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La seguridad y salud en el trabajo: Un derecho fundamental en Cuba

Por: MSc. Guillermo Ferriol Molina
En este artículo: Código del Trabajo, Salud, Seguridad, Trabajo
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El objeto de la seguridad y salud en el trabajo es garantizar el desarrollo de las labores en condiciones seguras e higiénicas, prevenir accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, así como contribuir a la protección de los medios ambientes interno y externo de las organizaciones.

Si bien es importante curar al trabajador o a la trabajadora que sufra una afectación a su salud en ocasión o en el desempeño del trabajo, mucho más importante es prevenir la ocurrencia de dicha afectación.

Por el amplio alcance que tiene la seguridad y salud laboral, en el año 2022, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) aprobó considerar a esta materia como un derecho fundamental en el trabajo. Sobre esta base se decidió además  adicionarlo a su Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, adoptada en el año 1998, en la que se dispone que todos los miembros de esa organización, aún cuando no hayan ratificado los convenios contenidos en dicha disposición, tienen el compromiso de respetar, promover y hacer realidad, de buena fe, los principios y derechos fundamentales reconocidos en la materia.

¿Qué significa reconocer a la seguridad y la salud como un derecho fundamental en el trabajo?

Los denominados derechos fundamentales en el trabajo constituyen una clase  particular dentro del amplio espectro de aquellos que están reconocidos universalmente a todas las personas, y que son por tanto indisponibles e inalienables. Estos generalmente están recogidos en las constituciones y reciben protección, además, en leyes y resoluciones judiciales.

En particular se trata de derechos reconocidos a toda persona vinculados a su actividad laboral, a su escenario de trabajo en cualquier sector. Es por ello que al estimarse a la seguridad y salud como un derecho fundamental, se debe contribuir a que quienes trabajen disfruten en el ámbito laboral derechos tales como el desarrollo del trabajo en condiciones seguras, saludables, dignas, sin discriminación y el derecho a organizarse para defender sus intereses. Sobre esta consideración, adquieren estos una trascendencia superior y un carácter transversal.

¿En qué radica el carácter transversal de la seguridad y salud en el trabajo?

Este atributo se refleja en su impacto sobre todas las condiciones de trabajo, desde el inicio de la relación laboral, como en todo su desarrollo, en el régimen de trabajo y descanso de la persona, asi como en el disfrute de vacaciones. Incide también en que las características y medios para el desarrollo de sus funciones no le provoquen fatiga extrema, accidente o enfermedad, de modo que pueda desempeñar su labor en un ambiente seguro y saludable, entre otros muchos aspectos.

Su carácter transversal e integrador se expresa al abarcar el bienestar social, mental y físico de los trabajadores en el amplio escenario laboral y se extiende a su desarrollo en el plano social. Con la construcción de un ambiente seguro de trabajo puede contribuirse a una mejor eficiencia laboral, y en su implementación puede crearse un sistema de trabajo en cada lugar que integre todas las disposiciones normativas sobre el desarrollo del trabajo (legislación nacional, sectorial, convenios colectivos de trabajo, contratos individuales.)

A diferencia de prácticas tradicionales, la seguridad y salud en el trabajo no debe ser percibida con el solo objeto de prevenir accidentes o enfermedades en el trabajo, sino que en su ejercicio puede integrar todos aquellos aspectos que permitan mejorar la gestión en la organización y la eficiencia en el trabajo, asi como la participación de directivos, trabajadores y trabajadoras en los procesos.

¿Qué es la seguridad en el trabajo? ¿Qué puede considerarse como salud en el trabajo?

La Seguridad en el trabajo ha sido entendida tradicionalmente como el conjunto de técnicas y procedimientos que tienen por objeto eliminar o disminuir riesgos de que se produzcan accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, definición a la que han agregado en los últimos tiempos otros enfoques como los siguientes:

-  se ha de valorar en su carácter interdisciplinario, pues debe abordarse de conjunto por varias ciencias como la medicina del trabajo, las ciencias económicas, algunas ingenierías, dentro de ellas la ergonomía, y por supuesto por las ciencias jurídicas, en especial el Derecho del Trabajo y el Derecho de la Seguridad Social.

- a partir del reconocimiento del derecho de participación de trabajadores y trabajadoras en los procesos, refleja la responsabilidad compartida de los empleadores, los trabajadores y sus organizaciones en crear las condiciones para que los lugares de trabajo sean seguros, no entrañen riesgo alguno para la salud y permitan el desarrollo del trabajo en un ambiente sano, óptimo, para contribuir a una mejor eficiencia en el trabajo.

-al surgir nuevos procedimientos de trabajo derivados, entre otros, del desarrollo de las denominadas nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones o de nuevas formas de organización laboral, se presentan cada día nuevos retos para esta temática, lo que implica que los ambientes de trabajo, sus características, los riesgos presentes deben ser valorados de modo diferente cada uno y considerando las especificidades de cada lugar.

La salud laboral por su parte, se vincula con el término “salud” definido por la Constitución de 1946 de la Organización Mundial de la Salud, como la existencia de completo bienestar físico, mental y social, desde una mirada en sentido positivo de este aspecto.

Consecuentemente, si valoramos ambas definiciones en un enfoque integrador, se concluye que no debe observarse la seguridad y salud en el trabajo como una temática a recordar solo cada 28 de abril cuando se celebra el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, sino que, como derecho fundamental, debe constituir punto de partida y límite de toda acción laboral, sea subordinada o autónoma, por su amplio alcance, por su integralidad, porque impacta sobre todas las condiciones de trabajo, porque contribuye a un mejor ambiente laboral, porque también evita accidentes y enfermedades, porque sin su debida regulación se infringen derechos laborales, porque permite una mayor participación de trabajadores y trabajadoras en los procesos, porque tiene un especial impacto en la eficiencia en el trabajo.

Por ello, en Cuba se observa como un aspecto a reconfigurar en su nueva dimensión cuando se proyectan modificaciones a la legislación laboral y de seguridad social.

La seguridad y salud en el trabajo en la legislación cubana, nuevos retos.

La Constitución de la República de 2019, en su artículo 69, dispone que el Estado garantiza el derecho a la seguridad y salud en el trabajo mediante la adopción de medidas adecuadas para la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.

La Ley 116/13, Código de Trabajo reconoce en su artículo 24, que las condiciones de seguridad y salud en el trabajo deben ser acordadas como parte del contrato individual de trabajo.  Igualmente establece en sus Capítulos IV y V la protección especial a las mujeres ante su embarazo y maternidad, asi como a los jóvenes entre quince y dieciocho años de edad, respecto a los que desarrolla en su Capítulo XI las obligaciones de los empleadores, trabajadores y las organizaciones sindicales en el cumplimiento de los objetivos de esta temática.

Establece también el Código de Trabajo, en su artículo 139, el denominado derecho especial en materia de seguridad y salud en el trabajo como aquel que se origina cuando un trabajador considera que, si su vida se encuentra en peligro inminente, por la no aplicación de las medidas de protección pertinentes, tiene derecho a no laborar en su puesto de trabajo o a no realizar determinadas actividades propias de este, hasta tanto se elimine el peligro existente.

De modo complementario, aunque no son los únicos, varios reglamentos sobre seguridad y salud en el trabajo, publicados en la Gaceta Oficial de la República número 30, extraordinaria, del año 2014, aprueban el listado de actividades que, por sus características, requieren la realización de exámenes médicos prempleo y periódicos especializados, además del listado de las enfermedades profesionales.

Otras de estas disposiciones normativas aprueban los requisitos de seguridad en el trabajo de la maquinaria agrícola; de seguridad para la importación, fabricación, montaje, explotación, mantenimiento y reparación de las máquinas herramientas para elaborar madera; los reglamentos de seguridad y salud en el trabajo para la construcción civil y montaje; para la explotación de los equipos generadores de acetileno, para la explotación segura de los recipientes a presión; de seguridad para los equipos de soldadura y corte; para la explotación segura de las máquinas herramientas industriales; de seguridad para la instalación, explotación y mantenimiento de las calderas de vapor; el reglamento de seguridad minera; el de seguridad eléctrica, entre otros.

El estudio de estas normas complementarias permite conocer, por ejemplo, las obligaciones que deben cumplir los empleadores y trabajadores en la utilización de esos equipos, las que no siempre se reconocen en los contratos individuales o en los escritos de designación de las personas que utilizan o se relacionan con dichos medios, no obstante ser parte de su responsabilidad en el trabajo.

Si bien en el país existen prácticas sistemáticas en materia de seguridad y salud en el trabajo, derivadas del reconocimiento constitucional de esta materia, siendo su expresión más conocida la identificación de los riesgos en cada puesto, grupo y centro de trabajo, como presupuesto para aprobar los planes de prevención o de eliminación de los mismos, no obstante se deben afrontar nuevos retos, que tienen orígenes diversos.

La introducción de cambios en los sujetos económicos presentes en el país, y con ellos en los escenarios de trabajo, determinan la necesidad de extender el conocimiento de esta materia a nuevos empleadores, muchos de los cuales no tienen total conocimiento de los diversos temas que abarca la seguridad y salud en el trabajo. Se trata de nuevos empresarios, que no son exactamente empleadores y no siempre se hacen responsables de la seguridad y salud laboral en las organizaciones donde actúan. Para transformar esta realidad es necesario capacitar permanentemente a estos nuevos empleadores, sus trabajadores y organizaciones.

Igualmente, al reconocerse desde la Constitución de la República el derecho de participación de trabajadores y trabajadoras en los procesos de planificación, regulación, gestión y control de la economía surge la necesidad de regular, de desarrollar esta participación, entre otros aspectos, en la seguridad y salud en el trabajo. De modo que las prácticas que han signado su ejercicio hasta ahora, vinculadas esencialmente a la determinación de los riesgos en cada lugar de trabajo o mediante la aprobación de los planes de medidas para su erradicación, no son suficientes. Estas deben ampliarse, estableciendo las facultades, principios y funciones que posibiliten que trabajadores y trabajadoras se impliquen activamente,  se involucren, actúen de modo determinante en cada proceso y tomen parte en las decisiones fundamentales, con impacto transformador, en una materia como la seguridad y salud en el trabajo, que tributa a cada aspecto del trabajo que desarrollan.

Por otra parte, en la medida que se perfeccionen los procedimientos de seguridad y salud en el trabajo se logrará mayor efectividad en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se crearán mejores climas y ambientes laborales que permitirán que la persona trabajadora desarrolle su vida en sociedad, con seguridad, respeto, de modo pleno, más allá de los límites de su lugar de trabajo.

De modo especial, el acelerado proceso de envejecimiento poblacional presente en el país determina retos como la necesidad de adecuar condiciones de trabajo para personas trabajadoras de la tercera edad. Ello pudiera acarrear, por ejemplo, un incremento de la necesidad de incrementar la prestación de servicios médicos en algunos centros de trabajo.

También es preciso observar que pudieran existir manifestaciones de acoso y violencia en el trabajo, las que por su naturaleza atentan contra el desarrollo de este en un clima de armonía, seguro y saludable, de modo que ante indicios de este flagelo, debe procurarse su identificación, prevención  y control, mediante  la  capacitación  de los  trabajadores  y empleadores, así como en la asistencia a las personas afectadas.

En consecuencia, en los tiempos actuales, se erige la seguridad y salud en el trabajo como un derecho fundamental, transversal por su fundamentación y sus efectos a todos los tipos y escenarios de trabajo, el que también muestra nuevos retos para el escenario laboral cubano.

Asumamos esta nueva dimensión  de la seguridad y salud en el trabajo de modo interdisciplinario, para su mejor solución, con una mirada diferente, novedosa, y que le brinde mayor alcance.

Se han publicado 4 comentarios



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  • Gladiador nocturno dijo:

    La existencia de normas jurídicas que amparen este y otros temas no es suficiente. Hay que evaluar la realización del Derecho en Cuba. La seguridad y salud en el trabajo tiene aún grandes deudas en el sector estatal y es un campo no explorado en el sector privado.

  • MSc Jhaciel Santos dijo:

    Muy buenas. Muchas felicidades.

    Me sumo a cualquier tarea o campaña por el bien público que se haga para cuidar y prevenir enfermedades.

    Desde lis 11 años comence a sufrir de una enfermedad respiratoria cronica. Todos lis años hasta el 2014 era dependiente del aerosol y constantemente con catarro y los pulmones inflamados.

    Nunca fume...., pero fui fumador pasivo y recuerdo desde niño a personas de mi familia fumar cerca de mi. Luego durante mis años laborables siempre existio la persona fumadora insensible a lo que le sucede al que no fuma.

    Desde el 2014 no he tenido mas crisis incluso durante la covid, con el aislamiento me demostro que las crisis en mi caso se previene no dejando fumar a nadie cerca.

    Hay que insistir en que los fumadores lo hagan lejos de espacios publicos. Ya lis he visto dentro de las tiendas de viveres, Comercios, colas y otros espacios publicos.

    Tenemos que insistir y cuidarnos.

    Tambien es cuidar la economia del pais. Desde 2014 le estoy ahorrando al pais que gaste en un aparato de asma para mi que antes tenia que comprar todos los meses.

    Si algun médico le interesa esto pueden consultar mi historia clinica

  • Lector dijo:

    Muy, pero muy complicado este tema por el aseguramiento material que conlleva.

  • María Teresa Castro Torres dijo:

    Dedique toda mi vida laboral a trabajar en ésta temática, gran parte de ella en el organismo rector y coincido con el comentario de Lector, impacta muy duro en la actividad el tema económico. Requiere introducirse en los planes de mantenimiento e inversiones para erradicar los riesgos. Y si la Capacitación es muy importante pero hasta ella requiere un mínimo de recursos. Los Equipos de Protección tema más difícil aún. Si una buena parte de las Empresas no querían gastar sus recursos en su compra, los trabajadores por la otra se resistían a usarlos por qué les causa molestias. Se trabajó muy duro en la década de los 80 y 90. Quisiera enviar mis saludos y felicitaciones por el nuevo año a los compañeros q en la actualidad atienden la actividad, se q lo hacen con mucho amor, responsabilidad y valentía

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