceso de consulta
Durante la elaboración del proyecto se desarrolló un proceso de consulta con especialistas, instituciones y diputados. En la etapa de análisis parlamentario se recibieron nueve propuestas, de las cuales cinco fueron incorporadas al texto definitivo.
También fueron atendidos criterios recibidos a través de la página de publicación del proyecto de ley y de las sedes consulares cubanas en el exterior.
Entre las modificaciones incorporadas estuvieron precisiones a la definición de domicilio, relacionadas con el alcance de las relaciones jurídicas de las personas, incluyendo aquellas vinculadas con ciudadanos cubanos residentes en otros países.
Tras su aprobación, se prevé que la ley entre en vigor en un plazo de tres meses, con el objetivo de iniciar su implementación y garantizar la actualización del sistema de identidad personal y domicilio en Cuba.

VII Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.
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Tengo una hermana que es rmm tiene 65 años y siempre estuvo al cuidado de nuestra madre .ella no fue a una escuela para esta discapacidad por muchas razones .ahora con esta nueva ley que es muy beneficioss tengo un problema con la falta de electricidad no he podido hacerle el c.i. nuevo ella tiene el librito q es obsoleto casi y en página soberanía no puedo solicitarlo como puedo hacer este trámite para ella.
Pregunto. Si actualmente no resido en Cuba pero mantengo mi ciudadanía y poco antes de emigrar extravié mi documento de identidad, cómo puedo recuperar el mismo, preferiblemente vía digital? Si es que es posible, por supuesto.
La nueva Ley del Sistema de Identidad Personal y Domicilio representa una actualización jurídica de gran alcance porque reorganiza un ámbito que no es meramente administrativo, sino que determina cómo el Estado reconoce a cada persona, acredita su existencia legal, registra sus vínculos territoriales y garantiza —o condiciona— el acceso a derechos y servicios; al presentar la reforma como una ampliación de derechos y una simplificación de trámites, el enfoque oficial parece orientado a adecuar las normas a la movilidad de la población, la digitalización y las nuevas realidades familiares y residenciales, reduciendo cargas burocráticas y otorgando mayor coherencia al registro de identidad, pero su eficacia dependerá menos del texto legal que de su aplicación uniforme, la interoperabilidad institucional, la accesibilidad fuera de los grandes centros urbanos y la capacidad de corregir errores registrales sin obstáculos. La inclusión del domicilio merece especial atención: puede facilitar la planificación pública y el acceso territorial a servicios, pero también exige garantías claras para que una dirección registrada no se convierta en un requisito desproporcionado para estudiar, trabajar, recibir atención médica o ejercer otros derechos, especialmente en casos de migración interna, separación familiar, vivienda informal o residencia temporal. En ese sentido, la ley puede modernizar la relación entre ciudadanía y administración, aunque también amplía la capacidad estatal de recopilar y cruzar datos personales; por ello, su legitimidad dependerá de reglas transparentes sobre privacidad, seguridad, acceso, rectificación y uso de la información, así como de recursos efectivos frente a decisiones administrativas erróneas. La reforma, en suma, parece buscar un sistema más actualizado y funcional, pero su verdadero alcance se medirá por si convierte la identificación y el registro domiciliario en instrumentos de garantía ciudadana —y no únicamente de control administrativo— y por si los nuevos derechos proclamados se traducen en procedimientos simples, gratuitos, inclusivos y realmente exigibles.
Brillante exposición. Gracias.
Óscar, usted es un genio. Qué análisis tan brillante. Lo felicito. Siempre lo leo al detalle. Gracias.
Como puedo hacer mi pasaporte y viajar como todo cubano, sin pedir permiso por estar regulado por ser medico especialista..
Muchas felicidades por la nueva ley. Pero, ¿Ya hay materiales para la confección de ese documento de identidad?
Buenos dias ,viajo constantemente a cuba ,por temas familiares soy residente en honduras 60 años he hecho mis ahorros y no me permiten tener pin de mi tarjeta porque no coincide el numero de identidad de mi cuenta con un numero de identidad puesto en mi pasaporte
Que no es el mio pues ya no tengo carnet de identidad en cuba ,Que debo hacer ?
Una pregunta... ¿los que viven fuera de Cuba, que son residente en EE. UU., ¿tienen que sacar ese carnet y dónde tienen que sacarlo viviendo fuera del país?