Desde este sábado entra en vigor Resolución del Mincin que establece nuevo requisito para la inscripción en el Registro Central Comercial

A partir de este sábado entra en vigor la Resolución 93/2023 del Ministerio de Comercio Interior, publicada hace un mes en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 106 y que establece un nuevo requisito para la inscripción en el Registro Central Comercial.
Se trata de la obligatoriedad de las entidades dedicadas a esa actividad de asegurar a los consumidores el acceso y uso de los canales electrónicos, es decir, poseer las facilidades de pago por las pasarelas nacionales o terminales de punto de venta (POS), para la comercialización de bienes y prestación de servicios.
La disposición legal es de aplicación por las personas naturales y jurídicas que realizan actividades comerciales objeto de inscripción en el mencionado Registro, según explicaron este viernes en la Mesa Redonda Informativa de la radio y la televisión directivos del MINCIN.
Inalvis Smith Luben, vice ministra del organismo, precisó que la normativa abarca las actividades de Comercio mayorista y minorista, los servicios gastronómicos o de alimentación social, los servicios técnicos comerciales y de uso doméstico y los de alojamiento a cargo de empresas del Poder Popular.
Aclaró que se mantiene el efectivo como opción pero es obligatorio tener habilitada cualquiera de las plataformas de pago, Transfermóvil y Enzona, para cuyo despliegue se ha trabajado con diversos organismos, por ejemplo, con el Ministerio de Turismo y el Grupo Palmares.
La funcionaria señaló que se dispone de dos plazos: el primero, de 30 días para los nuevos establecimientos que soliciten inscribirse en el Registro Central Comercial; y el segundo, de hasta 60 días naturales a partir de la entrada en vigor de la normativa, con vistas a que los ya inscritos garanticen las facilidades de pago.
Santiago Secada Elozegui, director nacional de esa institución del MINCIN, se refirió al peso de los más de 198 mil trabajadores por cuenta propia que deben cumplir tal obligación, al igual que los Proyectos de Desarrollo Local, las cooperativas, las empresas, las Mipymes y los productores independientes, siempre y cuidado hagan comercio.
Él y la viceministra enumeraron como violaciones efectuar una actividad comercial sin estar inscrito, no mantener las condiciones requeridas para ejercerla y no actualizar la licencia comercia, pero insistieron en la obligatoriedad de contar con diversos canales de pago electrónico.
Ante la pregunta de cuáles medidas se pueden imponer mencionaron la multa, el cierre del establecimiento y el decomiso de los instrumentos, equipos, mercancías o efectos que dan lugar a la contravención.
En la Mesa Redonda hablaron de los beneficios de los pagos digitales, del impacto de Transfermóvil y Enzona, Julio Antonio García, director de Soportes y Desarrollo de Productos Digitales, de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba (ETECSA), e Iván Collazo, especialista comercial de la Empresa de Tecnología de la Información para la Defensa (XETID), encargadas de asegurar la conectividad.
En video, Registro Comercial y pagos electrónicos
(Con información de la ACN)
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Están incluidas las mipymes en esta obligaroriedad?
Hoy en el Mónaco el mismo picadillo de pollo que allí han vendido y que con mucha resistencia han permitido a veces el pago por código qr, hoy no lo aceptaban porque decían que quien estaba vendiendo el picadillo era una mipyme.
Mercado de 23 y C no acepta pago electrónico ninguno, y del servicio mejor ni hablar, es un desastre total.
En el establecimiento de 13 y 84 q dicen son TCP no aceptan pagos electronicos,dicen son la Resolucion no aplica a ellos
Todo esta muy bien pensado,lo que hace falta que se cumpla parejo y como se establece en todas las provincias del país.además que todos los que controlen esta normativa sean conscientes de la importancia de llevar a cabo estas actividades en el país.
La tecnología en Cuba es obsoleta se demora mucho los movimientos con tus cuentas en el celular, el otro día en la mipyme de la reguladora se marcharon usuarios por lo lenta de la operación
Leyendo al pie de la letra, la resolución obliga a contar con canales de pago electrónico, pero no obliga a usarlos. Vaya, que si del lado del comercio hay un abogado, puede esgrimir su derecho a no aceptar transferencia porque en la resolución no está explícita dicha obligación.