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Nuevas políticas para la vivienda: elementos principales

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Después de transcurrir aproximadamente 2 años de la aplicación de las normas jurídicas que eliminaron prohibiciones y establecieron facilidades para la compra venta de viviendas, donaciones y permutas; de otras normas que establecieron el otorgamiento de subsidios destinados a la construcción o reparación de sus viviendas a las personas más necesitadas económicamente y principalmente las afectadas por ciclones y otros desastres; así como el otorgamiento de créditos a otras personas para facilitar la ejecución de acciones constructivas, se ha hecho necesario como resultado del análisis del comportamiento de estas medidas y teniendo en cuenta nuevos elementos surgidos, poner en vigor ajustes que se manifiestan en 5 nuevas políticas recientemente aprobadas por el Consejo de Ministros que en ningún caso prohíben lo aprobado anteriormente.

Para ilustrar el comportamiento de estas medidas en cifras podemos emplear los siguientes ejemplos:

  • Se han aprobado 63 mil subsidios aproximadamente y se han entregado más de 1000 millones de pesos a los beneficiados.
  • Se han otorgado aproximadamente unos 200 mil créditos por un importe de 1800 millones de pesos.
  • Se han vendido más de 57 mil viviendas y más de 157 mil casas han sido donadas.
  • En el 2014 se vendieron 2300 millones de pesos en ventas de materiales de la construcción que es el 104% del plan. Hay una cantidad de personas pendientes por la compra de techos, áridos, barras de acero, puertas y ventanas, que son los más deficitarios.
  • El Estado está entregando 10 mil viviendas anuales como en Santiago de Cuba, La Habana y otras provincias con precios muy subsidiados a la población.

Los objetivos de estas nuevas Políticas son:

  • Dar una mejor organización y transparencia al otorgamiento de los subsidios a las personas más necesitadas y lograr que estos se empleen para los fines que están concebidos.
  • Permitir la entrega a personas naturales de viviendas que se comenzaron a construir por el estado y que por diferentes razones están paralizadas, con el propósito de que puedan ser concluidas por esfuerzo propio.
  • Legalizar y otorgar el derecho perpetuo de superficie a personas afectadas por ciclones y otros desastres que estén construyendo o reconstruyendo sus viviendas por esfuerzo propio en lugares autorizados.
  • Evitar que el otorgamiento de los subsidios que se entreguen a personas, o que las viviendas asignadas por el Estado a precios subsidiados, se conviertan en fuente de lucro, en lugar de resolver el problema habitacional.
  • Contribuir a evitar las subdeclaraciones y evasiones de los impuestos establecidos.

Es útil precisar que las nuevas normas jurídicas que respaldan jurídicamente la aplicación de estas nuevas políticas están en proceso de elaboración. De lo que se trata es de explicar las políticas para un esclarecimiento de las mismas, como complemento de la conferencias de prensa que se realizó en diciembre pasado. Cuando se emita la gaceta oficial con las precisiones que lleven las normas se darán a conocer.

CONSTRUCCI”N DE VIVIENDAS EN CUBA POR PARTICULARES FUE M¡S EFICAZ QUE LA ESTATAL EN 2010LAS 5 POLÍTICAS APROBADAS RELACIONADAS CON EL SISTEMA DE LA VIVIENDA, SON LAS SIGUIENTES:

1) POLÍTICA: Modificación al Acuerdo 7387 del CECM “Reglamento para el otorgamiento de subsidios a personas naturales para realizar acciones constructivas en su vivienda”.

PRINCIPIOS:
1. Efectuar por los consejos de la Administración Municipal del Poder Popular como mínimo dos convocatorias anuales para la recepción de solicitudes de la población con la finalidad de acceder al subsidio de acuerdo con el financiamiento disponible, fijando las fechas o períodos en los cuales las direcciones municipales de la Vivienda reciben y procesan dichas solicitudes.

2. Establecer que los consejos de la administración municipal del Poder Popular elaboren el procedimiento divulgativo territorial de forma que estas convocatorias y sus resultados se den a conocer públicamente por todos los medios de información y comunicación,y se garantize la transparencia

3. Establecer que los consejos de la Administración municipal tienen untérmino de hasta 70 días hábiles para dar respuesta a las solicitudes de los subsidios contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

4. Actualizar el procedimiento del Ministerio de Finanzas y Precios para el financiamiento de los subsidios a personas naturales para realizar acciones constructivas en su vivienda, estableciendo de forma excepcional la subsanación de errores en las cifras financieras asignadas a los territorios.

5. Actualizar por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social el procedimiento para analizar la solvencia económica de los solicitantes de subsidio, incluyendo la caracterización social del núcleo familiar, la insuficiencia de ingresos para el pago de los trabajos de construcción, reparación o conservación de la vivienda, fijando los límites máximos para realizar la evaluación.

6. Disponer por los ministerios de la Construcción y de Justicia, y el Instituto de Planificación Física lo procedente para que el otorgamiento del subsidio conste en: los contratos, las escrituras notariales de descripción de obra de la célula básica habitacional (vivienda mínima adecuada), las licencias de construcción y el certificado de habitable.

7. Preservar hasta la fecha de la nueva convocatoria y dentro del año, por los consejos de la administración municipal la documentación de los casos que vayan a convocatoria y no se les otorgue el subsidio por falta de financiamiento, sin establecer escalafón.

8. Disponer la cancelación del subsidio cuando el beneficiario no quiera continuar con los trabajos en la vivienda y renuncie al subsidio otorgado y el reintegro del monto utilizado al Presupuesto del Estado.

9. Disponer la cancelación del subsidio cuando este sea otorgado a partir de datos y declaraciones falsas del beneficiario y el reintegro del monto utilizado al Presupuesto del Estado.

10. Incorporar al procedimiento del Ministerio de Finanzas y Precios la forma para realizar por el beneficiario el reintegro al Presupuesto del Estado por la cancelación del subsidio.

11. Proceder ante la entrega de donativos por concepto de materiales de construcción a personas naturales beneficiadas por la entrega de subsidio, a efectuar el ajuste, para ello, se descontará del monto del subsidio otorgado el valor correspondiente en el presupuesto al renglón equivalente a los materiales entregados por donación. Se documentará la donación recibida y el ajuste realizado en el expediente de construcción de la vivienda.

12. Evaluar cuando por ocurrencia de eventos climatológicos u otros desastres se afecte una vivienda terminada o en ejecución con subsidio, el caso para otorgar un nuevo subsidio y resolver la afectación producida.

13. Establecer por el Consejo de la Administración Municipal, ante el fallecimiento del beneficiario, salida definitiva del país u otras causas, la cancelación del contrato y el reintegro al Presupuesto del Estado, del saldo asignado y no utilizado.

14. Evaluar, en el caso de cancelarse el subsidio aprobado por el fallecimiento del beneficiario, salida definitiva del país u otras causas, la solicitud de continuar dicho subsidio por las personas que ocupan el inmueble o forman parte del núcleo familiar que se beneficia siempre que tengan derecho al inmueble. Corresponde a la Dirección de Trabajo Municipal la realización de la investigación socioeconómica ajustada a las nuevas condiciones para su evaluación de forma expedita por el Consejo de la Administración Municipal.
De aprobarse la continuidad del subsidio, el nuevo beneficiario asumirá las obligaciones y derechos, lo que requiere un nuevo contrato con el saldo pendiente y lo ejecutado, y una nueva Licencia de Construcción en similares términos.

15. Cancelar por el consejo de Administración municipal en el caso de paralizarse el subsidio aprobado por el fallecimiento del beneficiario, salida definitiva del país u otras causas y no existan otras personas que ocupen el inmueble o forman parte del núcleo familiar que se beneficia y no existan herederos. Se procede por la Dirección Municipal de la Vivienda a incorporar el inmueble al fondo de viviendas del Estado y su asignación cumpliendo el procedimiento establecido.

cooperativa-particular-construccion2.POLÍTICA: Traspaso de viviendas estatales en ejecución para su terminación por esfuerzo propio.

PRINCIPIOS:

1. Transferir las 16 mil 887 viviendas estatales en ejecución a las personas naturales que acepten su terminación por la vía del esfuerzo propio, mediante el pago del valor de transferencia.

2. Garantizar por las direcciones municipales de la vivienda que las viviendas a transferir tengan definidas las soluciones para las redes técnicas o facilidades que aseguren que cuando se terminen por esfuerzo propio cuenten con las condiciones mínimas de habitabilidad.

3. Incorporar gradualmente en los planes estales la ejecución de las 4 mil 336 viviendas correspondientes a construcciones de edificios de mas de 3 plantas con áreas de uso común, así como sus instalaciones hidrosanitarias y eléctricas; y estructuras que requieren para su montaje el empleo de medios de izaje (grúas), que por su nivel de complejidad constructiva se dificulta terminar por esfuerzo propio.

4. Establecer que la asignación de estas viviendas a personas naturales se realice por acuerdo de los consejos de la administración municipal, respetando las que tienen definido su beneficiario y dando prioridad a los damnificados por fenómenos climatológicos, los albergados y los casos sociales, para las que no lo tienen definido.

5. Autorizar el traspaso de las viviendas por resolución de la dirección municipal de la vivienda, a partir del acuerdo del consejo de administración municipal, especificando que las mismas se regirán por las disposiciones establecidas en la construcción por esfuerzo propio.

6. Realizar los trámites que correspondan para el cambio de la Licencia de Construcción para esfuerzo propio, que posibilita terminar de forma progresiva una vivienda mínima adecuada acorde a las posibilidades del beneficiario.

7. Establecer la devolución al Estado de las viviendas transferidas a personas naturales que no reinicien su ejecución en el plazo establecido en las regulaciones para la construcción por esfuerzo propio, reintegrando el beneficiario lo pagado hasta ese momento por el concepto de su transferencia y la reasignación de la vivienda por el consejo de administración municipal.

8. Establecer como el valor para la transferencia de las viviendas el precio legal por el por ciento ejecutado del valor total de la obra, teniendo en cuenta la evaluación del estado técnico, más el valor de los materiales facturados y entregados al beneficiario.

9. Establecer que los pagos de la transferencia puedan realizarse en el Banco a través de un convenio que establece plazos y montos mensuales de hasta 180 cuotas; similar a los establecidos para la transferencia de una vivienda terminada.

10. Establecer que los beneficiarios tendrán los mismos derechos en los mecanismos de créditos y subsidios conforme a la legislación vigente, facilitando la terminación progresiva de las viviendas.

11. Establecer para las viviendas que se transfieran en etapa de terminación, que en caso que el beneficiario quiera donar, vender o permutar, cumplirá lo establecido en la Política para la trasmisión de la propiedad de las viviendas asignadas por el Estado o células básicas construidas con subsidios.

12. Asumir que no se va a recuperar por el Presupuesto del Estado la diferencia entre el financiamiento invertido en la ejecución y el precio de transferencia de las viviendas.

13. Elaborar por el Micons el procedimiento para transferir las viviendas sin terminar por los OACE o entidades nacionales a los consejos de la administración municipal para su ejecución por esfuerzo propio, así como la devolución al Estado de las viviendas transferidas que no cumplan su ejecución en el plazo establecido.

3. POLÍTICA: Legalización de la vivienda y el reconocimiento del DPS (derecho perpetuo de superficie) a afectados por eventos climatológicos.

Provincia Cantidad
Artemisa 351
Villa Clara 21
Cienfuegos 228
Camagüey 9 660
Las Tunas 5 817
Holguín 1 884
Granma 402
Stgo. de Cuba 1221
Guantánamo 437
Total 20 021

PRINCIPIOS:

1. Reconocer el Derecho Perpetuo de Superficie del terreno para los afectados por eventos climatológicos que tienen viviendas en ejecución para la obtención de la Licencia de Construcción. Esta medida permite a las familias con baja solvencia económica optar por la modalidad financiera del Subsidio.

2. Aprobar por los consejos de la administración municipal, mediante acuerdo, el otorgamiento del Derecho Perpetuo de Superficie y el reconocimiento de lo construido caso a caso, siempre que cuenten con el expediente de la afectación climatológica que se confeccionó en el momento en que ocurrió el evento,cumpliendo con:
a. Los requerimientos del plan de ordenamiento territorial y urbano; y
b. concluir en el término de un año el proceso de legalización, contado a partir de la entrada en vigor de la norma que lo implementa, para las provincias de Artemisa, Villa Clara, Cienfuegos, Granma y Guantánamo.
c. concluir en el término de dos años el proceso de legalización, para las provincias de Camagüey, Las Tunas, Holguín y Santiago de Cuba.
3. Establecer que esta legalización de la vivienda y el reconocimiento del derecho perpetuo de superficie, es una excepción y se hará por una sola vez en el país con el fin de ordenar la situación existente.

4. POLÍTICA: Trasmisión de la propiedad de las viviendas asignadas por el Estado o células básicas construidas con subsidios.

PRINCIPIOS:

1. Establecer que la trasmisión de la propiedad de las viviendas asignadas por el Estado, las células básicas construidas con subsidios y las viviendas estatales en ejecución que en etapa de terminación se hayan traspasado a esfuerzo propio, se realizará cumpliendo las siguientes disposiciones:

1.1 Obligación de ingresar al Presupuesto del Estado el monto del subsidio otorgado, cuando el propietario de la vivienda venda o done la misma en los 15 primeros años a partir de su adquisición:
a) Viviendas asignadas por el Estado en régimen de propiedad, se tendrá que ingresar el valor de construcción de la vivienda a precios sin subsidio, es decir el costo de la vivienda considerando los precios del mercado minorista.
b) células básicas habitacionales construidas con subsidios, se tendrá que ingresar el 100% del valor subsidiado; y
c) viviendas estatales que en etapa de terminación se hayan traspasado a esfuerzo propio, se tendrá que ingresar la diferencia entre el valor certificado por la empresa constructora y el valor de la transferencia.

1.2 Establecer para todos los casos de permutas, que continuará para el beneficiado por el Estado la obligación descrita en el punto 1.1.

1.3 Establecer que la trasmisión de la propiedad de las viviendas asignadas por el Estado o construidas con subsidios del Presupuesto del Estado, se podrá efectuar por donación o herencia entre parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad sin tener en cuenta lo expresado en el punto 1.1, pero el beneficiado asumirá las obligaciones que se establecen en ese punto.

1.4 Mantener el precio legal como base del cálculo del impuesto, para la trasmisión de viviendas por donación entre parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, para el copropietario sin vínculo consanguíneo, para la adjudicación por herencia y la liquidación de la comunidad matrimonial por divorcio.

2. Disponer por los ministerios de la Construcción y de Justicia, y el Banco Central de Cuba lo procedente para que la obligación emanada de la aplicación de esta Política conste en los procedimientos, las escrituras notariales y en los demás documentos de transferencia de la propiedad.

Cooperativista constructor, realiza labores de mantenimiento y rehabilitación a una vivienda particular, en el Centro Histórico Urbano de la ciudad de Cienfuegos, Cuba, el 30 de junio de 2014. AIN FOTO/Modesto GUTIÉRREZ CABO.

Cooperativista constructor, realiza labores de mantenimiento y rehabilitación a una vivienda particular, en el Centro Histórico Urbano de la ciudad de Cienfuegos, Cuba, el 30 de junio de 2014. AIN FOTO/Modesto GUTIÉRREZ CABO.

5. POLÍTICA: Valor Referencial a aplicar para el cálculo del impuesto sobre la tras misión de viviendas por donación y compraventa.

PRINCIPIOS:

1. Establecer un Valor Referencial con relación al mercado, a aplicar para el cálculo del impuesto sobre la trasmisión de la propiedad de la vivienda por donación y compraventa, manteniendo el impuesto del 4%.

2. Establecer que los valores referenciales deben estar siempre por debajo de los del mercado de oferta y demanda.

3. Establecer variables para la determinación del Valor Referencial de la vivienda sin que este constituya un nuevo valor legal, teniendo en cuenta:
a. La cantidad de dormitorios;
b. la tipología constructiva;
c. las facilidades urbanísticas y la importancia de los asentamientos; y
d. la existencia de garajes o vallas de parqueo, patios y jardines.

4. Establecer que los coeficientesa tener en cuenta por las facilidades urbanísticas y la clasificación de los asentamientos por su importancia serán:
a. Territorios de Zona Especial
de Desarrollo ……………………….………………. 7.0
b. los municipios Playa, Plaza, Habana
Vieja, Trinidad y Zona de alta significación para el Turismo de Varadero…..…...………………. 6. 0
c. los municipios Cerro, Centro Habana, 10 de Octubre y Habana del Este (Guanabo)……..….. 5.0
d. el resto de los municipios de La Habana
y las capitales provinciales ……….……….……. 4.0
e. otros municipios del país ………………………. 1.5

5. Definir que para el cálculo del Valor Referencial no se requerirá de personal especializado. Las personas podrán identificar el valor que corresponde a su vivienda.

6. Revisar por el Ministerio de Finanzas y Precios las bases de cálculo para el impuesto según el Valor Referencial cada vez que sea necesario publicándose actualizadas en la Gaceta Oficial. Anexos del 1 al 5, págs. 6 a la 20.

7. Mantener el precio legal como base del cálculo del impuesto para la trasmisión de la propiedad de la vivienda por donación o cesión de participación entre parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, por causa de muerte y liquidación de la comunidad matrimonial por divorcio.

Todos los parámetros anteriores están descritos en el documento de titularidad, por lo que la persona podrá saber el impuesto a pagar al analizar las bases de cálculo según donde esté ubicada su vivienda y las características de la misma.

FUENTE: Información brindada por los panelistas en la Mesa Redonda del martes20 de enero de 2015

Se han publicado 229 comentarios



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  • Chaparrero dijo:

    Es importante resaltar los logros y proyecciones que se han logrado y que se siguen fomentando en el cubano para que adquiera la llamada cultura de pago de impuestos.... antes de llegar a esto es bueno resaltar
    1 La política que existe para que un porciento de los cubanos MÁS necesitados por su nivel económico sean ayudados mediante subsidios.
    2 las proyecciones que se tienen para que los materiales de la construcción abastezcan a todos.
    pero tengo que ser sincero y expresar lo sorprendido que me quedé al ver la mesa redonda cuando, pude observar aunque sea una realidad los valores exorbitantes de las casas, y más sorprendido aún (al igual que randi) con los impuestos a cobrar. Mi comentario no se vasa en los precios ni los impuestos sino en el nivel que a alcanzado el cubano en la referencia de precios en todo producto o cosa que se oferte. La política que debería regir en el país sería el de equilibrar los precios de TODO PRODUCTO teniendo en consideración las necesidades del cubano de apie que no tiene familia en el exterior y no tiene un patrimonio que lo respalde (los trabajadores). Nuestros dirigentes tienen que darse cuenta que aunque sea paulatino el alza de los salarios la realidad es que casi ningún cubano vive de su salario(por lo menos yo cobro 345 trabajo en cultura). Si vamos a comprar los llamados materiales de la construcción todo fabricados en cuba nos damos cuenta de los precios que estamos hablando. Yo como cubano a veces me molesto pues en este país debería vivir bien el que trabaja y se sacrifica, que fuera reconocido el trabajador que es el que lleva la economía y la cultura de este país, no al vago y al negociante que vive de nosotros a ojos vistos.
    En fin solamente decir que el cubano adquirirá cultura de pago de impuestos cuando sus salarios sean de verdad dignos… Muchas Gracias CUBADEBATE.

  • santa dijo:

    Creo que son medidas necesarias para organizar la situacion de la vivienda, pero que va a suceder con todas las personas que estan en tramites de algun tipo para arreglar la propiedad de la casa y posteriormente inscribirla y simplemente todo esta parado simplemente por la zona donde esta situada la vivienda en esta caso el litoral. no veo ningun acapite que justifique esta situacion. gracias

  • Diego A. Muñoz dijo:

    He conocido que algunnas construcciones y/o recintrucciones sobre todo en los temas subsidio y creditos seran vinculadas a empresas constructoras. ¿qué hay de cierto en esto?

  • Raymi dijo:

    buenos días, yo soy médico, estuve en venezuela (7 años) y fui beneficiado con un apartamento de los otorgados por la misión. El proyecto original de estos edificios eran hasta 4 pisos (8 aptos), e edificio en el que vivo tiene 5 pisos (10 aptos). Mi pregunta es la siguiente, esta diferencia no cambia el valor de inmueble?
    Además quien va a responder por fin por las chapucerias constructivas?
    por qué yo tengo que pagar en solo un año el valor de la vivienda?

  • Imilka Pavón Pérez dijo:

    Imilka Pavón Pérez del Municipio Jesús Menéndez, Provincia las Tunas, refiere que con el paso del huracán Ike por el territorio se afectó el 83% del fondo habitacional, que aún quedan 1695 derrumbes totales por recuperar los que se encuentran en un 47,7% y que con las disminuciones de los planes estatales, el subsidio se ha convertido en una de las vías fundamentales para la recuperación de los afectados. 903 expedientes se encuentran en el CAM fuera de término y de ellos 452 son derrumbes totales que solicitan la construcción de una célula básica y que en 2014 solo se aprobaron en el CAM 28 casos a partir de las ventas generadas por la tienda de materiales. Agregar además, que se continúa recibiendo en la Oficina de Trámite solicitudes de subsidio, esta demora ha generado inquietud en la población la que acude reiteradamente a la oficina de atención a la población en busca de su aprobación o a establecer su inconformidad, y pregunto: ¿Será aconsejable en nuestro municipio que la Oficina de Trámite continúe recibiendo solicitud de subsidio? ¿Cuál será la solución de los 903 fuera de término? Si solo 28 tuvieron aprobación en el 2014 por financiamiento.

  • rpf dijo:

    Buenos dias tengo una duda en el tiempo en que no se podia vender ni comprar casas, yo vendi y compre otra casa y luego fui y declare en el gobierno lo que habia echo, entonces me quitaron la propiedad pero me dejaron habitarla, ahora mi pregunta es si ya se puede comprar y vender que tengo que hacer para que me devuelvan la propiedad

  • Yuyu dijo:

    Lastimosamente se le han brindado subsidio a personas que no tienen necesidad...Pueden explicarme o de alguna forma hacerme comprender por que razón en un barrio insalubre no se puede asignar subsidio?Vivo en dicho barrio insalubre, desde el 2008 mi casa está en condiciones súper críticas con ciertos espacios apuntalados y posibilidad de derrumbre, debido a un trágico accidente donde se perdió una vida y cosas materiales. Hemos recurrido,a todos los factores legales,e incluso en esa ocasión de accidente, poquisíma ayuda nos brindaron y nos han brindado. Quédebo hacer?

  • Pedro dijo:

    Tengo una gran duda con respecto a la vivienda, tengo unos vecinos que llevan viviendo hace más 20 años en una vivienda que le cedió un director de una cooperativa en los años 90 y después a los 8 años se la declararon como ilegal hasta la fecha, y en muy malas condiciones, teniendo ellos niños con problemas de enfermedad complicada. Ellos han ido a la Dirección Mcpal de la Vivienda en la Isla de la Juventud en muchas ocasiones y nunca le dan una respuesta concreta con más de 7 directores que trabajaron ahí, en la última ocasión que fueron le dijeron que había que esperar para este año 2015 una resolución para darles las respuestas. Me preocupa esa situación que viven ellos ya que actualmente se le imposibilita a ellos mejorar su situación.

  • NRM dijo:

    Resido hace más de 30 años en el Edificio 304 apartamento 16 3er piso. Reparto Escambray. Santa Clara. Villa Clara. Cuba. Mi apartamento presenta graves problemas de filtración, producido por el mantenimiento del apartamento de arriba (NO incluye tuberias rotas). Me dirigí en dos ocasiones al "Departamento de edificios Multifamiliares" de la dirección municipal de la vivienda en Santa Clara, Los compañeros visitaron los apartamentos y orientaron que debian reparar, pero nunca controlaron que se cumpliera lo orientado. Me dirigí entonces a la Fiscalía municipal, la cual dictó que debía reclamar al "Departamento de edificios multifamiliares" de la dirección municipal de la vivienda. Considerándome burlada, el siguiente día de filtración dí un gran escándalo, por lo que fue necesaria la intrevención los agentes de orden público de la PNR, los que al ver en las condiciones que se encontraba mi apartamento fueron muy enérgicos con mi vecina, al extremo que arreglo su casa, esto me permitío vivir como persona 11 meses. Pasado este tiempo comenzaron nuevamente las filtracines ya que no cuídan lo arreglado. Deseo saber si con la nueva distribución de funciones, y siendo los edificios multifamiliares uno de los pocos objetos sociales que atenderá la dirección municipal, existe posibilidad de solición a mi caso. Gracias a CubaDebate por su ayuda.

  • Oscar dijo:

    Buenos dias a los foristas, necesito saber como calcular el valos referencial, si alguien conoce alguna publicación donde esté estas orientaciones pues por favor que lo indiquen en este foro para buscarla, gracias de antemano.

    • messi dijo:

      Camarada dependiendo del municipio donde esta ubicada tu vivienda multiplica el coeficiente que aparece en el articulo para tu zona de residencia por el valor que tiene tu casa en la propiedad.

    • Olga/MINJUS dijo:

      Oscar: Reiteramos que lo explicado en la Mesa Redonda se trata de la política aprobada, todavía las normas jurídicas no estan aprobadas, una vez que se aprueben y entren en vigor se publican en la gaceta Oficial de la República para general conocimiento. No hay que calcular el valor referencial, ud. podrá ubicar su vivienda teniendo en cuenta las tablas anexas al Decreto-Ley y a la Resolución que se apruebe.

  • Eduardo Rodríguez Cruz dijo:

    Soy propietario de una vivienda vinculada en Moa, ya estoy terminando la documentación para que me hagan la propiedad, tengo la resolución pero ahora según vivienda debo pagar el 4 % del valor actualizado de la vivienda, en la cual solo yo la he arreglado. Tengo entendido que se paga el 4 % de las compra y venta de viviendas, autos, pero he buscado en la gaseta oficial y en ningún artículo dice de que cuando valla a gestionar la propiedad de mi vivienda que he pagado durante 20 años debo pagar este 4% de un valor nuevo de la vivienda. Esto es cierto? y si lo es dónde está legislado. Aparte de esto hay que llenar dos modelitos y por cada uno cobran 25 pesos en CUP.

    Saludos.

    Eduardo Rodriguez Cruz
    Moa. Holguín

    • messi dijo:

      Si te estan haciendo la propiedad es que no eres propietario y por tanto vas a adquirir en terminos legales el drecho de propiedad de tu vivienda. La lñey establece un impuesto del 4% por adquirir una propiedad ese es tu caso. Apurate en el tramite para que pagues antes que salgan las nuevas normas y te ahorres un dinerito jejeejje.

  • Yuyu dijo:

    Lastimosamente se le han brindado subsidio a personas que no tienen necesidad...Pueden explicarme o de alguna forma hacerme comprender por que razón en un barrio insalubre no se asigna subsidio?Vivo en dicho barrio insalubre, desde el 2008 mi casa está en condiciones súper críticas con ciertos espacios apuntalados y posibilidad de derrumbre, debido a un trágico accidente donde se perdió una vida y cosas materiales. Hemos recurrido,a todos los factores legales,e incluso en esa ocasión de accidente, poquisíma ayuda nos brindaron y nos han brindado.Que hacer?

  • Alberto dijo:

    Cual el uso del coeficiente de 7, 6, 5 etc ???

  • DELIA dijo:

    BUENOS DÍAS:
    YO TENGO UN SUBSIDIO APROBADO DESDE OCT-13, SE ME VENCIÓ EL 18-10-2014, SOLICTÉ LA PRÓRROGA ESTABLECIDA POR 3 MESES,YA QUE LA NO TERMINACIÓN NO DEPENDE DE MÍ, ES POR CULPA DE SECONS(DEMOLICIONES), QUE DEBE DE DEMOLER UN CUARTICO QUE QUEDÓ, DESPUES DE UN DERRUMBE EN 07-2013, Y AÚN EN ESTA FECHA NO LO HA HECHO.
    PO R LO QUE MI SUBSIDIO ESTÁ FUERA DE TÉRMINO,QUISIERA SABER QUE ESTÁ ORIENTADO EN ESOS CASOS
    GRACIAS

  • Oscar Ruiz dijo:

    Buenos dias a todos los foristas, necesito saber como calcular el valos referencial, si alguien conoce alguna publicación donde esté estas orientaciones pues por favor que lo indiquen en este foro para buscarla, gracias de antemano.

  • Osbelys Labrada Carbonell dijo:

    Es obligatorio registrar la propiedad de la vivienda?

    • Olga/MINJUS dijo:

      Compañera: La inscripción del título acreditativo de la propiedad de la vivienda en el Registro de la Propiedad del municipio donde está ubicada no es obligatoria, salvo cuando el propietario desee venderla, permutarla o donarla, que previo a este acto tiene que inscribirla.
      No obstante, en aras de la seguridad jurídica preventiva de litigios, asesoramos a todos los propietarios de viviendas que se ocupen de actualizar sus títulos e inscribirlos para evitar reclamaciones y litigios innecesarios.

  • hector_licea dijo:

    Saludos a todos:
    Veo bien todo el reajuste en la política de la vivienda. Ahora bien, aunque no se ha modificado el valor del impuesto (4% del valor de la transacción) tengo una duda en este aspecto. Ese impuesto lo debe pagar solamente el vendedor o ambos (vendedor 4% y comprador 4%).
    Para ilustrarlo mejor:
    Supongamos que se haga una compra-venta por un valor de 250000.00 CUP. El 4% de este valor es 10000.00 CUP. En este caso solo pagaría impuesto el vendedor (10000.00 CUP) o el vendedor y el comprador (10000.00 (vendedor) + 10000.00 (comprador) = 20000.00 CUP en total)

    Saludos cordiales, Héctor Licea

  • Milo dijo:

    Hola llevo varios años trabajando en una empresa que le brinda servicios al turismo y tengo un niño pequeño, vivo alquilada y necesito de un lugar donde vivir , necesito me digan como puedo hacer solicitud de un terreno,para contruir y si sabiendo donde hay un terreno yermo el estado me lo puede asignar para contruir en el, ya que lleva mas de 20 años ocioso.

  • jcralox dijo:

    Buenos Dias
    Que tramites hay que realizar para la solicitud de un terreno para construir una vivienda?

  • Anilosi dijo:

    Saludos a todos, resido en Playa, estoy realizando trámites para contruir una ampliación en un tercer nivel, tengo las regulaciones urbanas y el dictamen aprobatirio para continuar los tramites de la DMV, me acerque a los arqitectos de la comunidad y ahora me dicen que hace falta un estudio del suelo...........¿Es cierto esto?...........en mi cuadra existen seis edificaciones de tres niveles, tres de ellas de más de 40 años de explotación sin que ninguna presente problemas de hundimiento, grietas u otras afectaciones en su estructura, al parecer los cimientos del barrio son sólidos, ¿eso no cuenta para continuar los trámites?

  • Mayra dijo:

    La vivienda en que vivo es propiedad de mis padres, que aún viven, deseo saber si para realizar el paso de la propiedad a mi nombre tendremos que pagar algún impuesto. No entendí bien lo que explicaron en la mesa redonda. Gracias.

  • José Aldana dijo:

    Desde el 2013 sostenidamente el estado ha estado construyendo viviendas adecuadas en asentamientos poblacionales en diversas zonas de la capital para darle solución a los albergados que llevan decenas de años en casas de tránsito. Sin embargo los que han obtenido, por ejemplo, la vivienda desde hace 6 meses aún no le han legalizado la misma. En estos casos cómo se clasifican estos beneficiados cuando lo legalicen ¿cómo arrendatarios permanentes o como propietarios con apego a la nueva política aprobada recientemente por el Consejo de Ministros? ¿Cuándo se va a llevar a cabo este proceso? Hago esta pregunta porque en la mesa redonda del martes no se abordó el tema de los albergados en cuyo caso existen decenas de personas actualmente.

  • Yanexi dijo:

    Mis saludos y felicitaciones para todo el colectivo de la TV cubana, a la mesa redonda por sus 15 años y un próspero año nuevo para todos. Les comunico que soy una compañera de 34 años de edad tengo una bella fami8lia compuesta por dos niños y mi esposo, trabajadora en el municipio de moa en una de las industrias más querida por el país, en mi opinión estoy de acuerdo en tados los cambios que el país está llevando a cabo para mejor las condiciones de las vivienda de todos los ciudadanos de este país. en particular fuy afectada por el ciclón en el 2009 con un derrumbe parcial de techo y el baño de mi vivienda, la misma viene siendo la mitad de una casa, cuando hice mi compraventa fue ilegal, en ese entonces mi hija tenía 1 año de edad, la tome en brazos y me dirigí a Vivienda para delcararme ilegal y así cumplir lo que está establecido para poder arrreglar mi pedacito buscando el mejoramiento de la misma ya que estaba en muy mal estado, ya mi niña tine 12 va para trece ahora en el mes de marzo y precisamente yo cumplo el día 8 del mismo mes 12 años de vivir en esa vivienda y aún no he podido arreglarla ya que luego de terminar un proceso que se empezó por parte de vivienda para yo poder construir por esfuerzo pripio, me entregaron el expediente comunicándome que no se podía darme ese derecho porque mi vivienda mide 24.18, y debe medir 25 metros cuadrado. ahora mi pregunta es:¿Puedo en virtud de cuidadana afecta por un fenómeno Natural que casi me deja sin vivienda, solicitar un solar para construir por esfuerzo propio?. Quisiera que se me diera respuesta hoy en el programa que voy a estar atenta o enviarme la respuesta a mi correo, le estaré agradecida, un saludo desde la tierra roja del níquel, y una feliz jornada.

  • Fuentes dijo:

    Buenos días, yo solo tengo una pregunta, aunque no es exáctamente con las nuevas políticas aprovadas pero si es relacionada a la vivienda y el crecimiento poblacional:

    Por qué no se construyen edificios de mayor cantidad de pisos en vez de muchos edificios con 3-5 pisos?

    Soy de Santiago de Cuba, y aquí como todos sabrán se ejecuta un plan de reurbanización dentro del cual se están construyendo muchos edificios nuevos en dierentes zonas de la ciudad, PERO NINGUNO PASA DE LOS 5 PISOS DE ALTURA, pienso que es una pérdida de espacio hacer tantos edificios pequeños cuando se podrían hacer menos con mayor altura. (Los sismos pudieran ser una causa, pero nosotros tenemos edificios de 18 plantas que no le temen a los temblores)

  • olga lidia dijo:

    poseo una licencia de construccion de una obra estatal de 4 apartamento, de ello se han realizado dos por esfuerzo propio cuando fuimos a solicitar el habitable a la vivienda de nuestro municipio en el mes de noviembre le planteamos el interes de la empresa de pasar los mismos a esfuerzo propio y los compañeros nos repondieron que no habia metodologia para eso por favor en aras de ganar tiempo queremos saber a quien le corresponde darnos respuesta.

  • Eduardo Rodríguez Cruz dijo:

    Se cumplieron en octubre del año 2013 los 20 años de convivencia en una casa vinculada, ya estoy en el proceso para adquirir la propiedad, pero en el ultimo paso se me entrega la resolución donde se plasma el valor inicial de la vivienda y otro valor actualizado, que no sé aún cómo lo calculan por que estos edificios tienen tantos problemas de filtraciones y demás. Lo que queiero es que me digan donde está legislado que debo pagar el 4 % del valor actualizado, lo he buscado en la ley de la vivienda y no lo hallo, solo habla para los casos de compra venta de autos y viviendas. Si esto es cierto quiero que me digan el artículo donde lo dice. Además de llenar dos modelos de declaración jurada que por los mismos cobran 25 pesos en CUP cada uno. esperando su respuesta.
    Saludos.

    Eduardo. Moa. Holguín.

  • Randy dijo:

    Hola tengo la esperanza que con estas nuevas regulaciones puedan resolver problemas vigentes de hace mas de 50 años .
    Una breve explicacion de mi caso y me gustaria que me contestaran.
    Me llamo Randy Corrales y naci en el barrio Castillo de Atares barrio con condición de Insaluble ,donde tambien nacieron mis dos padres y sus padres fueron los dueños de esas casas , las cuales fueron donadas a ellos por ser combatientes de la revolucion y luchar en la sierra junto al comandante ,es decir una generacion de mas de 50 años la cual hemos vivido en casas de madera durante todo ese tiempo por que no se puede hacer una construccion ya que nadie tiene propiedad de las casa . Y me pregunto ¿Como es eso posible? Hay personas ahí que las casas se les esta callendo arriba y nadie hace nada. Me gustaria que llegaran mas a dentro de este caso y dieran una respuesta que sea del agrado de esta poblacion !! Gracias !!

  • Alegré dijo:

    sobre el punto 2.POLÍTICA: Traspaso de viviendas estatales en ejecución para su terminación por esfuerzo propio.
    ¿ Cómo se realizarán estos otorgamientos , a quiénes , que gestión hay que hacer para adquirirla , en fín dar más detalles sobre esto.Gracias

  • Yuyu dijo:

    Lastimosamente se han brindado subsidio a personas que no tienen necesidad...Pueden explicarme o de alguna forma hacerme comprender por que razón en un barrio insalubre no se puede asignar subsidio?Vivo en dicho barrio insalubre,desde el 2008 mi casa está en condiciones súper críticas con ciertos espacios apuntalados y posibilidad de derrumbre, debido a un trágico accidente donde se perdió una vida y cosas materiales. Hemos recurrido,a todos los factores legales,e incluso en esa ocasión de accidente...pregunto: Qué hacer?

  • jose dijo:

    hola primera ocacion que escribo pues soy medico y no dispongo de tiempo para esto pero es un tema que me interesa solo una inquietud porque se mantiene vigente las limitaciones de los metros por habitantes del espacio para ampliar una vivienda si los materiales de construcion son liberados es que tengo que esperar que mis hijos tengas decendencia y yo sea un anciano para ese tiempo no podre ayudar porque no ahora que estuve en una mision de colaboracion y tengo recursos para hacerlo pienso que debemos revisar esta politica que frna el desarrollo de los k no tienen suficiente para comprar o hacer nuevas viviendas saludos

Se han publicado 229 comentarios



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