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Preguntas y respuestas sobre Reglamento de Redes Privadas de Datos

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Con gran aceptación el Nauta Hogar, un servicio de navegación a Internet desde las viviendas particulares mediante la red telefónica fija, en Las Tunas, Cuba, el 16 de octubre de 2017. Foto: Yaciel Peña/ ACN.

Preguntas y respuestas frecuentes sobre la Resolución del Reglamento de Redes Privadas de Datos, publicada este miércoles en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

  • ¿A qué se refiere: “las redes cuyo titular es una persona natural se constituyen para dar servicios sin retribución económica”?

Expresa claramente que no pueden crearse con un fin económico del titular o cualquiera de sus miembros. No puede haber una relación económica por estar en la red o recibir sus servicios.

  • ¿Qué extensión en metros, kilómetros, etc. se definen para declarar una red PAN y LAN en la resolución?

Las redes no definen su extensión en metros o kilómetros, pues existen diferentes topologías y restricciones que hacen no conveniente definir por distancia o área. La red PAN tiene alcance solo al interior del domicilio.

La red LAN puede ser alámbrica siempre que no cruce la vía pública, si nos ubicamos en la ciudad, tiene que estar dentro de la manzana donde habita el que tiene el nodo de la red autorizada; y en caso de ser inalámbrica hasta donde alcancen los 100mW que se corresponden con aproximadamente 400 metros en espacio libre, es decir, sin obstáculos, sino es menor la distancia.

  • ¿Quién autoriza a los proveedores de servicios?

Existen varios proveedores de servicios que no son objeto de esta resolución como es el proveedor de Alojamiento y Hospedaje, el de Aplicaciones, el de internet al público, el de Infraestructura y el de servicios públicos, aunque pueden tener sus particularidades en general los proveedores de servicios públicos y privados los autoriza el MINCOM a través de las Direcciones territoriales de la Unidad Presupuestada Técnica de Control del Espacio Radioeléctrico (UPTCER).

  • ¿Cuáles son los servicios que pueden existir en estas redes?

La Resolución no establece, ni regula los servicios que puede dar una red privada a sus miembros. Entre ellos pueden estar, descarga de archivos, aplicaciones, juegos, actualizaciones de antivirus, parches de seguridad y otros que se puedan implementar, siempre que estos no afecten la integridad y seguridad del país, así como información contraria al interés social, la moral y las buenas costumbres.

  • ¿Cómo se controlará que no se cobre por prestar servicios a terceros en una red?

En una red LAN solo se puede dar servicios a los que pertenecen a la red aprobada, y sin cobro. La resolución respalda que cuando se detecte por las autoridades facultadas por cualquier vía (inspecciones, reclamaciones, denuncias etc.) existe respaldo legal para proceder contra la violación cometida.

  • ¿Cómo podría ser posible cobrar un servicio a través de una red privada debidamente autorizada?

La creación de la red privada solo puede brindar servicios a los integrantes de la misma que se han declarado en el momento de la autorización otorgada a la red y que se deben actualizar siempre que estos tengan cambios. Esos servicios se autorizan sin fines de lucro, por lo que no se pueden cobrar; solamente se concibe en la resolución esta posibilidad cuando sea de interés del operador público con el objetivo de extender sus servicios de red a lugares que este directamente no puede llegar; no obstante, esto se aplicaría a partir de la entrada en vigor de las disposiciones normativas que establezcan su implementación y hasta tanto se autorice este servicio como una actividad a realizarse como trabajo por cuentapropia.

  • Las redes existentes actualmente que no cumplen con los niveles de potencia establecidos en esta resolución, qué deben hacer. ¿Podrán solicitar su licencia de operación?

Sí, pero deben ajustar el equipo a la potencia establecida y solicitar la licencia de operación. No se podrá operar con una potencia superior a la establecida.

  • ¿Existe límite inferior para la potencia de los AP (punto de acceso)?

Solo se controla el límite superior de potencia para evitar interferencias en el espectro radioeléctrico y prevenir contra los efectos nocivos de radiaciones no ionizantes a la salud.

  • ¿Dónde se entregan las solicitudes para obtener las licencias de operación de redes?

Las solicitudes de Licencia de Operación para la Redes Privadas de Datos y/o de Redes Inalámbricas de Datos de alta Velocidad por las personas naturales o jurídicas, se realizarán mediante el llenado de un formulario en línea disponible en la sección de ¨Trámites¨ del sitio Web del Ministerio de Comunicaciones (www.mincom.gob.cu). Para acceder al formulario, debe primeramente autenticarse y seguir las indicaciones de la aplicación. En el caso de no disponer de acceso al portal Web del MINCOM, puede presentar su solicitud en las Direcciones Territoriales de la Unidad Presupuestada Técnica de Control del Espectro Radioeléctrico (UPTCER) perteneciente al Ministerio de Comunicaciones. Cada provincia cuenta con una, ubicada en el municipio cabecera.

  • Si dentro del periodo de validez de mi licencia de operación (2 años) se realiza un cambio de equipamiento o cambio de ubicación, ¿el usuario debe modificar su licencia?

Sí, debe solicitar la modificación de su licencia.

¿Si desea importar el equipo debe modificar antes su licencia?

No. Solicita la modificación cuando desee emplearlo

  • ¿Cuáles son los parámetros técnicos que se establecen para la importación de equipos que no requieren de un permiso de importación?

Si el equipo importado es por persona natural sin carácter comercial y este opera en las bandas de frecuencias de 2400 MHz a 2483.5 MHz y de 5725 MHz a 5850 MHz y cuya p.i.r.e máxima de transmisión no exceda de 100 mW.

  • ¿Se encuentran establecidas los procedimientos con la Aduana que permitan a una persona natural la importación de estos dispositivos?

Sí, se encuentran establecidos los procedimientos. El Ministerio de Comunicaciones publica en su sitio Web la marca y modelo de los dispositivos más comunes que cumplen los parámetros técnicos.

  • Los equipos importados por personas naturales ¿tienen que estar homologados?

Si el equipo importado es por persona natural sin carácter comercial y cumple con los requisitos expuestos en el punto 17 no requiere Certificado de Homologación.

  • De no estar homologados, ¿tienen que pasar el proceso de homologación? En caso de tener que pasar el proceso de homologación, ¿a dónde hay que dirigirse?

Solo requieren Certificado de Homologación los equipos importados por entidades comercializadoras que operen en las bandas de frecuencias de 2400 MHz a 2483.5 MHz y 5150 MHz a 5350 MHz, 5470 MHz a 5725 MHz y 5725 MHz a 5850 MHz y cuya p.i.r.e máxima de transmisión exceda de 100 mW.

En el caso de los equipos que requieran ser homologados, la solicitud se dirige a la Dirección General de Comunicaciones del MINCOM a través de un formulario que puede solicitar al correo electrónico tramites@uptcer.co.cu. A esta misma dirección de correo, envía el formulario una vez completada la información.

  • Si el equipo importado no cumple con los niveles de potencia establecidos en la resolución, ¿el MINCOM emitirá un documento oficial autorizando el empleo del mismo con limitación de potencia?

Si ese equipo es capaz de regular su potencia de forma de disminuirla hasta los 100mW o menos, puede emitirse la Autorización Técnica para la Importación.

  • ¿Un programador puede distribuir su aplicación informática, aunque sea dentro de su propia red privada, para un número pequeño de usuarios?

No existen limitaciones para que se pueda utilizar una aplicación en una red privada, siempre y cuando no se comercialice por el programador; pues para esto último requiere de una autorización del Ministerio de Comunicaciones como proveedor de servicios públicos de aplicaciones y una licencia como cuentapropista, aspecto este no habilitado todavía para personas naturales.

  • ¿Puede un usuario de Nauta hogar hacer una red interior?

Un usuario de Nauta puede constituir una RED privada modalidad PAN, sin requerir autorización.  En el caso de la red LAN, tiene que tramitar la autorización.

  • Si se tiene un AP (punto de acceso) con potencia menor a 100 mW en una ventana, mirando hacia otra ventana en un edificio enfrente (cruzando la calle) y este a su vez tiene otro AP con potencia menor a los 100 mW mirando hacia el primer edificio, en ambos casos sin antena exterior, ¿está permitido?

Sí está permitido, pero al estar radiando la señal hacia el exterior del domicilio no se considera una red RPAN por lo que lleva autorización. La definición plantea:

Instalación de antena en exteriores: instalación donde la antena de una estación o el equipo que contiene a esta, se encuentra fuera de una habitación, ejemplo: azoteas, portales, balcones, patios exteriores, entre otros, o que por la forma o lugar en que está instalada radie hacia el exterior.

  • ¿Es posible que una persona capacitada para el diseño de redes pueda cobrar por dedicarse a diseñar e instalar redes de datos tanto cableadas con inalámbricas?

Pudiera ser, pero hasta el momento esta figura de Trabajador por Cuenta Propia no está creada, por lo que no puede realizar esta actividad económica.

  • ¿Cuál es la Resolución donde se autoriza a una persona natural a hospedar servicios en ETECSA?

La Resolución No.55 del 2009 establece que el Proveedor de Alojamiento y Hospedaje está obligado a admitir como usuarios del servicio a todas las personas naturales o jurídicas que lo deseen, sin más limitaciones que las impuestas por las disposiciones legales aplicables vigentes en el país y las capacidades instaladas en servicio.

  • Si existe una interferencia entre dos redes privadas de diferentes propietarios y no encuentran la solución a la misma, ¿qué hacer? ¿A dónde dirigirse?

Este tipo de redes no pueden reclamar interferencias, deben ponerse de acuerdo entre las partes para eliminarla. Si el problema persiste, debe notificarlo a la Unidad Presupuestada Técnica de Control del Espectro Radioeléctrico de su provincia.

Si dichas redes provocan interferencia a otros servicios atribuidos para esas frecuencias las redes privadas deben bajar potencia o apagarse.

  • Si se desea cancelar la licencia de operación de una red, ¿qué hay que hacer con el equipo?

Para cancelarla hay que dirigirse a la entidad que se la autorizó y el destino del equipo es decisión del propietario.

  • Si el equipo de red es decomisado por violación de lo regulado ¿puedo presentarme nuevamente con otro equipo y volver a solicitar licencia de operación?

Sí, puede volver a solicitar licencia siempre que el nuevo equipamiento cumpla con los requisitos exigidos.

Aclaraciones acerca de Redes inalámbricas de Datos de alta velocidad

Sobre la Resolución del Reglamento de las Redes inalámbricas de Datos de alta velocidad:

  • ¿Existen las medidas a aplicar para los infractores de lo establecido en la resolución de redes inalámbricas? ¿Cuáles son?

Sí existen medidas por incumplimiento de lo establecido en la resolución y pueden ser:

  1. El retiro temporal o permanente de cualquier permiso, autorización o licencia inicialmente otorgados;
  2. la desconexión del sistema o red de telecomunicaciones inalámbricas de alta velocidad en las bandas de frecuencias de 2.4 GHz y 5 GHz;
  3. la obligación de retirar la antena exterior;
  4. la inhabilitación del infractor para el establecimiento futuro de otra red de alta velocidad en las bandas de frecuencias de 2.4 GHz y 5 GHz. conforme a lo que se establecido;
  5. el decomiso de los medios, instrumentos, equipamientos y otros, utilizados para cometer la infracción; según proceda; y
  6. cualquier otra medida o sanción aplicable acorde con las disposiciones legales vigentes.
  • ¿Qué hacer si un titular detecta algún ataque contra su red?

La red tiene la misma exposición que una persona natural, es importante el conocimiento que puedan tener los integrantes de la red para tratar de lograr la mayor seguridad informática que sea posible, no obstante, pueden dirigirse a Segurmática para adquirir algún producto y al operador de la red pública.

  • ¿La resolución está solamente enfocada al transporte o infraestructura de la red?

Esta resolución aborda el transporte y la  infraestructura como cuestión fundamental pero no se pueden ver por separadas las dos resoluciones pues  la resolución sobre redes privadas de datos a personas naturales es la más general y comprende las redes inalámbricas y esta responsabiliza al titular de la red con temas como son los servicios y contenidos que se soportan sobre su red acerca de introducir, ejecutar, distribuir o conservar en los medios de cómputo programas y contenidos que puedan afectar la integridad y seguridad del país, así como información contraria al interés social, la moral y las buenas costumbres, además de existir otras normas que abordan el comportamiento ético de las personas cuando se conectan a la red pública.

  • El titular de una red inalámbrica ¿puede encriptar su información?

No puede encriptar la información. En las circunstancias que se requiera de métodos de protección criptográfica debe cumplirse con lo dispuesto en las regulaciones vigentes y queda sujeto a lo que se establezca en la autorización por la Dirección Territorial que corresponda. Las regulaciones vigentes es lo establecido por el Decreto Ley 199 de 1999.

  • A qué se refiere cuando se habla en la resolución “las redes requieren de un mecanismo de encriptación de acceso”

En la propia resolución se explica que:

“Encriptación del acceso: proceso a través del cual se aplica un algoritmo criptográfico a las credenciales de acceso: usuario y contraseña, para el caso textual; con el objetivo de impedir acciones maliciosas orientadas a realizar accesos no autorizados a sistemas en las redes informáticas”.

  • ¿Dónde puedo certificar que el equipo que voy a emplear no interfiere o solape la red pública de ETECSA?

No hay ninguna entidad designada para certificar esto, con los requisitos permitidos para el equipamiento de redes privadas de personas naturales no debe suceder interferencia con la red pública de ETECSA.

  • Si no se tiene visibilidad en casa, ¿se puede poner una antena en casa del vecino?

No se puede. Solamente se autoriza colocar fuera del domicilio de la persona para actividades autorizadas como cuentapropistas, estando el propietario de acuerdo y que la resolución lo explica.

  • ¿Quién se va a encargar de fiscalizar el cifrado de mi red y certificar que cumple con lo regulado para estos temas por el MININT?

El Artículo 11 plantea: En las circunstancias que se requiera de métodos de protección criptográfica debe cumplirse con lo dispuesto en las regulaciones vigentes y queda sujeto a lo que se establezca en la autorización por la Dirección Territorial que corresponda.

Las regulaciones vigentes es lo establecido en el Decreto Ley 199 de 1999. No obstante, es poco probable que una red de persona naturales justifique su uso.

  • ¿Cómo garantizará el operador de telecomunicaciones (ETECSA) la interconexión entre dos redes geográficamente distantes?

Interconexión es un concepto que no aplica aquí, debe hablarse de conexión entre 2 redes y si están geográficamente distantes o si están cerca las redes, la conexión es a través de la red pública o sea por la red de ETECSA.

  • Qué es la p.i.r.e? ¿Cómo se calcula?

p.i.r.e: potencia isótropa radiada equivalente que es igual al producto de la potencia suministrada a la antena por su ganancia en relación a una antena isótropa en una dirección dada.

Entiéndase que p.i.r.e. es la suma en dB de la potencia de salida del transmisor y de la ganancia de la antena sea está integrada o exterior.

Ejemplo, si el transmisor tiene una potencia de salida de 10 mW que son 10dBm y la antena tiene ganancia de 11 dBi que son aproximadamente 9 dB por lo tanto la p.i.r.e.=10dBm+9dB= 19dBm equivalente a 80 mW.

  • ¿Cómo se calcula el valor de la p.i.r.e cuando se emplean antenas exteriores?

Se calcula como se explicó anteriormente.

  • ¿Se pueden importar routers 3G, 4G?

De acuerdo a la Resolución 272 de 2015 del Ministro de Comunicaciones estos equipos necesitan de la autorización del MINCOM para su importación sin carácter comercial, aunque estos equipos no tienen relación con las frecuencias establecidas en esta legislación.

  • ¿Las personas naturales pueden emplear la banda 5150-5350 MHz para conformar una red PAN?

No está habilitada esta banda de frecuencia para el servicio a persona naturales.

Se han publicado 290 comentarios



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  • Mimismo dijo:

    Al final pasa como siempre, ya lo dice la propia ley, el estado puede utilizar equipos de hasta 4W y las personas naturales hasta 100 mW, siempre marcando el poder del estado sobre las personas, es una lástima que después de tantos años de esfuerzo y sacrificio tengan que desaparecer las redes privadas.

    • m&m dijo:

      Es persona jurídica, no estado, aprenda la diferencia. Hay muchísima s persona s jurídica s q no son estatales. Ejemplo, cooperativas.

  • Fidel Maceo Cuba dijo:

    En los nanos y tplink la potencia de transmisión en dbm se regula separada del alcance en metros o kilómetros de la antena del equipo. Si no tienen el equipo o no lo conocen no hablen de lo que no saben. La ganancia de la antena se mide en dbi (8 dbi, 9 dbi, 20 dbi, 30 dbi, etc.) Creo que los que hablan de los 300 metros lo que hacen es tratar de confundir en los documentos del mincom no se habla del alcance en kmt o metros sino de potencia en dbm (Hasta 20 dbm)

    • Alberto dijo:

      Hay que usar las comas donde van.

  • R dijo:

    Buenas.N o se si sera la forma correcta de expresarme pero, como esta ley puede beneficiar a parte de la población cuando por dificultades del relieve muchas veces se hace de manera obligatoria conectarme a más de 400 metros de distancia cosa que los equipos capacitados para ello superan la potencia de lo establecido en esta ley. (Alguien se detuvo a preguntarle a estas personas si estarían de acuerdo con lo que supondría una complicación severa para ellos). En todo caso me gustaría saber si existiría alguna alternativa para estas personas que para disfrutar de un buen servicio requieren de una larga distancia y equipos de gran potencia.

  • Orv dijo:

    Indiscutiblemente merece una mesa redonda....

  • Sergio dijo:

    Se puede entrar en este momento un nano para tener conexión con etecsa

  • Alain dijo:

    Una pregunta vivo en una zona rural donde la wuifi etecsa más cercana me queda a kilómetros del hogar, como puedo hacer para conectarme a la WiFi sin incumplir estas nuevas leyes que para mi entender me harían difícil cumplir los requisitos en mi zona actual .

  • YOLO!!! dijo:

    Entonces, los que como yo tienen que poner una antena exterior para CONECTARSE a ETECSA, NO PARA IRRADIAR SEÑAL, tambien hay que hacer los tramites para registrar el equipo?

  • Cuba Libre dijo:

    Lo que deberían es dar licencia como cuenta propista ,por ejemplo si yo quiero hacer una sala de navegación en mi casa y tengo 4 pc y las quiero conectar a WiFi Etecsa les cobraría a cada usuario por usar la navegación con sus cuentas y eso ayudaría al pueblo porque el que le queda lejos la sala de navegación de Etecsa lo beneficiaria y así seria como las salas de navegación de Etecsa esa seria una buena opción para el pueblo

  • danilo proenza Loyola dijo:

    Necesito me expliquen eso significa q las redes privadas q existen xon juegos en plataformas q excedan esaa distancias seran eliminadas pq de ser asi eso no sirve pues hay muchas personas conectadas de esta forma

  • libra dijo:

    A que otra red a parte de etecsa me puedo conectar

  • Ope dijo:

    para los que no entendemos nada , alguien puede explicar de una forma mas explicita sin tantas palabras informaticas.
    Mi zona WIFI la mas cercana es en 23 , que tengo que hacer ....??? hasta la licencia quedo clar tengo que ser due;a de casa

    • Lorencito dijo:

      Sin tantos términos informáticos, a lo cubano. Si el panel de WI-FI de ETECSA no se ve desde tu casa y se encuentra a más de 200 metros o se encuentra a menos de esa distancia pero con obstáculos (arboles, casas, muros), estas embarcado/a, de lo contrario tienes que conseguir un AP dentro de los permitidos. Ponerlo cerca de la ventana para lograr la mejor señal posible y conectarte a través de el con tu móvil, PC o dispositivo siempre y cuando tengas tu licencia y todos los requisitos pertinentes para esto.

  • ALBER dijo:

    QUE BAMOS A HACER CON ESA POTENCIA DE 100 MW SI LA DE UN CELULAR ESA CASI ESA O SE DESAPARECEN LAS REDES O SE MEJORA ESA IDEA QUE ES GENIAL
    REDES K TODOS LA DISFRITAN CON SUS GAMES O MULTIMEDIAS EN SUS TIEMPOS LIBRES Y LAS ANTENAS QUE ESTAN QUE PASAN ESA POTENCIA K ENTRARON LEGAL O ILEGALMENTE POR LA MISMA ADUANA

  • alien dijo:

    Hola, me gustaria que alguien me respondiera lo siguiente, porque leí las resolucione 98 y 99 pero no las entiendo muy bien, si yo quisiera desde mi hogar alcanzar la señal de una zona WIFI de Etecsa con un dispositivo inalambrico con el que ya cuento, solamente para consumir esa señal yo. ¿Que debo hacer en términos legales y de pago? me gustaria mucho que alguien del MINCOM me aclara sobre eso.

  • chinaso dijo:

    A poco mas de 1 km de mi casa esta el punto wifi mas cercano.Esquivando arboles y descifrando el pitcheo de ETECSA (bajito y pegao),que pone las antenas casi contra el piso,a duras penas con un, NANO, logro -90 dbm.***DE QUE HABLAN?***

  • Geyser F dijo:

    Por favor necesitamos un sitio donde podamos plantear dudas, de ser la mesa redonda o un programa de radio. al final el MICOM es quien regula esto, lo puede hacer. estamos especulando y desinformandonos unos a otros. El q sabe entiende, el q no sabe se lleva una mala idea y malinterpreta desinformando a los demas. No dejen correr mas la bola y acaben de dar el frente. al menos acaben el foro de la web que no esta funcionando

  • carlosfsa dijo:

    Hay que entender una cosa todos los países tienen sus regulaciones con respecto a las cocciones wifi y nuestro estado y gobierno quiere hacer lo mismo a través del ministerio rector de comunicaciones eso lo entiendo perfectamente, pero según he estado leyendo sobre el tema mi humilde opinión es primero no podemos compararnos con nadie por no ser un país desarrollado etecsa no cumple cabal mente con el servicio que brinda las quejas lo demuestran el servicio que brinda en los parques wifi son insuficientes y una gran mayoría incluyéndome no somos favorecidos por obstáculos o distancia si la situación cambiara si se justifica reducir la potencia de los equipos mientras una gran mayoría está resolviendo la conexión desde su casa que no es mi caso tampoco pero es mi opinión tampoco estoy de acuerdo con que no se pueda pasar un cable de un lado a otro de la calle y limitar la conectividad entre la comunidad para compartir lo que nos dé la gana pongámonos a pensar un poco con tantos problemas que tenemos sin resolver en estos tiempos este es uno más que se suma hay muchos muchachos que aprenden se superan estudian y también juegan por la red ahora pasaran a ser ilegales y poner en evidencia al vecino que lo dejo cruzar el cable al otro lado de la calle por favor piensen y rectifiquen detalles para mayor felicidad de todos .

  • Yarelis.Dorta dijo:

    Soy ejecutiva teléfonica me gustaría ver más preguntas frecuentes ya q los usuarios hacen muchas preguntas y explicarlo detallado por las vías establecidas de difusión saludos

  • Day dijo:

    En la gaceta todo muy lindo pero para los especialistas, prodrian por favor hacer todo esto mas digerible para los que no entendemos mucho del tema? Porque no ponen las marcas que se podran utilizar? Serviran las leguang n120? Espero que alguien me pueda ayudar con mis dudas gracias

  • Reynier dijo:

    Los CEM (campos electromagnéticos) sobre la base de la longitud y frecuencia de sus ondas se subdividen en varios tipos, por lo que se puede hablar de un espectro electromagnético. Ellos se clasifican según su frecuencia en los de frecuencia de menos de 3 kHz. Como son, la resonancia magnética nuclear para diagnóstico médico, neveras, secadores de pelo, líneas de alta tensión y los que su frecuencia varía de 3 kHz a 30 MHz entre ellos, los monitores de computadoras personales, las antenas de radionavegación, radiodifusión modulada, antenas de radioaficionados y otras. Además están las que comprenden de 30 MHz a 300 GHz y en este grupo se incluyen los teléfonos celulares, hornos de microonda, antenas de estaciones de televisión, los radares en general y los radiolocalizadores en particular.

    Segun este articulo los telefonos celulares son mas dañinos para la salud q estas antenas…
    Revista Cubana de Medicina Militar
    versión impresa ISSN 0138-6557versión On-line ISSN 1561-3046
    Rev Cub Med Mil v.35 n.3 Ciudad de la Habana jul.-sep. 2006

    Trabajos de revisión
    Instituto Superior de Medicina Militar «Dr. Luis Díaz Soto»
    Las radiaciones no ionizantes y su efecto sobre la salud humana
    Lic. Jacqueline Guerrero Abreu1 y My. José Luis Pérez Alejo2

    Entonces de nuevo la pregunta. Por que limitar a 100mW a unos pocos ap cuado hay miles de moviles en nuestro entorno

  • gerado dijo:

    hola a todos una pregunta y los q tenga los mikrotik lgh 5 q pasara,no se cual es la pire de estos equipos pero por lo q lei en los comentarios y en el sitio web de dicha marca estos equipos me parece q se pasan de lo mw

  • Lynkon dijo:

    Ante todo buenos días, primeramente quisiera felicitar al MINITERIO DE COMUNICACIONES por haber realizado pasos no voy a decir que de gran avance porque todavía a mi criterio falta todavía mucho, en cuanto a la legalización de las redes tanto inhalámbricas como alámbricas que existen actualmente en TODA CUBA y que no son ni legales ni ilegales, pero bueno se esta puntualizando eso y es sobre el tema que quisiera hablar y dar mis opiniones como CUBANO de a pie y que soy miembro de la red WIFI-HLG aquí en la cabecera municipal de Holguín.
    Primero dar según mi opinión personal las mejoras realizadas con la proclamación de las Resoluciones 98 y 99 publicadas en la gaceta oficial.
    1. Que ya podemos usar sin miedo o temor a penalizaciones equipos de comunicación wifi y cables en nuestros hogares para interactuar con mi vecino de cuadra.
    2. Que ya podemos conectar dichos equipos a la red WIFI ETECSA para poder traer la conectividad a la comodidad de nuestro hogar, (aunque esto las personas cercanas a las zonas wifi lo llevan haciendo desde la instalación de las mismas), pero bueno ya esta autorizado a hacerlo, gracias por eso.
    3. Que ya podemos importar equipos wifi que tengan las caracteríasticas técnicas señaladas en la resolución (aunque según he visto en la Resolución 206/2014 de la Aduana General de la República en el Capítulo 10 ya estaba autorizada la entrada de esos equipos con Autorización Previa del MICOM), gracias por eso.
    Por estos tres aportes en la ley muchas gracias, nos han ayudado enormemente.
    Ahora bien, como cubano buen crítico y creo que con criterio voy a expresar mis preocupaciones e inconformidades
    Si se hizo un estudio profundo teniendo en cuenta las redes actuales creadas en TODA CUBA, (que no estan escondidas ni nada de eso) por tanto las características operacionales que se usan tanto de cable como de equipos wifi, tal parece que dichas resoluciones en vez de legalizar las mismas y fomentar la creación de otras, lo que se ha escrito PRACTICAMENTE es para ELIMINARLAS y expongo las causas.
    1. Los enlaces entre las subredes se realizan con equipos wifi en su mayoria con enlaces distantes, dígase distantes +500m, con una transferencia del 100% de su ancho de banda WLAN usando casi su potencia de transmisión al máximo, EN SU RESOLUCIÓN ELIMINA LA POSIBILIDAD DE SEGUIR EFECTUANDO ESOS ENLACES YA QUE LIMITA LA POTENCIA a 100mw que es de risa y para los entendidos es una FALTA DE RESPETO que se diga lo contrario.
    2. En Holguín la mayoría nos conectamos inicialmente via alámbrica, en mi barrio algunos estamos en la misma manzana como dicen ustedes y otros cerca pero en manzanas aledañas de entre 50 a 100m de distancia, cruzando patios, placas y encima de la calle o vía pública sin que haya obstrucción de la misma porque están a gran altura, tampoco interfiere con los cables eléctricos. EN SU RESOLUCIÓN ELIMINA LA POSIBILIDAD DE SEGUIR EFECTUANDO ESOS ENLACES YA QUE SEGÚN ELLA NO SE PUEDEN PASAR LOS CABLES CRUZANDO LA VÍA PUBLICA.
    3. En todas las noticias dadas se dice que los cubanos podemos hacer redes y conectarnos entre nosotros, así lo entendió todo el mundo y se vinieron los vítores y alabanzas, hasta que leímos en la Resolución 98 el Artículo II Capítulo 8 inciso e) que dice textualmente:
    e) Las personas naturales residentes permanentes en el país para su empleo con carácter
    personal, sin fies de lucro, en la modalidad de redes de área local por radio con el
    establecimiento de antenas en exteriores, con la posibilidad de dar acceso a otras
    personas fuera del inmueble de su instalación; estas redes requieren el empleo de
    mecanismos de encriptación de acceso para su operación y poseer las autorizaciones
    entregadas por la Dirección Territorial que corresponda...
    Y CONTINUA DICIENDO QUE
    y no se pueden emplear para la
    comunicación directa con redes diferentes de las redes públicas autorizadas a brindar
    servicios de comunicaciones en el país.
    Este artículo según el entendimiento de muchos incluyendo a miembros de la OSRI y la UPTCER a los cuales se le ha preguntado ¨si yo puedo hacer una red con mi equipo en el exterior y otras personas pueden conectarse a mi¨ (que es LA BASE FUNDAMENTAL DE LAS REDES INHALAMBRICAS CREADAS ACTUALMENTE EN CUBA Y QUE SOMOS MILES DE CUBANOS, NO UNO SOLO.)..estos miembros del MICOM han dicho que NO..
    Por tal motivo si esta respuesta es CORRECTA están eliminando con su resolución las redes ya creadas, redes que son comunitarias porque fueron creadas entre vecinos con esfuerzo y sacrificios propios desde hace mas de 10 años, y que en estos momentos ya sumamos mas de 3000 en mi municipio, donde desde niños, jóvenes y no tan jóvenes se divierten jugando, otros socializando, leyendo noticias nacionales aquellos que todavía no pueden acceder a la navegación nacional o internacional...y otros servicios que estan creados ya y que funcionan con el uso de las tecnologías que hemos adquirido y que ustedes ahora nos estan AUTORIZANDO a operar.
    QUE OBJETIVO TIENE QUE ME DEJEN UTILIZAR LEGALMENTE MI EQUIPO WIFI O CABLE Y QUE POR OTRA PARTE ME ELIMINEN A DONDE PODER CONECTARLOS.

    Es necesario se aclaren datos como el inciso e) antes mencionado porque deja a que se interpreten equivocadamente en ambas partes tanto nosotros como afectados como a sus funcionarios al momento de ejercer la Ley próxima a aplicar.

    Es necesario sentarce y CAMBIAR LO QUE DEBA SER CAMBIADO, NO PARA DESTRUIR LO YA CREADO CON TANTO ESFUERZO POR CUBANOS QUE SOMOS TODOS LOS QUE VIVIMOS EN ESTA ISLA,

    • hlg dijo:

      Excelente comentario,es el mejor que e leído ,pero como siempre nadie nos responde nuestras dudas .

  • elryky dijo:

    Puedo conectar mi red lan a otra red lan del vecino????

  • un mortal dijo:

    cuando va hacer el dia que todos tengamos Nauta hogar con internet a 0.01 cuc la hora??? Va que se quitan de arriba Snet, las wifi con sus duplicadores, y todo eso....

    Soy usuario activo de Snet, y me alegro mucho la autorizacion de esos equipos...'' la Red'' tiene miles de usuarios, su gran mayoria con edad entre 10 y 25 años, se imaginan a esos miles por la calle sin poder jugar Dota o Call of Duty. ?
    Hay una delgada linea entre controlar y restringuir

  • Quén le pone el cascabel al gato? dijo:

    Qué sucederá con quienes duplican la red WIFI_ETECSA para ver si a través de inexpertos logran conectarse gratis a internet? en mi municipio hay algunos que parece que creen que esto es juego, ya he hablado con algunos que se muestran arrogantes como si el espectro radioelectrónico fuera propiedad privada de ellos y que pueden duplicar una red pública afectando la conectividad de los demás, esto pasa en Jesús Menéndez, las Tunas tenemos ahora mismo hay un AP WIFI_ETECSA con MAC (E6-8D-8C-FF-10-FA), transmitiendo en el mismo canal de ETECSA y con el mismo nombre de la red pública, en modo abierto, esto hace que los dispositivos se conectan a través de un repetidor que se aprovecha de que si alguien se conecta utiliza su tiempo en beneficio propio, eso es robar no tiene otro nombre y por otra parte que los dispositivos no identifican la red de ETECSA y no tienen internet y también produce interferencia en la conexión. Quién resuelve este problema de los duplicadores?

    • OmNiNEmo dijo:

      los q se quejan de los duplicadores utilicen ETK.... revisen los certificados de auntenticidad de la página..... documentense

  • Michael dijo:

    Espero que se trate el tema en la mesa redonda lo antes posible para aclarar las dudas y ayudar a entender mejor todo, también pudiera ser un buen tema para Pasaje a lo desconocido.

  • Day dijo:

    Estoy de acuerdo con que hagan alguna mesa redonda donde expliquen este tema a la poblacion pues los que no entendemos mucho de esto tambien estamos interesados y pregunto. Si las antenas instaladas en las zonas de wifi pueden tener un mayor alcance (que pudiera llegar a varios km) porque las limitan creo que deberian ampliar su espectro y aumentarle su altura, asi llegar a mas distancia y por logica a mas poblacion podria alguien explicar porfavor gracias.

  • Raul dijo:

    Hola,tengo una pregunta,en que casos es aplicable el operador de red ya que segun leí se le permite utilizar equipos de hasta 1 w de potencia?

  • Lazaro dijo:

    Mi esposa es la titular de la vivienda y esta cumpliendo mision en ecuador : Atravez de gue via puede solicitas el servicio.

  • Nestor dijo:

    Saludos a todo espero no me borren esta pregunta, si nos reunimos y cada 300M ponemos un nano o lo que sea hasta llegar a la wifi etecsa no sera mas malo para el tal espectro ese que salio de la nada, imaginense miles de ap repitiendo cada 300M seria peor para ustedes, y las gente que vive lejos que etecsa no ha puesto ni pontra wifi que sera de ellos alguien del MINCOM que se que leen esto me pueden responder que hacemos con nuestros nanos y demas que muchos tuvimos que hacer un gran sacrificio para obtenerlo

  • Nilva dijo:

    ¿ y la instalación del nauta - hogar ya es obsoleto?, ¿por qué no se ha ampliado este servicio?, vivo a 3 cuadras de un barrio donde se instaló a todos aquellos que tenian los requisitos e informaron hace mas de un año que se seguiría ampliando pero sin respuesta hasta el dia de hoy.

Se han publicado 290 comentarios



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