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En PDF, nuevos salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social

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Foto: Irene Pérez/ Cubadebate.

La Gaceta Oficial Extraordinaria No.69 publicó este jueves 19 resoluciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) que establecen los nuevos cambios en la distribución de los ingresos de la población en lo referido a los salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social, como parte del proceso de ordenamiento monetario que comenzará el próximo 1ro de enero.

A partir de ese día se quedará el CUP como única moneda y una tasa de cambio de 24 pesos cubanos por un dólar, tanto para la población como para el sector empresarial, según anunció el presidente Miguel Díaz-Canel Bermúdez.  

Detalles de las normas del MTSS:

  • El salario mínimo del país se eleva a 2 100 pesos mensuales.

Divididos en 32 grupos de complejidad, se establecen los salarios escalas, según régimen de trabajo y descanso. Las escalas parten de 1 910 y 2 100 pesos para aquellos que laboran 40 y 44 horas semanales, respectivamente, y se fija en la última escala 9 510 pesos para quienes trabajen 44 horas semanales.

La norma plantea que se mantendrán los pagos adicionales mensuales:

  1. Por condiciones laborales anormales;
  2. Por trabajar en turnos nocturnos y mixtos.
  3. Por ostentar la categoría de Máster o la Especialidad equivalente reconocida por el Ministerio de Educación Superior, 440 pesos y por el grado científico de Doctor, 825 pesos, los que se reciben por una sola titulación, siempre que los profesionales desempeñen un cargo con exigencias de nivel universitario. 
  4. Coeficiente de interés económico social del treinta por ciento (30%) del salario básico para los trabajadores que laboran en el municipio de Caimanera, provincia de Guantánamo. 
  5. Para las profesiones que se certifican internacionalmente, 685 pesos. 
  6. Por impartir docencia en Salud Pública, para médicos, estomatólogos y otros profesionales que no ocupan plazas docentes.

A la vez, se dejan sin efecto para todos los trabajadores pagos adicionales mensuales como por ocupar cargos técnicos, por trabajar en los organismos globales y del perfeccionamiento empresarial en las entidades autorizadas a aplicarlo, entre otros.

  • La pensión mínima por edad e invalidez total del Régimen General de Seguridad Social, y de los regímenes especiales de los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior, será de 1 528 pesos.

Las pensiones concedidas por el Régimen General de Seguridad Social se incrementan en correspondencia con una escala, que va de 1 528 pesos (para aquellos que cobren actualmente entre 280 y hasta 300 pesos) a 1 733 para quienes reciban de 446 a 500 pesos.

En la resolución se precisa que las pensiones superiores a 501 pesos mensuales, reciben un incremento de 1 528 pesos cada una.

Como parte del compendio legislativo está la Resolución número 33, que especifica sobre el régimen laboral en la inversión extranjera, y puntualiza que el pago del salario de los cubanos residentes en el territorio nacional y extranjeros residentes permanentes en Cuba que prestan servicios en las empresas, lo realiza en pesos cubanos la entidad empleadora, encargada de seleccionar y suministrar el personal que presta los servicios a las empresas. 

  • El salario se fija por acuerdo entre la entidad empleadora y la empresa con capital extranjero teniendo en cuenta la complejidad, las condiciones del trabajo y requisitos adicionales de los cargos. 
  • El salario acordado no puede ser inferior al que corresponde a cada cargo en la escala salarial vigente.

También hay otras resoluciones específicas para los trabajadores que ocupan cargos de las categorías ocupacionales de cuadros, técnicos, operarios, administrativos y de servicios, que laboran en los órganos locales del Poder Popular y sus unidades presupuestadas adscriptas y subordinadas.

Igualmente están las normas dedicadas al sistema salarial para los trabajadores que se desempeñan en cargos periodísticos en los órganos de prensa y en otras publicaciones no conceptuadas como tal; en el sistema de la educación general y media y de la Educación Superior, y en las instituciones asistenciales del Sistema Nacional de Salud.

A su vez se puntualiza el sistema salarial para los trabajadores de la actividad de ciencia, tecnología e innovación y el pago de los ingresos básicos mensuales a los atletas de alto rendimiento de las preselecciones deportivas nacionales, miembros de los equipos participantes de la Serie Nacional de Béisbol y sus reservas, contratados, según la categoría deportiva establecida por el Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación.

  • Las cuantías a pagar por el suministro de la fuerza de trabajo entre la entidad cubana designada y el concesionario o usuario extranjero de la Zona Especial de Desarrollo Mariel.
  • Los salarios mensuales de los artistas subvencionados de las manifestaciones de música, espectáculos, teatro, danza, circo, cine y animados, que tienen relación de trabajo en los sistemas de Cultura, Radio y Televisión, Turismo, Salud Pública y otras entidades autorizadas. 
  • Para los cuadros de las instituciones culturales categorizadas por el Ministerio de Cultura y de los centros culturales pertenecientes a la Oficina del Historiador de la ciudad de La Habana.
  • Para el personal que forma parte de las dotaciones de los buques y embarcaciones de navegación de travesía internacional, de cabotaje y las que realizan sus actividades próximos a la costa y en las aguas interiores, pertenecientes u operadas por las empresas, unidades presupuestadas y demás entidades de los organismos de la Administración Central del Estado y los órganos locales del Poder Popular.

Por último, la Resolución 71 establece que el ingreso de los trabajadores se compone de una parte fija, que se corresponde con el salario escala según la complejidad del trabajo y los pagos adicionales aprobados y, una parte móvil asociada a los resultados que comprende: 

a) Sistemas de pago a destajo;

b) distribución de utilidades; y

c) forma de pago por rendimiento que se aplica en las inversiones constructivas de los programas de desarrollo turístico y de la Zona Especial de Desarrollo Mariel. 

Los sistemas de pago a destajo se basan en la medición de los gastos de trabajo a través de la cantidad de producción elaborada o servicios prestados; se prioriza su aplicación en los procesos y actividades que la naturaleza del trabajo lo posibilite, a partir de normas de tiempo o rendimiento y el salario se condiciona a la calidad del trabajo realizado.

  • Descargue Gaceta Oficial Extraordinaria No.69 (PDF)

Se han publicado 1843 comentarios



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  • Yeni dijo:

    Los jubilados q cobran 280 q van a cobrar

  • Albert dijo:

    Soy Apicultor no esta escrito como sere beneficiado con las nuevas medidas económicas. He podido leer ajustes en los precios en el acopio de varios productos de interes para el país, pero no veo legislado especificamente sobre la miel.
    Pudieran ayudarme.

  • Leonel Lorié dijo:

    Apoyo el anuncio y fecha de la unidicación monetaria y demás medidas que se adoptan eran muy necesarias para la situación que enfrentamos en estos momentos, pero tengo una duda, en itervención del compañero Murillo en mesa redonda de meses anteriores el informaba que la formación del salario seria los trbajadores su salario actual por el 4.9, al realizar la operación, en estos momentos mi salario es de 2190.00*4.90=10731.00 cup, sin embargo en la escala salarial de la gaceta mi salario es 6960.00, no cumple con lo ya anunciado, me pregunto se cambio el coeficiente para fijar los nuevos salarios.

  • Marcia Rodriguez Pérez. dijo:

    Confío en que a pesar de la complejidad del proceso, cumpla las espectativas con las que se ha diseñado.
    Luego aclarar el caso de la antiguedad como queda en el caso por ejemplo de los trabajadores de la Educación, si un reciengraduado recibirá el mismo salario que uno de muchos años de experiencia.
    Gracias.
    Vivan los cubanos y el Socialismo!

  • yoyobel dijo:

    Donde un trabajador podrá adquirir un par de zapatos y en que moneda estaría disponible?

  • Isaura pruneda Delgado dijo:

    Todo está muy bien y obvio hay que acatar las medidas pero me gustaría saber que va a ser en estos casos de la ama de casa que vive sola y no cuenta con ayuda alguna me gustaria que me respondieran porque a fin de cuenta también son ciudadanas de este país gracias

  • Francisco dijo:

    Soy proyectista en la empresa de proyectos y no ví muy claro mi salario, es más, ví actividades que no requieren tantos estudios y que tampoco tienen el nivel de responsabilidad de un proyecto, que tienen la misma escala, es más la diferencia entre una ama de llaves y la mía es casi invisible.

  • Manuel dijo:

    Los salarios más altos son todos de cuadros y gobernadores , un aumento de hasta 20 veces, mientras que médicos, ingenieros, especialistas, licenciados llegan en algunos casos escasamente tres veces del salario actual..

  • IBIS dijo:

    Deseo saber como quedamos los trabajadores por cuenta propia que desde el mes de Marzo y hasta el día de hoy no estamos autorizados a ejercer como vamos a pagar la canasta familiar con los nuevos precios? Saludos Ibis

  • Pablo enrique dijo:

    Mi vecino es pensionado con 424 cup, cual es su incremento ?

  • Mariana dijo:

    Yo trabajé más de 30 años como especialista y Directora de salario y RRHH.
    Soy jubilada, mi chequera actual es de 647.00 cup.
    No se cuanto, me corresponde, por la legislación que se pondrá en vigencia el 1/1/21. Necesito por favor me aclaren. Muchas gracias

  • Omar Rodriguez dijo:

    Existen dudas del salario a devengar por los trabajadores indirectos que hoy cobran por la Resolucion 15 en Inversiones Extranjeras sea en Proyectos hoteleros como en Mariel.

  • Argelio Rojas Salermo dijo:

    No queda definida la escala de los jubilados que debengan actualmente de 380 hasta 445 pesos

    • MTSS dijo:

      Buenos días, los beneficiarios de la seguridad social incrementan su pensión de la forma siguiente:
      Los que su cuantía se encuentra entre
      De 280 a 300 incrementan a 1528 pesos.
      320 a 1578 pesos
      350 a 1628 pesos
      De 385 a 445 incrementan a 1678 pesos
      De 446 a 500 incrementan a 1733 pesos
      Y los que su cuantía es mayor de 501 se le suma 1528 pesos

  • Rosiña dijo:

    Gracias Cuba, esto es solo los primeros pasos, seguiremos luchando por más, al lado de nuestro líderes.

  • Carlos Alberto dijo:

    Que pasa ahora con los trabajadores, que tienen aprobación para ocupar un cargo con requisito de nivel superior?

  • dgg dijo:

    A mi lo q m preocupa es q yo soy madre soltera,mi salario es poco y para mas de contra no me han dado el circulo,tengo q pagar por los cuidados d e mi pequeña para poder trabajar ,ahora tambien me aumenta esa tarifa,como hago para pagarlo todo y aun asi tener dinero para la merienda de mi bb y para el mio,sin contar,ropas y zapatos

  • Zenia Vázquez Ginarte dijo:

    Tengo una duda q alguien me la aclare x favor.
    Yo soy licenciada en salud per o me pagan como técnico medio xq soy plantilla d exceso.
    Será q ahora si me van a pagar como licenciada

  • yoyobel dijo:

    Que va a pasar con los medicamentos? Van a aparecer los q están en falta aunque se les aumente el precio o van a venderse en las farmacias internacionales en USD?.

  • Yeff dijo:

    No veo en la gaceta los salarios de los trabajadores de los medios de comunicación,Radio yTelevisión...por ejemplo de las diferentes especialidades artísticas!
    Como quedan??

  • Roda dijo:

    soy transportista no tengo comedor se nos pagaba estipendio alimenticio en cuc en la escala salarial no esta incluido como lo recibiremos.....

  • Marisol Rodríguez Quintana dijo:

    Me uno al comentario de Raúl.
    No creo justo el aumento a las jubilaciones cuando se explicó muy claro en las intervenciones por TV que sería 5 veces más que la actual jubilación y ahora es diferente pues quien recibe más de 500 pesos, solamente le incrementaran 1528.
    Esto debe ser analizado, no es justo.

  • Pablo dijo:

    Soy estudiante de 3er año de medicina, quisiera saber si en algún lado esta publicado lo referente a los cambios en el estipendio estudiantil, y de no estar, cuándo será público. Muchas gracias, y seguimos adelante.

  • RSP dijo:

    Todo muy bien pero.....un médico por 12 horas de nocturnidad..48 pesos? A 4 cup las 12 horas?... Quien hizo este acápite no tiene ni idea de lo que es una guardia médica!!!!!!! Para mi es indignante!!!!
    Por otro lado como quedan los colaboradores en misiones internacionalistas?????. Por ejemplo los que estan en Venezuela que cobran 500cuc a 25 serian 12500 pesos....pero si lo ponen a 24 serian 12000 o sea 500 pesos menos........ expliquen lo de los COLABORADORES!!!!!!!

  • nadia dijo:

    A mi tambien me preocupa ese tema,porq yo estudio para ser licenciada curso un 4to año ya y ocupo un puesto de Tec Med ,ya esa Licenciatura no se me paga,tambien tengo una niña chiquita y pago por sus cuidados en mi horario de trabajo y como muchas veces hay q trabajar sabado y domingo tengo q pagar por encima para q m la cuiden,como hago para seguir asi porq el supuesto circulo no m llega,y ni siquieras se si llegara,hay prioridades,pero yo tambien tengo trabajo ,estudio y necesito del circulo porq cuando la muchacha q me la cuida tiene problemas personales yo me tengo q ausentar y eso me descuenta dinero q necesito y necesitare,quien me podria aclarar esas dudas?eso me estreza tengo 24 años

  • Pepe dijo:

    Si ya la electricidad es muy cara como van a subirla más va a ser imposible pagarla por ejemplo donde vivo no hay gas es de balita entre balita entra pagar la balita y la electricidad pues tengo que cocinar con eléctrico que hago no me alcanzara el dinero nunca

  • Caimitense dijo:

    De lo que he leido en el día de hoy me surgen dos dudas:
    1.- En la resolución 29, octavo por cuento se dice que se dejan sin efecto los años de servicio para los que lo tienen autorizado, quiere esto decir, QUE SE PIERDE LA ANTIGUEDAD ACUMULADA POR LOS AÑOS DE TRABAJO?
    2.- Según algunos comentarios, se le dirá a los jubilados recontatados que denen escoger entre su jubilacióny continuar trabajando con el nuevo sueldo, ES VERDAD ESO? SI EN OTROS MOMENTOS APARECE QUE EXISTIRÁ EL PLURIEMPLEO

  • RSP dijo:

    Y los COLABORADORES???????????????????

  • Lía dijo:

    La tarifa para el cobro de la electricidad es excesiva. Además imagino que se arreglen todas las violaciones existentes en el cobro de la electricidad, pues en muchos casos, los que tienen equipos de aire acondicionado pagan una tarifa fija al cobrador y el cobrador le carga la diferencia a otra persona para suplir lo que no pagó el que tiene el aire.

  • Alexis dijo:

    En que escala salarial estáran los especialistas en MGI

  • yesica adiana dijo:

    Estoy muy de acuerdo con las medidas pero ojo al alza de precio por algunos particulares que si no pagas el precio esconden los productos "para su gente "hay que tomar medidas ejemplarizante para estás personas que nos dañan la vida

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