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¿Qué hay detrás del uso ilegal de tarjetas magnéticas de personas fallecidas?

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Los controles actuales —como las tarjetas magnéticas de pensionados— permiten detectar movimientos inusuales, bloqueando las cuentas automáticamente para evitar operaciones fraudulentas. Foto: Raúl Navarro/Girón.

Un comentario dejado días atrás en la web de Cubadebate advertía la posibilidad de que algunas personas estuviesen empleando tarjetas magnéticas de fallecidos para acumular o extraer grandes sumas de dinero en cajeros automáticos.

La opinión, por sí sola, no indicaba si tal situación se daba en La Habana o en alguna otra ciudad o poblado del país. Aún así, indagamos sobre el tema en conversación con directivos del Banco Metropolitano (Banmet), que opera únicamente en la capital.

***

Al ser consultada, Siria María Cruz Ibarra, directora de Banca Personal en la oficina central de Banmet, explicó que el tratamiento que se le da a las cuentas de los fallecidos no es algo propio del banco: transita por lo dispuesto en el Código Civil y también en el Código de las Familias, en cuanto a la protección de los bienes que se tienen en custodia de esa institución.

Añadió que, desde que la persona abre la cuenta, establece un contrato con el banco donde aparecen todas las condiciones del uso y su operatividad. “Se puede determinar, en ese minuto, si va a tener beneficiario o no.

“Al momento del fallecimiento, lo inmediato es el bloqueo de la cuenta. No se pueden tocar más los recursos que hay allí hasta tanto se presenten las personas que acrediten ser herederos o beneficiarios de ese dinero depositado y que legalmente demuestren su condición”, subrayó.

Cruz dijo que, a partir de esos documentos y un dictamen legal realizado por un jurídico, se determina —en caso de que haya un testamento— una adjudicación de herencia. “Es decir, no es cualquier persona quien accede al saldo de un fallecido”.

Pero… ¿cómo llega al banco la información de que el titular de una cuenta falleció?

La informatización y sus lagunas

Siria María Cruz Ibarra, directora de Banca Personal en la oficina central de Banmet. Foto: Yunier Sarmientos/Cubadebate.

Cruz indicó que una vía es la comunicación directa en el banco por algún familiar, y otra —al menos para quienes acceden a los beneficios de la seguridad social— es a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. “Ese organismo, automáticamente, envía un fichero al banco cuando las personas fallecen. Estamos trabajando en alianzas con otras organizaciones para optimizar este proceso.

“Las cuentas bancarias tienen un proceso de inactivación: cuando una cuenta está dos años sin moverse, automáticamente se bloquea y no se puede operar, salvo que venga el titular y se presente a la fe de vida”, apuntó.

Por otro lado, Eugenio Teruel Soteras, director jurídico de Banmet, confía en la paulatina informatización de los organismos involucrados en ese proceso como una posibilidad para que “estas cosas que están pasando, sobre todo con los pensionados, dejen de suceder.

“Hay detalles que se escapan de las manos del banco, pues el contrato que firma con la persona propietaria de la tarjeta es para un uso individual. Esto implica que no se le puede pasar a ningún familiar.

“Si una persona viaja al extranjero de forma temporal, la ley establece la emisión de un poder notarial, y el banco define cuáles son las reglas de ese tipo de operación para que otra persona pueda utilizar la cuenta”, añadió.

Teruel subrayó que, “en el caso de los emigrados, es más difícil, porque la persona que se quedó con la cuenta —que ya tenía dinero o a la cual le están ingresando dinero—, hasta tanto no se desmagnetice el dispositivo (lo que la obliga a ir al banco), nosotros no nos enteramos.

“Mientras eso no suceda, la cuenta puede estar activa y, a través de operaciones como Transfermóvil, se puede recibir dinero o usarse para otros fines. El banco no tiene responsabilidad en ello”, aclaró.

De herederos y litigios

A decir del directivo, cuando ocurre una declaratoria de herederos por parte del titular fallecido, el banco accede al documento y los abogados realizan un dictamen para que los herederos y el beneficiario accedan al saldo legado.

“Cuando hay litigio —porque las personas tienen dificultades para acceder al notario y van al tribunal—, es ese órgano el que resuelve sobre esos bienes: decide la manera en que se van a repartir y los pone de acuerdo.

“En el caso del beneficiario, se trata de un fondo independiente de la comunidad matrimonial de bienes y de la herencia, que el titular puede designar en vida a una persona específica. Para ello, debe registrar el nombre completo y el número de carné de identidad del beneficiario elegido. Este cambio solo puede realizarse en vida del titular”, precisó Teruel.

Al ocurrir el fallecimiento, una vez acreditado mediante el acta de defunción, la cuenta se bloquea automáticamente. Tras este proceso, y previo a la distribución de los bienes de la comunidad matrimonial y la herencia (que se realiza mediante adjudicación legal), el monto designado se transfiere de manera expedita al beneficiario registrado.

“No importa si es de salario o de formación de fondo —lo que la gente llama ‘descuento por nómina’—. En todas las cuentas individuales, el titular puede decidir nombrar un beneficiario, incluso uno distinto para cada cuenta. Esa es una decisión de quien la está abriendo en ese momento. En cualquier otro instante, se puede sustituir ese beneficiario”, valoró Cruz.

De acuerdo con Teruel, en el caso de quienes presentan una declaratoria de heredero, son ellos quienes asumen la designación de beneficiarios según el nuevo Código de las Familias. Este código establece tres tipos de régimen matrimonial: separación de bienes, régimen mixto o comunitario, e individual. Las obligaciones respecto a la declaración de beneficiarios varían según el régimen elegido.

  • Si el régimen es comunitario, es obligatorio obtener el consentimiento del cónyuge para designar a un beneficiario, ya que los bienes se consideran parte de la comunidad matrimonial.
  • Si el régimen es individual, no es necesario informar al cónyuge ni obtener su autorización, pues no existe una comunidad de bienes que proteger.
  • Para el régimen mixto, la declaración de beneficiarios aplica únicamente sobre los bienes que formen parte de la comunidad pactada. Es decir, cuando hay bienes comunes, el consentimiento del cónyuge resulta indispensable. Esta normativa busca garantizar transparencia en la disposición de los bienes conyugales.

Bajo el antiguo Código, todos los matrimonios estaban sujetos a un régimen comunitario, por lo que el cónyuge debía firmar y consentir cualquier designación de beneficiarios. Sin embargo, el nuevo Código de las Familias otorga mayor flexibilidad: si el titular del beneficio es viudo o divorciado, puede designar beneficiarios libremente sin necesidad de informar a terceros, incluyendo herederos o cónyuges anteriores.

El valor del contrato

Banco Metropolitano. Foto: Juventud Rebelde/Archivo.

Al referirse a los fraudes mencionados, Teruel indicó que suelen ocurrir por incumplimientos contractuales. “Por ejemplo, existen casos de personas fallecidas cuyos datos no fueron actualizados en la Seguridad Social, lo que dificulta su identificación.

“No obstante, los controles actuales —como las tarjetas magnéticas de pensionados— permiten detectar movimientos inusuales, bloqueando las cuentas automáticamente para evitar operaciones fraudulentas. Una vez bloqueadas, el banco notifica a la Seguridad Social para que se adopten las medidas pertinentes”, dijo.

Para Cruz, en tanto, “lo primero que debe suceder es que las personas cumplan con lo establecido en el contrato de la cuenta que firmaron con el banco. Una de las cláusulas más importantes del contrato es la forma de operar la cuenta.

“Siempre que el titular de la cuenta le otorgue acceso a otra persona para utilizar sus fondos, es imposible garantizar un seguimiento informatizado de las operaciones. Tendríamos que tener chips conectados al cuerpo para identificar quién realiza este tipo de acciones.

Los productos que ofrece el banco están diseñados previendo un nivel de riesgo. En el contrato se pactan tanto los derechos como las obligaciones de ambas partes. Por lo tanto, cuando un cliente que accede a un producto viola las condiciones pactadas en el contrato, ese es el punto de partida para cualquier irregularidad.

“Por ejemplo, alguien con una tarjeta de salario que no puede salir de casa debido a una lesión podría pedirle a su esposo, tío, primo o vecino que retire dinero por ella en un cajero automático.

“Este pequeño acto, aunque resuelva el problema inmediato, pone su información en manos de otra persona. Mientras no ocurra nada, no hay problema; pero el día que sucede algo irregular, el cliente acudirá al banco reclamando: ‘Están operando mi cuenta’. Sin embargo, ¿quién le otorgó acceso a esa otra persona? No fue el banco.

“La primera respuesta del banco será: ‘El contrato fue violado’”, destacó.

Según la directiva, la confianza en la familia o la buena voluntad de otros siempre juega un papel importante, pero la vida puede ser más compleja. “Tal vez la persona que recibió los datos compartió la información con alguien más, dando lugar a una situación de riesgo. Todo parte de que el cliente voluntariamente entregó sus credenciales y, en este caso, también el medio físico, como la tarjeta. No basta con tener el PIN; quien accede necesita ambos elementos”, precisó.

Desconocimiento o poca educación financiera

Eugenio Teruel, director jurídico del Banco Metropolitano. Foto: Yunier Sarmientos/Cubadebate.

Para los expertos consultados, es común que en redes sociales se anuncie sobre estafas relacionadas con mensajes fraudulentos que solicitan datos personales para realizar operaciones. “Es importante recordar que el banco nunca solicita datos personales de los clientes. Si el banco es quien abrió la cuenta, ya dispone de toda la información necesaria.

“El desconocimiento de las personas en muchas ocasiones es evidente, pero estas deben leer lo que firman. En un contrato hay obligaciones y derechos de ambas partes. Y quien lo viole, el banco está en su responsabilidad de exigir el cumplimiento. Esto está muy bien pactado en los contratos” indicó Cruz.

Teruel también cree que la falta de educación financiera conlleva, entre otras cosas, que muchas personas —incluidos los tarjetahabientes— utilicen herramientas como Transfermóvil sin tomar las debidas precauciones.

“Por ejemplo, una vez que alguien tiene acceso a tu tarjeta, tu número de teléfono y tu cuenta, puede realizar cualquier tipo de fraude. ¿Qué está ocurriendo en nuestra sociedad? La poca educación financiera ha provocado que las personas desconozcan los delitos asociados a este tipo de actos y las consecuencias legales que pueden enfrentar.

“A veces, el titular de una cuenta ni siquiera posee dinero, pero otra persona usa su cuenta para transferir fondos ilícitamente a otras cuentas, lo cual sucede con frecuencia. Estas acciones pueden derivar en procesos penales, ya que violan lo establecido en el contrato firmado con el banco.

“Aunque el cliente, en ocasiones, se pregunta qué ha hecho mal, el problema radica en haber facilitado el acceso a su cuenta y a Transfermóvil, permitiendo que terceros operaran y realizaran actividades fraudulentas. Algunos métodos incluyen la clonación de datos o su transmisión por aplicaciones como WhatsApp”, subrayó.

Algo preocupante

Banco Metropolitano en La Habana. Foto: Ladyrene Pérez/Cubadebate.

Teruel reconoce como algo preocupante que en el país existan medios controlados por particulares que permiten acceder a cuentas ajenas. “Cuando hay una investigación, el banco proporciona toda la información disponible, lo que suele revelar que las operaciones fueron realizadas por personas distintas al titular, utilizando la cuenta para sacar dinero y transferirlo con fines ilícitos”, dijo.

Al querer hurgar en cifras que sirvieran para graficar esas violaciones, el directivo respondió a Cubadebate que esa información no está directamente en manos del banco, ya que depende de los órganos competentes encargados de estos asuntos. Lo que sí hace el banco es realizar operaciones internas para revisar las cuentas y buscar irregularidades.

“Aunque esta información está informatizada, no existe un equipo que pueda supervisar constantemente a los millones de usuarios. Es imposible identificar si quien utiliza una cuenta o un cajero automático es el titular o una persona distinta.

“La responsabilidad siempre recae en el titular de la cuenta, quien firmó un contrato que deja claro que el uso de sus credenciales y herramientas como Transfermóvil debe ser personal.

“En el caso de los actores económicos, como las Mipymes (Micro, pequeñas y medianas empresas), estas pueden tener múltiples cuentas además de la cuenta fiscal, que corresponde a la cuenta corriente del negocio. Por ejemplo, el titular puede tener una cuenta como persona natural, una cuenta de ahorros, una cuenta de salario y una cuenta fiscal para el negocio.

“La cuenta fiscal de las Mipymes se utiliza exclusivamente para las operaciones relacionadas con la actividad empresarial. Por otro lado, las cuentas personales —como las de ahorro— están destinadas a gestionar dinero que no se utilizará diariamente, como pensiones o salarios.

“Aunque el sistema bancario establece claramente la finalidad de cada tipo de cuenta, en algunos casos se observa un uso indebido de estas, lo cual genera problemas como el tráfico entre cuentas.

“Es responsabilidad individual de los socios o trabajadores de las Mipymes garantizar el uso adecuado de las cuentas. El banco, por su parte, actúa de manera preventiva, proporcionando información a organismos como el Ministerio de Finanzas y Precios, la ONAT y el Ministerio del Interior sobre cómo se gestionan las cuentas. Además, cuando detecta irregularidades, procede a bloquear las cuentas y citar a las partes involucradas, sean personas naturales o jurídicas.

“Por normas internacionales que deben cumplirse, todos los involucrados —incluidos el banco, notarios y otras entidades— tienen la obligación de acatar las regulaciones relacionadas con el lavado de activos, aunque en muchos casos los problemas detectados corresponden a malversación de fondos.

“Este tipo de delitos, que también incluyen el desvío de dinero y la evasión fiscal, están contemplados en el Código Penal y ocurren en la sociedad a un nivel considerable.

“Respecto a cuántas cuentas puede tener una persona, esta puede poseer una cuenta de ahorro, una de salario y más de una cuenta personal, además de su cuenta fiscal si es titular de una Mipyme”, concluyó Teruel.

Se han publicado 24 comentarios



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  • Juan dijo:

    Solo les digo, que los estafadores compran las tarjetas de personas que abandona el país y luego las utilizan como anzuelo para sus fechorías. Sobre todo tarjetas del Metropolitano, debido a la incomunicación de este banco, con el resto de los bancos del país, analicen y verán.

  • enrique dijo:

    Buen dia. El banco tiene contrato leonino con sus clientes, lo tomas o lo dejas, además no nobentregan copia del mismo, solo el banco se queda con un ejemplar. Lo otro, ¿no existe la ficha única del ciudadano? la información si la oersona está fallecida o nó debe estar ahí. En el artículo aprecio una posición muy pasiva del Banco.

  • Holos dijo:

    El proceso debe ser 100% automatizado. Desde que la persona fallece, en algún lugar eso debe quedar registrado, y la banca debe recibir esa información en sus bases de datos y un proceso automático debe inhabilitar la cuenta. Si la banca tiene que esperar por un fichero y esta depende de una persona para que esta procese el fichero, se seguirán produciendo estos hechos. La automatizacion e Informatizacion hace que este delito se produzca o no. No hay términos medios. O ese proceso está automatizado desde la interoperabilidad de los organismos o no se puede detectar esos fenómenos

  • alicia dijo:

    fui notario vario años y anteriormente era frecuente ver escrituras públicas de adjudicación de cuentas bancarias cosa que no ocurre hoy la BANCARIZACION ha acabado con las adjudicaciones de cuentas bancarias, pues si al fallecer el titular de una tarjeta magnetica el heredero conociendo el PIN de la misma puede transferir el monto de la misma a la tarjeta que desee. Asimismo me han dicho que los juridicos del banco realizan un dictamen y el heredero rcibe el dinero. Cuando se hacen escrituras publicas notariales estas advierten la obligación que tiene el heredero beneficiado e realizar EL PAGO DEL IMPUESTO FISCAL POR TRANSMISION DE BIENES Y HERENCIAS cosa que en en esto momentos no se está realizando. Todo lo narrado se lo he comentado a la J del Departamento de Notarías de la DPJ de Cienfuegos, y a la Directora Nacional de Notarías

    • Holos dijo:

      Si el fallecido en vida da el PIN a otra persona y da la tarjeta: las cosas: llave pública y llave privada. No hay manera de detener ese proceso. Después la banca emitirá una alerta a los órganos judiciales para que esa persona devuelva el dinero y si es heredero que pague los impuestos.
      El proceso de bancarizacion no es el culpable de ello.
      Lo que falla es la interoperabilidad de los organismos.
      No puedes tener un proceso de digitalizacion que al final del mismo, o en su procesos intermedios no esté digitalizado. Se ha advertido que si no digitalizas el 100% del proceso ocurren otros fenómenos. Cómo el que acabas de describir.
      Pero no es la bancarizacion. Es porque no terminan de digitalizar el proceso o se demoran mucho en terminar su digitalizacion al 100% . La Bancarizacion no es la culpable como proceso.

  • soldado dijo:

    En esencia no funciona el proceso de conocer los fallecidos y congelar los fondos.

  • Duque dijo:

    Ojo. Muy preocupados por la legalidad del uso de las cuentas de personas fallecidas. Pero conociéndonos los cubanos, sus regulaciones y controles. Que siempre empeoran los tramites y procedimientos en vez de facilitarlos.
    Entiendo que ningún caso es igual. Si un familiar antes de fallecer, le dio su tarjeta, pin de accesos. Imagínese si el banco ahora le quita ese dinero a los familiares allegados aludiendo la legalidad y recurriendo a nuevos engorrosos tramites. Generando más costos burocráticos

  • el colmo en el siglo 21 dijo:

    El colmo del siglo 21 es que a éstas alturas "...Ese organismo, automáticamente, envía un fichero al banco cuando las personas fallecen. Estamos trabajando en alianzas con otras organizaciones para optimizar este proceso." o sea, que estamos más mal todavía porque como la información del "organismo" no es es primaria puede venir viciada y con errores. Lo que debería pasar es que los "organismos" y "entidades" se integren armónica y directamente a la información de los registros públicos para ejecutar los procesos institucionales necesarios por su encargo estatal.

    En otras palabras, el banco debería poder bajo demanda diariamente acceder a la información mínima necesaria del registro de fallecidos para actualizar sus bases de datos de primera mano, sin intermediarios. Lo que estamos viendo aquí y lo que está detrás de esto es desconocimiento, burocracia, invento de la rueda, favores, justificaciones. ¿Qué no vemos?

    No vemos responsabilidad, profesionalismo, voluntad y respeto a la inteligencia.

  • Ing. Marcelo Cárdenas Rojas dijo:

    Muchas entidades les presentan al cliente un código QR que no se corresponde con la cuenta fiscal por lo que el cliente cuando hace un pago en linea no recibe la bonificación y el dueño de la entidad tiene la posibilidad de evadir al fisco, El cliente no lo puede denunciar porque no tiene forma de identificar el engaño y el código QR debía proteger al cliente y tener una inscripción que diga este código es para transferencia o este código es para pagos en linea si en verdad se quiere proteger al cliente pero todo se hace para proteger a los sinvergüenzas y nadie se da cuenta y no se legisla nada al respecto.
    Quien le pone el cascabel al gato?
    Es que acaso es tan difícil imprimir esas identificaciones, amen de otras medidas para imponer la ley como usar colores diferentes, etc
    Tal vez alguien responda a mi comentario.
    Esperaré

  • Jorge Milanes dijo:

    Que clase de relajo e inacción. Cuantos sancionados ha habido digamos en un año?
    No sé hace un balance periódico de la situación?

  • nory dijo:

    El registro del carnet de Identidad debe registrar el fallecimiento pq de inmediato se entrega el carnet del fallecido, el banco puede recibir esa información vía digital, por otra parte soy jubilada del Minint y anualmente lleno una planilla donde doy fe de estar viva. En el caso de los q abandonan el país y llevan de 2 años bueno pues atraves de emigración.

  • RPA dijo:

    Todos los fallecidos que tenian tarjetas magneticas no tienen porque ser pensionados. Cualquier persona con una tarjeta magnetica puede fallecer.
    Las tarjetas magneticas de los pensionados son las que mas limitaciones tienen, pueden recibir transferencias de otras tarjetas pero no pueden hacerlas hacia otras cuentas y mucho menos si las tarjetas son de bancos diferentes, por lo que no pueden hacer pagos por transferncias aunque si se pueden hacer pagos en linea. Me parece que en este articulo se distorsiona la esencia del problema y se asume como que los fallecidos son pensionados

  • YUNIORCMG dijo:

    ESO ES UN BARBARISMO. CLARO QUE LAS DEFUNCIONES SE REGISTRAN.

    El Registro del Estado Civil mensualmente concilia las mismas con las oficinas de trámites del MININT y hasta con las OFICODAS. Es inconcebible que el BANCO a estas alturas se baje con eso. Esto no tiene más nombre que falta de trabajo, por favor, es el dinero de la gente y resulta criminal que personas pierdan su dinero por negligencias y comodidades de esta naturaleza.

  • Skpao dijo:

    Por dios con lo fácil que es que el banco contrate el servicio de la Ficha Única del Ciudadano, y con una simple aplicación informática el banco puede saber automáticamente en tiempo real quien de sus clientes esta FALLECIDO, o es EMIGRADO o es todabia CUBANO RESIDENTE , ya que esos datos están bien claritos en la FUC. Lo digo porque donde trabajo tenemos el servicio de la FUC. Pero por dios que difícil lo hacen todo en este pais

    • Lu dijo:

      Para transformarse digitalmente, las empresas deben pasar por varios procesos, uno de ellos la digitalización. Para digitalizar hay que tener en cuenta dos cosas: la preparación del personal (se asume que todos conocen de tecnologías) y la satisfacción del cliente. Cuando los directores y/o presidentes y/ministros concienticen ese detalle, aquí se van a ver resultados mínimos pero al fin y al cabo resultados firmes respecto a la digitalización.

      Por favor, hagan eco de este mensaje.

  • Alejandro dijo:

    Desde hace tiempo gente inescrupulosa que se dedican a estafar y realizar extracciones sin ser detectados, recuerdo cuando fui estafado por enzona en aquel tiempo ellos suplantaron mi identidad y entraron a mi correo, llevándose una suma de dinero de mis vacaciones y el cobro de 2 meses, el cual no me dieron respuesta ni el banco ni la policía

  • mulato dijo:

    La familia juega un papel importante en esta tarea. La falta de un sistema nacional efectivo es una causa de gran importancia también que no ha madurado lo suficiente. Lo mismo ocurre con el control de la oficoda: familias que adquieren la cuota de un fallecido hasta 3 meses después. y ni se diga de los que hace hasta más de 20 años viviendo fuera del país: ahí sí hay descontrol

  • Motica dijo:

    No entiendo cómo es posible que el banco dependa de otro ministerio que no sea el minint para saber los fallecidos. La DIIE es la encargada de dar baja a los fallecimiento, una acción que se realiza a diario. Me están diciendo que Banco y Minint no se pueden poner de acuerdo? Toda esa información está informatizada. No la tiene porque no quieren

  • jlf69 dijo:

    Hago una alerta:Se ha hecho una práctica común lo siguiente:en cajeros automáticos que radican anexo a Bancos;ponen un empleado - autorizado por dirección del Banco- teclear el pin de las tarjetas magnéticas de las personas al hacer extracción de efectivo;esta medida en aras de regular - equis cantidad de efectivo - además de agilizar la operación.Yo pregunto¿Por qué yo tengo decirle el pin de mi cuenta a otra persona?¿Qué basamento legal tiene ese empleado para teclear,el pin de otras personas?A veces hay medidas - de buena fe - que violan y transgreden lo establecido.

  • jlf69 dijo:

    Por favor el comentario anteriormente hecho,ha sucedido en BPA y yo también para extraer he tenido que decirle el pin al empleado que teclea para extraer efectivo.Desde Santiago de Cuba.Javier Lara Ferrer.

  • LourdesBR dijo:

    Entonces si tengo dinero en mis tarjetas no puede ser cobrado después de mi fallecimiento? Yo quiero pagar mi entierro no causarle gastos a alguien. Además de que no van a expedir comprobante en ventanilla ésto también?
    Otro motivo más por el que las personas no depositan sus dineros en los bancos.

  • DRGC dijo:

    Todo bien pero...
    Si una persona es heredero universal, por qué cuando va al banco le dicen que no puede cobrar porque no dice en el testamento específicamente que es heredero del dinero que está en las cuentas.
    Éso ocurrió a una persona allegada, los abogados que sí y el banco que no. Desistió y dejó el dinero en el banco. ¿Cómo se llama éso?

  • Eduardo dijo:

    Cajeros donde acuden personas con más de 6 tarjetas a realizar múltiples extracciones:
    Banco de Línea entre Paseo y A
    Cajero de Almendares y Desagüe (justo en el edificio del Centro de Capacitación de Banco Metropolitano)
    Cajero del banco de Ayestaran y 19 de mayo (solo funciona el cajero y una empleada muy servicial lo recarga y se asombra de la rapidez con que se queda sin dinero)
    No se necesita mucho para comprobarlo. Solo marcar en la cola. Siempre vienen las mismas personas y las personas de la cola los identifican.
    Magnifico artículo. Ya tiene los detalles.

  • Daris Gonzalez Delgado dijo:

    Facil tienen que proveer de equipamiento TIC a las funerarias y capacitar al personal darle una base de datos en tiempo real de las obcisos y esta vincularla con seguridad y bienestar con sede nacional no local y designar un personal de los bamcos bandec bpa metropolitano para que conoscoan en tiempo real los detalles de los usiarios ya fallecidos y si nombraron sucesor aprovechar la AI al maximo apoyandose en ella

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Gabriel Mok Rodríguez

Gabriel Mok Rodríguez

Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en 2024. Periodista de Cubadebate. Editor del subdominio Cubajoven.

Yunier Sarmientos

Yunier Sarmientos

Periodista y editor web en Cuba Joven. Licenciado en Periodismo en 2018 por la Universidad de Oriente. Contacto: yunsarmientos@gmail.com En Twitter: @YSSemanat

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