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Emiten normas jurídicas que flexibilizan y ordenan trámites relativos a la vivienda (+ PDF)

Por: Redacción Cubadebate
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El paquete de normas jurídicas que se publica este jueves en la Gaceta Oficial ordinaria No. 81, consistente en un decreto y seis resoluciones, modifica regulaciones ya existentes e incorpora otras que buscan hacer más efectivos los procesos, simplificar y unificar trámites de vivienda y establecer el procedimiento para la emisión de las certificaciones catastrales en Cuba.

Las nuevas disposiciones, presentadas este miércoles en un encuentro con la prensa en la sede del Instituto de Planificación Física (IPF), en La Habana, son el Decreto No. 13 del 24 de julio de 2020, que modifica el reglamento del Decreto Ley 332 de 2015, “Organización y funcionamiento del Catastro Nacional”, y una resolución del Ministerio de la Construcción y del IPF que deroga la Resolución Conjunta No.1 de 2016, que establece el procedimiento para la actualización de los títulos de propiedad.

Además, se añaden cuatro resoluciones del presidente del IPF (57, 58, 59 y 60), relacionadas con lo que se simplifica dentro de los trámites, y otra que establece el procedimiento para la emisión de las certificaciones catastrales.

En el inicio de la presentación, el presidente del IPF, Samuel Rodiles Planas, dijo que los trámites asociados a la vivienda “adolecen de una estrategia integral de trabajo de cara al ciudadano que garantice su adecuado funcionamiento, lo cual propicia que las personas, para dar solución a un trámite, deban presentarse ante diferentes entidades, algo que genera malestar e inconformidad en la población e incide de manera negativa en la calidad del servicio que se presta”.

Para dar respuesta real a los problemas identificados, “se modificaron normas jurídicas hasta hoy vigentes y se elaboraron nuevas disposiciones, que establecen un procedimiento más efectivo y completo. También se simplifican gestiones del ciudadano y concentran el trámite en una entidad”.

“Con la implementación del catastro urbano, se sustituye realmente de forma paulatina el dictamen técnico, y en la medida en que avance la informatización de este proceso, se reducen sustancialmente los plazos para emitir las certificaciones catastrales correspondientes”, afirmó Rodiles Planas.

Diana Rosa Suárez Matías, jefa del Departamento Independiente Jurídico, explicó que la promulgación de estas nuevas normas tiene un antecedente. En 2015 se decidió el traspaso de funciones del Instituto Nacional de la Vivienda a diferentes organismos, incluidos los ministerios de Trabajo y de Justicia, los tribunales y el Instituto de Planificación Física.

“La mayoría de funciones las recibió el IPF, y dentro de esas está la emisión del dictamen técnico de descripción y tasación”, recordó.

El dictamen técnico está entre los trámites que más solicita la población actualmente en las direcciones municipales de Planificación Física. Para su elaboración, el usuario debe presentar un documento técnico, el levantamiento que realiza el arquitecto de la comunidad.

“Este levantamiento, junto con el dictamen nuestro, generó mucha insatisfacción, porque la población nunca ha entendido por qué ir a una entidad primero, donde se hace un levantamiento físico –no se definen ni se toman decisiones–, para que luego otra entidad tome decisiones con respecto al inmueble”, dijo la funcionaria.

“Los usuarios tenían que esperar mucho tiempo por el arquitecto de la comunidad y luego por la Dirección Municipal de Planificación Física. El trámite se hacía lento y difícil, porque la persona debía ir a Planificación Física a buscar un certificado de regulaciones urbanísticas, acudir al arquitecto de la comunidad, y retornar a Planificación Física para que se le hiciera el dictamen.

“Si había alguna situación referente al suelo, había que emitir una resolución en la misma entidad, y cuando la actualización de título era motivada por acciones constructivas ilegales, debía ir a Vivienda. En muchas ocasiones, también debía ir al notario para subsanar errores de omisión.

“Al dividir funciones, ese trámite de actualización de título, uno de los más solicitados por la población, se complejizó en extremo”, apuntó Suárez Matías, y agregó que a raíz de esas dificultades, y con la experiencia acumulada, “se buscó cómo resolver el problema y concentrar funciones, de manera tal que la población no tenga que acudir a tantas entidades para un trámite”.

Es la razón de las normas que se publican este jueves en la Gaceta Oficial, específicamente la Resolución 57 del 30 de octubre de 2020, del presidente del IPF, que modifica la Resolución 54 y elimina la solicitud del documento técnico del arquitecto de la comunidad.

“Se flexibiliza el trámite. El usuario va directamente con su título de propiedad y 5 CUP en sellos a la Dirección Municipal de Planificación Física, y esta emite el dictamen técnico”, precisó la jefa del Departamento Independiente Jurídico.

La Resolución 57 de octubre de 2020 modifica la Resolución 54 de 2014. Elimina el documento técnico que elabora el arquitecto de la comunidad para el usuario previo al dictamen técnico de descripción, tasación y medidas y linderos, que emite la Dirección Municipal de Planificación Física (DMPF), donde se realiza todo el proceso de actualización. El dictamen es emitido directamente por esa entidad. Solo se requiere 5 CUP en sellos y título de propiedad. El servicio no se cobra.

Se simplifica notablemente un trámite muy solicitado por la población, concentrando la solución de los procesos en la DMPF.

También parte del nuevo paquete jurídico, la Resolución 59 de 2020, “Procedimiento para la actualización de la descripción de la vivienda en los títulos de propiedad”, establece que la población tramita la actualización directamente en la Dirección Municipal de Planificación Física (DMPF), para lo cual se emite un dictamen técnico de descripción, tasación y medidas y linderos, y se dicta de oficio una resolución que complementa el título de propiedad con los elementos necesarios para la inscripción en el Registro de Propiedad.

“Tiene como novedad que concentra en la Dirección Municipal de Planificación Física todo el proceso descrito anteriormente, relacionado con el dictamen técnico, que antes incluía varias instancias”, destacó Suárez Matías.

Esa resolución que emite la DMPF –precisó– “describe todo el inmueble; si hay errores, omisiones; si se ejecutaron acciones constructivas susceptibles de legalización y que no violan las regulaciones urbanas; modificaciones, divisiones o cuestiones relativas al terreno. Todo se resuelve en esa resolución, se complementa con esta el título y la persona va directo a acceder al Registro de la Propiedad para su inscripción”.

Otro elemento a destacar es que la Resolución 59 tiene un periodo de vigencia de seis años. Las personas naturales que a su entrada en vigor luego de la publicación en la Gaceta Oficial requieran actualizar el título de propiedad de su vivienda para su inscripción en el Registro de la Propiedad, dispondrán de ese plazo para su tramitación.

“La persona tiene la responsabilidad de tomar su título de propiedad, revisarlo, si no lo ha inscrito en el Registro de Propiedad, y, si tiene dudas, debe acudir a la DMPF, porque cuando expire el plazo de seis años no tendrá una vía para actualizar estas cuestiones o descripciones que están en los títulos y son antiguas”.

También permite que todo lo que se haya hecho en la vivienda, esté inscrito o no, sea susceptible de solución mediante un proceso de actualización en ese plazo de seis años. “Con esto estamos llamando, también, a un ordenamiento en los títulos de propiedad. Lo que reciben los usuarios son inscripciones que deben perdurar en el tiempo, y se ofrece seguridad jurídica a los titulares de viviendas”.

Procedimiento para certificaciones catastrales

El Catastro Nacional es el sistema primario de informaciones constituidas por un conjunto de datos y descripciones de los bienes inmuebles urbanos y rurales, con expresión de ubicación, superficie, linderos con sus medidas, uso, valores y demás circunstancias físicas, económicas y jurídicas, a fin de obtener un conocimiento real del territorio nacional que sirva a los objetivos de dirección del desarrollo del país. Para ello se divide en catastro urbano y catastro rural. (Decreto Ley No. 332 de 2015, “Organización y funcionamiento del Catastro Nacional”)

Como una manera sencilla de definir lo que es el Catastro Nacional, Ramón Lorenzo Nodal Jorge, director de Catastro e Información del IPF, señaló que es el inventario físico de todos los bienes inmuebles del país, con todas sus características.

“Tiene múltiples usos, no solo relacionados con los trámites, pues sirve de base informativa  para, entre otros, la inscripción de bienes y derechos que recaen sobre estos en el Registro de la Propiedad, el ordenamiento territorial y urbanístico, sistema de información del Gobierno, planificación económica de las zonas rurales y urbanas, información estadística, realización de censos de población y vivienda, y cuestiones de valor del suelo”, afirmó.

Recordó que a inicios de los noventa terminó la creación del catastro en el país, a cargo del Instituto de Geodesia y Cartografía. “Estaba clara la parte rural, pero la urbana estaba de forma general, no parcela a parcela. Es por ello que en 2014 se toma la decisión, con la política para el desarrollo del catastro nacional, de que se avanzara también en el catastro urbano, así como en la renovación del catastro rural y su actualización”.

Sobre este proceso, que implica un sistema informatizado, dijo que “va avanzando y debe terminar en todas las provincias en 2021, excepto La Habana, donde se prevé para 2023”.

Con la experiencia adquirida en estos años de aplicación del Decreto 331 (reglamento del Decreto Ley 332 de 2015, “Organización y funcionamiento del Catastro Nacional”), eran necesarias algunas modificaciones.

Así surgen el Decreto 13 de 2020, modificativo del Decreto 331 de 2015, incluido en el actual paquete de normas jurídicas, y la Resolución 60 del presidente del IPF, “Procedimiento para la emisión de las certificaciones catastrales en los asentamientos humanos urbanos”, del 30 de octubre de 2020.

La Resolución 60 establece que de todo inmueble que cuente con el levantamiento catastral (superficies y cartografía) no se requerirá un dictamen técnico. En el momento en que sea presentada por el usuario la solicitud, se realizará la investigación catastral (características del inmueble) y la introducción de los datos en el Sistema Informativo del Catastro (Siscat).

Para la emisión de la certificación catastral se dispondrá de un término de 30 días, tal como se establece en el Decreto 331 de 2015.

Si en el momento en que la personal natural presenta la solicitud el inmueble se encuentra con el levantamiento, la investigación y los datos introducidos en el Siscat, se procederá a expedir la certificación catastral. Si el solicitante está de acuerdo con los datos de la certificación, esta se entregará en un plazo de siete días, como establece el Decreto 13 de 2020. Al firmar el solicitante la certificación catastral, está declarando como cierto todo lo que esta expone.

La certificación catastral será firmada directamente por el funcionario que la emite, por lo que no dependerá de la firma de los directores municipales de Planificación Física.

El departamento o sección de Catastro de la DMPF considerará válidos las medidas y linderos y las superficies de los inmuebles situados en manzanas catastradas que se encuentren actualizados e inscritos en el Registro de la Propiedad, excepto cuando exista:

-Una diferencia de áreas que dé lugar a un solar yermo, área pública o un área adicional que por su extensión no constituya un solar yermo y se pueda aprobar como parte del inmueble.

-Superposición del inmueble respecto al colindante.

(En esos casos, sí es necesaria una resolución emitida por el director municipal de Planificación Física).

No todos los propietarios de inmuebles deben acudir a Planificación Física a obtener la certificación catastral. “La van a tener apta para cuando necesiten utilizarla”, explicó la jefa del Departamento Independiente Jurídico.

“No se trata de que si usted tiene inscrito un título, tiene que ir ahora a buscar una certificación catastral para actualizar. Lo que está inscrito, está inscrito, y tiene seguridad jurídica.

“Ahora, puede haber inscrito un inmueble en el Registro de la Propiedad, y luego de inscribirlo hizo alguna ampliación sin licencia, sin documentación, o hizo otra modificación. Difiere lo que usted tiene en el documento legal de lo que hay físicamente en su vivienda. Este es el momento de acceder a Planificación Física para una actualización por vía de la certificación catastral, si está en zona catastrada, o por vía del dictamen.

“Lo que está inscrito, y no se ha modificado, no es susceptible de actualización”, aclaró.

“El usuario no pide que le hagan el catastro. Planificación Física hace el catastro del territorio, y toca a las puertas de los pobladores. Es importante que la población apoye ese proceso, para que la información sea fidedigna”, añadió.

Lo importante –concluyó la funcionaria– es que la población conozca que se facilita y flexibiliza el trámite, y que el catastro va a ir sustituyendo paulatinamente al dictamen técnico porque es un sistema más preciso, con una información más completa y detallada del inmueble, con menor margen de error.

Se actualiza el título de propiedad en los supuestos siguientes:

-Existen errores u omisiones relativos a los elementos de la descripción o tasación, o no constan los linderos, sus medidas y la superficie de la vivienda.

-Se realizan acciones constructivas que no requieren licencia ni autorización de obra, pero que modifican la descripción de la vivienda, la unifican o la dividen.

-No coincide la descripción física de la vivienda con la reflejada en el título de propiedad, por haberse ejecutado acciones constructivas de ampliación, rehabilitación o remodelación, siempre que no se hayan violado los requisitos técnico-constructivos y las regulaciones urbanas y territoriales.

-Es necesaria la rectificación o ajuste de las medidas y linderos, así como la superficie total de la parcela.

En PDF, Gaceta Oficial ordinaria No. 81

Se han publicado 256 comentarios



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  • Diana dijo:

    Wasmania, nuestras respuestas no han sido repetitivas ni carentes de contenido, las nuevas.normativas persiguen el cambio y el cambio favorable para la población de la cual formamos parte, la invitamos a que vea el resto de las respuestas.

  • leticia parra fernandez dijo:

    Mi nombre es Leticia: estoy muy contenta porque asi se agilisan mas unos tramites que son tan extresantes y agotador ,como tambien acabamos un poco con la borocrasia, gracias por pensar una vez mas en un pueblo digno de respetar y revolucionario

  • Ismaray dijo:

    Me parece muy oportuna esta decisión de simplificar trámites de la vivienda. En especial en estos tiempos en que muchos servicios trabajan a medias o no trabajan. Mi caso particular es q acabo de comprar un apartamento, al cual se le hizo el catastral hace alrededor de un mes, al estar los servicios notariales de mi municipio trabajando al 50%, la subsanacion de errores no le hemos podido hacer. Mis preguntas: "en mi caso, que ya tengo el catastro echo, desde antes de salir esta resolución, cómo hago los trámites ahora????¿Si los servicios notariales no están realizando los trámites pertinentes cómo actualizo mi propiedad antes del 2021????

    • diana dijo:

      Ismaray, con su certifico catastral usted puede presentarse en la DMPF a solicitar la resolución de actualización pues ya el Noatrio no es competente.

  • Yrr dijo:

    Muy importante, en mi caso llega un poco tarde porque recién terminé de hacer ese trámite que me llevó un año, hasta el punto que se me venció la declaratoria de herederos y nuevamente tengo ahora que volver a sarcarla con todo lo que lleva antes en el registro civil. Sería bueno que los tomos y folios de una declaratoria de herederos no tarde meses como pasa acá en Holguín pues la mía estaba lista pero estos tardaron 2 meses en llegar y el documentos se vence por la fecha que se expide en notaría es decir que solo tuve 10 meses de válides....creo que es también una locura, podrían revisar eso..por favor.

  • Mancebo dijo:

    Camagüey, 19 de noviembre de 2020

    Estimado Humberto:
    Luego de ver el último programa de Hacemos Cuba sobre el tema de Planificación Física, deseamos emitir algunos criterios y aspectos que nos preocupan de manera importante a este colectivo de 65 arquitectos e ingenieros que laboramos en la Empresa Provincial de Arquitectos de la Comunidad de Camagüey y que tiene que ver no solo con nuestro trabajo sino con la implicación que para el país en este tema tienen las decisiones que se están tomando; o que ya se tomaron pues al amanecer de este día nos informamos por la televisión de que la disposición jurídica de alto rango que se estaba elaborando para organizar y actualizar el trabajo de este organismo, informada en su programa, ya es un hecho al salir en la Gaceta Oficial.
    Coincidimos plenamente que se fortalezca y se potencie en todos los sentidos la actividad de Planificación Física, somos muy consientes, por ser parte de los procesos de ordenamiento territorial y de trámites de la población de la vital importancia de su misión en cualquier país, pero las acciones que están contempladas realizar con ese fin no se justifican y otras no van a las verdaderas causas de las debilidades que pueda tener este organismo ni mucho menos resolver en definitiva las inquietudes de la población. Partimos de que no se puede “Hacer Cuba” desde la realidad de la Habana, aspecto que quizás esté condicionando todo este ordenamiento; la realidad en el interior del país parece ser otra, al menos en nuestra provincia.
    Nos disgusta mucho escuchar que el problema de la dilación de los tramites, la burocracia y demás planteamientos de la población se van a resolver pues ya las personas no tienen que dirigirse al arquitecto de la comunidad a obtener el documento técnico, sería bueno y honesto decir cuál es la raíz del por qué después del traspaso de funciones al IPF en el año 2015, nos mantuvimos dando ese servicio; entre otros cosas y primero por la realidad de las DMPF a las que se le asignaron funciones sin la debida preparación y capacitación de sus técnicos, sin el completamiento de sus plantillas (donde muchas de sus plazas técnicas y directivas son ocupadas por personas con profesiones ajenas al perfil del cargo), sin el necesario apoyo en logística de todo tipo, que va desde una simple cinta métrica, hojas, modelos, etc. hasta lo más importante e imprescindible como es la informatización al menos básica que le aseguraría la eficacia de los procesos, realidad aunque no se quiera reconocer, se mantiene luego de cinco años aunque ahora se hable de ”drones” y segundo y lo más importante: porque se impuso ante lo que se provocó con ello que se recurriera a la profesionalidad, el conocimiento, las habilidades y la filosofía de trabajo enfocada al cliente de nuestra empresa y sus profesionales, reflejo de años de educación y cultura organizacional que nos llevo a ostentar 11 años la condición de Vanguardia Nacional y no presentar hasta el día de hoy hecho de corrupción alguno, y ser un colectivo que ha estado presente en todos los eventos metrológicos que nos han azotado y en cada problemática y estrategia de la vivienda en el territorio como es el reciente apoyo a las direcciones municipales de la vivienda en el cumplimento del acuerdo 8574/2019 donde logramos revertir el atraso en su desempeño. ¿Resuelve entonces una disposición jurídica esta situación? Creemos se está creando nuevamente como en el 2015 un falsa expectativa de que se resolverán los problemas.
    A nuestro criterio el problema es más estructural que legal, eso salta a la vista cuando se analizan y depuran los planteamientos de la población con este enfoque. En estos cinco años nuestra empresa ha realizado más de 135987 tramites a la población con resultados ejemplares y con altos índices de satisfacción del cliente avalados por encuestas, labor amparada por años de duro trabajo en la capacitación y la actualización constante que nos ha obligado a los arquitectos e ingenieros a dominar la dinámica jurídica, algo muy ajena a nuestro perfil pero que asumimos con profesionalidad y responsabilidad desde el año 2003 y que ahora se pretende dejar a un lado con la significativa afectación a la población, que ya no va contar con la calidad y seguridad de nuestro trabajo y la afectación económica que esto trae al quitarnos casi el 40% de los ingresos de la empresa, algo que inevitablemente se reflejará en el salario de los trabajadores y por ende su permanencia en la empresa, coincidentemente con el ordenamiento monetario que enfrenta el país y del que tenemos muchas indefiniciones y retos por enfrentar.
    Hemos soportado ecuánimemente todos estos avatares, sin nadie que nos escuche a pesar de expresarlo en cuanto espacio hemos tenido y de sobrellevar la pasividad de los decisores ante la realidad; viendo y sufriendo como se erosiona todo el trabajo, no solo nuestro sino también las estructuras nacionales que nos atendían, ver extinguirse inexplicablemente el Instituto de la Vivienda y reducirlo a un grupo de trabajo en el MICONS y de echar por tierra el trabajo en equipo con otros factores implicados en el proceso en el cual hemos logrado buenos resultados en esta provincia.
    Por su intermedio queremos propiciar el debate y la reflexión, quisiéramos que fuese esto posible pues solo nos quedan los medios para expresar nuestro sentir; habló usted de un segundo programa, y si se diera, desearíamos que tuviera ese enfoque, y que como otras veces lo ha hecho interpele a especialistas del resto de los factores que están implicados (Notaria, Registro de la Propiedad, Dirección de la Vivienda y Arquitectos de la Comunidad, de este último también a quien nos representa en el MICONS), incluso de otras provincias, sabemos que requerirá un gran esfuerzo de la producción de su programa pero le aseguramos que valdrá la pena.
    No podemos hablar por todo el país, las realidades son distintas en cada territorio; pero si algo es común es que los Arquitectos de la Comunidad son una fortaleza técnica nada despreciable que no ha tenido el reconocimiento institucional y apoyo que se merece en los últimos tiempos, no se ha respetado su origen y lo que representamos y aportamos al país. Aunque fuimos recientemente constituidos como una Empresa Estatal Socialista seguimos siendo un programa social, quizás sin temor a equivocarnos el único en el mundo, somos el único país donde una persona humilde y de escasos recursos tiene acceso a un arquitecto o ingeniero, algo privativo e inimaginable en otro contexto que no sea el cubano, en su creación estuvo la mano de Fidel, del comandante Montané, del Arq. Rodolfo Livingston, amigo de Cuba e inspirador de esta idea y otros que vieron su potencialidad y lo que ello representa y aporta para que cada cubano tenga el derecho a una vivienda digna o adecuada como bien se reconoce en nuestra constitución; entonces ¿por qué traspasar funciones y crear nuevas disposiciones si de lo que se trata es de unir fortalezas, por qué nunca se ha valorado integrarnos a la actividad de la planificación física como una organización independiente; por qué no potenciar al eslabón más débil del proceso con todo ese conocimiento acumulado y experiencia de trabajo demostrada en vez de sobrecargarlo cada vez más con procesos a los que se le hace difícil enfrentar en su actual situación? esa sería un solución que resolvería muchos de los problemas que hoy subsisten en este tema y debía valorarse por los decisores y las instancias que se encargan del diseño de las estructuras organizacionales formales del país, luego de un diagnóstico que incluyera a todas las provincias.
    Se pretende según se ha legislado llevar a 7 días los trámites en zonas catastradas y en poco tiempo como se informado a la mitad; no imaginamos como lograr cumplir con eso, el catastro es un registro pero muy diferente a otros, no es el caso del Registro de Consumidores, el Registro de Identidad, el Registro Civil, etc. donde se no se necesitan visitas a la vivienda, del razonamientos y análisis de toda su problemática si de verdad se quiere hacer un trabajo serio y apegado a las normas, realizar un documento técnico o dictamen para actualizar un documento legal no es solo medir y describir locales, es hacer ciudad aunque muchos no lo sepan, solo el análisis en el sitio de un especialista responsable y capacitado garantiza que se declare una vivienda adecuada pues cumple con los requisitos de habitabilidad y seguridad, evite legalizar divisiones con soluciones improvisadas que no garantizan la iluminación y ventilación natural con la consecuente gasto de energía de por vida, se eviten conflictos entre colindantes describiendo certeramente servidumbres (las que ahora se pretenden redescubrir), se legalicen unificaciones y transformaciones de fachada y cambios de uso sin que se agredan y afecten los valores y códigos arquitectónicos y patrimoniales de un Centro Histórico. Nos duele ver como institución que se deseche todo ese conocimiento y experiencia; en nuestro caso está plasmado en más de 15 procedimientos operativos e instrucciones de trabajo y manuales, todos ellos fruto de la necesidad que tuvimos desde el 2004 de elaborar para garantizar uniformidad y asegurar la calidad de la información que se requiere en este servicio y que recientemente actualizamos, por eso hablamos con conocimiento de causa, la tareas que deberán enfrentar será tan grande que de seguro los rebasará y eso se ha minimizado, no sabemos el por qué.
    En su programa faltaron opiniones sobre el verdadero desempeño de ese 30 por ciento ya catastrado, esas que dirían que se tiene que rehacer varias veces el trámite para que sean aceptados en notarias y registro, que se mide con los pasos al no contar con los elementales instrumentos, etc., esa es otra realidad que se ha esquivado. Es bueno decir que esta decisión no ha sido informada de antemano como en las anteriores ocasiones, desconocemos que va a pasar con todos los trámites en proceso que pagaron nuestros clientes.
    Por ultimo decir que usted no será la única vía por la que canalizaremos nuestra preocupación, hacemos gestiones para llegar a decisores importantes en el país pero sigue siendo su espacio el marco ideal donde la población podrá adquirir una información completa de este tema.
    Un saludo de este colectivo que espera de usted una respuesta que nos haga creer que todos Hacemos Cuba

  • Ingrid dijo:

    Planificación física lo que necesita es un buen diagnóstico que evidencie todo lo que debe ser cambiado, siguen asumiendo funciones sin lograr dar respuesta a las que ya tenían. Los municipios nada que ver con la nación y la provincia.

  • Ingrid dijo:

    ¿Será que hay capacidad técnica en planificación física para enfrentar esta nueva función???

    • diana dijo:

      Ingrid, aunque usted duda de nuestra capacidad técnica, las direcciones municipales de Planificación Física tramitan y resuelven cada año más de 300 000 trámites, con ciertos y desaciertos, trabajando en función de perfeccionar el trabajo y elevar la calidad de los servicios.

  • jose manuel almeida dijo:

    Nos agrada que se simplifiquen los tramites y que la burocracia desaparesca.pregunto llevo tres meses después de que el arquitecto me hizo el dictamen técnico y lo entregue. Ipf.ahora es valido ese dictamen allí y cuanto tiempo mas tendré que esperar para obtener mi propiedad actualizada y lista para la división de la mismo que ese fue el objetivo del arquitecto en su visita y documento entregado gracias mil

    • diana dijo:

      Jose Manuel, su docuemnto técncio vale y el trámite continúa en Planificación Física y termina ahí mismo, o sea no tiene que ir a otra entidad, salvo al registro de la propiedad a inscribir.

  • Norka dijo:

    A partir de qué día se hace vigente la nueva normativa para la actualización del título de propiedad, gracias, porque yo sigo en el limbo de las lagunas, gracias,hoy llame al funcionario que atiende mi caso hace más de un mes e insiste en decir que mi trámite debe ir a santa clara para ser firmado por el director provincial.gracias , espero su respuesta.

    • diana dijo:

      Norka, la norma se pone en vigor a los 30 días posteriores a su publicación en Gaceta. Hay trámites que se elevan al director provincial como es el caso de las cesiones de solares yermos de propiedad personal y las cesiones de uso de azotea, que s einician por el municipio y concluye en la provincia, pero los trámites de actuialización objeto de regulación en la Resolución 59 se inican y terminan en la direccción municipal de Planificación Física.

  • Niurka Beatriz Royo dijo:

    Realmente tiene buen argumento de cómo viabilizar los trámites para todo en la vivienda. Gracias por mejorar con esta resolución

    • diana dijo:

      Niurka Beatriz, gracias a usted por su comentario.

  • Meyling Villa dijo:

    Necesito saber si en algún momento se autorizará un ciudadano a tener más de una propiedad. Por ejemplo, puedo tener mi vivienda y la de mis padres, por qué tengo que tener la segunda ilegal, la de mis padres también es mia, puedo rentarla legalmente, xq no?

  • Tere dijo:

    ¿Entonces se pueden legalizar las piscinas en la DPF?

    • diana dijo:

      Tere, las pisicinas no se pueden legalizar pues la Resolución 54 de 2014 no fue modificada en su artículo 44 que regual los supuestos para los que no se emite ni licnecia ni autorizo, entre ellos las piscinas.

  • Gisselt dijo:

    Mi vivienda colinda con un solar yermo deseo adquirir unos metros para sembrar a que oficina de PF debo ir pars saber si es posible .

  • Reval dijo:

    Funcionarios de PF. Una pregunta, mi vivienda sobre un terreno propio era de madera y fue reconstruida de mampostería sin licencia. Que puedo hacer para legalizar? Ya que por el acuerdo del Consejo de Ministros y por el 288 me dicen q no procede.

    • diana dijo:

      Reval, si la recosntrucción que usted hizo cumple con las regulaciones urbanas y tiene título de propiedad de esa vivienda de madera, puede acceder a la actualización medinate la Resolución 59 de 30 de octubre de 2020. Si no tiene título de propiedad su proceso es por el Acuerdo 8574, solicita dictamen técnico en Planificación Física Municipal y con este solicita la propiedad en la Vivienda Municipal.

  • Taimi dijo:

    Se pretende según se ha legislado llevar a 7 días los trámites en zonas catastradas y en poco tiempo como se informado a la mitad; no imaginamos como lograr cumplir con eso, el catastro es un registro pero muy diferente a otros, no es el caso del Registro de Consumidores, el Registro de Identidad, el Registro Civil, etc. donde se no se necesitan visitas a la vivienda, del razonamientos y análisis de toda su problemática si de verdad se quiere hacer un trabajo serio y apegado a las normas, realizar un documento técnico o dictamen para actualizar un documento legal no es solo medir y describir locales, es hacer ciudad aunque muchos no lo sepan, solo el análisis en el sitio de un especialista responsable y capacitado garantiza que se declare una vivienda adecuada pues cumple con los requisitos de habitabilidad y seguridad, evite legalizar divisiones con soluciones improvisadas que no garantizan la iluminación y ventilación natural con la consecuente gasto de energía de por vida, se eviten conflictos entre colindantes describiendo certeramente servidumbres (las que ahora se pretenden redescubrir), se legalicen unificaciones y transformaciones de fachada y cambios de uso sin que se agredan y afecten los valores y códigos arquitectónicos y patrimoniales de un Centro Histórico. Nos duele ver como institución que se deseche todo ese conocimiento y experiencia; en nuestro caso está plasmado en más de 15 procedimientos operativos e instrucciones de trabajo y manuales, todos ellos fruto de la necesidad que tuvimos desde el 2004 de elaborar para garantizar uniformidad y asegurar la calidad de la información que se requiere en este servicio y que recientemente actualizamos, por eso hablamos con conocimiento de causa, la tareas que deberán enfrentar será tan grande que de seguro los rebasará y eso se ha minimizado, no sabemos el por qué.

  • Taimi dijo:

    En su programa faltaron opiniones sobre el verdadero desempeño de ese 30 por ciento ya catastrado, esas que dirían que se tiene que rehacer varias veces el trámite para que sean aceptados en notarias y registro, que se mide con los pasos al no contar con los elementales instrumentos, etc., esa es otra realidad que se ha esquivado. Es bueno decir que esta decisión no ha sido informada de antemano como en las anteriores ocasiones, desconocemos que va a pasar con todos los trámites en proceso que pagaron nuestros clientes.
    Por ultimo decir que usted no será la única vía por la que canalizaremos nuestra preocupación, hacemos gestiones para llegar a decisores importantes en el país pero sigue siendo su espacio el marco ideal donde la población podrá adquirir una información completa de este tema.
    Un saludo de este colectivo que espera de usted una respuesta que nos haga creer que todos Hacemos Cuba

  • diana dijo:

    Carida Ramos, mi intención para nada es entra en contradicción con usted, cada una tiene puntos de vistas diferentes, estas decisiones no se toman d eun día para otro y los cambios se conocían ya, ahora lo que se ha materializado en una norma. No existe contraposición alguna con el arquitecto, somos colegas todos y trabajamos en función de un objetivo común.

  • mimirosa dijo:

    Necesito que me esclarezcan del tema en cuestion, tengo una parte de mi casa que fue medida en la propiedad de mi hermano cuando hicimos el desglose, el fallecio cuando comenzabamos los tramites para subsanar este problema, la esposa aun no se adjudica la propiedad a su nombre y necesito que me digan que debo hacer para incluir esa parte dentro de mi propiedad ya que las medidas no fueron tomadas por la parte de arriba bien, ya quiero ampliarme arriba y no me coinciden las medidas de abajo con lo que tengo por hacer encima de mi propiedad. gracias

  • Juan Antonio Muñoz Morales dijo:

    Soy arquitecto de la comunidad, es cierto que estas normas van a resolver en parte la dilatación de este trámite, pero como han expresado algunos ciudadano realmente las DMPF, transcriben el documento del arquitecto, y en no pocas ocasiones lo hacen con error y pasado de los términos, pensemos qué pasará cuando tengan que realizar el proceso desde el levantamiento del inmueble, estoy seguro que los términos se van a incumplir en muchos casos, si hablar de la calidad del servicio, pues para nadie es un secreto la poca preparacion y dominio de estos temas en algunos tecnico, a pesar de esto espero que la población se sienta satisfecha con el servicio de esta importante entidad.

  • Nayla dijo:

    En las actualizaciones de título, el catastro se seguira cobrando?

  • Ele dijo:

    Buenas a quien me pueda explicar mi duda ,soy de MORÓN y llevo más de 6 años para legalizar la vivienda he pasado por varios proceso unos por dejadez y la otros por demora en los trámites,en esto momento tengo todo ya y entre con toda la documentación pero por necesidad en julio le pedí a mi abogada todos los papeles y ahora después de todas las etapas que hemos pasado por la covid y estaban cerrados todos los trámites cuando abrió MORÓN después de varios meses sin recoger ningún trámite ahora dicen que hasta que no esté vigente la nueva leyes no vuelven a recoger. Mi pregunta es será verdad que están los trámites de nuevo parado o no quieren de ningún modo trabajar estoy aburrida de peloteo .moron es el lugar más difícil para hacer un trámite

  • Jazmín dijo:

    Espero que este grave problema de planificación física se resuelva de una vez y bien .

  • Ncb dijo:

    INCONFORMIDAD

  • Gloria PLa dijo:

    ¡ Buenos días ¡ MI HERMANA Y YA HEREDAMOS POR TESTAMENTO LA MITAD DE LA VIVIENDA DE MIS PADRES , MI MAMÁ TESTO A FAVOR DE NOSOTRAS Y MI PAPÁ A FAVOR DE MI HERMANO . MI HERMANO VIVE EN LA VIENDA AUNQUE EL CONSTRUYÓ SU PARTE , POR LO QUE LA PARTE DE MI MAMÁ ESTÁ DESOCUPADA Y SE COMUNICA POR UNA PUERTA CON LA DE ÉL . MI HERMANO NO PERMITE QUE ENTREMOS A LA VIVVIENDA PORQUE EL PLANTEA QUE TODA PA PROPIEDAD ES DE ÉL POR VIVIR EN ELLA .HEMOS VISITADO A ABOGADO Y NOS DICE QUE DEBEMOS DIRIGIRNOS A PLANUFICACIÓN FÍSICA , LO CUAL HEMOS HECHO EN VARIAS OCACIONES , PERO COMO EL DICE QUE NO VA A BRIR LA VIVIENDA PLANIFICACION FÍSICA DICE QUE NO PUEDEN HACER NADA Y NOS REMITE AL ABOGADO . LLEVAMOS UN AOO Y MEDIO EN VE PARA AQUÍ Y VE PARA ALLÁ NOSOTRAS NOS PREGUNTAMOS ¿ QUÉ HACEMOS , A DÓNDE NOS DIRIGIMOS O NUNCA PODEMOS ADQUIRIR UN BIEN QUE NUESTRA MADRE NOS DEJÓ POR UNA INCOMPRENSIÓN ?
    DESEARÍAMOS NOS EXPLICARAN QUE DEBEMOS HACE , ATENTAMENTE , GLORIA

  • Eloy carralero mi celular 59454114 disponible dijo:

    Mique pregunta es relacionada con las contraverciones en mi caso yo pedi a este departamento municipal de Bauta por escrito la actualizacion de todo mi expediente y nunca pude lograrlo y ahora visitan mi vivienda y por tener un garage que hace hace mas de 10 años y que costa en ducumentos que hace dos año que intento legalizarlo pues me aplican una multa de 900 pesos y 72 horas para que lo demuela y como no lo hice porque lo que quiero es legalizarlo me plican otra multa de 1800 pesos por favor necesita ayuda con relacion a mi problema

  • este94 dijo:

    hola necesito saber como sera a partir de ahora el traspaso de las casas, el monto que hay que abonar, sube o se mantiene muchas gracias

  • Alejandro dijo:

    Alguien me puede ayudar? Soy ingeniero civil, graduado de la CUJAE y como parte de una investigación estoy buscando datos concretos sobre la cantidad de derrumbes en la capital, asi como el número de viviendas construidas desde el 2015, pero, la poca información que hay al respecto está incompleta y sinceramente, un poco dudosa.

  • Laura Aguilar veloz dijo:

    Buenos días! Quisiera saber si en este momentos de cambios se preven cambios en la ley , referente al precio de tasación de las viviendas cubanas. Hemos vivido un período de doble "realidad", los precios de tasación subvalorados y los precios reales sobrevalorados en CUP, situación que sin dudas fue fuente de malos manejos y etc. Mi pregunta concreta, en este momento que el CUP desaparece, que se pretende valorizar el peso cubano, que cualquier tramite coctará mas de 1000 pesos, el precio de las viviendas cambiará acorde a la realidad?. Por ej no puede ser que una vivienda confortable y amplia este valorada en 18 000 pesos cubanos (el valor de menos de 18 tramites) y que en realidad se valore en 50 000 CUP (ahora dolares). Agradecida por su atención.

  • Yolanda dijo:

    Diana parece que caistes de Marte tu no te das cuenta que de nada sirve el enfrentamiento si aqui los valores y respetos se acabaron, enfrentas por un lado y por el otro cuando das la espalda le ganan el 5tuple a l producto, se ve que no has edtafo en ls Lisa aqui si hay para todo y quien interviene nadie,la corrupcion y los inescrupulosos estan al pecho, un refresco 100 peso, un pan 80 pesos, se dice de los cigarros para que el pais del tabaco desee el año oasado no cigarro en mn Criollo 20 peso, pomo de refresco aguao 40 peso las galletas 40 peso la bolsa de 10, malanga el que la tiene de20 a 40 y no es dolo en la petiferia recorran la lisa como debe ser sin aviso pero sistematice, quien tiene la culpa del disparo de precios, preferible solamente los salarios altos a los medicos y maestro porque me parece que en mefio de la crisis mundisl por la pandemis, se debia gaber analizado mejor tomar algunas decisiones, espero recapaciten y piensen no es destrui es pensar y analizar mejor para decidir las cosas. no se pongan bravo .

  • Carlos dijo:

    Hice trámites el 23 de diciembre que ya entraba en vigor la nueva ley y han pasado más de 69 días y se han limpiado con la ley en la Dirección de Planificación Física de la Lisa, y no se hace nada al respecto, todo sigue siendo una mentira y una falta de respeto al pueblo, a mi modo de ver hay mucha falta de control

Se han publicado 256 comentarios



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