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Cuba tiene nueva Ley de la Vivienda

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VII Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.

La Asamblea Nacional del Poder Popular aprobó este jueves la nueva Ley de la Vivienda, una norma que actualiza el marco jurídico del sector, amplía derechos de los propietarios, incorpora nuevas formas de gestión para enfrentar el déficit habitacional y fortalece el papel de los gobiernos locales en el desarrollo de políticas de hábitat.

Al presentar el proyecto ante el Parlamento, el ministro de la Construcción, René Antonio Mesa Villafaña, explicó que la norma es resultado de un amplio proceso de elaboración en el que fueron estudiados tratados internacionales suscritos por Cuba en materia de hábitat y vivienda, legislaciones de 15 países y un conjunto de leyes nacionales relacionadas con el ordenamiento territorial, el procedimiento administrativo, la expropiación forzosa y el desarrollo urbano, entre otras.

Asimismo, la propuesta armoniza con políticas públicas vinculadas a la dinámica demográfica, la atención a la juventud, el enfrentamiento al cambio climático y el desarrollo local y territorial.

La nueva ley quedó estructurada en 16 capítulos, 190 artículos y tres disposiciones finales, tras un amplio proceso de consulta especializada en el que se recibieron 10 928 opiniones, propuestas y criterios, de los cuales fue aceptado el 56 %. El debate también generó más de 158 000 interacciones en las redes sociales.

Entre los principios que preserva la legislación figuran la responsabilidad del Estado en el desarrollo de programas constructivos para disminuir el déficit habitacional, la protección a las personas en situación de vulnerabilidad mediante subsidios y otros beneficios, el reconocimiento de la propiedad de la vivienda como derecho de los ciudadanos y el mantenimiento del sistema de construcción por esfuerzo propio.

Un programa nacional con nuevos actores

René Antonio Mesa Villafaña, ministro de la Construcción de Cuba. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.

Uno de los principales aportes de la ley es la creación del Programa Nacional de Desarrollo Habitacional, concebido con un enfoque integral y sostenible.

En su ejecución participarán, además de las entidades estatales, las cooperativas de vivienda, otras cooperativas, las microbrigadas, las micro, pequeñas y medianas empresas, las entidades inmobiliarias y otras formas de gestión autorizadas.

La norma también establece que el valor de las viviendas estatales se determinará conforme a su valor catastral y permite que las entidades económicas destinen utilidades para financiar acciones constructivas o contribuir al pago de viviendas asignadas a sus trabajadores, como mecanismo para favorecer la estabilidad de la fuerza laboral.

Asimismo, cuando resulte necesario desarrollar nuevas zonas de crecimiento urbano, corresponderá al Estado y a otras formas de gestión autorizadas proyectar, financiar y ejecutar las urbanizaciones e integrarlas con los asentamientos humanos existentes.

La legislación incorpora además un tratamiento diferenciado para las personas que residen en barrios precarios o zonas degradadas y reconoce a los jóvenes como parte de la población priorizada para acceder a una vivienda adecuada.

Se amplían las facultades de los propietarios

VII Período Ordinario de Sesiones de la X Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.

 

Entre las principales novedades destaca el reconocimiento del derecho de las personas naturales a poseer hasta dos viviendas en propiedad, sin contar la destinada al descanso o veraneo cuando esta conste legalmente como tal.

La ley también amplía las posibilidades para transmitir, donar, permutar o ceder partes de una vivienda, elimina diversas autorizaciones administrativas que anteriormente limitaban estas operaciones y permite concertar contratos de comodato.

Asimismo, posibilita que los propietarios de viviendas declaradas en estado de ruina puedan transmitirlas a personas naturales o jurídicas para su recuperación, y autoriza la cesión de habitaciones o espacios entre propietarios de viviendas colindantes, siempre que se mantenga la condición de vivienda adecuada.

Otra modificación significativa es la eliminación de la confiscación de la vivienda por salida definitiva del país, así como de la obligación que tenían los herederos de informar en el plazo de un año el inicio del proceso de adjudicación de una vivienda que hubiera quedado sin ocupantes.

La norma flexibiliza además los contratos de compraventa al permitir que las partes pacten libremente las cláusulas y condiciones que estimen convenientes, siempre que no contradigan la ley ni el orden público.

También regula la concesión del derecho real de superficie para construir viviendas sobre solares yermos y autoriza edificaciones destinadas a actividades productivas dentro de inmuebles residenciales, previa obtención de las licencias correspondientes.

Mayor protagonismo de los municipios y acceso a la justicia

René Antonio Mesa Villafaña, ministro de la Construcción de Cuba. Foto: Abel Padrón Padilla/ Cubadebate.

La legislación faculta a los consejos de la Administración Municipal para adquirir viviendas destinadas a satisfacer necesidades habitacionales priorizadas y para financiar, total o parcialmente, el precio de las viviendas asignadas a personas en situación de vulnerabilidad.

Igualmente, establece que las operaciones de compraventa, donación y permuta se formalizarán ante notario y elimina los recursos administrativos contra las decisiones de las direcciones municipales de la Vivienda, de modo que las inconformidades pasarán a dirimirse directamente ante los tribunales competentes.

Como complemento de la ley fueron elaborados tres reglamentos: el Reglamento General, el Reglamento de la Propiedad Horizontal y el Reglamento de las Cooperativas de Vivienda, cuya aplicación acompañará la entrada en vigor de la nueva legislación.

Durante la presentación del proyecto se subrayó que el éxito de la norma dependerá de la preparación de quienes deberán aplicarla, de la actuación coordinada de los gobiernos locales y del conocimiento que tenga la población sobre los derechos, deberes y procedimientos que en ella se establecen.

Se han publicado 34 comentarios



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  • Pedro dijo:

    Como se agilizará específicamente,la donación, transmisión , compra-venta , herencia y permuta de viviendas ??

    • Jorgess dijo:

      Con un "extra"... Guiño guiño

  • Yamila perez dijo:

    Buenas tardes mi.preicuoacion es que esta ket no habla al menos en lo que leí
    De lis USUFRUCTIS GRATUITOS yo vivo en uno desde el año 1976 y aun no he logrado que me den mi.propiedad ,entonces leo esto ahora y no veo nada al respecto gracias

    • Xxxxx dijo:

      Lo mal que me cae de estos politicos es que hablan demaciado de lo mismo y le dan trenta vuelta con palabra nuevas que ellos encontraron en el diccionario pero el que se los dijo no sabe ni lo que significan ,en fin que va a pasar con los usufructos porque la ultima vez que fui a la vivienda me estaba pidiendo 700 dolares por fuera para pasar a propiedad ,parece que me confundio con un aleman ,deberia de ir al aeropuerto y decir que me perdio el pasaporte en el avion a ver si me dejan ir.

  • UrcRojas7 dijo:

    Cuando entrará en vigor?

  • Cubanito dijo:

    El tema de la vivienda se ha trabajado muy fuerte, pero a pesar de los esfuerzos, siempre hubo déficit habitacional. De hace unos pocos años a raíz del incremento de la migración de cubanos a otros países, quizá eso ya no sea una problemática tan grave.
    No obstante la futura creación de nuevas comunidades habitacionales, debe estar basada en la realidad actual. Subsidiar una vivienda debe ser algo que se analice muy bien y que sea solamente para las personas verdaderamente necesitadas.
    Otra cosa debe ser las condiciones de esas futuras nuevas comunidades. No basta con hacer en ella una farmacia, una escuela y un consultorio del medico de la familia, esas comunidades deben tener fácil acceso, cercanía a los núcleos poblacionales de mayor magnitud y me refiero a las ciudades. Deben tener desde su creación, garantizados los accesos a Internet, al menos una ruta de transporte público, cuando lo haya, que se que ahora es una quimera. Debe haber cercanía a servicios públicos o tener creadas facilidades para que esos servicios, aunque sean privados, se asienten allí. Se debe pensar en tener espacios ya construidos y disponibles para que un privado pueda rentar y montar una barbería o peluquería con las condiciones, si alguien desea poner un restaurante o una cafetería igualmente con las condiciones adecuadas para que sea higiénico y presentable. El agua debe ser un servicio que se garantice para esas futuras nuevas comunidades. Deben tener cercanas también los servicios de seguridad, bomberos, etc. En fin que cuando se diseñe y se construyan nuevas comunidades se debe ser abarcador y pensar en el crecimiento de esas comunidades, con viviendas confortables y de calidad, resistentes a eventos meteorológicos extremos y hasta inundaciones.

  • Natacha Domínguez Medina dijo:

    Necesito me esclarezcan, mis padres son los propietarios de la casa, pero mí padre falleció, mi madre quiere permutar y no puede porque el aparece como propietario y no está, pero por problemas de conexión, corriente y por último vencimiento de los actos de última voluntad. Mi madre no ha podido realizar este trámite. Pregunto porque ella no puede permutar si es propietaria y porque si mi padre es difunto se vencen los actos de última voluntad.

    • XFX dijo:

      Lo del vencimiento de actos de ultina voluntad, siempre he dicho que es una estupidez, asi como el que diga que ña defuncion o el cert de nacimiento vencen.....

  • Monika dijo:

    En el proyecto no veo el caso de viviendas cerradas , por estar sus propietarios fuera del país, en edificios multifamiliares en el momento de reparaciones importantes, ejemplo reparación de tanque altos, motor de agua,azoteas. A estos propietarios la ley los obligará al pago a pasar de no vivir el apartamento.

  • Arianna dijo:

    Buenas tardes y como sera la atención a las personas vulnerables

  • Alejandro Márquez dijo:

    Tengo una amiga extranjera que quiere comprar casa y vivir en Cuba, como procede esa parte

    • yhm dijo:

      No creo q el problema de tu amiga sea con vivienda mas bien es con el psiquiatra...

    • XFX dijo:

      Sientate con ella y explícale que eso es una locura.... asi es como se procede

  • Dayron dijo:

    Los arrendatarios del casco histórico,podrán obtener la propiedad de los inmuebles que arriendan

  • Belkis Maceo Wilson dijo:

    Se que los esfuerzos para resolver el problema habitacional en el país es muy necesario y así ésta nueva ley es oportuna . Pregunta ❓ Se analizó particularidades ej. Médicos que viven en consultorio 40 años ( medios básicos de salud) que están jubilados reincorporados y que por demás están a la larga espera 2004 Programa Barrio Adentro de la prometida por Fidel en acto de solemnidad asignación de vivienda regalada aunque sabemos que hay que pagarla ( 3000 dólares en su momento)por entonces difunto Presidente Hugo Chávez Frías . Sugerencia revisar eso estamos un
    buen grupo de médicos en base de datos. Gracias

  • Jerome Samuel Romero dijo:

    Qué a determinado la nueva ley sobre los usufructo en la vivienda, puede un usufructuario adjudicarse la vivienda en propiedad, sin tantas limitaciones y requerimientos actuales?, que hay legislado al respecto?

  • Zatarra dijo:

    Yo propongo y espero sea leído por alguien del gobierno, que se hagan comunidades enteras en lugares estudiados previamente, pero con todas las facilidades para "el cubano de a pie", escuela, policlinico, todo lo que necesita esa comunidad. Se comercializa esa vivienda se paga por ejemplo el alquiler 20 años y después ya la vivienda es del propietario. Uno paga poco a poco y en 20 años es suya. Pone en subasta cual empresa o contratista privado va a construir la comunidad y se selecciona la más factible. Creo que es el camino.

  • Cuco dijo:

    Tengo 2 hijos uno vive en USA y otro en España con ciudadanía de esos países pero con pasaporte cubano, ¿Pueden heredar viviendas en Cuba? He hecho esa pregunta y me responden con evasivas, me urge saber , si algún funcionario o especialista me puede responder.

  • Juan José Jiménez Venegas dijo:

    Llevo 6 años esperando los papeles de mi casa y nadie da una respuesta yo pagué un abogado y nada la vida sigue igual como dice la canción

  • Oscar Ramos Isla dijo:

    La aprobación de una nueva Ley de la Vivienda en Cuba debe interpretarse como un intento de actualizar un marco jurídico que ya no responde plenamente a la complejidad del problema habitacional: déficit acumulado, deterioro del fondo inmobiliario, daños por fenómenos meteorológicos, desigualdad territorial, crecimiento de formas no estatales de gestión y dificultades para acceder a materiales, financiamiento y suelo urbano. Su importancia dependerá menos de la amplitud declarativa de sus principios que de su capacidad para articular propiedad, usufructo, arrendamiento, construcción, rehabilitación, transmisión de inmuebles y actuación estatal con procedimientos claros y garantías efectivas; una ley moderna puede ordenar el mercado, proteger a familias vulnerables y promover la recuperación del patrimonio construido, pero también podría generar más burocracia o desigualdades si concentra decisiones, mantiene controles administrativos excesivos o reconoce derechos sin crear vías ágiles para ejercerlos. El punto crítico será, por tanto, la implementación: disponibilidad real de materiales y crédito, transparencia en la asignación de viviendas y terrenos, seguridad jurídica para propietarios y arrendatarios, atención prioritaria a damnificados y personas en situación de vulnerabilidad, y un sistema de control capaz de combatir la corrupción y la especulación sin paralizar la iniciativa privada. En ese sentido, la nueva norma solo representará un cambio sustantivo si convierte la vivienda de un problema predominantemente administrativo en una política pública integral, con recursos, responsabilidades institucionales verificables y mecanismos de reclamación accesibles.

  • Oscar Ramos Isla dijo:

    El artículo sobre la nueva ley de la vivienda en Cuba destaca un cambio significativo en la gestión del sector habitacional, centrado en abordar el déficit de vivienda y mejorar las condiciones de vida de la población. La ley busca facilitar la compra, venta y construcción de viviendas, promoviendo la autonomía de los ciudadanos en un contexto donde el Estado ha sido históricamente el principal actor. Esto refleja un intento de modernizar el enfoque hacia la vivienda, permitiendo una mayor inclusión y participación ciudadana. Sin embargo, también plantea interrogantes sobre la viabilidad de su implementación, la sostenibilidad de los recursos y el equilibrio entre el interés privado y las necesidades sociales, en un país marcado por limitaciones económicas y desigualdades estructurales. La ley puede ser un paso importante hacia un sistema más dinámico, pero su éxito dependerá de un marco adecuado que garantice tanto el acceso a la vivienda como la regulación del mercado.

  • Danyer dijo:

    Sobre el tema, hay 2 aristas que no mencionan: que se hará con los que pagan de por vida (usufructuarios gratuitos) y que se hará el período de arrendamiento de las viviendas asignadas en por interés estatal a trabajadores, o sea, actualmente tienen que permancer en esa empresa por 15 años, para luego tramitar la propiedad. Se disminuirá esa cantidad de años????

  • yann dijo:

    La ley amplía los derechos de los propietarios!!!!, y los que no lo son ? Los médicos de familia y enfermeras de consultorios que llevan años trabajando, los que se jubilaron o peritados siguen en un limbo legal, de "medio básico o vinculados," acaso no tienen derechos a la propiedad de sus domicilios? Se lo ganaron con su entrega y laboriosidad. Merecen ser reconocidos.

  • Juan Rodriguez dijo:

    Buen día, en el caso de edificios múltiples qué necesiten reparación y la famosa cuenta bancaria que segun la ley debe abrir cada inmueble y que sus moradores sean personas de la 3ra edad, jubilados y mujeres como o quien se hace responsable porque en ese caso el poco dinero de esas personas apenas alcanza para sobrevivir y alimentarse, porque aunque uno sea propietario de un apartamento no es propietario del edificio que al final el dueño es el Estado.
    Otra cosa en la ley pregunto,se plantea algo sobre las personas que en esos edificios han ocupado ilegalmente viviendas de personas fallecidas y cual es la responsabilidad del Estado en estos casos y que las personas no tomen la justicia por sus manos. Gracias

  • victor dijo:

    Espero que junto con la nueva Ley, tengan previstas varias acciones para combatir y erradicar la corrupción, favoritismo y negligencia que hay en todo los mecanismos e instituciones existentes actualmente que tiene que ver con la vivienda, desde inspectores hasta Direcciones municipales. El problema real no es la Ley sino los que estan encargados de velar por que se cumplan. aqui pega mucho eso de: ...el que hace la ley hace la trampa... aunque tal parece muchas veces que aqui... los que hacen trampa son los que hacen e imponen la ley.....

  • Omayda dijo:

    Hace años estamos reclamando la revisión de Zonas de Alta significación para el Turismo de 1998 y nada. Desde el 2014 la empresa nos dio la Vivienda en Propiedad (Ampliacion de Marbella) y Vivienda Habana del Este, refiere que nos toca Arrendatario, sin embargo fue Vivienda e IPF quienes dijeron en sus permisos que era para completar una zona residencial ya existente violando ellos lo que establecía Ley...terrible..hemos tocado mil puertas pero ninguna ha sido la correcta. El de abajo siempre es el que pierde, las instituciones nos aplastan.
    Artículo que violó Vivienda e IPF de la Ley Gral de la Vivienda: 109 g, h

  • Raynier Armenteros Alfonso dijo:

    En este artículo, en el tercer párrafo de la sesión "Se amplían las facultades de los propietarios" se dice que se "...autoriza la cesión de habitaciones o espacios entre propietarios de viviendas colindantes, siempre que se mantenga la condición de vivienda adecuada". Espero esto se regule y se controle de manera adecuada en el caso de los edificios multifamiliares pues muchos derrumbes ocurren porque los habitantes sin un permiso y sin el asesoramiento técnico necesario realizan estas acciones constructivas violando normas técnicas que debilitan las estructuras y dan al traste con la seguridad de los habitantes.

  • compatriota dijo:

    no veo el procedimiento de las edificaciones patrimonio estatal en ruinas y abandono , como adquirirlas por las personas naturales y juridicas privadas?

  • Ramón dijo:

    Lo que realmente le hace falta a Cuba, es viviendas, muchas viviendas. La aprobación de la Ley de Vivienda no va a resolver los serios problemas que enfrenta una gran parte de la población.
    Segun las fuentes consultadas, en Cuba hay un total de 4.092.827 viviendas, con un crecimiento anual de apenas el 0.1%.
    De ese total de viviendas, se consideran en buen estado técnico constructivo 2.647.605 viviendas (el 65% del total). En estado "Regular y Malo": 1.445.222 viviendas (el 35%). Es decir, de casi 3 viviendas una de ellas clasifica de Regular o Mal constructivamente.
    Como ven, lo que necesitan los cubanos con toda urgencia, es viviendas, no leyes

  • Arturo dijo:

    Hace falta se aclare sobre las viviendas vinculada que las viven trabajadores o funcionarios pero que son propietarios los organismos,

  • Lianne Godoy Rodriguez dijo:

    Mis padres fallecieron. Somos 5 hermanos. 1 de ellos en EU. Los 5 x acuerdo pacífico y amoroso hemos determinado quienes heredan la vivienda. Ya tenemos todos los documentos solicitados x la notaria excepto la renuncia a su herencia d la q reside en el extranjero. Eso para ella es imposible adquirirlo . X que no es posible pasar la propiedad a los hermanos acordados X la flia?

  • Ramón dijo:

    Lo que realmente nos hace falta es viviendas, muchas viviendas. La aprobación de la Ley de Vivienda no va a resolver los serios problemas que enfrenta una gran parte de la población.
    Segun las fuentes consultadas, en Cuba hay un total de 4.092.827 viviendas, con un crecimiento anual de apenas el 0.1%.
    De ese total de viviendas, se consideran en buen estado técnico constructivo 2.647.605 viviendas (el 65% del total). En estado "Regular y Malo": 1.445.222 viviendas (el 35%). Es decir, de casi 3 viviendas una de ellas clasifica de Regular o Mal constructivamente.
    Como ven, lo que necesitan los cubanos con toda urgencia, es viviendas, no leyes

  • Janelly Barquin dijo:

    Cuándo quedará publicada en Gaceta?

  • Poly dijo:

    Llevo 25 años tratando de legalizar mi casa construida por esfuerzos propio y lo unico que he logrado ha sido un contrato de comodato , la Habana Vieja es un desgaste sistemático , hasta cuando las trabas y no se habla nada al respecto

Se han publicado 34 comentarios



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Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Director de Creación de Contenidos de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda y Cuadrando la caja. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómezen 2024. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@ideasm.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Dianet Doimeadios Guerrero

Dianet Doimeadios Guerrero

Periodista cubana. Máster en Relaciones Internacionales. Subdirectora de Cubadebate de 2019 a 2021. Reportera en el periódico ¡ahora! de 2010 a 2012. Graduada de Periodismo de la Universidad de Oriente. Twitter: @ddoimeG

Abel Padrón Padilla

Abel Padrón Padilla

Fotorreportero de Cubadebate. Trabajó en la Agencia Cubana de Noticias (2008-2018) y en el periódico Trabajadores. Correo: abel@cubadebate.cu

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