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Ministerio de Trabajo y Seguridad Social informa sobre tratamiento laboral y salarial por el 10 de octubre

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El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social explica que, según lo establecido por la Ley No. 116, Código de Trabajo, el 10 de octubre es un día de conmemoración nacional al celebrarse el “Inicio de las guerras por la independencia”.

Por ello, recesan las actividades laborales, excepto las relacionadas con la zafra azucarera y otros trabajos agrícolas urgentes, industrias de procesos de producción continua, labores inaplazables de carga y descarga; servicios de transporte y su aseguramiento técnico indispensable, hospitalarios y asistenciales, farmacias, expendios de combustible, funerarias, jardines vinculados con estas y cementerios, servicios de hospedaje, centros turísticos, comunicaciones, transmisiones de radio y televisión, servicios públicos básicos, actividades de pesca y otras autorizadas por la ley.

A los trabajadores cuyas actividades recesan ese día y están sujetos a la forma de pago por rendimiento, se les abona el salario promedio; si están sujetos a la forma de pago a tiempo cobran su salario diario, salvo que dicho día coincida con el descanso semanal, con el disfrute de vacaciones anuales pagadas, garantía salarial, licencia no retribuida o subsidio de seguridad social.

Aquellos que, por la índole de su trabajo están exceptuados de recesar o que tienen que concurrir al trabajo porque se les ha habilitado como laborable ese día, se les abona el pago doble del salario que les corresponde devengar por la producción realizada o el tiempo real trabajado, incluyendo los pagos adicionales a que tengan derecho.

Si se encuentran disfrutando de vacaciones anuales pagadas, licencias no retribuidas, subsidios de seguridad social o garantías salariales por los conceptos previstos en la ley, continúan recibiendo dicho tratamiento.

Se han publicado 10 comentarios



Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. Recomendamos brevedad en sus planteamientos.

  • Josenicolasinnissherrera dijo:

    Primero que todo saludarlos y segundo esta muy buena la idea de informar de forma oficial todo los detalles al respecto esta excelente idea felicidades

  • Maribel Rodriguez dijo:

    El que no trabaja ese día no se lo pagan a los técnicos se les paga dias feriados

  • Cuban Warrior dijo:

    Estás regulaciones aplican o no en el sector no estatal?

  • Giraldo Aguiar dijo:

    Los bancos abrirán hoy 10 de octubre?

  • Kilo dijo:

    Saludos cordiales.
    Deceo preguntar; en el caso de los trabajadores nocturnos que empieza su turno laboral el día 9 y termina el 10. ¿ Tiene derecho a la remuneración por las horas que trabaje el 10? En mi caso particular son 7 horas.
    Gracias

  • Goyito dijo:

    Saludos. Hace falta que el MTSS resuelva el dinero que reciben los que se jubilaron anterior a la Tarea Ordenamiento.
    Hoy mismo en la panadería Gorrita de Camagüey no vendieron el pan de la canasta, pero sí el de 75 pesos. Antes pagaban la deuda cuando no se podía hacer por rotura o por falta de harina, pero ahora es borrón
    y cuenta nueva. Después de 46 años de
    trabajo me siento estafado. Si quieren me publican.

  • Uno_ahi dijo:

    dile a un particular q te pague doble pq es 10/10 para q tu veas...

  • Nilda Valdés dijo:

    Es muy coerente

  • JUANA dijo:

    Muchas gracias por informarnos diariamente ,necesito emitir por esta vía un criterio sobre .
    ¿ Por qué no se analiza la situación de algunas personas jubiladas e impedidos para que compren el pan semanal en el caso que lo requiera ,ya que tienen que pagar diario para que se lo busquen y en la panadería no le aceptan compar todos en un día? Gracias .Disculpen la molestia pero muchos están en este caso .

  • Marlenys Bravo Rodríguez dijo:

    Soy cuenta propia del municipio de matanzas y según la regulaciones tengo que tener 3 trabajadores en plantilla. Pero se hace muy difícil la actualización de esta plantilla, no entiendo por qué este trámite se demora hasta tres meses y más para su aprobación y sea necesario por este motivo actualizar el PROYECTO en su totalidad. Está situación trae como consecuencia perdida de trabajadores y de contrato de trabajos.

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