Protección al consumidor: sin espacio a la impunidad

Las violaciones de los precios suscitan buena parte de los reclamos. Foto: Anabel Díaz/ Granma
La Resolución No. 54 del 2018 que publica hoy la Gaceta Oficial, referida a las indicaciones para la organización y ejecución de la protección al consumidor en el sistema de comercio interno, visualiza cuáles son los aspectos a garantizar en pos de proteger los derechos de los clientes.
Que la existencia de una norma no resuelve, por sí sola, las irregularidades, sea cual sea su naturaleza, es una verdad aprehendida. Que el éxito está en su implementación consciente, en su acatamiento, sin rozar extremos rígidos o flexibles, también es certeza. Pero es preciso contar con una disposición para luego respetarla en su letra y espíritu.
Hoy, aunque se trabaja en ello desde el 2000, no existe una ley que regule la protección al consumidor, más allá de reglamentos propios de entidades y organismos y de principios generales contenidos en la Constitución y los códigos Civil y Penal.
Tampoco ha sido aprobada, si bien ya se ha laborado en su proyecto, una política que paute las estrategias a seguir en este ámbito y cuya expresión jurídica será, obviamente, la ley, la cual deberá contemplar todos los servicios que recibe la población, incluidos los gratuitos.
Ante esta dispersión legislativa y debido a la tendencia creciente de las violaciones de los derechos de los consumidores, el Ministerio del Comercio Interior (Mincin) aprobó la Resolución No. 54 del 2018, que publica hoy la Gaceta Oficial, referida a las indicaciones para la organización y ejecución de la protección al consumidor en el sistema de comercio interno, cuya implementación arrojará luces para la futura Ley de Protección al Consumidor.
Se trata de una norma que visualiza cuáles son los aspectos a garantizar en pos de proteger los derechos de los clientes, según explicó a Granma Yalina Garbey Rivera, al frente de la dirección de Protección al Consumidor del Mincin. Y está dirigida «a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades de comercio relacionadas con la venta de mercancías, servicios técnicos y personales, así como gastronomía y alojamiento, independientemente de su subordinación o no al Mincin».
EL ANTES…Y EL AHORA
Luego de contar con una Ley de Protección al Consumidor, en fecha tan temprana como enero de 1960, y tras la implementación posterior de disímiles disposiciones, Cuba llegó a los años 2000 sin una legislación actualizada sobre el tema. Cada organismo o entidad, haciendo valer los preceptos contenidos en la Constitución y en los códigos Civil y Penal, había desarrollado reglamentos propios, pero no existía una normativa que unificara los modos de hacer.
Fue entonces, al decir de Yalina Garbey, que se comenzó a trabajar en el diseño de una Ley que lograra suprimir dicha dispersión legislativa. Quizá demasiado lentas anduvieron las labores hasta que en el 2011, con la aprobación de los Lineamientos del VI Congreso del Partido, se paralizaron, debido a la ausencia de una política que fijara, previamente, las directrices de la protección al consumidor.
A partir de ahí, rememora, se creó un grupo de trabajo con representación de todos los organismos de la Administración Central del Estado para conformar una propuesta de política.
Hoy, si bien no ha sido aprobada, ya existe un proyecto cuyos principios básicos están orientados hacia el respeto de los derechos de los consumidores; la educación, información y divulgación en materia de consumo; la actuación ética y la responsabilidad social de los proveedores; la transparencia y la profesionalidad en su actuar, así como la prevención y mejora continua de los procedimientos.
El fin es lograr, en palabras de Garbey Rivera, que el producto o servicio ofertado satisfaga las expectativas del consumidor mediante las prestaciones adecuadas, y donde queden respetados sus derechos. Eso es, en términos conceptuales, protección al consumidor.
En ese sentido, la Resolución No. 54 establece los derechos de los consumidores, los cuales no estaban explícitos en ninguna norma rectora, así como los deberes. Determina, además, las obligaciones generales de los proveedores de productos y servicios, ya sean estatales o vinculados a los nuevos modelos de gestión.
En el caso de los proveedores del sistema estatal, se detalla que al detectarse violaciones de lo dispuesto se adoptarán las medidas que correspondan en el orden laboral y administrativo; y de verificarse que la conducta pudiera integrar el delito de infracción de las normas de protección a los consumidores o cualquier otro de los previstos en el Código Penal, se dará cuenta a las autoridades competentes.
Las indicaciones publicadas hoy también contemplan a todas las instancias que intervienen en la protección al consumidor, desde el Mincin hasta los proveedores, así como las entidades a las que pueden acudir los consumidores cuando sientan que han sido vulnerados sus derechos, ya sea en un establecimiento estatal o privado.
En cuanto a los plazos para dar respuesta a la quejas o reclamaciones de la población, la norma no fija plazos. Incorpora, en cambio, dos términos que no admiten malas interpretaciones, o lo que es lo mismo, dilaciones: prontitud y eficacia.
Para hacer más clara la explicación, Yalina Garbey se vale de un ejemplo: «Un cliente puede estar inconforme con el peso de un producto. Ello, como es lógico, demanda un análisis, y si se confirma que hubo, en efecto, una violación, es probable que se adopten medidas organizativas, disciplinarias…Pero el usuario no debe esperar al final del proceso para recibir la respuesta ante una insatisfacción».
La demora, ante una queja por maltrato, por solo citar un ejemplo, es un maltrato mayor.
De cualquier forma, y aquí la norma sí establece límites, «las inconformidades con las respuestas recibidas por los consumidores son resueltas por las instancias superiores en un término máximo de 60 días naturales».
A juicio de Yalina Garbey, no es lo novedoso lo que distingue a esta norma que entrará en vigor 30 días después de su publicación en la Gaceta, sino la capacidad de recopilar en un documento todo aquello que estaba disperso.
Y luego de 30 días de su vigencia, agrega, los organismos y las instituciones deberán enviar al Mincin, para su validación, sus sistemas de protección al consumidor, ajustados a lo que plantea la nueva normativa.
Asimismo, se ha diseñado un cronograma de capacitación que incluye a todos los que se relacionan de algún modo con estas actividades del comercio interno.
LA SATISFACCIÓN COMO GARANTÍA
De acuerdo con Yalina Garbey Rivera, mensualmente el Ministerio tramita entre 70 y 80 quejas de los consumidores, de las cuales el 60 %, aproximadamente, responde a alguna insatisfacción sobre productos y servicios.
El disgusto por el incumplimiento de los ciclos planificados para los surtidos de la canasta familiar normada y la calidad de algunos servicios, sobre todo en lo concerniente al peso y el maltrato de los vendedores, así como las violaciones de los precios concentran la mayor parte de los reclamos.
No obstante, reconoce entre otras irregularidades, el irrespeto a los horarios de servicio, la existencia de equipos de medición no certificados y tablillas informativas desactualizadas, la no devolución de vuelto ni la entrega al cliente de comprobante de venta. Tampoco pasa por alto las quejas de los consumidores ante la introducción de mercancías en los establecimientos comerciales o el ocultamiento de estas para luego ofertarlas a los revendedores.
En ese sentido, insiste en la necesidad de que los consumidores no acepten estos comportamientos, los cuales, casi siempre, constituyen violaciones al Reglamento Disciplinario Ramal del Comercio.
Mediante la dirección de correo electrónico consumidor@aguiar.mincin.cu, el sitio web www.mincin.gob.cu y los teléfonos 78683536 y 78683549, los clientes pueden hacer llegar sus insatisfacciones al Ministerio, y de igual manera pueden acudir a las direcciones estatales de comercio de los territorios. Lo que no podemos, coincide, es convivir con las violaciones, con la indolencia... con la impunidad.
CON LA RAÍZ EN LOS DOCUMENTOS RECTORES
- Conceptualización del Modelo Económico: Aplicar un sistema eficaz de protección al ciudadano como consumidor, que comprenda desde la concepción del producto o servicio, su diseño, envases, embalajes, información objetiva sobre sus cualidades, servicios de información de mercado, garantías, indemnización, resarcimiento material y moral –según proceda de acuerdo con la ley– políticas y regulaciones de precios sobre aquellos bienes de interés social, entre otros.
- Lineamiento 264: Perfeccionar la protección al consumidor adoptando medidas que coadyuven a asegurar sus derechos por quienes producen, comercializan y prestan servicios en general.
ALGUNOS ASPECTOS DE LA RESOLUCIÓN NO. 54 DEL 2018, DEL MINCIN
Derechos de los consumidores
- Recibir productos y servicios que cumplan con los requisitos de calidad, insumos del servicio y de seguridad establecidos.
- Recibir protección contra la publicidad comercial falsa o engañosa y práctica desleal de los proveedores.
- Satisfacer sus necesidades con un adecuado y oportuno abastecimiento de bienes y servicios de primera necesidad, con especial atención a los grupos vulnerables.
- La protección de sus intereses económicos, que les permita adquirir productos y servicios con adecuada relación calidad-cantidad-precios, recibir la factura o comprobante de venta en los servicios que se establezcan o se soliciten por el cliente, así como la entrega completa del dinero que excedió al efectivo entregado por el bien o servicio recibido, incluyendo la moneda fraccionaria.
- Comprobar el peso del producto adquirido en el área destinada al respecto.
- Que se muestren en un lugar visible los precios de los productos y servicios que se ofertan.
- Acceder a una información veraz que posibilite elegir conforme a las necesidades, expectativas, deseos y preferencias.
- Acceder a la información sobre los requisitos a cumplir en los establecimientos en aras de un mejor disfrute de los servicios que se oferten.
- Contar con garantía, compensación, indemnización y reparación por daños y perjuicios causados, cuando corresponda.
- Participar en el intercambio de opiniones en los procesos de decisiones que los afecten.
- Acceder a modalidades sostenibles de consumo, en las que se reduzca el uso indiscriminado de recursos naturales, materiales tóxicos y la emisión de desperdicios y contaminantes, de tal forma que no pongan en riesgo las necesidades de futuras generaciones.
- Disponer de vías y mecanismos para tramitar cualquier insatisfacción, reclamación, conflictos entre consumidores y proveedores por daños, individuales o colectivos, tanto por la vía administrativa como judicial.
- Que se le dispense un trato amable, transparente, equitativo, no discriminatorio ni abusivo en relación con las condiciones de calidad, cantidad, precio, peso, volumen, medida de los productos y servicios de cualquier naturaleza que adquieran.
- Que se le muestre el funcionamiento, manipulación o las propiedades de los productos ofertados.
- Protección a la privacidad y seguridad de los datos de los consumidores.
Deberes de los consumidores
- Realizar una valoración justa y objetiva sobre sus relaciones de consumo.
- Informarse sobre las características de los productos y servicios antes de efectuar el acto de compra.
- Ejercer el derecho a defenderse ante cualquier insatisfacción en el acto de consumo.
- Manifestar su inquietud de forma respetuosa.
- Respetar las normas y requisitos establecidos por el proveedor en el intercambio de bienes y servicios.
- Cumplir con las normas de conducta y cuidado de la propiedad social, acorde con las exigencias o requisitos del lugar donde adquiere el bien o servicio.
- Contribuir al cuidado del medio ambiente y a la protección de sus recursos.
Las instancias a las que acuden los consumidores para presentar sus quejas y reclamaciones cuando el proveedor del producto o servicio es del sistema estatal, son las siguientes:
- Unidad donde recibe el servicio o instancias a las que se subordina.
- Direcciones Estatales de Comercio y direcciones de Comercio de Artemisa, Mayabeque, y del municipio especial Isla de la Juventud.
- Dirección de Protección al Consumidor del Mincin.
Los consumidores presentan sus quejas y reclamaciones cuando el proveedor del producto o servicio es de las formas no estatales, ante una de las personas o instancias siguientes:
- Al presidente de la cooperativa o al titular autorizado de la forma de gestión no estatal, según corresponda.
- El órgano, entidad nacional u organismo de la Administración Central del Estado que crea la cooperativa y la entidad arrendadora relacionada con esta última, cuando proceda.
- Las entidades arrendadoras de locales en los casos de los trabajadores por cuenta propia arrendados.
- Direcciones Estatales de Comercio y direcciones de Comercio de Artemisa, Mayabeque, y del municipio especial Isla de la Juventud.
- Dirección de Protección al Consumidor del Mincin.
ANTECEDENTES LEGISLATIVOS EN CUBA SOBRE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
- Promulgación de la Ley No. 697 de Protección al Consumidor, de enero de 1960, cuyo objetivo esencial fue enfrentar el alza desmedida de los precios en los artículos de consumo. Normativa que se tornó obsoleta en virtud de los cambios socioeconómicos ocurridos en el país.
- Creación de la Junta Nacional para la Distribución de los Abastecimientos, mediante la Ley No. 1015, de marzo de 1962, y la Resolución No. 1, donde se regula el régimen de racionamiento para proteger los intereses de la población.
- Creación de las Oficinas para el Control y Distribución de los Abastecimientos (Oficoda), en julio de 1963.
- Creación del Instituto Cubano de Investigaciones y Orientación de la Demanda Interna, en 1971, que desarrolló, entre sus funciones, actividades de protección al consumidor. Se extinguió en la década de los 90.
- Promulgación del Decreto-Ley No. 67, De organización de la Administración Central del Estado, de abril de 1983, que prevé entre las funciones del Mincin la atención a los consumidores. Ello se mantuvo en el Decreto-Ley
No. 147 de 1994.
- Acuerdo No. 3529 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de agosto de 1999, que ratifica el encargo estatal del Mincin de «…atender la protección al consumidor…»
- Promulgación del Decreto-Ley No. 321 del Consejo de Estado, en mayo del 2014, que aprueba la misión del Mincin de «…proponer y, una vez aprobadas, dirigir, controlar y fiscalizar las políticas del Estado y el Gobierno en cuanto al comercio interno mayorista y minorista, la logística de almacenes y la protección al consumidor».
- La Constitución de la República de Cuba y los códigos Penal y Civil han guiado el actuar en torno a la protección al consumidor.
- Desde el año 2001 han existido estructuras de protección al consumidor subordinadas al Mincin, entre las que se encuentran: las Direcciones Provinciales de Comercio; posteriormente se crean las Áreas de Funciones Rectoras, actualmente Direcciones Estatales de Comercio de subordinación local.
(Tomado de Granma)
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El mayor respeto al consumidor que se puede hacer, es el de bajar los exorbitantes precios de los productos del agro y las carnes que en estos espacios se ofertan a la población.
¿Hasta cuando una libra de frutabomba seguirá costando $5.00, o una de guayaba de 5 a 8 pesos?
¿Para qué se nos recomienda consumir frutas y vegetales cuando los precios de esos productos andan por los cielos?
¿Hasta cuándo se va a estar permitiendo que todos los días se le robe al pueblo en las pesas? Lo digo con toda propiedad que se está permitiendo, porque esta pandemia se ha extendido a todas las esferas del mercado, ya sea en el agro, la bodega y en las tiendas, no importa si es en CUP o CUC, al cubano de ahora mismo se le ROBA todos los días, se les altera los precios que están a la vista o se les cobra otro que no es el que está en la tablilla.
¿Qué hacen los administradores de estos espacios? ¿Controlan o se dedican a contar al final del día su parte en esta escalada de robos al pueblo?
Es una tarea pendiente para el Estado, el Gobierno y también para el pueblo. No hacen falta más discursos para denunciar estos problemas, se necesita acciones concretas y estables, no de corrientes ni de consignas que después desaparecen en breve tiempo, ya lo hemos visto infinidad de veces.
¿Cuándo se le va a poner coto a los ¿cuentapropistas? que para mí, la mayoría son revendedores de los productos que acaparan todos los días lo que existe en las tiendas?
¿Hasta cuándo se va a permitir que esto ocurra? ¿Quién más tiene que ver esto en las calles cubanas?
Nada... hay que trabajar muy duro y sin consignas, sino con acciones definitivas.
Disculpe si hay algún administrador de tienda, bodega o puesto de vianda honrado, lo dicho no es con ellos.
Al fin se menciona la publicidad falsa. En las cafeterias de nuevo tipo tiene en las cartas y en los anuncios unos panes y productos que distan mucho pero muchoooo de lo que realmente ofrecen.
La ley de protección al consumidor debe existir y debe estar al día, aunque parte del desbarajuste de precios tienen que ver con el papel que debe jugar el gobierno como rector en esta materia y demás entidades que forman parte del conglomerado, como ejemplo esta la constante alza entre el particular y el estatal tanto en Tiendas de divisa, como en los mercados, sin explicación para hacer aumentos y los porque de estos , simplemente te enteras al llegar, entre malos ,servicios , garantías incompletas, devoluciones por no poseer el equipo que son agobiantes y malas compras de cadenas de tiendas que son otro tema ……..
Es una tomadura de pelo lo de la Protección al Consumidor, una real y flagrante falta de respeto, esto no se cumple, ya cansa esta cantinela y nadie resuelve nada, una montaña de leyes, decretos; y los malhechores con la misma impunidad a cualquier nivel, el maltrato como un mal que va minando esta sociedad, gente que se sacrifica sin ninguna ley que verdaderamente nos ampare y que se haga cumplir, porque el mal es tan grande que hasta los inspectores se corrompen, dicen que ellos también tienen derecho a vivir, también están los serios aquellos que ponen una multa ejemplar y después viene un jefe de mas arriba y ls quita la multa al infractor y ese es un inspector que marcan, hasta amenazan, esto cansa y una gota sobre otra gota colma la copa.
Considero que una gran parte de los inspectores estatales se están corrompiendo, tienen sus puntos donde van le dan sus cositas gratis y la vida sigue igual
...Papeles y más papeles. La mejor medida de respeto al consumidor no es una resolución que no se cumple, si no que el consumidor pueda comprar cualquier producto a UN PRECIO JUSTO, conformado a partir de los costos y un margen de ganancia TOPADO por el Estado (gobiernos locales, provinciales y municipales) y estos precios deben estar en función directa con la calidad, "moverse" en la misma medida que la calidad decrezca. Esto ALGUIEN tiene que hacerlo así, si no la atención al consumidor sería solo "bla-bla-bla". Los márgenes de ganancias en toda la CADENA COMERCIAL deben ajustarse, pues hay "intermediarios" en la cadena que sin hacer prácticamente nada, sin crear valor, "se llenan los bolsillos". Y no me refiero a los cuentapropistas, me refiero también a los "entes" institucionales estatales intermedios. Paralelo a esto hay que sacar a la calle a los INSPECTORES ESTATALES para "pasarle la cuenta" a todos los que estén lucrando y violando el principio de formación de precios, llámese quien se llame, y cualquiera que sea su cargo. Si hacemos todo esto, nosotros como clientes (que siempre somos los que pagamos con creces todas las deficiencias de la CADENA cuando compramos un producto) comenzaremos a sentirnos satisfechos.
Hay que sacar a los inspectores a la calle y a muchos inspectores sacarlos de la calle porque no cumplen con su código de ética y son una vergüenza.
Creo que el asunto de protección al consumidor es una papa caliente en manos del MINCIN. Sin recursos ni medios nada se puede hacer. El país no está preparado para lidiar con esto, pero es bueno saber que después de tanto tiempo desamparados existe la voluntad, por lo menos en papeles, de revertir esta situación nada halagüeña.
La protección al consumidor abarca todas las esferas de la vida de los ciudadanos desde que nace hasta que muere, no es algo para campañismo ni para cumplir algún plan, y no cumplir con esto nos haría poner en duda la credibilidad del gobierno.
La proteccionismo al cliente, haaa siii muy bien.
Yo no se q se va hacer con el desastre y la impunidad q hay. Se está jugando con fuego y no es de mentiritas............... Saque usted sus propías conclusiones.
Ya esta escrito, ahora hace falta quese cumpla, que lo dudo.
vengan a la tienda la Gondola en Matanzas para que vean lo que vale un Kg de Langosta no lo pongo porque da verguenza
Por lo menos ahi la ofertan, aqui ni eso.
....Y luego de 30 días de su vigencia, los organismos y las instituciones deberán enviar al Mincin, para su validación, sus sistemas de protección al consumidor, ajustados a lo que plantea la nueva normativa". Por qué no se exije a los organismos e instituciones validar sus sistemas de protección en el término de 30 dias a partir de la publicación en la gaceta y no 30 dias despue de su vigencia. Lo anterior constituye una dilación innecesaria
Es bueno que se haya emitido una nueva resolucion sobre el tema, pero considero que no es lo que hoy necesita la poblacion cubana, realmente la cuestion no es la queja y el tiempo para responderla, la cuestion es la impunidad tan grande de casi todos y la legalizacion de los precios abusivos de los productos ofertados a la poblacion, los cuentapropistas, la mayoria se dedican a vigilar los productos en las tiendas para despues revenderselos a la poblacion, y eso esta autorizado por las autoridades, la malta a 25 pesos, el jugo, ect, como es posible que esto se permita, la carne a 50 pesos la libra de bistec, entre otras cosas, hasta que esto no se elimine y regule adecuadamente no vamoa a acabar con la corrupcion generalizada y el robo autorizado. esta resolucion no va a resolver los problemas.
Es absurdo que quien debe proteger al consumidor sea la causa del problema, en otros paises las secretarías de protección al consumidor son entes apartes a quienes dan el servicio del cual el consumidor debe ser protegido.
Un tema que me afecta bastante es el de los llamados "boteros" aun cuando se han estado tomando una serie de medidas queda mucho por hacer, lo que más me duele es la forma en la que te tratan, te tiran las puertas en la cara, te dicen que no te pueden montar y créanme que no siempre de la mejor manera la mayoría de las veces te hacen sentir como si fuese un favor que se está pidiendo y me pregunto: en estos casos de maltrato, que me duelen muchísimo mas que pagar los 10pesos, no se tendrían que tomar medidas drásticas con el chofer del vehículo que presta el servicio por no estar apto ética y profesionalmente para ofrecer el mismo?
Un problema a resolver en los mercados agropecuarios es que los jefes solo se dedican a contar dinero y no controlan las barbaridades que hacen los vendedores en las tarimas con los precios y el peso de los productos.
No hacen falta más inspectores. Habiliten una red social cubana donde la gente, entre otras cosas, pueda subir fotos y videos que denoten de manera explícita violaciones de precios, indisciplinas sociales y demás infracciones a la legislación y tendrán de inmediato 11 millones de inspectores en todo el país.
Interesante el tema, largo el artículo, excelente
peeeeeeeeeeeeeeeeeeero, si porque siempre hay un pero:
TRD, CIMEX???
donde las dejan???
hace algun tiempo leí, que todos los productos, no importa la cadena de tienda que lo comercialice tienen que tener el mismo precio.....y??????
eso no se cumple, el mismo producto, y varian los precios, porque Caracol vende mas caro que las otras 2??? y venden lo mismo
yo siempre pongo el ejemplo de Atún, si, el Atún de la lata grande, no importa de que país lo traen, ni de que marca, ni un caraj....tampoco importa la cadena que lo comerciliace, siempre cuesta 8.80 cuc, fijense para que vean....yo quisiera, como consumidora, que algun dia, alguien explique, como se forman esos precios para las tiendas???....de donde salen???
cual es la operación matemática que les imponen???
necesito sentirme protegida...no le tiren tanto a las particulares que los estatales estan asfixiando tambien a la gente, y necesitan ser cambiadas muchas cosas!!!
y OJO: mi país es Cuba, mi Revlución es lo primero, pero hay muchas asuntos que revisar, porque el bolsillo llora, y los que vivimos de lo que cobramo sin remesas famiiares ni viajes a Guyana, estamos ahogados!!
saludos
La Fiscalía General de la República, en cumplimiento de su mandato constitucional, tiene dentro de sus prioridaes, al ejecutar sus acciones de control, comprobar el cumplimento de las normas que regulan la protección al consumidor.
Artículos como este ya no se deben mostrar, cada año en días y meses diferentes se publica, los comentarios se saben de ate mano y no se hace nada al respecto para qué criticar si seguirá igual creo que es tan ladrón el que ejecuta estos desmanes como los que tienen las soluciones, lo saben y no hacen nada. gracias
Y que hay de los revendedores como los cuentapropistas que acaparan mercancía y la revenden al precio que quieran sus licencias no amparan este tipo de comercio solo a productos artesanales y les pago si encuentran productos artesanales en ellos todos son productos industriales hasta cuándo.
Lo que saco en claro de esto es lo siguiente:
-Desde 1960 se viene trabajando en esto, un rosario de leyes, Decretos-Leyes, que nadie cumple ni hace cumplir, el consumidor desprotegido.
-Dice Yalina Garbey, que desde 2000 "Quizá demasiado lentas anduvieron las labores hasta que en el 2011, con la aprobación de los Lineamientos del VI Congreso del Partido, se paralizaron, debido a la ausencia de una política que fijara, previamente, las directrices de la protección al consumidor." Quizas? Todavia lo pone en duda? Mucha svueltas le dieron para diseñar una politica, el consumidor sigue desprotegido.
-Hoy por hoy, no hay quien haga cumplir ninguna de esas normas, leyes, disposiciones, decretos leyes, quien me va a hacer creer que solo por publicar en la Gaceta esta nueva Ley todo se va a resolver, me aprece que el consumidor seguira desprotegido
-Numeros de telefono y correos electronicos adodne el consumidor se puede dirigir para quejarse. Son varios los numeros de telefono de otros organismos para funciones similares que suenan, suenan y nadie atiende y mensajes por correo que nadie responde o lo hacen demasiado tarde o con clasificacion unilateral de "queja sin razon", el consumidor sigue desprotegido.
-Hasta que no haya un organismo independiente al causante del maltrato y con autoridad suficiente de actuar contra la entidad estatal o particular que maltrato al consumidor, el consumidor seguira desprotegido
-La causa de que muchos empleados, sobre todo estatales, maltraten al consumidor, se debe en buena medida a que su salario no es importante para su subsistencia. Cuando ustede recibe un salario que significa algo importante para sus ingresos, usted cuida su trabajo y no se arriesga a que, debido a una queja, lo boten y pierda guiro, calabaza y miel.
-Por lo tanto, hasta este momento y me disculpan el escepticismo, hasta que no vea cambios en este sentido, no me lo voy a creer, ya he visto mucho.
"... Hoy, aunque se trabaja en ello desde el 2000, no existe una ley que regule la protección al consumidor, más allá de reglamentos propios de entidades y organismos y de principios generales contenidos en la Constitución y los códigos Civil y Penal...."
A decir del articulo, ¿Cuantos años mas necesitarán los expertos y legisladores para redactar y poner a termino, la nueva LEY DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR?
Con el mayor respeto, después de 18 años de vano intento, la promulgación de la Resolución No 54 de 2018 recién publicada en la Gaceta, viene siendo tan solo un paliativo extemporáneo que presumiblemente poco o nada, cambiara el complejo panorama. Se requiere de un ordenamiento sancionador eficaz y al propio tiempo educativo, cuyo espíritu primordial refrendado en su articulado, sea defender siempre a los clientes-consumidores de cualquier irregularidad denunciada, pese a las acostumbradas justificaciones esgrimidas por los prestatarios de servicios y vendedores.
Es una verdad inobjetable que el MINCIN, no debe ni puede, continuar siendo "juez y parte". Gracias a Cubadebate.
...es una cultura que tiene ganar toda la sociedad, pues no solo es en la Empresa socialista sino que en algunos servicios privados se agrede al usuario en los precios, en el servicio y hasta en el trato. soy optimista creo que es positiva la ley, solo nos queda hacerla cumplir, y sobre todo el control necesario, y que no quede en letra muerta...
Lo irán a cumplir de verdad o será otra parte de la saga de ciencia ficción en eso de proteger al consumidor en Cuba.... Es que se dicho tantas veces y se ha hablado tanto y cumplido tan poco o nada que ya uno no sabe que decir... hagan y no hablen tanto por favor
con productos a granel y sin comercio electrónico de que protección al consumidor estamos hablando.
Debemos sin miedos, implementar en Cuba una economía usando como puntos de referencia la economía de China y la de Vietnam; que son las que más se ajustan al deseo mayoritario demostrado en el desfile del primero de mayo, de construir en Cuba un socialismo prospero y sostenible.
No he podido apreciar que se proteja al consumidor dentro de los establecimientos, prohibiendo el cierre con cerradura de las puertas de acceso existentes. En la mayoría de las tiendas la administración ordena esta medida y en caso de un incendio contribuye a dificultar la evacuación del personal y aumenta el riesgo de lesión por quemaduras o respiración de gases tóxicos.
este tema ya es caduco sobre la atencion al cliente los productos en mal estado un cambian el precio el bodeguero que te roba al igual q el carnicero pero no se acaba de solucionar el problema a y el inspector que no ve porque lo tocan con algo
– Recibir productos y servicios que cumplan con los requisitos de calidad, insumos del servicio y de seguridad establecidos.
– Satisfacer sus necesidades con un adecuado y oportuno abastecimiento de bienes y servicios de primera necesidad, con especial atención a los grupos vulnerables.
– La protección de sus intereses económicos, que les permita adquirir productos y servicios con adecuada relación calidad-cantidad-precios, recibir la factura o comprobante de venta en los servicios que se establezcan o se soliciten por el cliente, así como la entrega completa del dinero que excedió al efectivo entregado por el bien o servicio recibido, incluyendo la moneda fraccionaria.
Como se va a garantizar esto, si estos 3 puntos constantemente se están violando en todas las tiendas de todas las cadenas, las 24 horas del dia y los 365 dias del año; lo más común es que:
1. Las tiendas están llenas de productos de malísima calidad, la relación calidad-precio como cuantificarla??? o quien la valora????, si a todas luces el 95 % de todos los productos por no decir el 100% tienen los precios inflados. Quien me dice que un pullover 100% de nylon-poliester de 2 milimetros de grosor la tela a 10 CUC, con 34-35 grados de calor y humedad del 85-90 % el eterno verano cubano, es un producto de buenisina calidad/precio???????.
2. De que abastecimiento están hablando, si lo que impera es el desabastecimiento. Nada más usted tiene necesidad de comprar algo urgente y le da la vuelta a la Habana completa y no lo encuentra, ejemplo hay miles, sobre todo en ferretería, electrónica, construcción, insumos para la casa,etc, etcccccc
Servicios???????, ????, ???? cuales?????
La fórmula no será nunca bajar precios compatriotas, la fórmula es subir salarios maridado con productividad sostenible, termino este que sigo considerando quimérico si persiste el quo imperante.
Los constantes reclamos en este orden advierten del elevado desconocimiento económico que posee gran parte de la sociedad cubana de la isla discordante con el nivel de instrucción existente.
Cómo el consumidor se protege ante otros aspectos como por ejemplo que en este año el alcohol solo ha venido un mes al Comercial Virginia en Santa Clara o que la balanza digital del punto de La Cadena de la misma localidad tiene un error de cero de 0.27 libras que comenzó en menos de 0.24 y va aumentando y lleva casi un año asi y no pasa nada. Como protegerse cuando se vende en libras y la balanza de comprobacion no existe o esta en Kg. Como protegerse cuando se venden productos en libras y se miden como el aceite, la luz brillante, el alcohol, etc. Como protegerse cuando el unico producto que se oferta es de mala calidad. Como protegerse de medidas en potes, mazos, etc o cuando el dependiente que te vende al reclamarle te dice -- Yo tambien tengo que vivir---.