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EL DEPARTAMENTO DE ESTADO INSTRUYE A LA PRENSA SOBRE POSADA CARRILES

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Cuba frente al Imperio

 

14-04-2005

Supone reconocer que su presencia viola la legislación antiterrorista

El Departamento de Estado instruyó a los medios de prensa para que difundieran que la presencia de Posada Carriles en Estados Unidos era una operación de la inteligencia cubana

Pascual Serrano

Rebelión

El pasado 13 de abril, funcionarios del Departamento de Estado norteamericano estuvieron contactando con periodistas de importantes medios de comunicación con el objetivo de sembrar la tesis de que la presencia en suelo norteamericano del anticastrista Posada Carriles, acusado de explosionar un avión civil cubano en pleno vuelo y ocasionar la muerte de 73 personas, era una operación de la inteligencia cubana. El objetivo de los cubanos sería desacreditar a EEUU en vísperas de la votación de su resolución contra Cuba en la Comisión de Derechos Humanos en Ginebra y distraer la atención sobre las violaciones de derechos humanos en la isla.

La versión que buscaba consolidar en los medios de comunicación la Administración Bush resultaba contradictoria con la manejada por los líderes de los grupos anticastristas en Miami quienes siempre aseguraron la presencia de Posada Carriles en Estados Unidos. Asimismo, el abogado Eduardo Soto, contratado para representar al terrorista, aparecía ante la prensa y televisiones para declarar que su cliente había solicitado asilo político en base a "los servicios prestados al gobierno estadounidense durante decenas de años".

El intento de intoxicación informativa de las autoridades norteamericanas supone el reconocimiento del carácter terrorista del anticastrista Posada Carriles y su consiguiente exclusión de cualquier reconocimiento de asilo conforme establece la legislación vigente en el país. La denominada Ley Patriótica (Ley Pública 107-56), proclamada en plena euforia antiterrorista, establece en su sección 411 referente a las causas de inadmisibilidad de un extranjero en EEUU, el estar involucrado en actividades terroristas, es decir, "una persona que en su capacidad individual o como miembro de una organización, comete o incita a cometer una actividad terrorista bajo circunstancias que indiquen la intención de causar muertes o serios daños; prepare o planee una actividad terrorista; reúna información sobre blancos potenciales; y solicite fondos u otras cosas de valor para una actividad u organización terroristas". Es evidente que Posada Carriles se ajusta a ese perfil puesto que está reclamado por la justicia de varios países, además de Cuba.

Por otro lado, la Sección 803 de dicha ley, cuyo título es "Prohibición contra el albergue a terroristas", señala que "cualquiera que albergue o encubra a una persona que él conozca, o tiene duda razonable para creer que ha cometido o va a cometer un crimen relativo a la destrucción de una aeronave o de una instalación aérea; o crímenes relacionados con armas químicas, biológicas, nucleares o voladura de propiedades gubernamentales que pongan en riesgo o causen daño o muerte, destruyan instalaciones energéticas, apliquen la violencia contra la navegación marítimas; realicen sabotajes contra instalaciones nucleares o de combustible, actos de piratería o ejecuten un acto de terrorismo que trascienda las fronteras nacionales, será condenado a multas o encarcelado a no menos de diez años, o ambas".

Es evidente que las acciones detalladas en esta ley han sido concebidas, planificadas y ejecutadas desde territorio norteamericano durante 46 años por Posada Carriles y muchos de los líderes anticastristas que ahora le protegen, pasean con tranquilidad por Miami y salen prestos ahora a defenderlo. El propio Posada las ha reconocido en múltiples ocasiones ante los medios de comunicación.

Los funcionarios gubernamentales declaran a los medios que no hay cargos contra Posada en Estados Unidos a pesar de que él mismo ha reconocido su participación en actos terroristas que provocaron la muerte de civiles inocentes.

Por todo ello, el gobierno buscaría deportarlo bajo la Sección 237 de la Ley Migratoria, aunque es improbable que fuera enviado a Cuba, debido, según afirman, a preocupaciones relacionadas con la Convención Internacional sobre la Tortura.

Argumentos similares utilizaron en su momento en el caso de Orlando Bosch, cómplice de Posada Carriles en la voladura del avión cubano, quien, como es sabido, hoy se encuentra libre en Estados Unidos porque, según las autoridades norteamericanas, no encontraron ningún país que lo aceptara en su territorio.

Es evidente que los intentos de intoxicación mediática del gobierno Bush y la versión de que se trata de una operación cubana resultan insostenibles. La administración norteamericana se encuentra con un grave problema, atrapada entre su legislación para luchar contra los terroristas y su protección a esos mismos terroristas.

 

 

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Pascual Serrano

Pascual Serrano

Periodista español. Fue Director fundador del sitio alternativo en Internet Rebelión. Publlica habitualmente sus columnas en el diario español Público. Ha escrito varios libros sobre temas de periodismo, comunicación y política. En twitter @pascual_serrano