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Declaración y pago de tributos en el 2022: Elementos que debes conocer (+ Video)

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Este 10 de enero comenzó en todo el país la campaña de de­claración y pago de tributos. Foto: Trabajadores.

Este 10 de enero comenzó la campaña de declaración jurada y pago de tributos correspondiente al año 2022.

Para conocer sobre las peculiaridades de este proceso, las adecuaciones en los tributos, las facilidades de pago, la inscripción de los nuevos actores económicos en el registro del contribuyente, el uso social de los tributos aportados y otros elementos de interés, comparecieron este martes en la Mesa Redonda la jefa y los vicejefes de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT).

La campaña del 2021 se desarrolló en un escenario complejo

Al comenzar el espacio radiotelevisivo, Mary Blanca Ortega Barredo, jefa de la ONAT, comentó que la campaña del 2021 se desarrolló en un escenario complejo.

Sobre él estuvo gravitando el recrudecimiento del bloqueo, agravado por los efectos de la crisis económica mundial producida por la pandemia. “Todo esto ha impactado en la economía del país y, por consiguiente, en la de los contribuyentes”, dijo la funcionaria.

Esto llevó a mantener un grupo de medidas tributarias adoptadas desde el año anterior, relacionadas con las suspensiones de algunas actividades y el aplazamiento de pagos durante varios meses del año, incluyendo la campaña que se aplazó hasta el 31 de mayo.

Hubo una contracción de los ingresos, por lo que se aprobó en junio una modificación presupuestaria que fijó una recaudación de más de 245 900 millones de pesos. “Resultaba imprescindible cumplir, para asegurar y respaldar los servicios y programas sociales, así como todos los gastos asociados a la covid-19”, recordó la funcionaria.

Señaló, además, que las oficinas de la ONAT trabajaron casi todo el año con una reducción significativa de trabajadores, lo que tensó el cumplimiento de disímiles tareas y obligó a continuar perfeccionando sistemas de trabajo y las vías de comunicación, información y servicios a distancia a los contribuyentes.

En medio de este escenario, la ONAT centró su trabajo en los procesos siguientes:

  • Gestión de los ingresos e identificación de reservas potenciales.
  • Se logra sobrecumplir la recaudación al cierre del año, posibilitando cubrir gastos necesarios, entre los que se destacan los asociados al enfrentamiento a la covid-19, en el entorno de 16 000 millones de pesos, incluyendo el proceso de vacunación de la población por 3 300 millones.
  • Seguimiento a la campaña de declaración jurada y pago de los impuestos de ingresos personales y utilidades y la preparación de condiciones para el presente año.
  • La asistencia a los contribuyentes, desarrollando un grupo de trámites y servicios que les permitieran cumplir sus responsabilidades tributarias con mayor facilidad y mantenerse informados oportunamente, algo que no siempre se logra.
  • Creación de condiciones técnicas y organizativas para la implementación de las normas tributarias a aplicar en el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia y a los nuevos actores económicos, incluyendo la transformación, en ambiente digital, de las relaciones de trabajo de la ONAT con las entidades que participan en este proceso.

Detalles de la actual campaña de declaración jurada

Más adelante en la Mesa Redonda, Belkis Pino Hernández, vicejefa de la ONAT, se refirió a la actual campaña de declaración jurada y pago de tributos.

Este año se mantienen la aplicación de los impuestos sobre los ingresos personales, las utilidades, el rendimiento de la inversión estatal y sobre el transporte terrestre, así como el impuesto por la propiedad o posesión de embarcaciones.

“Como en años anteriores, el impuesto sobre ingresos personales, utilidades y el aporte del rendimiento de la inversión estatal se liquidan a través del modelo de declaración jurada”, explicó Pino Hernández.

Reiteró que, para esta campaña, se mantienen el mismo modelo de declaración jurada y la escala progresiva. “Se modifica el mínimo exento para el impuesto sobre ingresos personales de 10 000 pesos a 39 120 pesos, y se permite la deducción del 100% de los gastos con justificantes del 80%, atendiendo a lo dispuesto en Decreto Ley No. 21, modificativo de la Ley 113 del Sistema Tributario”.

Asimismo, continúa la bonificación fiscal del descuento del 5% del impuesto a pagar por ingresos personales, para los contribuyentes que declaren y paguen en o antes del primero de marzo.

En otro momento del programa, la vicejefa de la ONAT precisó quiénes deben presentar la DJ08. En este caso se incluyen:

  • Todos los trabajadores por cuenta propia que ejercen su actividad dentro del régimen general de tributación, a diferencia del año pasado, en el que los que se mantuvieron con seis meses o más de suspensión no declararon, lo cual no afecta al contribuyente pues se declara en correspondencia con los ingresos obtenidos.
  • Artistas, creadores y personal de apoyo del sector de la cultura. Es importante aclarar que se han recibido planteamientos de contribuyentes de este sector que expresan que en todo el año no recibieron ingresos. Para estos casos, Pino Hernández aclaró que, al llenar la declaración jurada, reflejan ingresos brutos cero, pero sí tienen la obligación de presentarla.
  • Comunicadores sociales y diseñadores de la ACCS.
  • Personas que laboran en sucursales extranjeras.

En el caso de los usufructuarios de tierras agrícolas estatales, los propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos, se aprobó la aplicación de un tipo impositivo fijo del 2% en la declaración jurada (DJ12) para el cálculo del impuesto a pagar; es decir, se disminuye del 5% al 2%.

“La aplicación de este tratamiento se hace extensiva a los productores cañeros. Para ellos, el proceso de presentación de la declaración jurada, liquidación y pago del impuesto por los ingresos obtenidos por todas sus producciones se inicia el primero de julio y concluye el 31 de octubre de 2021. Se les concede una bonificación del 5% de la cuantía que resulte a pagar, según declaración jurada, a aquellos que declaren y paguen en o antes del 30 de agosto”, informó la vicejefa de la ONAT.

También se mantiene la bonificación del 3% para quienes paguen utilizando los canales electrónicos.

En el caso de la declaración jurada del impuesto sobre utilidades (personas jurídicas), la deben presentar:

  • Las empresas y sociedades mercantiles obligadas al pago del impuesto sobre utilidades y del aporte por el rendimiento de la inversión estatal.
  • Las cooperativas no agropecuarias.
  • Las cooperativas de producción agropecuaria
  • Las cooperativas de créditos y servicios

La funcionaria destacó que, aunque el número de contribuyentes obligados al pago de este impuesto es menor en relación con las personas naturales, es en las personas jurídicas donde se concentran los aportes fundamentales al presupuesto del Estado.

“En el caso de las unidades básicas de producción cooperativa del sector no cañero (UBPC), siempre que más del 50% de sus ingresos provengan de la comercialización de sus producciones agropecuarias o de la prestación de servicios vinculados a estas producciones, no tienen que presentar declaración jurada, con el objetivo de contribuir al mejoramiento de sus condiciones financieras. Esta medida constituye un beneficio para este sector de contribuyentes”, agregó.

En el caso del impuesto sobre el transporte terrestre y el impuesto por la posesión de embarcaciones, puntualizó que este se paga el año que se inicia. “No se trata de una liquidación del año anterior como la declaración jurada, sino del pago del año en curso por la propiedad del bien”.

Deben realizar este pago los propietarios de transporte terrestre y embarcaciones, sean personas jurídicas o naturales. Se mantiene el beneficio fiscal del descuento del 20% del impuesto sobre el transporte terrestre para quienes pagan antes del 28 de febrero, tanto personas naturales como jurídicas.

Este descuento lo realiza el propio contribuyente en el momento en que realiza el pago. Por ejemplo, si se trata de una persona natural que va a pagar el impuesto sobre el transporte terrestre por Transfermóvil, debe poner el importe con el descuento ya realizado.

“Debemos aclarar que los contribuyentes que realizan el pago por Telebanca o Transfermóvil por la opción del vector fiscal, como lo que se paga es el año en curso necesitan el vector fiscal del 2022. En este sentido, informamos a todos los contribuyentes que la ONAT se encuentra realizando el cierre del año. Por tanto, los vectores fiscales de 2022 de las personas naturales estarán disponibles y  podrán descargarse del portal tributario en la sección Servicios para el Contribuyente a partir del 15 de enero”, precisó.

La vicejefa del órgano tributario afirmó que se seguirá potenciando el uso de la tecnología digital. Como parte de ese trabajo, se actualizó la aplicación Transfermóvil y se perfeccionó el portal tributario www.onat.gob.cu.

A su juicio, este sitio web es ahora mucho más funcional e interactivo, en correspondencia con el desarrollo de la informatización de la sociedad.

“Los modelos de declaración jurada se pueden obtener en el portal tributario en la sección Descarga/Modelos y Formularios. También se encuentran en Excel la DJ08 y DJ12 para facilitar el cálculo del impuesto. Incluso, contamos con la DJ Excel de utilidades para las personas jurídicas”, dijo.

No obstante, aclaró que, al igual que el año anterior, los modelos también pueden obtenerse en las oficinas de la ONAT llevando una memoria flash. Aquellos contribuyentes con mayores dificultades para acceder a las vías digitales podrán adquirir el modelo físico.

“Se mantienen las vías de entrega a través del buzón situado en las oficinas municipales de la ONAT y por correo certificado. Como novedad, nuestra oficina está implementando la firma digital para los contribuyentes. Por tanto, aquellos que posean firma digital pueden hacer llegar la DJ en PDF por correo electrónico o llevarla en una memoria flash a la oficina”, concluyó.

¿Cómo será la campaña tributaria para los nuevos actores económicos?

La vicejefa primera de la ONAT, Yoandra Cruz Dovales, recordó que en agosto del 2021 se publicó en la Gaceta Oficial Ordinaria No.94 sobre el perfeccionamiento de los actores económicos. Se inició el proceso de constitución de mipymes, CNA y el reordenamiento del sector de trabajadores por cuenta propia.

Como aspecto novedoso, señaló que los procesos de inscripción de los nuevos actores se están realizando desde plataformas informáticas.

En el caso de los TCP, presentan toda la documentación en las oficinas de trámites o las direcciones municipales de trabajo. “Las mipymes lo hacen a través de la plataforma electrónica que ha puesto a disposición de los usuarios el Ministerio de Economía y Planificación”, apuntó Cruz Dovales.

Según información del Registro de Contribuyentes de la ONAT, hasta la fecha se han presentado nuevos proyectos de 61 971 trabajadores por cuenta propia, se han inscrito 22 cooperativas no agropecuarias, que totalizan ya 440 constituidas, así como 1 374 mipymes también constituidas, que han generado más de 21 786 empleos. Del total, 1 326 son privadas, y 26, estatales.

Entre las principales modificaciones, la vicejefa primera de la ONAT mencionó, en el caso de los trabajadores por cuenta propia:

  1. La generalización de la presentación de la declaración jurada por todos los trabajadores por cuenta propia, con independencia del régimen de tributación que se les aplique. En este caso, surte efecto para el ejercicio fiscal 2022, a declarar a principios de 2023.
  2. Todos los TCP pagan sus obligaciones conforme al régimen general, excepto aquellos a quienes la ONAT autorice a aplicar el régimen simplificado a partir de enero de 2022. “Deben utilizar la contabilidad para el registro de sus operaciones, deben abrir y operar una cuenta bancaria fiscal y adicionalmente cambia la forma de sus pagos”, dijo la funcionaria.
  3. Se elimina la cuota fija para el pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos personales, que pasa a ser porcentual.

El régimen simplificado –explicó– está concebido para aquellos proyectos con actividades muy simples, de operaciones sencillas que generen bajos ingresos, inferiores a 200 000 pesos en el año y que no utilicen fuerza de trabajo (solo labora el titular). Se otorga con carácter excepcional.

“Las aprobaciones que se han otorgado hasta la fecha y que entran en vigor a partir de enero del 2022, serán revisadas o fiscalizadas en el presente año para verificar los elementos expuestos por los contribuyentes”, informó.

Sobre las CNA y las mipymes

Cruz Dovales aclaró que las cooperativas no agropecuarias de nueva creación están exoneradas del pago por el periodo de un año y las reconvertidas por seis meses. “Tendrán un periodo mayor para prepararse en el pago de los impuestos”.

Los trabajadores asalariados contratados por las CNA pagan el impuesto sobre ingresos personales por el total de remuneraciones que obtengan. Se paga por retención. Están exentos de la presentación de la declaración jurada:

  • Hasta 3 260: exento
  • El exceso de 3 260 hasta 9 510: 3%
  • El exceso de 9 510: 5%.

Igualmente, las mipymes de nueva creación están exoneradas del pago por el periodo de un año, y las reconvertidas, por seis meses.

Pasos en la transformación digital de la ONAT

La pandemia de covid-19 aceleró los trabajos en el campo de la transformación informática que se estaban llevando a cabo en la ONAT, destacó Reinaldo Alemán Mondeja, vicejefe de la oficina tributaria.

“Ello ha conllevado mejorar continuamente los procesos internos, los procedimientos que los implementan y las aplicaciones informáticas que los soportan, en una plataforma tecnológica de gestión tributaria integrada”, resaltó.

Esa plataforma enlaza las bases de datos municipales con la base de datos central, la cual contiene información detallada de todos los contribuyentes inscritos en el país, incluyendo sus aportes al presupuesto del Estado.

De acuerdo con Reinaldo Alemán, contar con esta base de datos central, con información casi en tiempo real, ha permitido a la ONAT iniciar el camino hacia su transformación digital, bajo la concepción de situar al ciudadano/contribuyente en el centro del servicio o trámite puesto a su disposición.

Entre los principales resultados, está la consolidación del Portal Tributario del Ciudadano (www.onat.gob.cu), en funcionamiento desde diciembre de 2020, que cuenta con casi 50 500 usuarios y ha recibido 533 000 visitas.

El vicejefe de la ONAT agregó que están implementados cinco servicios en línea orientados a contribuyentes personas naturales: descarga del vector fiscal (obligaciones tributarias), modificaciones de cuotas mensuales, suspensiones de obligaciones, consultas y pagos realizados, así como funcionalidades para personas naturales y jurídicas (modelos y formularios, legislación, aplicaciones, multimedia, preguntas frecuentes, noticias, buscador y contáctenos, entre otras).

Además, se perfeccionó el servicio de pagos de los tributos para las personas naturales a través de Transfermóvil, banca telefónica, banca remota de BPA, Virtual BANDEC, Kiosco BANDEC y cajeros automáticos. “Por Transfermóvil se realizó el 9.5% de la cantidad total de pagos de tributos, el 1.8% del importe total de estos”.

Otro aspecto novedoso es el Decreto Ley No. 49, Modificativo de la Ley 113 Del Sistema Tributario, que establece que el impuesto sobre documentos se paga mediante la fijación de sellos del timbre o, en su valor equivalente, a través de los diferentes canales electrónicos de pago u otras formas que se establezcan.

Alemán Mondeja informó que la versión de Transfermóvil del pasado 24 de diciembre incluye el código del párrafo del impuesto sobre documentos en el listado que se despliega en la opción Pago mediante NIT o Carnet de Identidad, de la sección dedicada a la ONAT.

Al seleccionar este párrafo, se despliega una lista con la ONAT como única entidad a escoger por el usuario a la que está asociado el trámite a realizar.

También en el Bulevar Mi Transfer se creó un espacio para la ONAT, donde se visualizan los pagos del impuesto sobre documentos. Para facilitar su control, “se identificaron otras 24 entidades que pudieran incorporarse a esta solución tecnológica”.

La implementación de la firma digital en la administración tributaria cubana es otro avance en que ha trabajado la ONAT en 2021. Ese tipo de firma era utilizada por los cuadros y funcionarios, pero en menor medida por la población. “Hasta la fecha, 134 contribuyentes en el país tiene certificadas sus firmas digitales”, apuntó Alemán Mondeja.

Además, se han entregado certificados digitales a 1 803 funcionarios de las 184 oficinas tributarias (168 municipales, 15 provinciales y la central).

En video, la Mesa Redonda

Se han publicado 230 comentarios



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  • JMM dijo:

    Creo que la mayoría de los contribuyentes no están conscientes de las nuevas regulaciones, por ejemplo que todos pasan a régimen general de tributación y la obligatoriedad a llevar la contabilidad en este régimen. Es necesario más espacios para divulgar estas noticias y no sólo una mesa redonda de 1 hora. Muchas gracias

    • holos dijo:

      NO sé por qué dicen que todos pasan a regimen general, si existe la posibilidad que algunos pasen a regimen simplificado. Comprendo que es una solicitud, es un proceso de aprobación. Pero ese proceso tiene que atenerse a la Ley y la Ley impone solo tres restricciones y el espiritu de la Ley obedece a que es por ingreso y NO por actividad. Partiendo de esos puntos el proceso de aprobación debe atenerse a los principios de la Ley y su mandato.

      • ONAT dijo:

        Buenos días Holos:
        Muchas gracias por su comentario. Sobre el tema le comento que es la Resolución 345 de 2021 de la Ministra de Finanzas y Precios, la que establece en su artículo 3 que todos los TCP pagan sus obligaciones tributarias conforme el Régimen General de Tributación, excepto los que se les apruebe el Régimen Simplificado. También la propia norma en sus artículos del 20 al 23 y el DL 49 que modifica la Ley 113, establecen las características para la autorización de este régimen de tributación, entre las que se reconocen:Desarrollo de actividades de menor complejidad (art 60 DL 49/2021), Ingresos anuales que no superen los 200 mil pesos y no contrate personas para el ejercicio de la actividad (art 62 DL 49/2021), las relaciones comerciales del contribuyente con personas jurídicas y la ubicación geográfica del proyecto (art 21.2 Res 345/2021). En la recientemente aprobada Ley 144 del Presupuesto del Estado en la Disposición Final Cuarta se establece que en el transcurso del presente año la Ministra de Finanzas y Precios establecerá el procedimiento para la aprobación del régimen simplificado, sus términos y requisitos. Esperamos que esta respuesta satisfaga su inquietud. Saludos.

      • holos dijo:

        Pero miestras no salga esos procedimientos, el proceso tiene que atenerse a la ley vigente

    • ONAT de Cuba dijo:

      JJM, se realizó un trabajo previo de divulgación sobre el perfeccionamiento de los actores económicos por todos los medios de divulgación masiva, se publicó en Gaceta Oficial la gaceta 94 del 19 de agosto del 2021, que se ponía en vigor el 20 de septiembre, para los contribuyentes cambió la tributación a partir de las obligaciones de octubre. Al respecto además de publicaciones en redes sociales, en nuestra Pagina Institucional de FacebookONAT, en Twiter Onatde Cuba, en nuestro canal de Telegram Onatde Cuba, en el Portal Tributario http://www.onat.gob.cu en todos se pusieron noticias y aclaraciones al respecto, También se impartieron clases por el canal educativo explicando las características de los cambios, se están dando curso por la ANEC en los municipios, y muy importante, se generó un nuevo vector con las nuevas obligaciones y que contiene en la parte inferior la explicación detallada de cada cambio. Si usted aun tiene alguna duda , puede contactar con la ONAT de su mcpio por el correo consultas o por la linea telefónica directa. Agradecemos su comentario y trabajamos para fortalecer la comunicación y asistencia diferenciada, como explicó la Jefa de la ONAT en su intervención.

      • Otto123 dijo:

        Valida la aclaracion, muchos trabajadores por cuenta propia no quieren acabar de entender que ellos tienen la reponsabilidad principal de mantenerse actualizado con respecto a las normativas de la ONAT, la cual por supuesto tiene la obligacion de divulgar por los diferentes medios de comunicacion los cambios que se realicen, nuevas indicaciones, normas, procedimientos, etc, pero no va a ir casa por casa explicando a todo el mundo, eso es imposible.

      • LG.COM dijo:

        Soy Agente de Telecomunicaciones y en octubre del pasado año a raiz de los comentarios que escuché de mis compañeros acerca de que iban a cambiar el régimen de pago me presenté en la onat de mi municipio Gbcoa para que me informaran al respecto ya que mis compañeros afirmaban que a partir de octubre pasado ya cambiaba la forma de pago,y la compañera que me atendió me dijo que todavia no se sabia como iba a funcionar,habia que esperar a que les llegara la informacion correcta y nosotros mientras tanto seguíamos pagando como siempre hasta nuevo aviso,solo debiamos llenar la planilla de solucitud para seguir en régimen simplificado,entonces para que dicen que nos presentemos en la oficina si ni ellos mismos tienen la informacion?ademas segun se comenta aunque pertenecemos al regimen simplificado se nos aplicará una tarifa fija de 20 % a partir de los $ 3600 lo cual me parece un poco abusivo ya que mis ingresos personales no sobrepasan los $5000 pesos mensuales y el 20% esta un poco fuerte ademas del seguro social que tambien se comenta viene bien fuerte,si ese fuera el caso estarían apretando un poco no creen?entre los precios cada dia mas altos y los impuestos subiendo no va a dar la cuenta

      • Armando Enrique dijo:

        Agradezco me digan si devuelven el dinero equivocadamente pagado ya que debemos ser justos pues cuando dejo de pagar si me multan.

    • Armando Enrique dijo:

      Cómo todos los años realicé el pago de mis obligaciones el día 4 de enero y ahora que anuncian que los gastos deducibles son de 39120 cup es la Onat quien debe devolverme dinero. Esperemos que así lo hagan.

      • ONAT dijo:

        Los 39120 pesos de mínimo exento se establecen a partir de esta DJ y como consecuencia del reordenamiento monetario que ha tenido lugar en el país. Se reconoce que ese importe está libre del pago del impuesto, por lo que si sus ingresos anuales son inferiores a esa cifra Ud no tiene nada que pagar en la liquidación del Impuesto sobre Ingresos Personales

      • Liberato Criollo (novio de la Tojosa) dijo:

        Socio, estás embarcao, porque ese cambio del mínimo exento de 10,000.00 CUP a 39,120.00 CUP se anunció desde el inicio de la Tarea Ordenamiento...

    • ONAT Guantánamo dijo:

      JMM, la ONAT tiene establecido el Plan de Comunicación externa, donde cada oficina del país brindar información por las vías y canales disponibles en los territorios, no obstante usted puede realizar consultas a través del Portal Tributario o correo consultas de las oficinas tributarias, cuya dirección se encuentra en la sección contacto del Portal y en el exterior de las oficinas.

    • Médico Revolucionario dijo:

      Simplemente asi..
      La subdeclaración de ingresos es el punto común. La no existencia de un mercado mayorista donde ademas de garantizar insumos y a menos precios regula y sirve como mecanismo de control a los ingresos y precios al consumidor..Ej. si te aseguro 20000 latas de cerveza al mes a 25 pesos c/u no puedes venderla a 100 pesos ni decirme a fin de mes q tus ingresos son de 5000 pesos.....perooo...a nadir le conviene tanto control..y siguen operando en el mercado subterraneo de la corrupción y el pueblo sufriendo los abusivos precios...

    • Herramienta contable TCP dijo:

      Telegram:
      @AllCounterAccessTutorial
      @contabilidadtodos

  • luis dijo:

    Estoy en el proceso de jubilación y una funcionaria de la ONAT me dice que la bonificacion recibida por pagos electrónico se descuenta a la hora de certificar el pago de la seguridad social, por lo que eso me perjudica mi % de jubilación al calcular la misma.También en cuanto a la devolución monetaria de tributos pagados por error demás el plazo es de 60 días sin contar sabados y domingo mi caso me equivoqué en enero y no se devuelve hasta abril, considero demasiado tiempo eso es demostrado con fotos de los pagos y gran valor a devolver por lo que me afecta mi economía familiar e inversiones en la gestión de compras.

    • ONAT de Cuba dijo:

      Luis, lo pagado por usted por canales electrónicos,se considera totalmente pagado, por lo que la ONAT le debe certificar como pagado al 100%, le pedimos nos comunique en que municipio recibió esa respuesta para revisarlo, además haremos la aclaración en la Mesa de hoy, y a todas las oficinas se lo rectificaremos. En el caso del termino de la devolución coincidimos con usted en que es un plazo largo, aunque el termino es hasta 60 días, por lo que se puede resolver antes, la ONAT de conjunto con el MFP trabaja en disminuir los términos de los tramites, para lo cual la informatización de los procesos en los que estamos inmersos, es muy importante.

  • Denunciado lo mal hecho ..... dijo:

    Por ejemplo yo trabajo en un centro que nos dedicamos a fotocopiar y a vender pulover y jarritas impresas ,ect , yo no soy el dueño del negocio ,soy trabajador contratado y me pagan 100 pesos diarios ,que se me van ese mismo día en el mercadito de alamar donde vivo ,como voy a pagar declaración sobre ingresos personales ,no entiendo ,o yo estoy exento de ese pago ,alguien conocedor del tema que me explique por favor.

    • Antonio dijo:

      Está aclarado que con esa cantidad no llegas a los 39120 pesos al año por tanto estas por debajo del mínimo exento y no pagas impuesto pero tienes que hacer la declaración jurada anual

    • Onat San Juan y Martínez dijo:

      SALUDOS. UD ES UN TRABAJADOR CONTRATADO POR LO QUE NO PERTENECE A NINGUN REGIMEN DE TRIBUTACION Y NO PRESENTA DECLARACION JURADA, SOLO TIENE LA OBLIGACION DE PAGAR LA CONTRIBUCION A LA SEGURIDAD SOCIAL.

    • Js Krlos dijo:

      Lo 1ro que debes de saber que los trabajadores contratados no presentan declaración jurada. Nunca han tenido que presentar declaración jurada

    • ONAT dijo:

      Por ser trabajador contratado Ud está exento de presentar declaración jurada. Sus obligaciones son la del pago de la Contribución a la Seguridad Social para su propio beneficio y una cuota mensual de Impuesto sobre Ingresos Personales que la retiene el dueño de su salario si recibe ingresos por encima de 3,260 pesos

      • Denunciado lo mal hecho ..... dijo:

        Gracias por la aclaración.

  • Yurigxl dijo:

    Creo que cuando se menciona cómo condición para pasar al régimen simplificado además de no tener contratados y ingresos por debajo de 200 000 pesos, que sea una actividad sencilla, deja un margen ambiguo porque quizás lo que para unos es sencillo para otros es complejo. Considero que tenemos que ser estrictamente precisos cuando se trata de definir algo, de lo contrario dejamos brechas a malas prácticas para no decir más allá.

    • Holos dijo:

      Eso es un tema que los municipios no se están ateniéndose a la Ley. La ley es clara y tiene solo tres argumentos para denegar o no. Están denegando rentas, aún cumpliendo con esos requisitos. La planilla de solicitud tiene problemas de diseño. La ley dice que eso es por actividad. Si van a tener en cuenta por “actividades sencillas” incumplen con el espíritu de la Ley. El 98% de los datos que piden en la planilla estan en los registros de los municipios, no hace falta volverlos a pedir.

      • holos dijo:

        perdon quise decir que es por ingresos y NO por actividad

      • ONAT de Cuba dijo:

        Holos, la Geceta 94 establece varios cambios, usted puede actualizar su actividad en un proyecto y la aprobación es en 25 días, también establece que como TCP solo puede tener 3 trabajadores contratados, y que de tener al menos uno, pasa al régimen general de tributación, aparejado a esto usted puede hacer la solicitud del régimen simplificado, y el termino de respuesta es 5 días, por lo que se concibió que la planilla de solicitud fuera además informativa de los cambios que usted tenía, si dio baja a un contratado y aun no he recibido como ONAT la información de la Oficina de tramites, si está ampliando su proyecto y aun no está aprobado, si tiene alguna ayuda familiar, no tengo esa información, si modificó algún dato registral y no lo ha informado. Es una planilla muy sencilla, para posibilitar la respuesta en los 5 días hábiles que establece la norma.

      • Tamara García Martínez dijo:

        Estoy totalmente de acuerdo con usted.

    • holos dijo:

      Los municipios deben usar los registros y datos que obran en su poder para aprobar o no el regimen simplificado. La planilla de solicitud duplica esa información.

      • Tamara García Martínez dijo:

        Estoy completamente de acuerdo con lo que plantea holos

    • Victor dijo:

      en estos momentos cuantos negocios pequeños llegan a 200000 pesos de ganancia. que trabajador contratado gana eso en el año

  • El Jabalí dijo:

    Muy bien por la inmediatez de la noticia como suele ser en Cubadebate. En mi opinión, ganamos todos. No se puede ver a la ONAT como un organismo "enemigo" de las ganancias; es todo lo contrario: si nosotros con nuestro aporte beneficiamos al país estamos contribuyendo a la mejora de toda la población, a la economía que tenemos maltrecha por todos los motivos que sabemos y algunos de ellos se mencionaron hoy.

    • No entendí dijo:

      Qué gracioso el comentario...

    • Emilio Adrian dijo:

      El Jabalí muy bonito todo ayer en la mesa, las explicaciones y demás, pero el sitio de la ONAT está caído ¿así quieren que trabajemos la declaración jurada, vector fiscal y demás? si ni la conexión pueden garantizar. Iba precisamente a bajar los documentos para llenarlos y nada.

      Hay que tener garantizada la tecnología por encima de todo. Ver error al final

      Saludos a todos.

      Proxy Error

      The proxy server received an invalid response from an upstream server.
      The proxy server could not handle the request GET /.

      Reason: Error reading from remote server

      • ARR dijo:

        Amigo conéctese ahora y podrá descargar sus documentos

      • ONAT de Cuba dijo:

        Emilio, estamos teniendo problemas técnicos con el Portal que produce inestabilidad en el servicio, lo cual hemos estado revisando con nuestro proveedor de servicios DESOFT. Trabajamos para solucionarlo lo antes posible, y pedimos disculpas por los inconvenientes causados.

      • Emilio Adrian dijo:

        ARR lo mismo con los mismo

        Proxy Error

        The proxy server received an invalid response from an upstream server.
        The proxy server could not handle the request GET /.

        Reason: Error reading from remote server

        Antes de dar a bombo y platillo las noticias hay que tener afinado todo para que cosas como estas no sucedan, se los dice una persona con 36 años de experiencia de trabajo con las TICS, estoy en ellas desde que eran "de palo".

        Saludos a todos

  • Yosdanis dijo:

    En mi caso soy meteorólogo y realizo presentaciones en la televisión, estas son retribuidas según un contrato. Al término de cada mes recibo el pago pero con el descuento del 5%. Me gustaría conocer que trámites debo realizar para recuperar ese 5%, teniendo en cuenta que la entidad donde tengo el contrato indefinido descuenta el mismo 5%, o cual trámite puedo hacer para entregar ese dinero como un aporte a la Patria.

    • ONAT dijo:

      Precisamente esa entidad que como Ud dice le descuenta el 5% lo aporta al Presupuesto del estado por concepto de Impuesto sobre Ingresos Personales. Ud, con el cierre de año, debe presentar ahora en Campaña una Declaración Jurada (DJ08), como se explicó ayer, donde entre otras cosas se descuenta esos descuentos, que en la Ley Tributaria se conocen como retención.

  • Aurora dijo:

    Soy arrendataria, sin alquiler en todo el 2021. Debo presentar DJ08 con 0 ingresos?
    Desde Noviembre de 2021 solicité acogerme al Régimen Simplificado para el 2022 y, todavía hoy, sin respuesta. Ni por vía electrónico, ni telefónica ni personal. Sin respuesta.

    • Onat San Juan y Martínez dijo:

      Ud, tiene la obligación de presentar su DJ independientemente de los ingresos percibidos. Especifique el municipio al cual pertenece para que la Onat de su territorio le de respuesta.

      • Aurora dijo:

        Municipio Plaza de la Revolución.
        Ayer me presenté allí y, nada. Aún No tienen respuesta.
        Alguien que aclare:
        Diferencia en pago del 10% y pago del 5%. Qué incluye y que se excluye del otro.
        Pq según lo dicho, el 10 % es por los servicios que se prestan y el 5 % sobre los ingresos. Cuál servicio se incluye y de qué ingresos hablan para el 5 %.

  • Mabelys dijo:

    Hagan una guía para los que comienzan en esto de pagar impuesto y quieren contribuir. Si existe una guía indíquenme para saber mientras más sepamos más personas pagarán correctamente mi duda puede ser la muchas personas.

    • Holos dijo:

      Revise el sitio de la Onat.

  • David dijo:

    Buenas noches.
    Se habla que se perfeccionó el pago de los tributos por las distintas plataformas de pago y mencionan el kiosco Bandec...bueno pues como es posible que el kiosco no está disponible desde enero del 2020 .. ...tan necesario y en un año no lo han vuelto a poner..nos quejamos y Bandec no escucha.

  • Mayra dijo:

    Yo soy una persona sin título universitario pero con un nivel medio para comprender muchas cosas y más en materia de números y veo muchas complicaciones para el pago de la onat, cómo se las arreglará las personas que no son muy práctica con los números y papeles????, y no es por no pagar pero hacer esos papeles pienso q le sería súper engorroso porque es un trabalenguas.

    • Js Krlos dijo:

      Lo primero que hay que entender es que ser TCP no es obligado. El que no tenga los conocimiento para llevar su contabilidad y para pagar en tiempo y forma sencillamente no puede ser TCP. En otro pais del mundo el que no tenga conocimiento de eso sencillamente no podra tener su empresa o si la forma quiebra en menos de 3 meses. Asi de sencillo

    • ONAT de Cuba dijo:

      Mayra buenos días, su preocupación puede ser evacuada en un primer momento por la propia oficina municipal de Administración Tributaria donde usted reside, no obstante las personas que definitivamente no entiende de esto papeles pueden solicitar el servicio de un Tenedor de libros, esta persona es TCP que ofrece este servicio y se pueden ubicar a través de las propias oficinas municipales que tienen los contactos.

    • ARR dijo:

      Puede acercase a la ONAT de su domicilio fiscal o a la ANEC las que encuentran impartiendo cursos de capacitación sobre las modificaciones a las normas legales, e incluso existe en el portal tributario un compendio de preguntas y respuesta.

    • Onat San Juan y Martínez dijo:

      Siempre que tengas dudas con respecto al pago de sus obligaciones tributarias o con algún tramite en especifico puede dirigirse a la Onat de su territorio o comunicarse vía telefónica para así pueda evacuarla.

    • Olga Comunicadora ONAT dijo:

      Ante cualquier duda, los contribuyentes pueden personarse en las oficinas de la ONAT de su municipio, y allí serán atendidos por el personal del Departamento de Asistencia. También existen líneas telefónicas habilitadas para ello, todas publicadas en el Portal Tributario, al igual que los correos Consultas.
      La ONAT se esfuerza por brindar un servicio de excelencia, y cercano al contribuyente.

    • Rafa dijo:

      Para facilitar la vida de compatriotas y que no les duela la cabeza, estamos los contadores profesionales con licencias de Tenedores de Libros. Contácteme por favor a rafalucas1962@yahoo.com. Gracias!

  • Antonio dijo:

    Muchas gracias muy bien explicado y fácil de comprender a los que no pudimos ver completa la mesa redonda, esto aclara dudas e indica la forma correcta de actuar por el contribuyente

    • Onat San Juan y Martínez dijo:

      Muchas gracias por sus palabras.

  • Juan carlos dijo:

    si yo presento mi proyecto.en 25 días se aprueba.tengo 6 mesesvecento de pago????.soy cto 3 trabajadores y yo titular ??????¡

    • ONAT dijo:

      Eso aplica para las MIPYMES y CNA que provienen de negocios anteriores. En caso de ser negocios nuevos, el periodo es de 1 año. En el caso de los TCP, la exención es por 3 meses al considerarse negocios de menor complejidad.

  • Oscar dijo:

    Lo primero q tienen q haces antes de hablar es verificar que el portal de la onat nacional dónde se bajan los modelos de declaración jurada no esté caído , en estos momentos no se puede entrar al portal pues el mismo no está disponible , entonces como se descarga el modelo y como va ha empezar la declaración jurada , si nadie tiene el modelo, no entiendo nada

    • Onat San Juan y Martínez dijo:

      Ud puede también solicitar los modelos mediante los correos consultas que tienen habilitados todas las oficinas del país.

    • ONAT de Cuba dijo:

      Oscar, estamos teniendo problemas técnicos con el Portal que produce inestabilidad en el servicio, lo cual hemos estado revisando con nuestro proveedor de servicios DESOFT. Trabajamos para solucionarlo lo antes posible, y pedimos disculpas por los inconvenientes causados.

      • Rafa dijo:

        Buenos días. Descargo mi Vector Fiscal y me sale con todos mis datos, pero sin tributos. ¿Será que eso estará disponible a partir del 15 de enero? Saludos y gracias.

    • ONAT de Cuba dijo:

      Oscar, ya se encuentra restablecido el Portal tributario. Saludos

  • Jorgec dijo:

    HOLA, Justificantes para el 80 por ciento de los gastos, cuando la mayoría de los insumos se compran por vías no formales, muchos provenientes de personas q viajan al exterior y revenden lo q traen, bien sea piezas, ropa o Similares.
    Cuando muchas reparaciones de equipos, instalaciones o vehículos se hace en talleres y/o vias informales, porq no hay otra vía.
    Cuando el mismisimo Estado vende las pocas piezas q oferta en MLC, mientras establece precios a cobrar en CUP por los TCP q contrata (Gazelas, Taxis). Además, esos trabajadores compran la MLC al Valor Real y luego sólo se les reconoce la Tasa Oficial, jamás actualizada desde su implantación junto a la Tarea Ordenamiento, allá al comienzo del muy largo y deformado 2021
    ES MUY INJUSTO y no entiendo q se haya aprobado y q se vaya aplicar, justo en el peor año de la economía en lustros y cuando se quiere potenciar la participación de las formas no estatales en la reactivacion economica
    Lo siento si mi comentario no coincide con la línea de deseo, pero creo qq es objetivo y respetuoso. Espero sea publicado.
    Graclas.

    • Holos dijo:

      Es elemental que los actores económicos emitan documentos de pagos y cobros. Debería estar en la Ley. Los transportistas privados andan por la libre empresa. No cumplen con la resolución de pago de 15 pesos en La Habana como establece una resolución. Está vigente esa resolución?

    • fld dijo:

      Ilegalidades y evasion fiscal asi estamos

    • Victor dijo:

      la mayoria de los TCP compran en la bolsa negra porque el estado no le vende la materia prima. Como vamos a justificar la azúcar de la cuaota que nos vendió el vecino porque no la consumió. y si no se la compramos al vecino donde la compramos porque desde el 2019 no se vende en ningún lado

  • Iris dijo:

    Los TCP realizan una series de gastos del cual no se emite facturas, para poder justificar, sin embargo esta la evidencia de la transaccion en los Estados de cuentas. La Resolucion 436/2021 define q las operaciones se pueden reconocer por documentos justificativos o por Declaracion jurada de los TCP, ¿A que Declaracion jurada se refiere esta Resolucion?, ¿ Que datos obligatorios debe tener?. El que Declaro todos sus ingresos, debe tener como li concebio la propia Resolucion la via para justificar sus gastos, mas cuando es evidente y otras en las condiciones q se desarrollo la ecocomia en el año 2021.

    • Holos dijo:

      La obligatoriedad de los actores económicos de emitir documentos de cobros y pagos debería estar en la Ley.

      • manuel quesda perez dijo:

        Es como ud dice y no lo hacen ni nadie lo exige,por tanto es una accion que uds deberian pronunciarse por resolver, como mismo se han enfretados otras y algo se ha logrado,a montenes ud ve a mensajeros en la calle,tallres y demas prestatarios y nunca e visto a un funcionario de la ONAT preguntandoles por su sistema de facturación

    • Victor dijo:

      es cierto, pero esas compras se las hacemos a personas que no son actores económicos , pero son los que tienen la materia prima que necesitamos. por tanto, no podemos justificar de todas formas

      • Onat de Cuba dijo:

        El documento justificante de los gastos debe contener los datos necesarios, como son la fecha, productos, cantidad, precio, importe.
        El numero de licencia si la compra es a un TCP.
        y otros detalles de la procedencia, necesario para justificarla.

    • elvia dijo:

      El documento justificante de los gastos debe contener los datos necesarios, como son la fecha, productos, cantidad, precio, importe.
      El numero de licencia si la compra es a un TCP.
      y otros detalles de la procedencia, necesario para justificarla.

      • Jorgec dijo:

        Hola ONAT de Cuba y Elvia.
        Gracias por la atención, pero en realidad no dan respuesta a ninguno de los elementos q planteo.
        Algunos de los floristas tampoco los entendieron, salvo aquellos q al parecer son TCP y padecen los mismos problemas q enumero.
        Repito, esto de los justificantes IGNORA LA REALIDAD (antes no era así) y penaliza a los TCP doble: cuando compra los insumos y al pagar los impuestos.
        Incluso cuando se compra del Estado y se tiene el justificante se queda sometido a una distorsión enorme, pues la Tasa de Cambio MLC es obsoleta e irreal. Hay q adquirir la MLC a como esta en la Realidad y la ONAT solo reconoce la idílica Tasa de enero 2021.
        Es injusto doblemente. Que se le venda piezas e insumos a los Trabajadores en MLC, cuando cobran en CUP y q se les Cobre los impuestos a 1x24.
        Y son muchos los TCP a los q sucede esto. Chóferes de Gazellas, criadores de cerdo (pienso) y otros.

  • Holos dijo:

    Por qué en el canal de Telegram OnatCuba Dudas... no puedo unirme porque me dice que debo configurar mi nombre de usuario... no podrían quitar esa restricción??

    • ONAT de Cuba dijo:

      Gracias por su comentario. Los usuarios que se una al grupo OnatdeCuba Dudas y Comentarios deben tener un alias configurado de carácter obligatorio. Es un requisito de seguridad tanto del grupo como para los mismos usuarios que se encuentran dentro. Para configurar el alias puede seguir los siguientes pasos:
      Diríjase al menú principal de Telegram/ Ajustes/Nombre de usuario
      Ante cualquier duda, nos contacta.

      • holos dijo:

        Yo tengo un Alias, sino no hubiera podido entrar a ningun grupo de Telegram. El tema está es que ese grupo me obliga a cambiar el alias que ya tengo, La pregunta: por qué?. Si ya yo tengo un alias yengo que cambiarlo para que ese grupo me acepte? Tienen que buscar otra forma que no oblique a los usuarios a hacer cambios de configuracion en su cuenta

    • ONAT de Cuba dijo:

      Holos, gracias por seguirnos. Los usuarios que se unen al grupo OnatdeCuba Dudas y Comentarios deben tener un alias configurado de carácter obligatorio. Este requisito es de seguridad tanto para el grupo como para los mismos usuarios que se encuentran dentro. Para configurar su alias puede seguir los siguientes pasos:
      Diríjase al menú principal de Telegram/ Ajustes/Nombre de usuario

      • holos dijo:

        Yo tengo un Alias, sino no hubiera podido entrar a ningun grupo de Telegram. El tema está es que ese grupo me obliga a cambiar el alias que ya tengo, La pregunta: por qué?. Si ya yo tengo un alias; tengo que cambiarlo para que ese grupo me acepte? Tienen que buscar otra forma que no oblique a los usuarios a hacer cambios de configuracion en su cuenta

  • Jose dijo:

    Desde el punto de vista práctico,se devió de dejar, por lo menos, al régimen simplificado un trabajador contratado.toda acción de trabajo tiene su complejidad .

    • ONAT de Cuba dijo:

      Buenos días, los Trabajadores contratados no se definen ni en el Régimen General ni en le Simplificado, tienen un tiramiento diferenciado por considerarse dentro de las figuras que operan en las formas de gestión no estatal las más sencillas y solo pagan la Contribución a la seguridad social, los ingresos personales se aportan por retención y lo realiza el titular del negocio.

  • Leobel Perez dijo:

    Estoy loco por ver a la señora que trabaja en un local de menos de 6 metros cuadrados al lado de mi casa, en un timbiriche de venta de artículos del hogar y a la que no le aprobaron el régimen simplificado, llevando la contabilidad en el Versat Sarasola, jajajajajaj. En Matanzas los gestores no quieren llevar contabilidad, los TCP estamos a la bartola, Saludos.

    • Vader dijo:

      En primer a casi nadie le están aprobando el Régimen Simplificado porque ya la mayoría de los Cuentapropistas estábamos en el Régimen General.
      En segundo lugar los Tenedores de Libros no deseamos llevar la Contabilidad por el simple hecho que nos vamos a convertir en coautores de cuánta práctica ilícita (receptación, tráfico Ilegal de divisas,).
      Espero que esta pataleta se les pase tan pronto como el depósito del 65% de los ingresos en la cuenta fiscal.

  • Jose dijo:

    La mayoria de los recursos están en MLC.si invierto en MLC y me pagan en cup ¿Como y Donde recupero mi inversión en MLC?

  • Grupo Egresados Economía y Contabilidad UCLV 1991 dijo:

    Trasmitir una Felicitación al grupo de la ONAT por sus magistrales intervenciones, especialmente a Belkis Pino, éxitos en la nueva campaña.

  • Jose dijo:

    Hola.casi todo los recursos de calidad estan en tiendas en MLC.cuando un tcp compra en esta moneda,el pago por su trabajo se efectua en cup¿Cómo y Dónde puede recuperar su inversión en MLC legalmente ?

    • ONAT de Cuba dijo:

      Jose, como se estableció en el decreto Ley del 2020, usted se puede descontar el 100% de los gastos, siempre que cuente con la justificación documental del 80%, las facturas que le dan en las tiendas de mlc constituyen justificantes. Es importante destacar que el Decreto ley del trabajo por cuenta propia establece la obligatoriedad de la procedencia licita de la materia prima.La conversión es a la tasa de cambio que tenga en ese momento el Banco. Igual es con los ingresos, los que reciba en mlc, cuando usted los lleva a CUP en su registro de Ingresos, es por la tasa de cambio que tiene establecido el Banco.

      • Liberato Criollo (novio de la Tojosa) dijo:

        Lo que pasa es que NADIE compra ni vende el dólar a 24 CUP...

  • Orlando dijo:

    He entrado al portal tributario y los vectores tanto del año 2021 y 2022 me salen vacio. Se que el año 2021 lo he pagado casi completo solo me falta seguridad social de 2 meses, y por otro lado el vector social del 2022 el deberia haber cambiado porque ahora soy socio de una mipyme tambien sale vacio.. Eso significa que estoy excento de pago? o es un error de la plataforma? Gracias

    • ONAT dijo:

      Como se explicó ayer, los vectores fiscales del 2022 estarán disponibles a partir del 15 de enero. En su caso, al ser socio de una pyme, tiene la exención de todos sus tributos excepto la Contribución Especial a la Seguridad Social, por 6 meses si proviene de un negocio anterior o de 1 año si es un negocio nuevo. En su vector fiscal estas exenciones se tienen en cuenta

  • Juan Carlos. dijo:

    Trabajo en una sucursal extranjera. Creo que por este sector, comenzó el pago de tributos, por lo que mis aportes al presupuesto del estado, han sido considerables y siempre me he sentido satisfecho de lo que aporto a mi pais.
    Apenas se menciono este sector en la conferencia.
    El modelo Dj a que se hace referencia, en el acápite de personal que trabaja en sucursales extranjeras, no permite ningún deducible.
    Los salarios en CUP que recibimos de la agencia contratadora, son totalmente insuficientes, a pesar que por años y años, la propia agencia ingreso cifras considerables en divisas por nuestro trabajo. Lo que eufemísticamente se le ha llamado "gratificación" que no se a quien se le ocurrió pues en este sector no se gratifica, sino se paga por tu esfuerzo y pericia, no son altas, y con la escala actual, y convirtiendo la divisa por 24, hemos llegado a pagar casi el 40% de lo que recibimos en el año. Lo que aportamos al presupuesto no vale para la jubilacion. Me jubilare probablemente, después de 25 años aportando como promedio cerca de 100o usd por mes a mi pais, con un salario de 6000 CUP. Y digo probablemente, pues llevamos todo el pasado año al 50%.
    ¿ Por que no se establece un deducible para este sector?
    La practica de diferenciar reglamentos, ha sido y sera nociva. Las diferentes tasas de conversion para los salarios, según conviniera, usar salarios totalmente diferentes para nuevas actividades a conveniencia, sin tener en cuenta los que perciben bajos salarios con muchos años de trabajo es nocivo y desestimula. Creo que es hora de dejar de ver a este sector con el prisma que lo hace diferente solo para quienes regulan. Artistas, deportistas, etc, son acaso diferentes?
    Seguire aportando al presupuesto. Seguire cumpliendo con lo establecido, pero una vez mas, no me siento satisfecho para nada con la diferenciacion negativa que ya se va haciendo bastante dificil de aguantar sin molestarme.

    • Antoñico dijo:

      Al comentario del forista Juan Carlos (12 de enero, 8:50am; el que trabaja en sucursal extranjera); hay que agregar que en la página de la ONAT aparece un DJ08 específico para este tipo de contribuyente (el personal laboral de sucursales extranjeras) que, además de discriminar no dejando que se pueda incorporar gastos a los ingresos brutos; NO TIENE EL MÍNIMO EXENTO DEFINIDO, no los antiguos 10 mil, ni los actuales 39 mil. Esto implica una cifra más grande a pagar por parte del contribuyente, el cual no deduce casi nada de sus ingresos anuales (solo puede descontar los ingresos trimestrales pagados durante el año)
      ¿por qué esa diferenciación discriminatoria en el modelo DJ?, ¿es que los laborales de sucursales extranjeras no viven en el mismo país del resto de los TCP donde TODO se ha encarecido y muchos no han recibido aumentos en sus gratificaciones por parte de las sucursales para las que trabajan?
      Si existe en la Mesa Redonda una sesión de preguntas y respuestas, me gustaría que nos dieran una respuesta al respecto. Gracias adelantadas.

    • AAK dijo:

      Respecto a la mal llamada gratificación que a alguien se le ocurrió llamar así, comentar que le cobran impuesto como si fuera un salario pero por otra parte no va a la jubilación dado que es una gratificación, esto no es entendible.
      Comentar que no tienen gastos tampoco es razonable, pues si que se tienen gastos y es lo mismo que compararlos con una mesera que trabaje en una cafetería.
      Es un sector igual que los demás y que el pago anual vendría siendo 3 meses de salario aproximadamente. Creo que deben tener mínimo exento.

    • Borro dijo:

      @ONAT muchos esperamos su respuesta al comentario del forista @JuanCarlos.

      Es una duda muy generalizada, no entendemos como se puede ir en contra de la propia Ley. si la ley dice que todos los contribuyentes tienen 39120 pesos de mínimo exento, ¿por qué los trabajadores de Sucursales extranjeras no?

    • Vamos por mas dijo:

      Buenas tardes, Me uno al comentario de Juan Carlos sobre la gratificacion que reciben los trabajadores cubanos de entidades extranjeras.
      Ademas porque los comunicadores de la ONAT que estan respondiendo comentarios no aclaran.

  • Juan Carlos. dijo:

    Trabajo en una sucursal extranjera. Creo que por este sector, comenzó el pago de tributos, por lo que mis aportes al presupuesto del estado, han sido considerables y siempre me he sentido satisfecho de lo que aporto a mi pais.
    Apenas se menciono este sector en la conferencia.
    El modelo Dj a que se hace referencia, en el acápite de personal que trabaja en sucursales extranjeras, no permite ningún deducible.
    Los salarios en CUP que recibimos de la agencia contratadora, son totalmente insuficientes, a pesar que por años y años, la propia agencia ingreso cifras considerables en divisas por nuestro trabajo. Lo que eufemísticamente se le ha llamado "gratificación" que no se a quien se le ocurrió pues en este sector no se gratifica, sino se paga por tu esfuerzo y pericia, no son altas, y con la escala actual, y convirtiendo la divisa por 24, hemos llegado a pagar casi el 40% de lo que recibimos en el año. Lo que aportamos al presupuesto no vale para la jubilacion. Me jubilare probablemente, después de 25 años aportando como promedio cerca de 100o usd por mes a mi pais, con un salario de 6000 CUP. Y digo probablemente, pues llevamos todo el pasado año al 50%.
    ¿ Por que no se establece un deducible para este sector?
    La practica de diferenciar reglamentos, ha sido y sera nociva. Las diferentes tasas de conversion para los salarios, según conviniera, usar salarios totalmente diferentes para nuevas actividades a conveniencia, sin tener en cuenta los que perciben bajos salarios con muchos años de trabajo es nocivo y desestimula. Creo que es hora de dejar de ver a este sector con el prisma que lo hace diferente solo para quienes regulan. Artistas, deportistas, etc, son acaso diferentes?
    Seguire aportando al presupuesto. Seguire cumpliendo con lo establecido, pero una vez mas, no me siento satisfecho para nada con la diferenciacion negativa que ya se va haciendo bastante dificil de aguantar sin molestarme.

    • Estrella dijo:

      Juan Carlos, estoy totalmente de acuerdo con tu comentario, y veo que la ONAT ha respondido a muchos de los foristas y a usted no, cuando muchos aquí sabemos que usted tiene la razón, y no es solo a raíz del ordenamiento, desde mucho antes la ley no ha sido justa con los constribuyentes de las empresas extranjeras. Llevamos años presentando quejas, las cuales pensamos que serían respondidas con el Ordenamiento, y resulta que luego del mismo estamos peor que antes. Eso sin contar que nuestras supuestas "gratificaciones" no la tienen en cuenta ni para nuestro retiro. Por favor, ¿que es lo que se debe hacer para ser escuchados? Somos la minoría, pero somos un grupo importante para el crecimiento de la economía de nuestro país. A lo largo del 2021 se han ido rectificando las medidas mal empleadas debido a los cambios del Ordenamiento y nadie de la ONAT ha podido revisar nuestro caso y darse cuenta que estamos en desventaja.

  • DianaM dijo:

    Buenos dias. Estuve como tcp por 5 años y en 2021 tuve q entregar mi licencia por falta de ingresos. Puedo solicitar en la onat un documento q avale esos años trabajados? Por supuesto q siempre pague la seguridad social. Slds y gracias

    • ONAT de Cuba dijo:

      DianaM puede dirigirse a la ONAT de su municipio y solicitar una Certificación Fiscal, que lo avala. Gracias por seguirnos.

    • Onat San Juan y Martínez dijo:

      Si. Ud puede dirigirse a la Onat y solicitar la Certificación Fiscal que avala el tiempo trabajado y el que aporto a la Seguridad social.

  • holos dijo:

    Algunos municipios no están preparados para el servicio de la Firma Digital. No explican nada. No están dando el paquete completo que incluyen los instructivos. Hay contribuyentes que llegan a pedir el Vector Fiscal al municipio y no le explican las bondades del sitio de la Onat ni cómo lo pueden obtener via online. Simplemente le dicen: hagan la cola. Si los municipios no dan los instructivos y no le explican al contribuyente como puede usar los certificados digitales en sus PC y sus moviles, es poco probable que este servicio se extienda.

    • ONAT de Cuba dijo:

      Holos, gracias por su comentario, las oficinas municipales son los principales receptores de tramites y consultas además de ser las operativas, lo que implica la concurrencia de muchas personas de forma presencial, es por eso que hemos diversificado las vías para dar asistencia, evitando la presencial, y están las vías digitales, pero también la atención personalizada, por la línea telefónica directa, el correo consultas, etc, en las digitales, en el Portal tributario, en noticias tiene las explicaciones de muchos procesos, en descargas hay tutoriales, etc. En la atención presencial necesariamente hay colas pero contamos como materiales de apoyo para muchos tramites y proceso. En caso de que conozca de algún mcpio donde la atención no fue la adecuada, puede contactarnos e informarnos y revisamos directamente. Trabajamos para perfeccionar nuestros servicios pero también nuestra atención.

  • Felix dijo:

    Mi pregunta es la siguiente.. Trabajo en una sucursal extranjera y quisiera saber si la gratificación que se recibe por esta vía en la declaración jurada del 2021 esta exento de pago los primero 30 000 CUP que se perciben.. anteriormente era los primero 10 000 CUP. Saludos y buen día

  • holos dijo:

    Tengo un familiar que es contribuyente de Playa. Tiene aprobado su proyecto desde el 1/11/2021. El viernes 7/1/2022 fué a la sucursal bancaria de 5ta y 86 y le dijeron que aún no está su cuenta fiscal. Le dicen que eso se crea de oficio pero que ellos no han sido notificados que su proyecto ha sido aprobado (mi familiar tiene el doc. que dice que está aprobado). Pregunto: como es posible que hace ya mas de dos meses esa cuenta fiscal no haya sido creada?.

  • Fidel dijo:

    Hay varias dudas y comentarios que quisiera compartir en este sitio y ojalá lleguen a debate por las entidades pertinentes.
    El 80% de gastos a deducir en la DJ se originan de los ingresos brutos o de la suma total de los gastos incurridos? Para acogerse al Régimen Simplificado no se puede tener ayuda familiar? Si vivo en una zona de desarrollo turístico, zona comerciales o céntrica, me invalidan el RS, aunque mi actividad sea sencilla, por ejemplo, mensajero? Y un tema bien candente para todos, la tasa de cambio del MLC, la ley la reconoce a 24x1, pero dolorosamente la realidad no es esa, a como van a considerar el cambio, porque si se calcula a 24 contra precio de venta y tributos pagados la Evasión fiscal va a desbordar el sistema penal en Cuba. Gracias

    • ONAT de Cuba dijo:

      Fidel, agradecemos que menciones esos temas. Sobre la primera pregunta: Los gastos son los que usted tiene anotado en su registro de gastos, todos sus gastos con o sin justificantes pero anotados en su contabilidad. Para optar por el régimen simplificado no puede tener ningún tipo de ayuda, ni familiar ni contratada. Si su negocio es en zonas de alta actividad económica o se mucha afluencia se valora porque implica una mayor demanda de los servicios que ofrece. La materia prima que usan los TCP tiene que ser de procedencia licita eso es lo primero, para la tasa de cambio tanto para el gasto como para el ingreso se establece la publicada por el banco, para el momento en que se realizó la operación. Gracias por su comentario

  • Katia dijo:

    Soy agente de telecomunicaciones en San Antonio de los Baños. Y en una reunión con ETECSA y la ONAT la directiva de la ONAT orientó que se pagara hasta cierre de año por el método viejo y no por la resolución 345 que comenzó en octubre. Todos pagamos mes por mes aunque se pueda pagar trimestralmente. En una comunicación con la ONAT Nacional supe que era una mala orientación y se comunicaron con la ONAT de San Antonio y ahí dijeron que habíamos entendido mal, que no es así porque se preguntó varias veces. Yo me acogí a la resolución 345 y fui a explicar allí porque no había pagado noviembre la cuota fija y me dijeron que si estaba bien lo que hice. Lo que no me supieron dar respuesta de que forma iban a resolver el problema de que todos mis compañeros que hacen la misma actividad y tienen muchas más ganancias que yo iban a devolver ese tributo pagado de más. No han dado ninguna comunicación y es lamentable que cuando falta un peso por pagar rápido te lo comunican, pero cuando es al revés .....

    • ONAT de Cuba dijo:

      Katia, gracias por su comentario, cuando recibimos esta incidencia por el correo consultas, de inmediato dimos las indicaciones a la provincia. A partir de octubre se tributa por la Res 345 del 2021 del MFP, que eliminó la cuota mensual fija,y estableció las cuotas porcentuales, para los del Régimen general el 5% de los ingresos del mes, y se mantiene el 10% como anteriormente y para los del Régimen Simplificado, el 20% de los ingresos del mes descontando 3 260.00 como mínimo exento mensual. En el caso de los afectados procede pagar la diferencia de lo dejado de aportar, o solicitar devolución o compensación de lo pagado en exceso. Revisaremos el tema directamente con la ONAT de San Antonio. Saludos

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Randy Alonso Falcón

Randy Alonso Falcón

Periodista cubano, Director General de IDEAS Multimedios y del portal web Cubadebate, el sitio Fidel Soldado de las Ideas y del programa de la Televisión Cubana "Mesa Redonda". Dirigió otras publicaciones cubanas como Somos Jóvenes, Alma Mater y Juventud Técnica. Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómez en TV en 2018. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. En Twitter: @RandyAlonsoFalc

Oscar Figueredo Reinaldo

Oscar Figueredo Reinaldo

Subdirector de medios digitales de Ideas Multimedios. Graduado de la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el año 2015. Periodista del programa televisivo Mesa Redonda y Cuadrando la caja. Ha ganado diversos premios en el Concurso Nacional de Periodismo 26 de Julio. Contacto: oscar@ideasm.cu En Twitter: @OscarFigueredoR

Karina Rodríguez Martínez

Karina Rodríguez Martínez

Jefa del Departamento de Coordinación Editorial, Análisis y Comunicación de IDEAS Multimedios. Sus trabajos son publicados en Cubadebate y la Mesa Redonda. Graduada de Periodismo por la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana en el 2020. Ha obtenido premios y menciones en el Concurso Nacional de Periodismo "26 de Julio"

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