Respuestas necesarias sobre los actores de la economía cubana (+ Video)
- Las normas entrarán en vigor el 20 de septiembre
- ¿Se permitirá la inversión extranjera?
- ¿Podrá importar y exportar directamente?
- ¿Por qué no las MIPYMES de servicios profesionales?
- ¿Qué diferencias existen entre una cooperativa no agropecuaria y una MIPYMES?
- ¿Se puede cambiar de una forma de gestión a otra?
- ¿Se puede ser socio de más de una MIPYMES?
- ¿Una MIPYMES puede tener participación social en otra?
- ¿Una MIPYMES puede fundirse o absorber parte de otra?
- ¿Cuáles son los sectores priorizados para la primera convocatoria?
- ¿Se puede tener pluriempleo trabajando en una MIPYMES?
- ¿Cómo será el régimen de Seguridad Social para estos activos?
- ¿Cómo será el salario en las MIPYMES estatales?
- ¿Cómo será el proceso de inscripción de los TCP?
- ¿Pueden los inspectores retirar la licencia de los TCP?
- Alcance territorial de las cooperativas no agropecuarias y las MIPYMES
- ¿Pueden las cooperativas no agropecuarias y las MIPYMES acceder a créditos en CUP y MLC?
- ¿Trabajadores no mencionados y socios?
- ¿Habrá capacitación y asesoría?
- ¿Qué papel juegan las consultorías en la creación de las MIPYMES y las CNA?
- ¿Qué diferencias hay entre la tributación de las CNA y el resto de las figuras económicas?
- ¿Cuándo las nuevas formas de gestión empezarán a tributar?
- ¿Las MIPYMES pueden dar un regreso al Capitalismo?
- En video, la Mesa Redonda
Múltiples inquietudes se han suscitado desde que el pasado 6 de agosto, el Consejo de Estado aprobara los decretos-leyes relacionados con las micro, pequeñas y medianas empresas, las cooperativas no agropecuarias y el ejercicio del trabajo por cuenta propia, como parte del perfeccionamiento de los actores de la economía cubana.
Para responder estas inquietudes y seguir intercambiando con la población, el viceprimer ministro y ministro de Economía y Planificación Alejandro Gil Fernández, la ministra de Trabajo y Seguridad Social Marta Elena Feitó Cabrera, el viceministro primero de Finanzas y Precios Vladimir Regueiro Ale y la viceministra de Economía Johana Odriozola Guitart comparecieron en la Mesa Redonda.

Las normas entrarán en vigor el 20 de septiembre

Foto: Roberto Garaicoa
Al iniciar su intervención en el programa radio-televisivo, el viceprimer ministro y ministro de Economía y Planificación, Alejandro Gil Fernandez destacó que el tema “ha sido de gran expectativa dentro de la población”, recibiéndose múltiples inquietudes sobre el este particular a través de los diversos canales de comunicación del ministerio, los organismos y algunos medios de comunicación.
“Sabemos que es un paquete jurídico voluminoso en pos de que hubiese una coherencia entre todos los actores actores económicos: los trabajadores por cuenta propia, las mipymes en el sector estatal como no estatal, las cooperativas no agropecuarias y el perfeccionamiento de la Empresa Estatal Socialista, como sujeto principal de nuestra economía”.
Gil Ferández resaltó además el alto nivel de conocimiento de las personas que se han acercado al ministerio para indagar sobre estas cuestiones, cuyos comentarios han estado enfocadas en cómo lograr un mayor desarrollo del país y elevar el nivel de vida de la población.
El ministro dio a conocer que las normas relacionadas a los actores económicos entrarán en vigor el 20 de septiembre, fecha tras la cual inicia el proceso de constitución de las mipymes, las cooperativas y el reordenamiento del trabajo por cuenta propia.
¿Se permitirá la inversión extranjera?
Al comentar sobre esta posibilidad, Gil Fernández recordó que para ser socio de una micro, pequeñas y medianas empresas hay que ser residente permanente en el país.
“En el país existe una Ley de Inversión Extranjera que regula este particular. No hay ninguna prohibición en el diseño que hemos hecho para que una mipyme privada o estatal pueda asociarse con la inversión extranjera y constituir una empresa mixta con capital cubano y capital extranjero. Tal como lo dice nuestra Ley, es posible la asociación con la inversión extranjera en la Empresa Estatal Socialista, en la micro, pequeñas y medianas empresas estatal y privada”.
Agregó que es una evaluación que se realizará, solo que primero se deben constituir las mipymes. “Teniendo en cuenta cuáles son los sectores que se priorizan en el país para la inversión extranjera se realiza ese proceso como hasta ahora. Reitero, no hay ninguna limitación para asociarse a un inversor extranjero que sea cubano o no”.
Subrayó además que la reorganización de los actores económicos no se contrapone a ninguna de las legislaciones vigentes, sino que busca dinamizarlos a partir del marco jurídico existente.
“Se le permite la inversión a los cubanos residentes permanentes en el país y también y los cubanos no residentes en la nación o extranjeros también pueden asociarse con una pyme”.
¿Podrá importar y exportar directamente?

Foto: Roberto Garaicoa
Sobre este particular resaltó que tanto las mipymes, las cooperativas y los trabajadores por cuenta propia sí pueden exportar e importar.
“El diseño aprobado en el país establece que las actividades diseñadas con la importación y exportación se realizan a través de entidades estatales”.
“Desde la aprobación de las medidas de la Estrategia Económico y Social se admitió la importación y exportación de las formas de gestión no estatal mediante este mecanismo. El comercio exterior es una actividad especializada, y ni todas las Empresas Estatales lo desarrollan. Lo que debemos es tratar de hacerlo de la manera más eficiente posible”.
El ministro de Economía expresó que no se aspira a que las formas de gestión no estatal desarrollen su actividad sobre la base de la importación, sino que sean capaces de establecer encadenamientos productivos internamente.
“El diseño que estamos proponiendo, y que sabemos que no es un problema resuelto, es el abastecimiento del mercado mayorista. Este debe ser el mecanismo más eficiente para el reaprovisionamiento de estos actores económicos. Tenemos que lograr que en el país todas las formas económicas tengan en plaza los insumos necesarios para su producción”.
Comentó que ya se han dado pasos para preparar al sistema estatal para asegurar la actividad de comercio exterior, y dio a conocer que incluso se están constituyendo mipymes en el sector estatal para que se dediquen a la importación y exportación en pequeñas cantidades.
“Es cierto que las cuantías de un tcp, una cooperativa o mipyme puede competir contra el gran volumen de importación/exportación del país. Entonces, si tenemos pequeñas empresas que se ajusten más a ese mercado pudieran prestar un servicio de importación y exportación más eficiente a entidades estatales y no estatales”.
En este sentido agregó que la idea es que esas empresas sean capaces de abastecer el mercado interno y que tengan conocimiento de la demanda y no tengan que esperar a un pedido específico para hacer la gestión de importación.
“Estamos desarrollando esto en un contexto extremadamente excepcional donde no contamos con todos los recursos financieros que queremos”.
“Aspiramos a tener un mercado mayorista donde todas las formas económicas, tanto estatales como no estatales pueden adquirir sus insumos y que la importación se haga con un carácter más de abastecimiento de mercado y no por encargo puntual”.
Con el objetivo de lograr mayor eficiencia en la actividad de comercio exterior, anunció el viceprimer ministro, se decidió que no fuera obligatorio la búsqueda de concurrente o más de un oferente.
Igualmente se ha buscado una mayor presencia de productos. “Este es el caso de Gelma y se avanza con otras entidades junto a las 11 comercializadoras”.
¿Por qué no las MIPYMES de servicios profesionales?
El ministro de Economía aclaró que no se trata que un profesional no pueda trabajar en una cooperativa o en una mipyme.
“Hay matrices de opinión malintencionadas que dicen que si usted es profesional no puede trabajar en una mipyme o que si trabajas en una tienes que desarrollar una actividad para la cual no estás calificado. Esto no es así. Al contrario, queremos aprovechar todo el conocimiento creado en el país y habrá empresas no estatales con una fuerte base tecnológica que están integradas por profesionales. Puede haber abogados, agrónomos, ingenieros, etc... en una mipyme”.
“Lo que no está permitido son las actividades que se dediquen solo a servicios profesionales. Están permitidos los informáticos, el médico veterinario para los animales domésticos, el tenedor de libros para la actividad de contabilidad. No se están subestimando, ni se están discriminando a los profesionales”.
El titular destacó que en el país no se están creando micro, pequeñas y medianas empresas de subsistencia; ni tampoco se está reduciendo el sector estatal, y por tanto, no se necesita crear muy rápido un sector no estatal de segunda clase.
“Queremos mipymes con una alta base tecnológica, con un carácter profesional y que generen valor agregado”.
En otro momento de su intervención valoró como positivo el haber pasado de un listado de actividades autorizadas a uno de no autorizadas el cual se aplica a todos los actores por igual. “Es una sola lista que aplica al sector no estatal”
Igualmente aclaró que en el caso de los que en la actualidad ejercían el trabajo por cuenta propia, y ahora pasan a mipyme o cooperativa no agropecuaria, deberán ajustar su modelo de gestión a lo que más factible le sea pues “este no tiene que ver con la actividad. Hemos venido trabajando para lograr la mayor similitud entre las facultades en el sector estatal y no estatal.
¿Qué diferencias existen entre una cooperativa no agropecuaria y una MIPYMES?

Foto: Roberto Garaicoa
En su comparecencia en el programa televisivo, la viceministra de Economía y Planificación, Johana Odriozola Guitart comenzó explicando las diferencias entre una cooperativa no agropecuaria y una mipymes.
“Estamos en presencia de formas de propiedad diferentes y esas formas de algún modo condicionan el funcionamiento interno de cada uno de esos sujetos”, explicó.
En el caso de la cooperativa –puntualizó- es una forma de propiedad en sí misma que tiene elementos esenciales que responden a los principios del cooperativismo, relacionadas con la voluntariedad, solidaridad y acompañamiento de los principios educativos e internos de la cooperativa, “donde la mayoría de las personas son socios y dueños, en general, de esa persona jurídica y de las ganancias que se generan”.
Por tanto, las cooperativas que se han concebido son de trabajo. “Las ganancias y la utilidades se reparten por el trabajo aportado y no por los bienes o el dinero que constituye la base para la creación de las micro, pequeñas y medianas empresas”.
Odriozola Guitart subrayó que es un proceso de asociación voluntaria que tiene como elemento fundamental la repartición de la ganancia, el trabajo que se aporta y donde la mayoría de las personas son socios.
“Las reglas de las cooperativas, para no desvirtuar su naturaleza y forma de propiedad, prevén que la contratación de personas está limitada a un periodo de hasta tres meses para una eventualidad y que no puede exceder del 10% de la cantidad de socios”.
Todo ello –resaltó- para no desvirtuar y que en la cooperativa sea realmente el trabajo lo que se erija como el pilar fundamental de la asociación de esas personas.
¿Y en el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas? La viceministra señaló que lo que define su existencia son precisamente los bienes y el dinero que se aporta, a partir de constituir el capital social por las personas que voluntariamente quieren constituir esa empresa.
“Los dueños, aunque no hay límites de socio, generalmente son menos. La mayoría de las personas que se nos han acercado están concibiendo un máximo de tres socios. Lo que se está concibiendo es una empresa donde los dueños son los socios, las personas que aportan inicialmente el dinero o los bienes, y el resto de las personas son empleados con un salario y derechos establecidos en la legislación para cualquier trabajador de la empresa estatal”.
Odriozola Guitart precisó que la micro, pequeña y mediana empresa tiene límites erigidos en el indicador de la cantidad de ocupados, es decir, las personas que trabajan, ya sean socios o trabajadores a tiempo permanente o parcial.
“Para eso –explicó– se saca una cuenta por horas trabajadas para saber que no se sale del rango que está establecido. Contrario a lo que pasa en la cooperativa que la persona que lleve más de tres meses trabajando necesariamente se tiene que convertir en un socio más, debido a que se vive del trabajo que se aporta”.
Destacó que esto es una diferencia importante. Aunque existen otras que tienen que ver con la forma de propiedad. “Por ejemplo, en el caso de la cooperativa se exige un mínimo de tres, pero en la micro, pequeña y mediana empresa una sola persona puede constituir ese tipo de actor”.
En este sentido, la viceministra dijo que “constituirse como persona jurídica tiene beneficios por la separación del patrimonio personal del que se pone en función de los negocios. Esto también dota de seguridad a los que contratan con esa empresa. No es el caso de una persona que ante la ausencia de la misma, las relaciones contractuales pueden quedar descubiertas o truncas porque la persona no esté.
“Asimismo, el acceso a créditos y otros elementos importantes tienen que ver con que en la persona jurídica hay mayor seguridad al haber un patrimonio que responde de algún modo”.
Comentó además sobre otras diferencias relacionadas con el régimen tributario. “En el caso de la cooperativa por ser una forma más social tiene una carga tributaria en sentido general menor”.
Al referirse a los elementos en común, dijo que ambos son personas jurídicas y las actividades y facultades son las mismas, “solo se trata de si está primando esa forma de propiedad cooperativa donde se reparten las ganancias por el trabajo o una asociación a partir del aporte de dinero o bienes, donde generalmente los socios son menos y son más la cantidad de trabajadores”.
¿Se puede cambiar de una forma de gestión a otra?
Sobre este asunto, la viceministra de Economía y Planificación afirmó que sí es posible el cambio. “En el ordenamiento está permitida la transformación de un sujeto en otro”.
Existe una disposición especial en las normas de las micro, pequeñas y medianas empresas que da la posibilidad de transformarse a una cooperativa no agropecuaria existente.
“Incluso –detalló– se dan varias variantes. Si todos los socios de una cooperativa quieren ser socios en las mipymes es posible una transformación sin que exista la necesidad de liquidar el patrimonio. Lo que ocurre prácticamente es una reconversión donde son los mismos socios y las reglas quedan parecidas a las de la cooperativa.
“Es decir, una variante es que pudieran tener los mismos derechos económicos independientemente de la aportación del dinero. Otra posibilidad es que algunos socios no quieran y puedan no incorporarse al nuevo sujeto y haya que pagarles todos los aportes que estén pendientes.
“Si no todo el que está en la cooperativa quiere pasar a una micro, pequeña y mediana empresa –continuó explicando– se ha concebido la opción de disolver esa cooperativa y que las personas que quieran se constituyan entonces como micro, pequeña y mediana empresa”.
Odriozola Guitart reiteró que la posibilidad contraria siempre existirá. “Hay casos hoy en la economía de empresas mixtas que a la salida del socio extranjero se convierten en una sociedad de capital totalmente cubano. Tenemos también casos de unidades presupuestadas que se transforman en empresas estatales. La transformación es un movimiento permitido y que será facultad de cada uno de estos actores”, afirmó.
¿Se puede ser socio de más de una MIPYMES?
Al responder a esta interrogante, la viceministra aclaró que no se puede ser socio de más de una mipymes. “Está establecido que usted solo puede ser socio de una micro, pequeña y mediana empresa”.
Esto se debe –argumentó– al diseño de nuestro sistema socialista que desde los lineamientos quedó refrendado la no concentración de la propiedad y la riqueza en actores no estatales o personas naturales.
“Sin embargo, el objeto social de la micro, pequeña y mediana empresa es amplio. No se tienen que dedicar a una única actividad. Puede dedicarse a cuantas actividades estén autorizadas y ella pueda realizar.
“La idea es que el dinero o los bienes que esa persona posea se puedan poner en función de ese emprendimiento o negocio y que puedan hacerlo crecer en las actividades que están haciendo, pero no siendo socio en más de una micro, pequeña o mediana empresa”, señaló.
No obstante, la viceministra aclaró que una persona sí puede ser socio de una mipymes y de una cooperativa. “En el caso de las mipymes el socio no está obligado a trabajar, como dueño o titular que es. Aunque en nuestra realidad los socios generalmente trabajan porque son empresas pequeñas. Pero en las cooperativas el socio sí tiene que trabajar”, puntualizó.
¿Una MIPYMES puede tener participación social en otra?
La viceministra recordó que, según lo estipulado en las normas jurídicas, solo pueden ser socios de las micro, pequeñas y medianas empresas privadas personas naturales.
“Esto es así precisamente para evitar la concentración de la propiedad y la riqueza, un elemento que no es coherente con nuestro diseño de socialismo. Pudiera burlarse si se constituyen sucesivas mipymes donde el dueño siempre es la misma persona. Si esto sucediera se estaría de alguna manera incumpliendo el precepto constitucional, por lo que se ha concebido que en el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas sean solo las personas naturales las que puedan ser socios”, reiteró.
¿Una MIPYMES puede fundirse o absorber parte de otra?
Sobre este particular, Odriozola Guitart respondió que sí es posible. “Es una facultad del máximo órgano de las micro, pequeñas y medianas empresas que es la junta de los socios. Esta puede decidir cualquier proceso de transformación, siempre respetando los límites que tiene la mipymes del océano ocupado.
“Por ejemplo –precisó– se puede absorber parte de una y la otra quedar con menos. No puede salirse del rango de los límites que están establecidos para esos casos”.
¿Cuáles son los sectores priorizados para la primera convocatoria?
La viceministra recordó que la gradualidad está relacionada “con evitar los cuellos de botella y lograr el más eficiente de los acompañamientos en la creación de estos actores. No tiene ningún objetivo de detener, retroceder el proceso o que queden actividades sin discurrir. Simplemente es comenzar el proceso y evaluar que no haya una situación organizativa que pueda empañar todo el proceso de conducción. Sucesivamente se irán aprobando otras actividades.
“Se han priorizado –puntualizó– la producción de alimentos, las empresas de base tecnológica relacionadas con manufactura aditiva, robótica o creación de nuevos materiales o asentadas en parques tecnológicos, los proyectos de desarrollo local que sean coherentes con la política aprobado de desarrollo territorial y toda la actividad de economía circular, que tiene como punto esencial emplear materias primas nacionales”.
¿Se puede tener pluriempleo trabajando en una MIPYMES?

Foto: Roberto Garaicoa
La ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera comenzó su intervención en la Mesa Redonda respondiendo una de las principales interrogantes de la población referida con el tema de pluriempleo trabajando en una MIPYMES, pues nace este nuevo actor económico.
“En materia laboral, el Código de Trabajo en la Ley 116, artículo 28 se establece que los trabajadores después de cumplir los deberes del cargo que desempeñan, pueden realizar otras labores y contratarse en otra entidad”, Además dijo la ministra que puede ser en el propio organismo, realizando otro tipo de actividad o pueden contratarse fuera de la entidad.
En estos momentos –señaló- existe un grupo de trabajadores que realizan el pluriempleo dentro del mismo sector estatal y además dentro del sector estatal y no estatal, principalmente como trabajadores por cuenta propia y en menor medida en algunas cooperativas haciendo trabajos en los términos que se establecen de tres meses para labores puntuales.
“A partir de los que establece el Código de Trabajo las personas pudieran contratarse con varios actores económicos”, indicó Feitó Cabrera. Debe cumplirse con la jornada de trabajo “lo elemental es que se cumpla con la disciplina, las jornadas y con el contenido de trabajo.”
Cuba a diferencia de otros países no tiene una tendencia al pluriempleo. De acuerdo con la ministra de Trabajo y Seguridad Social esto se debe a un grupo de gratuidades que tiene el país, como la salud y la educación. En otros países los estudiantes tienen que trabajar para poder costear los estudios, no es el caso de Cuba. Aunque existe un grupo de estudiantes universitarios cubanos que laboran sobre todo en el período vacacional, lo cual está permitido,
¿Cómo será el régimen de Seguridad Social para estos activos?
Otra de las interrogantes está centrada en ¿Cómo será el régimen de Seguridad Social para estos activos? Antes de esta norma –puntualizó- había dos Regímenes Especiales de Seguridad Social. “Uno dirigido a los trabajadores por cuenta propia y otro centrado en las cooperativas no agropecuarias. Aunque presentaban similitudes, tenían diferencias en el tema de la cobertura y también con lo que establece el Régimen General de Seguridad Social”.
Cuando se hace el perfeccionamiento de los actores económicos, se realizó un diseño de la Seguridad Social bajo el principio de que “no debe ser la cobertura de riesgo lo que diferencie los Regímenes Especiales de Seguridad Social. Es un solo régimen que tiene integrados a los trabajadores por cuenta propia, los cooperativistas y las MIPYME, tienen una cobertura de riesgo igual, incluso de las que tienen los trabajadores estatales con la Ley 105 de Seguridad Social”.
Desde el punto de vista de la cobertura -destacó la ministra- faltaba la enfermedad de origen común o profesional, lo cual ahora se integra y otro grupo de beneficios desde el punto de vista de la escala de contribución que se puede seleccionar.
La contribución es obligatoria para poder ejercer la labor que realizan estos actores económicos, pero no solo debe verse en términos monetarios, sino de cara a futuro, a corto, mediano y largo plazo. “El trabajador puede recibir una prestación ante una invalidez temporal por enfermedad, o los beneficios por maternidad y se pueden extender a los familiares, como el esposo o los abuelos; por invalidez total o temporal, dictaminado por la comisión de peritaje médico”, recordó la ministra.
Además agregó que se tienen los beneficios cuando se alcanza la edad de jubilación. “Como los actores económicos se han ido perfeccionando, el tiempo de servicio que acumule en cualquiera de los sectores de la economía le sirve a los efectos del tiempo de cómputo que debe tener una personas. Son 30 años de servicio, con la edad de 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres”, puntualizó.
En caso de fallecimiento de una persona los familiares con derecho pueden ser beneficiarios también de esa protección. Feitó Cabrera señaló que “es una cobertura amplia y mucho más coherente.”
Existía una escala -dijo- que tenía un límite de 350 pesos mínimo y cuando se implementó la tarea ordenamiento se subieron los máximos de la escala para acceder a la jubilación ¿Qué se hizo ahora? Esos rangos se incrementaron para cuando se tuviera que acceder a las prestaciones y beneficios de la Seguridad Social se pudiera seleccionar y recibir una prestación temporal ajustada a los ingresos que está recibiendo en ese momento la persona.
“Hay una disposición transitoria que tiene este decreto ley, que en los próximos dos años las personas pueden optar por modificar su escala. No es una cuestión obligatoria, pero las personas deben sacar sus cuentas. El hecho de mantenerse en las escalas actuales generará una pensión mucho menor que la posible sí contribuye de una manera diferente”, acotó
Otra de las cuestiones que fueron modificadas, en lo concerniente a los Regímenes Especiales, era que había reglas para complementar el tiempo de contribución con el tiempo de servicio laborado en el sector estatal. La titular de Trabajo y Seguridad Social dijo que anteriormente eran 10 años para la pensión por edad, tenían cinco años para la pensión por edad extraordinaria y dos años para las prestaciones por invalidez total.
“Las personas, en particular las que pasaban del sector estatal para el trabajo por cuenta propia, no lograban completar los 10 años de contribución y no generaban ese derecho”, afirmó. Se produjo -agregó- una reducción del tiempo de contribución mínimo para tener derecho a esas prestaciones, actualmente para la pensión ordinaria son cinco años, tres para la presión extraordinaria y dos años para la pensión por invalidez total.
Este Régimen tiene un beneficio adicional, antes los trabajadores por cuenta propia contribuían un 25% de la escala salarial que habían elegido y las cooperativas tenían el 20% “decidimos homologar a todos los actores económicos con el 20 %”.
Los trabajadores contratados por las MIPYMES y por las cooperativas no agropecuarias están sujetos al Régimen General de Seguridad Social. “La persona jurídica que los contrata tiene una obligación con esos trabajadores, la seguridad social es una contribución compartida, además de contribuir el trabajador, lo hace por ellos la cooperativa o la MIPYMES”.
La ministra dijo que una de las quejas que tenían los trabajadores por cuenta propia era que tenían una cuantía fija del 60% de esa base de contribución. Algunas personas tenían más de 30 años de servicio. En el sector estatal, por cada año de servicio que tenga luego de los 30, se le va incrementando un por ciento “esa forma de cálculo también está incluida en esta norma jurídica, por tanto es beneficio y resulta necesario que las personas analicen en qué escala de contribución se quieren fijar”, acotó.
¿Cómo será el salario en las MIPYMES estatales?
La ministra de Trabajo y Seguridad Social informó que se realizó un diseño en el sistema empresarial que se está iniciando por el sector del turismo, las Fuerzas Armadas Revolucionarias y Biocubafarma, donde no se aplica la escala salarial. La escala -dijo- ha tenido muchos cuestionamientos, porque tiene una estructura piramidal, donde los obreros están en la base inferior, después vienen los trabajadores de servicios, los administrativos, los técnicos (de nivel medio, medio superior y superior) y encima los dirigentes.
En dependencia de la entidad que se trate, el más importante puede ser el que tiene la categoría de obrero “puede que ese operatorio tenga nivel superior, pero como está en la escala inferior tiene un salario deprimido”. Por ejemplo, los linieros en la Empresa Eléctrica, los operarios de las Centrales Termoeléctricas.
La propuesta que se aprobó rompe con ese principio, “se faculta a la entidad para hacer un diseño de su sistema salarial, adecuado a sus condiciones y a la importancia que tienen los cargos”. Feitó Cabrera alertó que este diseño requiere la participación de los trabajadores y debe estar aprobado por ellos en un convenio colectivo de trabajo, donde juegan un importante papel los sindicatos.
“Se construye de una parte fija del salario y otra móvil, que está en dependencia de los sistemas de pago que se diseñen y apliquen en esa entidad. Además de la distribución de las utilidades”, dijo.
La titular de Trabajo y Seguridad Social informó que esto se va a comenzar en el mes de septiembre y se está haciendo un trabajo serio y a conciencia en estas entidades antes mencionadas. Además se preparó al sector empresarial del país para que pueda a partir del año próximo aplicar esta política.“Los nuevos actores económicos van con los arreglos, y esa flexibilidad en el sistema salarial, tal cual sucede en el sector no estatal”, explicó.
¿Cómo será el proceso de inscripción de los TCP?
“Queremos transmitir total tranquilidad, la norma establece hasta un año para realizar el proceso. Nosotros hemos diseñado un sistema donde se va a inscribir de oficio a todos los trabajadores por cuenta propia, por lo tanto el día 20 que entrarán en vigor las normas no hay que hacer ninguna acción adicional”, aclaró.
Asimismo añadió que se mantienen vigentes todos los permisos que actualmente tienen los TCP, como una licencia sanitaria, operación de transporte, contrato de servicios con Etecsa o Correos de Cuba.
¿Quiénes deben ir a las oficinas de trámites? Las personas que quieran inscribirse como nuevos TCP o si desean ampliar el proyecto de trabajo que tienen “con todas las flexibilidades que se han brindado, porque no hay un alcance establecido, sino que el alcance lo determina el trabajador”.
¿Pueden los inspectores retirar la licencia de los TCP?
Se está realizando un perfeccionamiento de todo el sistema de inspección de los órganos locales del Poder Popular y uno de los objetivo que persigue es “lograr la transparencia y eficacia de la inspección”. La inspección debe estar dirigida-indicó la ministra- al enfrentamiento a las ilegalidades. “Los TCP cumplen con sus obligaciones y tiene un estatus disciplinado en su funcionamiento, vamos a ir sobre las ilegalidades que se estén produciendo en el territorio”.
Las infracciones se clasifican en tres grupos: menos graves, graves y muy graves. “Las medidas que se ponen principalmente son las multas y otras accesorias como el comiso de los productos, la obligación de hacer, y en el caso de las infracciones muy graves procede el retiro de la autorización.”
¿Cómo es hasta que entre en vigor las normas? El inspector obligatoriamente tiene que poner la multa y retirar la autorización “se actúa de manera obligatoria”.
La política tiene una diferencia, pues además de reclamar administrativamente, si no estás conforme con la respuesta puede llegar a los tribunales. “Se crea también el cargo de supervisor que va a existir a nivel de provincia y de municipio. Este se encargará de comprobar el actuar del inspector”, dijo la titular de Trabajo y Seguridad Social.
Alcance territorial de las cooperativas no agropecuarias y las MIPYMES
En un segundo momento del espacio, la viceministra de Economía y Planificación, Johana Odriozola Guitart informó que se ha eliminado el límite del alcance territorial para las cooperativas, “y las micro, pequeñas y medianas empresas no están naciendo con esta limitación”.
De hecho, –añadió– hay una facultad similar, tanto para las CPA como para las mipymes, que es la posibilidad de abrir los establecimientos que entiendan en cualquier lugar del país, siempre que no sea un ente con personalidad jurídica.
“Pueden abrir sucursales y tener representaciones o brigadas que les permitan realizar su trabajo en distintos lugares, siempre que no constituyan entes. Es una facultad establecida para ambos actores. Las actividades que están permitidas son parte del objeto y este no está restringido al lugar donde estén domiciliados o donde ejerzan la actividad”.
¿Pueden las cooperativas no agropecuarias y las MIPYMES acceder a créditos en CUP y MLC?
La viceministra se refirió a las normas publicadas el 19 de agosto, entre las cuales existe una resolución del Banco Central de Cuba que establece el acceso a los créditos en CUP a las CPA y a las mipymes.
“Ya existía una norma para las cooperativas no agropecuarias y ahora se incorporó a las mipymes para que puedan ser sujetos de créditos u otros productos y servicios financieros y bancarios. Pueden acceder a estos créditos en moneda nacional tanto para capital inicial, de trabajo o inversiones”.
En el caso de los créditos en MLC, Odriozola Guitart señaló que se trata de un diseño en el que se está trabajando. “Para otorgar financiamientos en esa moneda tendríamos que estar en presencia de sujetos que tengan ingresos en esa moneda y la capacidad después de devolver esos financiamientos, de ahí la posibilidad de retener dinero por exportaciones o liquidez por las ventas al Mariel o para la venta en las tiendas MLC”, explicó.
Reiteró que es un diseño en que se está trabajando, pues “es una necesidad que los actores puedan tener acceso a una moneda con la que hoy necesariamente hay que contar para poder adquirir determinados bienes e insumos”.
¿Trabajadores no mencionados y socios?
Odriozola Guitart recordó que la norma de las mipymes “es peculiar porque está regulando una sociedad que no existía en el ordenamiento jurídico. Por eso, parte de la norma, más que regular la mipyme, lo está haciendo al tipo de sociedad de responsabilidad limitada y a todo su funcionamiento interno.
“En la mayoría de los países las normas de los mipymes son cortas. Dicen a qué se dedican, cuál es el indicador y las políticas públicas, pero todo lo demás discurre por el resto del ordenamiento que exista en esos países. Al no tener nosotros una ley de sociedades que responda a cómo funcionan, la norma de las mipymes tuvo que suplir esta carencia”.
Resaltó que una de los artículos fundamentales del decreto ley dice que “los trabajadores de las mipymes tienen el mismo derecho que el resto de los trabajadores en la legislación”.
“La idea es concebir una norma que no replicara lo que ya existía porque bajo el fundamento de las condiciones similares todo lo que exista para el resto de los actores, que fuese aplicable, debe discurrir por el mismo camino y con las mismas normativas. Todo ello, con el objetivo de no hacer una regulación puntual que no tendría sentido si estamos hablando de que la regulación es la misma”.
¿Habrá capacitación y asesoría?
Sobre este asunto, la viceministra comentó que se trabaja aceleradamente. “Primero, porque hay que capacitar a distintos actores: emprendedores o trabajadores por cuenta propia que quisieran reconvertirse. También a las demás instituciones que intervienen en el proceso de creación y acompañamiento económico o jurídico, a los organismos de la administración central del Estado y los entes controladores”.
Explicó que se ha concebido una capacitación para los distintos destinatarios de las normas. “Esta semana se han estado grabando cinco teleclases que serán transmitidas la próxima semana por el Canal Educativo. Estas tienen que ver con los cambios en el trabajo por cuenta propia, el sistema tributario y el resto de los actores como las CPA y las mipymes”, informó.
Asimismo, dijo que se han pensado capacitaciones para los propios emprendedores, a partir de unos videos cápsulas que se están grabando.
También se refirió a que existe un diseño de asesoramiento jurídico para que todos estos actores puedan contar con este servicio. “Este lo brindan tanto las consultorías jurídicas, como los bufetes especializados y de la Asociación Nacional de Bufetes Colectivos”, precisó.
¿Qué papel juegan las consultorías en la creación de las MIPYMES y las CNA?

Vladimir Regueiro Ale, viceministro primero de Finanzas y Precios. Foto: Roberto Garaicoa.
Vladimir Regueiro Ale, viceministro primero de Finanzas y Precios, comenzó su intervención en la Mesa Redonda refiriéndose al papel de las consultorías en el proceso de creación de las MIPYMES y las CNA.
“Uno de los grandes retos que han tenido las instituciones en el diseño y la implementación de normas y ordenamiento de los nuevos actores económicos, está en la capacitación de funcionarios, especialistas, y también de esos propios actores: los que ya están, que irán a una transformación, por elección, y los que se enfrentan al diseño de un nuevo proyecto”, dijo.
Regueiro Ale catalogó el tema de complejo: “Estamos conscientes de ello. El Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) tiene seis nuevas normas para regular la tributación de esos actores económicos, con diferencias marcadas, de acuerdo con sus características”.
Comentó que se incluyen no sólo cuestiones tributarias, sino contables; de análisis de la operatoria y normativas financieras. “Requiere de un conocimiento especializado, una atención particular para cada proyecto o negocio que se diseñe. Esto puede superar la capacidad de gestión que tengamos en las oficinas de administración tributaria, direcciones de economía o en las propias oficinas de trámite”.
El viceministro primero insistió en la necesidad de establecer alianzas con las entidades del sistema empresarial. “Sobre todo con el Grupo Caudal, atendido por la ministra de Finanzas y Precios, donde hay experiencia acumulada sobre temas financieros, y se ha trabajado con varias empresas”.
Detalló que hay unos 282 especialistas en disposición de brindar un servicio básico durante el primer momento del ordenamiento. “Lo relativo al compendio normativo sobre las elecciones y las posibles variantes que pueden adoptar para el diseño de sus proyectos”.
Regueiro Ale apuntó que esta facilidad de consultoría, implementada a partir del 1 de septiembre, será gratuita para los actores económicos. “No se cobrará por esta asesoría inicial, esencialmente, sobre la aplicación de las normas, su interpretación y las propuestas del ordenamiento de los proyectos”.
Además, en la página del MFP, y en las de cada una de las consultorías se comenzarán a divulgar las formas de acceder a estos servicios.
Aseguró que esas entidades también están capacitadas para asesorías más complejos como estudios de factibilidad, los que se ajustarán a las tarifas establecidas.
¿Qué diferencias hay entre la tributación de las CNA y el resto de las figuras económicas?

Las características de gestión de las cooperativas hacen que el pago de tributos se diferencie del resto. Foto: Escambray.
En cuanto a las diferencias de tributación de las cooperativas no agropecuarias con el resto de las figuras económicas, Vladimir Regueiro Ale apuntó en la Mesa Redonda que se debe a que “se trata de una forma de gestión más social, característica de las cooperativas no agropecuarias o a las formas cooperativas de gestión de una actividad”.
El viceministro primero de Finanzas y Precios aclaró que lo anterior no deriva de la última transformación económica, sino que es un principio de la política tributaria, aprobada en el 2012, como consecuencia de la implementación gradual y consciente de la ley del sistema tributario (113).
“Lo que hemos hecho en estos momentos es adecuar la normativa general a los actores que van surgiendo”.
Precisamente, se privilegia a las CNA por esos principios asociativos de producción y de distribución, según lo que va aportando cada uno de los socios. “No es la renta del capital, como el caso de otras entidades”.
Además, dijo, que se beneficia también tributariamente a algunas formas del sector cooperativo agropecuario. “Es un respaldo, un incentivo a todo el cooperativismo; coherente con la visión de un país socialista y con los principios generales de la tributación”.
¿Cuándo las nuevas formas de gestión empezarán a tributar?
Vladimir Regueiro Ale, viceministro primero de Finanzas y Precios, explicó que se empezará a pagar los tributos con la entrada en vigor de las nuevas formas, el 20 de septiembre.
“Estaríamos cerrando ese mes y los ajustes comenzarán a realizarse en octubre. Hay adecuaciones—desde el punto de vista formal— como la de generalizar para mejorar el control y lograr la transparencia de las contribuciones de los contribuyentes, a través de la presentación de la declaración jurada”.
Comentó que se ha previsto que la generalización transcurra a partir del próximo ejercicio fiscal. “La norma recoge la obligación de que todos los trabajadores por cuenta propia, no importa el régimen en que estén, presenten declaración jurada a partir del 1 de enero de 2023, o sea, ahora solo tendrá que hacerlo quién esté obligado por las reglas actuales”.
Igualmente, explicó que la transición de una forma de organización a otra no implica que se trasladen las obligaciones. “Son responsabilidades muy independientes”.
Aseveró que nunca la sociedad asumirá las deudas de la persona natural. Al concluir precisó que “todo trabajador por cuenta propia que cesa en una actividad está obligado a ofrecer una declaración jurada en el término de 15 días y siempre están previstas las posibilidades de adecuar el cumplimiento a las actuales condiciones de enfrentamiento a la COVID-19”.
¿Las MIPYMES pueden dar un regreso al Capitalismo?
El viceprimer ministro enfatizó que la aprobación de los nuevos actores de la economía están en total correspondencia con el modelo económico cubano y la Constitución.
“Hoy en esta Mesa Redonda hemos hablado todo el tiempo de socialismo. Conversamos sobre seguridad social, de protección a los trabajadores, de limitación de la concentración de la propiedad y la riqueza, de la creación de fórmulas tributarias que favorecen a las formas de gestión más social. Estamos ante un perfeccionamiento de nuestro modelo económico basado en nuestros principios socialistas”.
Añadió que con esta estrategia no se pretende restaurar el capitalismo en Cuba. “No es lo que quiere nuestro pueblo. Estamos perfeccionando nuestro modelo porque la economía tiene que respaldar nuestro socialismo. Tenemos que alcanzar una economía eficiente que en medio de las restricciones impuestas por el bloqueo, sea capaz de sobreponerse a eso y que sea capaz de crear la riqueza y los bienes que respalde un proyecto social inclusivo”.
Todo esto, añadió, bajo el principio de equidad. “No queremos un proyecto capitalista y de corte neoliberal y por tanto hemos prestado especial atención a la protección a los trabajadores y el régimen de seguridad social. Es un socialismo más moderno, más inclusivo”.
Reconoció que el país necesita mayor eficiencia en la economía y que se diversifique. “Buscamos mayor competitividad y lograr incentivos para que la economía se mueva por mecanismos menos administrativos y si por incentivos financieros”.
“Vamos a alcanzar un país con mayor coherencia, donde las personas puedan desarrollar su proyecto de vida. Esto es más socialismo y más Revolución”.
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Periodista cubano, Director General de IDEAS Multimedios y del portal web Cubadebate, el sitio Fidel Soldado de las Ideas y del programa de la Televisión Cubana "Mesa Redonda". Dirigió otras publicaciones cubanas como Somos Jóvenes, Alma Mater y Juventud Técnica. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómez en TV en 2018. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. En Twitter: @RandyAlonsoFalc
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Director de Creación de Contenidos de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda y Cuadrando la caja. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómezen 2024. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@ideasm.cu En Twitter: @OscarFigueredoR
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Periodista de Cubadebate. Graduada de Periodismo en la Universidad de Pinar del Río (2014). En 2019 se habilitó como narradora-comentarista deportiva (ICRT). Máster en Entrenamiento Deportivo (2020). Colaboradora del programa televisivo Mesa Redonda.
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Periodista de Cubadebate. Graduada de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana (2019). Contacto: dinella@cubadebate.cu En Twitter: @dinella_garcia
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Jefa del Departamento de Coordinación Editorial, Análisis y Comunicación de IDEAS Multimedios. Sus trabajos son publicados en Cubadebate y la Mesa Redonda. Graduada de Periodismo por la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el 2020. Ha obtenido premios y menciones en el Concurso Nacional de Periodismo "26 de Julio"
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El cubano es cabezón, yo los dejara que importen directo (maquinaria, insumos y materias primas propias para su actividad), para que choquen con las realidades de sus deceso cuando se trata de cuba.
Verán cuanto les cobran aquí, pero también cuanto les costó, mas gastos de avión, embarque en planta, trasladó a Cuba, impuesto aduanero, traslado a su entidad, hospedaje en el exterior y pago al gestor si es un asalariado.
Ya después sacaran sus cuentas al igual que la exportación, especialmente contra compra en plaza.
Creo que te deben cobrar lo mismo que te van a cobrar si lo haces tu o no pq aparte de todo ese gasto tienes que pagarle a la empresa estatal lo de ellos. Al final las personas tienen que tener la oportunidad de escojer cual prefieren y el estado cobrar impuesto.
Con todo lo que mencionas, te aseguro que saldrán mucho mejor que por una Empresa Estatal, lo que dices denota que nunca has tenido que sufrir a una Empresa Importadora, precios altos, ineficiencias, desconocimiento de lo que se quiere importar, incompetencia y meses de demora para recibir el producto, cualquier cosa nueva que venga será mejor que lo que está
se puede ser tcp , trabajor estatal ,y socio de mipyme.
Estimado Diago, en virtud del artículo 28 del Código de Trabajo, usted podrá realizar otras labores luego de cumplir los deberes del cargo que desempeña.
Muy interesante e insteuctiva la,MR de ayer y muybueno el resumen elaborado por Randy y demas,periodistas de Cubadebate.
Pero opino que,falto aordar y preguntar sobre,el Consejo Nacional de!Actores Economicos, aunciada en una,entrevista,semas atras, e, particular,sus,funciones, forma,d,funcionamiento y participantes. Asi como cual seria las formas y vias de relacionamiento con los organos,estatales.Quizas,etas,respuestas,pudieran publicarse esta semana como coomplemento a lo abordsdo en la,MR.
Saludos,revolucionarios
Claudio Vigoa
Y siguen sin explicar por lo menos el POR QUE ciertas actividades profesionales q conocemos no se pueden ejercer de manera privada, y POR QUÉ el privado no puede importar/exportar directamente sin intermediarios estatales.
Las respuestas "así está establecido", "es la política aprobada", "son empresas especializadas" no dan respuesta a esas interrogantes y denotan falta de transparencia en ese sentido.
Detrás de cada decisión hay una razón y la población necesita y quiere saber, hasta ahora solo dan respuestas evasivas a esos puntos sin llegar a la raíz del asunto.
Un saludo.
la idea es que esas empresas sean capaces de abastecer el mercado interno y que tengan conocimiento de la demanda. Con esta idea están hace años haciendo aguas el desarrollo de la economía. Mientras q un actor económico no tenga libertad q insumo obtener y en q mercado trabajar no se ira a ningún lado. Nadie q una materia prima q le cueste 1 pesos aqui va a comprar una fuera del país a 10 pesos. Cuba está bloqueada x EUA y está era una vía para burlar ese bloqueo y hacer incrementar la oferta casi inexistente en estos momentos. Ya se nacen con problemas
hola , soy joven ingeniero y tengo la intension de montar una minindustria , la materia prima la tengo .Necesito cierta ayuda financiera para bomba de agua y otros recusos paraempezar, el banco da este tipo de prestamo?
Si uno de los grandes problemas de Cuba es el bloqueo y no se pueden importar equipos con tecnologia americana no entiendo pq no dejan al pueblo importar los equipos. Yo como TCP puedo viajar y comprar los equipos necesarios para desarrollar mi trabajo pq hay que pagarle a una empresa del estado para que sea intermediario eso seria en el caso q no quiera viajar
En afirmaciones como: ' ... lo que tenemos que TRATAR de desarrollarla (*la importacion estatal) de la forma más eficiente POSIBLE.', está la clave de la por qué se pierde la pelea contra el bloqueo. Si usted no se propone llegar a una meta, sino intentar alcanzarla de la forma mas afín a su conveniencia, usted lo que está es fingiendo, o no es la persona idònea para liderear esa tarea. Enmarcando la importación estrictamente dentro de las stribuciones estatales, usted la está lastrando con el 90% de los problemas que no dejan avanzar nuestra economía (restricciones del bloqueo, mala administracion, falta de sentido de pertenencia y motivación individual, corrupción, no idoneidad del personal). Simplemente, usted está quitándole al Estado todas las responsabilidades hacia un proyecto, pero le está confiriendo al agente importador la autoridad para hacerlo realizable. No hay ni qué mencionar para todo lo que se presta esta situación; incluido el hecho de que el Estado 'tome' del dinero que usted le adelantó lo que entienda conveniente para otros fines. Lo siento, pero creo que lo que más se está buscando con esto es liquidez, fondos en divisa con los cuales hacer malabares para cumplir determinados compromisos financieros en ausencia de turismo, colaboración y remesas.
Tienda MLC + Fincimex
EL CLIENTE... ya no tiene la razón?
¿Acaso el viejo axioma de mercado y mercadotecnia «el cliente siempre tiene la razón», ha perdido vigencia. ¿Acaso ya no es el cliente lo más importante para fomentar esa imprescindible «demanda» dentro de los resortes del mercado? ¿No sigue siendo vital su acción en el par de categorías (de mercado) oferta-demanda?
Estimo que NO ES ASÍ para los directivos de la tienda en MLC sito en 25 y 12, el vedado, de acuerdo con la rarísima explicación emanada desde su Gerencia, y que involucra a Fincimex. Tienda que, a la sazón, podría erguirse como ejemplo de ineficiencia demostrada y abundantes sinsabores de cara a la población que, obligada, concurre a sus predios. La demora en sus colas, amén de ser estas pequeñas, es siempre demasiado controversial.
Por lo general, cinco o seis «funcionarios» cuidan la cola —que, repito, no es demasiado populosa—: un oficial del Minint, un agente de la PNR, un funcionario del Gobierno y dos o tres o hasta cuatro miembros «voluntarios». En cambio, la cola que ellos controlan «bajo techo», cuenta con apenas diez pobladores, de los cuales solo entran tres o cuatro a la vez al interior del local. Como norma, siempre hay (dentro) muchos más trabajadores y cuidadores que clientes, algo difícil de comprender en términos de eficiencia y gestión mercaderiles, pues, el objeto de la tienda ha de ser servir y vender, y no «merodear».
Este 30 de agosto de 2021, sucedió así: Luego de una larga espera (al menos, una hora) de una cola corta en la esquina de enfrente a la tienda (muy incómoda, pero demasiado «estratégica», al decir de los pobladores congregados allí bajo el calor fulminante y las retozonas hormiguitas que no cesan de picar), y luego de otra media hora bajo techo, por suerte, a la entrada de la tienda, y una vez comenzado (dentro) un fuerte careo o confrontación entre clientes y trabajadores de la tienda, alguien —ese compañero que siempre se muestra tan respetuoso— decidió «informar» al Pueblo o, en el argot popular, «darnos la cara»... ¡Y allá fue eso!...
«Familia, atiendan acá... desde el ciclón —creo que se referían al huracán Ida—, las tarjetas de Banco Metropolitano están dando problemas, y al pasarlas por el pos, puede que "pasen", pero también ha sucedido a menudo que se elimina el saldo total al cliente —o sea, desaparecen esos "quilitos" que a unos pocos o muchos nos salvan cada mes—. Claro, de suceder esto, ustedes pueden reclamar en tres días hábiles y en un plazo de otros diez días hábiles se les reintegraría el dinero a la tarjeta».
Ufff!!!... Por supuesto que cundió el pánico, y los más «aterrorizados» o quizá más prudentes, nos retíranos de aquella rara y espinosa cola, muy corta, pero demasiado demorada...
No se me olvidarán jamás las palabras de la «representante» de la tienda: «Nosotros contactamos a Fincimex» (...) Lo que vendría a continuación, dicho por ella con pretenciosa liviandad, a muchos nos pareció —y sigue pareciéndonos— un error craso, en caso de que no se haya tratado de una «cámara oculta»...
Dijo Fincimex: «El problema es Nuestro, pero la responsabilidad es del Cliente». O sea, el escollo (trauma tecnológico) lo ponemos Nosotros (Fincimex+tienda MLC), pero el riesgo y la responsabilidad (de perder SU saldo), corren a costa del Cliente, así como las molestias (posteriores para tramitar, en alrededor de una quincena de arduas gestiones, la reposición de su saldo «secuestrado» por el pos)...
Se trataba, ni más ni menos, de... «lo tomas lo dejas». Así de simple... ¡¿Así de simple?!
Y muchos de los pocos «atrapados» allí, todavía necesitados de los servicios y productos de la infecunda tienda, atónitos y mirándonos unos a otros, nos preguntamos qué objetivo tendría mantener una tienda abierta cuya esencia sería generar problemas y sinsabores. Y nos marchamos de allí murmurando:
Acaso... EL CLIENTE... ¿ya no tiene la razón?
Cuando realice la lectura de toda la base legal que se emitió para regular las mipymes, no me quedo claro como es que estas van a operar con el mlc o sea la capacidad liquida en divisas, solo se hablo de cuentas bancarias en cup, me pregunto como van a ingresar dolares o euros si no hay cuentas bancarias para ello? Expliquen eso, este tema es importante porque sin eso no hay exportaciones ni imporraciones, ademas si el mercado es en efectivo como se captan esos ingresos??
Es necesario, en mi opinión, muy necesario que la calidad de lo que ofertas esas microempresas o microcoperativas esten acorde a los precios y las necesidades de la población, porque un tomate que no es pure de tomate uno lo compra una vez, pero dos no, asi con el vinagre, vino, dulces etc.
También es importante se revise el tema de maduración con líquidos, o vaya ud a saber, por los daños que ocasiona, costumbre casi generalizada en nuestros abastacedores de frutas y que nadie , hasta el momento, ha tenido en cuenta a la hora de analizar la inocuidad de los alimentos
Los que hicimos expediente que fueron entregados al MFP, esperando aprobación del Consejo de Estado tienen algunas prioridades
Se señala se están "constituyendo" mypimes estatales para que asuman gestiones de importación/exportación. ¿Cómo es posible, si aún la norma no ha entrado en vigor?
Esto es un disparate. No autorizar la creación de empresas (ya sean micro, medianas o pequeñas) para prestar servicios profesionales es un criterio no solo de desvalor del trabajo profesional sino también un ataque a la calidad que genera la competencia. Es asumir que los profesionales deben trabajar solo en entidades autorizadas si quieren ejercer su profesión es un lastre que ojalá sea eliminado con la inmediatez requerida.
El TCP paga el 10% el 5% . Tambien el 5% del salario pagado. Paga su seguridad social.
Que mas paga ?
Aplaudo las decisiones que se están tomando con el perfeccionamiento de la empresa estatal, el TCP, las CNA y la creación de las MYPIMES. Esta es una tarea muy compleja, si dudas. Aunque, realmente los argumentos sobre las actividades profesionales no permitidas no son aun suficientes.
Reitero mis valoraciones sobre una de estas actividades profesionales no permitidas.
El caso particular de la contabilidad como actividad profesional, tanto en TCP como en MYPIMES, es una necesidad que se impone en el corto, mediano y largo plazo. Ya no estamos en el momento de que todas las empresas tengan su contador como empleado. Por eso se impone el ejercicio de la Contaduría Pública (bajo el cumplimiento de una legislación propia para el ejercicio de la profesión) ya sea en la figura del Contador como TCP, o que se formen MYPIMES como firmas de Contadores Certificados, donde sus actividades sea prestar los servicios de Contabilidad, asesoría tributaria, etc, etc.
Con estos actores se está hablando de una empresa privada o mixta, y debía exigirse que se lleve la Contabilidad y los estados financieros se firmen por un CONTADOR, como ocurre en el mundo. Eso será salud para la economía de las empresas y para la economía del país. Si no se hace ahora, llegará el momento de hacerlo, porque entonces veremos a los "Tenedores de Libros" (con cualquier formación) llevando todo lo que es contabilidad, bajo la sombrilla de la “teneduría de libros” lo que es incorrecto.
Seguimos en el debate, por el bien del país.
Y de nuevo evitando las preguntas más importantes
1- La materia prima de dónde saldrá??
Si son del mercado nacional será un desastre y será lo mismo,los estatales Cohen para venderles al privado
2-Los bancos darán créditos en MLC??
Si no es así será un desastre
3- podrán Importar mercancías??
Si no pueden entonces el estado le encarecerá el valor a su gestión a través del Ministerio de la Inversión Extranjera.
Si quieremos q esto funcione bien deben de valorarse estás cuestiones
Apoyo la voluntad de avanzar tejiendo un paño de relaciones económicas propio que responde a nuestras características de socialismo, algo inédito como debe corresponder a cada proceso revolucionario, ajustado a sus condiciones concretas, y no es difícil comprender que Cuba se desarrolla en condiciones muy específicas atravesadas todas por la política de agresividad del imperialismo norteamericano. Se hace camino al andar y ningún temor a equivocarnos puede frenar la energía de las transformaciones, como proceso histórico estamos sujetos a la autocrítica, la rectificación y el reajuste como garantía para seguir adelante. Lo que se presenta lo veo pensado, sistémico e innovador.
Se ha hablado de la igualdad de condiciones para los actores económicos y para los trabajadores de estos actores. Al respecto me queda una duda.
No se precisa en ninguna de las normativas emitidas la distribución de las utilidades a los trabajadores de las MIPYMES. Si bien se plantea que en la distribución de las utilidades se pueden crear reservas voluntarias, no queda de forma explícita, lo cual debería fijarse como obligación en el Decreto Ley, ya que se pone en desventaja a los trabajadores de este sector.
La distribución de las utilidades a sus trabajadores en las empresas estatales y en las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubanos se regula por la Resolución 124/2021 del MFP, pero las MYPIMES no clasifican en esta resolución.
Seguimos en el debate por el bien del país.
Buenas tardes.despues de leer el articulo,y leer los comentarios de los foristas,sus opiniones,sigo insistiendo en lo mismo,LIBERESE TODAS LAS PROHIBICIONES,DESDE LA A HASTA LA Z,A TODOS LOS NIVELES,A TODAS LAS EXTRUCTURAS,ES LA UNICA FORMA DE AVANZAR,Y ES UNA DE LAS FORMAS DE TIRARLE UNAS CUANTAS TROMPETILLAS AL BLOQUEO NORTEAMERICANO,es mi humilde opinion,de lo contrario,seguiremos en las mismas
Buenas tardes, se podra crear una mipymes de control de plagas ( vectores y fitosanitarios ), con capital foraneo o nacional?
Buenas tardes, con la persecución a que están expuestas las empresas cubanas en el exterior por parte del Deparatmento de Estado de EE.UU y de la OFFAC y todos aquellos que en el exterior pretendan comerciar con Cuba y las empresas que son propiedad del estado cubano que es el centro del ataque del bloqueo, considero que la decisión de permitir el proceso de importación y exportación a los diferentes actores económicos que hoy están siendo aprobados solo a través de comercializadoras estatales, va a traer consigo para estos, lo que ya para el resto de las empresas estatales es rutina diaria y con lo cual todos los días nos tenemos que acostar y es la falta de eficiencia económica en la gestión económica de estas empresas las cuales en su mayoría se escudan en los efectos nocivos del bloqueo (que es verdadero). Entonces, yo pregunto: Cuando una comercializadora estatal salga al mercado a comprarle insumos a una o varias mipymes, por obra y gracia de quien, el enemigo no va a tratar de interferir para que no logre su objetivo porque dicha operación comercial está respaldando una actividad económica privada? No sería mas factible permitir la libre imp/exportación con las consabidas regulaciones arancelarias y aduanales para que realmente estas nuevas fuerzas económicas nazcan verdaderamente desatadas y de paso le sea mas dificil poner trabas y bloqueos a quienes intentan asfixiarnos. Gracias.
Una economía nacional donde para invertir y lograr grandes cosas necesitas el MLC no tiene futuro a largo plazo
Un hotel estatal con 50 trabajadores ubicado en un municipio tendra la posibilidad de convertirse en una mipyme.asi como una cafeteria estatal o restaurant con menos trabajadores todos enmarcados en las normativas de las mipyme en cuanto a cantidad de trabajadores, esa pregunta es un poco jocosa, pero hay que hacerla el turismo es vertical( nacional) no es territorial, no lo decide el municipio,ni la provincia cosa contradictoria pues se origina debido a los potenciales que posee cada localidad.Asi como pagar salario sin escala salarial lo veo muy lejano en el turismo por su subordinacion vertical nacional, primero hay que eliminar todas las osdes y convertirlas en empersas productores de bienes o servicios para poder desarrollar esta modalidad, la habana no se va a dejar arrebatar sus empresas nacionales para que se conviertan en locales, si esto sucediese entonces si estuvieramos hablando de autonomia territorial e independencia productiva. Esperemos que esto suceda
¿A qué se están refiriendo por "servicios profesionales", y por qué se está prohibiendo?
Saludos
En la nueva legislación, en particular las modificaciones a la ley 113, se modifica el artículo 26, referido a la escala progresiva para la determinación de la declaración jurada que se paga finalizado el año fiscal, agregándose un segundo punto, lo referido a las Mypimes con una escala, pero no se refieren a los TCP, quisiera saber si es la misma escala a aplicar.
Muy bien la implementación de las medidas,pero aun existen dudas.
Soy cuentapropista y tengo un kiosco de productos del agro en una finca en usufructo:
¿Pudiera vender productos procedentes del agro ya elaborados?
Por ejemplo;
Raciones de frijol elaborado
Pan con lechón
Comida ligera
Viandas fritas
Tamales y derivados del maiz .etc......
Por supuesto todo esto en local anexo cumpliendo con todas las medidas sanitarias que garanticen la inocuidad.
Su plan de privatización no funcionará, es inconsistente, hay muy pocas garantías y demasiadas restricciones. O abandonan el plano de la economía centralizada y le dan paso al libre emprendimiento que ha funcionado en el mundo entero, o seguiremos en nuestra deplorable situación actual.
Esto de las MIPYMES va a permitir a las empresas privadas realizar contratos con empresas estatales? Por ejemplo en el caso de un panadero, comprarle harina a IMSA o Molinera. Saludos.
Alguien me pudiera explicar cuál es el límite de la concentración de la propiedad y la riqueza? No parece algo prematuro cuando apenas se comienza? Acaso una micro con tres empleados es factor que limite tener otra por esta causa? Considero que lo importante en esta etapa es crear riquezas sin ataduras siempre que sea el resultado del talento y el esfuerzo y más adelante valorar cuáles son los límites de esa riquezas que hoy no están definidas.