Consejo de Ministros modifica el método para el cálculo de las pensiones por edad e invalidez total (+PDF)

El Consejo de Ministros acordó modificar el artículo 195 del Decreto 283 “Reglamento de la Ley de Seguridad Social”, de 6 de abril de 2009. Según el Decreto 99 publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria número 1 de 2024, desde este momento la base de cálculo de la pensión por edad e invalidez total se determina sobre el salario promedio mensual que resulte de los mayores salarios devengados por el trabajador durante cinco años, seleccionados de entre los últimos quince años naturales anteriores a la solicitud de la pensión.
El texto legal aclara que, a los efectos de este Decreto y de la determinación de las pensiones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, se considera salario promedio mensual lo devengado por concepto de salario y otros pagos reconocidos legalmente, que forman parte de la base de cálculo para las prestaciones a largo plazo de la seguridad social.
“Si el trabajador percibe una pensión por invalidez parcial, su cuantía se suma al salario promedio mensual. El salario de aquellos trabajadores que cumplan el requisito para la pensión por invalidez total y hayan trabajado menos de cinco años, se determina dividiendo el total de los salarios entre los meses laborados; si se trata de un trabajador cíclico, el promedio se determina teniendo en cuenta los ciclos laborados”.
La norma advierte que cuando el salario promedio incluye, como base de cálculo para las prestaciones a largo plazo de la seguridad social, el pago por distribución de utilidades, por sistemas de pago por resultado, por las actividades de pronto despacho y de trincaje que se aplican en la actividad portuaria u otros pagos reconocidos legalmente que no constituyen salario y que forman parte de la base de cálculo para las prestaciones a largo plazo, y el monto resultante excede la cuantía correspondiente al grupo de mayor complejidad de la escala salarial vigente, se considera como base de cálculo de la pensión el ciento por ciento de dicha cuantía, más el exceso minorado por la aplicación de la escala regresiva de la forma siguiente:
- a) Hasta nueve mil quinientos diez pesos, se considera el ciento por ciento como base de cálculo de la pensión;
- b) al exceso de nueve mil quinientos diez pesos hasta diecinueve mil veinte pesos, se le aplica el sesenta por ciento;
- c) al exceso de diecinueve mil veinte pesos hasta veintiocho mil quinientos treinta, se le aplica el cuarenta por ciento; y
- d) al exceso de veintiocho mil quinientos treinta pesos, se le aplica el veinte por ciento.”
Entre tanto, la Gaceta aclara que se mantiene hasta el año 2025, el procedimiento transitorio para el cálculo de pensiones y subsidios de la seguridad social, previsto en el Decreto-Ley 18, de 24 de noviembre de 2020, con la aplicación de las reglas previstas en este Decreto.
Igualmente, los trámites de pensiones por edad e invalidez total iniciados con anterioridad a la puesta en vigor de este Decreto, continúan su tramitación por las disposiciones normativas por las que se iniciaron.
Con la aplicación de la nueva norma, se deja sin efecto lo previsto en el Artículo 193 del Decreto 283 “Reglamento de la Ley de Seguridad Social”, de 6 de abril de 2009, en lo referido al cálculo de las pensiones, así como el Artículo 6 del Decreto 25 “Modificativo del Decreto 283 “Reglamento de la Ley de Seguridad Social”, de 25 de noviembre de 2020.
Descargue aquí en PDF la Gaceta Oficial Ordinaria número 1 de 2024
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No entiendo porque le ponen límites a mi esfuerzo cuando llegue a mis 65 años, tanto sacrificio y esfuerzo no pueden tener límites, es algo que te ganas con el sudor de tu frente, nadie te lo regala, para eso pagamos impuestos y contribuciones a la seguridad social. Es un tema bien sensible, acaso no conocen a como está el costo de nuestras vidas con la escasez de alimentos y medicinas todos los precios están bien altos.
Es inaceptable que tenga dos personas mayores encamadas,se orinan,se hacen caca,lo que cobran es 1528 pesos,no alcanza para nada, por favor valoren estos casos
Cuando se hará una mesa redonda para dar explicación de la ley, no es lo mismo que hacerla por radio
Co. Como ciudadano cubano y jubilado soy de la opinion que se debe revisar la cuantia monetaria que recibimos sobre todos los profesionales que prestamos tantos años de servicio y que en estos nmomentos percibimos una pension extremadamente baja, comparada con otros .luego de tantas contingencias que tuvimos que afrontar los de mi generacion en mi caso el sector de la construccion
Todo eso suena muy bonito al oido de aquellos compañeros quienes en los pròximos les toque solicitar su retiro, pero, obviaron por por completo aquellos que como yo y muchos ya estamos retirados recibiendo una miserable cantidad de 1578 cup, mientras ahì describen pagarles pensiones a los pròximos retirados de 9 mil y mas pesos, ¿ les parece justo esa gran diferencia de retiros?, apennas podemos ni comer ò comprar una medicina los ya retirados. Hago un llamado a la conciencia del compañero Manuel Marrero para que analice la posibilidad de algùn incremento $ a los ya retirados, pues estamos viendolas muy negras.
Me jubilé por la Ley vieja y mi jubilación fue de $270,00., con 38 años de trabajo y 67 años de edad . Soy mujer.
Luego de trabajar 6 años como profesora de Matemática de preuniversitario, me volví a jubilar y me aumentaron $35,00 solamente. Entonces mi jubilación aumentó a $305,00.
Continué trabajando en esa misma labor como profesora de matemática en un preuniversitario y en ese tiempo subieron todas las chequeras a $1560, , como a la mayoría de jubilados por esa LEY VIEJA . Mi pregunta es . Trabajé hasta julio del 3023 , al concluir ese curso escolar . Sumo 57 años de trabajo en total . Mi pregunta es : ¿ Cusndo haran un aumento a esa jubilación ?
Somos la GENERACIÓN QUE TRABAJO EN CADA TAREA QUE NOS DUERAN CON HINESTIDAD Y HONRADEZ . Siempre al lado de la Revolución , desde la ALFABETIZACION , QUE CON 13 años participé en los campos de Cuba .
Nunca he dejaro de amar a Cuba , mi bandera , decidí vivir y morir en mi Patria .
Pero .... podemos VIVIR CON ESA JUBILACIÓN DE $1560?
Qué injusto....
Buenas tardes. Referido al cálculo de la pensión, las personas que se jubilan ahora en el 2024 se le promedia el salario de los últimos tres años? Según escrito aquí en la publicación, y el el texto del decreto aprobado.
Confiemos en la Revolución,nunca ha dejado a su pueblo a la deriva y nunca lo hará
Planteo nuevamente hacer un coeficiente q estabilice el retiro. De todo los pensionado sea de ahora o los retirado en el pasado esta política gwnero q estas persona q hjan trabvajos tanto Como Los q trsbajar hjoy no quemos q se nos asistencie pues con sudor y sacrificio nos ganamod un decoroso retiro .rectifiquen esto se han con. Y siguen cometiendo errores .pienso q Lo principal ya sido. La mala implementscion salarial qe basó en un salario. Mínimo q permitiese vivir decorosamente q se calculó.se tergiveso el cambio q se estableció y se guío.el camvbbio. Por un mercado negro fuera de un control central del estado de planteó un incremento de hasta cinco. Veces el precio luego se tomaron precio por. Cualquier valor y perdió todo el valor de la implementación salarial
La economía de un país no puede subordinarse en. Volver eficiente empresa aumentando el. Costo de los producto e. Aumentando la productividad del trabajo y. Eso casi nadie hoy. Lo logra volvamos a poner cabeza y. Virar hacia atrás los errorescometido si queremo. Recuperar la confuanza ciudadana no Es Hacer eficiente con precio a Lo q no. Lo. Es pues Lo unico q logra estos Es volver mas vulnerable a la mayiristxa de Los q Vicente de pensiones y de un salarial normal pensemos y rectifiquemos Lo. Q queremo de verdad el. Bien del pueblo q esta Por encins de la eficiencia de cualquier empresa pues la economia de una sociedad Es para el bien de el pueblo
El concepto de vulnerabilidad se le está aplicando sólo a los de extrema pobreza. Quién me puede justificar que en la cuba actual todos los que ingresan menos de 3000 pesos CUP no son vulnerables? Convoco a quien no lo entienda por tener mayor solvencia que trate de alimentarse con 3mil pesos durante un mes para ver qué le pasa. Por otro lado le pido a quien estime que un ingeniero, Master jubilado antes del perfeccionamiento con 50 años de trabajo en la industria azucarera y dentro de ellos, más de 15 con la doble misión de profesor adjunto de la universidad reciba una pensión total de un poquito más de 2000pesos. Siempre pensé que esforzarse y trabajar con sacrificio era la clave para un futuro decoroso, mas no me queda más remedio que aceptar mi equivocación conceptual deseando que las distorsiones no me continúen llevando contra la pared
Un profesor se jubila antes de la tarea ordenamiento; y al cabo de un curso escolar se reincorpora como metodologo municipal por espacio de dos cursos escolares y en este periodo de tiempo se produce el incremento salarial; aqui devengo dos tipos de salarios, uno como metodologo antes del incremento tarea ordenamiento y despues del incremento. ¿este tiempo de trabajo se incrementaria a la jubilacion anterior que fue de 46 años laborados? Y de ser posible ¿a quien acudir para su solucion? Educacion o al INAS? esperando por su atenta respuesta.
Yo me jubile por invalidez en 2019 con 31 año de servicio en el sector salud como licenciada en enfermería y la pensión que tengo 2225 no alcanza para nada en estos tiempos tengo una hija estudiando en la universidad, que hay para nosotros ? Gracias
Deben revisar MUY URGENTEMENTE.. para aumentar la jubilación a los que se jubilaron antes del 2020 y que su jubilación es menor que el salario minimo
Para los jubilados antes del 2020. Que dieron toda su vida por la revolución! DEBEN EQUIPARAR SUS JUBILACIONES A LO QUE PAGAN A LOS QUE SE JUBILAN RECIENTEMENTE..
CON 2500 O 3000 PESOS NADIE PUEDE VIVIR EN ESTE PAIS..
. "HAY QUE RESOLVER ESTO U R G E N T E M E N T E
Asistí al acto de cálculo de la pensión de mi esposa, allí le informaron que su pensión sería incrementada en 1005.00,pero no ha sido así, solo fue incrementado 855.00,le refiero lo siguiente: ella se acogió en el proceso de su jubilación en el periodo del tránsito a los 56 años, en marzo del 2012 sin dejar de asistir a la función de maestra de educación primaria, fue jubilada, continuó con el mismo grupo de alumnos, que logró promoverlos y continuar con ellos los cursos siguientes del primer ciclo, ahora en marzo del 2023,después de 11 años de trabajo desde marzo 2012 hasta marzo 2023,sucede lo que explico al principio, se equivocó la funcionaria que le realizó el cálculo, o se equivoca quien revisa y aprueba, me gustaría saber, he tratado de que ella se persone en la dirección municipal del MTSS de Arroyo Naranjo para revisar el proceso, pero dice que no lo va a hacer, sus generales CI # 55100300197 nombres y apellidos Teresa Claudina García Díaz, en espera de recibir aclaración Evelio Benjamín Enriquez Coca CI #55010333507, muchas gracias
Cuando se va a hacer justicia con los que nos jubilamos antes del reordenamiento, pido se nos pague lo mismo que recibe un jubilado después del reordenamiento por la misma cantidad de años de trabajo y misma plaza.
No estoy de acuerdo en que no se puede recálcular las pensiones para que se ajusten a las calculadas después del reordenamiento ya que el propio estado a subido los precios, a un nivel mucho mayor. Es posible que al recalcular se tenga en cuenta que no sobrepase los 9000 pesos pero los que tenemos jubilaciones menores, necesitamos se nos pongan al mismo nivel de los que se retiraron después del reordenamiento y todos saben que con eso no vamos a resolver ya que los precios son muy altos, repito hasta los estatales. No se dan cuenta que el paquete de croquetas de 5 pesos ahora cuesta más de 100, que una tanqueta de yogurt entre 1070. Arroz a 150 la libra, frijoles 230.
Solo hay que sumar para darse cuenta que con una jubilación de 2400 peso solo podría vivir dos o tres días. Caballero hay que ser justo y entregar lo que se ganó con el trabajo. Porque unos si y otros no.?
Mi dudas es la siguiente:
¿Porque los pagos por proyectos en la actividad científica que son llamados remuneración, no entran en el salario a tener en cuenta para la jubilación? muchas gracias por la atención.
Actualmente tengo 76 años, me jubile en Diciembre del 2020, peo el calculo eran los primeros cinco años de los mejores de los últimos 15 años laborados.
Llegó el proceso de Reordenamiento salarial y me unieron las ventajas de los CUC y el salario máximo, me jubile con 2800,0 pesos y esto con la inflación no alcanza para nada.
Me gradué de ingeniero y trabaje 53 años y ahora hay muchos compañeros que se han jubilado con menos años de trabajo y no siendo ingenieros
TIENEN UN SALARIO CASI 3 VECES EL SALARIO MIO ACTUAL, YO HE TRABAJADO AHORA 3 AÑOS CONTRATADO, CUANDO YO MEJORARÍA EL SALARIO, PUES EL RETIRO ACTUAL SIN LA CONTRATA, NO ALCANZA NI PARA LA COMPRA EN LA CANASTA Y EL MODULO MENSUAL,
Yo me jubile en diciembre del 2020, cuando se realizo el ordenamiento Empresarial y salarial, todo junto.
Me calcularon y salí con el salario máximo, como Ingeniero y con 53 años de trabajo, esto me dio 2800,0 pesos que sin cambio monetario era un buen salario.
Pero en realidad ahora eso no da ni para la compra de la canasta y el modulo, Con los precios altos en entidades estatales y particulares, pues un pan que costaba 10 pesos ahora valen 10 pancitos en el estado 100,0 pesos y un flautín de 4,80 pesos vale 115,0 pesos y en los vendedores de la calle valen 8 pancitos 180,0 pesos, una libra de arroz de 180 a 200,0 pesos, 1 libra de boniato 50 o 60 pesos una libra de cebolla 200,0 pesos, 1 libra de guayaba 70,0 pesos, y asi todo caro,
Quien vive con estos precio y 2800,0 Pesos mensuales.
Trabaje 53 años y resulta que los jubilados en el 2021 ganen el triple de mi salario y no son ni ingenieros.
Llevo 3 años contratados para poder vivir , hasta cuando yo estaría para mejorar mi salario del retiro.
Ahora ya no tengo ni fuerzas para continuar.
Espero alguna solución , pues si se suben los precios ahora como se anuncia a donde vamos a parar los jubilados con 2800,0 pesos,, con esta inflación.
Bt,presente la jubilación el día 4 de enero del 2024 a la 8 de la mañana,me explicaron que me iba jubilar con 14,400,hoy me dicen que es por la resolución nueva,no es justo,cuanto me presente ese dia en ese horario aún se desconocía de dicha resolución
Cómo puede ser que se ponga una resolución que entre en vigor el mismo día de su publicación en un sector tan vulnerable
Es necesario que se rectifique ésta problemática estoy segura que se rectificara
Por favor necesito que me contesten a mi correo
Gracias
Tengo una duda,soy Especialista de 1er Grado en MGI y Oftalmología General con 27 años de trabajo.en estos momentos estoy en peritaje medico por 6 meses por Rotura de Menisco y Ligamento Colateral Medial de Rodilla Derecha según mi centro laboral no me toca el aumento hasta que no me incorpore a trabajar y no entiendo donde quedan esos años de trabajo
Me jubile en el 2017 Y me reincorpore pasados unos meses.Trabajé 6 años más.Mandé a recalcular mi chequera en el mes de agosto y todavía está en la Habana.SEGUÍ mi contrato desde el año pasado con 50 años.TENGO DERECHO QUE SE ME RECALCULE LA CHEQUERA COMO TRABAJADORA ACTIVA DE EDUCACIÓN?ME JUBILE ANTE DEL ORDENAMIENTO?ESTOY LABORANDO POR CONTRATO INDEFINIDO.TENGO DERECHO A ESE RECALCULO TENIENDO EN CUENTA LOS ANÁLISIS ACTUALES?
Buenas noches me dirijo a ustedes por la siguiente inquietud: porque a un trabajador de educación superior que es jubilado por enfermedad con la nueva ley no se le pagan los años de servicios si tiene más de 30 años trabajados. Un trabajador que tiene un nivel docente y científico que se ha dedicado por entero a sus funciones.
Yo no critico nada ni tengo que ofender a nadie, mi carácter de trabajador honesto lo que me permite es reclamar mis derechos y que realmente se me de una repuesta.
El caso mio es sobre la REINCORPORACIÓN AL TRABAJO A LA VIDA CIVIL, DESPUÉS DE JUBILARME POR EL MININT.
Desde Junio 2023 le escribí al Buzón de trabajadores este reenvia el documento a la Fiscalia general y se manda a investicar el caso por la fiscalia Provincia de Granma se me da el veredicto a mi favor y el INASS Municipio Bayamo cuestiona esa decición de la Fiscalia aplicandoseme entonces el Procedimiento del Decreto 344 del 2026 violando que el mismo es para la FAR y plantea la compañera que ellos estan aplicando lo mismo a todo el mundo, cuando ami debe aplicarseme el Decreto 40 del 2021 y Resolución 26 de igual año para los combatiente del MININT, donde según la compañera debo tener trabajado 20 años en la vida civil despues de verme pensionado por edad en el MININT ese garrafal no lo veo por ningún decreto ni Ley, solo quiero me digan que Ley dice eso que despues de yo William Quiñones Martínez despues de pasarme 31 años en las fuerzas del MININT me reincorporo para mejorar la vida de mi familia para que se me reconozcan los años trabajados debo trabajar 20 años en la vida civil, en diciembre 2023 me llego una notificación porque reclame otra ves a la fiscalia general para que me presentara a la fiscalia de granma y todavia en espera hoy 21º de febrero que pena por el trato a este umilde trabajador, he escrito al consejo de ministro asamblea del poder popular me contesto la jefa de despacho del Ministro que se paso al de trabajo y que todavia en espera, los trabajadores no merecemos esto, tengo ya 15 años en la gráfica de Bayamo y solo quiero cesar mi trabajo y me reconozcan los años trabajadores y me lo agreguen a la chequera que hoy percibo, establecido en el Decreto 36 y 283 del 2021 porque los 15 años de trabajos no son en la vida militar esa en la vida civil que corren las leyes civiles y pago mi seguridad social o para más fácil que me devuelvan lo contribuido por mi en estos 15 años de han sido el 5% y ahora el 10% a la seguridad social, yo creo y tengo fe que alguien responderá a mi inquietud, que reclamo mis derechos o es traba para que más nadie de los combatientes del MININT se reincorporen al trabajo en la vida civil.
Revolucionariamente,
William Quiñones Martínez
Gráfica Bayamo Granma
23436047-----52803054
Calle 1 nr 41A % 22 y 24 Camilo cienfuegos Bayamo Granma.
Me jubilo en abril 2020 con más de 47 años de servicios y casi 66 de edad con pensión de $625 que llega a $2153 tras el ordenamiento. 5 meses después me reincorporo al trabajo en la ganadería. En 2021 mi salario llega a $4210 y aún continúo laborando
Compañeros míos, con igual salario y menos años de edad y de servicios, se han jubilado después de enero de 2022 y reciben como pensión más de $3300 sólo por haber cumplido la edad después del dichoso ordenamiento.
Tras jubilarme por 2da vez, (ya tengo casi 70 de edad y 51 de servicio), mi jubilación no va a mejorar nada
Creo que el Estado y el Gobierno tiene que oír estos reclamos. ¿Cómo es posible que exista esa diferencia de pensión sólo por el hecho de haber cumplido los requisitos de jubilación antes o después del ordenamiento independientemente de lo aportado a la sociedad?
No quiero ser incluído en una categoría de vulnerables cuando personas que han aportado menos, reciben más solamente por una situación cronológica
Por favor, responda me
Gracias
Sergio Brito Figueroa
britosss@nauta.cu
Soy desmovilizado de las FAR ,trabaje en esa institución 33 años ,llevo trabajando en la vida civiles 9 años en este momento tengo 60 años ,tengo que esperar a los 65 para que se me tenga en cuenta el 2 % que se establece
Los jubilados por ejemplo del año 2023 y antes que tratamiento se le dará, hay mucha desigualdad, muchos trabajamos mas de 40 años,es una preocupación generalizada,saludos no obstante seguimos en combate por la Revolución, pero atiendad esta desigualdad.
Cuales son los años que se tienen en cuenta para el calculo de pensión de un trabajador que se jubile en año 2024