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Delegados municipales eligen en Cuba a gobernadores y vicegobernadores

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Según lo estipulado en la Constitución y la ley electoral de Cuba, el Consejo de Estado dispuso la celebración este domingo de elecciones de gobernadores y vicegobernadores provinciales en todo el país.

La Ley Electoral cubana- número 127 del 13 de julio de 2019-, establece que ambos cargos son elegidos por los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular, a propuesta del Presidente de la República, por el período de cinco años.

Los actos de votación están encabezados por el presidente del Consejo Electoral Municipal correspondiente y un diputado al Parlamento Nacional, designado por el Consejo de Estado.

El jefe de Estado en la nación antillana tiene la prerrogativa de proponer a los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular de cada provincia, los candidatos para la elección del gobernador y vicegobernador provinciales.

En dicho ámbito legislativo, constituido en colegios electorales, los delegados se reúnen este domingo para elegir por derecho propio, mediante el voto libre, igual, directo y secreto, a quienes resultarán las máximas autoridades gubernamentales de la provincia.

Al momento del escrutinio de los votos, el Consejo Electoral Municipal elabora y firma el acta correspondiente, especificando el total de boletas existentes en la urna, las declaradas válidas, en blanco, las anuladas y la cantidad de votos obtenidos por cada candidato.

Como requisitos ineludibles previos a este momento, un candidato o candidata a gobernador o vicegobernador debe haber nacido en Cuba, carecer de otra ciudadanía, tener cumplidos 30 años de edad, residir en la provincia y hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos.

El gobernador es, a su vez, el máximo responsable ejecutivo-administrativo en su provincia; de ahí que organice y dirija la Administración Provincial. En consonancia con ese encargo, rinde cuentas e informa de su gestión ante la Asamblea Nacional del Poder Popular, el Consejo de Estado, el Consejo de Ministros y el Consejo Provincial.

De acuerdo con la Carta Magna de la nación, en cada provincia rige un Gobierno Provincial del Poder Popular, conformado por un gobernador y un Consejo Provincial, que funciona en estrecha vinculación con el pueblo.

El Gobierno representa al Estado cubano para encauzar el desarrollo económico y social en cada una de las 15 provincias del país. En esa demarcación actúa como coordinador entre las estructuras centrales del Estado y los municipios, contribuyendo a la armonía de intereses.

El ente gubernamental contribuye al cumplimiento de los planes de las entidades establecidas en su territorio aunque no se les subordinen, pero lo hace sin interferir en las funciones y atribuciones que la Constitución y las leyes les confieren a los órganos municipales del Poder Popular.

(Tomado de PL)

Se han publicado 3 comentarios



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  • Mirta Rizo Gómez dijo:

    Es vital que los movimientos se hagan siempre y cuando sean para bien. Estos son momentos de definiciones que convoque a todos los que deciden y tienen en sus hombros la responsabilidad del cumplimiento cabal y el deben, la PATRIA hoy necesita de hombres capaces, pero honestos y trabajadores. En un momento del quehacer laboral, la comida era muy modesta y con pocos recursos para su cocción y una Directora llegó al comedor y abrazó al cocinero y le dijo: los chicharos tienen que tener sabor y sí no hay sazón, puedes echarle escobamarga. Esto es un ejemplo de cómo se deben chequear los problemas más sensibles que afectan a los colectivos y pueblo en general.

  • El Observador dijo:

    Buenos dias ?
    Porque no se divulgan nombre de candidatos
    La Constucion no dice q sea un acto secreto

  • R.Barthelemy dijo:

    Si en un Mcpio,no están de acuerdo con la proposición del Presidente para gobernador y vicegobernador,no sacan los votó requeridos,el Presidente tiene que hacer otra proposición es así o no es así?.

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