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Ministerio de Finanzas y Precios actualiza valores referenciales en la actividad de compraventa de viviendas

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Como parte de las proyecciones aprobadas por el Gobierno para corregir distorsiones y reimpulsar la economía, en especial las indisciplinas fiscales e incrementar los ingresos a favor del Presupuesto del Estado, resulta necesario actualizar los valores referenciales de las viviendas que se utilizan como base de cálculo para el pago de los impuestos asociados a su transmisión entre personas naturales, dígase el impuesto sobre Transmisión de Bienes y Herencias para la persona natural que compra, y el de Ingresos Personales Eventuales para la persona natural que vende.

Los valores referenciales que hoy se aplican están vigentes desde el año 2017, con la emisión de la Resolución 112 de la Ministra de Finanzas y Precios, estos no se corresponden con las condiciones económicas y sociales actuales. El estudio realizado por la Oficina Nacional de Administración Tributaria en las acciones de control a estos actos de transmisión de propiedad, demuestra que los valores reales de las ventas, constituyen cifras significativamente superiores a los valores referenciales actuales, por lo que los mismos no logran, conforme a su objetivo, reducir la brecha de subdeclaración e incrementar la capacidad de captación de ingresos por estos tributos.

En cuanto al cumplimiento de la obligación tributaria derivada de los referidos impuestos, se demostró igualmente un alto nivel de morosidad y para ello se actualizó mediante el Decreto Ley 93, modificativo de la Ley 113 “Del Sistema Tributario”, el momento de pago de estos tributos, el que debe acreditarse en la formalización del acto de transmisión ante notario.

En esta actualización, crecen 5 veces los actuales valores referenciales, atendiendo a que en los estudios realizados los precios de venta de las viviendas oscilan en valores 10 veces superiores a los referenciales establecidos como mínimos para el cálculo de los impuestos, aun cuando en los últimos meses se ha constatado una disminución de estos, asociada al movimiento migratorio.

En este sentido, la Gaceta Oficial de la República No. 102 del 1 de noviembre de 2024, publica la Resolución No. 313, del Ministro de Finanzas y Precios, que entrará en vigor el próximo 15 de noviembre de 2024.

Se ratifica que los impuestos asociados a las compraventas y donaciones entre particulares, se calculan y pagan con base en el valor real de la transacción, por lo que los valores referenciales mínimos de las viviendas tienen un carácter complementario, como medida de contención de las potenciales subdeclaraciones.

A tales efectos, la Resolución 313-2024 clasifica las viviendas en cinco zonas, según su tipología y ubicación, y en función de ello determina los valores referenciales de las viviendas, así como los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre Transmisión de Bienes y Herencias asociados a los actos de compraventa y donación de esos bienes, en correspondencia con las características constructivas del inmueble, según se describen en el título de propiedad del mismo.

A partir del amplio proceso de conciliación con los organismos implicados y los gobiernos locales, se incorpora la facultad de los consejos de la Administración municipales de reducir hasta un diez por ciento (10%) el valor referencial mínimo para los inmuebles ubicados en zonas suburbanas, previo análisis del valor de comercialización y las condiciones estructurales del mismo.

El mayor control sobre el cumplimiento de estos tributos fortalece los presupuestos de los municipios, a donde se destinan sus respectivas recaudaciones. 

(Tomado del Ministerio de Finanzas y Precios)

Se han publicado 160 comentarios



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  • -Jose- dijo:

    Totalmente en desacuerdo con esta medida...

  • Carlos. Yoel jerez sosa dijo:

    En realidad no entendí el comentario de la nueva reforma Si pudiera poner un ejemplo del valor existente de una casa hoy en día y de ahí lo que van a hacer posteriormente con ese valor si es aumentar o disminuir el valor de esa vivienda igual que los por ciento que descuenta el banco

  • Francisco Fdez dijo:

    Es incomprensible que una legislación que tiene que ver con toda la población se realice fuera de la Asamblea Nacional. En base a que se calcula que mi apartamento de dos cuartos donde vivo hace 40 años donde los arreglos y vitalidad se la hemos aportado mi esposa y yo tome un valor referencia muy superior al salario medio y lo aquí realizado aquí en inversiones y mantenimientos
    Es una medida recaudatoria sin importar la situación actual de la vida económica del país. En tiempos que se habla de tanta solidaridad es una medida muy poco solidaria

  • Plácido Jiménez Ventura dijo:

    Mi esposa y yo somos jubilados 1628 y 1678 respectivamente, comenzamos a tramitar una compraventa hace 20 días, teníamos lo justo para comprar la casita, en lo que queda de plazo la notaria no puede sacar los papeles, me cogió la rueda, soy del 60% de de los cubanos que no tienen negocio, mipimes, etc, que lucha por sobrevivir en estos tiempos de barbarie de la subida de precios de los productos, cómo llegarle a 400,000 pesos de fisco por la nueva ley deacuerdo a las habitaciones de la nueva vivienda que quería comprar. Realmente pensaron en el pueblo trabajador, humilde para dictar esa ley.

  • Daniel Perez de la Fuente dijo:

    Esta medida sólo logra recaudar más dinero, en la práctica subirán nuevamente los precios de venta que no se informaran y superan los referenciales
    Nuevamente incremento de precios que no guardan relación alguna con los ingresos de la mayoría de la población.

  • Ali dijo:

    Hoy mismo me acaba de afectar esta ley,el lunes 11 de noviembre hice el pago de la vivienda en el banco ,hoy cuando voy a la cita con la notaria,me dice q ya no sirve el cheque q hice ,q tengo q comenzar con el proceso, y yo me pregunto ,porque yo tengo q acogerme a esa ley,si solo me falta mi título de propiedad,ya hice antes de hoy mis pasos correspondiente ,mi pago al banco de la vivienda,y ahora ? Nadie sabe darte una respuesta,solo me han dicho q tengo q comenzar ,ahora con un depósito de dinero q es una locura ,el impuesto subió por lo menos 6 veces.

  • Carlos José Reyes Campos dijo:

    Con estos nuevos impuestos de compra y venta de la vivienda considero que ningún pobre pueda efectuar dicha compra,es realmente muy alto e inalcanzable.

  • Pedro dijo:

    Alguien me puede explicar si mi apartamento de 2 cuartos en colón matanzas el precio era de 5000 $ , porque ahora me lo valoran 180,000 cuántas veces subieron las casas 10 veces o 36 veces es el precio que me pone la notaría ahora

  • Soraida dijo:

    No estoy de acuerdo
    El 4/ de noviembre pagué en el banco 158 000por el valor de la vivienda q compre con un impuesto de
    $ 6320.00 . Al llegar el 18 de noviembre el turno en notaría por el ticket, me dice la notaría q tenía que pagar por la nueva resolución porque me había cogido la nueva ley .
    Ahora para que la notaria me atienda en otro turno!!!
    Tuve q pagar$ 31600.00 que es el 4% del nuevo precio (790 000) teniendo un cheque echo,desde el 4de noviembre, trámite aque realicé antes de la fecha q salió la nueva resolución .Con pueden pasar cosas así si yo hice el pago de la vivienda antes de haber salido la resolución , pienso que mi impuesto debe ser por el valor anterior q es el que pague en el banco . Alguien que me pueda explicar al respecto.

  • Miguel Suchel Hernandez Camacho dijo:

    Pienso que han sido excesivamente injustos pues es una imposición sobre una propiedad privada sin ningún tipo de consulta con el pueblo,además increíblemente alto el precio al depósito en el banco para poder realizar la transacción,pues se supone que el vendedor lo hace por alguna necesidad económica y no cuenta con esa cantidad en efectivo para realizar ese paso,creo exagerada está ley,por favor.

  • Edith dijo:

    La tasa de finanzas y precios para la compraventa de casas el listado de Las Tunas donde lo puedo ver porque solo he visto publicado el de La Habana o si me lo pueden enviar por correo o en que sitio o página lo puedo encontrar. Saludos Cordiales Edith

  • Jorge Hernández Márquez dijo:

    Continúan incentivando la inflación. Otra vez se aplica incremento de precio basado en el mercado negro. ¿Y la familia que vive de un salario estatal ridículo? ¿Cómo impacta a los de apié que son mayoría? ¿Por qué entonces no toman en cuenta el mercado negro para todo; por ejemplo para las tasas de cambio de la divisa que recibe la familia a través de remesas?
    Hay que ser consecuente. El Pueblo resiste, pero también piensa...

  • Héctor Gómez Suarez dijo:

    Donde buscar los requisitos para realizar una permuta en Cuba .No aparece en la resolución 313/2024 del ministerio de finanzas y precios

  • Orestes dijo:

    en aso de solo permuta cuales son los requisitos y tramites e importes por favor

  • Caridad dijo:

    ¿Supuestamente la ley contempla 9 anexos o más. Solo tiene 14 páginas, dónde está el anexo lX?

  • Ester Carmenate dijo:

    Existe una tabla de medidas y tasas por las que yo misma pueda saber el valor referencia de mi vivienda?

  • Javier dijo:

    Cuál sería el valor a dar para un cuarto en una cuarterias de ladrillos y techo de cinc. Su medida es 4x4

  • Gustavo Rodríguez Cabrera dijo:

    Exelente contenido, muy instructivo.

  • Odalis dijo:

    Dónde puedo ver el valor referencial de las viviendas

  • Giany Hernández Tejeda dijo:

    Necesito la gaceta 102 de noviembre del 2024 con la resolución 313 del 2024.

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