Campaña de declaración jurada y pago de tributos con mejores números que en años precedentes (+ Video)

La liquidación adicional del Impuesto sobre los Ingresos Personales mediante la presentación de la declaración jurada (DJ)Foto: Rio Cauto
Al iniciar su intervención en la Mesa Redonda, Arelys Pérez García, directora nacional de Servicios al Contribuyente, recordó que la Campaña de Declaración y Pago de Tributos, en correspondencia con lo dispuesto en la Ley 174 del Presupuesto del Estado para el año 2025, se inició el 6 de enero.
Agregó que se mantiene el beneficio por pronto pago para el Impuesto sobre Ingresos Personales, incluyendo los dividendos, para aquellos que declaren y paguen hasta el 28 de febrero. “Este beneficio consiste en que estos contribuyentes pueden deducir el 5% del importe a pagar”.
“Este beneficio también se concede al Impuesto sobre el Transporte Terrestre, conocido como el pago de la chapa, y es aplicable tanto a personas naturales como jurídicas. Anteriormente, el beneficio para este impuesto era del 20%, pero a partir de este año se reduce al 5%. En el caso de las personas jurídicas, esto constituye un ahorro para los presupuestos de las entidades. Se mantiene la bonificación del 3% para las personas naturales que paguen utilizando los canales electrónicos”.

Advirtió que, en el caso del Impuesto sobre Ingresos Personales, presentan declaración jurada por el modelo DJ 08 todos los trabajadores por cuenta propia, los artistas, creadores y personal de apoyo del sector de la cultura, comunicadores sociales, diseñadores y personal que labora en sucursales extranjeras. “En el caso de los trabajadores por cuenta propia, deben presentar todos los inscritos antes del 1 de diciembre”.
Pérez García indicó que, para esta Campaña, se mantienen como deducciones para este impuesto el mínimo exento de 39,120 pesos y la deducción del 100% de los gastos, siempre que se cuente con justificación documental del 80%, atendiendo a lo dispuesto en el Decreto-Ley No. 21 de 2020, que modifica la Ley 113 del Sistema Tributario. “Para el sector que recibe gratificaciones, el gasto es del 10%”.
En este sentido, mencionó que este año hay un cambio importante establecido en la Ley del Presupuesto: la modificación de la escala progresiva. “Después de hacer todas las deducciones autorizadas a los ingresos brutos, se conforma la base imponible, que transita por una escala progresiva, es decir, escalonada, donde aumenta el tipo impositivo según aumenta la base imponible. Esta escala aprobada es mucho más amplia y comienza con un tipo impositivo menor para una base imponible mayor”.

“Hemos tenido detractores por desconocimiento, porque lo que no saben es que lo que va en la escala es la base imponible (a los ingresos totales se les restan los gastos, el mínimo exento, los tributos pagados y las deducciones autorizadas)”.
Al comentar sobre el comportamiento de la actual campaña, dijo que hasta la fecha, de un potencial de 483,025 contribuyentes obligados a declarar el Impuesto sobre Ingresos Personales, lo han hecho 98,501, lo que representa un 20.4% de cumplimiento. “Este comportamiento es superior al del mismo período del año anterior, en el cual habían declarado el 18.2% de los obligados”.
Subrayó que los mejores resultados se han registrado en la provincia de Guantánamo, que ya supera el 50% de presentación, seguida por Cienfuegos y Mayabeque, con un 25% de presentación, por encima de la media nacional.
Puntualizó que, en el caso de los usufructuarios de tierras, los propietarios de tierras agrícolas, los tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos, lo hacen mediante el modelo DJ 12, y se mantiene la aplicación de un tipo impositivo fijo del 2%.
“La aplicación de este tratamiento se extiende a los productores cañeros. Para ellos, el proceso de presentación de la declaración jurada, liquidación y pago del impuesto por los ingresos obtenidos por sus producciones, excluidas las derivadas de la caña de azúcar, tiene un periodo diferente de campaña que se inicia el 1 de julio y concluye el 31 de octubre. Se les concede la bonificación por pronto pago del 5% a aquellos que declaren y paguen en o antes del 30 de agosto”.
En este sector, hasta la fecha se han recibido un total de 45,586 declaraciones juradas, de un potencial de 160,398 obligados a declarar, lo que representa un 28.4% de cumplimiento, comportamiento superior al del mismo periodo del año anterior, que era del 11.4%.
Las provincias de Guantánamo, Artemisa, Villa Clara y Camagüey presentan los mejores resultados, según indicó la especialista.
“En el caso del sector agropecuario, es muy importante el trabajo mancomunado en todos los territorios con la ANAP y la Agricultura. Es un sector noble, que se destaca por su disciplina fiscal. El año anterior terminó el 30 de abril con el 100% de presentación, y este año los resultados hasta la fecha superan los del 2024; ya seis municipios han terminado al 100%”.
- Artemisa: Candelaria
- Villa Clara: Quemado de Güines
- Camagüey: Minas
- La Habana: San Miguel del Padrón, Diez de Octubre y Cerro
Impuesto sobre Ingresos Personales (Dividendos)
En otro momento de la Mesa Redonda, la funcionaria explicó que presentan esta declaración todos los socios de las Mipymes por los dividendos devengados en 2024, y el periodo se amplió hasta el 30 de abril, manteniendo también el beneficio por pronto pago.
“En este sector se deducen el mínimo exento y lo aportado por el socio en concepto de Contribución a la Seguridad Social. Las retenciones anticipadas del 5% se deducen del impuesto a pagar. Pueden hacer uso de los canales digitales de pago y recibir el beneficio del 3%”.
Al detallar sobre la declaración jurada del Impuesto sobre Utilidades (Personas Jurídicas), comentó que deben presentar esta declaración las empresas de subordinación nacional, provincial y municipal, las sociedades mercantiles, las cooperativas no agropecuarias, las Mipymes, las cooperativas de producción agropecuaria, y las de créditos y servicios, entre otras.
“Aunque el número de contribuyentes obligados al pago de este impuesto es menor en relación con las personas naturales, es en las personas jurídicas donde se concentran los aportes fundamentales al presupuesto del Estado”, resaltó.
“Para este sector, la presentación de la declaración jurada es en formato digital, según se establece en la Resolución 8 de 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios. Para ello, estas entidades debían tener su firma digital desde 2024, que podían obtener en las oficinas que brindan este servicio: DESOFT, SOFTEL, Xetid, los Joven Club, entre otras”.
Hasta la fecha, se han recibido un total de 6,357 declaraciones juradas del impuesto sobre utilidades, de un potencial de 26,438 obligados a declarar, lo que representa un 24% de cumplimiento, un resultado inferior al del año anterior. Se destacan en la presentación las provincias de Guantánamo y Holguín, con resultados superiores al 50%.
Servicios que ofrece la ONAT: Apuesta por la digitalización

Arelys Pérez García, directora nacional de Servicios al Contribuyente, dijo también que se continúa potenciando los servicios digitales, en correspondencia con el desarrollo de la informatización de la sociedad.
“En nuestro Portal Tributario www.onat.gob.cu se puede acceder a todos los modelos necesarios para esta campaña. Los modelos de declaración jurada se pueden obtener en la sección ‘Descarga/Modelos y Formularios’. Se encuentran en Excel la DJ08 y DJ12 para facilitar el cálculo del impuesto, y también en PDF. Incluso contamos con la DJ Excel de Utilidades para las personas jurídicas, además de un servicio web disponible en este enlace: https://djutilidades.onat.gob.cu/”.
Añadió que en el portal tributario hay servicios especializados para los tenedores de libros desde hace más de tres años, que brindan la posibilidad a estos contribuyentes de acceder a la documentación de sus clientes para facilitar el pago de sus obligaciones y el llenado de las declaraciones juradas. Para ello, los tenedores de libros deben declarar en la ONAT del municipio sus clientes y acceder a los servicios de vector fiscal y consulta de pagos.
“Al igual que el año anterior, los modelos también pueden obtenerse en nuestras oficinas en formato digital; en el caso del sector agropecuario, se garantizaron los modelos impresos.
Debemos informar que todas nuestras oficinas municipales se mantienen abiertas para brindar asistencia y garantizar las vías de entrega más utilizadas, que son a través del buzón situado en todas las oficinas de la ONAT”.
Lo que más se consulta en esta campaña
Las consultas más frecuentes hasta la fecha han estado relacionadas con:
- Las retenciones que un trabajador por cuenta propia (TCP) hace a sus empleados por concepto de Impuesto sobre Ingresos Personales y Contribución Especial a la Seguridad Social se deducen en la declaración jurada.
R/ No, porque el TCP, como titular, solo ejerce la función de retentor de los tributos para efectuar su aporte; por tal motivo, esos importes no van a la sección de tributos pagados de la declaración jurada. - La declaración jurada se paga desde cualquier cuenta bancaria.
R/ No, el importe de la liquidación adicional del Impuesto sobre Ingresos Personales se hace desde la cuenta bancaria fiscal; puede utilizar los canales electrónicos de pago. - El personal que recibe gratificaciones y además es trabajador por cuenta propia, hace dos declaraciones juradas.
R/ No, hace una sola declaración jurada, la DJ 08, y declara los ingresos por ambas actividades; al registrar los gastos, utiliza los aprobados por cada actividad; para gratificaciones, es el 10%. - Cuando intento registrarme en el Portal Tributario, me dice que su NIT debe ser único, ¿qué significa esto?
R/ Cuando recibe este mensaje, significa que ya está registrado en el portal y, por lo tanto, solo debe actualizar la contraseña usando el tutorial para restablecerla, disponible en la sección de descargas del portal. - No he podido descargar mi vector fiscal para pagar la declaración jurada.
R/ La declaración jurada, si le da a pagar, se realiza con el vector fiscal del 2024.

Declaración jurada y pago de tributos
Sobre la Declaración Jurada y el pago de tributos de los ingresos de este año, la directora jurídica de la ONAT, Judith del Carmen Navarro Ricardo, recordó que el proceso abarca conceptos como los impuestos sobre ingresos personales, utilidades y el aporte del rendimiento de la inversión estatal.
Respecto al impuesto sobre ingresos, señaló que incumbe a los trabajadores por cuenta propia, trabajadores del sector de la cultura, comunicadores sociales, diseñadores, personas que obtienen gratificaciones por trabajar en sucursales extranjeras, usufructuarios, propietarios individuales, y otras figuras reconocidas en la norma legal.
También explicó que la ley establece adecuaciones para la liquidación y pago del impuesto sobre utilidades para personas jurídicas, como las empresas y sociedades mercantiles obligadas al pago de este y del aporte por el rendimiento de la inversión estatal; las cooperativas no agropecuarias; las cooperativas de producción agropecuarias; las cooperativas de créditos y servicios; y las micro, pequeñas y medianas empresas.
En cuanto a las UBPC, comentó que cuando más del 50% de sus ingresos provengan de la comercialización de sus producciones o la prestación de servicios vinculados a estas, no tienen que presentar declaración jurada, lo cual contribuye al mejoramiento de sus condiciones financieras.
“Las personas jurídicas concentran los aportes fundamentales al Presupuesto del Estado”, enfatizó Navarro Ricardo.
Sobre la Campaña de Declaración Jurada de 2024, reconoció la disciplina en la presentación de los pagos, superior a años anteriores, y mencionó como sectores más destacados el agropecuario, las empresas estatales y las mipymes.
Según lo establecido en la Ley 113/12 del Sistema Tributario y en la Ley 174 del Presupuesto del Estado para 2025, los sujetos obligados a realizar el aporte deben cumplir requisitos como presentar la Declaración Jurada dentro del período voluntario, declarar la totalidad de los ingresos obtenidos y con las formalidades que exige la ley, y efectuar el pago dentro del período de la campaña.
“Ante el incumplimiento de algunos de estos requisitos, la Ley establece un régimen de sanciones consistentes en multas de hasta 5000 CUP, y otras medidas no pecuniarias, como el cierre de establecimientos (de forma temporal o definitiva) y el retiro de licencias”, dijo la directiva.
Aclaró que, si existe inconformidad con alguna sanción, los contribuyentes pueden presentar un proceso de reclamación ante la oficina que impuso la medida, mediante un Recurso de Reforma y, de no estar conforme con la respuesta, puede presentar Recurso de Alzada ante la instancia superior.
Una vez terminado el período de campaña, la ONAT comienza un proceso de fiscalización de las Declaraciones Juradas, para determinar si existe subdeclaración de ingresos, y verificar los pagos.
La institución también realiza acciones de control fiscal con los contribuyentes. Para ello, tiene acceso a información de trascendencia tributaria, obtenida de otros organismos como el Mincex, la Aduana y el Banco.
“Con esta información se verifican y comprueban los ingresos obtenidos, declarados y aportados al Presupuesto del Estado por los contribuyentes, así como los documentos contables que justifiquen los ingresos, en caso de que existan”, afirmó.
Si se determina una deuda, se pueden imponer sanciones no pecuniarias como la regulación migratoria hasta que esta se salde; o la denuncia de un posible delito por casos más graves, como evasión fiscal.
La directiva reiteró que no es intención de la ONAT llegar a aplicar denuncias por evasión fiscal. Por eso recalcó la importancia de que los contribuyentes declaren bien y en tiempo, pues el país necesita esos ingresos para fortalecer y desarrollar su proyecto social.
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Seguimos ganando en disciplina y educación tributaria. Ya nadie puede decir que desconoce del tema pues se viene habla do y se sigue divulgando bastante el así ro. Ahora queda el combate efectivo y oportuno contra los subdeclarantes y vivos que se creen capaces de violar lo establecido y no pagar lo que les corresponde. Todavía faltan muchos millones que aportar al presupuesto que va a los bolsillos de todos aquellos que dan sus tarjetas personales en vez de las fiscales cada vez que realizan operaciones de compra venta....es tarea pendiente detectar y llamar a capitulo a esos Alcapones pues están perjudicando y afectando planes que benefician a la mayoría del pueblo. Esperamos se publiquen también algunas de las principales tareas de enfrentamiento a ese delito y los montos recuperados, mientras los gobiernos municipales deben transparentar más el uso que se les da a esos fondos en lugares como donde vivo donde apenas se ven los resultados en que se invierten y todo sigue igualito. (Víbora, 10/10). Gracias
Gracias por su comentario y plenamente de acuerdo; tenemos que seguir trabajando para eliminar la subdeclaración de ingresos y también la evasión fiscal; para lograrlo estamos incrementando el control fiscal, porque no sólo hay q pagar, hay que hacerlo en correspondencia con los ingresos percibidos y aquí contamos con la fortaleza de integrar información de otras instituciones como el Banco, Aduana, las Notarías; los registros públicos; entre otros que aportan información con trascendencia tributaria y q nos permiten poder hacer determinaciones de ingresos que no fueron aportados. Cómo usted dice en los territorios se debe transparentar el destino que se le da a los tributos que se recauda de sus ciudadanos y eso también hay que perfeccionarlo desde la Ley de Transparencia. Cada uno de nosotros puede contribuir a la disminución del déficit fiscal aportando lo que corresponde; combatiendo ilegalidades que son ingresos que no se aportan, disminuyendo gastos presupuestarios y haciendo un correcto uso del presupuesto.
Implementar sistemas electrónicos para la declaración y el pago de impuestos. Esto no solo reduce errores humanos, sino que también facilita el proceso tanto para los contribuyentes como para las autoridades fiscales.
Si eres contribuyente de alguna forma estatal sabrás que eso ya está. Lo único que tienen que hacer las personas es usarlo. Todo lo que comentas ya está. El Portal de la ONAT es uno de los mejores del país en términos de servicios y contenidos digitales. Es además, el primer servicio digital en Cuba que empieza digital y termina digital. Ningún servicio es 100% digital. El de la Onat, lo es. Y es pionero en eso. De hecho, hay entidades con más recursos tecnologicos que la ONAT y no han logrado un servicio digital 100% digital. Felicitaciones a la ONAT. Y espero que pronto se restablezca el servicio de firma digital desde el Portal.
Mantener registros precisos y actualizados de tus transacciones financieras.
Utilizar herramientas de contabilidad y software especializado para llevar un control adecuado de tus finanzas y facilitar la declaración de impuestos.
Pagar impuestos a través de una cuenta fiscal garantiza que los pagos sean seguros y transparentes. Los contribuyentes pueden rastrear sus transacciones y asegurarse de que sus pagos hayan sido recibidos y registrados correctamente.
Centralizar los pagos de impuestos en una cuenta fiscal facilita la gestión de las obligaciones fiscales. Permite a los contribuyentes tener una visión clara de sus pagos y balances pendientes.
Algunas cuentas fiscales ofrecen recordatorios automáticos de fechas de vencimiento y vencimientos próximos, ayudando a los contribuyentes a evitar multas y sanciones por pagos atrasados.
Las cuentas fiscales permiten a las autoridades fiscales recaudar impuestos de manera más eficiente y rápida, reduciendo la carga administrativa y el riesgo de errores en el procesamiento de pagos.
Facilita el control y la auditoría de los pagos, ya que todas las transacciones están registradas en un sistema centralizado. Esto ayuda a detectar y prevenir la evasión fiscal.
Digitalizar los pagos de impuestos a través de cuentas fiscales puede reducir los costos operativos asociados con la gestión y procesamiento de pagos físicos.
Este año no pude enviar la DJ por el Portal porque el servicio no está funcionando y de la Provincia me lo dijeron. Además que la DJ del año 2022 no aparece y yo firmo digitalmente desde ese año.
Holos gracias por su comentario. Ciertamente hasta este momento no tenemos disponible el servicio en el Portal tributario de Declaración Jurada por problemas técnicos que trabajamos de conjunto con DESOFT. Su modelo del 2022 si fue enviado por esa vía está en la Onat de su mcpio. Es un servicio para entregar su modelo firmado digitalmente y usted debe tener su original también firmado que debe guardar por 5 años. Usted puede enviar su declaración jurada firmada digitalmente por el correo consultas de su municipio.
Gracias. Espero que se restablezca pronto. La Onat es el único servicio digital que empieza digital y termina digital. En el país no existe ninguno así: 100% digital. Hay entidades con mayores recursos que ustedes que no lo han logrado. Es una cuestión de procesos muy exitosa. Mis Felicitaciones. Y a todos los expertos funcionales técnicos y directivos que han intervenido en la concepción de un servicio digital, 100% digital. Incluyendo en términos de contenidos.
Esa es la verdadera transformación digital.
Yo creo que la lic. Arelys no ha podido ser más esclarecedora de lo que ha sido. La ONAT en Cuba es demasiado benevolente...aquí en México, donde vivo, la gente prefiere meterse con los carteles y no con el SAT.
Me pareció un excelente programa. Siempre me llama la atención como la ONAT busca alternativas y formas diferentes de llegar a los contribuyentes y eso es muy positivo. Entiendo q la ONAT es una institución q hay q potenciar y fortalecer, no de palabras sino de hechos, cuando escuchas los números son impactantes, alguien ha sacado la cuenta del costo de la administración tributaria contra los ingreoss que recaudan? Y vaya no de los q entran normalmente sino de los q se obtienen a partir de las fiscalizaciones? Tengo entendido que los fiscalizadores de la onat tienen una salario promedio de 3000 pesos y determinan en una acción millones de pesos. Cuantos fiscalizadores hay? Cuantas acciones se pueden hacer? Este no es uno de los impulsos a la economía que necesitamos? Q estamos esperando? Hoy en muchos escenarios se habla por nuestros principales dirigentes del enfrentamiento y la lucha contra la evasion fiscal, pero como y con quien? Considero q se avanza en la prevención como debe ser, pero falta mucho.
si ya en cada cuadra hay negocios q no pagan impuestos sin ir más lejos cerca de mi casa
velazquez 466 entre reforma y guasabacoa luyano
el delincuente del barrio leonard vende pizza cerveza y lo q encuentre sin pagar nada al fisco
Buenas una pregunta, si los socios de una MiPYMEs que tienen utilidades, pero que por razones financieras de baja disponibilidad monetaria, no ha realizado pagos por el valor de la utilidad , ejemplo: si la utilidad a pagar a los socios fuera de 3 millónes de pesos, pero solo se pagaron al cierre d diciembre 600 000 pesos a los socios , estos deben realizar su declaración por los 3 millones no pagados o por los 300 000 pesos recibidos por ambos socios.