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Cuba garantiza protección laboral y salarial ante situación con el nuevo coronavirus

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Se discutirán el plan y presupuesto de la economía para el año 2020. Foto: Trabajadores.

Trabajadores cubanos. Foto: Trabajadores.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social informó este miércoles sobre el tratamiento laboral, salarial y de seguridad social a los trabajadores previsto en el Plan para la prevención y control del nuevo coronavirus COVID-19.

Una nota divulgada por el organismo esclarece la política establecida ante enfermedades provocadas por epidemias como esas en Cuba, y señala que la protección a los trabajadores está garantizada.

La Ley No. 105, “Ley de Seguridad Social”, del 27 de diciembre de 2008, establece que procede el pago del subsidio cuando el trabajador presenta una enfermedad de origen común o profesional, o sufre un accidente común o de trabajo que lo incapacita temporalmente para laborar.

Durante el período de incapacidad se le concede un subsidio diario, excluyendo los días de descanso semanal, el que equivale a un porcentaje del salario promedio, de acuerdo con las normas siguientes:

  • Enfermedad o accidente de origen común: si está hospitalizado, el 50% y de no estarlo, el 60%
  • Enfermedad profesional o accidente de trabajo: si está hospitalizado, el 70% y de no estarlo, el 80%.

El empleador está facultado para determinar como ausencias justificadas los días en que el trabajador está impedido de asistir al trabajo, por razones de enfermedad o de otra índole, sin que para ello, en el primer caso, requiera acreditar una certificación emitida por el centro asistencial.

En estos casos no procede remuneración por concepto de salario ni prestación monetaria de la seguridad social, señala la nota del MTSS.

Cuando el trabajador se encuentre apto para continuar desempeñando sus funciones en el domicilio, se puede aplicar las modalidades de trabajo a distancia o teletrabajo, en las que él devenga el 100% de su salario.

La Ley No 116, “Código de Trabajo”, del 20 de diciembre de 2013, en su Artículo 44, prevé la suspensión de la relación de trabajo, entre otras causas, cuando por disposición legal o fuerza mayor, el trabajador no puede realizar el trabajo para el cual ha sido contratado.

Durante la mencionada suspensión se interrumpe temporalmente alguno de los efectos del contrato de trabajo, sin que por ello desaparezca el vínculo laboral entre las partes.

La relación de trabajo se reanuda cuando el trabajador se incorpora a su labor, por cesar la causa que dio origen a su suspensión, manteniendo las condiciones de trabajo anteriores a la misma.

El Decreto No. 326, “Reglamento del Código de Trabajo”, del 12 de junio de 2014, establece en su Artículo 34, inciso a), entre otras, como situación ante la cual se procede con la suspensión de la relación de trabajo, la decisión del Consejo de Defensa Nacional ante situaciones de desastres de origen natural, tecnológico o sanitario.

Por tanto, la suspensión de las actividades de trabajo dispuesta para las provincias, municipios o determinada región, se realiza a instancia del Consejo de Defensa Nacional.

En estos casos los trabajadores reciben hasta un mes, el pago de una garantía salarial equivalente al salario escala del cargo que ocupa y, de mantenerse la suspensión, la garantía es del 60%.

Durante este período, los trabajadores impedidos de asistir al trabajo debido a enfermedad o accidente, licencia retribuida o no, amparada en la ley, reciben el tratamiento regulado para cada caso en la legislación de trabajo y de seguridad social, según corresponda.

Una vez dispuesto el cese de la suspensión del trabajo, el empleador puede conceder licencia no retribuida a los trabajadores mientras se encuentran en las situaciones siguientes:

  • Se encuentran evacuados, trasladados a otra vivienda o requieran permanecer en la suya para su protección; y
  • cuando la madre o el padre tienen que hacerse cargo del cuidado del hijo menor al que se le ha suspendido la escuela o el círculo infantil, de no existir otro familiar que pueda sustituirle.

En Cuba, está garantizada la protección a los trabajadores y la ley concibe el tratamiento laboral, salarial y de seguridad social, según la etapa en que se encuentre el país.

(Con información de ACN)

Se han publicado 156 comentarios



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  • Camilo dijo:

    En el caso que un trabajador presente síntomas gripales y se aplique la medida de enviarlo a su hogar para que se mantenga aislado, este asiste al centro de atención primaria y no le detectan infección con el virus, pero debe mantenerse aislado por el término establecido y no puede hacer trabajo a distancia porque su cargo no lo permite, que tratamiento laboral y salarial le correspondería hasta tanto retorne a su labor?, no le corresponde remuracion?. Lo. Mismo pasaría con los casos que regresan del exterior y deben permanecer aislados aunque no tengan síntoma, y no puedan realizar trabajo a domicilio o teletrabajo, que sucedería en estos casos? , se considera ausencias justificadas sin remuneración por el tiempo que se encuentren aislados en su hogar?.

  • Yuneisy dijo:

    Hola estoy preocupada,yo tengo un niño de un año y me lo suspendieron por secreción nasal,mi niño desde que comenzó el círculo se me enferma de catarro,es normal,pero ahora no tengo quien me lo cuide,que me hago si no puedo contar con mi salario,yo soy madre soltera,y vivo sola con mis dos hijos,deberían de plantearse mejor estás medidas,porque nadie se quiere enfermar,está es una pandemia y además quién cuidara de mi niño di no cuento con nadie más,por favor pudo que consideren está medida para la madre trabajadora

  • Trabajadora preocupada dijo:

    Las madres estamos muy preocupadas con la situación del coronavirus. Hay trabajos como los informáticos que pueden realizarse en la casa y no es necesaria la presencia todos los días del trabajador en la oficina. Deberían como medida de protección y más para las madres trabajadoras darle la opción de que trabajen en casa y vayan un día al trabajo para conciliar información con el salario integro, al final cunplen la misma función en la casa donde pueden cuidar al niño que el el trabajo.

  • Yolainy Pulido Valladares dijo:

    Me dirijo a ustedes pues soy estómatologa, pienso que dentro del personal de salud corremos un alto riesgo trabajando directamente en la boca de los pacientes y es imposible tomar distancia y no contamos con la protección requerida.¿ Por qué no solo se ven las urgencias y debidamente protegidos?.

  • NELIE dijo:

    Estamos ante una situación extrema por que se aplican las mismas medidas salariales en caso de estar enfermo o en cuarentena

  • Lixsanys dijo:

    En el caso de trabajadores directos a la producción que tengan niños en escuelas,círculos infantiles o casas de cuido los cuales quedan suspendidos por una simple infección respiratorias,que se ven afectados en su producción diaria para culminar el mes,como se procederá al pago y estimulación de los mismos.

  • cubano_trabajador_VC dijo:

    Por Dios sean sensatos porque no pagan el 100% el salario hoy no alcanza para las necesidades básicas de los trabajadores, el objetivo es que el pueblo se aísle para prevenir contagiarse del covid-19, el que no le alcanza el salario tiene que salir a luchar y guapear el resto (con o sin pandemia) para cubrir sus necesidades y sobrevivir.
    Saludos

  • Jorge dijo:

    Es cierto que el DL y el Reglamento hablan de Pago de salario escala, sin embargo la Ministra de Ty SS habló ayer del pago del salario Básico.

  • Yanela dijo:

    Tengo dudas respecto a la nueva medida de otorgar una garantía salarial igual a la aplicada en la interrupción laboral a "las madres" que deban estar al cuidado de sus hijos de enseñanza primaria o especial. Este tratamiento es solo aplicable a las madres? o los padres pueden obtener también esta garantía en caso de no ser posible que la madre sea quien cuide de los mismos y sea el padre quien asuma esta tarea.

  • MIRE dijo:

    tengo un niño de 3 años de edad que esta en casa de cuidadoras particulares , a que medida me acojo para el cuidado de mi hijo ante el nuevo virus . Por favor explicanme si alguien conoce de esta medida.

  • Natalia dijo:

    Las nuevas medidas incluyen a las madres con hijos en enseñanza primaria y especial pero... ¿que protección tenemos las madres con niños en círculos infantiles? Yo por ejemplo no tengo derecho al pago por estímulo(la divisa) debido a q mi hija esta suspendida por catarro, algo que no es justo

    • M dijo:

      En mi caso me suspenden al niño del círculo por catarro y en mi centro de trabajo me dicen que tengo que solicitar la vacaciones que tengo acumuladas y luego pedir licencia sin sueldo... pues yo vivo con mi esposo y el es trabajador de salud como yo y mi mamá que es quien me lo está cuidando en estos momentos se encuentra enferma. Una pregunta El Círculo es obligatorio enn estos momentos o es opcional.

  • Racie dijo:

    Se debe pensar en los trabajadores cíclicos del turismo que Irán a sus casas sin salario

  • Elsy dijo:

    Soy trabajadora del turismo madre de un niño en edad escolar la persona que lo cuida no está dispuesta a salir debido a la situación,tengo derecho a salir interrupta o es obligado a que me saquen vacaciones.

  • Y dijo:

    Si estamis enfrentando una epudemia como ésta y es tan importante ebutar las aglomeraciones de personas por q en el municipio de Cmanayagua en la provincia de Cienfuegos se vendió picadillo y salchicha en las tiendas de divisa y las personas estaban aglomeradas a.pesar de q la autoridad estaba evitando eso fue por gusto porque seguian las personas aglomeradas para poder comprar algo de comer para sus casa yo tengo la duda de si q el gobierno del municipio esta o no autorizado para distribuir esos alimentos de tal forma q el pueblo tenga acceso de una manera organizada y q la mayoria pueda comprarlos por q no se hizo.

  • FL dijo:

    En el caso de las madres trabajadoras al cuidado de hijos en escuelas primarias y enseñanza especial a las cuales no les sea posible aplicar el teletrabajo o trabajo a distancia dadas las características de su labor y se acojan a lo establecido en el Código del Trabajo se les paga al 100 porciento de su salario básico el primer mes y al 60 el segundo, pero estas personas no tendrían derecho tampoco al pago por resultado ni la divisa...??necesito por favor aclaración sobre esto..

  • Lourdes González dijo:

    Se ha tenido en cuenta en las medidas adoptadas la protección laboral igual a los trabajadores interruptos a las madres que tienen hijos en la enseñanza primaria o especial y no poseen quien se los cuide.
    Mi pregunta está relacionada con el caso de las madres que tienen hijos en el círculo infantil y que no pueden llevarlo a pesar de que esten funcionando los mismos por tener enfermedades respiratorias agudas y/o procesos alérgicos que no pueden exponerlos a estas condiciones en que nos encontramos y no poseen otra persona en quien depositar el cuidado de los mismos. ¿Qué tratamiento laboral darle a las mismas? ¿No podrían ajustarse a los mismos principios? Aguardando su respuesta,atentamente, Lourdes

  • Eli dijo:

    Trabajo en una sucursal bancaria y debo estar este mes en casa debido a que tengo un hijo en escuela primaria que como todos sabemos en este momento se encuentra cerradas mi salario básico es de 375 pero con el pago por resultado sumo alrededor de 1200 mi pregunta es el pago por resultado no se cuenta??

  • YJM dijo:

    Mi esposa es trabajadora de un hospital provincial y tenemos un niño pequeño de 4 años y una de 14 años. La niña está en la casa por el cierre de las escuelas y el niño esta suspendido del circulo infantil por presentar catarro comun. En el centro de trabajo de mi esposa le comunicaron que ella se puede veneficiar con la ley que nuestro presidente informó del pago del 100% de su salario el primer mes y el 2do al 60% pues ella tiene que ser divorciada o no tener quien le cuide el niño pequeño que lo que puede solicitar es una licencia sin sueldo solo despues de haber consumido las vacaciones con las que cuentes en el momento. Y en este caso los dos somos trabajadores de salud con diferentes responsabilidades. Creo que de ser esto así existe una DESINFORMACIÖN pues esto no fue lo que se informó al pueblo.

  • Yo dijo:

    Y los trabajadores del turismo que no son fijos están sin salario en casa.
    Al cero%

  • Geisa del Carmen Martínez Sotés dijo:

    No había entendido que tenía que solicitar a trabajo la suspensión de mi licencia.Por favor necesito el # o dirección de trabajo al que me debi dirigir para hacerlo.

  • Coralia dijo:

    Tengo una vecina que tiene 2 niñas una de 4 años q no tiene círculo infantil y la otra está en tercer grado ella trabaja en seprocan y ahora con la suspensión de las clases se le ha complicado la situación pues su mamá le cuida la pequeña pero ya son dos y en su trabajo le dijeron q ella no podía acogerse a lo que dijo la ministra de trabajo que podía quedarse en la casa para cuidar de sus hijas y le pagan el primer mes al 100 porque esto no es para esta empresa dígame usted si es así o no

  • ibis dijo:

    Tengo una duda el salario devengado en divisa del mes pasado lleva algun estudio haber si lo pagan o no porq q yo sepa en esa fecha no c habian implantado las nuevas medidas gracias

  • Iris dijo:

    Tengo un niño de 18 meses no está en círculo infantil y la cuidadora no lo quiere cuidar porque está con catarro y no cuento con nadie más que me lo pueda cuidar en el trabajo me dicen que tengo que salir de licencia sin sueldo

  • Sheyla Rodríguez dijo:

    Hola soy trabajadora social estoy embarazada de 8 meses y hasta la fecha me encuentro trabajando en la Habana . Mi inquietud es con respecto a mi caso y a la situación actual que presenta el país , es saber que medidas se estan tomando con respecto a la asistencia al trabajo y el pago de salario ya que estoy dentro de los casos más vulnerables con alta probabilidad de adquirir el virus por estar embarazada pues mi trabajo consiste mayormente en visitar casas .Saludos

  • José Ángel Pupo López dijo:

    Tengo una inquietud necesito saber si una mujer que trabaja de pantrista en un hospital puede acogerse a la ley de la pandemia ya que tiene dos estudiantes y un caso de riesgo en su hogar que al ir a trabajar los deja solos

  • Eldis Froemta Montero dijo:

    Mi esposa es trabajadora de Mintur, de la cadena caracol en holguin, tenemos una niña de 7 años en el semiinternado, la cual, debe ir hacia la casa a cuidar a la niña, donde en este caso la cadena caracol holguin le esta sacando vacaciones y despues interrupción laboral al 100%, creo que ese tratamiento no es el que se ha indicado, quisiera saber con claridad el tratmiento correpcto, porque segun la ley debe darse tratamiento como se establece en caso de situaciones de desastres de origen natural, tecnológico o sanitario. por favor, no tengo claridad en estos casos y Caracol holguin esta actuando de la forma equivocada, le esta eliminando las vacaciones a los trabajadores que realmente la situación es diferente

  • Amarelys dijo:

    A Los trabajadores que pertenecemos al sector de la Educacion.especificamente los docentes se nos exige participar en el proceso de pesquisa exponiendonos ante el riesgo de ser contagiados,y de no hacerlo se nos descontará de nuestro salario pues nuestros directivos alegan que es una manera de justificar el mismo puesto que la docencia ha sido suspendida.Necesito saber si ante la ley esto puede ser posible y si tengo la opciòn de negarme sin perder mi salario.Saludos

  • Ana dijo:

    Si estamos bajo una epidemia,y hay ministerios que han parado,como el turismo,??por qué no se ha decretado el cese por situación sanitaria por la Defensa Civil ? Y se procede al pago cómo está establecido.Muchos trabajodores se están acogiendo a la licencia sin sueldo,sin aún no sabemos cuánto va ha durar está situación o hay una información que no está correcta,por favor necesitamos que se aclare también el procedimiento por interrupción labora

  • Henry castillo dijo:

    No tengo respuesta sobre mi duda a queja si yo no estoy enfermo por la pandemia pero solo soy contacto directo de un residente que vino del extranjero y dan certificado médico por eso o sospecha y estoy ingresado en mi domicilio como queda mi salario si yo no pedí estar en mi casa estoy sano gracias a dios espero respuesta pronto ya que el perjudicado soy yo

  • Iris dijo:

    Soy madre soltera trabajadora tengo un niño de 18 meses con catarro común y no tengo quien me lo cuide en el trabajo me dicen que tengo que salir de licencia sin sueldo y con que mantengo a mi hijo necesito me expliquen

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